DECRETO 1170 DE 1996
(julio 1)
por el cual se modifica la Planta de Personal del Ministerio de Transporte.
Nota 1: Derogado por el Decreto 541 de 2000, artículo 7º.
Nota 2: Modificado parcialmente por el Decreto 1806 de 1999 y por el Decreto 1565 de 1998.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el numeral 14, artículo 189 de la Constitución Política,
DECRETA:
Artículo 1º. Suprímense de la Planta de Personal del Ministerio de Transporte, establecida mediante el Decreto número 2665 del 29 de diciembre de 1993, los siguientes cargos:
N
cargos
Denominación
del empleo
Código
Grado
Despacho del Ministro
1
Asesor
1020
11
Planta global
19
Asesor
1020
04
3
Asesor
1020
02
1
Profesional Especializado
3010
18
2
Profesional Especializado
3010
16
4
Profesional Especializado
3010
14
2
Profesional Universitario
3020
12
1
Profesional Universitario
3020
10
2
Profesional Universitario
3020
08
4
Profesional Universitario
3020
06
1
Profesional Universitario
3020
05
3
Secretario Ejecutivo
5040
13
1
Auxiliar Administrativo
5120
20
1
Operario Calificado
5300
11
Artículo 2º. Créanse en la Planta de Personal Global del Ministerio de Transporte en el despacho del Ministro, los siguientes cargos:
N
cargos
Denominación
del empleo
Código
Grado
1
Asesor
1020
14
19
Asesor
1020
08
3
Asesor
1020
06
Artículo 3º. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 1º de julio de 1996.
ERNESTO SAMPER PIZANO
El Ministro de Hacienda y Crédito Público,
José Antonio Ocampo Gaviria.
El Ministro de Transporte,
Carlos Hernán López Gutiérrez.
El Director del Departamento Administrativo de la Función Pública,
Edgar Alfonso González Salas.