DECRETO 1993 DE 2000
(octubre 2)
por el cual se autoriza a una funcionaria del Departamento Administrativo Nacional
de Estadística, para aceptar una invitación.
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia, y
CONSIDERANDO:
Que el Director de la División de Estadística de las Naciones Unidas, mediante fax del 18 de agosto de 2000, formuló invitación a una funcionaria del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, para participar en el Programa Latinoamericano de Entrenamiento en Sistemas de Registro Civil y Estadísticas Vitales, a realizarse en Santiago de Chile, del 6 al 10 de noviembre del año en curso;
Que para participar en el programa se designó a la funcionaria Cecilia Hincapié Celis, Profesional Universitario Código 3020 Grado 10 del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, quien devenga una asignación básica mensual de $978.622.00;
Que la funcionaria designada requiere autorización para aceptar la invitación formulada por la División de Estadística de las Naciones Unidas, que incluye el suministro de pasajes aéreos de ida y regreso en clase económica y viáticos durante la estadía que serán pagados al momento de registro en Cepal, Santiago: 5 días del entrenamiento más un día antes y un día después (7 días en total). El pago del último día cubre gastos de impuesto, taxis, etc.;
Que de conformidad con el artículo 129 de la Constitución Política de Colombia: “Los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno”,
DECRETA:
Artículo 1°. Autorizar a la funcionaria Cecilia Hincapié Celis, Profesional Universitario Código 3020 Grado 10, del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, identificada con cédula de ciudadanía número 28812844 de Líbano (Tolima), para aceptar de la División de Estadística de las Naciones Unidas, la invitación formulada que incluye el suministro de pasajes aéreos de ida y regreso en clase económica y viáticos durante la estadía que serán pagados, al momento de registro en CEPAL, Santiago: 5 días del entrenamiento más un día antes y un día después (7 días en total). El pago del último día cubre gastos de impuesto, taxis, a realizarse en Santiago de Chile del 6 al 10 de noviembre del año en curso.
Artículo 2°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.
Publíquese, comuníquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 2 de octubre de 2000.
ANDRES PASTRANA ARANGO
La Directora del Departamento Administrativo Nacional de Estadística,
María Eulalia Arteta Manrique.