DECRETO 2295 DE 1998

Decretos 1998

DECRETO 2295 DE 1998    

(noviembre  11)    

por el cual se modifica el Decreto 2895 de 1997  y se crea el Bloque de Búsqueda contra el paramilitarismo en el Magdalena Medio.    

El Presidente de la  República de Colombia, en ejercicio de sus facultades Constitucionales y  Legales, en especial las conferidas en los numerales 4 y 11 del artículo 189 de la Constitución Política,    

CONSIDERANDO:    

Que es deber del  Estado garantizar los Derechos Humanos, así como la Constitución y las leyes;    

Que es deber y  compromiso incondicional del Estado, buscar la plena vigencia de los Derechos  Humanos en todo el territorio nacional y en el Magdalena Medio;    

Que la presencia de la  Fuerza Pública en todo el territorio nacional tiene como finalidad esencial el  mantenimiento de las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y  libertades, la vigencia del orden constitucional y asegurar que los habitantes  de Colombia vivan en paz;    

Que los grupos  paramilitares han venido realizando actos violentos contra lapoblación civil  del Magdalena Medio violando los Derechos Humanos;    

Que de acuerdo a lo  expresado, se debe prevenir y combatir la participación en estos grupos en un  marco jurídico, democrático y participativo que garantice un orden político,  económico y social justo;    

Que se hace necesario  fortalecer las acciones del Estado hacia el Magdalena Medio para brindar apoyo  a las autoridades judiciales en el desarrollo de investigaciones, la  persecución y la captura de las personas involueradas en tales grupos, así como  en el recaudo de pruebas,    

DECRETA:    

Artículo 1º.  Adiciónese el artículo 1º del Decreto 2895 de 1997,  que crea el Bloque de Búsqueda, con el siguiente inciso:    

«Igualmente coordinará  las acciones con los diversos organismos del Estado para combatir el  paramilitarismo en el Magdalena Medio y contará con jurisdicción operativa en  los departamentos de Antioquia, Boyacá, Bolívar, Cesar, Santander y Sucre».    

Artículo 2º. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y modifica en lo  pertinente el Decreto 2895 de 1997.    

Publíquese y cúmplase.    

Santa Fe de Bogotá, D. C., a 11 de noviembre de  1998.    

ANDRES  PASTRANA ARANGO    

El. Ministro del Interior,    

Néstor Humberto Martínez Neira.    

El Comandante General de las Fuerzas Militares  Encargado de las Funciones del Ministro de la Defensa Nacional,    

GR. Fernando Tapias Stahelin,              

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