DECRETO 996 DE 2003

Decretos 2003

DECRETO 996 DE 2003    

(abril 22)    

por el cual se adiciona el  Presupuesto General de la Nación 

  para la vigencia fiscal de 2003.    

El Presidente  de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y  legales, en especial la que le confiere el artículo 33 del Estatuto Orgánico  del Presupuesto, y    

CONSIDERANDO:    

Que el Congreso de la República en  virtud del artículo 349 de la Constitución Política  expidió la Ley 780 de 2002, por  la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal  de 2003, el cual se liquidó por medio del Decreto 3200 de 2002;    

Que el artículo 352 de la Constitución Política le  otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente  a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General  de la Nación;    

Que de conformidad con el artículo  33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación: Los recursos de  asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen  parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se  incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno,  previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor;    

Que la Superintendencia de la  Economía Solidaria mediante la Ley número 714 de  2001 y el Decreto de Liquidación número 2888 de 2001 se apropiaron recursos  para la vigencia fiscal de 2002 por $733.937.000.00 por concepto del Convenio  de Cooperación Técnica No Reembolsable número ATN/MH-6280-CO, suscrito entre el  Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Banco Interamericano de  Desarrollo, BID;    

Que de los anteriores recursos  quedaron sin ejecutar en la vigencia fiscal de 2002 la suma de $481.934.593.00  correspondiente al recurso 25, Programa 520, Subprograma 1000, Proyecto 1,  según consta en la certificación de enero 28 de 2003, expedida por la  Coordinadora del Grupo Administrativo Presupuestal y Contable de la  Superintendencia de la Economía Solidaria;    

Que por lo anterior es necesario  adicionar el Presupuesto General de la Nación del año 2003,    

DECRETA:    

Artículo 1°. Presupuesto de  rentas y recursos de capital. Efectúase la siguiente adición en el  Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2003, en la suma  de: Cuatrocientos ochenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil  quinientos noventa y tres pesos ($481.934.593.00) moneda legal.    

Rentas del Presupuesto General de  la Nación    

I. Ingresos de los  establecimientos públicos       481.934.593    

2. Recursos de capital                 481.934.593    

Artículo 2°. Presupuesto de  gastos. Efectúase la siguiente adición al Presupuesto General de la Nación  para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2003, en la suma  de cuatrocientos ochenta y un millones novecientos treinta y cuatro mil  quinientos noventa y tres pesos ($481.934.593) moneda legal, según el siguiente  detalle:    

Adiciones-Presupuesto  General de la Nación    

Cta.            Subc.                             Concepto Aporte Recursos Total    

Prog            subp                                          nacional propios    

SECCION 130900    

Superintendencia de la Economía  Solidaria    

C.             Presupuesto  de inversión             481.934.593 481.934.593    

520          Administración,  control y organización institucional    

                para  apoyo a Administración del Estado   481.934.593     481.934.593    

      1000  Intersubsectorial  Gobierno           481.934.593 481.934.593    

                Total  presupuesto sección        481.934.593 481.934.593    

Artículo 3°. El  presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.    

Publíquese y cúmplase.    

Dado en Bogotá, D. C., a 22 de  abril de 2003.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El Ministro de Hacienda y Crédito  Público,    

Roberto Junguito Bonnet    

               

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