DECRETO 4475 DE 2006

Decretos 2006

DECRETO 4475 DE 2006    

(diciembre 15)    

por el cual se fijan las fechas de expedición de Títulos de Tesorería,  TES, Ley 546.    

El  Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades  constitucionales y legales, en especial de las conferidas en el numeral 11 del  artículo 189 de la Constitución Política y  la Ley 546 de 1999,    

DECRETA:    

Artículo  1°. Fechas de expedición de Títulos de Tesorería, TES,  Ley 546. Para hacer efectivo el pago de los alivios hipotecarios a las  entidades acreedoras de conformidad con la Ley 546 de 1999, la  expedición de Títulos de Tesorería, TES, Ley 546 se realizará en las siguientes  fechas:    

–  28 de diciembre de 2006    

–  28 de enero de 2007    

–  28 de febrero de 2007    

–  28 de marzo de 2007    

–  28 de abril de 2007    

–  28 de mayo de 2007    

–  28 de junio de 2007    

Parágrafo.  Para la expedición de los Títulos de Tesorería, TES, Ley 546 en las fechas  establecidas en el presente artículo, se aplicará el procedimiento previsto por  el artículo 3° del Decreto 249 de 2000  modificado parcialmente por el artículo 2° del Decreto 2221 de 2000.    

Artículo  2°. Vigencia. El presente decreto  rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.    

Publíquese y cúmplase.        

Dado  en Bogotá, D. C., a 15 de diciembre de 2006.    

ÁLVARO URIBE VÉLEZ    

El  Ministro de Hacienda y Crédito Público,    

Alberto Carrasquilla Barrera.    

               

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