DECRETO 645 DE 2009
(marzo 4)
por el cual se modifica el detalle del aplazamiento contenido en el Decreto 0004 del 2 de enero de 2009.
El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confirieren los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en cualquier mes del año fiscal, el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo de Ministros, podrá reducir o aplazar total o parcialmente, las apropiaciones presupuestales, entre otros cuando la coherencia macroeconómica así lo exija o cuando el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimare que los recaudos del año puedan ser inferiores al total de gastos y obligaciones contraídas que deban pagarse con cargo a tales recursos. En tales casos el Gobierno podrá prohibir o someter a condiciones especiales la asunción de nuevos compromisos y obligaciones;
Que el Gobierno Nacional previo concepto del Consejo de Ministros, expidió el Decreto 0004 de 2009 mediante el cual se aplazaron algunas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación por la suma de $3.024,7 mil millones;
Que el Consejo de Ministros el 2 de enero de 2009, facultó al Consejo Superior de Política Fiscal – CONFIS, para emitir el concepto previo de que trata el artículo 76 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, en el evento en que nuevas circunstancias permitan modificar o levantar el aplazamiento total o parcialmente;
Que el artículo 4° del Decreto 0004 del 2 de enero de 2009, estableció que el Gobierno Nacional, previo concepto del Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS, podrá sustituir una apropiación aplazada por otra, siempre que se mantenga el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo;
Que el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, mediante Comunicación 108-2009OPL del 3 de febrero de 2009, solicitó modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;
Que el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante Comunicaciones 1400-26433 y 1400-2-8186 del 23 y 28 enero del presente año respectivamente, solicitó modificar algunas partidas del sector de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial incluidas en el citado decreto;
Que la Superintendencia de Notariado y Registro, mediante Comunicación OAP-GFEP- 014 del 16 de enero de 2009, solicitó modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;
Que la Dirección Nacional de Estupefacientes, mediante Comunicación OAP-001-2009 del 16 de enero de 2009, solicitó modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;
Que la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante Comunicación 884 del 27 de enero de 2009, solicitó modificar algunas partidas de la entidad incluidas en el citado decreto;
Que el Departamento Nacional de Planeación –DNP, mediante Oficios DIFP-1620092610178921 del 13 de febrero de 2009, DIFP-14-20092610000666 del 18 de febrero de 2009, DIFP-1620092610179101 del 13 de febrero, DIFP-16-20092610117511 del 29 de enero de 2009 y DIFP-2620092610000586 del 12 de febrero de 2009 emitió conceptos favorables a las modificaciones solicitadas por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, el sector de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, la Superintendencia de Notariado y Registro, la Dirección Nacional de Estupefacientes y la Comisión Nacional del Servicio Civil;
Que el Consejo Superior de Política Fiscal -CONFIS, en sus sesiones del 18 y 27 de febrero de 2009 una vez verificado que se mantiene el monto aplazado y el impacto fiscal del mismo, emitió conceptos favorables para modificar algunas partidas incluidas en el aplazamiento de los sectores del Interior y de Justicia, Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y Empleo Público por la suma de treinta y seis mil quinientos treinta y tres millones trescientos catorce mil quinientos ochenta y un pesos ($36.533.314.581) moneda legal,
DECRETA:
Artículo 1°. Desaplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de treinta y seis mil quinientos treinta y tres millones trescientos catorce mil quinientos ochenta y un pesos ($36.533.314.581) moneda legal; según el siguiente detalle:
Nota: Ver Diario Oficial 47.281
Artículo 2°. Aplazar el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal de 2009, en la suma de treinta y seis mil quinientos treinta y tres millones trescientos catorce mil quinientos ochenta y un pesos ($36.533.314.581) moneda legal; según el siguiente detalle:
Nota: Ver Diario Oficial 47.281
Artículo 3°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Publíquese y cúmplase.
Dado en Bogotá, D. C., a 4 de marzo de 2009.
ÁLVARO URIBE VÉLEZ
El Viceministro Técnico, encargado de las funciones del Ministro de Hacienda y Crédito Público,
Juan Pablo Zárate.