DECRETO 1519 DE 1997
(junio 6)
por medio del cual se confiere una condecoración de la Orden de Boyacá.
El Presidente de la República de Colombia en uso de sus facultades legales, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional ha instituido la Orden de Boyacá con el fin de honrar y enaltecer a colombianos y extranjeros que se hayan distinguido por sus servicios al país;
Que el Consejo de Estado francés celebra en el presente, doscientos años de su fundación, a través de los cuales se ha distinguido por su docto profesionalismo, su amplitud de criterio y su claridad de discernimiento, que lo han llevado a convertirse en una de las más respetadas instituciones del Derecho;
Que el Consejo de Estado francés ha sido piedra angular y paradigma de jurisprudencia tanto en Francia como en aquellos países que siguieron el sistema legal francés, entre los cuales se encuentra Colombia desde su nacimiento como República, al desarrollar una eximia labor en beneficio de la consolidación de su estructura jurídica;
Que es el deseo del Gobierno Nacional reconocer los méritos de aquellas instituciones que como el Consejo de Estado francés, han sido ejemplo de trabajo edificante y han contribuido al mejoramiento y al fortalecimiento de su vida democrática en el más amplio y a la vez preciso de los sentidos,
DECRETA:
Artículo 1º. Confiérese la Orden de Boyacá en el grado de Cruz de Plata al Consejo de Estado francés.
Artículo 2º. Este decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Comuníquese y cúmplase
Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 6 de junio de 1997.
ERNESTO SAMPER PIZANO
La Ministra de Relaciones Exteriores,
María Emma Mejía Vélez.