DECRETO 646 DE 2025

Decretos 2025

DECRETO 646 DE 2025

(junio 13)

D.O. 53.149, junio 14 de 2025

por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2025 y se efectúa la respectiva liquidación, en el marco del convenio de financiamiento no reembolsable para el programa de “Integración Sociourbana de Migrantes en Ciudades Colombianas GRT/ER-17925-CO.

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades legales, y en especial, las que le confieren los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 352 de la Constitución Política señala que la Ley Orgánica del Presupuesto, regulará lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

Que el Gobierno nacional, de conformidad con el artículo 348 de la Constitución Política, expidió el Decreto número 1523 del 18 de· diciembre de 2024, por el cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y el presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025, el cual se liquidó mediante el Decreto número 1621 del 30 de diciembre de 2024.

Que el 22 de diciembre de 2020, se celebró entre la Agencia Presidencial de Cooperación Internacional de Colombia, en su calidad de Coordinador Técnico de la Cooperación Internacional no Reembolsable de la República de Colombia; el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT) y el Ministerio de las Culturas de la República de Colombia; y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), en su calidad de administrador de una contribución especial otorgada por la Latín American Investment Facility de la Unión Europea, un Convenio de financiamiento no reembolsable denominado “Programa de Integración Sociourbana de Migrantes en Ciudades Colombianas”, identificado por parte del BID con la referencia GRT/ER-17925-CO.

Que el citado convenio se suscribió por valor de USD 11.330.000 (once millones trescientos treinta mil dólares) de los cuales el Ministerio de las Culturas tiene asignado USD 6.630.000 (seis millones seiscientos treinta mil dólares) para su ejecución. La vigencia del citado convenio va del 22 de diciembre de 2020 al 22 de junio de 2025 (Prórroga del BID oficio OCAN/CCO-2199/2023).

Que la estructura del convenio comprende la ejecución de cuatro componentes: Componente 1. Sistemas de Gestión Basados en Desempeño; Componente 2. Integración Económica en Barrios Receptores de Migrantes; Componente 3. Acceso a Vivienda en Alquiler Asequible; Componente 4. Asistencia Técnica.

Que el Ministerio de Culturas a través de la Dirección de Patrimonio y Memoria y el Programa Nacional de Escuelas Taller, está a cargo del Componente “2. Integración Económica en Barrios Receptores de Migrantes, como Organismo Ejecutor”.

Que mediante Comunicación número MC05900S2025 del 20 de marzo de 2025, el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la incorporación en el Presupuesto General de la Nación – vigencia fiscal 2025, de la suma de cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos ($4.773.169.112) moneda corriente, equivalentes a USD 1.209.938, con el fin de adicionar el proyecto de inversión identificado con el rubro presupuestal C-3302- 1603-16 “Recuperación, Fortalecimiento, Salvaguardar el Patrimonio y los Museos para la Apropiación Social a Nivel Nacional”, Subproyecto 20302B “2. Seguridad Humana y Justicia Social/ B. Reconocimiento, Salvaguardia y Fomento de la Memoria Viva, el Patrimonio, las Culturas y los Saberes”, para la formación de jóvenes en oficios con potencial de empleabilidad, contribuyendo a la revitalización del tejido económico, social, ambiental y cultural en comunidades receptoras de población migrante.

Que el Banco de la República mediante comunicación CUD_202500273 del 28 de febrero de 2025, certificó que el saldo de la cuenta USD – 51499940 “DTN – CONV. FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE INVERSIÓN GRT/ER17925 COPROG INTEGR. SOCIOURBANA MIGRANTES CIUDADES COLOMBIANAS” es de USD 1.257.304,81(un millón doscientos cincuenta y siete mil trescientos cuatro dólares con ochenta y un centavos).

Que el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, informa que al saldo reportado por el Banco de la República en la cuenta USD – 51499940 “DTN – CONV. FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE INVERSIÓN GRT/ER17925 CO PROG INTEGR. SOCIOURBANA MIGRANTES CIUDADES COLOMBIANAS” por USD 1.2.57.304,81, (un millón doscientos cincuenta y si mil trescientos cuatro dólares con ochenta y un centavos), se deben descontar las sumas de: USD 30.038,19 (treinta mil treinta y ocho dólares con diez y nueve centavos) que corresponde al saldo del primer desembolso por cuenta del diferencial cambiaría y USD 17.328,62 (diez y siete mil trescientos veintiocho dólares con sesenta y dos centavos) correspondiente a la reserva presupuestal de la vigencia 2024, quedando un valor neto a incorporar como adición por donación por USD 1.209.938 (un millón doscientos nueve mil novecientos treinta y ocho dólares).

Que el Especialista Financiero del programa de “integración sociourbana de migrantes en ciudades colombianas” encargado de validar, en el Ministerio de las Culturas, las Artes y los Saberes, los recursos que ingresan a la cuenta número 51499940 denominada “DTN – CONV. FINANCIAMIENTO NO REEMBOLSABLE INVERSIÓN GRT/ER17925 CO PROG INTEGR. SOCIOURBANA MIGRANTES CIUDADES COLOMBIANAS” mediante comunicación del 28 de febrero de 2025 certificó que el valor correspondiente a USD 1.209.938 (un millón doscientos nueve mil novecientos treinta y ocho dólares) fue transferido a la citada cuenta el día 15 de julio de 2024.

Que la Superintendencia Financiera de Colombia, a través del Certificado número 7985885485829507 del 25 de julio de 2024, indicó que la Tasa Representativa del Mercado (TRM) del 15 de julio de 2024 fue de $3.944,97 pesos moneda corriente valor sobre el cual se determinó la conversión de la suma correspondiente a USD 1.209.938 (un millón doscientos nueve mil novecientos treinta y ocho dólares), obteniendo como resultado el monto en pesos colombianos solicitado, el cual equivale a un valor de $4.773.169.112 (cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos) moneda corriente.

Que el Departamento Nacional de Planeación (DNP), mediante comunicación número 20254300000136 del 18 de marzo de 2025, suscrita por la Directora de Programación de Inversiones Públicas, emitió concepto favorable a la solicitud de adición por donación presentada por el Ministerio de las Culturas por $4.773.169.112 (cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos) moneda corriente.

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación “Los recursos de asistencia o cooperación internacional de carácter no reembolsables hacen parte del presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporarán al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedida por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público informará de estas operaciones a las Comisiones Económicas del Congreso. (…).”

Que el artículo 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el decreto de liquidación del Presupuesto General de la Nación, el cual se acompañará de un anexo que tendrá el detalle del gasto para el año fiscal respectivo.

Que en virtud de lo establecido en el numeral 5 del artículo 2.1.2.1.24 del Decreto número 1081 de 2015, los actos administrativos de carácter presupuestal se encuentran dentro de las excepciones al deber de publicación de los proyectos de regulación.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1°. Adición al presupuesto de rentas y recursos de capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2025, en la suma de $4.773.169.112 (cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
ADICIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 2025
CONCEPTOVALOR
I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL4.773.169.112
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN4.773.169.112
TOTAL ADICIÓN4.773.169.112

Artículo 2°. Adición al presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónese el Presupuesto de Gastos del Pres puesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2025, en la suma de $4.773.169.112 (cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADICIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 2025

CTA PROGSUBC SUBPCONCEPTOAPORTE NACIONALRECURSOS PROPIOSTOTAL
SECCIÓN 3301 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
  TOTAL ADICIÓN SECCIÓN4.773.169.1124.773.169.112
  C INVERSIÓN4.773.169.1124.773.169.112
3302 GESTIÓN, PROTECCIÓN Y SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL COLOMBIANO.4.773.169.1124.773.169.112
33021603ARTE Y CULTURA4.773.169.1124.773.169.112
TOTAL ADICIÓN4.773.169.1124.773.169.112

Artículo 3°. Liquidación de la adición del presupuesto de rentas y recursos de capital. Adiciónese el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal 2025, en la suma de $4.773.169.112 (cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:

RENTAS DEL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN
ADICIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 2025
CONCEPTOVALOR
I. INGRESOS DEL PRESUPUESTO NACIONAL4.773.169.112
2. RECURSOS DE CAPITAL DE LA NACIÓN4.773.169.112
TOTAL ADICIÓN4.773.169.112

Artículo 4°. Liquidación de la adición del presupuesto de gastos o ley de apropiaciones. Adiciónese el Presupuesto de Gastos del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2025, en la suma de $4.773.169.112 (cuatro mil setecientos setenta y tres millones ciento sesenta y nueve mil ciento doce pesos) moneda corriente, según el siguiente detalle:

ADICIÓN AL PRESUPUESTO GENERAL DE LA NACIÓN 2025

CTA PROGSUBC SUBPCONCEPTOAPORTE NACIONALRECURSOS PROPIOSTOTAL
SECCIÓN 3301 MINISTERIO DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS SABERES
  TOTAL ADICIÓN SECCIÓN4.773.169.1124.773.169.112
  C INVERSIÓN4.773.169.1124.773.169.112
3302 GESTIÓN, PROTECCIÓN Y SALVAGUARDIA DEL PATRIMONIO CULTURAL COLOMBIANO.4.773.169.1124.773.169.112
33021603ARTE Y CULTURA4.773.169.1124.773.169.112
TOTAL ADICIÓN4.773.169.1124.773.169.112

Artículo 5°. Anexo. El presente decreto se acompaña de un anexo que contiene el Detalle del gasto.

Artículo 6°. Informe. De acuerdo con lo señalado en el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público informará a las Comisiones Económicas del Congreso de esta operación.

Artículo 7°. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 13 de junio de 2025.

GUSTAVO PETRO URREGO

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Germán Ávila Plazas.

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