{"id":21318,"date":"2023-07-11T20:35:02","date_gmt":"2023-07-11T20:35:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/11\/decreto-2769-de-1991\/"},"modified":"2023-07-11T20:35:02","modified_gmt":"2023-07-11T20:35:02","slug":"decreto-2769-de-1991","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/11\/decreto-2769-de-1991\/","title":{"rendered":"DECRETO 2769 DE 1991"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2769 DE 1991 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 16 \u00a0 de 1991) \u00a0<\/p>\n<p>Por el cual \u00a0 se dictan normas en materia de elecci\u00f3n de los representantes de los \u00a0 trabajadores y de los empleadores en las juntas y consejos directivos de las \u00a0 sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesant\u00edas\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0<\/p>\n<p>En uso \u00a0de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le \u00a0confiere el ordinal 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en \u00a0concordancia con lo previsto en el par\u00e1grafo primero del art\u00edculo 1.2.0.2.3 del \u00a0Estatuto Org\u00e1nico del Sistema Financiero, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>*Notas de Vigencia* \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Derogado por el \u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0art\u00edculo 12.2.1.1.4 del \u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0Decreto 2555 de 2010, publicado en el \u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0Diario Oficial No. 47771 del 15 de Julio de 2010 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Modificado por el Decreto 545 de 1993 \u00a0y por el Decreto 464 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0DECRETA \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ASAMBLEA DE TRABAJADORES . \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. \u00a0 *Modificado \u00a0por el Decreto 464 de 1992, \u00a0nuevo texto:* \u00a0 \u00a0Los trabajadores afiliados a los fondos de \u00a0pensiones y de cesant\u00eda administrados por Sociedades Administradoras de Fondos \u00a0de Pensiones y de Cesant\u00eda se reunir\u00e1n en asamblea ordinaria una vez al a\u00f1o, \u00a0dentro del mes de marzo, con el fin de elegir su representante o \u00a0representantes, seg\u00fan corresponda, en la Junta Directiva de la respectiva \u00a0sociedad. \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>*Texto original \u00a0 del Decreto 2769 de 1991* \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u201cLos trabajadores afiliados a los Fondos de pensiones y \u00a0de Cesant\u00eda administrados por Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones \u00a0y de Cesant\u00eda se reunir\u00e1n en asamblea ordinaria una vez al a\u00f1o, dentro de los \u00a0quince (15) primeros d\u00edas del mes de marzo de cada a\u00f1o calendario, con el fin \u00a0de elegir su representante o representantes, seg\u00fan corresponda, en la Junta \u00a0Directiva de la respectiva sociedad.\u201d. \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2o. Los trabajadores que deseen \u00a0postularse para actuar como representante de los dem\u00e1s trabajadores afiliados a \u00a0la respectiva Sociedad Administradora de Fondos de Pensiones y de Cesant\u00eda \u00a0deber\u00e1n inscribirse, junto con sus respectivos suplentes, durante el mes de \u00a0febrero inmediatamente anterior a la elecci\u00f3n, en cualquiera de las oficinas de \u00a0la sociedad administradora o de las entidades a trav\u00e9s de las cuales se efect\u00fae \u00a0el recaudo de recursos del fondo administrado, adjuntando para el efecto una \u00a0hoja de vida en la cual conste, a lo menos, su nombre completo y documento de \u00a0identidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia y cargos desempe\u00f1ados \u00a0durante los \u00faltimos cinco (5) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3o. Corresponder\u00e1 al representante legal \u00a0de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesant\u00eda \u00a0convocar, con no menos de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles de antelaci\u00f3n, a la reuni\u00f3n \u00a0ordinaria de que trata el art\u00edculo 1o., mediante comunicaci\u00f3n escrita dirigida \u00a0a la direcci\u00f3n de la empresa en la cual presten sus servicios los trabajadores \u00a0afiliados a los Fondos por ella administrados, acompa\u00f1ada de una relaci\u00f3n \u00a0detallada de las personas inscritas como candidatas a la elecci\u00f3n de \u00a0representante de los trabajadores. Cuando varios de los trabajadores afiliados \u00a0a un Fondo de Cesant\u00eda presten sus servicios a una misma empresa, bastara con \u00a0el env\u00edo de una citaci\u00f3n conjunta. Siguiendo el mismo procedimiento se citar\u00e1 a \u00a0los afiliados independientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En la citaci\u00f3n que efect\u00fae la sociedad \u00a0administradora se indicar\u00e1 la fecha, hora y lugar de la reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Cuando la sociedad administradora no \u00a0convoque a la asamblea ordinaria de trabajadores, en los t\u00e9rminos previstos en \u00a0el presente Decreto, \u00e9sta se reunir\u00e1 por derecho propio el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil del \u00a0mes de marzo, en el domicilio principal de la sociedad administradora, a las \u00a0seis (6:00) de la tarde. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4o.Todo Trabajador podr\u00e1 hacerse \u00a0representar en las reuniones de la asamblea ordinaria de que trata los \u00a0art\u00edculos anteriores, mediante poder otorgado por escrito, en el cual se \u00a0indique el nombre del apoderado, la persona en quien \u00e9ste puede sustituirlo y \u00a0la reuni\u00f3n para la cual se confiere. Esta representaci\u00f3n s\u00f3lo podr\u00e1 recaer en \u00a0la persona de otro trabajador afiliado al mismo Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5o. *Modificado \u00a0por el Decreto 545 de 1993, \u00a0nuevo texto:* \u00a0 La asamblea de los trabajadores, reunida para \u00a0los efectos previstos en el art\u00edculo 1o., podr\u00e1 deliberar con cualquier n\u00famero \u00a0plural de asistentes. Las decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda de los votos \u00a0presentes. Para estos efectos, el trabajador tendr\u00e1 tantos votos como unidades \u00a0posea en el fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>*Texto original \u00a0 del Decreto 2769 de 1991* \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u201cLa asamblea de trabajadores, reunida para los efectos \u00a0previstos en el art\u00edculo 1o., podr\u00e1 deliberar con cualquier n\u00famero plural de \u00a0asistentes que represente por lo menos, el treinta por ciento (30%) de las \u00a0unidades del fondo de cesant\u00eda respectivo. Las decisiones se tomar\u00e1n por \u00a0mayor\u00eda de los votos presentes. Para estos efectos, cada trabajador tendr\u00e1 \u00a0tantos votos como unidades posea en el fondo.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6o. Si se convoca la asamblea y \u00e9sta no \u00a0se lleva a cabo por falta de quorum, dentro de los tres (3) d\u00edas h\u00e1biles \u00a0siguiente se citar\u00e1 a una nueva reuni\u00f3n, en los mismos t\u00e9rminos, se\u00f1alados en \u00a0el art\u00edculo 3o, la cual sesionar\u00e1 y decidir\u00e1 v\u00e1lidamente cualquiera que sea la cantidad \u00a0de unidades que est\u00e9 representada. La nueva reuni\u00f3n deber\u00e1 efectuarse a m\u00e1s \u00a0tardar dentro de los quince (15) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha fijada para \u00a0la primera sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando la asamblea se re\u00fana en sesi\u00f3n ordinaria \u00a0por derecho propio el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil del mes de marzo, tambi\u00e9n podr\u00e1 \u00a0deliberar, y decidir v\u00e1lidamente en los t\u00e9rminos previstos en el inciso \u00a0anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7o. En la asamblea de trabajadores a que \u00a0hace referencia el art\u00edculo 1o.del presente Decreto ning\u00fan trabajador podr\u00e1 \u00a0representar, en ning\u00fan caso, un n\u00famero de unidades superior al diez por \u00a0ciento(10%) de aquellas en las cuales se encuentre dividido el respectivo fondo \u00a0de cesant\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8o. Lo ocurrido en las reuniones de la \u00a0asamblea se har\u00e1 constar con un libro de actas. Estas se firmar\u00e1n por quienes \u00a0sean elegidos presidente y secretario de la asamblea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las actas se encabezar\u00e1n con su n\u00famero y \u00a0expresar\u00e1n, cuando menos, el lugar, fecha y hora de la reuni\u00f3n; la forma y \u00a0antelaci\u00f3n de la convocatoria, si la hubo; la lista de asistentes, con \u00a0indicaci\u00f3n del n\u00famero de unidades propias y ajenas que representen; las \u00a0personas inscritas para la elecci\u00f3n de representantes de los trabajadores, la \u00a0persona o personas elegidas; el n\u00famero de votos emitidos a su favor y a favor \u00a0de los dem\u00e1s participantes en la elecci\u00f3n; los votos en blanco; las constancias \u00a0dejadas por los asistentes y la fecha y hora de la clausura de la sesi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>REPRESENTANTE DE LOS EMPLEADORES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Articulo 9o. Los representantes de los empleadores \u00a0en la Junta Directiva de las Sociedades Administradoras de Fondos de Pensiones \u00a0y de Cesant\u00eda ser\u00e1n designados por la asamblea general ordinaria de accionistas \u00a0de cada sociedad, con sujeci\u00f3n a las normas que regulan dichas reuniones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Podr\u00e1n actuar como representantes de \u00a0los empleadores las sociedades en las cuales laboren los trabajadores afiliados \u00a0al respectivo fondo de cesant\u00eda, as\u00ed como las personas naturales a las cuales \u00a0\u00e9stos presten directamente sus servicios. En el primero de los casos, la \u00a0representaci\u00f3n se ejercer\u00e1 por conducto del representante legal de la sociedad \u00a0respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Los empleadores que deseen \u00a0postularse para actuar como representantes de los dem\u00e1s empleadores de los \u00a0trabajadores afiliados a la respectiva sociedad deber\u00e1n inscribirse para el \u00a0efecto, junto con sus respectivos suplentes, en los t\u00e9rminos previstos en el \u00a0art\u00edculo 2o.del presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Copia autorizada del acta de las \u00a0asambleas destinadas a elegir representantes de los empleadores y de los \u00a0trabajadores en las Juntas Directivas de las sociedades administradoras ser\u00e1 \u00a0enviada al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y a la Superintencia \u00a0Bancaria, dentro de los cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles inmediatamente siguientes a la \u00a0respectiva reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Trat\u00e1ndose de asambleas de trabajadores copia del \u00a0acta deber\u00e1 enviarse igualmente a la respectiva sociedad administradora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Cuando durante los t\u00e9rminos \u00a0se\u00f1alados para el efecto no se realice ninguna inscripci\u00f3n de postulantes a \u00a0representantes de los trabajadores, en la convocatoria a la respectiva asamblea \u00a0la sociedad administradora informar\u00e1 el hecho a los afiliados al fondo de \u00a0cesant\u00eda. En tal caso, los representantes de los trabajadores ser\u00e1n elegidos de \u00a0entre los asistentes a la respectiva asamblea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando no se presenten inscripciones al cargo de \u00a0representante de los empleadores, la sociedad administradora de fondos de \u00a0pensiones y de cesant\u00eda, informar\u00e1 el hecho al Ministerio de Trabajo y \u00a0Seguridad Social, dentro de los tres (3) d\u00edas h\u00e1biles inmediatamente siguientes \u00a0al vencimiento del t\u00e9rmino se\u00f1alado para el efecto, con el objeto de que se \u00a0designe a un representante del mismo para que asista a la correspondiente \u00a0asamblea, en la cual los accionistas podr\u00e1n elegir libremente la representaci\u00f3n \u00a0de los empleadores en la Junta Directiva de la sociedad, de entre quienes \u00a0re\u00fanan los requisitos para serlo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La persona que as\u00ed resulte electa ejercer\u00e1 \u00a0forzosamente el cargo, pero podr\u00e1 solicitar que se abra por la sociedad \u00a0administradora un nuevo per\u00edodo de inscripciones y que se realice una nueva \u00a0elecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. El presente Decreto rige desde la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D C, a 16 de diciembre \u00a0de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda Y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Trabajo y Seguridad Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FRANCISCO POSADA DE LA PE\u00d1A. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2769 DE 1991 \u00a0 \u00a0 (diciembre 16 \u00a0 de 1991) \u00a0 Por el cual \u00a0 se dictan normas en materia de elecci\u00f3n de los representantes de los \u00a0 trabajadores y de los empleadores en las juntas y consejos directivos de las \u00a0 sociedades administradoras de fondos de pensiones y cesant\u00edas\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[33],"tags":[],"class_list":["post-21318","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1991"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21318","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=21318"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/21318\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=21318"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=21318"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=21318"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}