{"id":22276,"date":"2023-07-12T18:13:41","date_gmt":"2023-07-12T18:13:41","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1552-de-1992\/"},"modified":"2023-07-12T18:13:41","modified_gmt":"2023-07-12T18:13:41","slug":"decreto-1552-de-1992","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1552-de-1992\/","title":{"rendered":"DECRETO 1552 DE 1992"},"content":{"rendered":"\n<p> DECRETO 1552 DE 1992 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL CUAL SE REGULA LA EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO \u00a0DE LAS ZONAS FRANCAS TRANSITORIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 1177 de 1996, \u00a0art\u00edculo 19. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y \u00a0legales, en especial las que le confiere el ordinal 25 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0con sujeci\u00f3n a las pautas generales previstas en el numeral 6 del art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 7\u00aa de 1991, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0 DE LAS \u00a0ZONAS FRANCAS TRANSITORIAS. Los terrenos donde se celebren ferias, \u00a0exposiciones, congresos y seminarios de car\u00e1cter internacional, podr\u00e1n recibir \u00a0en forma transitoria el tratamiento de Zonas Francas Comerciales, previa \u00a0autorizaci\u00f3n especial del Ministerio de Comercio Exterior impartida mediante \u00a0resoluci\u00f3n, en la cual se determine en forma clara, la delimitaci\u00f3n del \u00e1rea \u00a0correspondiente, el per\u00edodo de tiempo durante el cual se extender\u00e1 la \u00a0autorizaci\u00f3n y las condiciones de operaci\u00f3n de la Zona Franca Transitoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Dentro de los \u00a0diez (10) d\u00edas siguientes a la expedici\u00f3n de la resoluci\u00f3n de que trata el \u00a0presente art\u00edculo, y en todo caso, previamente a la fecha de iniciaci\u00f3n del \u00a0evento, el Ministerio de Comercio Exterior deber\u00e1 informar a la Direcci\u00f3n \u00a0General de Aduanas sobre la Zona Franca Transitoria autorizada, as\u00ed como las \u00a0condiciones de dicha autorizaci\u00f3n y la documentaci\u00f3n establecida en el art\u00edculo \u00a0siguiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0 DE LA \u00a0SOLICITUD. Para obtener la autorizaci\u00f3n de funcionamiento de un \u00e1rea como Zona \u00a0Franca Transitoria, se debe presentar solicitud escrita ante el Ministerio de \u00a0Comercio Exterior, acompa\u00f1ada de la siguiente informaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Prueba de la \u00a0existencia y representaci\u00f3n legal de la entidad administradora del \u00e1rea para la \u00a0cual se solicita la autorizaci\u00f3n y permiso de funcionamiento expedido por la \u00a0autoridad competente del respectivo municipio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Linderos y \u00a0delimitaci\u00f3n precisa del \u00e1rea respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Eventos \u00a0internacionales que se realizar\u00e1n en los recintos de la Zona Franca Transitoria \u00a0y breve explicaci\u00f3n de su importancia para la econom\u00eda y el comercio \u00a0internacional del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Tipos de mercanc\u00edas \u00a0que ingresar\u00e1n a la Zona Franca Transitoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Per\u00edodo durante el \u00a0cual se extender\u00e1 la autorizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0 DE LA \u00a0RESPONSABILIDAD. La entidad administradora de la Zona Franca Transitoria, \u00a0autorizada por el Ministerio de Comercio Exterior, responder\u00e1 ante la Naci\u00f3n \u00a0por los derechos de importaci\u00f3n, el impuesto sobre las ventas y las sanciones a \u00a0que haya lugar, de los elementos perdidos o retirados de la Zona Franca \u00a0Transitoria, sin el lleno de los requisitos previstos en las normas aduaneras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0 DE LA \u00a0DURACION. El Ministerio de Comercio Exterior solamente podr\u00e1 autorizar el \u00a0funcionamiento de Zonas Francas Transitorias, por el t\u00e9rmino de duraci\u00f3n del \u00a0evento de car\u00e1cter internacional para el cual se solicita la autorizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0 \u00a0PERMANENCIA DE LAS MERCANCIAS EN LOS RECINTOS DE LAS ZONAS FRANCAS \u00a0TRANSITORIAS. El t\u00e9rmino m\u00e1ximo de permanencia de las mercanc\u00edas que ingresen \u00a0en los recintos de las Zonas Francas Transitorias autorizadas por el Ministerio \u00a0de Comercio Exterior, incluye el tiempo de duraci\u00f3n del evento, m\u00e1s un per\u00edodo \u00a0adicional de tres meses antes de la iniciaci\u00f3n del evento y otro de seis meses \u00a0despu\u00e9s de su conclusi\u00f3n. El Ministerio por causa justificada podr\u00e1 prorrogar \u00a0estos plazos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro del plazo previsto \u00a0las mercanc\u00edas deber\u00e1n ser reembarcadas o sometidas a otro r\u00e9gimen aduanero; en \u00a0caso contrario, \u00e9stas ser\u00e1n declaradas en abandono a favor de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En la resoluci\u00f3n de \u00a0autorizaci\u00f3n de la Zona Franca Transitoria, se indicar\u00e1n claramente las fechas \u00a0en las cuales se cumplen los plazos previstos en el presente art\u00edculo para el \u00a0ingreso y salida de mercanc\u00edas de los recintos de la Zona Franca Transitoria \u00a0autorizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0 DEL \u00a0R\u00c9GIMEN ADUANERO. La Direcci\u00f3n General de Aduanas del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, impartir\u00e1 las instrucciones pertinentes para el cumplimiento \u00a0de la legislaci\u00f3n aduanera en los eventos de car\u00e1cter internacional que se \u00a0celebren en los recintos de las Zonas Francas Transitorias autorizadas por el \u00a0Ministerio de Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0 DE LAS \u00a0ZONAS FRANCAS COMERCIALES. En los terrenos de las Zonas Francas Comerciales \u00a0podr\u00e1n celebrarse ferias, exposiciones, congresos, y seminarios de car\u00e1cter \u00a0internacional, sin que para ello se requiera de la autorizaci\u00f3n por parte del \u00a0Ministerio de Comercio Exterior, ni del cumplimiento de los requisitos y \u00a0procedimientos que en el presente Decreto se establecen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Juntas Directivas de \u00a0las Zonas Francas autorizar\u00e1n mediante Acuerdo, la celebraci\u00f3n de eventos \u00a0internacionales en sus recintos y las administraciones de las Zonas Francas \u00a0comunicar\u00e1n a las autoridades aduaneras de la jurisdicci\u00f3n correspondiente, la \u00a0celebraci\u00f3n de dichos eventos con por lo menos treinta (30) d\u00edas de \u00a0anticipaci\u00f3n a la fecha de su iniciaci\u00f3n, con el fin de que se establezcan los \u00a0controles aduaneros que se estimen pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0 \u00a0TRANSITORIO-VIGENCIA. Las Zonas Francas Transitorias que a la entrada en \u00a0vigencia del presente Decreto se encuentren en funcionamiento o aquellas que \u00a0hayan recibido autorizaci\u00f3n para funcionar por parte del Gobierno Nacional, se \u00a0seguir\u00e1n rigiendo en lo pertinente, por lo estipulado en las normas vigentes al \u00a0momento de su aprobaci\u00f3n, hasta el vencimiento del plazo para el cual fueron \u00a0autorizadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0 \u00a0VIGENCIA. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de \u00a0Bogot\u00e1, D. C., a 17 de septiembre de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Comercio \u00a0Exterior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JUAN MANUEL SANTOS \u00a0CALDERON. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1552 DE 1992 \u00a0 \u00a0 (septiembre 17) \u00a0 \u00a0 POR EL CUAL SE REGULA LA EXISTENCIA Y FUNCIONAMIENTO \u00a0DE LAS ZONAS FRANCAS TRANSITORIAS. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 1177 de 1996, \u00a0art\u00edculo 19. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y \u00a0legales, en especial [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[35],"tags":[],"class_list":["post-22276","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1992"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22276","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22276"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22276\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22276"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22276"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22276"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}