{"id":22441,"date":"2023-07-12T18:13:49","date_gmt":"2023-07-12T18:13:49","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2130-de-1992\/"},"modified":"2023-07-12T18:13:49","modified_gmt":"2023-07-12T18:13:49","slug":"decreto-2130-de-1992","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2130-de-1992\/","title":{"rendered":"DECRETO 2130 DE 1992"},"content":{"rendered":"\n<p> DECRETO 2130 DE 1992 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Diciembre 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL CUAL SE ATRIBUYEN FUNCIONES A LOS MINISTROS, \u00a0DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y DEMAS DIRECTORES, GERENTES O \u00a0JEFES DE ENTIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ORDEN NACIONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en \u00a0ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art\u00edculo Transitorio 20 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0teniendo en cuenta las recomendaciones de la Comisi\u00f3n de que trata el mismo \u00a0art\u00edculo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D E C R E T A : \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1o. ATRIBUCION DE FUNCIONES.-Sin perjuicio \u00a0de las facultades que les otorgan las normas vigentes, corresponder\u00e1 a los \u00a0Ministros, Directores de Departamentos Administrativos, Directores, Presidentes \u00a0o Gerentes de entidades descentralizadas, Superintendentes y Jefes de entidades \u00a0u organismos administrativos de la rama ejecutiva nacional, ejercer las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Se\u00f1alar los proyectos de decisiones de car\u00e1cter \u00a0general que por raz\u00f3n de sus implicaciones sea conveniente colocar en \u00a0conocimiento de los ciudadanos y grupos interesados para escuchar previamente \u00a0sus opiniones al respecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Disponer que se informe p\u00fablicamente a los \u00a0eventuales interesados, por los medios que estime adecuados, sobre el contenido \u00a0b\u00e1sico, el prop\u00f3sito y los alcances de los proyectos de decisiones administrativas \u00a0de car\u00e1cter general a que hace referencia el numeral anterior. En el respectivo \u00a0informe deber\u00e1 se\u00f1alarse el plazo dentro del cual se podr\u00e1n presentar sus \u00a0observaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso la autoridad administrativa adoptar\u00e1 \u00a0aut\u00f3nomamente la decisi\u00f3n que a su juicio sirva mejor el inter\u00e9s general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Disponer el registro p\u00fablico de tales \u00a0observaciones y de las respuestas que la entidad hubiere dado a las presentadas \u00a0por quienes representen sectores significativos de la comunidad y por \u00a0organizaciones no gubernamentales promotoras del inter\u00e9s p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar las pr\u00e1cticas administrativas y las \u00a0reglas que desconozcan la presunci\u00f3n de buena fe de los particulares y disponer \u00a0su correcci\u00f3n adoptando las medidas a que haya lugar dentro de su \u00f3rbita de \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar las pr\u00e1cticas administrativas y las \u00a0reglas que impliquen discriminaci\u00f3n o privilegios o que de cualquier otra forma \u00a0violen el principio de igualdad y disponer su correcci\u00f3n adoptando las medidas \u00a0a que haya lugar dentro de su \u00f3rbita de competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Identificar las pr\u00e1cticas administrativas y las \u00a0reglas que desconozcan el principio de moralidad y los dem\u00e1s establecidos en el \u00a0art\u00edculo 209 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0disponer su correcci\u00f3n adoptando las medidas a que haya lugar dentro de su \u00a0\u00f3rbita de competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Identificar los permisos, licencias o requisitos \u00a0adicionales a los establecidos de manera general en leyes, decretos \u00a0reglamentarios u otras normas de alcance general que limiten o entraben el \u00a0ejercicio de un derecho o una actividad l\u00edcita y disponer su supresi\u00f3n, siempre \u00a0que ello sea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Identificar los permisos previos y requisitos \u00a0exigidos sin autorizaci\u00f3n de la ley que limitan o entraban el libre ejercicio \u00a0de la actividad econ\u00f3mica o la iniciativa privada y disponer su supresi\u00f3n, \u00a0siempre que ello sea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar un informe anual sobre el cumplimiento \u00a0de estas funciones el cual deber\u00e1 ser anexado al informe que presenten al \u00a0Congreso de la Rep\u00fablica o al Ministro o Director del Departamento \u00a0Administrativo correspondiente en la oportunidad que \u00e9ste se\u00f1ale. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2o. VIGENCIA.-El presente decreto rige a \u00a0partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PUBLIQUESE Y CUMPLASE, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., a 29 de diciembre \u00a0de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Gobierno, encargado de las \u00a0funciones del Despacho del Ministro de Gobierno, JAIME BUENAHORA \u00a0FEBRES-CORDERO. La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las \u00a0funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, VILMA ZAFRA \u00a0TURBAY. El Ministro de Justicia, ANDR\u00c9S GONZALEZ DIAZ. El Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0RAFAEL PARDO RUEDA. El Ministro de Agricultura, ALFONSO LOPEZ CABALLERO. El \u00a0Ministro de Trabajo y Seguridad Social, LUIS FERNANDO RAMIREZ ACU\u00d1A. El \u00a0Ministro de Salud, JUAN LUIS LONDO\u00d1O DE LA CUESTA. El Ministro de Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico, LUIS ALBERTO MORENO MEJIA. El Ministro de Minas y Energ\u00eda, GUIDO \u00a0NULE AMIN. El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional, CARLOS HOLMES TRUJILLO. El \u00a0Ministro de Comunicaciones, WILLIAM JARAMILLO GOMEZ. El Ministro de Obras \u00a0P\u00fablicas y Transporte, JORGE BENDECK OLIVELLA. El Ministro de Comercio \u00a0Exterior, JUAN MANUEL SANTOS CALDERON. El Director del Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, ARMANDO MONTENEGRO TRUJILLO. El Director del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad, FERNANDO BRITO RUIZ. El Director del Departamento \u00a0Administrativo del Servicio Civil, CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ. El Director \u00a0del Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica, RODOLFO URIBE URIBE. \u00a0El Director del Departamento Administrativo de Aerona\u00fatica Civil, JOS\u00c9 JOAQUIN \u00a0PALACIO CAMPUZANO. El Director del Departamento Administrativo Nacional de \u00a0Cooperativas, HECTOR MORENO GALVIS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2130 DE 1992 \u00a0 \u00a0 (Diciembre 29) \u00a0 \u00a0 POR EL CUAL SE ATRIBUYEN FUNCIONES A LOS MINISTROS, \u00a0DIRECTORES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y DEMAS DIRECTORES, GERENTES O \u00a0JEFES DE ENTIDADES ADMINISTRATIVAS DEL ORDEN NACIONAL. \u00a0 \u00a0 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA, en \u00a0ejercicio de las atribuciones que le confiere el Art\u00edculo Transitorio [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[35],"tags":[],"class_list":["post-22441","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1992"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22441","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22441"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22441\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22441"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22441"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22441"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}