{"id":22469,"date":"2023-07-12T18:13:51","date_gmt":"2023-07-12T18:13:51","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2156-de-1992\/"},"modified":"2023-07-12T18:13:51","modified_gmt":"2023-07-12T18:13:51","slug":"decreto-2156-de-1992","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2156-de-1992\/","title":{"rendered":"DECRETO 2156 DE 1992"},"content":{"rendered":"\n<p> P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 2\u00ba: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0Sociedades y Valores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: Sociedades, de Valores, \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 3\u00ba, numeral 1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0de Sociedades de Valores y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: de Sociedades, de Valores, y \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 3\u00ba, numeral 5: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0estructura de los sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: estructura y los sistemas \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 5\u00ba, p\u00e1rrafo 1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0La junta estar\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: La junta directiva estar\u00e1 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 5\u00ba, numeral 4: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0elegido conjuntamente por los funcionarios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: elegido por los funcionarios \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 6\u00ba, numeral 1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0Planeaci\u00f3n del Ministerio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: Planeaci\u00f3n y el Ministerio \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 8\u00ba, numeral 6: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0en dep\u00f3sito de fondos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: en dep\u00f3sito los fondos \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 8\u00ba, numeral 7: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0suscribir como \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: suscribir, como \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 8\u00ba, numeral 7: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0deben \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: deban \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 9\u00ba, numeral 1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0Comercio de Sociedad y Valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: Comercio, de Sociedades y de Valores. \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 9\u00ba, numeral 2: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0de Sociedades y Valores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: de Sociedades y de Valores, \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 9\u00ba, numeral 2: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0servicios y sus afiliados, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: servicios de sus afiliados, \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 9\u00ba, numeral 3: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dice: \u00a0 \u00a0profesionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Debe \u00a0 \u00a0decir: pensionales. \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIARIO OFICIAL. A\u00d1O. \u00a0CXXVIII. N. 40704. 31, DICIEMBRE, 1992. PAG. 20. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETO 2156 DE 1992 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Diciembre 30) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL CUAL SE REESTRUCTURA LA CORPORACION SOCIAL DE LA \u00a0SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES, CORPORANONIMAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Derogado por el Decreto 1695 de 1997, \u00a0art\u00edculo 23. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL PRESIDENTE DE LA \u00a0REPUBLICA DE COLOMBIA, en ejercicio de las facultades conferidas en el Art\u00edculo \u00a0Transitorio 20 de la Constituci\u00f3n\u00a0 Pol\u00edtica y\u00a0 \u00a0teniendo en\u00a0 cuenta\u00a0 las recomendaciones de la Comisi\u00f3n de que \u00a0trata dicho art\u00edculo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1o. NATURALEZA \u00a0JURIDICA.-La Corporaci\u00f3n Social de la Superintendencia de Sociedades, \u00a0CORPORANONIMAS es un establecimiento p\u00fablico\u00a0 \u00a0del orden nacional, dotado de personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00edas \u00a0administrativa y patrimonio independiente, adscrito\u00a0 al\u00a0 \u00a0Ministerio\u00a0 de\u00a0 Desarrollo Econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO\u00a0 2o. OBJETO.- La Corporaci\u00f3n Social de la \u00a0Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS, como entidad\u00a0 de previsi\u00f3n social, tendr\u00e1 a su cargo el \u00a0reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, econ\u00f3micas y m\u00e9dico \u00a0asistenciales consagradas en las normas vigentes para los empleados p\u00fablicos de \u00a0las Superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades y Valores, de la \u00a0misma Corporaci\u00f3n, en la forma que dispongan sus estatutos y reglamentos \u00a0internos,\u00a0 de\u00a0 acuerdo\u00a0 \u00a0con\u00a0 las\u00a0 normas\u00a0 \u00a0legales\u00a0 y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 3o.- FUNCIONES. \u00a0Adem\u00e1s de las funciones que la ley le se\u00f1ala y de las atribuidas a los \u00a0organismos de previsi\u00f3n\u00a0 social,\u00a0 la\u00a0 \u00a0Corporaci\u00f3n\u00a0 Social\u00a0 de\u00a0 la \u00a0Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS, cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0actividades: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Organizar, dirigir y \u00a0administrar el reconocimiento y pago de las prestaciones sociales, econ\u00f3micas y \u00a0m\u00e9dico asistenciales\u00a0 de\u00a0 los\u00a0 \u00a0empleados\u00a0 p\u00fablicos\u00a0 de\u00a0 las \u00a0Superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades de Valores y de la \u00a0misma Corporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender las \u00a0prestaciones a que se obligue en favor de sus afiliados\u00a0 beneficiarios, pensionados\u00a0 y\u00a0 \u00a0adscritos especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Expedir, con la \u00a0aprobaci\u00f3n del Gobierno, reglamentos generales para la atenci\u00f3n de las \u00a0prestaciones a su cargo, de conformidad con las normas legales y \u00a0reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Realizar las inversiones que le permitan \u00a0servir oportunamente los objetivos propios de la instituci\u00f3n y le garanticen \u00a0seguridad, rentabilidad y liquidez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Determinar la \u00a0estructura de los sistemas de atenci\u00f3n m\u00e9dico asistencial adecuados para los \u00a0fines propios de la medicina social y de acuerdo con los principios y normas de \u00a0esta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 4o. DIRECCION Y \u00a0ADMINISTRACION.-La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n\u00a0 \u00a0de\u00a0 la\u00a0 Corporaci\u00f3n\u00a0 \u00a0Social\u00a0 de\u00a0 la Superintendencia de Sociedades, \u00a0CORPORANONIMAS, estar\u00e1 a cargo de una junta directiva y del director general, \u00a0quien ser\u00e1 su representante legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 5o. La junta \u00a0estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de \u00a0Desarrollo Econ\u00f3mico o su delegado, quien la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Superintendente de \u00a0Sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dos superintendentes \u00a0delegados de la Superintendencia de Sociedades,\u00a0 \u00a0designados por\u00a0 el \u00a0Superintendente\u00a0 de Sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un representante de los \u00a0empleados (afiliados), elegido conjuntamente por los funcionarios de la \u00a0Superintendencia de Sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Un representante de \u00a0los empleados (afiliados), elegido conjuntamente por los funcionarios de las \u00a0Superintendencias de Industria y Comercio y de Valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un representante de \u00a0los pensionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PARAGRAFO. Los miembros \u00a0de la junta directiva mencionados en los numerales 4, 5 y 6 del presente \u00a0art\u00edculo tendr\u00e1n su respectivo suplente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 6o. FUNCIONES DE \u00a0LA JUNTA DIRECTIVA.-La junta directiva tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular la pol\u00edtica \u00a0general de la Corporaci\u00f3n y los planes y programas que, conforme a las reglas \u00a0previstas por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n del Ministerio de Hacienda \u00a0y\u00a0 Cr\u00e9dito P\u00fablico, deban proponerse para \u00a0su incorporaci\u00f3n a los planes sectoriales, y a trav\u00e9s de \u00e9stos, a los planes \u00a0generales de desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar los estatutos \u00a0de la entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la \u00a0aprobaci\u00f3n del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adoptar la estructura \u00a0interna de la entidad as\u00ed como su planta de\u00a0 \u00a0personal y someterlas a la aprobaci\u00f3n del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conforme las normas \u00a0legales y reglamentarias fijar el monto de las cuotas patronales y los aportes \u00a0que por concepto de cuotas de afiliaci\u00f3n y cuotas peri\u00f3dicas deber\u00e1n cancelar \u00a0los afiliados de la Corporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conforme las normas \u00a0legales y reglamentarias fijar las cuotas que deber\u00e1n aportar sus afiliados y \u00a0pensionados para el otorgamiento\u00a0 de \u00a0prestaciones\u00a0 asistenciales a\u00a0 sus c\u00f3nyuges, compa\u00f1eros o compa\u00f1eras \u00a0permanentes y familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adoptar los \u00a0reglamentos generales sobre prestaci\u00f3n de servicios m\u00e9dico asistenciales y \u00a0sobre las condiciones y t\u00e9rminos necesarios para el reconocimiento y \u00a0efectividad de las prestaciones econ\u00f3micas, de acuerdo con las normas legales y \u00a0reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Aprobar el presupuesto \u00a0anual de la Corporaci\u00f3n de ingresos, inversiones y gastos y efectuar los \u00a0traslados presupuestales necesarios para la ejecuci\u00f3n de los programas de la \u00a0Corporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aprobar los balances \u00a0anuales y los informes financieros mensuales rendidos por el Director General, \u00a0as\u00ed como el informe anual de actividades de la Corporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y controlar \u00a0los planes de inversi\u00f3n de las reservas y su manejo financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Autorizar las \u00a0inversiones financieras que le permitan servir oportunamente los objetivos \u00a0propios de la instituci\u00f3n y le garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Efectuar cada a\u00f1o un \u00a0estudio financiero actuarial, y con los sobrantes de cada ejercicio fiscal, \u00a0constituir fondos de reserva que garanticen la consecuci\u00f3n de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Autorizar los actos o \u00a0contratos en la cuant\u00eda que determinen los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Delegar en el \u00a0Director General algunas de sus funciones y autorizarlo para delegar en sus subalternos \u00a0las funciones\u00a0 que a\u00a0 \u00e9ste corresponden\u00a0 y que sean susceptibles de delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le \u00a0se\u00f1alen la ley y sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PARAGRAFO. El Director \u00a0General de la Corporaci\u00f3n asistir\u00e1 a la junta directiva con derecho a voz, pero \u00a0sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 7o. El Director \u00a0General es agente del Presidente de la Rep\u00fablica, de su libre nombramiento y \u00a0remoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 8o. FUNCIONES \u00a0DEL DIRECTOR.-Son funciones del Director General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar a \u00a0consideraci\u00f3n de la junta directiva los programas, proyectos y planes que debe \u00a0desarrollar la entidad y ejecutar sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar, coordinar, \u00a0dirigir y controlar los servicios y el personal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Nombrar, dar posesi\u00f3n \u00a0y remover al personal de la Corporaci\u00f3n conforme\u00a0 a las\u00a0 \u00a0disposiciones\u00a0 legales\u00a0 y reglamentarias vigentes y expedir los actos \u00a0necesarios para la correcta administraci\u00f3n del personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar a la \u00a0consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la junta directiva el proyecto de presupuesto y \u00a0los proyectos de acuerdo de obligaciones y de ordenaci\u00f3n de gastos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Controlar y coordinar \u00a0el recaudo de los ingresos; ordenar los gastos, velar por la correcta \u00a0aplicaci\u00f3n de los fondos y el debido mantenimiento y utilizaci\u00f3n de los bienes; \u00a0y en general dirigir las operaciones propias de la Corporaci\u00f3n dentro de las \u00a0prescripciones de la ley, los reglamentos y sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Autorizar de \u00a0conformidad con las normas sobre la materia, y de acuerdo con la pol\u00edtica \u00a0general de la entidad, la apertura de cuentas en instituciones bancarias para \u00a0mantener en dep\u00f3sito de fondos de la Corporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adjudicar y suscribir \u00a0como su representante legal, los actos o contratos que deben celebrarse \u00a0conforme a las normas legales y a sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Constituir mandatarios \u00a0que representen a la Corporaci\u00f3n en los asuntos judiciales y extrajudiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Resolver los recursos \u00a0que se interpongan contra los actos administrativos\u00a0 expedidos por\u00a0 \u00a0\u00e9l o\u00a0 por otros funcionarios, con \u00a0arreglo a las normas legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, por conducto del Ministerio\u00a0 de Desarrollo\u00a0 \u00a0Econ\u00f3mico, los informes generales y peri\u00f3dicos o espec\u00edficos que se le \u00a0soliciten sobre las actividades desarrolladas y la situaci\u00f3n general de la Corporaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que se \u00a0relacionen con la organizaci\u00f3n y funcionamiento de esta caja y que no est\u00e9n \u00a0expresamente atribuidas a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 9o. \u00a0PATRIMONIO.-El patrimonio de la Corporaci\u00f3n estar\u00e1 constituido: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Por las apropiaciones \u00a0que le sean asignadas en el Presupuesto Nacional y las que reciba por \u00a0transferencias de las Superintendencias de Industria y Comercio de Sociedad y \u00a0Valores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Por las cuotas \u00a0patronales, los recursos y las reservas a cargo de las Superintendencias de \u00a0Industria y Comercio, de Sociedades y Valores, y de la misma corporaci\u00f3n, \u00a0respecto de sus propios empleados, en la forma y cuant\u00eda que se\u00f1alen las normas \u00a0y\/o contratos que celebre la Corporaci\u00f3n para la prestaci\u00f3n de los servicios y \u00a0sus afiliados, beneficiarios y pensionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Por las cuotas de \u00a0afiliaci\u00f3n y las cuotas peri\u00f3dicas que coticen los empleados de las \u00a0Superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades y de Valores, y de la \u00a0misma\u00a0 Corporaci\u00f3n,\u00a0 los\u00a0 \u00a0pensionados\u00a0 y\u00a0 sustitutos profesionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Por los\u00a0 \u00a0aportes que\u00a0 efect\u00faen los \u00a0empleados y pensionados, en orden a la atenci\u00f3n m\u00e9dica de los familiares que \u00a0dependan econ\u00f3micamente de ellos, de acuerdo con los estudios actuariales que \u00a0se hagan para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Por los recursos de \u00a0financiaci\u00f3n que se\u00f1alen las leyes para las entidades de previsi\u00f3n social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Por los bienes que, \u00a0como persona jur\u00eddica, haya adquirido o adquiera a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Por los rendimientos \u00a0financieros que generen sus inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Por los fondos que \u00a0provengan de sus inversiones, rentas y bienes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Por las donaciones, \u00a0subvenciones o contribuciones que reciba de organismos oficiales o de personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Por los dem\u00e1s \u00a0ingresos que le hayan sido o le sean reconocidos por las leyes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 10. ACTOS Y \u00a0CONTRATOS.-Los actos y contratos que celebre la Corporaci\u00f3n en desarrollo de su \u00a0objetivo y funciones se sujetar\u00e1n a las disposiciones que rijan para los \u00a0establecimientos p\u00fablicos del orden nacional y para las entidades de previsi\u00f3n \u00a0social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 11. Los \u00a0empleados de las Superintendencias de Industria y Comercio y de Valores \u00a0continuar\u00e1n sometidos a lo dispuesto en el Decreto 3118 de 1968. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 12. Las \u00a0transferencias que en el presupuesto de la Superintendencia de Industria y \u00a0Comercio se previeron a favor de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, en \u00a0virtud de lo previsto en el presente Decreto se har\u00e1n a favor de la Corporaci\u00f3n \u00a0Social de la Superintendencia de Sociedades, CORPORANONIMAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 13. El presente Decreto \u00a0rige a partir del 1\u00b0 de enero \u00a0de\u00a0 1993, previa\u00a0 su publicaci\u00f3n\u00a0 y deroga las disposiciones que le sean \u00a0contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>COMUN\u00cdQUESE, PUBLIQUESE Y \u00a0CUMPLASE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de \u00a0Bogot\u00e1, D.C., a 30 de diciembre de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LUIS ALBERTO MORENO \u00a0MEJIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Trabajo y \u00a0Seguridad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>LUIS FERNANDO RAMIREZ \u00a0ACU\u00d1A. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 2\u00ba: \u00a0 \u00a0 Dice: \u00a0 \u00a0Sociedades y Valores, \u00a0 \u00a0 Debe \u00a0 \u00a0decir: Sociedades, de Valores, \u00a0\u00a0 P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 3\u00ba, numeral 1: \u00a0 \u00a0 Dice: \u00a0 \u00a0de Sociedades de Valores y \u00a0 \u00a0 Debe \u00a0 \u00a0decir: de Sociedades, de Valores, y \u00a0\u00a0 P\u00e1gina \u00a0 \u00a020, art\u00edculo 3\u00ba, numeral 5: [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[35],"tags":[],"class_list":["post-22469","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1992"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22469","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=22469"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/22469\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=22469"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=22469"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=22469"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}