{"id":23252,"date":"2023-07-12T19:31:50","date_gmt":"2023-07-12T19:31:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1589-de-1993\/"},"modified":"2023-07-12T19:31:50","modified_gmt":"2023-07-12T19:31:50","slug":"decreto-1589-de-1993","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1589-de-1993\/","title":{"rendered":"DECRETO 1589 DE 1993"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01589 DE 1993 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL \u00a0CUAL SE APRUEBAN LOS ACUERDOS N\u00daMERO 51 DE AGOSTO 9 DE 1993 Y N\u00daMERO 52 DE \u00a0AGOSTO 9 DE 1993, DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE HIDROLOGIA, \u00a0METEOROLOGIA Y ADECUACION DE TIERRAS, HIMAT. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 21 de 1995, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades \u00a0legales que le confiere el art\u00edculo 26 del Decreto ley 1050 \u00a0de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00b0 Apru\u00e9banse los acuerdos de la Junta Directiva del \u00a0Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, \u00a0Himat, n\u00famero 51 de agosto 9 de 1993, por el cual se adoptan los Estatutos \u00a0Internos y n\u00famero 52 de agosto 9 de 1993, por el cual se establece la \u00a0Estructura Interna y se determinan las funciones de las dependencias, cuyos \u00a0textos son los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00ab ACUERDO N\u00daMERO 51 DE 1993 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 9) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adoptan los Estatutos Internos del Instituto Colombiano \u00a0de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda. \u00a0Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, en uso de las facultades legales \u00a0que le confieren los Decretos n\u00fameros 1050 de 1968, \u00a0en su art\u00edculo 26 y 2135 de 1992, en su art\u00edculo 30, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0 Adoptar los siguientes estatutos internos que regir\u00e1n la \u00a0administraci\u00f3n y el funcionamiento del Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda, \u00a0Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>NATURALEZA, DURACION, COMPETENCIA, DOMICILIO OBJETO Y FUNCIONES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0 NATURALEZA. El Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda&#8221; \u00a0Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, es un establecimiento p\u00fablico del \u00a0orden nacional, dotado de personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y \u00a0patrimonio independiente, adscrito al Ministerio de Agricultura, que se \u00a0organiza conforme a las normas establecidas por los Decretos n\u00fameros 1050 de 1968, 2135 de 1992. y \u00a0dem\u00e1s normas reglamentarias y las contenidas en los presentes estatutos \u00a0internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0 DURACION. La duraci\u00f3n del Instituto es indefinida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0 COMPETENCIA Y DOMICILIO. La competencia del Himat se \u00a0extiende a todo el territorio nacional, su domicilio es la ciudad de Santaf\u00e9 de \u00a0Bogot\u00e1, D. C,. y puede, adem\u00e1s, establecer dependencias regionales o \u00a0seccionales en lugares distintos a su domicilio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0 OBJETO. El Instituto tiene como finalidad promover, \u00a0analizar y prestar los servicios de informaci\u00f3n que en materia de hidrolog\u00eda y \u00a0meteorolog\u00eda le corresponden al Estado; promover, financiar o cofinanciar y la \u00a0ejecuci\u00f3n de proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras y los servicios que le son \u00a0complementarios; con el fin de intensificar el uso de las suelos y asegurar \u00a0mayor productividad, y asesorar a los sectores p\u00fablico y privado en la \u00a0elaboraci\u00f3n de estudios y la construcci\u00f3n de obras de adecuaci\u00f3n de tierras y \u00a0regulaci\u00f3n de corrientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Especialmente persigue los siguientes objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. La provisi\u00f3n, an\u00e1lisis y estudio de la informaci\u00f3n hidrol\u00f3gica y \u00a0meteorol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. La promoci\u00f3n, financiaci\u00f3n o cofinanciaci\u00f3n y la ejecuci\u00f3n de estudios \u00a0y proyectos en adecuaci\u00f3n de tierras que s\u00e9 adelanten con la participaci\u00f3n \u00a0activa de la comunidad beneficiaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. La administraci\u00f3n y operaci\u00f3n de los distritos de adecuaci\u00f3n de \u00a0tierras, la cual se llevar\u00e1 a cabo directamente o mediante contratos con \u00a0terceros y de conformidad con las normas legales vigentes y los presentes \u00a0estatutos internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. La coordinaci\u00f3n, promoci\u00f3n, financiaci\u00f3n o cofinanciaci\u00f3n, de la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios complementarios al riego y suministro de asistencia \u00a0t\u00e9cnica al sector privado, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. La provisi\u00f3n de la informaci\u00f3n, la elaboraci\u00f3n de estudios b\u00e1sicos \u00a0y la asesor\u00eda en la construcci\u00f3n de obras de regulaci\u00f3n de corrientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los fines anteriores servir\u00e1n de gu\u00eda para la interpretaci\u00f3n de las \u00a0normas que organiza el Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0 FUNCIONES. En desarrollo de sus objetivos, el Himat, \u00a0deber\u00e1 cumplir las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1 Participar en la elaboraci\u00f3n de los planes y programas de adecuaci\u00f3n \u00a0de tierras que ser\u00e1n sometidos al Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras \u00a0para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar estudios de identificaci\u00f3n en Cuencas Hidrogr\u00e1ficas para \u00a0determinar perfiles de nuevos proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar los estudios de prefactibilidad, factibilidad y dise\u00f1o de \u00a0proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras, realizar las acciones para obtener la \u00a0financiaci\u00f3n de las obras y llevar a cabo su construcci\u00f3n, todo ello de acuerdo \u00a0con las pol\u00edticas y directrices trazadas por el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar servicios de asistencia t\u00e9cnica y asesor\u00eda en la identificaci\u00f3n \u00a0de proyectos y en la contrataci\u00f3n de estudios, dise\u00f1os, construcci\u00f3n e \u00a0interventor\u00eda de proyectos promovidos por el sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Cofinanciar proyectos con otros organismos nacionales o \u00a0extranjeros, o con particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aplicar el manual de normas t\u00e9cnicas b\u00e1sicas expedido por el \u00a0Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras cuando realice obras de riego, \u00a0drenaje y protecci\u00f3n contra inundaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer el monto de las inversiones p\u00fablicas en los distritos de \u00a0adecuaci\u00f3n de tierras y se\u00f1alar las cuotas de recuperaci\u00f3n de tales inversiones \u00a0a cargo de los beneficiarios, como la cuota de subsidio, teniendo en cuenta las \u00a0directrices establecidas por el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras sobre \u00a0forma de pago, plazos y financiaci\u00f3n de tales obligaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Expedir los presupuestos ordinarios de administraci\u00f3n, operaci\u00f3n, \u00a0conservaci\u00f3n y mejoramiento de los distritos de adecuci\u00f3n de tierras y los \u00a0extraordinarios que se necesiten para el financiamiento de obras o equipos de \u00a0emergencia y aprobar estos presupuestos cuando sean expedidos por las \u00a0asociaciones de usuarios como administradoras de los distritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adquirir mediante negociaci\u00f3n directa o expropiaci\u00f3n, predios, \u00a0franjas de terrenos o mejoras de propiedad de particulares o de entidades \u00a0p\u00fablicas, que se requieran para la ejecuci\u00f3n y desarrollo de las obras de \u00a0adecuaci\u00f3n de tierras, de conformidad con las disposiciones vigentes. \u00a0Trat\u00e1ndose de organismos ejecutores de car\u00e1cter privado, la expropiaci\u00f3n la \u00a0adelantar\u00e1 el Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Tramitar la constituci\u00f3n de servidumbres por motivos de utilidad \u00a0p\u00fablica cuando se requieran para que los usuarios o el distrito de adecuaci\u00f3n \u00a0de tierras puedan lograr plenamente los beneficios de las obras respectivas. \u00a0Cuando se trate de organismos ejecutores privados, la solicitud de servidumbre \u00a0la adelantar\u00e1 el Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Recuperar directamente o contratar con entidades privadas, la \u00a0cartera por las inversiones realizadas en obras de adecuaci\u00f3n de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Recaudar directamente o contratar con entidades privadas, los \u00a0derechos por los servicios que preste y las tarifas por las aguas que \u00a0administre, mientras la asociaci\u00f3n de usuarios no tenga la calidad de \u00a0administradora del distrito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Evaluar conjuntamente con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0la situaci\u00f3n de los proyectos adelantados por otros organismos ejecutores de \u00a0los distritos de adecuaci\u00f3n de tierras, con el fin de que el Consejo Superior \u00a0de Adecuaci\u00f3n de Tierras adopte las acciones pertinentes para corregir las \u00a0deficiencias que se puedan presentar y lograr las metas y realizaciones \u00a0previstas para el subsector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir, de acuerdo con las directrices fijadas por el Consejo \u00a0Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras los reglamentos de direcci\u00f3n, manejo y \u00a0aprovechamiento de los Distritos de Adecuaci\u00f3n de Tierras a los cuales deben \u00a0someterse las asociaciones de usuarios en la administraci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Llevar el registro de las personas y empresas especializadas en la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de asistencia t\u00e9cnica y asesor\u00eda en el desarrollo de \u00a0las distintas etapas de los proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17 . Administrar el Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, a trav\u00e9s \u00a0de fiducia constituida para el manejo financiero de los proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover la participaci\u00f3n activa de las comunidades beneficiarias \u00a0durante el desarrollo de sus proyectos, en cada una de sus etapas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Promover la organizaci\u00f3n de las asociaciones de usuarios de los Distritos \u00a0de Adecuaci\u00f3n de Tierras, proporcionarles asesor\u00eda jur\u00eddica y asistencia \u00a0t\u00e9cnica para su constituci\u00f3n y tramitaci\u00f3n de las concesiones de agua. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Capacitar las asociaciones de usuarios para que asuman \u00a0directamente la responsabilidad de administrar, operar y conservar las obras en \u00a0sus respectivos distritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Vigilar y controlar las asociaciones de usuarios para que adecuen \u00a0sus acciones y comportamientos a las directrices y normas que para tal fin \u00a0expida el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras mediante reglamentos. \u00a0Trat\u00e1ndose de entidades ejecutoras de car\u00e1cter privado, la vigilancia ser\u00e1 \u00a0ejercida por el Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Ejercer las facultades y funciones que el C\u00f3digo Nacional de los \u00a0Recursos Naturales Renovables y de Protecci\u00f3n al Medio Ambiente y dem\u00e1s normas \u00a0vigentes asigna al Gobierno y a la administraci\u00f3n p\u00fablica, en relaci\u00f3n con el \u00a0uso, aprovechamiento y manejo de los recursos de agua y suelo dentro de las \u00a0\u00e1reas de los respectivos distritos de adecuaci\u00f3n de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Imponer, en ejercicio del poder de polic\u00eda, las medidas \u00a0coercitivas que requiera la administraci\u00f3n de las obras y servicios, y \u00a0sancionar, de acuerdo con la ley y reglamentos, a quienes infrinjan las normas \u00a0de operaci\u00f3n y manejo de los Distritos de Adecuaci\u00f3n de Tierras. Trat\u00e1ndose de \u00a0organismos ejecutores de car\u00e1cter privado, dicha potestad la ejercer\u00e1 el Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Producir, recopilar, analizar y divulgar la informaci\u00f3n de \u00a0car\u00e1cter hidrol\u00f3gico y meteorol\u00f3gico que requiere el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Prestar servicios de aviso y pron\u00f3stico de \u00edndole hidrol\u00f3gico y \u00a0meteorol\u00f3gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Prestar asesor\u00eda t\u00e9cnica a los organismos territoriales y del \u00a0orden nacional de \u00e1mbito regional en la ubicaci\u00f3n y selecci\u00f3n de equipos \u00a0necesarios para la instalaci\u00f3n de estaciones hidrometeorol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Asesorar a los organismos p\u00fablicos y privados del orden nacional y \u00a0territorial en la Identificaci\u00f3n de soluciones para prevenir y controlar las \u00a0inundaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Apoyar las acciones que adelanten otros organismos p\u00fablicos o \u00a0privados para la conservaci\u00f3n de las cuencas hidrogr\u00e1ficas abastecedoras de los \u00a0distritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. Identificar, dise\u00f1ar, construir, operar y mantener las redes de \u00a0estaciones de observaci\u00f3n que permitan conocer los rasgos caracter\u00edsticos del \u00a0r\u00e9gimen hidrol\u00f3gico del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. Orientar y coordinar lo relativo a la instalaci\u00f3n y operaci\u00f3n de \u00a0estaciones hidrol\u00f3gicas y meteorol\u00f3gicas de observaci\u00f3n, por parte de entidades \u00a0o personas p\u00fablicas o privadas, nacionales o extranjeras, con el fin de \u00a0homogenizar la toma de datos para su mejor aprovechamiento; y adelantar la \u00a0iniciativa privada en estos campos. Cuando se tratare de entidades o personas \u00a0extranjeras, \u00e9stas requerir\u00e1n autorizaci\u00f3n expresa del Himat y deber\u00e1n en todo \u00a0caso someterse a sus reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. Inventariar los recursos h\u00eddricos del pa\u00eds, describi\u00e9ndolos desde \u00a0el punto de vista cuantitativo y cualitativo, a nivel de cuencas hidrogr\u00e1ficas, \u00a0su potencial hidroenerg\u00e9tico aprovechable y la disponibilidad de agua para el \u00a0uso de riego. Todo ello en coordinaci\u00f3n con los estudios h\u00eddricos que adelanten \u00a0las entidades administradoras de los recursos naturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. Prestar los servicios de aviso y pron\u00f3stico a los diferentes \u00a0sistemas de transporte y en especial a la navegaci\u00f3n a\u00e9rea; certificar los \u00a0estados del tiempo y situaciones hidrol\u00f3gicas que demanden los organismos del \u00a0Estado y los particulares; y expedir las dem\u00e1s certificaciones que como cuerpo \u00a0consultivo del Gobierno en estas materias le corresponden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. 33. Adoptar las \u00a0medidas necesarias para que la operaci\u00f3n de las redes meteorol\u00f3gicas e \u00a0hidrol\u00f3gicas y el procesamiento, an\u00e1lisis y difusi\u00f3n de los datos, se realice \u00a0conforme a las normas de la organizaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica Mundial, OMM, y a la \u00a0Organizaci\u00f3n de Aviaci\u00f3n Civil Internacional, OACI, de acuerdo con los \u00a0compromisos adquiridos por el pa\u00eds con tales entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. 34. Llevar la \u00a0representaci\u00f3n del pa\u00eds, ante la Organizaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica Mundial y ejecutar, \u00a0dentro del \u00e1rea de su competencia, los compromisos adquiridos por Colombia con \u00a0otros Estados y organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0 ENTREGA DE DISTRITOS DE RIEGO. El Himat entregar\u00e1 en \u00a0administraci\u00f3n a las asociaciones de usuarios o a las entidades territoriales \u00a0los Distritos de Adecuaci\u00f3n de Tierras. Cuando se recupere total o parcialmente \u00a0la inversi\u00f3n, de acuerdo con lo dispuesto por el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras, se entregar\u00e1 la propiedad del distrito a la correspondiente \u00a0asociaci\u00f3n de usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Himat podr\u00e1 entregar la administraci\u00f3n de los distritos de \u00a0adecuaci\u00f3n de tierras, de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso, el Himat atender\u00e1 el cumplimiento de las normas que \u00a0sobre la administraci\u00f3n o propiedad de los distritos se expidan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0 ADMINISTRACION DE DISTRITOS DE RIEGO. En los eventos en \u00a0que el Himat deba administrar y operar los distritos de adecuaci\u00f3n de tierras, \u00a0podr\u00e1 hacerlo directamente o a trav\u00e9s de contratos con terceros bajo cualquier \u00a0modalidad, salvo la de administraci\u00f3n delegada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los contratos de administraci\u00f3n delegada actualmente vigentes podr\u00e1n \u00a0ser modificados de com\u00fan acuerdo entre las partes, con el prop\u00f3sito de \u00a0ajustarlos al presente acuerdo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la administraci\u00f3n de los distritos de adecuaci\u00f3n de tierras, se \u00a0tendr\u00e1n en cuenta los criterios que establezca el Consejo Superior de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE DIRECCION DE ADMINISTRACION. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0 DIRECCION Y ADMINISTRACION. La direcci\u00f3n y la \u00a0administraci\u00f3n del Himat estar\u00e1 a cargo de una Junta Directiva, un Director \u00a0General y de los dem\u00e1s funcionarios que aqu\u00ed se determinen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. COMPOSICION. La Junta Directiva del Himat estar\u00e1 \u00a0integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ministro de Agricultura o su delegado, quien la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Minas y Energ\u00eda o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Gerente General del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, \u00a0Incora, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director General del ente que ejerza a nivel nacional la \u00a0autoridad superior en materia ambiental y de recursos naturales renovables o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Director del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o su delegado, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Un representante de la Federaci\u00f3n Nacional de Riegos, Federiegos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Junta Directiva podr\u00e1 invitar a quien considere \u00a0conveniente con derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. los miembros de la junta directiva deber\u00e1n obrar siempre \u00a0consultando las pol\u00edticas gubernamentales del sector agropecuario y del \u00a0Subsector de Adecuaci\u00f3n de Tierras y los intereses del Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. CALIDAD DE LOS MIEMBROS. Los miembros de la Junta \u00a0Directiva, aunque ejercen funciones p\u00fablicas no adquieren, por este solo hecho, \u00a0la calidad de empleados p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES DE LOS MIEMBROS DE LA \u00a0JUNTA DIRECTIVA Y DEL GERENTE GENERAL. Las inhabilidades, incompatibilidades y \u00a0responsabilidades de los miembros de la Junta Directiva y del Gerente General \u00a0se regir\u00e1n por lo dispuesto en el Decreto ley 128 de \u00a01976 y en las dem\u00e1s disposiciones que lo modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. FUNCIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA. Son funciones de la \u00a0Junta Directiva las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular la pol\u00edtica general del Instituto, controlar el \u00a0cumplimiento de la programaci\u00f3n operativa anual y establecer el cumplimiento de \u00a0las metas de inversi\u00f3n, financiera y f\u00edsicas de acuerdo con las reglas e \u00a0instrucciones que se\u00f1ale el Ministro de Agricultura en armon\u00eda con el plan \u00a0sectorial o las pol\u00edticas, estrategias, programas y proyectos que para el \u00a0sector haya definido el Conpes y el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Aprobar los planes, programas y proyectos del Instituto de acuerdo \u00a0con la pol\u00edtica agropecuaria del Plan Nacional de Desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Controlar el funcionamiento General del Instituto y verificar su \u00a0conformidad con la pol\u00edtica adoptada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Adoptar los Estatutos internos del Instituto y cualquier reforma \u00a0que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Adoptar la estructura interna y la planta de personal del \u00a0Instituto, as\u00ed como sus modificaciones, y someterlos a la aprobaci\u00f3n del \u00a0Gobierno Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Emitir concepto previo respecto de los actos o contratos del \u00a0Instituto que impliquen desembolso o compromiso por valor superior al \u00a0equivalente a setecientos cincuenta (750) veces el salario m\u00ednimo mensual \u00a0establecido por la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Aprobar la entrega en propiedad o en administraci\u00f3n bajo cualquier \u00a0modalidad de los distritos de riego de mediano y gran tama\u00f1o. Lo anterior \u00a0requiere voto favorable del Presidente de la Junta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Disponer la contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos externos e internos para el \u00a0Instituto y los que el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras le haya \u00a0asignado al Himat por el Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras; y autorizar \u00a0los contratos correspondientes. Todo ello de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Autorizar comisiones al exterior a los funcionarios o empleados del \u00a0Instituto de conformidad con las disposiciones legales sobre la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Aprobar el nombramiento del Secretario General y de los \u00a0Subdirectores. La remoci\u00f3n de estos funcionarios corresponde exclusivamente al \u00a0Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Determinar, con voto favorable del Presidente de la Junta, cu\u00e1les \u00a0de los servicios que presta el Instituto deben cobrarse, fijar sus tarifas y \u00a0forma de recaudo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Aprobar los actos administrativos de la Direcci\u00f3n General del \u00a0Instituto sobre expropiaci\u00f3n de bienes inmuebles que sean necesarios para sus \u00a0fines; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Autorizar la adquisici\u00f3n, mediante negociaci\u00f3n directa o \u00a0expropiaci\u00f3n, de predios, franjas de terreno o mejoras de propiedad de \u00a0particulares o de entidades p\u00fablicas, que requiera el Himat y los organismos ejecutores \u00a0de car\u00e1cter privado para la ejecuci\u00f3n y desarrollo de las obras de adecuaci\u00f3n \u00a0de tierras de conformidad con el art\u00edculo 6\u00b0 de la Ley 41 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas reglamentarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Dictar las reglamentaciones que sean necesarias para el desarrollo \u00a0de las atribuciones asignadas o previstas en el art\u00edculo 7\u00b0 del presente \u00a0Acuerdo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0p) Estudiar el \u00a0informe anual del Director General sobre las labores desarrolladas por el \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0\u00a0q) Examinar las cuentas y balances cuando lo \u00a0estime conveniente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Delegar en el Director General alguna de sus funciones cuando lo \u00a0considere conveniente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Autorizar al Director General para delegar en sus subalternos \u00a0alguna de las funciones que a \u00e9ste corresponde; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Expedir su propio reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) Las dem\u00e1s que le fije la ley, los reglamentos y estos estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. REUNIONES. Las reuniones de la Junta ser\u00e1n presididas por \u00a0el Ministro de Agricultura o su delegado y se efectuar\u00e1n en forma ordinaria, \u00a0por lo menos una (1) vez al mes y en forma extraordinaria, cuando sea convocada \u00a0por su Presidente o por el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0 A las reuniones de la Junta Directiva concurrir\u00e1 con voz \u00a0pero sin voto el Director General. Deber\u00e1n concurrir tambi\u00e9n los dem\u00e1s \u00a0funcionarios que la Junta Directiva o el Director General determinen, cuando \u00a0las circunstancias lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0 Las reuniones de Junta se har\u00e1n constar en un libro de \u00a0actas autorizadas con las firmas del Presidente y del Secretario de la Junta, \u00a0que lo ser\u00e1 el Secretario General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. QUORUM Y VOTACION. La Junta Directiva podr\u00e1 reunirse, \u00a0deliberar y adoptar decisiones con cuatro (4) de sus miembros. Las decisiones \u00a0ser\u00e1n tomadas por mayor\u00eda de votos de los presentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. DENOMINACION DE LOS ACTOS DE LA JUNTA DIRECTIVA. Las \u00a0decisiones de la Junta Directiva se denominar\u00e1n Acuerdos los cuales deber\u00e1n \u00a0llevar la firma de quien preside la reuni\u00f3n y del Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los Acuerdos se numerar\u00e1n sucesivamente con la indicaci\u00f3n \u00a0del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que se expidan y estar\u00e1n bajo la custodia del Secretario \u00a0de la Junta. Lo mismo se har\u00e1 en relaci\u00f3n con las Actas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. HONORARIOS. Los miembros de la Junta Directiva tendr\u00e1n \u00a0derecho a percibir honorarios por su asistencia a las reuniones de Junta de \u00a0conformidad con las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIRECCION GENERAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. DESIGNACION Y STATUS JURIDICO. El Instituto tendr\u00e1 un \u00a0Director General, agente del Presidente de la Rep\u00fablica, de su libre \u00a0nombramiento y remoci\u00f3n quien ser\u00e1 el representante legal y su primera \u00a0autoridad ejecutiva, responsable de su funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Son funciones del Director General del Instituto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Representar legalmente al Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dirigir, coordinar, vigilar y controlar el personal del Instituto y \u00a0la ejecuci\u00f3n de las funciones o programas de \u00e9ste, y suscribir como \u00a0representante legal los actos y contratos que para tales fines sean necesarios, \u00a0todo conforme a las disposiciones legales y a los presentes estatutos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Nombrar y remover los empleados para los cargos creados por la \u00a0Junta Directiva y proponer a \u00e9sta la creaci\u00f3n y supresi\u00f3n de cargos cuando las \u00a0necesidades del Instituto lo requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dictar los reglamentos y normas administrativas internas del \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Elaborar y proponer a la Junta Directiva el proyecto de \u00a0distribuci\u00f3n del presupuesto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Proponer a la Junta Directiva los proyectos sobre cobro y forma de \u00a0recaudaci\u00f3n por los servicios que se presten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Administrar los bienes que constituyen el patrimonio del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coordinar con los dem\u00e1s organismos del Estado, las actividades y \u00a0programas sobre meteorolog\u00eda, hidrolog\u00eda de los r\u00edos y dem\u00e1s cuerpos de aguas \u00a0del pa\u00eds; y la ejecuci\u00f3n de las obras de recuperaci\u00f3n y adecuaci\u00f3n de tierras, \u00a0que se adelanten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Rendir los informes que solicite el Ministro de Agricultura y por \u00a0conducto de \u00e9ste, los que solicite el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Presentar a la Direcci\u00f3n de Planeamiento del Sector Agropecuario \u00a0del Ministerio de Agricultura, los planes de inversi\u00f3n del Instituto y los \u00a0proyectos de presupuesto por lo menos quince (15) d\u00edas antes de que la Junta \u00a0deba comenzar su estudio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Delegar en otros funcionarios, el ejercicio de alguna o algunas de \u00a0sus funciones, previa autorizaci\u00f3n de la Junta Directiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Declarar la caducidad administrativa de los contratos en los casos \u00a0a que haya lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Velar por la correcta aplicaci\u00f3n de los fondos y el debido \u00a0mantenimiento y utilizaci\u00f3n de los bienes del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Presentar a la Junta Directiva en la \u00e9poca que \u00e9sta se\u00f1ale, balance \u00a0y estado de operaciones e inventarios de los bienes del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Ejercer las funciones de representante permanente ante la \u00a0Organizaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica Mundial, OMM; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Ejercer las funciones de representante permanente ante la Comisi\u00f3n \u00a0Internacional de Riego y Drenaje, ICID; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Convocar a la Junta Directiva a sesiones ordinarias y \u00a0extraordinarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Actuar como Secretario T\u00e9cnico del Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Actuar como representante legal del Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de \u00a0Tierras, Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Imponer, en ejercicio del poder de polic\u00eda, las medidas coercitivas \u00a0que requiera la administraci\u00f3n de las obras y servicios y sancionar, de acuerdo \u00a0con la ley, a quienes infrinjan las normas de operaci\u00f3n y manejo de los \u00a0Distritos de Adecuaci\u00f3n de Tierras, ya se trate de los distritos construidos \u00a0por el Instituto o de los que construyan entidades del sector privado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Las dem\u00e1s que por naturaleza de su cargo le correspondan como \u00a0funcionario ejecutivo, o se le atribuyan expresamente por la ley, los estatutos \u00a0o los acuerdos y reglamentos de la Junta Directiva. Compete al Director General \u00a0el ejercicio de todas aquellas funciones relacionadas con la organizaci\u00f3n y el \u00a0funcionamiento del Instituto que no se hallen expresamente atribuidas a otra \u00a0autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Los actos o decisiones que tome el Director General en \u00a0ejercicio de cualesquiera de las funciones a \u00e9l asignadas por ministerio de la \u00a0ley, los presentes estatutos o acuerdos posteriores de la Junta Directiva, se \u00a0denominar\u00e1n resoluciones y se numerar\u00e1n sucesivamente con indicaci\u00f3n del d\u00eda, \u00a0mes y a\u00f1o en que se expidan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANIZACION INTERNA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. La organizaci\u00f3n interna del Instituto ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a01. Las unidades de \u00a0nivel directivo se denominar\u00e1n Subdirecciones y Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a02. Las unidades que \u00a0cumplan funciones de asesor\u00eda o coordinaci\u00f3n se denominar\u00e1n Oficinas o Comit\u00e9s, \u00a0Consejos cuando incluyan personas ajenas al organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a03. Las unidades \u00a0operativas, incluidas las que atienden los servicios administrativos internos, \u00a0se denominar\u00e1n Regionales, Divisiones y Grupos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a04. Las unidades que \u00a0se creen para el estudio o decisi\u00f3n de asuntos especiales se denominar\u00e1n \u00a0Comisiones o Juntas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PATRIMONIO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. PATRIMONIO. El patrimonio del Instituto estar\u00e1 integrado \u00a0por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a01. Las partidas que \u00a0se le destinen en el Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a02. Los bienes que \u00a0adquiera a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a03. Los Distritos de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras construidos o adquiridos por el Instituto Colombiano de \u00a0la Reforma Agraria, Incora, o recibidos por este Instituto, de la Caja de \u00a0Cr\u00e9dito Agrario, Industrial y Minero, Caja Agraria, o del Instituto de Fomento \u00a0El\u00e9ctrico y de Aguas, Electraguas, con todos sus componentes de equipos y \u00a0obras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a04. Los bienes \u00a0pertenecientes al Servicio Colombiano de Meteorolog\u00eda e Hidrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a05. Los bienes que le \u00a0fueron transferidos por el Inderena destinados a la ejecuci\u00f3n y desarrollo del \u00a0proyecto Colombo-Holand\u00e9s de regulaci\u00f3n fluvial y defensa contra las \u00a0inundaciones en la cuenca Magdalena-Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a06. El producto de los \u00a0empr\u00e9stitos internos o externos, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a07. Los dem\u00e1s ingresos \u00a0que obtenga por cualquier otro concepto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONTROL FISCAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. DESTINACION DE FONDOS. A ninguna parte de los fondos o \u00a0bienes administrados por el Instituto se les podr\u00e1 dar destinaci\u00f3n distinta de \u00a0la del cumplimiento de la funci\u00f3n se\u00f1alada al Instituto Colombiano de \u00a0Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, por el Decreto 132 de 1976, \u00a02135 de 1992 y los presentes Estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. La Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica ejercer\u00e1 la \u00a0vigilancia de gesti\u00f3n fiscal del Instituto por medio de auditores de su \u00a0dependencia y con aplicaci\u00f3n de reglamentos especiales acorde con la \u00edndole de \u00a0la entidad y el g\u00e9nero de actividades a ella encomendadas, de modo que dejen a \u00a0salvo su autonom\u00eda administrativa, ajust\u00e1ndose a las normas reglamentarias y a \u00a0los presentes Estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PERSONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. CLASES DE FUNCIONARIOS. Todas las personas que presten \u00a0sus servicios al lnstituto son empleados p\u00fablicos y por lo tanto estar\u00e1n \u00a0sometidos al r\u00e9gimen legal aplicable a esta naturaleza de empleados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>REGIMEN JURIDICO DE LOS ACTOS Y CONTRATOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Los contratos del Instituto ser\u00e1n adjudicados y \u00a0celebrados por el Director General y se someten a las normas legales y \u00a0reglamentarias sobre la materia, en especial a las del Decreto ley 222 de \u00a01983 o normas que m modifiquen o sustituyan, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Los contratos distintos de los de empr\u00e9stito, que celebre \u00a0el Instituto con entidades p\u00fablicas nacionales, departamentales o municipales \u00a0no est\u00e1n sujetos a formalidades o requisitos distintos de los que la ley exige \u00a0para la contrataci\u00f3n entre particulares. En consecuencia est\u00e1n exentos de las \u00a0normas sobre licitaci\u00f3n, garant\u00edas, cl\u00e1usulas especiales y, dem\u00e1s previstas en \u00a0las disposiciones vigentes. Siempre deber\u00e1 ordenarse su publicaci\u00f3n en el \u00a0DIARIO OFICIAL. En estos contratos se pactar\u00e1 con sujeci\u00f3n a las apropiaciones \u00a0presupuestales y deber\u00e1n en los t\u00e9rminos de las disposiciones vigentes, \u00a0someterse a aprobaci\u00f3n y registro presupuestal, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES GENERALES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. POSESION. El Director General del Instituto se \u00a0posesionar\u00e1 ante el Presidente de la Rep\u00fablica o el Ministro de Agricultura. \u00a0Los dem\u00e1s funcionarios y empleados, ante el Director General o el funcionario a \u00a0quien se delegue esta funci\u00f3n, en cada caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. CERTIFICACIONES. Las certificaciones de ejercicio de los \u00a0cargos de los miembros de la Junta Directiva o del Director General del \u00a0Instituto, ser\u00e1n expedidas por el Secretario General del Ministerio de \u00a0Agricultura. Las referentes a los dem\u00e1s funcionarios del Instituto los dar\u00e1 la \u00a0Divisi\u00f3n de Recursos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. VIGENCIA. Los presentes estatutos requieren aprobaci\u00f3n \u00a0por el Gobierno Nacional, y rige a partir de su publicaci\u00f3n en el DIARIO \u00a0OFICIAL, y deroga las disposiciones que le sean contrarias en especial el \u00a0Acuerdo n\u00famero 31 del 29 de abril de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., a los &#8230; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SANTIAGO PERRY RUBIO, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretaria&#8221; MILITZA BUITRAGO DEL PORTILLO\u00bb \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO N\u00daMERO 52 DE 1993 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 9) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se establece la Estructura Interna y se determinan las \u00a0funciones de las dependencias del Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda, \u00a0Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda, \u00a0Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, en uso de sus facultades legales y \u00a0en especial las otorgadas por el Decreto \u00a02135 del 30 de diciembre de 1992, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0 Apru\u00e9base la Estructura Interna del Instituto Colombiano \u00a0de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, y las funciones de \u00a0sus dependencias as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>I. ESTRUCTURA DEL NIVEL CENTRAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0 La Estructura lnterna del Nivel Central del Instituto \u00a0Colombiano de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, ser\u00e1 la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. JUNTA DIRECTIVA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. DIRECCION GENERAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. SECRETARIA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 3.1 Divisi\u00f3n de \u00a0Recursos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 3.2 Divisi\u00f3n de \u00a0Suministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 3.3 Divisi\u00f3n de \u00a0Servicios Generales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. OFICINA JURIDICA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. OFICINA DE ASISTENCIA TECNICA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. OFICINA DE CONTROL INTERNO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. OFICINA DE DIVULGACION Y PRENSA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. SUBDIRECCION FINANCIERA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 8.1 Divisi\u00f3n de \u00a0Evaluaci\u00f3n Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 8.2 Divisi\u00f3n de \u00a0Contabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 8.3 Divisi\u00f3n de \u00a0Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. SUBDIRECCION DE ADECUACION DE TIERRAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 9.1 Divisi\u00f3n de \u00a0Estudios y Promoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 9.2 Divisi\u00f3n de Construcci\u00f3n \u00a0y Manejo de Proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.3 9.3 Divisi\u00f3n de \u00a0Servicios Complementarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.4 9.4 Divisi\u00f3n de \u00a0Peque\u00f1a Irrigaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. SUBDIRECCION DE HIDROLOGIA Y METEOROLOGIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1 10.1 Divisi\u00f3n de \u00a0Hidrolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2 10.2 Divisi\u00f3n de \u00a0Meteorolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3 10.3 Divisi\u00f3n de \u00a0Estaciones Hidrometeorol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.4 10.4 Divisi\u00f3n de \u00a0Regulaci\u00f3n de Corrientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. SUBDIRECCION DE PLANEACION E INFORMATICA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.1 11.1 Divisi\u00f3n de \u00a0Planes y Programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.2 11.2 Divisi\u00f3n de \u00a0Evaluaci\u00f3n y Seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.3 11.3 Divisi\u00f3n de \u00a0Sistemas e Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.1 12.1 Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2 12.2 Comit\u00e9 Asesor de \u00a0la Secretar\u00eda del Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras. Consuat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.3 12.3 Junta de \u00a0Licitaciones y Adquisiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.4 12.4 Comisi\u00f3n de \u00a0Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>II. FUNCIONES DEL NIVEL CENTRAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0 JUNTA DIRECTIVA Y DIRECCION GENERAL. La Junta Directiva y \u00a0el Director General cumplir\u00e1n las funciones para ellos estipuladas en los \u00a0Estatutos del Instituto y en las dem\u00e1s disposiciones legales vigentes que las \u00a0adicionen o las modifiquen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0 SECRETARIA GENERAL. Son funciones de la Secretar\u00eda \u00a0General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Ejercer la Secretar\u00eda de la Junta Directiva y del Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Revisar y tramitar los proyectos de acuerdo y resoluciones, que \u00a0deban someterse a consideraci\u00f3n de la Junta Directiva y de la Direcci\u00f3n \u00a0General, respectivamente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Refrendar los actos administrativos del lnstituto, en especial los \u00a0de la Junta Directiva y los de la Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar con las dependencias competentes del Ministerio de \u00a0Agricultura, la elaboraci\u00f3n de proyectos de ley o de decreto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Llevar la representaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General cuando \u00e9sta lo \u00a0determine; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Adelantar las actividades de administraci\u00f3n de salarios, \u00a0prestaciones, vinculaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n, promoci\u00f3n y desarrollo de los \u00a0recursos humanos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Adquirir los bienes, equipos, elementos y suministros en general, \u00a0necesarios para el funcionamiento del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Garantizar la prestaci\u00f3n de los Servicios de archivo, \u00a0correspondencia, publicaciones, aseo, cafeter\u00eda, transporte y mantenimiento de \u00a0las instalaciones del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Velar y coordinar con las dependencias del Instituto las \u00a0actividades propias de sus funciones encaminadas al logro de los objetivos y al \u00a0cumplimiento de los planes y programas trazados por la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0 DIVISION DE RECURSOS HUMANOS. Son funciones de la Divisi\u00f3n \u00a0de Recursos Humanos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Codificar y revisar las diferentes novedades de personal y preparar \u00a0la n\u00f3mina de las oficinas\u00a0 centrales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0b) Controlar el \u00a0cumplimiento de las normas que rijan los salarios y prestaciones de los \u00a0empleados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0c) Tramitar y \u00a0notificar los actos administrativos sobre liquidaci\u00f3n de salarios y prestaciones \u00a0sociales de los funcionarios de las oficinas centrales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Organizar, manejar y mantener actualizadas las hojas de vida de los \u00a0funcionarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0e) Ejecutar los \u00a0programas establecidos sobre selecci\u00f3n, promoci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y bienestar \u00a0social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0\u00a0 f) Formular y \u00a0ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y adiestramiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Desarrollar actividades de bienestar social con los dem\u00e1s \u00a0organismos p\u00fablicos y privados relacionados con la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Colaborar con la Oficina Jur\u00eddica en el tr\u00e1mite de los \u00a0procesos que se susciten en lo contencioso administrativo en materia de \u00a0personal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Asesorar a las Direcciones Regionales en los temas de \u00a0su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Aplicar las normas sobre calificaci\u00f3n de servicios y \u00a0r\u00e9gimen disciplinario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Elaborar las resoluciones de nombramientos, retiros, \u00a0etc. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Realizar las gestiones que se requieran sobre \u00a0administraci\u00f3n de personal ante el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0 DIVISION DE SUMINISTROS. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Suministros: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Adquirir, almacenar, custodiar y distribuir los \u00a0elementos y equipos necesarios para el funcionamiento del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar el programa de compras y evaluar cumplimiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Actualizar el sistema de registro, calificaci\u00f3n y \u00a0clasificaci\u00f3n de proveedores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Asesorar a las Direcciones Regionales en la \u00a0actualizaci\u00f3n de los inventarios, en la organizaci\u00f3n y utilizaci\u00f3n de sus \u00a0almacenes y en los procesos de adquisiciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0 DIVISION DE SERVICIOS GENERALES. Son funciones \u00a0de la Divisi\u00f3n de Servicios Generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Efectuar el mantenimiento locativo y reparaci\u00f3n de los \u00a0equipos, directamente o mediante contratos con terceros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Establecer los sistemas de registro, clasificaci\u00f3n, \u00a0archivo y tr\u00e1mite de los documentos y de la correspondencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Prestar directamente o mediante contrataci\u00f3n los \u00a0servicios de celadur\u00eda, cafeter\u00eda y aseo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Prestar los servicios de transporte y contratar el \u00a0mantenimiento y reparaci\u00f3n de veh\u00edculos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Imprimir y editar la papeler\u00eda y documentos t\u00e9cnicos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f ) Prestar los servicios de impresi\u00f3n y duplicaci\u00f3n de \u00a0documentos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0 OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina \u00a0Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Elaborar, revisar y aprobar los pliegos de licitaci\u00f3n y \u00a0las minutas de contratos y convenios que deba firmar el Director General y los \u00a0dem\u00e1s documentos legales que para el efecto requiera la Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Evaluar y analizar desde el punto de vista jur\u00eddico las \u00a0propuestas presentadas en los procesos de licitaci\u00f3n y concursos de m\u00e9rito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Atender oportunamente los tr\u00e1mites y procedimientos de \u00a0car\u00e1cter jur\u00eddico de los contratos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Adelantar, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera, los procesos legales que se deben llevar a cabo por el \u00a0incumplimiento de los usuarios en los pagos por concepto de reembolso de obras \u00a0y de tarifas de riego y drenaje; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Proyectar los actos administrativos necesarios para el \u00a0ejercicio de la funci\u00f3n otorgada al Director General en el literal s) del \u00a0art\u00edculo 20 de los Estatutos Internos de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Representar e intervenir por medio de sus abogados en \u00a0los procesos en que sea parte el Instituto e informar sobre su estado a la \u00a0Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Adelantar los tr\u00e1mites para adquirir, mediante negociaci\u00f3n \u00a0directa o expropiaci\u00f3n, los predios y mejoras que se requieran para la \u00a0ejecuci\u00f3n de obras de inter\u00e9s com\u00fan, para los proyectos que construya el Himat \u00a0y para los construidos por el sector privado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Adelantar los tr\u00e1mites para la constituci\u00f3n de servidumbres \u00a0por motivos de utilidad p\u00fablica, cuando se requiera para el pleno \u00a0aprovechamiento de los beneficios de las obras, para los proyectos que \u00a0construya y para los construidos por el sector privado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Asistir y asesorar a la Junta Directiva, Direcci\u00f3n General \u00a0y a las Subdirecciones, Secretar\u00eda General y Jefes de Oficina, en el tr\u00e1mite y \u00a0soluci\u00f3n de todos los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Coordinar el desarrollo de las investigaciones que en \u00a0el Campo jur\u00eddico requiera la Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0 OFICINA DE ASISTENCIA TECNICA. Son funciones \u00a0de la Oficina de Asistencia T\u00e9cnica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Prestar servicios de asistencia t\u00e9cnica y asesor\u00eda en \u00a0la cuantificaci\u00f3n y administraci\u00f3n de los distritos de adecuaci\u00f3n de tierras de \u00a0iniciativa privada y p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Prestar servicios de asistencia t\u00e9cnica y asesor\u00eda al \u00a0sector privado y p\u00fablico en la contrataci\u00f3n de estudios, dise\u00f1os, construcci\u00f3n \u00a0e interventor\u00eda de proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar con la Subdirecci\u00f3n de Adecuaci\u00f3n de Tierras \u00a0la actualizaci\u00f3n y el suministro de informaci\u00f3n sobre el registro de las \u00a0personas y empresas especializadas en la prestaci\u00f3n de estos servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Elaborar las metodolog\u00edas necesarias para la prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios de identificaci\u00f3n, administraci\u00f3n y contrataci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. OFICINA DE CONTROL INTERNO. Son funciones de \u00a0la Oficina de Control Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Supervisar la efectividad y el cumplimiento de las \u00a0normas administrativas se\u00f1aladas para las diferentes dependencias del \u00a0Instituto, con el fin de detectar las fallas y recomendar las medidas correctivas \u00a0correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Analizar y adoptar sistemas, normas y procedimientos de \u00a0control para garantizar y verificar el cumplimiento de las pol\u00edticas \u00a0administrativas y financieras y de car\u00e1cter t\u00e9cnico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Controlar los sistemas y procedimientos utilizados por \u00a0las Regionales y dem\u00e1s dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Controlar y vigilar la correcta utilizaci\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de los recursos financieros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Coordinar con las dem\u00e1s dependencias del Instituto la \u00a0adopci\u00f3n de sistemas de control; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Supervisar el cumplimiento de las normas ambientales en \u00a0la proyecci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los proyectos y obras del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. OFICINA DE DIVULGACION Y PRENSA. Son \u00a0funciones de la Oficina de Divulgaci\u00f3n y Prensa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir el programa de divulgaci\u00f3n y prensa, del \u00a0Instituto y coordinar las labores relacionadas con noticias e informaciones de \u00a0prensa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Realizar programas informativos y de divulgaci\u00f3n relacionados \u00a0con las diferentes actividades del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar con las dem\u00e1s dependencias la preparaci\u00f3n de \u00a0los programas referentes a la imagen institucional y actividades divulgativas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dise\u00f1ar boletines y servicios informativos en forma \u00a0peri\u00f3dica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Dirigir la preparaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de informaci\u00f3n de \u00a0inter\u00e9s para el Instituto para su difusi\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coordinar la preparaci\u00f3n de documentos sobre \u00a0divulgaci\u00f3n y prensa del Instituto para suministrar al Centro Nacional de \u00a0Documentaci\u00f3n e Inform\u00e1tica del Sector Agropecuario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar con la Oficina de Informaci\u00f3n y Prensa del \u00a0Ministerio de Agricultura las acciones y la ejecuci\u00f3n de programas de \u00a0divulgaci\u00f3n del sector agropecuario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. SUBDIRECCION FINANCIERA. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Definir pol\u00edticas y procedimientos para el manejo de \u00a0los mecanismos de financiaci\u00f3n de los proyectos que utilicen recursos del Fondo \u00a0Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Determinar las pol\u00edtica para administrar los recursos \u00a0financieros del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Velar por el correcto registro presupuestal y contable \u00a0de las operaciones financieras de la entidad y analizar sus resultados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. DIVISION DE EVALUACION FINANCIERA. Son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n de Evaluaci\u00f3n Financiera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Adelantar, de acuerdo con el plan establecido por la \u00a0Direcci\u00f3n de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica, las acciones requeridas para la \u00a0ejecuci\u00f3n de recursos internos y externos para el Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras, Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Participar en los procesos de negociaci\u00f3n y obtenci\u00f3n \u00a0de los recursos de cr\u00e9dito externo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Establecer las pol\u00edticas y los mecanismos para el \u00a0manejo de los contratos de fiducia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Programar en el corto plazo la utilizaci\u00f3n de los \u00a0recursos y de las diferentes fuentes de financiaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Establecer los criterios b\u00e1sicos y los procedimientos \u00a0para acceder a los recursos del Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Fonat, \u00a0de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Consejo Superior de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras, Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Evaluar financieramente y hacer seguimiento a la \u00a0ejecuci\u00f3n financiera de los proyectos financiados con recursos del Fondo \u00a0Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Prestar asesor\u00eda financiera a las entidades ejecutoras \u00a0que aspiren a utilizar recursos del Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, \u00a0Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Establecer mecanismos y criterios de cofinanciaci\u00f3n de \u00a0proyectos con otros organismos, nacionales, extranjeros o particulares; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Establecer, conjuntamente con la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras, el monto de las inversiones p\u00fablicas y se\u00f1alar las \u00a0cuotas de recuperaci\u00f3n y el subsidio de acuerdo con lo establecido por el \u00a0Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Preparar conjuntamente con la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica, los documentos requeridos por los organismos de \u00a0financiamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. DIVISION DE CONTABILIDAD. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Contabilidad: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Registrar y procesar las operaciones contables \u00a0originadas en los diferentes movimientos financieros del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Registrar y procesar de manera separada los registros \u00a0contables del Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Preparar y analizar los estados financieros tanto del \u00a0Instituto como del Fondo Nacional de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Fonat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0d) Revisar las \u00a0cuentas de cobro que se presenten y hacer la imputaci\u00f3n contable \u00a0correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0e) Llevar \u00a0contabilidades especiales para los cr\u00e9ditos externos e internos, de acuerdo con \u00a0los compromisos adquiridos con las entidades prestamistas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Organizar, administrar y custodiar el archivo de los soportes \u00a0contables y velar por su oportuna microfilmaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Mantener actualizada y suministrar la informaci\u00f3n contable \u00a0requerida para establecer las inversiones efectuadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Mantener actualizados los sistemas y procesos contables de acuerdo \u00a0con las necesidades y disposiciones vigentes sobre la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Mantener actualizados los sistemas y procesos contables para las \u00a0direcciones regionales y prestarles asistencia en el an\u00e1lisis y control del \u00a0sistema contable; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. DIVISION DE PRESUPUESTO. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Presupuesto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Recaudar los recursos provenientes de la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios que el Instituto preste, distintos de riego y drenaje; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Recaudar directamente, o mediante contratos con entidades privadas, \u00a0los ingresos por los servicios de riego que el Himat presta, mientras las \u00a0asociaciones de usuarios asumen la administraci\u00f3n de los distritos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Administrar los contratos de fiducia y de recuperaci\u00f3n de la \u00a0cartera por inversiones realizadas en adecuaci\u00f3n de tierras, que se suscriban \u00a0con entidades financieras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar y colaborar con la Oficina Jur\u00eddica en los procesos \u00a0legales de cobro de obligaciones vencidas por concepto de tarifas o \u00a0recuperaci\u00f3n de inversiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Efectuar las operaciones y tr\u00e1mites para solicitar los desembolsos \u00a0de cr\u00e9dito interno y externo y de los recursos del Presupuesto Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Efectuar el pago de las obligaciones del Instituto, en inversi\u00f3n, \u00a0funcionamiento y servicio de la deuda y los respectivos giros a las regionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Revisar y tramitar las cuentas de las oficinas centrales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Administrar las cuentas bancarias y controlar el funcionamiento de \u00a0las cajas menores del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Elaborar las reservas de caja; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Llevar los registros presupuestales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Elaborar los acuerdos de gastos y las reservas de apropiaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Llevar el control de la ejecuci\u00f3n presupuestal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Expedir los certificados de reserva y disponibilidad presupuestal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Efectuar los ajustes y traslados al interior de los rubros \u00a0presupuestales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Dar asistencia a las regionales en el an\u00e1lisis y control de su \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan o la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. SUBDIRECCION DE ADECUACION DE TIERRAS, Son funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Adecuaci\u00f3n de Tierras: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir y coordinar el dise\u00f1o y desarrollo de planes, programas y \u00a0proyectos de los servicios de adecuaci\u00f3n de tierras, en concordancia con las \u00a0pol\u00edticas generales y directrices formuladas por la Junta Directiva y la \u00a0Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Promocionar y contratar la ejecuci\u00f3n de estudios y proyectos de \u00a0riego y drenaje teniendo en cuenta criterios ambientales y normas de protecci\u00f3n \u00a0de ecosistemas y recursos naturales renovables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Dise\u00f1ar y orientar la prestaci\u00f3n de asesor\u00eda a entidades del sector \u00a0p\u00fablico y privado en la ejecuci\u00f3n de estudios y proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de la operaci\u00f3n de los \u00a0distritos existentes y de los que construya el Instituto en el futuro; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Coordinar con los entes regionales y locales la promoci\u00f3n de \u00a0proyectos con la participaci\u00f3n activa de la comunidad: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Promover la prestaci\u00f3n de los servicios complementarios en riego y \u00a0drenaje; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Adelantar las labores de registro de contratistas, consultores y \u00a0empresas que presten los servicios de asesor\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. DIVISION DE ESTUDIOS Y PROMOCION. Son funciones de la Divisi\u00f3n \u00a0de Estudios y Promoci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Promover y encauzar a nivel nacional la iniciativa de las \u00a0comunidades rurales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Promover, conjuntamente con las Direcciones Regionales, la \u00a0participaci\u00f3n activa de la comunidad beneficiaria de los proyectos en todas las \u00a0etapas de desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Realizar estudios sobre la promoci\u00f3n de proyectos de adecuaci\u00f3n de \u00a0tierras con las entidades locales y regionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Asistir a las Direcciones Regionales en ]a presentaci\u00f3n de los \u00a0proyectos a las comunidades beneficiadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Asesorar a las Direcciones Regionales en las negociaciones con las \u00a0comunidades para la aceptaci\u00f3n de compromisos t\u00e9cnicos y financieros por parte \u00a0de ellas, en las diferentes etapas de los proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Asistir a las Direcciones Regionales en la promoci\u00f3n y la \u00a0conformaci\u00f3n de asociaciones de usuarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Elaborar estudios y producir los documentos que sirvan de apoyo \u00a0t\u00e9cnico a las Direcciones Regionales en la informaci\u00f3n sobre los procesos para \u00a0obtener financiaci\u00f3n para estudios y proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0h) Realizar estudios \u00a0de identificaci\u00f3n en cuencas hidrogr\u00e1ficas para determinar nuevos proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0\u00a0 i) Coordinar y \u00a0preparar los t\u00e9rminos de referencia para la contrataci\u00f3n de estudios de \u00a0prefactibilidad y factibilidad y dise\u00f1o de proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras, \u00a0cuando cuenten con aceptaci\u00f3n por parte de la comunidad beneficiada, y de \u00a0acuerdo con las prioridades establecidas por el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras, Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Preparar conjuntamente con la Divisi\u00f3n de Planes y Programas, la \u00a0elaboraci\u00f3n de planes de estudios para el corto, mediano y largo plazo, de \u00a0acuerdo con las prioridades establecidas por el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n \u00a0de Tierras, Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Colaborar con la Oficina de Asistencia T\u00e9cnica en la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de asesor\u00eda en la ejecuci\u00f3n y contrataci\u00f3n de estudio a otras \u00a0entidades interesadas en adelantar proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Actualizar los estudios de prefactibilidad, factibilidad y dise\u00f1o, \u00a0de acuerdo con los cambios en las condiciones de los proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Preparar, modificar y actualizar metodolog\u00edas y criterios para la \u00a0evaluaci\u00f3n de los proyectos en sus diferentes etapas de estudio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Dise\u00f1ar y mantener actualizado un conjunto de proyectos de \u00a0adecuaci\u00f3n de tierras (Banco de Proyectos); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Dise\u00f1ar un sistema de informaci\u00f3n t\u00e9cnico, financiero, \u00a0socioecon\u00f3mico y jur\u00eddico, complementario a lo anterior; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Adelantar directamente o mediante contrataci\u00f3n la interventor\u00eda de \u00a0los estudios de prefactibilidad, factibilidad y dise\u00f1os de los proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los estudios y asesor\u00edas que realice o preste el Himat para \u00a0la ejecuci\u00f3n de obras incluir\u00e1n los correspondientes estudios o conceptos de \u00a0efecto o impacto ambiental y el estimativo de los costos relativos a la \u00a0evaluaci\u00f3n y monitoreo ambiental de la obra o proyecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. DIVISION DE CONSTRUCCION Y MANEJO DE PROYECTOS. Son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n de Construcci\u00f3n y Manejo de Proyectos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Preparar los t\u00e9rminos de referencia para la contrataci\u00f3n de la \u00a0construcci\u00f3n de los proyectos que el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras, \u00a0Consuat, defina conveniente ejecutar por parte del Himat y entregarlos a sus \u00a0propietarios o asociaci\u00f3n de usuarios una vez termine la ejecuci\u00f3n de las \u00a0obras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Colaborar con la Divisi\u00f3n de Planes y Programas en la elaboraci\u00f3n \u00a0de los planes a presentar al Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras, \u00a0Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Efectuar las labores de interventor\u00eda de los contratos para la \u00a0ejecuci\u00f3n de proyectos, directamente o mediante contrataci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d ) Adelantar los tr\u00e1mites de contrataci\u00f3n y suministro del equipo \u00a0requerido por los proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Colaborar con la Oficina de Asistencia T\u00e9cnica en la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de asesor\u00eda para la ejecuci\u00f3n y contrataci\u00f3n de proyectos de otras \u00a0entidades interesadas en adelantar proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Apoyar a la Divisi\u00f3n de Evaluaci\u00f3n Financiera en la preparaci\u00f3n de \u00a0la informaci\u00f3n sobre inversiones ejecutadas en los proyectos para fines de \u00a0recuperaci\u00f3n de las inversiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Expedir reglamentos de operaci\u00f3n de los distritos y aplicar los \u00a0manuales de normas t\u00e9cnicas expedidos por el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de \u00a0Tierras, Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Supervisar a las Direcciones Regionales en el control y vigilancia \u00a0sobre la operaci\u00f3n de los distritos que construya y administren terceros o \u00a0asociaciones de usuarios y de los construidos por el sector privado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Revisar y conceptuar sobre los presupuestos de administraci\u00f3n, \u00a0operaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los distritos administrados mediante contratos con \u00a0terceros y de los de las asociaciones de usuarios que administren distritos de \u00a0riego construidos por el Instituto, para aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Estudiar las propuestas de tarifas b\u00e1sicas y las de aprovechamiento \u00a0de los servicios, que formulen las asociaciones de usuarios de los distritos \u00a0que construya y de los construidos por otras entidades ejecutoras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Colaborar con la Oficina de Asistencia T\u00e9cnica en la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de asesor\u00eda en la administraci\u00f3n, operaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de \u00a0distritos a otras entidades interesadas en adelantar proyectos de adecuaci\u00f3n de \u00a0tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Ejercer, coordinadamente con las Direcciones Regionales, las \u00a0facultades y funciones que el C\u00f3digo Nacional de los Recursos Naturales \u00a0Renovables y de Protecci\u00f3n del Medio Ambiente le asigne al Himat, en relaci\u00f3n \u00a0con el uso, aprovechamiento y manejo de los recursos de agua y suelo dentro de \u00a0las \u00e1reas de los distritos de adecuaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Orientar e instruir la supervisi\u00f3n que las Direcciones Regionales \u00a0deben efectuar en cuanto al manejo racional de las aguas en los distritos y \u00a0velar porque se garanticen los derechos de los usuarios en los bienes \u00a0comunitarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Establecer los procedimientos y requisitos para que las Direcciones \u00a0Regionales otorguen las concesiones de agua en jurisdicci\u00f3n de los distritos de \u00a0riego que administre; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Apoyar, coordinar y evaluar con las Direcciones Regionales las \u00a0acciones que adelanten los otros organismos p\u00fablicos o privados para la \u00a0conservaci\u00f3n de las cuencas hidrogr\u00e1ficas abastecedoras de los distritos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. DIVISION DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Servicios Complementarios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Elaborar manuales y proponer estrategias y mecanismos para la \u00a0capacitaci\u00f3n de las asociaciones de usuarios en administraci\u00f3n, operaci\u00f3n y \u00a0conservaci\u00f3n de los Distritos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dise\u00f1ar metodolog\u00edas y mecanismos para la promoci\u00f3n de las \u00a0comunidades en el desarrollo de los proyectos y en la constituci\u00f3n de las \u00a0asociaciones de usuarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Asesorar a las asociaciones de usuarios en la tramitaci\u00f3n de las \u00a0concesiones de agua; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0d) Promover, coordinar \u00a0y ejecutar la pol\u00edtica de investigaci\u00f3n, transferencia de tecnolog\u00eda agr\u00edcola, \u00a0de riego y drenaje que establezca el Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras, \u00a0Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0e) Elaborar los \u00a0t\u00e9rminos de referencia para la contrataci\u00f3n de los servicios complementarios a \u00a0la adecuaci\u00f3n de tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coordinar la prestaci\u00f3n de los servicios complementarios a la \u00a0adecuaci\u00f3n de tierras a nivel central y regional con las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Instituto y con las correspondientes entidades p\u00fablicas y privadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Realizar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de las Direcciones Regionales \u00a0sobre el cumplimiento y ejecuci\u00f3n de los aspectos t\u00e9cnicos relacionados con la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios complementarios a la adecuaci\u00f3n de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. DIVISION DE PEQUE\u00d1A IRRIGACION. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Peque\u00f1a Irrigaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Elaborar metodolog\u00edas y criterios para evaluar y establecer \u00a0prioridades en proyectos de peque\u00f1a irrigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Preparar los t\u00e9rminos de referencia para la contrataci\u00f3n de los \u00a0estudios y la construcci\u00f3n de los proyectos, definidos como prioritarios de \u00a0acuerdo con los lineamientos del Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras, \u00a0Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Instruir a las Direcciones Regionales para que adelanten la \u00a0interventor\u00eda de las obras de manera directa o mediante contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar con la Divisi\u00f3n de Servicios Complementarios y con las \u00a0Direcciones Regionales los programas de organizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de las \u00a0asociaciones de usuarios beneficiarias de los proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Desarrollar metodolog\u00edas y efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de \u00a0los proyectos de peque\u00f1a irrigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los proyectos construidos \u00a0en peque\u00f1a irrigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. SUBDIRECCION DE HIDROLOGIA Y METEOROLOGIA. Son funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Hidrolog\u00eda y Meteorolog\u00eda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dise\u00f1ar, instalar, operar y mantener la red hidrometeorol\u00f3gica \u00a0b\u00e1sica a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Adelantar los procesos de lectura y procesamiento de la \u00a0informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Prestar asesor\u00eda en la instalaci\u00f3n de estaciones \u00a0hidrometeorol\u00f3gicas y en la elaboraci\u00f3n de estudios en las \u00e1reas de hidrolog\u00eda \u00a0y meteorolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Velar por el suministro oportuno y confiable de los datos \u00a0hidrometeorol\u00f3gicos solicitados por los distintos usuarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Analizar y elaborar estudios b\u00e1sicos en hidrolog\u00eda y meteorolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Prestar asesor\u00eda a entidades p\u00fablicas y privadas en el desarrollo \u00a0de estudios y en la construcci\u00f3n de soluciones para el control de inundaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. DIVISION DE HIDROLOGIA. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Hidrolog\u00eda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asesorar a las Direcciones Regionales en la utilizaci\u00f3n de \u00a0metodolog\u00edas y modelos de an\u00e1lisis de informaci\u00f3n hidrol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Revisar y analizar la informaci\u00f3n hidrol\u00f3gica enviada por las \u00a0Direcciones Regionales, procesarla, incorporarla al banco de datos y elaborar \u00a0los anuarios hidrol\u00f3gicos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar y desarrollar los estudios hidrol\u00f3gicos b\u00e1sicos que \u00a0permitan el mejor conocimiento del r\u00e9gimen h\u00eddrico del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Desarrollar e implantar, de conformidad con los manuales de la \u00a0Organizaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica Mundial, OMM, las t\u00e9cnicas y m\u00e9todos para mediciones \u00a0de cuerpos de agua; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Efectuar investigaciones sobre las t\u00e9cnicas de medici\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Adelantar estudios de corrientes y cuerpos de agua del pa\u00eds y \u00a0determinar sus caracter\u00edsticas hidrol\u00f3gicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Realizar la evaluaci\u00f3n y el dise\u00f1o de la red hidrol\u00f3gica nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Establecer los requerimientos t\u00e9cnicos necesarios para la operaci\u00f3n \u00a0de la red hidrol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Realizar en coordinaci\u00f3n con el Inderena, las corporaciones \u00a0aut\u00f3nomas regionales y otras organizaciones p\u00fablicas o privadas, acciones y \u00a0programas que permitan el estudio, uso y conservaci\u00f3n de las cuencas \u00a0hidrogr\u00e1ficas y recursos naturales en las \u00e1reas donde se ejecuten programas y \u00a0se requiera la presencia del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Colaborar y participar en el desarrollo de los cursos de \u00a0capacitaci\u00f3n de hidrometr\u00eda e hidrolog\u00eda y los de ense\u00f1anza y divulgaci\u00f3n del \u00a0\u00e1rea a otras entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Desarrollar los estudios que se requieran para lograr el mejor \u00a0conocimiento de la hidrolog\u00eda, cuerpos de agua superficiales y subterr\u00e1neos, \u00a0mar\u00edtimos y continentales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Realizar los estudios hidrol\u00f3gicos, hidrogr\u00e1ficos y de aguas \u00a0subterr\u00e1neas que se requieran para proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras del \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Elaborar la cartograf\u00eda hidrogr\u00e1fica, hidrol\u00f3gica y de aguas \u00a0subterr\u00e1neas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Adelantar las investigaciones y estudios sedimentol\u00f3gicos del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Adelantar las investigaciones hidrol\u00f3gicas y geomorfol\u00f3gicas que permitan \u00a0desarrollar y conocer el comportamiento del r\u00e9gimen h\u00eddrico del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Preparar, formular y estudiar modelos, normas y criterios \u00a0hidrogeol\u00f3gicos que permitan simular y conocer el r\u00e9gimen h\u00eddrico del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Colaborar con el fomento y orientaci\u00f3n de la ense\u00f1anza e \u00a0Investigaci\u00f3n hidrol\u00f3gica en el pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Adelantar las investigaciones sobre la calidad y contaminaci\u00f3n de \u00a0las aguas de los cuerpos h\u00eddricos del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Analizar los suelos y las aguas superficiales y subterr\u00e1neas \u00a0(fre\u00e1ticas) en el \u00e1rea de los proyectos del Himat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Asistir, supervisar y coordinar con los laboratorios de las \u00a0Direcciones Regionales la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los programas de an\u00e1lisis \u00a0establecidos de acuerdo con los planes determinados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Preparar Instructivos y normas t\u00e9cnicas para los an\u00e1lisis de \u00a0calidad de aguas, an\u00e1lisis de suelos y sedimentos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) Ejercer la supervisi\u00f3n t\u00e9cnica de los laboratorios instalados en \u00a0las Direcciones Regionales para la ejecuci\u00f3n de los an\u00e1lisis biol\u00f3gicos, \u00a0qu\u00edmicos y f\u00edsicos de las aguas, suelos y sedimentos y sobre la calidad de la \u00a0informaci\u00f3n que sea producida; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. DIVISION DE METEOROLOGIA. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Meteorolog\u00eda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Orientar y supervisar a las Direcciones Regionales en la obtenci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y desarrollo de las normas y procedimientos de medici\u00f3n y an\u00e1lisis de \u00a0la informaci\u00f3n climatol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Revisar y analizar la informaci\u00f3n enviada por las Direcciones \u00a0Regionales, procesarla e incorporarla al banco de datos y garantizar la \u00a0disponibilidad de ellos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar y establecer normas, dise\u00f1ar los sistemas y definir los \u00a0criterios y m\u00e9todos estad\u00edsticos para la recolecci\u00f3n, procesamiento, \u00a0verificaci\u00f3n y control de calidad de los datos clim\u00e1ticos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Elaborar el Atlas Climatol\u00f3gico y dem\u00e1s estudios e investigaciones \u00a0que permitan conocer y establecer los reg\u00edmenes y distribuciones de los \u00a0diferentes par\u00e1metros clim\u00e1ticos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0e) Realizar el dise\u00f1o \u00a0de las redes de estaciones de observaci\u00f3n que permitan conocer el r\u00e9gimen \u00a0meteorol\u00f3gico del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0\u00a0 f) Desarrollar \u00a0estudios y modelos con la posibilidad de obtener predicciones clim\u00e1ticas y \u00a0variables de uso del clima como recurso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Prestar asistencia t\u00e9cnica en el campo de su competencia a los \u00a0organismos oficiales y particulares y a las personas que la soliciten, de \u00a0acuerdo con las normas establecidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Preparar e implantar de conformidad con los manuales y reglamentos \u00a0t\u00e9cnicos de la Organizaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica Mundial, OMM, los modelos y m\u00e9todos \u00a0para la verificaci\u00f3n y proceso de la informaci\u00f3n climatol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Elaborar y difundir los pron\u00f3sticos y boletines meteorol\u00f3gicos, \u00a0sin\u00f3pticos, aeron\u00e1uticos, seg\u00fan las necesidades nacionales e internacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Mantener a disposici\u00f3n de los usuarios en tiempo oportuno la \u00a0informaci\u00f3n meteorol\u00f3gica para efectos de pron\u00f3sticos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0k) Efectuar an\u00e1lisis \u00a0espaciales y temporales y secuencias cronol\u00f3gicas de los par\u00e1metros \u00a0meteorol\u00f3gicos que permitan preparar diagn\u00f3sticos de las condiciones \u00a0atmosf\u00e9ricas actuales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0\u00a0\u00a0 l) Interpretar la \u00a0informaci\u00f3n proveniente de centros meteorol\u00f3gicos nacionales e internacionales \u00a0para complementar los an\u00e1lisis y predicciones nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ll) Dise\u00f1ar y coordinar la operaci\u00f3n de las redes de estaciones \u00a0sin\u00f3pticas de superficie y altura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Preparar e implantar de conformidad con los manuales y reglamentos \u00a0t\u00e9cnicos de la Organizaci\u00f3n Meteorol\u00f3gica Mundial, OMM, los modelos y m\u00e9todos \u00a0para la verificaci\u00f3n y proceso de la informaci\u00f3n climatol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Efectuar la recopilaci\u00f3n y transmisi\u00f3n de datos de acuerdo con las \u00a0normas y procedimientos establecidos por los organismos internacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Prestar los servicios de ayuda meteorol\u00f3gica a la navegaci\u00f3n a\u00e9rea \u00a0en los tiempos y lugares que se requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Ejecutar y coordinar a nivel nacional los programas de la \u00a0Organizaci\u00f3n Aeron\u00e1utica Civil Internacional, OACI, y de la Organizaci\u00f3n \u00a0Meteorol\u00f3gica Mundial, OMM, referentes a meteorolog\u00eda aeron\u00e1utica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Preparar directrices de orientaci\u00f3n para la instalaci\u00f3n de sistemas \u00a0especiales de observaci\u00f3n en los aeropuertos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Coordinar la transmisi\u00f3n de la informaci\u00f3n y realizar estudios para \u00a0el mejoramiento de la red nacional de telecomunicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Realizar investigaciones en materia de predicci\u00f3n meteorol\u00f3gica a \u00a0corto, mediano y largo plazo, incluidas las t\u00e9cnicas y modelos de predicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Realizar los estudios necesarios para la implementaci\u00f3n de sistemas \u00a0de alertas hidrometeorol\u00f3gicas; recopilar y verificar la informaci\u00f3n producida \u00a0y difundir los boletines y avisos hidrometeorol\u00f3gicos a la comunidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Participar, en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de \u00a0Corrientes, en la elaboraci\u00f3n de los mapas de riesgo de amenaza de \u00a0inundaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) Realizar investigaciones en el campo meteorol\u00f3gico mar\u00edtimo y \u00a0prestar, en coordinaci\u00f3n con otras entidades, el servicio de meteorolog\u00eda \u00a0marina; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) Participar en programas de car\u00e1cter internacional y coordinar las \u00a0acciones con otras dependencias y entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>w) Estudiar la evoluci\u00f3n de los aspectos cualitativos de la atm\u00f3sfera \u00a0nacional y efectuar los estudios de contaminaci\u00f3n ambiental y eventos \u00a0atmosf\u00e9ricos especiales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>x) Desarrollar los estudios e investigaciones necesarios para lograr \u00a0el mejor conocimiento de las condiciones clim\u00e1ticas del territorio nacional y \u00a0sus relaciones con la producci\u00f3n agropecuaria y difundir sus resultados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>y) Estudiar, evaluar y dar aviso oportuno al usuario sobre la \u00a0aparici\u00f3n o frecuencia de fen\u00f3menos meteorol\u00f3gicos adversos a la agricultura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>z) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. DIVISION DE ESTACION HIDROMETEOROLOGICAS. Son funciones \u00a0de la Divisi\u00f3n de Estaciones Hidrometeorol\u00f3gicas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dise\u00f1ar, construir, instalar y mantener las estaciones hidrol\u00f3gicas \u00a0y meteorol\u00f3gicas de la red nacional en coordinaci\u00f3n con las Direcciones \u00a0Regionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Identificar las reparaciones, calibraciones y mantenimientos del \u00a0instrumental y equipo hidrol\u00f3gico y meteorol\u00f3gico de las estaciones de la red \u00a0nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Llevar las estad\u00edsticas actualizadas sobre instalaci\u00f3n, reposici\u00f3n \u00a0o traslado de estaciones bien sean de propiedad del Instituto o de otras \u00a0entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dise\u00f1ar, construir, reconstruir y mantener los elementos y \u00a0estructuras para la instalaci\u00f3n de estaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Prestar asistencia t\u00e9cnica a otras entidades p\u00fablicas o privadas en \u00a0la instalaci\u00f3n de estaciones hidrol\u00f3gicas y meteorol\u00f3gicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Orientar y coordinar a las Direcciones Regionales para la correcta \u00a0operaci\u00f3n y acopio de la informaci\u00f3n de las estaciones hidrol\u00f3gicas y \u00a0meteorol\u00f3gicas localizadas en su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Colaborar y participar en el desarrollo de los cursos de \u00a0capacitaci\u00f3n para la operaci\u00f3n de las estaciones y los de ense\u00f1anza y divulgaci\u00f3n \u00a0de las t\u00e9cnicas para otras entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Estudiar y preparar las modificaciones de las tarifas por concepto \u00a0de compra de informaci\u00f3n hidrometeorol\u00f3gica y los dem\u00e1s servicios de operaci\u00f3n \u00a0de estaciones para otras entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Reparar instrumentos, partes metalmec\u00e1nicas y electr\u00f3nicas \u00a0requeridas para la instalaci\u00f3n de estaciones hidrol\u00f3gicas, meteorol\u00f3gicas y de \u00a0comunicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Efectuar el mantenimiento y calibraci\u00f3n de los equipos, \u00a0instrumentos y partes de las estaciones hidrometeorol\u00f3gicas para su correcto \u00a0funcionamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Prestar mantenimiento al equipo de comunicaciones del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Preparar instructivos para el montaje y mantenimiento de estaciones \u00a0hidrol\u00f3gicas, meteorol\u00f3gicas y de comunicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. DIVISION DE REGULACION DE CORRIENTES. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Regulaci\u00f3n de Corrientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Realizar estudios de caudales m\u00e1ximos y desarrollar modelos para su \u00a0an\u00e1lisis y prevenci\u00f3n de inundaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Preparar mapas de riesgo de inundaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Prestar asesor\u00eda t\u00e9cnica a entidades p\u00fablicas y privadas de orden \u00a0nacional y territorial, en el desarrollo de los estudios y contribuir con el \u00a0dise\u00f1o de las obras requeridas para controlar inundaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Adelantar estudios b\u00e1sicos en el tema de inundaciones, avenidas y \u00a0sequ\u00edas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. SUBDIRECCION DE PLANEACION E INFORMATICA. Son funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular planes y programas de desarrollo del Instituto, para el \u00a0largo y mediano plazo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar metodolog\u00edas y efectuar el seguimiento tanto de los planes \u00a0y programas de desarrollo del Instituto como de su gesti\u00f3n global; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Adelantar las gestiones para garantizar el financiamiento de los \u00a0planes y programas del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Preparar los presupuestos anuales para todas las actividades del \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Formular y establecer las pol\u00edticas de inform\u00e1tica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. DIVISION DE PLANES Y PROGRAMAS Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Planes y Programas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Preparar, con la participaci\u00f3n de todas las dependencias de los \u00a0niveles central y regional, los planes y programas de desarrollo del Instituto \u00a0para el mediano y largo plazo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Adelantar, en coordinaci\u00f3n con las Subdirecciones Financiera y de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras, los procesos de negociaci\u00f3n y obtenci\u00f3n de los recursos \u00a0de cr\u00e9dito externo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar, con la participaci\u00f3n de todas las dependencias de los \u00a0niveles central y regional, el proyecto de presupuesto de la siguiente \u00a0vigencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Elaborar los programas anuales de caja de inversi\u00f3n y \u00a0funcionamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Preparar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s subdirecciones, la \u00a0elaboraci\u00f3n de la documentaci\u00f3n requerida para las entidades de financiamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Elaborar y evaluar los planes y programas de estudios y ejecuci\u00f3n \u00a0de proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras para ser sometidos a consideraci\u00f3n del \u00a0Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Consuat, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Adecuaci\u00f3n de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Adelantar las labores de coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0multilaterales de cr\u00e9dito; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. DIVISION DE EVALUACION Y SEGUIMIENTO. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Evaluaci\u00f3n y Seguimiento: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Establecer metas e indicadores de gesti\u00f3n para cada componente del \u00a0plan de desarrollo y del presupuesto de cada vigencia y efectuar su \u00a0seguimiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar metodolog\u00edas para la evaluaci\u00f3n y seguimiento de la \u00a0gesti\u00f3n del Instituto y de los planes y programas de desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Analizar, evaluar y producir los informes sobre la ejecuci\u00f3n y \u00a0cumplimiento de las metas f\u00edsicas y financieras de los planes, programas y \u00a0proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras y de Hidrometeorolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Efectuar el seguimiento de los planes operativos de corto (Plan \u00a0Operativo Anual), mediano y largo plazo y evaluar el cumplimiento de los \u00a0mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Evaluar la situaci\u00f3n de los proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras \u00a0adelantados por otros organismos ejecutores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. DIVISION DE SISTEMAS E INFORMATICA. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Sistemas e Inform\u00e1tica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Coordinar con todas las dependencias la elaboraci\u00f3n, actualizaci\u00f3n \u00a0y sistematizaci\u00f3n para racionalizar las funciones y procedimientos \u00a0administrativos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Estudiar continuamente las necesidades de sistematizaci\u00f3n de todas \u00a0las dependencias a nivel central y regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar planes de desarrollo en inform\u00e1tica y sistematizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dise\u00f1ar y desarrollar nuevas aplicaciones de sistemas y mejorar, \u00a0optimizar y mantener las existentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Elaborar manuales e instructivos de manejo de las aplicaciones de \u00a0sistemas en uso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Efectuar estudios sobre necesidades de equipos de sistemas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Asistir a los grupos de sistemas de las Direcciones Regionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Dirigir y coordinar la operaci\u00f3n de los equipos de sistemas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Procesar la informaci\u00f3n de acuerdo con las prioridades \u00a0establecidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION DEL NIVEL CENTRAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. COMITE DE COORDINACION. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n estar\u00e1 \u00a0integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Director General quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Secretario General quien har\u00e1 las veces de Secretario del \u00a0Comit\u00e9: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0c) El Jefe de la \u00a0Oficina Jur\u00eddica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0d) El Jefe de la \u00a0Oficina de Asistencia T\u00e9cnica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0e) El Jefe de la \u00a0Oficina de Control Interno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0\u00a0 f) El Subdirector \u00a0Financiero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0g) El Subdirector de \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) El Subdirector de Hidrolog\u00eda y Meteorolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0\u00a0 i) El Subdirector de \u00a0Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General podr\u00e1 invitar a las sesiones a todos aquellos \u00a0funcionarios del Instituto que considere necesario, dependiendo de los asuntos \u00a0que se traten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asistir a la Direcci\u00f3n General en el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Definir la pol\u00edtica de manejo de la informaci\u00f3n del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Estudiar y analizar previamente los asuntos a tratar en la Junta \u00a0Directiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Asesorar a la Direcci\u00f3n en la selecci\u00f3n de candidatos a becas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las dem\u00e1s funciones de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n general que para la \u00a0mejor integraci\u00f3n de los programas del Instituto fueran acordadas por el mismo \u00a0comit\u00e9 o se\u00f1aladas por la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. COMITE DE COORDINACION DE LA SECRETARIA DEL CONSEJO \u00a0SUPERIOR DE ADECUACION DE TIERRAS, CONSUAT. El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Consejo Superior de Adecuaci\u00f3n de Tierras, Consuat, integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Director General quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Secretario General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Un Asesor de la Direcci\u00f3n quien har\u00e1 las veces de Secretario del \u00a0Comit\u00e9; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Jefe de la Oficina Jur\u00eddica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El Jefe de la Oficina de Asistencia T\u00e9cnica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) El Subdirector Financiero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) El Subdirector de Adecuaci\u00f3n de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) El Subdirector de Hidrolog\u00eda y Meteorolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) El Subdirector de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de la Secretar\u00eda T\u00e9cnica del \u00a0Consuat: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Estudiar, analizar y emitir concepto previo sobre los asuntos y \u00a0documentos presentados a la consideraci\u00f3n del Consuat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Las dem\u00e1s funciones que por su naturaleza fueran acordadas por el \u00a0mismo Comit\u00e9 o por la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. JUNTA DE LICITACIONES Y ADQUISICIONES. La Junta de \u00a0Licitaciones y Adquisiciones del Nivel Central estar\u00e1 integrada por los \u00a0siguientes funcionarios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Subdirector Financiero quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Secretario General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Jefe de la Oficina Jur\u00eddica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Jefe de la Oficina de Control Interno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El Subdirector de Adecuaci\u00f3n de Tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) El Subdirector de Hidrolog\u00eda y Meteorolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0El Subdirector de \u00a0Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Actuar\u00e1 como Secretario de la Junta de Licitaciones y Adquisiciones el \u00a0funcionario que el Director General designe por resoluci\u00f3n, el cual tendr\u00e1 \u00a0derecho a voz pero no voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta de Licitaciones y Adquisiciones podr\u00e1 invitar a las sesiones \u00a0a aquellos funcionarios del lnstituto, o personas que se requieran de acuerdo \u00a0con el asunto por tratar, quienes tendr\u00e1n derecho a voz pero no voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta de Licitaciones y Adquisiciones del nivel central cumplir\u00e1 \u00a0sus funciones de conformidad con las disposiciones legales y procedimientos \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. COMISION DE PERSONAL. La Comisi\u00f3n de Personal se \u00a0integrar\u00e1 y cumplir\u00e1 sus funciones de conformidad con las disposiciones legales \u00a0vigentes que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ESTRUCTURA A NIVEL REGIONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. La estructura interna a nivel regional del Instituto Colombiano \u00a0de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n Regional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Divisi\u00f3n de Adecuaci\u00f3n de Tierras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Divisi\u00f3n de Hidrolog\u00eda y Meteorolog\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 Divisi\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4.1 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n Regional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4.2 Junta de Licitaciones y Contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Director General mediante Resoluci\u00f3n podr\u00e1 conformar la \u00a0estructura interna de las Regionales con un n\u00famero inferior de dependencias a \u00a0las establecidas en el presente art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. DIRECCIONES REGIONALES. Las Direcciones Regionales del \u00a0Instituto depender\u00e1n jer\u00e1rquicamente de la Direcci\u00f3n General y les corresponde \u00a0la coordinaci\u00f3n interinstitucional para el desarrollo de la pol\u00edtica \u00a0agropecuaria en materia de riego, la promoci\u00f3n con la comunidad de los nuevos \u00a0proyectos a ejecutar y la recopilaci\u00f3n y procesamiento de la informaci\u00f3n \u00a0hidrometeorol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. El Instituto Colombiano de Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y \u00a0Adecuaci\u00f3n de Tierras, Himat, contar\u00e1 con las siguientes Direcciones Regionales \u00a0en el territorio nacional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 1 Antioquia-Choc\u00f3 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 2 Atl\u00e1ntico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 3 Bol\u00edvar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 4 Boyac\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 5 C\u00f3rdoba-Sucre \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 6 Meta-Guain\u00eda-Guaviare-Vaup\u00e9s \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 7 Huila-Caquet\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 8 Magdalena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 9 Norte de Santander \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 10 Nari\u00f1o-Putumayo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 11 Santander \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 12 Tolima \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 13 Valle-Caldas-Quind\u00edo, Risaralda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 14 Arauca-Casanare-Vichada \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 15 Cesar-Guajira \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n Regional No. 16 Cauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La prestaci\u00f3n de los servicios en el Distrito Capital, \u00a0Cundinamarca, San Andr\u00e9s y Providencia y Amazonas estar\u00e1n a cargo de las \u00a0dependencias del Nivel Central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. El Director General queda facultado para fijar las sedes, \u00a0las subsedes y determinar la jurisdicci\u00f3n territorial de cada Direcci\u00f3n \u00a0Regional, de acuerdo con las condiciones geogr\u00e1ficas y facilidades de \u00a0transporte de las \u00e1reas y con los planes programas y proyectos de desarrollo \u00a0que adelante el Himat en Hidrolog\u00eda, Meteorolog\u00eda y Adecuaci\u00f3n de Tierras. El \u00a0Instituto podr\u00e1 establecer dependencias regionales o seccionales en lugares \u00a0distintos a los se\u00f1alados cuando los programas y proyectos que se ejecuten as\u00ed \u00a0lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES DEL NIVEL REGIONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. DIRECCIONES REGIONALES. Son funciones de las Direcciones \u00a0Regionales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de las funciones y \u00a0programas hidrol\u00f3gicos, meteorol\u00f3gicos, de adecuaci\u00f3n de tierras y \u00a0administrativos de la Direcci\u00f3n Regional, de acuerdo con los planes de \u00a0desarrollo institucional y las pol\u00edticas trazadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dirigir. coordinar y supervisar el desarrollo de las actividades \u00a0relacionadas con el \u00e1rea financiera, de administraci\u00f3n de personal, \u00a0suministros, almac\u00e9n y servicios administrativos de la Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Promover la asistencia t\u00e9cnica en las \u00e1reas de hidrolog\u00eda, \u00a0meteorolog\u00eda, adecuaci\u00f3n de tierras y regulaci\u00f3n de corrientes en los \u00a0organismos oficiales y particulares a las personas que lo soliciten de acuerdo \u00a0con las normas que con tal fin establezca; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar con otras entidades del nivel nacional, departamental o \u00a0municipal, corporaciones regionales, asociaciones o cooperativas, la ejecuci\u00f3n \u00a0e implantaci\u00f3n de programas y proyectos que adelante el Instituto en el \u00e1rea de \u00a0la jurisdicci\u00f3n regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Celebrar y ejecutar actos, contratos y convenios en desarrollo de \u00a0las actividades de la Direcci\u00f3n Regional, en la cuant\u00eda y modalidades \u00a0autorizadas por el Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar con las diferentes dependencias que integran la Direcci\u00f3n \u00a0Regional, los estudios, trabajos y proyectos que deban realizarse conjuntamente \u00a0para el desarrollo de los diferentes programas de acuerdo con los planes que \u00a0sean determinados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Controlar las actividades de an\u00e1lisis, procesamiento y archivo de la \u00a0informaci\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de la Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Determinar y coordinar con las dem\u00e1s \u00e1reas las prioridades y \u00a0mecanismos para el procesamiento de la informaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0pol\u00edticas de sistematizaci\u00f3n que le se\u00f1ale el Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Participar en la preparaci\u00f3n de los planes y programas de inversi\u00f3n \u00a0del Instituto, definiendo, integrando y consolidando las metas de corto, \u00a0mediano y largo plazo, distribuyendo los recursos humanos, financieros, f\u00edsicos \u00a0y t\u00e9cnicos necesarios para cumplirlos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coordinar con la Secretar\u00eda General la preparaci\u00f3n y desarrollo de \u00a0estudios, sistemas administrativos, normas, programas y procedimientos de \u00a0simplificaci\u00f3n del trabajo y racionalizaci\u00f3n administrativa que requiera la \u00a0direcci\u00f3n regional, de acuerdo con las caracter\u00edsticas de los programas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Dictar las normas y actos administrativos y t\u00e9cnicos que permitan \u00a0ejecutar y cumplir efectivamente los objetivos y programas se\u00f1alados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. DIVISION DE ADECUACION DE TIERRAS. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Adecuaci\u00f3n de Tierras a nivel Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Identificar la demanda potencial de proyectos de adecuaci\u00f3n de \u00a0tierras, teniendo en cuenta las solicitudes de la comunidad y la informaci\u00f3n \u00a0actualizada del banco de proyectos de la Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Estudios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Promover los proyectos de adecuaci\u00f3n de tierras entre las entidades \u00a0territoriales, nacionales y la comunidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Presentar los proyectos ante las comunidades beneficiadas con el \u00a0fin de buscar su aceptaci\u00f3n y el compromiso en su desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Promover la realizaci\u00f3n de estudios de prefactibilidad, \u00a0factibilidad y dise\u00f1o, y concurrir en la interventor\u00eda y seguimiento de los \u00a0mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Dar a conocer a los interesados los recursos, procedimientos y \u00a0mecanismos de financiaci\u00f3n disponibles para adelantar estudios y proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Promover la conformaci\u00f3n de asociaciones de usuarios y prestarles \u00a0asistencia en el proceso de su reconocimiento legal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Apoyar las labores de interventor\u00eda de la construcci\u00f3n de proyectos \u00a0de adecuaci\u00f3n de tierras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Capacitar a las asociaciones de usuarios para que asuman la \u00a0responsabilidad de administrar, conservar y operar los distritos de riego; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Coordinar con las dependencias correspondientes en las Oficinas \u00a0Centrales la prestaci\u00f3n de asistencia t\u00e9cnica en materia de identificaci\u00f3n de \u00a0proyectos, contrataci\u00f3n de estudios, dise\u00f1os, construcci\u00f3n, interventor\u00eda, \u00a0operaci\u00f3n y mantenimiento de proyectos promovidos por entidades p\u00fablicas o \u00a0privadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Capacitar a los usuarios intermedios (Umatas, Secretar\u00edas de \u00a0Agricultura Departamentales, SENA, etc.), en la utilizaci\u00f3n del recurso h\u00eddrico \u00a0y en la aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas de riego y drenaje; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Coordinar con otras entidades programas de capacitaci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n y transferencia de tecnolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Controlar y vigilar lo estipulado en los contratos mediante los \u00a0cuales se entregue la administraci\u00f3n de los distritos, existentes y futuros, a \u00a0las asociaciones de usuarios o a terceros seg\u00fan sea el caso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Supervisar el manejo racional de las aguas en los distritos y velar \u00a0porque se garanticen los derechos de los usuarios en los bienes comunitarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Apoyar las acciones que adelanten otros organismos p\u00fablicos o \u00a0privados para la conservaci\u00f3n de las cuencas hidrogr\u00e1ficas abastecedoras de los \u00a0distritos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Ejercer las facultades y funciones que el C\u00f3digo Nacional de los \u00a0Recursos Naturales Renovables y de Protecci\u00f3n del Medio Ambiente que le asigne \u00a0al Himat, en relaci\u00f3n con el uso, aprovechamiento y manejo de los recursos de \u00a0agua y suelo dentro de las \u00e1reas de los distritos de adecuaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Estudiar y recomendar sobre las concesiones de agua en jurisdicci\u00f3n \u00a0de los distritos de riego que administre temporalmente el Himat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. DIVISION DE HIDROLOGIA Y METEOROLOGIA. Son funciones de \u00a0la Divisi\u00f3n de Hidrolog\u00eda y Meteorolog\u00eda a nivel regional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Suministrar al p\u00fablico Informaci\u00f3n hidrometeorol\u00f3gica debidamente \u00a0procesada y analizada, y adelantar estudios preliminares de disponibilidad de \u00a0agua; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Recolectar la informaci\u00f3n hidrometeorol\u00f3gica y mantener la red de \u00a0estaciones mediante comisiones de campo dirigidas por la respectiva regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. DIVISION FINANCIERA. Son funciones de la Divisi\u00f3n \u00a0Financiera a nivel regional: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Efectuar los registros contables y presupuestales de las \u00a0regionales, de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Administrar el recaudo por los servicios prestados en Hidrolog\u00eda y \u00a0Meteorolog\u00eda y por los servicios de riego y drenaje, cuando los distritos no \u00a0sean administrados por las Asociaciones de Usuarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Administrar las cuentas bancarias, controlar las cajas menores y \u00a0fondos rotatorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Efectuar el pago de las obligaciones, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Divisi\u00f3n de Presupuesto de las oficinas Centrales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Controlar y efectuar el seguimiento financiero a los Distritos de \u00a0riego y drenaje en su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION A NIVEL REGIONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. COMITE DE COORDINACION REGIONAL. El Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n de las Regionales estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Director Regional quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Los Jefes de Divisi\u00f3n correspondientes a la Regional. El Director \u00a0Regional podr\u00e1 invitar a las sesiones a todos aquellos funcionarios de la \u00a0Regional que considere necesario, dependiendo de los asuntos que se traten. \u00a0Actuar\u00e1 como Secretario el funcionario que determine el Director Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asistir y asesorar a la Direcci\u00f3n General en la b\u00fasqueda y \u00a0determinaci\u00f3n de estrategias y mecanismos de acci\u00f3n, conducentes a implementar \u00a0y lograr la ejecuci\u00f3n eficaz de las pol\u00edticas, planes y programas que le asigne \u00a0la Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Examinar la Coordinaci\u00f3n Interna de la Regional y la que debe \u00a0existir entre ella y las dependencias centrales y proponer sistemas apropiados \u00a0para fortalecerla y mejorarla; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Recomendar las modificaciones y ajustes a los programas asignados \u00a0que la Direcci\u00f3n Regional deba someter a consideraci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General \u00a0y la Subdirecci\u00f3n de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Unificar los criterios t\u00e9cnicos y administrativos para la toma de \u00a0decisiones e integrar los esfuerzos de los diferentes programas para el logro \u00a0de un prop\u00f3sito com\u00fan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Sugerir sistemas de coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s organismos del \u00a0sector agropecuario con miras a obtener mayor agilidad y eficiencia en el \u00a0desarrollo de las actividades de la Direcci\u00f3n Regional; f) Las dem\u00e1s funciones \u00a0de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n que fueren acordadas por el propio comit\u00e9 o \u00a0se\u00f1aladas por la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. JUNTA REGIONAL DE LICITACIONES Y CONTRATOS. La Junta \u00a0Regional de Licitaciones y Contratos estar\u00e1 integrada por los siguientes \u00a0funcionarios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Jefe de la Divisi\u00f3n Financiera quien la presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Los Jefes de Divisi\u00f3n correspondientes a la Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0c) Un delegado, con \u00a0voz pero sin voto, nombrado mediante Resoluci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General, \u00a0perteneciente a las entidades del sector agropecuario con sede en la \u00a0Jurisdicci\u00f3n de la Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0d) La Junta Regional \u00a0de Licitaciones y Contratos podr\u00e1 invitar a las sesiones a aquellos \u00a0funcionarios o personas que por la naturaleza del asunto por tratar se \u00a0requieran, quienes tendr\u00e1n derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Actuar\u00e1 como Secretario de la Junta el funcionario que designe el \u00a0Director Regional por Resoluci\u00f3n, quien tendr\u00e1 derecho a voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Regional de Licitaciones y Contratos cumplir\u00e1 sus funciones \u00a0de conformidad con las disposiciones y procedimientos legales vigentes sobre el \u00a0particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES VARIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. El Director General del Instituto queda facultado para \u00a0conformar y determinar grupos de trabajo en los niveles central y regional, \u00a0propendiendo por el eficiente aprovechamiento de los recursos humanos, f\u00edsicos \u00a0y financieros disponibles, de manera que se obtenga el funcionamiento arm\u00f3nico \u00a0de la Instituci\u00f3n en estrecha colaboraci\u00f3n con las dem\u00e1s entidades, \u00a0especialmente del sector agropecuario, tanto en el nivel central como en el \u00a0regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. La estructura regional establecida en a art\u00edculo \u00a0trig\u00e9simo cuarto del presente Acuerdo ser\u00e1 el modelo que la Direcci\u00f3n General \u00a0tendr\u00e1 en cuenta de conformidad con las facultades otorgadas por la Junta Directiva \u00a0para determinar la estructura y funciones de acuerdo con las condiciones, \u00a0planes, programas y necesidades espec\u00edficas de la Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46. El Director General del Instituto adelantar\u00e1 el proceso \u00a0de Descentralizaci\u00f3n de acuerdo con las acciones del Gobierno Nacional, \u00a0precisando los mecanismos y los instrumentos que deber\u00e1n llevarse a cabo \u00a0indicando las funciones y responsabilidades que se trasladar\u00e1n al orden \u00a0regional, en las \u00e1reas administrativa, financiera, de hidrolog\u00eda, meteorolog\u00eda \u00a0y adecuaci\u00f3n de tierras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47. El Director General del Instituto queda facultado para \u00a0constituir y organizar programas y grupos de trabajo, con el fin de garantizar \u00a0mayor atenci\u00f3n a los proyectos y funciones asignados al Himat por el Gobierno \u00a0Nacional, racionalizando y haciendo eficiente su administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. El presente Acuerdo requiere de la aprobaci\u00f3n del \u00a0Gobierno Nacional, rige a partir de la publicaci\u00f3n del Decreto respectivo y deroga \u00a0las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos n\u00fameros 18 \u00a0del 25 de febrero de 1993, n\u00famero 29 del 29 de abril de 1393 y n\u00famero 36 del 3 \u00a0de Junio de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ccmun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., a los nueve d\u00edas del mes de agosto \u00a0de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente, SANTIAGO PERRY RUBIO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretaria, MILITZA BUITRAGO DEL PORTILLO\u00bb, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00b0 El presente Decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los \u00a0Decretos n\u00famero 1491 de \u00a0julio 10 de 1989 y n\u00famero 208 de febrero 6 de 1978. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., a 17 de agosto de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura, JOSE ANTONIO OCAMPO GAVIRIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0CARLOS HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01589 DE 1993 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto 17) \u00a0 \u00a0 POR EL \u00a0CUAL SE APRUEBAN LOS ACUERDOS N\u00daMERO 51 DE AGOSTO 9 DE 1993 Y N\u00daMERO 52 DE \u00a0AGOSTO 9 DE 1993, DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE HIDROLOGIA, \u00a0METEOROLOGIA Y ADECUACION DE TIERRAS, HIMAT. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 21 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-23252","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1993"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23252","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=23252"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23252\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=23252"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=23252"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=23252"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}