{"id":23254,"date":"2023-07-12T19:31:50","date_gmt":"2023-07-12T19:31:50","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1591-de-1993\/"},"modified":"2023-07-12T19:31:50","modified_gmt":"2023-07-12T19:31:50","slug":"decreto-1591-de-1993","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1591-de-1993\/","title":{"rendered":"DECRETO 1591 DE 1993"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1591 DE 1993 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(agosto 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL CUAL SE APRUEBA LA RESOLUCION N\u00daMERO 01 DEL \u00a031 DE MARZO DE 1993, DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA PREVISORA \u00a0S.A., COMPA\u00d1IA DE SEGUROS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades que le confiere el Decreto \u00a0extraordinario n\u00famero 1050 de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00b0. Apru\u00e9base la Resoluci\u00f3n n\u00famero 01 de \u00a01993 de la Asamblea General de Accionistas de La Previsora S.A., Compa\u00f1\u00eda de \u00a0Seguros, por la cual se adopta una reforma estatutaria, unificada en su sesi\u00f3n \u00a0del 31 de marzo de 1993, seg\u00fan consta en el Acta n\u00famero 38, de esa fecha, cuyo \u00a0texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abRESOLUCION N\u00daMERO 01 DE 1993 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;por la cual se adopta una reforma \u00a0estatutaria&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Asamblea General de Accionistas de La Previsora \u00a0S.A., Compa\u00f1\u00eda de Seguros, en ejercicio de la facultad consagrada en el literal \u00a0g) del art\u00edculo 34 de los estatutos, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RESUELVE: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1o. Apru\u00e9base la siguiente reforma \u00a0estatutaria: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El art\u00edculo 25 quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. La Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n de la \u00a0sociedad ser\u00e1n ejercidas por los siguientes \u00f3rganos principales de direcci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) La Asamblea General de Accionistas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) La Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) La Presidencia de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Las Vicepresidencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0e. Las Gerencias Regionales y Gerencias de \u00a0Sucursal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cada uno de estos \u00f3rganos desempe\u00f1ar\u00e1 sus \u00a0atribuciones dentro de los l\u00edmites indicados por estos estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El art\u00edculo 43 quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Corresponden a la Junta Directiva las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular la pol\u00edtica general de la Sociedad y \u00a0los planes y programas que debe desarrollar, todo ello de acuerdo con las \u00a0reglas prescritas por la Asamblea General de Accionistas consultando tanto la \u00a0pol\u00edtica gubernamental como el inter\u00e9s de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Someter a la aprobaci\u00f3n del Gobierno una vez que \u00a0hayan sido discutidos y aprobados por la Asamblea General, los estatutos de la \u00a0Sociedad y las reformas que a ellos se introduzcan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Controlar el funcionamiento general de la \u00a0Sociedad y verificar su conformidad con la pol\u00edtica adoptada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Crear a solicitud de la Presidencia de la \u00a0Compa\u00f1\u00eda los cargos que exijan el buen servicio y el desarrollo de la sociedad \u00a0y fijarle su remuneraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Por iniciativa de la Presidencia de la Compa\u00f1\u00eda \u00a0designar los vicepresidentes, los gerentes de regionales y de sucursal, que \u00a0estime necesarios y fijarles las respectivas remuneraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Convocar a la Asamblea General de Accionistas a \u00a0sesiones extraordinarias cuando lo estime conveniente o lo solicite un n\u00famero \u00a0de accionistas que represente la cuarta parte o m\u00e1s del capital social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Presentar a la Asamblea General en sus sesiones \u00a0ordinarias, las cuentas, los inventarios y el balance general de fin de \u00a0ejercicio y una discriminaci\u00f3n de la cuenta de p\u00e9rdidas y ganancias con un \u00a0proyecto de distribuci\u00f3n de utilidades o de cancelaci\u00f3n de las p\u00e9rdidas \u00a0registradas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0h) Presentar a la Asamblea General un informe sobre \u00a0la marcha de la Compa\u00f1\u00eda y sobre sus reformas, innovaciones, ensanches que \u00a0estime convenientes para el mejor desarrollo del objeto social o adherir o \u00a0complementar el del Presidente de la Compa\u00f1\u00eda si estuviere de acuerdo con \u00e9l. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0\u00a0 i) Establecer la pol\u00edtica general \u00a0sobre la inversi\u00f3n que deba hacerse con las reservas de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0\u00a0 j) Reglamentar la emisi\u00f3n y colocaci\u00f3n \u00a0de acciones conforme a las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0k) A iniciativa de la Presidencia de la empresa \u00a0crear o autorizar el establecimiento de sucursales o agencias dentro o fuera \u00a0del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Cumplir y hacer cumplir los estatutos, las \u00a0decisiones de la Asamblea General y las suyas propias, sirviendo como \u00f3rgano \u00a0consultivo permanente de la Presidencia de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Emitir concepto previo y favorable sobre la \u00a0celebraci\u00f3n de todo acto o contrato distinto al de seguro y a los que emanaren \u00a0de \u00e9ste, cuya cuant\u00eda sea superior a doscientos cincuenta (250) salarios \u00a0m\u00ednimos legales mensuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Decidir si las diferencias que se presenten con \u00a0motivo del ejercicio social se resuelvan mediante arreglos directos o si se \u00a0arbitran, transigen o litigan, autorizar a la Presidencia de la Compa\u00f1\u00eda para \u00a0la celebraci\u00f3n de los actos o contratos que al efecto fueren necesarios cuando \u00a0la cuant\u00eda fuere la se\u00f1alada en el literal anterior. Cuando haya diferencia \u00a0entre la sociedad y uno de sus accionistas por causa o con ocasi\u00f3n de los presentes \u00a0estatutos, nombrar el \u00e1rbitro o \u00e1rbitros a que haya lugar y el apoderado de la \u00a0misma que gestionar\u00e1 sus intereses ante el respectivo tribunal de arbitramento, \u00a0todo de conformidad con lo previsto por la ley para estos casos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Disponer cuando lo estime conveniente la \u00a0formaci\u00f3n de comit\u00e9s especiales que asesoren al Presidente de la Compa\u00f1\u00eda en \u00a0asuntos determinados, investirlos de las atribuciones que a bien tenga; las \u00a0respectivas remuneraciones ser\u00e1n fijadas por resoluci\u00f3n ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Cumplir y reglamentar las resoluciones de la \u00a0Asamblea General de Accionistas que lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Determinar la organizaci\u00f3n y funcionamiento \u00a0interno de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Darse su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) De acuerdo con los leyes sobre la materia y los \u00a0reglamentos que dicte la Junta Directiva, autorizar previamente los actos y \u00a0contratos que deba llevar a cabo la Compa\u00f1\u00eda en el cumplimiento de las \u00a0funciones que le competen como administradora de los recursos que se recauden \u00a0por el Instituto de Seguros Sociales, por concepto de riesgos de enfermedad \u00a0profesional, accidentes de trabajo, invalidez, vejez y muerte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Delegar en el Presidente de la Compa\u00f1\u00eda, el \u00a0cumplimiento de la funci\u00f3n a que se refiere el literal i) de este art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Autorizar al Presidente de la Compa\u00f1\u00eda para \u00a0delegar en sus subalternos algunas de las funciones que a \u00e9ste correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El art\u00edculo 48 quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. Son funciones y atribuciones del \u00a0Presidente de la Compa\u00f1\u00eda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas y prop\u00f3sitos de la organizaci\u00f3n, actuando como \u00a0ordenador del gasto y suscribiendo los actos y contratos que para tales fines \u00a0deban celebrarse conforme a las disposiciones pertinentes y a los presentes \u00a0estatutos y establecer las funciones del personal al servicio de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Representar a la sociedad para los efectos a que \u00a0hubiere lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Dictar el reglamento interno de la Compa\u00f1\u00eda y \u00a0contratar de acuerdo con las leyes laborales, a los trabajadores de la misma, \u00a0cuyo nombramiento no corresponda a la Asamblea General de Accionistas o a la \u00a0Junta Directiva, as\u00ed como tambi\u00e9n removerlos y conceder todas las licencias a \u00a0que hubiere lugar sin excepci\u00f3n de ninguna clase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Aprobar la concesi\u00f3n de cr\u00e9ditos de vivienda \u00a0para los trabajadores al servicio de la Compa\u00f1\u00eda, de conformidad con la \u00a0reglamentaci\u00f3n expedida para estos casos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Convocar a la Asamblea General de Accionistas y \u00a0a la Junta Directiva, a sesiones extraordinarias cuando lo juzgue conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Presentar a la Asamblea General en sus sesiones \u00a0ordinarias, un informe detallado sobre la marcha de los negocios sociales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Presentar a la Junta Directiva el balance de \u00a0prueba cortado al \u00faltimo d\u00eda de cada bimestre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Mantener a la Junta permanente y detalladamente \u00a0enterada de todos los negocios y suministrar todos los datos e informes que \u00a0\u00e9sta le solicite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Constituir mandatarios que representen a la \u00a0Compa\u00f1\u00eda en los asuntos judiciales o extrajudiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Velar porque el personal de la Compa\u00f1\u00eda cumpla \u00a0oportunamente con los deberes a su cargo y vigilar continuamente el \u00a0funcionamiento de la empresa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la \u00a0Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Ejercer las funciones que le delegue la Junta \u00a0Directiva y las que le confieren los estatutos y las leyes, as\u00ed como tambi\u00e9n \u00a0aquellas que le competen por la naturaleza de su investidura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Delegar, previa autorizaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva, alguna o algunas de sus atribuciones y funciones delegables en los \u00a0Vicepresidentes, el Secretario General, en los Gerentes y Subgerentes \u00a0Regionales y de Sucursal, y Gerentes de Casa Matriz de la Compa\u00f1\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Realizar y celebrar teniendo en cuenta las \u00a0limitaciones establecidas en los art\u00edculos 41 y 43 de los presentes estatutos \u00a0los actos y contratos que le correspondan a la Compa\u00f1\u00eda en desarrollo de las \u00a0funciones que le asigne la ley como Administradora de los recursos recaudados \u00a0por el Instituto de Seguros Sociales por concepto de seguros de enfermedad \u00a0profesional accidentes de trabajo, invalidez, vejez y muerte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Suministrar a la Junta Administradora de los \u00a0Seguros Econ\u00f3micos los informes que ella exigiere en raz\u00f3n de las materias a la \u00a0que alude el literal precedente, cumpliendo y haciendo cumplir todas las \u00a0disposiciones y \u00f3rdenes emanadas de dicha Junta de acuerdo con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El art\u00edculo 49 quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 49. La Compa\u00f1\u00eda tendr\u00e1 los Vicepresidentes \u00a0que a iniciativa de la Presidencia de la sociedad, determine nombrar la Junta \u00a0Directiva. Estos funcionarios tendr\u00e1n en el ejercicio de las funciones \u00a0delegadas la representaci\u00f3n legal de la Compa\u00f1\u00eda, dependiendo en todo caso \u00a0directamente del Presidente de la misma. Ejercer\u00e1n las atribuciones y cumplir\u00e1n \u00a0con los deberes que le se\u00f1ale la Presidencia de la Compa\u00f1\u00eda, as\u00ed como tambi\u00e9n \u00a0desempe\u00f1ar\u00e1n las funciones que en ellos delegare el Presidente, de acuerdo con \u00a0lo dicho en estos estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La sociedad tendr\u00e1 un Secretario General quien en \u00a0ejercicio de sus funciones tendr\u00e1 la representaci\u00f3n legal de \u00e9sta y a cuyo \u00a0cargo estar\u00e1 la funci\u00f3n de actuar como Secretarlo de la Asamblea General de \u00a0Accionistas y de la Junta Directiva de la Compa\u00f1\u00eda; en tal car\u00e1cter deber\u00e1 \u00a0atender todo lo relacionado con estas materias; refrendar con su firma los \u00a0actos administrativos que expida el Presidente de la Compa\u00f1\u00eda y ejercer las \u00a0dem\u00e1s funciones que le delegue el Presidente de la sociedad del cual depender\u00e1 \u00a0directamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El art\u00edculo 50 quedara as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 50. En desarrollo de lo dispuesto por el \u00a0literal c) del art\u00edculo 48 de estos estatutos, el Presidente de la Compa\u00f1\u00eda, \u00a0cuando lo considere necesario, propondr\u00e1 la designaci\u00f3n de los Gerentes \u00a0Regionales o de Sucursal, quienes en desarrollo de las funciones delegadas \u00a0representar\u00e1n legalmente a la Compa\u00f1\u00eda, en el \u00e1rea de su jurisdicci\u00f3n. Estos \u00a0Gerentes cumplir\u00e1n las funciones que le se\u00f1ale la Presidencia de la Compa\u00f1\u00eda; \u00a0as\u00ed mismo podr\u00e1n ejercer las funciones propias de los Vicepresidentes cuando le \u00a0hayan sido delegadas previa autorizaci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El art\u00edculo 70 quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 70. Los presentes estatutos podr\u00e1n ser \u00a0modificados o reformados en una sola reuni\u00f3n ordinaria o extraordinaria de la \u00a0Asamblea General de Accionistas. Acordada una reforma de los estatutos, \u00a0corresponder\u00e1 al Presidente de la Compa\u00f1\u00eda o a quien haga sus veces y al \u00a0Secretario General, proceder a adelantar las gestiones necesarias para su \u00a0aprobaci\u00f3n por parte del Presidente de la Rep\u00fablica, para su posterior \u00a0solemnizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00ba La presente Resoluci\u00f3n rige a partir de \u00a0la fecha de su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Presidenta, GRACIELA PALACIOS M. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretaria, MARTA ELENA CARDOSO CAMACHO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00b0 El presente Decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n y modifica en lo pertinente todas las disposiciones que \u00a0le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. Dado en Santaf\u00e9 \u00a0de Bogot\u00e1, D. C., a 17 de agosto de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, RUDOLF \u00a0HOMMES RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, CARLOS H. ISAZA RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1591 DE 1993 \u00a0 \u00a0\u00a0 (agosto 17) \u00a0 \u00a0 POR EL CUAL SE APRUEBA LA RESOLUCION N\u00daMERO 01 DEL \u00a031 DE MARZO DE 1993, DE LA ASAMBLEA GENERAL DE ACCIONISTAS DE LA PREVISORA \u00a0S.A., COMPA\u00d1IA DE SEGUROS. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades que le confiere [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-23254","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1993"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23254","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=23254"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23254\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=23254"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=23254"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=23254"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}