{"id":23303,"date":"2023-07-12T19:31:53","date_gmt":"2023-07-12T19:31:53","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1733-de-1993\/"},"modified":"2023-07-12T19:31:53","modified_gmt":"2023-07-12T19:31:53","slug":"decreto-1733-de-1993","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1733-de-1993\/","title":{"rendered":"DECRETO 1733 DE 1993"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1733 DE 1993 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(septiembre \u00a01\u00b0) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL CUAL SE APRUEBA \u00a0EL ACUERDO N\u00daMERO 12 DEL DE AGOSTO DE 1993, &#8220;POR EL CUAL SE ESTABLECE LA \u00a0ESTRUCTURA INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Y SE DETERMINAN LAS \u00a0FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 1211 de 1995, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba y por el Decreto 1049 de 1995, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le \u00a0confiere el art\u00edculo 189, numeral 16, de la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y en desarrollo del Decreto 2166 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO \u00a0PRIMERO. Apru\u00e9base el Acuerdo n\u00famero 12 del 9 de agosto de 1993, &#8220;por el \u00a0cual se establece la Estructura Interna del Instituto Nacional de Salud y se \u00a0determinan las funciones de sus dependencias&#8221;, emanado de la Junta \u00a0Directiva del Instituto Nacional de Salud, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO \u00a0N\u00daMERO 12 DE 1993 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(agosto 9) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;por el \u00a0cual se establece la Estructura Interna del Instituto Nacional de Salud y se \u00a0determinan las funciones de sus dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta \u00a0Directiva del Instituto Nacional de Salud en uso de sus facultades legales y \u00a0Estatutarias establecidas en el Decreto 3130 de 1968, \u00a0art\u00edculo 24 y en desarrollo del Decreto 2166 de 1992, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ESTRUCTURA \u00a0INTERNA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0 El \u00a0Instituto Nacional de Salud reestructurado por el Decreto 2166 de 1992 \u00a0cumplir\u00e1 funciones con la siguiente Estructura Interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A. JUNTA \u00a0DIRECTIVA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>B. DESPACHO \u00a0DEL DIRECTOR. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Oficina \u00a0de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Oficina \u00a0Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n y Sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>C. \u00a0SECRETARIA GENERAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divisi\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0de Recursos Humanos y Capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n \u00a0de Servicios de Informaci\u00f3n y Difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D. SUBDIRECCION DE EPIDEMIOLOGIA Y RED \u00a0NACIONAL DE LABORATORIOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divisi\u00f3n \u00a0de Vigilancia Epidemiol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0de Red y de Laboratorio Central de Referencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>E. SUBDIRECCION \u00a0DE INVESTIGACION Y DESARROLLO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divisi\u00f3n \u00a0de Investigaci\u00f3n B\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0de Investigaci\u00f3n Aplicada en Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n \u00a0de Investigaci\u00f3n Social en Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n \u00a0de Animales de Laboratorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>F. \u00a0SUBDIRECCION DE PRODUCCION DE BIOLOGICOS Y QUIMICOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divisi\u00f3n \u00a0de Producci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0de Servicios B\u00e1sicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n \u00a0Comercial y de Costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>G. \u00a0SUBDIRECCION DE VIGILANCIA SANITARIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Divisi\u00f3n \u00a0de Control de Medicamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0de Control de Alimentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n \u00a0de control de Vacunas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>H. UNIDADES \u00a0ASESORAS Y COORDINADORAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Comit\u00e9 de \u00a0Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Comit\u00e9 \u00a0T\u00e9cnico de Investigaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Comisi\u00f3n \u00a0de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Consejo \u00a0Cient\u00edfico-T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES \u00a0DE LAS DEPENDENCIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0 \u00a0La Junta Directiva, el Director, y el Consejo Cient\u00edfico-T\u00e9cnico ejercer\u00e1n las \u00a0funciones y atribuciones se\u00f1aladas en el Decreto 2166 de 1992, \u00a0las normas estatutarias y en las dem\u00e1s disposiciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>OFICINA \u00a0DE CONTROL INTERNO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0 \u00a0Son funciones de la Oficina de Control Interno las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Determinar y coordinar el funcionamiento de un sistema de control interno que, \u00a0de acuerdo con las caracter\u00edsticas del INS, garantice la racionalidad del uso \u00a0de los recursos humanos y t\u00e9cnicos, en concordancia con las pol\u00edticas del \u00a0Gobierno Nacional y los objetivos y metas programados por la instituci\u00f3n, de tal \u00a0forma que cumplan con los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, \u00a0eficacia, econom\u00eda, celeridad, imparcialidad, publicidad y valoraci\u00f3n de costos \u00a0ambientales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dise\u00f1ar, \u00a0proponer e implementar sistemas, m\u00e9todos y procedimientos de control de gesti\u00f3n, \u00a0de resultados y fiscal-financieros internos, que garanticen el cumplimiento de \u00a0las normas que expida el Gobierno Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Determinar, proponer e implementar indicadores de productividad, eficiencia, \u00a0eficacia y calidad en \u00e1reas de gesti\u00f3n, de resultados y fiscal-financieras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Aplicar \u00a0procedimientos de evaluaci\u00f3n, seguimiento y verificaci\u00f3n que aseguren, a nivel \u00a0Directivo la utilizaci\u00f3n del presupuesto, y de los dem\u00e1s recursos como \u00a0herramienta _ para los diferentes niveles de gesti\u00f3n y la adecuada explicaci\u00f3n \u00a0de las variaciones de su ejecuci\u00f3n frente a las metas propuestas por el \u00e1rea \u00a0responsable; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Preparar \u00a0los modelos organizacionales, con las dem\u00e1s instancias de direcci\u00f3n del INS que \u00a0permitan canalizar el recurso humano y t\u00e9cnico del instituto, en la elaboraci\u00f3n \u00a0de planes, programas y estrategias en desarrollo de su car\u00e1cter gestionario y \u00a0creador, teniendo en cuenta las pol\u00edticas generales del Gobierno Nacional y los \u00a0lineamientos fijados por la Direcci\u00f3n del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Realizar \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n y Sistemas, los estudios \u00a0necesarios para determinar los indicadores de gesti\u00f3n, para las diferentes \u00a0actividades que efect\u00faa el INS: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Asesorar \u00a0al Director, al Secretario General, a los Subdirectores y a los dem\u00e1s funcionarios \u00a0del INS para que cumplan sus funciones de acuerdo con los principios \u00a0establecidos en el literal a) del presente art\u00edculo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Velar por \u00a0el cabal cumplimiento de las funciones y procedimientos establecidos para cada \u00a0una de las dependencias del Instituto Nacional de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Establecer en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s instancias del INS, los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n, procedimientos, comunicaci\u00f3n y otros que aseguren la efectiva \u00a0ejecuci\u00f3n del control interno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>OFICINA \u00a0JURIDICA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0 \u00a0Son funciones de la Oficina Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General y a las dependencias del Instituto, en los asuntos \u00a0jur\u00eddicos relacionados con el desarrollo de las actividades del INS, asegurando \u00a0la legalidad de todos los actos administrativos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar \u00a0y revisar los proyectos de Decretos, Acuerdos, Resoluciones, Contratos, \u00a0Convenios y dem\u00e1s documentos relacionadas con los asuntos de competencia del \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Ejercer \u00a0la representaci\u00f3n Judicial del Instituto en los procesos que contra \u00e9l se \u00a0adelanten o que deba promover contra terceros. As\u00ed mismo, realizar y ejercitar \u00a0todo tipo de reclamaciones y acciones extrajudiciales surgidas con ocasi\u00f3n de la \u00a0ejecuci\u00f3n de los contratos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Elaborar \u00a0y\/o revisar jur\u00eddicamente los contratos y actos administrativos que deban \u00a0expedir la Junta Directiva o el Director General, verificando el cumplimiento \u00a0de los requisitos y formalidades legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Asesorar \u00a0al Ministerio P\u00fablico en los asuntos en que haga parte el Instituto, para la \u00a0defensa de los intereses de \u00e9ste \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Codificar \u00a0y sistematizar las normas legales relacionadas con el Instituto y mantener al \u00a0d\u00eda dicha informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Evaluar \u00a0el cumplimiento de las normas para el sector salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Elaborar \u00a0los pliegos de condiciones y minutas de contratos, necesarios para la \u00a0adquisici\u00f3n de suministros e insumos que demande el Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>OFICINA \u00a0DE PLANEACION Y SISTEMAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0 \u00a0Son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n y Sistemas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Presentar \u00a0criterios, alternativas de acci\u00f3n y planes que coadyuven a la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, metas, objetivos institucionales y toma de decisiones a la \u00a0Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Coordinar \u00a0con las diferentes unidades del Instituto la formulaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n del plan operativo anual, respondiendo por su aplicaci\u00f3n, procurando \u00a0la planeaci\u00f3n integral y tecnificada de las acciones del Instituto y tomando \u00a0las medidas necesarias para su cumplimiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Presentar \u00a0y sustentar al Banco de Proyectos de Inversi\u00f3n Nacional del Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, los proyectos que se incluyan en el Plan Operativo \u00a0Anual de Inversiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Presentar \u00a0los informes de seguimiento y ejecuci\u00f3n de los proyectos adelantados, que \u00a0determinen la contribuci\u00f3n de cada proyecto a los objetivos planteados y \u00a0proponer las modificaciones que considere convenientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n en la definici\u00f3n de pol\u00edticas y en los criterios de selecci\u00f3n de \u00a0las ofertas y necesidades de colaboraci\u00f3n, asesor\u00eda y ejecuci\u00f3n de proyectos de \u00a0cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e internacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Conceptuar sobre ofertas y demandas de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e internacional \u00a0y analizar su conveniencia en coordinaci\u00f3n con las dependencias del \u00e1rea \u00a0correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Preparar \u00a0las solicitudes y proyectos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica a presentar al Departamento \u00a0Nacional de Planeaci\u00f3n, con la informaci\u00f3n necesaria requerida por dicho ente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Generar \u00a0procesos investigativos de car\u00e1cter especializado sobre los diversos aspectos \u00a0que afecten la acci\u00f3n del Instituto, y que deban ser tenidos en cuenta por la \u00a0Direcci\u00f3n en el momento de dise\u00f1ar las pol\u00edticas y tomar decisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Coordinar \u00a0con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Ministerio de Salud los \u00a0estudios relacionados con pol\u00edticas de desarrollo t\u00e9cnico-cient\u00edfico \u00a0concernientes al Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Elaborar, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, el anteproyecto de presupuesto y \u00a0tramitar las solicitudes de adiciones y traslados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Efectuar \u00a0el seguimiento y evaluaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n presupuestal y sugerir las ajustes \u00a0que sean del caso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>I) \u00a0Desarrollar, aplicar, adecuar y mantener los procedimientos y programas inform\u00e1ticos \u00a0requeridos por el Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Dise\u00f1ar, \u00a0controlar y consolidar t\u00e9cnicas y procedimientos de planeaci\u00f3n y sistemas de \u00a0informaci\u00f3n institucional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Promover \u00a0el uso de tecnolog\u00edas inform\u00e1ticas que hagan m\u00e1s eficiente la utilizaci\u00f3n de \u00a0los recursos f\u00edsicos, humanos y financieros del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SECRETARIA \u00a0GENERAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0 \u00a0Son funciones de la Secretar\u00eda General, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en el Decreto 2166 de 1992, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Atender, \u00a0bajo la direcci\u00f3n del Director General, y por conducto de las distintas dependencias \u00a0a su cargo, las funciones administrativas que garanticen el cumplimiento de las \u00a0funciones cient\u00edficas y tecnol\u00f3gicas del INS, en los t\u00e9rminos de eficiencia, \u00a0eficacia y equidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Velar por \u00a0el cumplimiento de las normas legales y por el uso eficiente de los activos y \u00a0el patrimonio del INS; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Ejercer \u00a0las funciones que el Director le delegue; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar \u00a0con la Oficina Jur\u00eddica, la elaboraci\u00f3n o revisi\u00f3n de los proyectos de \u00a0decretos, resoluciones y dem\u00e1s documentos que deban someterse a aprobaci\u00f3n del \u00a0Director; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Coordinar \u00a0con la Oficina de Planeaci\u00f3n y Sistemas, la elaboraci\u00f3n de los proyectos de \u00a0presupuesto de inversi\u00f3n y de funcionamiento del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Informar \u00a0peri\u00f3dicamente al Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n sobre los resultados de la gesti\u00f3n administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Ejercer \u00a0las funciones de Secretario de la Junta Directiva del Instituto y asistir al \u00a0Director en sus relaciones con \u00e9sta, velando por la buena organizaci\u00f3n de las \u00a0sesiones ordinarias y extraordinarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Formular \u00a0pol\u00edticas y programas tendientes a desarrollar procedimientos para la \u00a0provisi\u00f3n, utilizaci\u00f3n y control de los recursos f\u00edsicos, financieros y \u00a0log\u00edsticos requeridos por las diferentes unidades del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Formular \u00a0pol\u00edticas y programas de administraci\u00f3n, selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, nivelaci\u00f3n, \u00a0clasificaci\u00f3n, registro, control, bienestar social y capacitaci\u00f3n del personal \u00a0del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Ejecutar \u00a0en coordinaci\u00f3n con las dependencias respectivas los tr\u00e1mites correspondientes \u00a0a las licitaciones que lleve a cabo el Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Dirigir, \u00a0coordinar y controlar las acciones que permitan la eficiencia de los servicios \u00a0de biblioteca e imprenta, de acuerdo con las demandas que realice el \u00e1rea \u00a0Cient\u00edfico-T\u00e9cnica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Establecer mecanismos de comunicaci\u00f3n a nivel horizontal y vertical en el \u00a0Instituto, as\u00ed como de divulgaci\u00f3n externa de las actividades del INS; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Participar en el Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0 Son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n Administrativa y Financiera las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir, \u00a0coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los programas administrativos, con el fin \u00a0de garantizar el desarrollo de los planes, programas y proyectos del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Preparar \u00a0el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento con sujeci\u00f3n a las normas que \u00a0determine la Direcci\u00f3n General de Presupuesto del Ministerio de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico y presentarlo al despacho del Secretario General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar \u00a0el anteproyecto del Programa Anual de Caja y las solicitudes de acuerdo de \u00a0gastos, sus adiciones y traslados, con arreglo a las normas de la Ley Org\u00e1nica \u00a0de Presupuesto, a las de la Ley Anual de Presupuesto y a las normas \u00a0complementarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Expedir los \u00a0actos de car\u00e1cter administrativo de su competencia, de conformidad con los \u00a0procedimientos establecidos seg\u00fan las facultades que se le hubiesen conferido; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Controlar \u00a0el registro de los seguros y garant\u00edas que amparan los bienes y fondos de la \u00a0entidad y velar por la actualizaci\u00f3n y el pago oportuno de las primas \u00a0correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coordinar \u00a0la correcta y eficaz aplicaci\u00f3n de los sistemas financieros del Instituto, de \u00a0tal forma que \u00e9stos sean una fuente permanente de consulta por parte de la \u00a0direcci\u00f3n, para la toma de decisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Elaborar \u00a0los acuerdos de liquidaci\u00f3n del presupuesto y las solicitudes de acuerdos de \u00a0gastos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Ejecutar \u00a0y verificar que los registros presupuestales y contables se efect\u00faen de acuerdo \u00a0con las normas que sobre presupuesto y materia fiscal prescriba la Direcci\u00f3n \u00a0General de Presupuesto y la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Presentar \u00a0a la Direcci\u00f3n General de Presupuesto para su correspondiente seguimiento la \u00a0relaci\u00f3n de las reservas de caja y de apropiaci\u00f3n que se constituyan cada a\u00f1o; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Expedir \u00a0los certificados de disponibilidad presupuestal, previos a la formalizaci\u00f3n de \u00a0los actos administrativos que tengan incidencia presupuestal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Suministrar la informaci\u00f3n que requiera la Direcci\u00f3n General de Presupuesto, del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, y la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, garantizando la exactitud y veracidad del contenido; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Enviar a \u00a0las Oficinas de Planeaci\u00f3n y Sistemas y de Control Interno del Instituto, los \u00a0cierres mensuales de la ejecuci\u00f3n presupuestal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Vigilar \u00a0que los ingresos y egresos financieros del Instituto se cumplan bajo las normas \u00a0y t\u00e9rminos establecidos, para ello, deber\u00e1 elaborar procedimientos \u00e1giles y \u00a0oportunos que permitan el manejo eficiente de la cartera y la tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Dise\u00f1ar y \u00a0poner en funcionamiento, los procedimientos para la adquisici\u00f3n, almacenamiento \u00a0y suministro de bienes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Coordinar \u00a0y ejecutar la aplicaci\u00f3n de m\u00e9todos y procesos que permitan mejorar la gesti\u00f3n \u00a0de proveedur\u00eda, inventarios y almac\u00e9n al interior del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Dise\u00f1ar \u00a0mecanismos para la inscripci\u00f3n, clasificaci\u00f3n, calificaci\u00f3n, registro y control \u00a0de los proponentes del Instituto, de conformidad con las normas establecidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Coordinar \u00a0con las dem\u00e1s dependencias del Instituto la prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0generales requeridos para su \u00f3ptimo funcionamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE RECURSOS HUMANOS Y CAPACITACION. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0 \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Recursos Humanos y Capacitaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Planear, \u00a0dirigir, ejecutar y controlar los programas encaminados a optimizar la \u00a0utilizaci\u00f3n del recurso humano del Instituto, mediante el permanente \u00a0diagn\u00f3stico y la evaluaci\u00f3n de necesidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asistir a \u00a0la Secretar\u00eda General en la determinaci\u00f3n de pol\u00edticas en materia de \u00a0administraci\u00f3n de personal y formulaci\u00f3n de programas que de ellas se deriven, \u00a0canalizando las necesidades e iniciativas con el fin de proponer las medidas \u00a0necesarias para la toma de decisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Apoyar la \u00a0formulaci\u00f3n del Plan Anual de Capacitaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0dependencias del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dirigir, \u00a0ejecutar y controlar los procesos de reclutamiento, selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, \u00a0capacitaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del personal a vincular al Instituto, mediante el \u00a0dise\u00f1o de mecanismos que aseguren la idoneidad y eficacia del recurso humano \u00a0requerido; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Fomentar \u00a0en coordinaci\u00f3n con centros de investigaci\u00f3n y universidades, programas de \u00a0adiestramiento y capacitaci\u00f3n para el recurso humano del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Controlar \u00a0el cumplimiento de las normas disciplinarias establecidas por el Instituto e \u00a0implementar las que se requieran por la normal din\u00e1mica de la organizaci\u00f3n, \u00a0desarrollando los procedimientos dise\u00f1ados para tal fin; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar \u00a0y responder por la liquidaci\u00f3n y tr\u00e1mite oportuno de la n\u00f3mina, factores \u00a0salariales, prestaci\u00f3n y reconocimientos oportunos al personal, de acuerdo a \u00a0las normas vigentes y los reportes de las liquidaciones a las entidades \u00a0respectivas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Fomentar \u00a0programas de salud ocupacional y coordinar su ejecuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Efectuar \u00a0las providencias que se relacionen con el manejo de personal y realizar los \u00a0tr\u00e1mites administrativos necesarios para su aprobaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Informar \u00a0a las dependencias y a la Divisi\u00f3n Administrativa y Financiera sobre novedades \u00a0de personal tales como: nombramientos, ascensos, traslados, insubsistencias, \u00a0vacaciones, licencias y sanciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Sistematizar el manejo de n\u00f3mina y hojas de vida de los funcionarios del I.N.S; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Promover \u00a0el desarrollo del programa de Bienestar Social orientado a los funcionarios y a \u00a0su familia, mediante la motivaci\u00f3n y justificaci\u00f3n de los mismos para \u00a0garantizar el cumplimiento de los objetivos trazados por la Divisi\u00f3n de \u00a0Recursos Humanos y Capacitaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Coordinar \u00a0con la Secretar\u00eda General la adecuaci\u00f3n de las instalaciones que requieran \u00a0condiciones especiales de seguridad industrial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE SERVICIOS DE INFORMACION Y DIFUSION. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0 \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Servicios de Informaci\u00f3n y Difusi\u00f3n las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir, \u00a0coordinar y controlar la gesti\u00f3n de la Biblioteca Nacional de Salud y la \u00a0Imprenta, Proponiendo las recomendaciones necesarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Coordinar \u00a0la formulaci\u00f3n del Plan Anual de Adquisiciones Bibliogr\u00e1ficas y de \u00a0Publicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Adelantar \u00a0programas de divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de actividades y publicaciones del \u00a0Instituto Nacional de Salud, dirigido al Gobierno Nacional, al sector salud y a \u00a0la comunidad cient\u00edfica nacional e internacional, as\u00ed como a la opini\u00f3n \u00a0p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Proponer, \u00a0ejecutar y evaluar la aplicaci\u00f3n de m\u00e9todos y procedimientos, que permitan \u00a0mejorar el funcionamiento de la Biblioteca Nacional de Salud y la Imprenta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Promover \u00a0programas de intercambio de libros, documentos, revistas y dem\u00e1s material \u00a0bibliogr\u00e1fico que garanticen la permanente actualizaci\u00f3n de la colecci\u00f3n \u00a0cient\u00edfica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coordinar \u00a0la realizaci\u00f3n de los trabajos de fotograf\u00eda, fotocomposici\u00f3n dise\u00f1o, montaje, \u00a0fotomec\u00e1nica, encuadernaci\u00f3n, impresi\u00f3n y publicaci\u00f3n que se le solicite, de \u00a0acuerdo con las prioridades fijadas por la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Organizar \u00a0y conservar t\u00e9cnicamente los elementos y materiales que constituyen la \u00a0biblioteca y el centro de documentaci\u00f3n cient\u00edfica del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Asesorar \u00a0al Director del Instituto en lo referente a la imagen institucional, la \u00a0divulgaci\u00f3n y el dise\u00f1o de programas, y esquemas de diversos g\u00e9neros de \u00a0informaci\u00f3n para los diferentes medios de comunicaci\u00f3n, cuando \u00e9l lo requiera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Dise\u00f1ar \u00a0modelos de comunicaci\u00f3n alternativa, que promuevan la generaci\u00f3n de una cultura \u00a0corporativa en pro del desarrollo de la misi\u00f3n institucional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Crear \u00a0canales y procedimientos interinstitucionales para informar a los usuarios \u00a0sobre las acciones y programas del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Presentar \u00a0el programa y la evaluaci\u00f3n anual del trabajo realizado por la Divisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SUBDIRECCION \u00a0DE EPIDEMIOLOGIA Y RED NACIONAL DE LABORATORIOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de epidemiol\u00f3gica y Red Nacional de \u00a0Laboratorios las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular \u00a0y proponer pol\u00edticas, planes y programas para el desarrollo del sistema de \u00a0vigilancia epidemiol\u00f3gica y de transferencia de tecnolog\u00eda por medio de la Red \u00a0Nacional de Laboratorios, dirigidas al fomento de la salud, a la prevenci\u00f3n y \u00a0al control de factores de riesgo de las enfermedades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dirigir y \u00a0coordinar las labores t\u00e9cnicas y cient\u00edficas relacionadas con el desarrollo del \u00a0sistema nacional de vigilancia epidemiol\u00f3gica y red nacional de laboratorios, \u00a0de acuerdo con las pol\u00edticas fijadas por el Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo, la formulaci\u00f3n de programas \u00a0y de t\u00e9cnicas diagn\u00f3sticas que coadyuven a la prevenci\u00f3n de enfermedades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar \u00a0la vigilancia epidemiol\u00f3gica de las enfermedades de notificaci\u00f3n obligatoria; \u00a0as\u00ed como el an\u00e1lisis epidemiol\u00f3gico de la informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Apoyar a \u00a0los entes territoriales, para que \u00e9stos asuman las funciones de vigilancia \u00a0epidemiol\u00f3gica y las relacionadas con el laboratorio de salud p\u00fablica, de \u00a0acuerdo con el proceso de descentralizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Formular \u00a0planes y programas de apoyo a los diferentes niveles del sistema de salud, \u00a0asistencia t\u00e9cnica y transferencia tecnol\u00f3gica en el desarrollo de los \u00a0programas de vigilancia epidemiol\u00f3gica y de Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Elaborar, \u00a0concertar y presentar el Programa Anual de Actividades de la Red y de \u00a0Epidemiolog\u00eda al Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n para su aprobaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Promover \u00a0la estandarizaci\u00f3n, desarrollo, control y evaluaci\u00f3n de la transferencia de \u00a0tecnolog\u00eda, en aquellos laboratorios regionales, departamentales y municipales \u00a0que est\u00e9n en capacidad de asumir estas funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Dirigir a \u00a0partir del Laboratorio Central, la organizaci\u00f3n de las actividades de \u00a0Referencia y Contrarreferencia capacitaci\u00f3n, investigaci\u00f3n y control de \u00a0calidad, en la Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Asesorar, \u00a0ayudar y evaluar, al nivel regional, departamental y municipal en la organizaci\u00f3n \u00a0y funcionamiento de la Red Nacional de Laboratorios, y velar porque \u00e9sta a su \u00a0vez, asesore, supervise y vigile a los laboratorios de su \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Promover \u00a0la existencia de una infraestructura operacional, que permita atender la \u00a0demanda nacional, en materia de laboratorios de salud p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Identificar y actualizar aquellos programas que de acuerdo al perfil \u00a0epidemiol\u00f3gico del pa\u00eds, requieran transferencia de tecnolog\u00eda a trav\u00e9s de la \u00a0Red; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Organizar \u00a0grupos de reacci\u00f3n inmediata para el tratamiento y control de brotes \u00a0epid\u00e9micos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Coordinar \u00a0con las Universidades la ejecuci\u00f3n de programas de cooperaci\u00f3n en el \u00e1rea de su \u00a0competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) \u00a0Participar, por conducto del Subdirector, en el Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Presidir \u00a0el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Epidemiolog\u00eda y Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Presentar \u00a0el programa y la evaluaci\u00f3n anual del trabajo realizado por la Subdirecci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n y Vigilancia Epidemiol\u00f3gica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Programar, coordinar y ejecutar en coordinaci\u00f3n con la Red Nacional de \u00a0Laboratorios, los departamentos y los municipios, la vigilancia epidemiol\u00f3gica \u00a0de las enfermedades de notificaci\u00f3n obligatoria, estudiando tendencias, \u00a0factores de riesgo e identificando problemas epidemiol\u00f3gicos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Efectuar \u00a0el an\u00e1lisis epidemiol\u00f3gico de la informaci\u00f3n procedente de la Red Nacional de \u00a0laboratorios, y remitirla al Ministerio de Salud, con las recomendaciones \u00a0respectivas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Preparar \u00a0el bolet\u00edn epidemiol\u00f3gico nacional que integre el an\u00e1lisis y difusi\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n del sistema de enfermedades de notificaci\u00f3n obligatoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Programar, \u00a0coordinar y ejecutar en coordinaci\u00f3n con la Red Nacional de Laboratorios, la \u00a0vigilancia epidemiol\u00f3gica de las enfermedades que no sean de notificaci\u00f3n \u00a0obligatoria, estudiando tendencias e identificando factores de riesgo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Formular \u00a0programas de investigaci\u00f3n sobre la etiolog\u00eda de las enfermedades y establecer \u00a0sus relaciones entre si; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Participar, seg\u00fan su competencia, en las actividades t\u00e9cnico-cient\u00edficas \u00a0relacionadas con la elaboraci\u00f3n del mapa epidemiol\u00f3gico del pa\u00eds, en \u00a0coordinaci\u00f3n con el Departamento Administrativo Nacional de Estad\u00edstica y el \u00a0Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Prestar \u00a0asesor\u00eda t\u00e9cnica-epidemiol\u00f3gica al Ministerio de Salud, los departamentos, los \u00a0municipios y a todas las entidades que conforman el sector salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Participar y adelantar investigaci\u00f3n de epidemias o brotes de enfermedad en \u00a0poblaciones espec\u00edficas, en cuanto a su etiolog\u00eda, formas de transmisi\u00f3n y \u00a0control; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Dise\u00f1ar \u00a0modelos de evaluaci\u00f3n del impacto de las acciones de prevenci\u00f3n en \u00a0enfermedades, cuyo comportamiento lo amerite; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Presentar \u00a0el programa y la evaluaci\u00f3n anual del trabajo realizado por la Divisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE RED Y LABORATORIO CENTRAL DE REFERENCIA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Red y Laboratorio central de Referencia las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de las actividades de diagn\u00f3stico y referencia como Laboratorio \u00a0Central de la Red Nacional de Laboratorios de Colombia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Estandarizar y transferir el manejo de t\u00e9cnicas diagn\u00f3sticas de laboratorio, en \u00a0las entidades territoriales que lo demanden, establecer los niveles de \u00a0referencia y contrarreferencia de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Productos Biol\u00f3gicos y Qu\u00edmicos la producci\u00f3n de los \u00a0medios de cultivo y reactivos que tienen como destino final los laboratorios de \u00a0la Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Impulsar, \u00a0asesorar y coordinar la creaci\u00f3n de laboratorios cl\u00ednicos, de salud p\u00fablica, en \u00a0los niveles regional y departamental; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Asesorar \u00a0al Ministerio de Salud en la normalizaci\u00f3n y reglamentaci\u00f3n de los requisitos \u00a0m\u00ednimos de calidad de los laboratorios cl\u00ednicos y vigilar su cumplimiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coadyuvar \u00a0en la acreditaci\u00f3n de la garant\u00eda de calidad de los laboratorios cl\u00ednicos p\u00fablicos \u00a0y privados, mediante la validaci\u00f3n de equipos. reactivos, materiales y m\u00e9todos \u00a0de laboratorio en sus tres fases: pre-anal\u00edtica, anal\u00edtica y post-anal\u00edtica por \u00a0medio de Ia Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Estandarizar t\u00e9cnicas para el manejo y control de bancos de sangre y \u00f3rganos \u00a0estableciendo niveles de referencia y contrarreferencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Dise\u00f1ar \u00a0sistemas de informaci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n y \u00a0Sistemas, \u00e1giles en los diferentes niveles de la Red y que permitan solucionar \u00a0problemas relacionados con el manejo de bancos de sangre y de \u00f3rganos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; j) Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SUBDIRECCION \u00a0DE INVESTIGACION Y DESARROLLO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular \u00a0y proponer planes y programas de investigaci\u00f3n cient\u00edfica y desarrollo \u00a0tecnol\u00f3gico dirigidas al fomento de la salud y a la prevenci\u00f3n y control de \u00a0enfermedades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dirigir, \u00a0coordinar, ejecutar y controlar, con las Divisiones a su cargo, las actividades \u00a0de investigaci\u00f3n b\u00e1sica, aplicada y social en salud con \u00e9nfasis en los \u00a0principales problemas de salud del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0la formulaci\u00f3n de planes y programas de investigaci\u00f3n en salud, de acuerdo con \u00a0el perfil epidemiol\u00f3gico de Colombia y en concordancia con las pol\u00edticas del \u00a0Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Proponer \u00a0y ejecutar los programas y proyectos de investigaci\u00f3n biom\u00e9dica y de salud \u00a0ambiental, atendiendo las prioridades establecidas por el Consejo Cient\u00edfico \u00a0T\u00e9cnico y la Direcci\u00f3n del INS; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Definir \u00a0con las Divisiones a su cargo las \u00e1reas program\u00e1ticas de cada una; de acuerdo \u00a0con los planes, programas y proyectos fijados por la Direcci\u00f3n del INS; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coordinar \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Vigilancia Epidemiol\u00f3gica y Red Nacional de \u00a0Laboratorios, la creaci\u00f3n, desarrollo y transferencia de tecnolog\u00eda a los \u00a0niveles regional, departamental y municipal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Vigilancia Epidemiol\u00f3gica y Red Nacional de \u00a0Laboratorios, la referencia de patolog\u00edas que por su complejidad deban ser \u00a0tratadas por la Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo a trav\u00e9s de sus \u00a0dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Presentar \u00a0al Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Investigaciones. los protocolos de investigaci\u00f3n para su \u00a0revisi\u00f3n aprobaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Tramitar \u00a0ante organismos nacionales e internacionales las solicitudes de financiamiento \u00a0para programas y proyectos de investigaci\u00f3n desarrollados por el Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Servir de \u00a0interlocutor con otras instituciones para recibir informaci\u00f3n de otros sectores \u00a0de la administraci\u00f3n publica y de la comunidad cient\u00edfica, as\u00ed como Para la \u00a0coordinaci\u00f3n de programas de investigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Dirigir y \u00a0administrar y controlar el funcionamiento del \u00e1rea de servicios de apoyo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Dirigir, \u00a0coordinar, vigilar y controlar el personal a su cargo, en el desempe\u00f1o de sus \u00a0funciones y en la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y proyectos \u00a0Institucionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Presentar \u00a0el programa y la evaluaci\u00f3n anual del trabajo realizado por la Subdirecci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Participar, \u00a0por conducto del Subdirector, en el Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00f1) Presidir, \u00a0por conducto del Subdirector, el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Investigaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE INVESTIGACION BASICA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n B\u00e1sica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Definir, \u00a0bajo la coordinaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo, las \u00a0\u00e1reas program\u00e1ticas y los proyectos de investigaci\u00f3n en las \u00e1reas que \u00a0comprenden las ciencias b\u00e1sicas, la biotecnolog\u00eda y la salud ambiental, que \u00a0deban ser desarrolladas por el Instituto, de acuerdo con las recomendaciones \u00a0del Consejo Cient\u00edfico T\u00e9cnico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Identificar, explorar, proponer y ejecutar proyectos de investigaci\u00f3n \u00a0cient\u00edfica, atendiendo los principales problemas de salud p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0las actividades cient\u00edficas y administrativas de la Divisi\u00f3n, para el apoyo de \u00a0todos los programas y proyectos de investigaci\u00f3n que desarrolle la Divisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dirigir, \u00a0supervisar y evaluar el progreso y desarrollo de los distintos proyectos e \u00a0informar al Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Investigaciones, sobre el estado de su ejecuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Gestionar \u00a0la consecuci\u00f3n de recursos externos para la ejecuci\u00f3n de proyectos de \u00a0investigaci\u00f3n; y apoyar institucional y administrativamente las iniciativas que \u00a0en ese sentido surjan de los proyectos adelantados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Asignar y \u00a0distribuir de acuerdo con las \u00e1reas program\u00e1ticas de investigaci\u00f3n el recurso \u00a0humano t\u00e9cnico con el fin de garantizar el desarrollo de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Servir de \u00a0interlocutor con otras instituciones para recibir informaci\u00f3n de otros sectores \u00a0de la administraci\u00f3n p\u00fablica y para coordinar con ellos programas de \u00a0investigaci\u00f3n y desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Velar par \u00a0la adecuada presentaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los resultados de las \u00a0investigaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Promover \u00a0la utilizaci\u00f3n de los resultados de las investigaciones en la planeaci\u00f3n, \u00a0administraci\u00f3n y operaci\u00f3n de los servicios de salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Rendir a \u00a0la Subdirecci\u00f3n los informes que le solicite; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Participar, por conducto del Jefe de Divisi\u00f3n, en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de \u00a0Investigaciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>I) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE INVESTIGACION APLICADA EN SALUD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n Aplicada en Salud las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Definir, \u00a0bajo la coordinaci\u00f3n de la Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo, las \u00a0\u00e1reas program\u00e1ticas y los proyectas de investigaci\u00f3n cient\u00edfica a desarrollar \u00a0por el Instituto, de acuerdo con las recomendaciones del Consejo Cient\u00edfico \u00a0T\u00e9cnico y las pol\u00edticas fijadas por la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Investigar en nuevos modelos y en el perfeccionamiento de los vigentes, para el \u00a0control y prevenci\u00f3n de las principales enfermedades que afectan la poblaci\u00f3n \u00a0colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0con las Divisiones de Vigilancia Epidemiol\u00f3gica y Laboratorio Central de \u00a0Referencia, la ejecuci\u00f3n de aquellas investigaciones consideradas prioritarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dise\u00f1ar \u00a0modelos de Intervenci\u00f3n para las enfermedades en tres niveles: prevenci\u00f3n, \u00a0diagn\u00f3stico-tratamiento y rehabilitaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Formular, \u00a0identificar, explorar, proponer y ejecutar \u00e1reas de investigaci\u00f3n cient\u00edfica y \u00a0desarrollo biotecnol\u00f3gico acordes con el perfil epidemiol\u00f3gico del pa\u00eds: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Asignar y \u00a0distribuir de acuerdo con los proyectos de investigaci\u00f3n el recurso humano y \u00a0t\u00e9cnico con el fin de garantizar el desarrollo de los mismos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Velar por \u00a0la adecuada presentaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de los resultados de las \u00a0investigaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Promover \u00a0la utilizaci\u00f3n de los resultados de las investigaciones en la planeaci\u00f3n, \u00a0administraci\u00f3n y operaci\u00f3n de los servicios de salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Rendir a \u00a0la Subdirecci\u00f3n los informes que le solicite; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Participar en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Investigaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE INVESTIGACION SOCIAL EN SALUD. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n Social en Salud las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Ejecutar \u00a0los programas y proyectos de Investigaci\u00f3n socio-econ\u00f3mica que tengan impacto \u00a0en la salud de la poblaci\u00f3n, de acuerdo con las prioridades fijadas por el \u00a0Consejo Cient\u00edfico T\u00e9cnico, la Direcci\u00f3n del INS y el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de \u00a0Epidemiolog\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Identificar, dirigir, ejecutar, explorar y proponer \u00e1reas de investigaci\u00f3n \u00a0relacionadas con el impacto socioecon\u00f3mico en problemas de salud p\u00fablica, de \u00a0acuerdo con el perfil epidemiol\u00f3gico del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Desarrollar un sistema de informaci\u00f3n que permita identificar permanentemente \u00a0los principales factores de riesgo de tipo socioecon\u00f3mico y cultural; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar \u00a0con la Divisi\u00f3n de Vigilancia Epid\u00e9miol\u00f3gica, la cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica en \u00a0investigaciones que as\u00ed lo requieran, para la ejecuci\u00f3n conjunta de proyectos \u00a0de investigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Dise\u00f1ar y \u00a0evaluar modelos de prevenci\u00f3n para el control de las principales enfermedades \u00a0que presenten factores de riesgo de tipo socioecon\u00f3mico y cultural, para la \u00a0promoci\u00f3n de la salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dise\u00f1ar \u00a0sistemas de informaci\u00f3n que consoliden el banco de datos con los resultados de \u00a0la informaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica, generada en el nivel regional, departamental y \u00a0municipal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Realizar \u00a0la medici\u00f3n de variables, la estimaci\u00f3n de par\u00e1metros de poblaci\u00f3n, las pruebas \u00a0estad\u00edsticas y las comparaciones entre grupos, a trav\u00e9s del tiempo y entre \u00a0diversos estudios de la informaci\u00f3n epidemiol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Desarrollar y aplicar m\u00e9todos, t\u00e9cnicas y procedimientos estad\u00edsticos en el \u00a0dise\u00f1o y an\u00e1lisis de las investigaciones epidemiol\u00f3gicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Cooperar \u00a0con las dem\u00e1s \u00e1reas del Instituto en la elaboraci\u00f3n de dise\u00f1os, desarrollo y \u00a0aplicaci\u00f3n de m\u00e9todos, t\u00e9cnicas y procedimientos de investigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Brindar \u00a0apoyo estad\u00edstico a los grupos del INS, en el dise\u00f1o, recolecci\u00f3n, elaboraci\u00f3n, \u00a0an\u00e1lisis y presentaci\u00f3n de resultados en los proyectos de investigaci\u00f3n que as\u00ed \u00a0lo requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Participar, por conducto del Jefe de Divisi\u00f3n, en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de \u00a0Investigaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE ANIMALES DE LABORATORIO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Animales de Laboratorio las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Administrar y controlar el funcionamiento del Bioterio Central, las fincas y \u00a0los centros de experimentaci\u00f3n a crearse a cargo del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Producir \u00a0y distribuir las principales especies, razas, l\u00edneas o subl\u00edneas de animales de \u00a0laboratorio, en la cantidad y calidad que demande el control biol\u00f3gico y las \u00a0investigaciones del INS; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Controlar \u00a0y garantizar las condiciones en las cuales se deben mantener los animales \u00a0libres de agentes pat\u00f3genos espec\u00edficos, as\u00ed como la distribuci\u00f3n de los \u00a0insumos adecuados a cada una de las especies utilizadas en la investigaci\u00f3n, la \u00a0experimentaci\u00f3n y el control de calidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Brindar \u00a0asesor\u00eda cient\u00edfico-t\u00e9cnica en la ciencia de los animales de laboratorio, a la \u00a0Direcci\u00f3n, investigadores, profesionales y dem\u00e1s funcionarios del INS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Ejecutar \u00a0investigaci\u00f3n cient\u00edfica b\u00e1sica y aplicada con el prop\u00f3sito de desarrollar y \u00a0mejorar la calidad de los animales de laboratorio en la instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Promover \u00a0el desarrollo de la ciencia de los animales de laboratorio, en universidades, \u00a0instituciones cient\u00edficas y entidades territoriales de Colombia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Realizar \u00a0cursos de actualizaci\u00f3n, entrenamiento y capacitaci\u00f3n en el perfil de los \u00a0animales del laboratorio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coordinar \u00a0el mantenimiento de los equipos del bioterio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Participar, \u00a0por conducto del Jefe de Divisi\u00f3n, en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de investigaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SUBDIRECCION \u00a0DE PRODUCCION DE BIOLOGICOS Y QUIMICOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Producci\u00f3n de Biol\u00f3gicos y Qu\u00edmicos, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular, \u00a0proponer planes y programas de producci\u00f3n y distribuci\u00f3n de productos \u00a0biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos e insumos cr\u00edticos necesarios para las campa\u00f1as de \u00a0prevenci\u00f3n e inmunizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Proponer \u00a0la formulaci\u00f3n de programas y proyectos de desarrollo tecnol\u00f3gico en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Investigaci\u00f3n y Desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Concertar \u00a0con el Ministerio de Salud la producci\u00f3n anual de biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos \u00a0necesarios para las campa\u00f1as de prevenci\u00f3n e inmunizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Formular, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n y Sistemas y la Secretar\u00eda \u00a0General, la programaci\u00f3n de insumos, equipos y otros elementos requeridos para \u00a0la producci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Elaborar, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las unidades a su cargo el plan de producci\u00f3n anual; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Formular \u00a0planes y programas de desarrollo tecnol\u00f3gico, en lo que respecta al volumen \u00a0demandado, la capacidad instalada y el tama\u00f1o de la oferta de mercado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Formular, \u00a0en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Salud y las Direcciones Seccionales de \u00a0Salud, el programa de distribuci\u00f3n de vacunas, sales rehidratantes y otros \u00a0insumos cr\u00edticos requeridos para las campa\u00f1as de inmunizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Formular \u00a0planes y programas de costeo, comercializaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de las l\u00edneas de \u00a0producci\u00f3n en el mercado nacional e internacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Coordinar \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Vigilancia Sanitaria las pruebas de control de calidad \u00a0requeridas para garantizar la calidad de los productos biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos a \u00a0cargo de la Subdirecci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Dirigir y \u00a0supervisar los estudios de costos y an\u00e1lisis de procesos de producci\u00f3n y \u00a0distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coordinar \u00a0con los Jefes de Divisi\u00f3n del \u00e1rea la asignaci\u00f3n y distribuci\u00f3n del personal \u00a0adscrito a la Subdirecci\u00f3n de acuerdo con las necesidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Coordinar \u00a0con el Ministerio de Salud y con las Direcciones Seccionales de Salud la \u00a0distribuci\u00f3n de vacunas, sales rehidratantes y otros elementos requeridos para \u00a0las campa\u00f1as de prevenci\u00f3n; m) Presentar el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE PRODUCCION. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Producci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir \u00a0los procesos de producci\u00f3n de vacunas virales, bacterianas, sueros \u00a0hiperinmunes, sales rehidratantes, medios de cultivo, reactivos y dem\u00e1s \u00a0productos que le sean solicitados para campa\u00f1as de prevenci\u00f3n e inmunizaci\u00f3n \u00a0adelantadas por el Ministerio de Salud, de conformidad con la programaci\u00f3n establecida; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Coordinar, evaluar, inspeccionar y responder por el efectivo control de calidad \u00a0de los productos biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Formular \u00a0programas de supervisi\u00f3n y control para el cumplimiento de las buenas pr\u00e1cticas \u00a0de manufactura establecidas por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud (OMS) para \u00a0la fabricaci\u00f3n de los diferentes productos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Ejecutar \u00a0y supervisar la programaci\u00f3n anual de producci\u00f3n determinando las necesidades \u00a0de insumos y costos totales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Garantizar \u00a0el oportuno abastecimiento de los productos que le sean requeridos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Brindar \u00a0la informaci\u00f3n requerida sobre composici\u00f3n, indicaciones, modo de empleo, \u00a0dosificaci\u00f3n, inmunidad, contraindicaciones y dem\u00e1s informaci\u00f3n que se le \u00a0solicite sobre sus productos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Programar \u00a0el mantenimiento de los equipos a cargo de la Divisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Las dem\u00e1s \u00a0que le Sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE SERVICIOS BASICOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Servicios B\u00e1sicos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Coordinar \u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios de esterilizaciones, envase, empaque y bodegaje \u00a0a las \u00e1reas de producci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Velar por \u00a0el cumplimiento de todas las precauciones de esterilidad necesarias en \u00a0instalaciones e instrumentos que eviten la contaminaci\u00f3n en la fabricaci\u00f3n de \u00a0distintos productos que se realicen en los mismos locales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar \u00a0la programaci\u00f3n de necesidades de insumos y elementos requeridos para la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de envase y empaque; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Responder \u00a0por la reserva de muestras de cada lote como material de referencia hasta la \u00a0fecha de caducidad del lote; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Dirigir y \u00a0ejecutar programas que verifiquen la exactitud de la rotulaci\u00f3n una vez \u00a0practicadas, resumidas y evaluadas todas las pruebas de calidad necesarias, as\u00ed \u00a0como las de ensayo de identificaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dirigir y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n del proceso de bodegaje, almacenamiento y distribuci\u00f3n \u00a0de los productos biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos a temperaturas constantes comprendidas \u00a0entre los l\u00edmites favorables para su estabilidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar \u00a0el almacenamiento y distribuci\u00f3n de los insumos necesarios para la producci\u00f3n \u00a0de biol\u00f3gicos y qu\u00edmicos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Dirigir, \u00a0supervisar y responder por la ejecuci\u00f3n de los programas de manejo de inventarios \u00a0de materias primas y productos terminados, as\u00ed como el programa de distribuci\u00f3n \u00a0externa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0COMERCIAL Y DE COSTOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n Comercial y de Costos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Preparar, \u00a0presentar y ejecutar programas, proyectos y estrategias de comercializaci\u00f3n de \u00a0las l\u00edneas de producci\u00f3n buscando m\u00e1rgenes de beneficio de las l\u00edneas ofrecidas \u00a0a nivel nacional e internacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Ejecutar \u00a0los estudios de tipo financiero y econ\u00f3mico necesarios para la proyecci\u00f3n de \u00a0oferta y demanda de productos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0las procesos de promoci\u00f3n y publicidad de los productos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Fomentar las \u00a0investigaciones tendientes a ampliar los canales de comercializaci\u00f3n nacionales \u00a0e internacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Desarrollar los canales de distribuci\u00f3n, tanto institucionales como \u00a0interinstitucionales, que garanticen la eficiente distribuci\u00f3n de productos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Administrar \u00a0los procesos de ventas externas e interna, incluyendo los servicios de \u00a0post-venta requeridos por el comprador; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Suministrar informes al Subdirector de Producci\u00f3n sobre la eficiencia \u00a0financiera de la producci\u00f3n y formular las recomendaciones necesarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Gestionar \u00a0y coordinar los procesos de importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n del \u00e1rea de producci\u00f3n, \u00a0en coordinaci\u00f3n can la Subdirecci\u00f3n Administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Elaborar \u00a0y mantener actualizados los an\u00e1lisis estad\u00edsticos, econ\u00f3micos y de costos de \u00a0producci\u00f3n y distribuci\u00f3n y elaborar evaluaciones de ampliaci\u00f3n de la capacidad \u00a0instalada, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n y Sistemas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0j) Efectuar estudios econ\u00f3micos tendientes a \u00a0evaluar financieramente la incorporaci\u00f3n de nuevas l\u00edneas de producci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Asesorar \u00a0al Subdirector de Producci\u00f3n en todos los aspectos referentes con la \u00a0comercializaci\u00f3n y factibilidad financiera de la ampliaci\u00f3n de l\u00edneas de \u00a0producci\u00f3n o incorporaci\u00f3n de nuevas l\u00edneas; l) Presentar el informe anual del \u00a0\u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SUBDIRECCION \u00a0DE VIGILANCIA SANITARIA DE MEDICAMENTOS Y ALIMENTOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. \u00a0Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Vigilancia Sanitaria de Medicamentos y \u00a0Alimentos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular \u00a0y proponer planes y programas tendientes al aseguramiento de la calidad de los \u00a0medicamentos, vacunas, cosm\u00e9ticos, alimentos, bebidas dem\u00e1s productos que \u00a0requieran registro sanitario, mediante la ejecuci\u00f3n de programas de vigilancia \u00a0y control de calidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Planear y \u00a0desarrollar, en coordinaci\u00f3n con el Ministerio de Salud, programas de \u00a0vigilancia e inspecci\u00f3n en los procesos de fabricaci\u00f3n, supervisando el \u00a0cumplimiento de las buenas pr\u00e1cticas de manufactura en laboratorios y f\u00e1bricas \u00a0que elaboren los productos antes mencionados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Formular \u00a0y desarrollar programas de F\u00e1rmaco-Vigilancia y Vigilancia Epidemiol\u00f3gica de \u00a0enfermedades transmitidas por alimentos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Formular \u00a0programas y proyectos de investigaci\u00f3n y desarrollo de nuevas t\u00e9cnicas \u00a0anal\u00edticas en el \u00e1rea, que sean reproducibles a diferentes niveles; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Coordinar \u00a0la ejecuci\u00f3n de estudios farmacol\u00f3gicos y toxicol\u00f3gicos de medicamentos y \u00a0aditivos en alimentos y otros productos que incidan en la salud individual o \u00a0colectiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Participar en la planeaci\u00f3n y desarrollo de las actividades de la Red Nacional \u00a0de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Mantener \u00a0constante intercambio de informaci\u00f3n con los organismos nacionales e \u00a0internacionales, para los programas externos de control de calidad, nuevas \u00a0tecnolog\u00edas, obtenci\u00f3n de sustancias y microorganismos de referencia y en \u00a0general aspectos relacionados con las funciones propias de la Subdirecci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coordinar \u00a0con la Divisi\u00f3n de Laboratorio Central de Referencia, la ejecuci\u00f3n de las \u00a0acciones que impliquen an\u00e1lisis de medicamentos, alimentos, bebidas y dem\u00e1s \u00a0productos que requieran registro sanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Fomentar \u00a0el apoyo t\u00e9cnico-cient\u00edfico interinstitucional, con entidades especializadas \u00a0nacionales o extranjeras, para aquellas funciones que as\u00ed lo requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Orientar el \u00a0manejo, organizaci\u00f3n, recolecci\u00f3n, y clasificaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n nacional \u00a0e internacional que sirva de referencia y de consulta para la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones asignadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Apoyar la \u00a0elaboraci\u00f3n de publicaciones relacionadas con la vigilancia sanitaria de \u00a0medicamentos y alimentos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Participar en los comit\u00e9s nacionales e internacionales de normalizaci\u00f3n sobre \u00a0la inspecci\u00f3n y control de calidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE CONTROL DE MEDICAMENTOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Control de Medicamentos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de an\u00e1lisis f\u00edsico-qu\u00edmicos, farmac\u00e9uticos, biol\u00f3gicos y \u00a0farmacol\u00f3gicos de drogas, medicamentos, cosm\u00e9ticos y productos higi\u00e9nicos y \u00a0sanitarios para la concesi\u00f3n, revisi\u00f3n o renovaci\u00f3n del registro otorgado por \u00a0el Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Coordinar \u00a0la realizaci\u00f3n del control de calidad en los programas de vigilancia sanitaria, \u00a0que para dicho fin, se efect\u00faen por parte del Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0con el Ministerio de Salud, la expedici\u00f3n de conceptos sobre la calidad de los \u00a0productos objeto de exportaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Expedir \u00a0cuando fuere el caso conceptos sobre la calidad de los productos enviados por \u00a0entidades oficiales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Efectuar \u00a0el control de calidad de la producci\u00f3n encomendada a terceros por el Fondo \u00a0Nacional de Estupefacientes del Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Formular \u00a0y ejecutar programas de control permanente a las materias primas y lotes de \u00a0productos terminados elaborados por el grupo de sales de rehidrataci\u00f3n oral del \u00a0Instituto Nacional de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Formular \u00a0y ejecutar programas de control de calidad a materias primas y productos terminados \u00a0elaborados por particulares a petici\u00f3n de ellos, seg\u00fan reglamentaci\u00f3n que se \u00a0expida al respecto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Velar por \u00a0la permanente revisi\u00f3n, modificaci\u00f3n y estandarizaci\u00f3n de t\u00e9cnicas de an\u00e1lisis \u00a0para los productos anteriormente citados: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Certificar \u00a0la capacidad t\u00e9cnica en laboratorios oficiales, para que estos, realicen el \u00a0control de calidad de alimentos y bebidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Coordinar \u00a0la participaci\u00f3n del \u00e1rea de control de medicamentos en la reglamentaci\u00f3n \u00a0nacional referente a los requisitos de calidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coordinar \u00a0la participaci\u00f3n del \u00e1rea de control de medicamentos de los programas de Red \u00a0Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Promover \u00a0la investigaci\u00f3n en el \u00e1rea de an\u00e1lisis de medicamentos y cosm\u00e9ticos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE CONTROL DE ALIMENTOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Control de Alimentos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de los an\u00e1lisis organol\u00e9pticos, f\u00edsicos, qu\u00edmicos, microbiol\u00f3gicos \u00a0y de contaminantes de alimentos y bebidas alcoh\u00f3licas para la concesi\u00f3n, \u00a0revisi\u00f3n o renovaci\u00f3n del registro sanitario otorgado por el Ministerio de \u00a0Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Coordinar \u00a0la realizaci\u00f3n del control de calidad en los programas de inspecci\u00f3n del \u00a0Ministerio de Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Expedir \u00a0cuando fuere el caso conceptos sobre la calidad de los productos enviados por \u00a0entidades oficiales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Coordinar \u00a0con el Ministerio de Salud, la inspecci\u00f3n a los establecimientos productores de \u00a0alimentos y bebidas alcoh\u00f3licas, a fin de que cumplan con las buenas pr\u00e1cticas \u00a0de manufactura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Expedir \u00a0cuando fuere el caso conceptos sobre la calidad de los productos objeto de \u00a0exportaci\u00f3n; f) Formular y ejecutar programas de control de calidad a materias \u00a0primas y productos terminados elaborados por particulares a petici\u00f3n de ellos, \u00a0seg\u00fan reglamentaci\u00f3n que se expida al respecto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar \u00a0la participaci\u00f3n, tanto con el Ministerio de Salud como con otros organismos \u00a0normalizadores, en la elaboraci\u00f3n de normas sobre requisitos que deben cumplir \u00a0estos productos; h) Velar por la permanente revisi\u00f3n, modificaci\u00f3n y \u00a0estandarizaci\u00f3n de t\u00e9cnicas anal\u00edticas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Prestar \u00a0cuando fuere el caso la asistencia t\u00e9cnica a entidades oficiales y \u00a0particulares; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Promover \u00a0y realizar investigaciones en el \u00e1rea de an\u00e1lisis de alimentos y bebidas \u00a0alcoh\u00f3licas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Certificar la capacidad t\u00e9cnica en Laboratorios Oficiales, para que \u00e9stos, \u00a0realicen el control de calidad de alimentos y bebidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Presentar \u00a0el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIVISION \u00a0DE CONTROL DE VACUNAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n de Control de Vacunas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir \u00a0la ejecuci\u00f3n de los an\u00e1lisis de control de calidad de las vacunas virales, \u00a0bacterianas y otros biol\u00f3gicos de uso humano obtenidos por biotecnolog\u00eda, tanto \u00a0de producci\u00f3n nacional como importados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Coordinar \u00a0con el Ministerio de Salud la inspecci\u00f3n a los establecimientos productores de \u00a0vacunas, a fin de que las pruebas de control de calidad cumplan con las buenas \u00a0pr\u00e1cticas de manufactura; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Formular \u00a0programas de investigaci\u00f3n, revisi\u00f3n y estandarizaci\u00f3n de t\u00e9cnicas para el \u00a0control de calidad de vacunas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dise\u00f1ar y \u00a0poner en funcionamiento un banco de informaci\u00f3n t\u00e9cnico-cient\u00edfica de todas las \u00a0vacunas de uso humano; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Expedir, \u00a0cuando sea el caso, los conceptos sobre seguridad y efectividad de las vacunas \u00a0producidas o importadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Participar \u00a0en el estudio y selecci\u00f3n de criterios de calidad para nuevos productos \u00a0presentados a registro sanitario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Contribuir al desarrollo de proyectos sobre metodolog\u00eda anal\u00edtica aplicada al \u00a0control de productos nuevos en el mercado nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Participar \u00a0en la reglamentaci\u00f3n nacional, referente a los requisitos de control de calidad \u00a0de materias primas, productos en proceso, productos a granel y productos \u00a0terminados de vacunas virales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Elaborar \u00a0procedimientos normalizados para el cumplimiento de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Desarrollar y apoyar en programas de control de calidad de productos biol\u00f3gicos \u00a0dentro de la Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Participar, por conducto del Jefe de Divisi\u00f3n, en el Comit\u00e9 T\u00e9cnico de \u00a0Vigilancia Sanitaria; l) Presentar el informe anual del \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS \u00a0DE ASESORIA Y COORDINACION \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>COMITE \u00a0DE DIRECCION. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. \u00a0El Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n estar\u00e1 integrado y cumplir\u00e1 sus funciones de conformidad \u00a0con las disposiciones legales establecidas en los art\u00edculos 16 y 17 del Decreto 2166 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>COMITE \u00a0TECNICO DE INVESTIGACIONES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27 \u00a0El Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Investigaciones estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El \u00a0Subdirector de Investigaci\u00f3n y Desarrollo, quien lo presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El \u00a0Subdirector de Epidemiolog\u00eda y Red Nacional de Laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Jefe \u00a0de la Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n B\u00e1sica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Jefe \u00a0de la Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n Aplicada en Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El Jefe \u00a0de la Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n Social en Salud; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) El Jefe \u00a0de la Divisi\u00f3n de Vigilancia Epidemiol\u00f3gica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) El Jefe \u00a0de la Oficina de Planeaci\u00f3n y Sistemas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) El Jefe de \u00a0la Divisi\u00f3n de Animales de Laboratorio. El Presidente del Comit\u00e9 podr\u00e1 invitar \u00a0a las sesiones a aquellas personas que considere necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. \u00a0Son funciones del Comit\u00e9 T\u00e9cnico de Investigaciones las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular \u00a0el plan anual de investigaciones de acuerdo can los lineamientos fijados por la \u00a0Direcci\u00f3n y las recomendaciones del Consejo Cient\u00edfico T\u00e9cnico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Establecer criterios de selecci\u00f3n para los protocolos de investigaci\u00f3n, \u00a0examinando que cumplan con los requisitos m\u00ednimos exigidos para su aprobaci\u00f3n, \u00a0la viabilidad de su ejecuci\u00f3n y la concordancia con los programas fijados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Seleccionar las proyectos de investigaci\u00f3n que se ejecutar\u00e1n en las diferentes \u00a0divisiones y \u00e1reas program\u00e1ticas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Brindar \u00a0lineamientos generales para la asignaci\u00f3n de los recursos humanos, tecnol\u00f3gicos \u00a0y financieros para los proyectos aprobados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Ejercer \u00a0el control permanente de resultados a los proyectos adelantados, evaluando el \u00a0logro de los objetivos alcanzados y brindando recomendaciones sobre medidas que \u00a0se deban tomar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Rendir \u00a0anualmente ante el Director el informe de actividades desarrolladas destacando \u00a0los logros obtenidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Elaborar \u00a0su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>COMISION \u00a0DE PERSONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. \u00a0La Comisi\u00f3n de Personal se Integrar\u00e1 y cumplir\u00e1 sus funciones de conformidad \u00a0con las disposiciones legales vigentes que regulen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSEJO \u00a0CIENTIFICO-TECNICO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. \u00a0El Consejo Cient\u00edfico-T\u00e9cnico estar\u00e1 conformado por siete (7) miembros designados \u00a0por la Junta Directiva, mediante elecci\u00f3n anual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0 \u00a0El Director del Instituto Nacional de Salud forma parte del Consejo Cient\u00edfico \u00a0T\u00e9cnico con derecho a voz pero no a voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0 \u00a0El Subdirector de Investigaci\u00f3n y Desarrollo del Instituto Nacional de Salud \u00a0ser\u00e1 Secretario del Consejo Cient\u00edfico T\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. \u00a0Son funciones del Consejo Cient\u00edfico T\u00e9cnico adem\u00e1s de las establecidas en el \u00a0art\u00edculo 10 del Decreto 2166 de 1992 \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asesorar \u00a0a la Junta Directiva y al Director en los componentes cient\u00edficos y t\u00e9cnicos de \u00a0las pol\u00edticas, planes, programas y proyectos del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Servir de \u00a0enlace entre el Instituto, el Ministerio de Salud y sus instituciones \u00a0vinculadas y adscritas, as\u00ed como todas aquellas instituciones de \u00edndole similar \u00a0al Instituto que existan en el pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Asesorar \u00a0y conceptuar, desde el punto de vista cient\u00edfico y t\u00e9cnico, sobre los planes, \u00a0programas y proyectos del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Definir \u00a0criterios cient\u00edficos para la formulaci\u00f3n de planes y programas, as\u00ed como para \u00a0selecci\u00f3n de proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Asesorar \u00a0la evaluaci\u00f3n de los informes de programas y proyectos recomendando las medidas \u00a0pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Elaborar \u00a0su propio reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las dem\u00e1s \u00a0que le se\u00f1ale la ley, los estatutos y los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. \u00a0El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobaci\u00f3n por Decreto de \u00a0parte del Gobierno Nacional y deroga las disposiciones actuales que le sean \u00a0contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., a los 9 d\u00edas del mes de agosto de l993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Junta Directiva, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) JUAN LUIS \u00a0LONDO\u00d1O Ministro de Salud. La Secretaria, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) \u00a0MARTHA GEMMA GOMEZ LOPEZ Secretaria Junta Directiva INS\u00bb. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO \u00a0SEGUNDO. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D C., a 1\u00b0 de septiembre de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR \u00a0GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RUDOLF \u00a0HOMMES, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de Salud, JUAN LUIS LONDO\u00d1O. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CARLOS \u00a0HUMBERTO ISAZA RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1733 DE 1993 \u00a0 \u00a0\u00a0 (septiembre \u00a01\u00b0) \u00a0 \u00a0 POR EL CUAL SE APRUEBA \u00a0EL ACUERDO N\u00daMERO 12 DEL DE AGOSTO DE 1993, &#8220;POR EL CUAL SE ESTABLECE LA \u00a0ESTRUCTURA INTERNA DEL INSTITUTO NACIONAL DE SALUD Y SE DETERMINAN LAS \u00a0FUNCIONES DE SUS DEPENDENCIAS&#8221;. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 1211 de 1995, [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-23303","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1993"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23303","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=23303"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23303\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=23303"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=23303"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=23303"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}