{"id":23694,"date":"2023-07-12T19:32:11","date_gmt":"2023-07-12T19:32:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-541-de-1993\/"},"modified":"2023-07-12T19:32:11","modified_gmt":"2023-07-12T19:32:11","slug":"decreto-541-de-1993","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-541-de-1993\/","title":{"rendered":"DECRETO 541 DE 1993"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 541 DE 1993 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(marzo 23) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>POR EL CUAL SE \u00a0APRUEBA LA REFORMA DE LOS ARTICULOS 4\u00ba, 22 NUMERAL 2\u00ba, 31 NUMERAL 5\u00ba Y EL \u00a0ARTICULO 36 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES DEL BANCO POPULAR. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren los \u00a0Decretos\u2011leyes 1050 y 3130 de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00ba Apru\u00e9base la reforma de \u00a0los art\u00edculos 4\u00ba, 22 numeral 2\u00ba, 31 numeral 5\u00ba y el art\u00edculo 36 de los \u00a0Estatutos Sociales del Banco Popular, autorizada mediante Resoluci\u00f3n n\u00famero 002 \u00a0de 1992 expedida por la Asamblea General de Accionistas del Banco Popular, cuyo \u00a0texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RESOLUCION N\u00daMERO \u00a0002 DE 1992 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(octubre 23) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio de la cual se reforman los \u00a0art\u00edculos 4\u00ba, 22 numeral 2\u00ba, 31 numeral 5\u00ba y el art\u00edculo 36 de los Estatutos \u00a0Sociales del Banco Popular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Asamblea General de Accionistas del \u00a0Banco Popular, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y en general \u00a0las que le confiere el numeral 8 del art\u00edculo 22 de los Estatutos Sociales, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Que es decisi\u00f3n de la Asamblea \u00a0General de Accionistas, continuar contribuyendo con los recursos del Banco para \u00a0el desarrollo de la cultura nacional y para que se presten servicios de \u00a0asesor\u00eda jur\u00eddica en favor de personas y entidades de escasos recursos y \u00a0beneficio social, dando cumplimiento a los art\u00edculos 1\u00ba y 2\u00ba de la Constituci\u00f3n Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Que dada la calidad de empleado \u00a0p\u00fablico del Presidente del Banco, corresponde al Gobierno Nacional fijar la \u00a0remuneraci\u00f3n del mismo seg\u00fan disposiciones vigentes (hoy Decreto 1661\/92 y Ley \u00a04\/92); \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Que de acuerdo con los art\u00edculos \u00a01.2.0.5.1 y 1.2.0.5.2 del Decreto 1730 de 1991 \u00a0la designaci\u00f3n del Revisor Fiscal es competencia de la Asamblea General de \u00a0Accionistas, quien podr\u00e1 elegir una asociaci\u00f3n o firma de contadores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Que para el cumplimiento de todo lo \u00a0anterior se hace necesario reformar los Estatutos Sociales del Banco, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RESUELVE: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba El articulo 4\u00ba quedar\u00e1 \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Objeto Social: El objeto principal del \u00a0Banco lo constituye el desarrollo de las actividades, operaciones y servicios \u00a0propios de un establecimiento bancario, dentro del ordenamiento jur\u00eddico \u00a0prescrito por las Leyes 45 de 1923, 45 de 1990, las leyes, decretos y dem\u00e1s \u00a0disposiciones que rijan para los establecimientos bancarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Realizar la venta de mercader\u00edas u \u00a0otros objetos negociables a trav\u00e9s de su Martillo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n podr\u00e1 hacer y mantener \u00a0inversiones en las personas jur\u00eddicas de derecho p\u00fablico o privado y negocios \u00a0que la ley autorice en el pa\u00eds o en el extranjero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. En desarrollo de las funciones \u00a0que autorizan la ley y estos estatutos, el Banco podr\u00e1 celebrar y ejecutar toda \u00a0clase de actos, operaciones y negocios jur\u00eddicos que sean necesarios o \u00a0convenientes para el logro de los fines que persigue y que de manera directa se \u00a0relacionan con su objeto social y los que tengan como finalidad ejercer los \u00a0derechos o cumplir con las obligaciones derivadas de la existencia y \u00a0actividades de la Instituci\u00f3n. As\u00ed mismo, el Banco Podr\u00e1 continuar \u00a0contribuyendo con sus recursos para el desarrollo de la cultura nacional y para \u00a0que se presten servicios de asesor\u00eda jur\u00eddica en favor de personas y entidades \u00a0de escasos recursos y beneficio social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba El numeral 2\u00ba del art\u00edculo \u00a022 quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. FUNCIONES. Corresponde a \u00a0la Asamblea General de Accionistas el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. &#8230; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Nombrar al Revisor Fiscal del Banco \u00a0y a su suplente, si fuere del caso, se\u00f1alar su remuneraci\u00f3n de conformidad con \u00a0las disposiciones legales que rijan para el efecto. En la sesi\u00f3n en la cual se \u00a0designe Revisor Fiscal deber\u00e1 incluirse la informaci\u00f3n relativa a las \u00a0apropiaciones previstas para el suministro de recursos humanos y t\u00e9cnicos \u00a0destinados al desempe\u00f1o de las funciones a \u00e9l asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. &#8230; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba El art\u00edculo 31 quedar\u00e1 \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. FUNCIONES DE LA JUNTA \u00a0DIRECTIVA. Corresponde a la Junta Directiva las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular la pol\u00edtica general del \u00a0Banco y sus planes y programas conforme a las orientaciones que prescriba el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, controlar el funcionamiento general \u00a0de la organizaci\u00f3n y verificar su conformidad con la pol\u00edtica adoptada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular las pol\u00edticas b\u00e1sicas de \u00a0la Administraci\u00f3n General del Banco y vigilar el cumplimiento de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aprobar la estructura administrativa \u00a0del Banco a nivel de las Vicepresidencias y los comit\u00e9s internos, externos o \u00a0mixtos que se estime conveniente, seg\u00fan propuesta que le presente el Presidente \u00a0del Banco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Designar y remover a los \u00a0Vicepresidentes, al Secretario General, a los Gerentes de Zona, Gerentes de \u00a0Casa Matriz y Gerentes de Sucursales y fijar sus asignaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Crear e integrar comit\u00e9s especiales \u00a0permanentes o transitorios con el fin de que asesoren al Presidente del Banco y \u00a0aprueben o autoricen actos que por su naturaleza o cuant\u00eda corresponden a la \u00a0Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar a la Asamblea General de \u00a0Accionistas en su reuni\u00f3n ordinaria, las cuentas, el inventario y el balance \u00a0general de fin de ejercicio con su correspondiente estado de ganancias y \u00a0p\u00e9rdidas y el proyecto de distribuci\u00f3n de utilidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar a la Asamblea General de \u00a0Accionistas en su reuni\u00f3n ordinaria y en asocio del Presidente del Banco, el \u00a0balance de cada ejercicio acompa\u00f1ado de los documentos a que se refiere el \u00a0art\u00edculo 446 del C\u00f3digo de Comercio y el informe sobre la marcha \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>del Banco, y sobre las reformas, \u00a0innovaciones y ensanches que estime conveniente para el mejor desarrollo del \u00a0objeto social, informe que puede ser el mismo del Presidente del Banco o uno \u00a0distinto o simplemente complementario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adoptar los estatutos del Banco y \u00a0cualquier reforma que a ellos se introduzca y presentarlos a la Asamblea \u00a0General de Accionistas y al Gobierno Nacional para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Reglamentar el funcionamiento y la \u00a0organizaci\u00f3n interna del Banco.\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Autorizar con el lleno de las \u00a0formalidades legales, la creaci\u00f3n o supresi\u00f3n de oficinas bancarias en el pa\u00eds \u00a0o en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Autorizar la contrataci\u00f3n de \u00a0empr\u00e9stitos nacionales o extranjeros y la emisi\u00f3n de bonos, se\u00f1alando el monto \u00a0de los mismos, el valor nominal de cada uno, el lugar y la forma de pago, el \u00a0sistema de amortizaci\u00f3n y las dem\u00e1s condiciones de la emisi\u00f3n, todo ello de \u00a0acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Cumplir y hacer cumplir las \u00a0decisiones de la Asamblea General de Accionistas y las propias, y servir de \u00a0\u00f3rgano consultivo permanente del Presidente del Banco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Delegar en el Presidente del Banco \u00a0aquellas funciones que sean necesarias para la buena marcha del Banco y que por \u00a0su naturaleza sean delegables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dar autorizaciones generales al \u00a0Presidente del Banco, se\u00f1alar la cuant\u00eda de los actos, contratos y operaciones \u00a0que \u00e9ste pueda realizar sin previa consulta de la Junta Directiva y facultarlo \u00a0para que, de manera permanente o transitoria delegue las funciones que se\u00f1ale \u00a0la Junta Directiva, en uno o en varios de los funcionarios o empleados del \u00a0Banco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Autorizar al Presidente del Banco \u00a0para enajenar los bienes inmuebles y para gravar los bienes del Banco en las \u00a0cuant\u00edas que le fije la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Decidir si las diferencias que \u00a0ocurran con personas distintas de los Accionistas, con motivo del ejercicio \u00a0social se someten a arbitramento o se transigen y autorizar al Presidente del \u00a0Banco para la celebraci\u00f3n de tales actos y contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Estudiar y aprobar el presupuesto \u00a0anual del Banco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Autorizar las inversiones de \u00a0capital del Banco en las entidades que la ley autorice dentro de los l\u00edmites \u00a0se\u00f1alados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Examinar, cuando lo tenga a bien, \u00a0por s\u00ed o por medio de una comisi\u00f3n de su seno, los libros de cuentas, los \u00a0documentos y la caja de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Darse su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Decidir sobre las vacaciones y \u00a0licencias del Presidente del Banco y del Revisor Fiscal, sobre las excusas de \u00a0los Directivos y llamar a los respectivos suplentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Otorgar comisiones al exterior de \u00a0los Directivos y funcionarios del Banco, conforme a las disposiciones vigentes \u00a0sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Reglamentar la emisi\u00f3n y la \u00a0colocaci\u00f3n de acciones conforme a las decisiones de la Asamblea General de \u00a0Accionistas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Interpretar y resolver c\u00f3mo deben \u00a0aplicarse las disposiciones estatutarias cuando se presente alguna duda, previa \u00a0consulta con la Superintendencia Bancaria, de lo cual dar\u00e1 cuanta a la Asamblea \u00a0General de Accionistas en su pr\u00f3xima \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba El art\u00edculo 36 quedar\u00e1 \u00a0as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. REVISORIA. El Banco \u00a0tendr\u00e1 un Revisor Fiscal quien ser\u00e1 reemplazado en sus faltas absolutas, \u00a0temporales o accidentales por un suplente, elegidos ambos por la Asamblea \u00a0General de Accionistas para per\u00edodos de dos (2) a\u00f1os e indefinidamente \u00a0reelegibles.\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La designaci\u00f3n de la \u00a0Revisor\u00eda Fiscal podr\u00e1 recaer en una asociaci\u00f3n o firma de contadores o \u00a0auditores, quien designar\u00e1 el Contador P\u00fablico y su suplente para ejercer las \u00a0funciones de Revisor Fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba La presente Resoluci\u00f3n \u00a0requiere para su validez la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional y empezar\u00e1 a regir \u00a0a partir de la fecha de publicaci\u00f3n del respectivo decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(Fdo.) HECTOR JOSE CADENA CLAVIJO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0(Fdo.) ABSALON GIRALDO SUAREZ. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>OCTAVIO JARAMILLO TOVAR. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>JAVIER SANTACOLOMA GAVIRIA\u00bb. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00ba El presente Decreto rige a \u00a0partir de su publicaci\u00f3n y deroga todas las disposiciones que le sean \u00a0contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 23 \u00a0de marzo de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>RUDOLF HOMMES RODRIGUEZ. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 541 DE 1993 \u00a0 \u00a0 (marzo 23) \u00a0 \u00a0 POR EL CUAL SE \u00a0APRUEBA LA REFORMA DE LOS ARTICULOS 4\u00ba, 22 NUMERAL 2\u00ba, 31 NUMERAL 5\u00ba Y EL \u00a0ARTICULO 36 DE LOS ESTATUTOS SOCIALES DEL BANCO POPULAR. \u00a0 \u00a0 El Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones que le confieren [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[37],"tags":[],"class_list":["post-23694","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1993"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23694","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=23694"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23694\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=23694"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=23694"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=23694"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}