{"id":23944,"date":"2023-07-12T22:47:58","date_gmt":"2023-07-12T22:47:58","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1289-de-1994\/"},"modified":"2023-07-12T22:47:58","modified_gmt":"2023-07-12T22:47:58","slug":"decreto-1289-de-1994","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1289-de-1994\/","title":{"rendered":"DECRETO 1289 DE 1994"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1289 DE \u00a01994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se transforma el Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n en una Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: \u00a0Reglamentado parcialmente por el Decreto 2319 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Este \u00a0Decreto fue declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-376 \u00a0del 24 de agosto de 1995, en relaci\u00f3n con el aspecto analizado en la misma \u00a0Sentencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Gobierno de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia Delegatario de las funciones presidenciales en Desarrollo del Decreto \u00a01266 del 21 de junio de 1994, en uso de sus facultades extraordinarias \u00a0conferidas en el art\u00edculo 248 de la Ley 100 de 1993; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Denominaci\u00f3n. El Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n se denominar\u00e1 a partir de la vigencia del presente Decreto, \u00a0Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Naturaleza jur\u00eddica. El \u00a0Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado, de conformidad con el \u00a0art\u00edculo 194 de la Ley 100 de 1993, es \u00a0una entidad p\u00fablica descentralizada del orden nacional, de naturaleza especial, \u00a0con personer\u00eda jur\u00eddica, patrimonio propio y autonom\u00eda administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Objeto. El Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado tiene por objeto prestar, con el \u00a0car\u00e1cter de servicio p\u00fablico a cargo del Estado, el servicio de salud \u00a0relacionado con los enfermos de Hansen en todo el territorio nacional. En \u00a0desarrollo de este objeto prestar\u00e1 atenci\u00f3n m\u00e9dica, asistencia social y de \u00a0rehabilitaci\u00f3n, y desarrollar\u00e1 programas de promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n en salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Sanatorio de Contrataci\u00f3n, \u00a0Empresa Social del Estado podr\u00e1 continuar prestando los servicios m\u00e9dicos \u00a0correspondientes al primer nivel de atenci\u00f3n, a toda la poblaci\u00f3n, mediante \u00a0contrato que para tal efecto suscriba con la entidad territorial \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Domicilio. El Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado tendr\u00e1 su domicilio en el Municipio de \u00a0Contrataci\u00f3n, Departamento de Santander. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Funciones. El Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado cumplir\u00e1 con las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Prestar atenci\u00f3n m\u00e9dica a los enfermos de \u00a0Hansen y a sus convivientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asistir a los discapacitados y enfermos \u00a0de Hansen asilados en las instituciones oficiales creadas para tal efecto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Llevar a cabo programas de rehabilitaci\u00f3n \u00a0f\u00edsica y social para los enfermos de Hansen; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Administrar los subsidios destinados a \u00a0los enfermos de Hansen; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Prestar atenci\u00f3n m\u00e9dica, hospitalaria y \u00a0ambulatoria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Desarrollar programas de promoci\u00f3n y \u00a0prevenci\u00f3n en salud: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. La \u00a0direcci\u00f3n y administraci\u00f3n del Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del \u00a0Estado estar\u00e1 a cargo de la Junta Directiva y del Director o Gerente quien ser\u00e1 \u00a0su representante legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. De la Junta Directiva. La Junta \u00a0Directiva estar\u00e1 conformada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Salud o su delegado, quien \u00a0la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Alcalde de Contrataci\u00f3n o el \u00a0funcionario responsable de la administraci\u00f3n de la salud del Municipio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Un representante designado por el Comit\u00e9 \u00a0Cient\u00edfico del Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un representante de las asociaciones \u00a0cient\u00edficas cuyo objeto tenga relaci\u00f3n con el objeto del Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dos representantes de la comunidad que \u00a0ser\u00e1n elegidos por y entre los miembros de las organizaciones comunitarias de \u00a0conformidad con la reglamentaci\u00f3n que para el efecto establezca el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa \u00a0Social del Estado cumplir\u00e1 las funciones de Secretario de la Junta Directiva y \u00a0tendr\u00e1 derecho a voz pero no a voto. (Nota: \u00a0Numeral reglamentado por el Decreto 2319 de 1995.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Funciones de la Junta \u00a0Directiva. La Junta Directiva tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular la pol\u00edtica general de la \u00a0entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Adoptar los estatutos internos de la \u00a0entidad y cualquier reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la \u00a0aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Determinar la estructura org\u00e1nico \u00a0funcional de la entidad, as\u00ed como su planta de personal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Aprobar el proyecto anual de presupuesto \u00a0de la entidad y autorizar adiciones, traslados, reformas, cr\u00e9ditos y \u00a0contracr\u00e9ditos presupuestales, que presente el Director, de conformidad con la \u00a0legislaci\u00f3n vigente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Controlar el funcionamiento general de la \u00a0entidad, velando por la adecuada ejecuci\u00f3n y desarrollo de su objeto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Fijar, de conformidad con la ley, los \u00a0criterios que deben tenerse en consideraci\u00f3n para la adjudicaci\u00f3n de subsidios \u00a0a los enfermos de Hansen; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Integrar y someter a consideraci\u00f3n del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, por intermedio del Ministro de Salud, la terna para \u00a0designar al Director General, de conformidad con los art\u00edculos 192 y 195 de la Ley 100 de 1993; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Darse su propio reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Estudiar y aprobar los balances de cada \u00a0ejercicio contable y examinar las respectivas cuentas, de conformidad con las \u00a0normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Estudiar y aprobar, de conformidad con \u00a0las normas legales vigentes, el reglamento interno de trabajo al cual deben \u00a0someterse los servidores p\u00fablicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Las dem\u00e1s que se\u00f1ale la ley, los \u00a0estatutos y los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. Del Director o Gerente. De \u00a0conformidad con los art\u00edculos 192 y 195 de la Ley 100 de 1994, el \u00a0Director ser\u00e1 nombrado por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones del Director o \u00a0Gerente. Son funciones del Director o Gerente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Actuar como representante legal de la \u00a0entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dirigir las operaciones propias de la \u00a0entidad y cumplir y las normas legales y estatutarias, manteniendo la unidad de \u00a0intereses en torno a la misi\u00f3n y objetivos de \u00e9sta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Someter a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de \u00a0la Junta Directiva los planes y programas necesarios para el cumplimiento del \u00a0objeto y las funciones asignadas a la entidad por el presente Decreto y por las \u00a0dem\u00e1s normas legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dirigir, coordinar y controlar el \u00a0personal de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Presentar al Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0por conducto del Ministro de Salud y de la Junta Directiva, informes anuales y \u00a0peri\u00f3dicos sobre la marcha general de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Velar por la correcta destinaci\u00f3n de los \u00a0fondos de la entidad y el debido mantenimiento y utilizaci\u00f3n de los bienes de \u00a0\u00e9sta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Nombrar, promover y remover, de \u00a0conformidad con las normas vigentes, el personal de la entidad, se\u00f1alar la \u00a0remuneraci\u00f3n de la trabajadores oficiales y, en general, dirigir y coordinar \u00a0las labores de las personas que laboren al servicio de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Convocar a reuniones a la Junta Directiva \u00a0cuando lo considere necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Patrimonio y recursos. El \u00a0patrimonio y los recursos del Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del \u00a0Estado estar\u00e1n conformados por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Los bienes muebles, enseres, equipos de \u00a0laboratorios e instalaciones que posee actualmente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Los inmuebles que le fueron otorgados \u00a0mediante el Decreto 2051 de 1965; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Los aportes que la Naci\u00f3n haga mediante \u00a0apropiaciones del presupuesto nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El producto de la venta de servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Los dem\u00e1s que adquiera a cualquier \u00a0t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. R\u00e9gimen jur\u00eddico. El Sanatorio \u00a0de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado estar\u00e1 sujeto al r\u00e9gimen jur\u00eddico \u00a0propio de las personas de derecho p\u00fablico, exceptuando el r\u00e9gimen de \u00a0contrataci\u00f3n, de acuerdo con lo establecido en el numeral 6\u00ba del art\u00edculo 195 \u00a0de la Ley 100 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Transici\u00f3n en materia de \u00a0contrataci\u00f3n. Los contratos que se encuentren actualmente en ejecuci\u00f3n seguir\u00e1n \u00a0rigi\u00e9ndose, hasta su terminaci\u00f3n, por las normas vigentes en el momento de su \u00a0celebraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. R\u00e9gimen de personal. En materia \u00a0de clasificaci\u00f3n de empleos el Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del \u00a0Estado, aplicar\u00e1 lo dispuesto en el art\u00edculo 26 de la Ley 10 de 1990. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. R\u00e9gimen de control interno. El \u00a0Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado, establecer\u00e1 y aplicar\u00e1 un \u00a0sistema de control interno, en los t\u00e9rminos establecidos en la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y en la Ley 87 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. R\u00e9gimen de control fiscal. El \u00a0control fiscal al Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del Estado, ser\u00e1 \u00a0ejercido por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. El Ministerio de Salud ejercer\u00e1 \u00a0el control de tutela sobre el Sanatorio de Contrataci\u00f3n, Empresa Social del \u00a0Estado, en los t\u00e9rminos establecidos legalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. El presente Decreto rige a \u00a0partir de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese, c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., a 22 de \u00a0junio de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FABIO \u00a0VILLEGAS RAMIREZ \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Salud encargado de las \u00a0funciones del Despacho del Ministro de Salud, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Eduardo Jos\u00e9 Alvarado Santander. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Subdirector del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica encargado de las funciones del Despacho \u00a0del Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Guillermo Alonso Garc\u00eda Pel\u00e1ez. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1289 DE \u00a01994 \u00a0 \u00a0 (junio 22) \u00a0 \u00a0 por el cual se transforma el Sanatorio de \u00a0Contrataci\u00f3n en una Empresa Social del Estado. \u00a0 \u00a0 Nota 1: \u00a0Reglamentado parcialmente por el Decreto 2319 de 1995. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Este \u00a0Decreto fue declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-376 \u00a0del [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[38],"tags":[],"class_list":["post-23944","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1994"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23944","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=23944"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/23944\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=23944"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=23944"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=23944"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}