{"id":24032,"date":"2023-07-12T22:48:02","date_gmt":"2023-07-12T22:48:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1533-de-1994\/"},"modified":"2023-07-12T22:48:02","modified_gmt":"2023-07-12T22:48:02","slug":"decreto-1533-de-1994","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1533-de-1994\/","title":{"rendered":"DECRETO 1533 DE 1994"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1533 DE \u00a01994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0(julio 18) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0adscrita al Departamento Admnistrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y se \u00a0le asignan algunas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confiere el \u00a0art\u00edculo 1\u00ba del Decreto ley 1050 \u00a0de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en cumplimiento del Acuerdo final de Paz \u00a0celebrado por el Gobierno Nacional con la Corriente de Renovaci\u00f3n Socialista, \u00a0suscrito el 9 de abril de 1994, se realizar\u00e1 durante los d\u00edas 21 y 22 de julio \u00a0pr\u00f3ximos, un foro de Derechos Humanos, en el cual se estudiar\u00e1n entre otros \u00a0temas, las propuestas que en esta materia present\u00f3 el mencionado grupo \u00a0desmovilizado en la mesa de negociaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para la planeaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n del Foro se \u00a0cre\u00f3 un Comit\u00e9 preparatorio del que hacen parte un conjunto de entidades \u00a0gubernamentales y privadas, a saber: La Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos; el Ministerio de Gobierno; \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores; el Ministerio de Defensa Nacional; la \u00a0Consejer\u00eda Presidencial para la Paz; la Consejer\u00eda Presidencial para la Defensa \u00a0y Seguridad Nacional; la Corriente de Renovaci\u00f3n Socialista; la Procuradur\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n; la Defensor\u00eda del Pueblo, el Comit\u00e9 Internacional de la \u00a0Cruz Roja; la Cruz Roja Colombiana, el Episcopado Colombiano; la Comisi\u00f3n \u00a0Andina de Juristas; el Movimiento Iniciativa Ciudadana por la Paz; el Grupo de \u00a0Trabajo Internacional por los Derechos Humanos y el Comit\u00e9 Permanente para la \u00a0Defensa de los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Foro de Derechos Humanos tendr\u00e1 un car\u00e1cter \u00a0constructivo y propositivo, de manera que surjan de el f\u00f3rmulas que permitan \u00a0avanzar, en un marco de concertaci\u00f3n, en el tratamiento de la problem\u00e1tica de \u00a0Derechos Humanos existentes en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que para llevar los resultados del Foro a los \u00a0niveles de precisi\u00f3n necesarios para una adecuada elaboraci\u00f3n de pol\u00edticas, \u00a0medidas y programas de acci\u00f3n es pertinente crear una instancia de concertaci\u00f3n \u00a0que labore durante un tiempo suficiente para avanzar de manera significativa en \u00a0la b\u00fasqueda de soluciones a la problem\u00e1tica de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Gobierno Nacional tiene la firme voluntad de \u00a0cumplir con los compromisos pactados con la Corriente de Renovaci\u00f3n Socialista \u00a0y afianzar el proceso de su reinserci\u00f3n a la vida civil, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n para los Derechos \u00a0Humanos, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada en la \u00a0siguiente forma: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Gobierno o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Defensa Nacional o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. La Ministra de Relaciones Exteriores o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Consejero Presidencial para los Derechos \u00a0Humanos o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Consejero Presidencial para la Paz o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. El Consejero Presidencial para la Defensa y \u00a0Seguridad Nacional o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. El Procurador General de la Naci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Defensor del Pueblo o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El Director de la Cruz Roja Colombiana o su \u00a0delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Un delegado por la Comisi\u00f3n para la Vida, la \u00a0Justicia y \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 la Paz de la Conferencia \u00a0Episcopal Colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. El representante del Comit\u00e9 Internacional de la \u00a0Cruz \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Roja o \u00a0su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Un delegado por cada una de las siguientes \u00a0organizaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 no \u00a0gubernamentales de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Iniciativa Ciudadana para la Paz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n Andina de Juristas Seccional Colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comit\u00e9 Permanente para la Defensa de los Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Grupo de Trabajo Internacional para los Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Un delegado en representaci\u00f3n de la Corriente de \u00a0Renovaci\u00f3n Socialista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Paragrafo 1\u00ba. Ser\u00e1n invitados como observadores los \u00a0miembros internacionales de la Comisi\u00f3n de verificaci\u00f3n del Acuerdo de Paz con \u00a0la Corriente de Renovaci\u00f3n Socialista y la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. La Comisi\u00f3n podr\u00e1 vincular a otras \u00a0entidades y organizaciones a sus deliberaciones y tareas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00ba. La Consejer\u00eda Presidencial para los \u00a0Derechos Humanos coordinar\u00e1 las actividades de la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. La Comisi\u00f3n tendr\u00e1 un car\u00e1cter \u00a0constructivo y propositivo y funcionar\u00e1 como una instancia de concertaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas y medidas de promoci\u00f3n y protecci\u00f3n de los Derechos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Humanos, a partir del reconocimiento de las \u00a0diferentes perspectivas de sus miembros sobre la problem\u00e1tica de que se trata, \u00a0para intentar la b\u00fasqueda de f\u00f3rmulas de concertaci\u00f3n en torno a las soluciones \u00a0de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. La Comisi\u00f3n ejercer\u00e1 sus funciones por \u00a0el t\u00e9rmino de seis meses, prorrogable por un lapso igual, previa evaluaci\u00f3n del \u00a0resultado de sus actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. A la finalizaci\u00f3n de sus tareas, deber\u00e1 \u00a0presentar un informe al Gobierno Nacional, por conducto del Consejero \u00a0Presidencial para los Derechos Humanos, que contenga el conjunto de las \u00a0recomendaciones finales, el cual deber\u00e1 formularse con el nivel de precisi\u00f3n que \u00a0permita definir las pol\u00edticas, medidas y programas de acci\u00f3n, y en conclusi\u00f3n \u00a0en forma ordenada y sistem\u00e1tica de las recomendaciones formuladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. La Comisi\u00f3n ejercer\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Desarrollar y profundizar en el tratamiento de \u00a0los temas y propuestas formuladas en el Foro de Derechos Humanos al que se ha \u00a0hecho referencia en la parte considerativa, d\u00e1ndoles el nivel de precisi\u00f3n \u00a0requerido para una adecuada elaboraci\u00f3n de pol\u00edticas, medidas y programas de \u00a0acci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Plantear recomendaciones formales sobre adopci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas, medidas o programas relacionados con los Derechos Humanos, a las \u00a0entidades p\u00fablicas o privadas con responsabilidades en esta tem\u00e1tica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Integrar las subcomisiones o grupos de trabajo \u00a0necesarios para el desarrollo de sus actividades, con base en los planes de \u00a0trabajo que previamente se acuerden por la propia Comisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Expedir su reglamento interno de funcionamiento. \u00a0En todo caso, las decisiones se tomar\u00e1n por consenso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Para el cumplido logro de sus fines, la \u00a0Comisi\u00f3n podr\u00e1 establecer interlocuci\u00f3n con cualquier entidad p\u00fablica o \u00a0privada, nacional, regional o local, as\u00ed como con los participantes en procesos \u00a0o din\u00e1micas sociales que tengan directa relaci\u00f3n con la tem\u00e1tica de Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los funcionarios p\u00fablicos del orden nacional, \u00a0deber\u00e1n atender las solicitudes de interlocuci\u00f3n que le formule la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Los gastos que ocasione el cumplimiento \u00a0del presente Decreto, se har\u00e1n con cargo a los recursos que se destinen para el \u00a0efecto, en los presupuestos de las entidades p\u00fablicas nacionales que integran \u00a0la Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. El presente Decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 18 julio 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Gobierno, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Fabio Villegas Ram\u00edrez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario Jur\u00eddico de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, encargado de las funciones del Despacho del Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Juan Pablo C\u00e1rdenas Mej\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1533 DE \u00a01994 \u00a0 \u00a0 \u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0(julio 18) \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Comisi\u00f3n de Derechos Humanos \u00a0adscrita al Departamento Admnistrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y se \u00a0le asignan algunas funciones. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades legales, en especial las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[38],"tags":[],"class_list":["post-24032","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1994"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24032","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24032"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24032\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24032"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24032"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24032"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}