{"id":24182,"date":"2023-07-12T22:48:11","date_gmt":"2023-07-12T22:48:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1923-de-1994\/"},"modified":"2023-07-12T22:48:11","modified_gmt":"2023-07-12T22:48:11","slug":"decreto-1923-de-1994","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-1923-de-1994\/","title":{"rendered":"DECRETO 1923 DE 1994"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1923 DE 1994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 5) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el cual se establece \u00a0la elecci\u00f3n de alguno de los miembros de la Junta Directiva de la Caja de \u00a0Auxilios y de Prestaciones de la Asociaci\u00f3n Colombiana de Aviadores Civiles, \u00a0Caxdac. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado por el Decreto 2178 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, de \u00a0conformidad con las facultades constitucionales y legales, de acuerdo con el Decreto 1283 de 1994, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. Modificado por el Decreto 2178 de 1994, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Asamblea \u00a0Ordinaria. Los afiliados a la Caja de Auxilios y Prestaciones de la Asociaci\u00f3n \u00a0Colombiana de Aviadores Civiles, Caxdac, que se encuentren cotizando o hayan \u00a0sido pensionados, se reunir\u00e1n en asamblea ordinaria una vez al a\u00f1o, dentro del \u00a0mes de marzo, con el fin de aprobar o improbar los estados financieros y el \u00a0informe del Gerente de la entidad. Cada dos a\u00f1os elegir\u00e1 sus representantes en \u00a0la Junta Directiva de dicha instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. \u00a0De conformidad con el Decreto ley 1283 \u00a0de 1994, los miembros de la junta directiva de Caxdac no requerir\u00e1n ser \u00a0aviadores civiles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. \u00a0La primera elecci\u00f3n de la Junta Directiva de la Caja se har\u00e1 dentro del mes de \u00a0septiembre de 1994 y su per\u00edodo terminar\u00e1 en el mes de marzo de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u00a0\u201cAsamblea Ordinaria. Los afiliados a la Caja de \u00a0Auxilios y Prestaciones de la Asociaci\u00f3n Colombiana de Aviadores Civiles, \u00a0Caxdac, que se encuentren cotizando o hayan sido pensionados, se reunir\u00e1n en \u00a0asamblea ordinaria una vez al a\u00f1o, dentro del mes de marzo, con el fin de \u00a0elegir sus representantes en la Junta Directiva de dicha entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01o. De conformidad con el Decreto ley 1283 \u00a0de 1994, los miembros de la Junta Directiva de \u00a0Caxdac no requerir\u00e1n ser aviadores civiles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02o. La primera elecci\u00f3n de la Junta de la Caja se har\u00e1 dentro del mes de \u00a0septiembre de 1994.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2o. Modificado por el Decreto 217 de 1994, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Requisitos \u00a0para la inscripci\u00f3n de candidatos. Los afiliados de que trata el art\u00edculo \u00a0anterior, que deseen postularse para actuar como representantes de los dem\u00e1s \u00a0afiliados a Caxdac, deber\u00e1n inscribirse, junto con sus respectivos suplentes, \u00a0durante el mes de febrero inmediatamente anterior a la elecci\u00f3n en cualquiera \u00a0de las oficinas de Caxdac, adjuntando para el efecto una hoja de vida en la \u00a0cual conste, su nombre completo, documento de identidad, fecha de nacimiento, \u00a0lugar de residencia y cargos desempe\u00f1ados durante los \u00faltimos cinco (5) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los mismos \u00a0requisitos deber\u00e1n cumplir los candidatos que no sean aviadores civiles, pero \u00a0su postulaci\u00f3n deber\u00e1 provenir de un afiliado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u00a0\u201cRequisitos para la inscripci\u00f3n de candidatos. Los \u00a0afiliados de que trata el art\u00edculo anterior, que deseen postularse para actuar \u00a0como representantes de los dem\u00e1s afiliados a Caxdac, deber\u00e1n inscribirse, junto \u00a0con sus respectivos suplentes, durante el mes de febrero inmediatamente \u00a0anterior a la elecci\u00f3n, en cualquiera de las oficinas de Caxdac, adjuntando \u00a0para el efecto una hoja de vida en la cual consten, su nombre completo, \u00a0documento de identidad, fecha de nacimiento, lugar de residencia y cargos \u00a0desempe\u00f1ados durante los \u00faltimos cinco (5) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los mismos \u00a0requisitos deber\u00e1n cumplir los candidatos afiliados a Caxdac que no sean \u00a0aviadores civiles pero su postulaci\u00f3n deber\u00e1 provenir de un afiliado.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3o. \u00a0Convocatoria. Corresponde al representante legal de Caxdac, convocar, con no \u00a0menos de cinco (5) d\u00edas h\u00e1biles de antelaci\u00f3n, a la reuni\u00f3n ordinaria de que \u00a0trata el art\u00edculo 1o. de este Decreto, mediante comunicaci\u00f3n escrita dirigida a \u00a0la direcci\u00f3n de la empresa en la cual presten sus servicios los trabajadores \u00a0afiliados a Caxdac, acompa\u00f1ada de una relaci\u00f3n detallada de las personas \u00a0inscritas como candidatos a la elecci\u00f3n de los representantes de los afiliados. \u00a0Cuando varios de los trabajadores afiliados presten sus servicios a una misma \u00a0empresa, bastar\u00e1 con el env\u00edo de una citaci\u00f3n conjunta. Siguiendo el mismo \u00a0procedimiento se citar\u00e1 a los afiliados independientes o pensionados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La convocatoria tambi\u00e9n \u00a0podr\u00e1 efectuarse mediante aviso destacado publicado al menos en dos ocasiones, \u00a0en d\u00edas distintos, en tres diarios de alta circulaci\u00f3n nacional, con el \u00a0cumplimiento de los requisitos previstos en este art\u00edculo, adem\u00e1s de se\u00f1alar \u00a0fecha, hora y lugar de la reuni\u00f3n. En todo caso la \u00faltima publicaci\u00f3n deber\u00e1 \u00a0hacerse con no menos de 5 d\u00edas h\u00e1biles de antelaci\u00f3n a la fecha prevista para \u00a0la reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Cuando no haya \u00a0sido convocada la Asamblea Ordinaria de afiliados en los t\u00e9rminos previstos en \u00a0este Decreto, \u00e9sta se reunir\u00e1 por derecho propio el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil del mes de \u00a0marzo, en el domicilio principal de Caxdac a las seis (6) de la tarde. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4o. \u00a0Representaci\u00f3n por poder. Todo afiliado que se encuentre cotizando o ya sea \u00a0pensionado, podr\u00e1 ser representado en las reuniones de la asamblea ordinaria de \u00a0que tratan los art\u00edculos anteriores, mediante poder otorgado por escrito, en el \u00a0cual se indiquen el nombre del apoderado, la persona en quien \u00e9ste puede \u00a0sustituirlo y la reuni\u00f3n para la cual se confiere. Esta representaci\u00f3n s\u00f3lo \u00a0podr\u00e1 recaer en la persona de otro afiliado a esta entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5o. Qu\u00f3rum. La \u00a0asamblea de afiliados reunida para los efectos en el art\u00edculo 1o., podr\u00e1 \u00a0deliberar con cualquier n\u00famero plural de asistentes. Las decisiones se tomar\u00e1n \u00a0por mayor\u00eda de los votos presentes. Para estos efectos cada afiliado tendr\u00e1 \u00a0derecho a un voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Cuando la \u00a0asamblea se re\u00fana en sesi\u00f3n ordinaria por derecho propio el \u00faltimo d\u00eda h\u00e1bil \u00a0del mes de marzo, tambi\u00e9n podr\u00e1 deliberar y decidir v\u00e1lidamente en los t\u00e9rminos \u00a0previstos en el inciso anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6o. L\u00edmite a la \u00a0representaci\u00f3n. En la asamblea de afiliados de que trata el art\u00edculo 1\u00b0 de este \u00a0Decreto, ning\u00fan afiliado podr\u00e1 representar, en ning\u00fan caso, un n\u00famero de \u00a0afiliados superior a 10. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7o. Actas. Lo \u00a0ocurrido en las reuniones de la asamblea se har\u00e1 constar en un libro de actas. \u00a0Estas se firmar\u00e1n por quienes sean elegidos Presidente y Secretario de la \u00a0Asamblea. Las actas se encabezar\u00e1n con su n\u00famero y expresar\u00e1n, cuando menos, el \u00a0lugar, la fecha y hora de la reuni\u00f3n; la forma y antelaci\u00f3n de la convocatoria, \u00a0si la hubo; la lista de asistentes, con indicaci\u00f3n del n\u00famero de asistentes, \u00a0incluidos aquellos representados mediante poder, las personas elegidas, el \u00a0n\u00famero de votos a su favor y a favor de los dem\u00e1s participantes en la elecci\u00f3n, \u00a0los votos en blanco, las constancias dejadas por los asistentes y la fecha y \u00a0hora de la reuni\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8o. Posesi\u00f3n de \u00a0los representantes de la Junta Directiva. Quienes sean elegidos miembros de la \u00a0Junta Directiva de Caxdac, por la asamblea ordinaria de dicha entidad, y \u00a0aquellos elegidos por la Asociaci\u00f3n Colombiana de Aviadores Civiles y la \u00a0Asociaci\u00f3n de Jubilados de conformidad con el art\u00edculo 2\u00b0 del Decreto 1283 de 1994, \u00a0deber\u00e1n tomar posesi\u00f3n de sus respectivos cargos ante el Superintendente \u00a0Bancario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Si vencidos dos (2) meses \u00a0contados a partir de la fecha de elecci\u00f3n no se hubieran posesionado, o la \u00a0Superintendencia Bancaria hubiera negado tanto la posesi\u00f3n del principal como \u00a0del suplente, el representante legal de Caxdac, convocar\u00e1 nuevamente la \u00a0asamblea de afiliados para realizar la correspondiente elecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Lo anterior ser\u00e1 \u00a0aplicable cuando ocurra lo previsto en el inciso anterior para los \u00a0representantes de la Asociaci\u00f3n Colombiana de Aviadores Civiles y la Asociaci\u00f3n \u00a0de Jubilados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9o. Vigencia. El \u00a0presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de \u00a0Bogot\u00e1, D.C., a 5 de agosto de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 CESAR GAVIRIA TRUJILLO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Trabajo y \u00a0Seguridad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Jos\u00e9 El\u00edas Melo Acosta. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1923 DE 1994 \u00a0 \u00a0 (agosto 5) \u00a0 \u00a0 Por el cual se establece \u00a0la elecci\u00f3n de alguno de los miembros de la Junta Directiva de la Caja de \u00a0Auxilios y de Prestaciones de la Asociaci\u00f3n Colombiana de Aviadores Civiles, \u00a0Caxdac. \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado por el Decreto 2178 de 1994. \u00a0 \u00a0 El [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[38],"tags":[],"class_list":["post-24182","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1994"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24182","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24182"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24182\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24182"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24182"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24182"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}