{"id":24205,"date":"2023-07-12T22:48:11","date_gmt":"2023-07-12T22:48:11","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2099-de-1994\/"},"modified":"2023-07-12T22:48:11","modified_gmt":"2023-07-12T22:48:11","slug":"decreto-2099-de-1994","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2099-de-1994\/","title":{"rendered":"DECRETO 2099 DE 1994"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2099 DE 1994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 6) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se reorganiza \u00a0el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Adicionado por el Decreto 645 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 699 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica de Colombia, en desarrollo de las facultades que le otorga el \u00a0art\u00edculo 46 transitorio de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructuraci\u00f3n \u00a0Institucional y Administraci\u00f3n del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0 \u00a0Naturaleza y denominaci\u00f3n del Fondo. El Fondo de Solidaridad y Emergencia \u00a0Social se denominar\u00e1 en adelante Red de Solidaridad Social, continuar\u00e1 \u00a0funcionando como un establecimiento p\u00fablico del orden nacional, con personer\u00eda \u00a0jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y patrimonio propio adscrito al Departamento \u00a0Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, que se rige por las \u00a0disposiciones legales consagradas para esta clase de entidades y por las \u00a0especiales aqu\u00ed previstas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Red de Solidaridad \u00a0Social tendr\u00e1 como domicilio legal la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0 Objeto. \u00a0De conformidad con el art\u00edculo transitorio 46 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, la \u00a0Red de Solidaridad Social tendr\u00e1 por objeto financiar, proyectos de apoyo a los \u00a0sectores m\u00e1s pobres y vulnerables de la poblaci\u00f3n colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En especial, desarrollar\u00e1 \u00a0su objeto mediante la ejecuci\u00f3n de los programas especiales que defina el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y la coordinaci\u00f3n de los programas a cargo de otras \u00a0entidades dirigidos a la poblaci\u00f3n m\u00e1s pobre y vulnerable, de conformidad con \u00a0las determinaciones que adopte el organismo coordinador que el Gobierno \u00a0constituya en ejercicio de sus facultades legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0 De los \u00a0programas. Los programas que desarrolle y coordine la Red de Solidaridad \u00a0Social, son de dos clases: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Los programas \u00a0especiales de solidaridad dirigidos a la poblaci\u00f3n objetivo de la Red, que \u00a0defina el Presidente de la Rep\u00fablica, teniendo en cuenta los criterios que \u00a0se\u00f1ale el Conpes para la pol\u00edtica social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estos programas ser\u00e1n \u00a0ejecutados directamente por la Red de Solidaridad Social y por las dem\u00e1s \u00a0entidades del orden nacional, departamental y municipal en cuyos presupuestos \u00a0se asignen recursos para su cumplimiento y ejecuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Los dem\u00e1s programas \u00a0que defina la Junta Directiva de la Red de Solidaridad Social en desarrollo de \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Todas las \u00a0entidades p\u00fablicas del orden nacional que adelanten programas especiales de \u00a0solidaridad, deber\u00e1n darle prioridad en la elaboraci\u00f3n de los anteproyectos de \u00a0presupuesto a estos programas, identific\u00e1ndolos con la leyenda &#8220;Proyectos \u00a0Red de Solidaridad Social&#8221; y as\u00ed deber\u00e1n quedar incorporados en el \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n que se presente a consideraci\u00f3n del Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme a la Ley Anual \u00a0de Presupuesto, los \u00f3rganos que componen el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, \u00a0elaborar\u00e1n la solicitud del programa anual de caja de las asignaciones de los \u00a0programas especiales de solidaridad, en coordinaci\u00f3n con el Gerente General de \u00a0la Red de Solidaridad de Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las partidas del \u00a0presupuesto nacional con destino a estos programas tendr\u00e1n prioridad en su \u00a0ejecuci\u00f3n, y la direcci\u00f3n general de presupuesto podr\u00e1 abstenerse de otorgar \u00a0acuerdos de gastos a los \u00f3rganos que incumplan con lo ordenado en este \u00a0par\u00e1grafo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0 \u00a0Funciones. La Red de Solidaridad Social ejercer\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar en lo de su \u00a0competencia los programas que defina el Presidente de la Rep\u00fablica, para los \u00a0sectores m\u00e1s pobres y vulnerables de la poblaci\u00f3n colombiana, en las \u00a0condiciones que determine en el acto de creaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar programas \u00a0que tengan por finalidad promover los derechos constitucionales y contribuir a \u00a0la satisfacci\u00f3n de las necesidades de las personas y grupos vulnerables por \u00a0razones tales como la violencia, sus condiciones econ\u00f3micas, f\u00edsicas y \u00a0mentales, o en virtud de la edad y el sexo, como la ni\u00f1ez, la juventud, la \u00a0tercera edad, la mujer y la familia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con las entidades \u00a0y organismos p\u00fablicos nacionales responsables de la ejecuci\u00f3n de los programas \u00a0especiales de solidaridad, el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los mismos, \u00a0garantizando su armonizaci\u00f3n con las pol\u00edticas sociales que determine el \u00a0Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover la obtenci\u00f3n \u00a0de recursos de cooperaci\u00f3n nacional e internacional, para financiar y apoyar \u00a0estudios, programas y proyectos relacionados con su objeto, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las entidades o dependencias que cumplan esa funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar en \u00a0entidades sin \u00e1nimo de lucro, cuyo objeto o finalidad sea desarrollar \u00a0actividades similares, complementarias o relacionadas con el objeto de la Red, \u00a0previa autorizaci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0 \u00a0Direcci\u00f3n de la Red de Solidaridad Social. La Direcci\u00f3n y administraci\u00f3n estar\u00e1 \u00a0a cargo de una Junta Directiva y de un Gerente General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0 Junta \u00a0Directiva. La Red de Solidaridad Social tendr\u00e1 una Junta Directiva, compuesta \u00a0de la siguiente forma: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Numeral modificado por el Decreto 699 de 1995, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. El Director del Departamento Administrativo de \u00a0la Presidencia de la Rep\u00fablica, quien la presidir\u00e1, o su delegado, el cual \u00a0podr\u00e1 ser un Consejero del Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral \u00a01.: \u201cEl Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado, \u00a0quien la presidir\u00e1.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Numeral modificado por el Decreto 699 de 1995, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Seis (6) representantes del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral \u00a02.: \u201cCuatro (4) \u00a0representantes del Presidente de la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. A las sesiones \u00a0de la Junta Directiva podr\u00e1n ser citados o invitados representantes o voceros de \u00a0las comunidades, de las organizaciones no gubernamentales, o los funcionarios \u00a0que sean del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A las deliberaciones de \u00a0la Junta Directiva asistir\u00e1 con derecho a voz pero sin voto el Gerente General \u00a0de la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0 Funciones \u00a0de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Acordar las pol\u00edticas \u00a0y orientaciones generales de las actividades que desarrolle la Red de \u00a0Solidaridad Social y velar por su cumplimiento, conforme a las directrices que \u00a0fije el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar criterios \u00a0que permitan orientar el gasto social hacia los sectores m\u00e1s pobres y \u00a0vulnerables de la poblaci\u00f3n, determinando la poblaci\u00f3n objetivo de los \u00a0programas y proyectos que adelante la entidad y, si lo considera conveniente, \u00a0organizar subregiones para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Determinar las \u00e1reas \u00a0prioritarias de inversi\u00f3n social que se financiar\u00e1n con recursos de la Red de \u00a0Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar el presupuesto \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Autorizar la ejecuci\u00f3n \u00a0de programas o proyectos especiales que contribuyan a conjurar una situaci\u00f3n de \u00a0emergencia social o que demanden una atenci\u00f3n especial del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adoptar la estructura \u00a0administrativa de la Red de Solidaridad Social, la planta de personal necesaria \u00a0para el cumplimiento de sus funciones y los estatutos, actos que requerir\u00e1n \u00a0para su validez de la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Evaluar peri\u00f3dicamente \u00a0el desarrollo de las actividades que adelante la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Aprobar los sistemas y \u00a0procedimientos para efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los programas que \u00a0desarrolle la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar \u00a0semestralmente un informe p\u00fablico de las actividades cumplidas en dicho \u00a0per\u00edodo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dictar el reglamento \u00a0interno y el manual de funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Delegar funciones en \u00a0el Gerente General y autorizarlo para delegar aquellas que le est\u00e9n atribuidas, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le \u00a0asignen la ley, el Gobierno Nacional o los estatutos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo primero. Corresponde \u00a0al Gerente General de la Red de Solidaridad Social, con sujeci\u00f3n a las \u00a0directrices que fije el Presidente de la Rep\u00fablica en el acto de creaci\u00f3n de \u00a0los proyectos especiales de solidaridad, la ejecuci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de los \u00a0mismos, sin que requieran para su desarrollo la aprobaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En este evento, ser\u00e1 el \u00a0Gerente General de la Red de Solidaridad Social, el competente para establecer \u00a0los requisitos complementarios necesarios para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En todo caso, y con el \u00a0fin de lograr la debida articulaci\u00f3n en la definici\u00f3n, selecci\u00f3n y asignaci\u00f3n \u00a0de los recursos con destino a los programas que compete adelantar a la Red de \u00a0Solidaridad Social, el Gerente General deber\u00e1 informar a la Junta Directiva \u00a0sobre los proyectos aprobados por el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo segundo. La \u00a0Junta Directiva podr\u00e1 delegar en el Gerente General, en los Comit\u00e9s Sectoriales \u00a0y\/o en las Unidades Territoriales las funciones que considere conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0 Gerente \u00a0General. El Gerente General de la Red de Solidaridad Social es agente del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, de su libre nombramiento y remoci\u00f3n, y \u00a0representante legal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gerente General \u00a0responder\u00e1 de la realizaci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes, programas y proyectos de \u00a0la entidad, en especial le corresponde desarrollar las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00aa. \u00a0Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas que le competa adelantar a la Red de \u00a0Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00aa. \u00a0Dirigir el organismo coordinador de los programas especiales de solidaridad, \u00a0que el Gobierno constituya de acuerdo con sus facultades legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00aa. \u00a0Celebrar, por delegaci\u00f3n del Gobierno Nacional, los contratos, a que se refiere \u00a0el art\u00edculo 355 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0con sujeci\u00f3n a la respectiva reglamentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00aa. \u00a0Informar a la Junta Directiva sobre la ejecuci\u00f3n de los programas a su cargo, \u00a0en especial de los programas especiales de solidaridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00aa. \u00a0Establecer mecanismos de participaci\u00f3n de las comunidades, de las \u00a0organizaciones no gubernamentales y de los beneficiarios potenciales, en los \u00a0programas y proyectos que adelante la Red; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00aa. \u00a0Adoptar los requisitos y procedimientos complementarios que deben cumplir los \u00a0programas y proyectos de la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00aa. \u00a0Organizar los Comit\u00e9s Sectoriales que sean necesarios para la mayor agilidad en \u00a0el funcionamiento de los proyectos y programas de la entidad, se\u00f1alar sus funciones, \u00a0y autorizar cuentas especializadas para la atenci\u00f3n de actividades que as\u00ed lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00aa. Las \u00a0dem\u00e1s funciones que le correspondan por ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00b0 Participaci\u00f3n comunitaria. Para el cumplimiento de sus funciones la \u00a0Red de Solidaridad Social procurar\u00e1 poner en funcionamiento organizaciones y \u00a0mecanismos que garanticen la participaci\u00f3n de la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. R\u00e9gimen Jur\u00eddico de sus operaciones, actos y contratos. La Red de \u00a0Solidaridad Social, en sus operaciones, y actos, se regir\u00e1 en cuanto no pugne \u00a0con lo previsto en el presente Decreto, por las normas especiales expedidas \u00a0para el Departamento Administrativo de Presidencia de la Rep\u00fablica en \u00a0desarrollo de la Ley 55 de 1990; en \u00a0materia de contrataci\u00f3n por la Ley 80 de 1993, y las \u00a0dem\u00e1s disposiciones legales que la modifiquen o sustituyan. Gozar\u00e1, adem\u00e1s, de \u00a0la exenci\u00f3n de impuestos nacionales de cualquier naturaleza, incluidos los \u00a0impuestos de timbre, registro e importaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0donaciones que reciba la Entidad no requieren insinuaci\u00f3n judicial y se podr\u00e1n \u00a0aceptar sin procedimiento especial, a juicio del Gerente General, previo \u00a0concepto favorable de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Para la \u00a0administraci\u00f3n de los recursos de la Red de Solidaridad Social, el Gerente \u00a0General podr\u00e1 celebrar contratos de fiducia o encargo fiduciario con entidades \u00a0fiduciarias legalmente autorizadas, en concordancia con lo establecido en el \u00a0estatuto de contrataci\u00f3n administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Subgerencias, unidades y grupos de trabajo. La Red de Solidaridad Social \u00a0podr\u00e1 tener Subgerencias o cargos afines, y unidades, que podr\u00e1n ser \u00a0principales o auxiliares, as\u00ed como grupos de trabajo que cumplir\u00e1n funciones de \u00a0apoyo t\u00e9cnico y administrativo, con el fin de desarrollar con eficiencia y \u00a0eficacia los objetivos, pol\u00edticas, planes y programas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. De la coordinaci\u00f3n e integraci\u00f3n de funciones. Para el adecuado \u00a0cumplimiento de las funciones que le competa desarrollar a la Red de \u00a0Solidaridad Social, el Gerente General previa autorizaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva, podr\u00e1 delegar algunas de sus funciones en otras entidades u \u00a0organismos del orden nacional, del nivel central o descentralizado, \u00a0suscribiendo los convenios en los que se fijen los derechos y obligaciones de \u00a0la entidad delegante y de la delegataria. En el correspondiente convenio se \u00a0se\u00f1alar\u00e1 el funcionario de la entidad delegataria que tendr\u00e1 a su cargo el \u00a0ejercicio de las funciones delegadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estos \u00a0convenios o contratos estar\u00e1n sujetos \u00fanicamente a los requisitos que la ley \u00a0exige para la celebraci\u00f3n de contratos o convenios interadministrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Planta de personal. Para el cumplimiento de sus funciones, la Red de \u00a0Solidaridad Social tendr\u00e1 una planta de personal global. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Patrimonio de la Red de Solidaridad Social. El patrimonio del organismo \u00a0est\u00e1 compuesto por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las \u00a0partidas que se le asignen por el Presupuesto Nacional, directamente o a trav\u00e9s \u00a0de las entidades que \u00e9ste designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los \u00a0recursos provenientes del cr\u00e9dito interno y externo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los \u00a0recursos provenientes de cooperaci\u00f3n nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los \u00a0bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las \u00a0donaciones nacionales e internacionales que reciba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Los \u00a0rendimientos financieros obtenidos de sus recursos propios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los dem\u00e1s \u00a0que obtenga a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Control interno. La Red de Solidaridad Social de acuerdo con la naturaleza \u00a0de sus funciones, establecer\u00e1 y organizar\u00e1 un sistema de control interno y \u00a0dise\u00f1ar\u00e1 los m\u00e9todos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las \u00a0actividades de la entidad, as\u00ed como el ejercicio de las funciones a cargo de \u00a0sus servidores, se realicen de conformidad con las normas constitucionales y \u00a0legales y con sujeci\u00f3n a estrictos criterios de moralidad, eficacia, eficiencia, \u00a0econom\u00eda, celeridad, imparcialidad y publicidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Apropiaciones presupuestales. Las apropiaciones presuputales con destino a \u00a0la Red de Solidaridad Social, se identificar\u00e1n seg\u00fan la naturaleza de las \u00a0actividades y se clasificar\u00e1n por programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Operaciones presupuestales. Para el cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto, \u00a0el Gobierno Nacional efectuar\u00e1 las operaciones y traslados presupuestales que \u00a0sean necesarios, para lo cual har\u00e1 los ajustes a que haya lugar en el presupuesto \u00a0del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Planta actual. Los servidores de la planta actual del Fondo de Solidaridad \u00a0y Emergencia Social, continuar\u00e1n ejerciendo sus funciones, dentro de la \u00a0organizaci\u00f3n de la Red de Solidaridad Social a que se refiere este Decreto, en \u00a0tanto la Junta Directiva introduce las modificaciones pertinentes, con el fin \u00a0de garantizar la continuidad de las actividades a cargo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. De la asignaci\u00f3n de recursos. A partir de la entrada en vigencia del \u00a0presente Decreto, tendr\u00e1n prioridad en la asignaci\u00f3n de recursos del \u00a0presupuesto de la Red de Solidaridad Social, los programas que determine el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, con sujeci\u00f3n a la regulaci\u00f3n que aqu\u00ed se establece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Modificado por el Decreto 699 de 1995, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. De los Programas Especiales. Los programas que \u00a0a la fecha de vigencia del presente Decreto son responsabilidad del Fondo de \u00a0Solidaridad y Emergencia Social, continuar\u00e1n su ejecuci\u00f3n con la Red de \u00a0Solidaridad Social, bajo la direcci\u00f3n del Gerente General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial: \u201cDe los programas \u00a0especiales. Los programas que a la fecha de vigencia del presente Decreto, son \u00a0responsabilidad del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social, continuar\u00e1n su \u00a0ejecuci\u00f3n con la Red de Solidaridad Social, bajo la direcci\u00f3n del Gerente \u00a0General, sin perjuicio de lo previsto en el siguiente inciso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La direcci\u00f3n del Programa Presidencial Plan Nacional de \u00a0Rehabilitaci\u00f3n, estar\u00e1 a cargo de la Consejer\u00eda Presidencial para la Pol\u00edtica \u00a0Social, en los t\u00e9rminos y condiciones que se establezcan en el convenio que se \u00a0celebre para el efecto, con sujeci\u00f3n a lo dispuesto en el art\u00edculo 12 del \u00a0presente Decreto.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Liquidaci\u00f3n de la Red. Una vez cumplido el t\u00e9rmino de cinco (5) a\u00f1os \u00a0previsto en el art\u00edculo transitorio 46 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, la Red de \u00a0Solidaridad Social entrar\u00e1 en proceso de liquidaci\u00f3n, el cual se efectuar\u00e1 \u00a0conforme al procedimiento que para efecto establezca mediante decreto el \u00a0Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n, y deroga \u00a0las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Adicionado \u00a0por el Decreto 645 de 1996, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. La Red de Solidaridad Social sustituir\u00e1 a la Naci\u00f3n y al \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica en todos los \u00a0derechos y obligaciones derivados de los contratos efectuados con cargo al \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n del Cap\u00edtulo 02, Secretar\u00eda de Integraci\u00f3n \u00a0Popular, y Secci\u00f3n 0202, Fondo Especial de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y \u00a0cuyo objeto se enmarque dentro de los objetivos que corresponde desarrollar a \u00a0la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 6 de septiembre de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ERNESTO SAMPER PIZANO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Juan Manuel Turbay Marulanda. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2099 DE 1994 \u00a0 \u00a0 (septiembre 6) \u00a0 \u00a0 por el cual se reorganiza \u00a0el Fondo de Solidaridad y Emergencia Social de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Adicionado por el Decreto 645 de 1996. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto 699 de 1995. \u00a0 \u00a0 El Presidente de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[38],"tags":[],"class_list":["post-24205","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1994"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24205","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24205"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24205\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24205"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24205"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24205"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}