{"id":24398,"date":"2023-07-12T22:48:21","date_gmt":"2023-07-12T22:48:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2881-de-1994\/"},"modified":"2023-07-12T22:48:21","modified_gmt":"2023-07-12T22:48:21","slug":"decreto-2881-de-1994","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/12\/decreto-2881-de-1994\/","title":{"rendered":"DECRETO 2881 DE 1994"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2881 DE 1994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a029) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se aprueba el Acuerdo n\u00famero 005 de diciembre 13 de 1994, expedido por la Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades \u00a0constitucionales y en especial las conferidas por los numerales 14 y 16 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1o. \u00a0Aprobar el Acuerdo n\u00famero 005 de diciembre 13 de 1994 expedido por la Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, adoptado por el Contralor General de la Rep\u00fablica mediante \u00a0Resoluci\u00f3n n\u00famero 10432 de diciembre 19 de 1994, que se transcribe: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO \u00a0N\u00daMERO 005 DE 1994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre \u00a013) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se determina la estructura interna del Fondo de Bienestar Social de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, en uso de las facultades que le confieren los art\u00edculos 99 y 100 de \u00a0la Ley 106 de 1993, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. \u00a0El Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, creado \u00a0por el art\u00edculo 89 de la Ley 106 del 30 de diciembre de 1993, tendr\u00e1 la \u00a0siguiente estructura interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0\u00a0\u00a0 Junta Directiva \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.\u00a0\u00a0 Unidad Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.\u00a0\u00a0 Unidad de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.\u00a0\u00a0 Unidad de Servicios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.1.\u00a0 Divisi\u00f3n de Asistencia Social y Centro \u00a0M\u00e9dico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.2.\u00a0 Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n, Cultura y Deportes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5\u00a0\u00a0 Unidad de Recursos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5.1.\u00a0 Divisi\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5.2.\u00a0 Divisi\u00f3n de Cr\u00e9dito \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0\u00a0\u00a0 Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.\u00a0\u00a0 Comit\u00e9 Directivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2.\u00a0\u00a0 Comit\u00e9 de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.\u00a0\u00a0 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2o. \u00a0Las dependencias del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, tendr\u00e1n las funciones que a continuaci\u00f3n se describen: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3o. \u00a0Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular \u00a0la pol\u00edtica general del Fondo y planes y programas que, conforme a las reglas \u00a0previstas por el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y el Ministerio de \u00a0Hacienda deban proponerse para su incorporaci\u00f3n a los planes sectoriales y a \u00a0trav\u00e9s de estos a los planes generales de desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar \u00a0los estatutos del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica y cualquier reforma que a ellos se introduzca, someterlos a la \u00a0aprobaci\u00f3n del Contralor General y posteriormente ser adoptados por el Gobierno \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adoptar \u00a0los reglamentos generales sobre prestaci\u00f3n de servicios de salud, educaci\u00f3n, \u00a0vivienda y dem\u00e1s servicios y sobre las condiciones y t\u00e9rminos necesarios para \u00a0el reconocimiento y efectividad de las cesant\u00edas de acuerdo con las normas \u00a0legales y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar \u00a0el presupuesto anual de ingresos, inversiones y gastos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Analizar, \u00a0estudiar y aprobar los informes, balances y estados financieros del Fondo de \u00a0Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y \u00a0controlar los planes de inversi\u00f3n de las reservas y su manejo financiero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Autorizar \u00a0las inversiones financieras que le permitan servir oportunamente los objetivos \u00a0propios de la instituci\u00f3n y le garanticen seguridad, rentabilidad y liquidez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Delegar \u00a0en el Director General algunas de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Aprobar o \u00a0improbar las solicitudes de vivienda hechas por los funcionarios de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir \u00a0los reglamentos generales que en materia de cr\u00e9dito desarrolle de conformidad \u00a0con las normas legales y reglamentarias y otorgar los cr\u00e9ditos aprobados por la \u00a0Junta Directiva del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar \u00a0y ejecutar programas los funcionarios de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0recreativos y culturales para y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar \u00a0y ejecutar los programas de asistencia social para los empleados y sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Establecer los planes educativos que debe desarrollar el Colegio de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s que se relacionan con la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Fondo de Bienestar \u00a0Social y le sean asignadas por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4o. \u00a0Direcci\u00f3n General. Son funciones de la Direcci\u00f3n General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Presentar \u00a0a consideraci\u00f3n de la Junta Directiva los programas, proyectos y planes que \u00a0debe desarrollar la entidad y ejecutar sus decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, \u00a0organizar, coordinar y controlar todas las actividades del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar \u00a0a consideraci\u00f3n y aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva el proyecto de presupuesto y \u00a0de ordenaci\u00f3n de gastos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Controlar \u00a0y coordinar el recaudo de los ingresos, ordenar los gastos, velar por la \u00a0correcta aplicaci\u00f3n de los fondos y el debido mantenimiento y utilizaci\u00f3n de \u00a0los bienes en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir \u00a0las operaciones del fondo dentro de las prescripciones de la ley, los \u00a0reglamentos y los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ser el \u00a0representante legal del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer \u00a0la potestad nominadora en el Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda \u00a0General, facultad que no podr\u00e1 ser delegada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Suscribir \u00a0como representante legal los actos y contratos que deban celebrarse conforme a \u00a0las normas legales y sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Constituir apoderados que representen al Fondo en los asuntos judiciales y \u00a0extrajudiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Presentar al Contralor General, por conducto del Secretario General, los \u00a0informes peri\u00f3dicos o espec\u00edficos que le soliciten sobre las actividades \u00a0desarrolladas y la situaci\u00f3n general del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Administrar el Colegio de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y promover \u00a0alternativas diferentes para la promoci\u00f3n de cr\u00e9ditos o subvenciones econ\u00f3micas \u00a0para los empleados de la Contralor\u00eda, la Auditor\u00eda ante esta y el Fondo, y sus \u00a0hijos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Crear y \u00a0organizar grupos internos de trabajo y otros comit\u00e9s que se requieran de \u00a0acuerdo con las necesidades del servicio para el mejor desempe\u00f1o de las \u00a0funciones del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Actuar \u00a0como Secretario de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5o. \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica. Son funciones de la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Expedir y \u00a0autenticar copias de los documentos que reposan en el archivo del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Tramitar \u00a0y sustanciar los documentos provenientes de las organizaciones, entidades \u00a0oficiales y particulares relacionadas con la ejecuci\u00f3n de las actividades \u00a0propias del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Revisar \u00a0los proyectos de resoluci\u00f3n y dem\u00e1s documentos que deban someterse a la \u00a0aprobaci\u00f3n del Director General y los proyectos de acuerdo que adopte la Junta \u00a0Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Refrendar \u00a0los actos administrativos que expida el Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Revisar y \u00a0tramitar en legal forma los proyectos de contrato que celebre el Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Efectuar \u00a0el cobro persuasivo y judicial de la Cartera morosa a favor del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Constituir apoderados judiciales para actuar en los procesos en que sea parte \u00a0actora o demandada el Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Conceptuar jur\u00eddicamente en los casos en que la Junta Directiva y\/o el Director \u00a0General lo requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Revisar \u00a0los actos administrativos que deba firmar la Junta Directiva o el Director y \u00a0conceptuar sobre la constitucionalidad, legalidad o inconveniencia de estos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Sustanciar y tramitar proyectos de fallo a trav\u00e9s de los cuales se decidan \u00a0recursos interpuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Absolver \u00a0consultas sobre interpretaci\u00f3n de leyes y dem\u00e1s normas que formulen los \u00a0usuarios de los programas del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar \u00a0jur\u00eddicamente en la elaboraci\u00f3n de pliegos y dem\u00e1s aspectos relacionados con \u00a0las licitaciones y procesos de contrataci\u00f3n que abra el Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Tramitar \u00a0y formular recomendaciones relativas con reclamos que el Director General deba \u00a0resolver y preparar las correspondientes respuestas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Analizar, estudiar y sustanciar todos los aspectos de tipo jur\u00eddico que el \u00a0Director General someta a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s funciones que le se\u00f1ale el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6o. \u00a0Unidad Administrativa. Son funciones de la Unidad Administrativa las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Programar \u00a0mediante instrucciones de la Direcci\u00f3n General y por conducto de las distintas \u00a0dependencias del Fondo, de la prestaci\u00f3n de los servicios y la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas adoptados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar \u00a0al Director y a la Junta Directiva en la administraci\u00f3n y desarrollo de las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas que en materia de recursos f\u00edsicos y humanos se \u00a0deban desarrollar para el buen funcionamiento del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Administrar, dirigir y controlar respecto de la aplicaci\u00f3n de normas y \u00a0evaluaci\u00f3n de los procedimientos que en materia de administraci\u00f3n de personal y \u00a0de recursos f\u00edsicos sean adoptados para el Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer y desarrollar los mecanismos que permitan una mejor administraci\u00f3n \u00a0de los recursos humanos y f\u00edsicos a fin de procurar niveles adecuados en \u00a0t\u00e9rminos de calidad, cantidad, oportunidad, eficiencia y eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y \u00a0coordinar lo relacionado con los informes sobre el estado y marcha del Fondo, \u00a0as\u00ed como tambi\u00e9n el proyecto de presupuesto de ingresos, gastos e inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Organizar, controlar y actualizar el archivo del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Seleccionar, clasificar, codificar, y enviar al archivo general los documentos \u00a0que hayan cumplido su vida activa en el Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar \u00a0y dirigir las actividades a desarrollar por el Grupo de Arquitectos del Fondo \u00a0en lo relacionado con las visitas y aval\u00faos de inmuebles, objeto de gravamen \u00a0hipotecario a favor del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por el Director y correspondan a la naturaleza del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7o. \u00a0Unidad de Control Interno. Son funciones de la Unidad de Control Interno las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, \u00a0dirigir y organizar la verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del sistema de control \u00a0interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar \u00a0que el sistema de control interno este formalmente establecido dentro de la \u00a0organizaci\u00f3n y que su ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones \u00a0de todos los cargos y, en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de \u00a0mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar \u00a0que los controles definidos para los procesos y actividades de la organizaci\u00f3n \u00a0se cumplan por los responsables de su ejecuci\u00f3n y en especial, que las \u00e1reas o \u00a0empleados encargados de la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario ejerzan \u00a0adecuadamente su funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar \u00a0que los asociados con todas y cada una de las actividades de la organizaci\u00f3n, \u00a0est\u00e9n adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de \u00a0acuerdo con la evoluci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por \u00a0el cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, \u00a0programas, proyectos y metas de la organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes \u00a0necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de \u00a0apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se \u00a0obtengan los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar \u00a0los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas \u00a0de informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar \u00a0en toda la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya \u00a0al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y \u00a0verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, que en \u00a0desarrollo del mandato constitucional y legal, dise\u00f1e la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener \u00a0permanentemente informados a los directivos acerca del estado del control \u00a0interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de \u00a0las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Verificar que se implanten las medidas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de acuerdo con el car\u00e1cter de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8o. \u00a0Unidad de Servicios. Son funciones de la Unidad de Servicios las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar \u00a0los programas orientados a mejorar la calidad de los funcionarios de la \u00a0Entidad, promoviendo y articulando acciones relativas al campo de la salud, de \u00a0la asistencia social, de la recreaci\u00f3n, el deporte y la cultura en la b\u00fasqueda \u00a0de soluciones a las necesidades de vivienda y cr\u00e9ditos y a la organizaci\u00f3n de \u00a0capacitaci\u00f3n no formal y de educaci\u00f3n para los hijos y familiares de los \u00a0funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar \u00a0acciones pertinentes para realizar diagn\u00f3sticos sobre las necesidades de \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de bienestar a los funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Propender \u00a0por el efectivo acceso y por el mejoramiento de los servicios que prestan las \u00a0entidades especializadas a los servidores de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica y sus familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer coordinaci\u00f3n interinstitucional de programas de bienestar para los \u00a0funcionarios de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica con otras entidades \u00a0p\u00fablicas, con el fin de unificar esfuerzos en torno a la calidad de vida \u00a0laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Administrar los centros de infraestructura cultural, deportiva, recreacional y \u00a0social de propiedad del Fondo o de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, que \u00a0le sean asignados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar \u00a0los planes y programas que ejecute esta unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por el Director y correspondan a la naturaleza del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9o. \u00a0Divisi\u00f3n de Asistencia Social y Centro M\u00e9dico. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Asistencia Social y Centro M\u00e9dico las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proveer \u00a0los servicios m\u00e9dico asistenciales de promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n de salud, salud \u00a0ocupacional y asistencia social para los funcionarios, pensionados y sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Administrar el Centro M\u00e9dico del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica velando por la calidad de los programas y actividades \u00a0que all\u00ed se desarrollan para los pensionados, funcionarios de la Entidad y sus \u00a0familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar y \u00a0divulgar los programas m\u00e9dico asistenciales, de salud ocupacional y de \u00a0prepensionados presentando a la Direcci\u00f3n las recomendaciones del caso a fin de \u00a0mejorar la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Implementar las acciones necesarias para que los funcionarios, pensionados y \u00a0familiares puedan utilizar los servicios de salud, asistenciales y de subsidio \u00a0que presten las instituciones especializadas a las cuales se encuentren \u00a0afiliados a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Establecer mecanismos para determinar la necesidad que en materia de salud requieran \u00a0los funcionarios, sus beneficiarios y que puedan ser atendidos por el Fondo de \u00a0Bienestar Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas por el Director General y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. \u00a0Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n, Cultura y Deportes. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Recreaci\u00f3n, Cultura y Deportes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Desarrollar los planes y programas recreativos, deportivos y culturales para \u00a0los funcionarios de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y sus familiares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer \u00a0programas que promuevan el desarrollo integral del recurso humano de la Entidad \u00a0a trav\u00e9s de actividades recreativas, deportivas y culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejecutar \u00a0programas especiales como el d\u00eda internacional de la mujer, el d\u00eda de la \u00a0secretaria, el d\u00eda de los ni\u00f1os, fiesta navide\u00f1a para los empleados de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Implementar estrategias de divulgaci\u00f3n para promocionar los programas y \u00a0actividades del Fondo de Bienestar Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar \u00a0los intercambios institucionales de programas recreativos, deportivos y \u00a0culturales, con el fin de aunar esfuerzos para el mejoramiento de la calidad de \u00a0vida laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover \u00a0estudios de necesidades de los funcionarios de la Entidad a nivel deportivo, \u00a0recreativo y cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Evaluar \u00a0los planes y programas que ejecute esta Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar \u00a0el proyecto anual de presupuesto de la Divisi\u00f3n y presentarlo a la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas por el Director y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. \u00a0Unidad de Recursos. Son funciones de la Unidad de Recursos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar \u00a0la administraci\u00f3n y desarrollo de las pol\u00edticas, planes y programas que en \u00a0materia de recursos financieros y f\u00edsicos deba desarrollar para el buen \u00a0funcionamiento del Fondo de Bienestar Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear y \u00a0coordinar el desarrollo de las actividades presupuestales, contables, de \u00a0cr\u00e9dito, cartera y tesorer\u00eda del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Establecer y desarrollar los mecanismos que permitan una mejor administraci\u00f3n \u00a0de los recursos financieros y f\u00edsicos, a fin de procurar niveles adecuados en \u00a0t\u00e9rminos de calidad, cantidad, oportunidad, eficiencia y eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir y \u00a0coordinar la elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuesto y el plan anual de compras \u00a0para Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y \u00a0coordinar la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de los informes financieros y \u00a0presupuestales que por norma legal y reglamentos internos, deba presentar a \u00a0oficinas o autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas por el Director General y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la Unidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera. Son funciones de la Divisi\u00f3n Financiera las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recaudar \u00a0y administrar eficiente y eficazmente los recursos financieros, tendientes a \u00a0lograr su optimizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar \u00a0t\u00e9cnicamente en coordinaci\u00f3n con las diferentes oficinas la elaboraci\u00f3n del \u00a0proyecto de presupuesto y el plan anual de compras del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar \u00a0t\u00e9cnicamente los estados financieros, la rendici\u00f3n de la cuenta e informes de cartera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Registrar \u00a0cronol\u00f3gica y peri\u00f3dicamente todas las operaciones generadas en la \u00a0administraci\u00f3n de los recursos financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Rendir \u00a0oportunamente a las diferentes oficinas o autoridades competentes, los informes \u00a0relacionados con la situaci\u00f3n de cartera, tesorer\u00eda, presupuesto, contabilidad \u00a0y la dem\u00e1s informaci\u00f3n competente a esta Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Inspeccionar, verificar y controlar la ejecuci\u00f3n de las operaciones \u00a0implementadas en el Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Custodiar, proteger y conservar los recursos tanto financieros como f\u00edsicos que \u00a0forman parte del patrimonio del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le sean asignadas por el Director General y que correspondan a la \u00a0naturaleza de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. \u00a0Divisi\u00f3n de Cr\u00e9dito. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Cr\u00e9dito las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar y \u00a0ejecutar modelos y formas para la divulgaci\u00f3n de las diferentes l\u00edneas de \u00a0cr\u00e9dito, planes y programas de acuerdo a pol\u00edticas institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y \u00a0ejecutar registros adecuados que permitan el control de los documentos e \u00a0informaci\u00f3n que maneje la oficina en concordancia con su funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Recepcionar las solicitudes de cr\u00e9dito, clasificarlas y registrarlas, \u00a0asign\u00e1ndoles un n\u00famero en forma ascendente y continua. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Estudiar \u00a0la recepci\u00f3n de la solicitud, el lleno de los requisitos m\u00ednimos para su \u00a0aplicaci\u00f3n, informando oportunamente al solicitante sobre su aceptaci\u00f3n, \u00a0rechazo o requerimientos adicionales fijando t\u00e9rminos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Evaluar \u00a0las solicitudes de cr\u00e9dito y presentar al Director General del Fondo, estudios \u00a0individuales sobre su conveniencia, siguiendo las pautas legales y \u00a0reglamentarias estatuidas, seg\u00fan la modalidad del cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asistir \u00a0al Director en la conformaci\u00f3n de los paquetes necesarios para presentar a la \u00a0Junta Directiva, con el fin de toma de decisiones en la aprobaci\u00f3n de cr\u00e9ditos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar \u00a0al solicitante oportunamente sobre la aceptaci\u00f3n o rechazo de la solicitud, de \u00a0acuerdo a la decisi\u00f3n de la Junta Directiva o de la dependencia \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Recibir, \u00a0analizar, aceptar o rechazar y\/o constituir los documentos, t\u00edtulos valores y \u00a0garant\u00edas que de acuerdo a la reglamentaci\u00f3n deban soportar el cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar el \u00a0archivo de los documentos que respaldan los diferentes cr\u00e9ditos, \u00a0actualiz\u00e1ndolos, haciendo las verificaciones y ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Efectuar \u00a0la liquidaci\u00f3n de los pr\u00e9stamos aprobados incluyendo los diferentes conceptos \u00a0tales como capital, intereses y seguros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Estudiar \u00a0las solicitudes de cr\u00e9ditos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Tramitar \u00a0escrituras p\u00fablicas a trav\u00e9s de las cuales se constituyen hipotecas a favor del \u00a0Fondo como garant\u00edas de cr\u00e9ditos por \u00e9l otorgados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Practicar diagn\u00f3sticos de necesidades de vivienda de los funcionarios de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y presentar a la Direcci\u00f3n del Fondo los \u00a0estudios de requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar \u00a0a los funcionarios de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, en el \u00a0diligenciamiento y tr\u00e1mite de los servicios que presta el Fondo, a trav\u00e9s de \u00a0las diversas l\u00edneas de cr\u00e9dito. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Llevar \u00a0las estad\u00edsticas de las necesidades de vivienda de los empleados de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, que sirvan de base para la toma de \u00a0decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las \u00a0dem\u00e1s funciones que le sean asignadas por el Director General y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14 \u00a0Comit\u00e9 Directivo. El Comit\u00e9 Directivo estar\u00e1 conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El \u00a0Director General o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Jefe \u00a0de la Unidad Administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Jefe \u00a0de la Unidad de Control Interno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Jefe \u00a0de la Unidad de Servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) El Jefe \u00a0de la Unidad de Recursos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dos asesores \u00a0designados por el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Las funciones del Comit\u00e9 Directivo ser\u00e1n las que le asigne el Director General \u00a0mediante resoluci\u00f3n, observando las normas generales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. \u00a0Comit\u00e9 de Personal. El Comit\u00e9 de personal estar\u00e1 conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El \u00a0Director General o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Jefe \u00a0de la Unidad Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Jefe \u00a0de la Unidad de Control Interno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El Jefe \u00a0de la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Un \u00a0representante de los empleados del Fondo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Las funciones del Comit\u00e9 ser\u00e1n las que le asigne el Director General mediante \u00a0resoluci\u00f3n, observando las normas generales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno. Las funciones del Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n de Control Interno ser\u00e1n las que le asigne el Director General \u00a0mediante resoluci\u00f3n, observando las normas generales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. \u00a0Para efectos de que puedan hacer uso de los servicios que presta el Fondo de \u00a0Bienestar Social, se consideran empleados de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica los Servidores P\u00fablicos de la Auditoria de la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica y los del Fondo de Bienestar Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. \u00a0El presente Acuerdo rige desde la fecha en que el Contralor General de la \u00a0Rep\u00fablica lo adopte mediante resoluci\u00f3n y sea aprobado por el Gobierno Nacional \u00a0mediante Decreto, y deroga las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 13 de diciembre de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Firmado) Luz Elena Saldarriaga Blanco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>el \u00a0Secretario, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Firmado) Jaime Quessep Esguerra.\u00bb \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2o. \u00a0El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las \u00a0disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Cartagena de Indias, D.T., a 29 de diciembre de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Eduardo Gonz\u00e1lez Montoya. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2881 DE 1994 \u00a0 \u00a0 (diciembre \u00a029) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se aprueba el Acuerdo n\u00famero 005 de diciembre 13 de 1994, expedido por la Junta \u00a0Directiva del Fondo de Bienestar Social de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[38],"tags":[],"class_list":["post-24398","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1994"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24398","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24398"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24398\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24398"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24398"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24398"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}