{"id":24721,"date":"2023-07-13T18:26:14","date_gmt":"2023-07-13T18:26:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-1078-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:14","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:14","slug":"decreto-1078-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-1078-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 1078 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1078 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 005 del 17 de mayo de 1995, que adopta los \u00a0Estatutos y la Estructura Interna del Instituto Colombiano de la Participaci\u00f3n \u00a0&#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 271 de 2004, \u00a0art\u00edculo 18. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en especial las conferidas \u00a0por el art\u00edculo 26 del Decreto ley 1050 \u00a0de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1\u00ba. Apru\u00e9base en todas sus partes el Acuerdo \u00a0005 del 17 de mayo de 1995, modificado con el Acuerdo n\u00famero 008 de 1995, \u00a0emanado de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Participaci\u00f3n \u00a0&#8220;Jorge Eliecer Gait\u00e1n&#8221;, Colparticipar, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO N\u00daMERO 005 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(mayo 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por medio del cual se adoptan los Estatutos y la \u00a0Estructura Interna del Instituto Colombiano de la Participaci\u00f3n &#8220;Jorge \u00a0Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Instituto Colombiano de la \u00a0Participaci\u00f3n &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;, en ejercicio de las facultades \u00a0que le confieren los art\u00edculos 6\u00ba y 8\u00ba del Decreto \u00a0351 del 11 de febrero de 1994, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Adoptar los siguientes Estatutos que \u00a0regir\u00e1n la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Instituto Colombiano de la \u00a0Participaci\u00f3n &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;, Colparticipar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>NATURALEZA, DENOMINACI\u00d3N, DOMICILIO, OBJETIVOS Y \u00a0FUNCIONES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Naturaleza. El Instituto Colombiano de \u00a0la Participaci\u00f3n &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221; se cre\u00f3 con el Decreto ley 351 de \u00a01994 que reestructur\u00f3 el Centro Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, \u00e9ste \u00faltimo creado \u00a0mediante el Decreto 087 de 1976 \u00a0y reorganizado mediante la Ley 34 de 1979. El \u00a0Instituto es un establecimiento p\u00fablico del orden nacional, adscrito al \u00a0Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional, dotado de Personer\u00eda Jur\u00eddica, patrimonio \u00a0independiente y autonom\u00eda administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Denominaci\u00f3n. El Instituto Colombiano \u00a0de la Participaci\u00f3n &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;, para todos los efectos \u00a0institucionales, legales y reglamentarios, se denominar\u00e1 &#8220;Colparticipar&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Domicilio. El Instituto tendr\u00e1 como \u00a0domicilio principal la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, pudi\u00e9ndose establecer \u00a0seccionales en otros lugares del territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Sede principal. Ser\u00e1 sede principal de \u00a0Colparticipar el complejo arquitect\u00f3nico denominado El Exploratorio Nacional, \u00a0ubicado dentro de las manzanas comprendidas entre la Quebrada del Arzobispo y \u00a0la Calle 43 y las Carreras 15 y 16, declaradas de utilidad p\u00fablica por el Decreto 1265 de 1948 \u00a0y delimitadas en la Ley 34 de 1979, adem\u00e1s \u00a0de las \u00e1reas f\u00edsicas que en el futuro se incluyan como resultado de la \u00a0ampliaci\u00f3n que requiera la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Hacen parte del Exploratorio Nacional el conjunto \u00a0de casas de la \u00e9poca denominada &#8220;Rep\u00fablica Liberal&#8221;, restauradas en \u00a0sus predios; la Casa\u2011Museo Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, declarada Monumento \u00a0Nacional mediante el Decreto 1265 de 1948; \u00a0la tumba del doctor Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n; un Centro de Documentaci\u00f3n; un Museo \u00a0de las Luchas Populares y un Metiseo Cultural para la Arqueolog\u00eda del saber, el \u00a0conocer y el creer. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Objetivos. El Instituto estimular\u00e1, \u00a0coordinar\u00e1, asesorar\u00e1 y adelantar\u00e1 proyectos y programas encaminados a cumplir \u00a0los siguientes objetivos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Propender por la ampliaci\u00f3n y profundizaci\u00f3n de \u00a0la participaci\u00f3n ciudadana en el desempe\u00f1o de las diversas actividades de la \u00a0vida nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Trabajar en procura del desarrollo de la cultura \u00a0participativa de la ciudadan\u00eda en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Funciones. El Instituto, sin perjuicio \u00a0de lo asignado a otras entidades p\u00fablicas, tendr\u00e1 como funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Desarrollar la cultura de la participaci\u00f3n en \u00a0los ciudadanos, haciendo \u00e9nfasis en la ni\u00f1ez y los grupos juveniles, con el fin \u00a0de despertar en el pueblo colombiano el sentido de responsabilidad colectiva en \u00a0los destinos sociales, pol\u00edticos y econ\u00f3micos del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Estimular la creatividad y el sentido de \u00a0iniciativa en la educaci\u00f3n del ciudadano; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Posibilitar la formaci\u00f3n e informar al ciudadano \u00a0sobre las herramientas e instrumentos de participaci\u00f3n con que cuenta la \u00a0legislaci\u00f3n pol\u00edtica colombiana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Despertar en el ciudadano el sentido \u00e9tico, el \u00a0car\u00e1cter y el respeto a los derechos propios y ajenos, dise\u00f1ando y promoviendo \u00a0programas para la educaci\u00f3n y formaci\u00f3n en el campo de la c\u00edvica, los derechos \u00a0humanos y ecol\u00f3gicos y la historia de las luchas del pueblo colombiano por la \u00a0libertad, la moral, la justicia y la equidad, para lo cual asesorar\u00e1 al \u00a0Ministerio de Educaci\u00f3n en asuntos curriculares y los planes de educaci\u00f3n no \u00a0formal de los organismos del Gobierno que se ocupan del tema, en concordancia \u00a0con entidades con funciones afines; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Asesorar y prestar asistencia t\u00e9cnica, cuando \u00a0sea requerida, a las Entidades Estatales en la preparaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas de participaci\u00f3n, de programas de capacitaci\u00f3n y fomento de la \u00a0cultura participativa para l\u00edderes comunitarios, servidores p\u00fablicos y para la \u00a0poblaci\u00f3n civil en general, que ha de capacitarse para asumir las \u00a0responsabilidades administrativas y de gobierno que le competen en una \u00a0democracia participativa. As\u00ed mismo, estimular\u00e1 el desarrollo de la Cultura \u00a0Participativa y su implementaci\u00f3n, con el fin de que \u00e9sta adquiera una \u00a0dimensi\u00f3n preponderante en la vida social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Organizar, impulsar y coordinar campa\u00f1as y \u00a0programas nacionales en materia de participaci\u00f3n ciudadana, educaci\u00f3n c\u00edvica y \u00a0pedagog\u00eda de los derechos humanos y ecol\u00f3gicos, de conformidad con lo \u00a0establecido en la Ley 60 de 1993, con \u00a0atenci\u00f3n preferente a las entidades territoriales y a los resguardos ind\u00edgenas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Fomentar programas de capacitaci\u00f3n en el ramo de \u00a0la econom\u00eda autogestionaria que impliquen el desarrollo de una cultura \u00a0participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Participar con las entidades territoriales en el \u00a0dise\u00f1o y desarrollo de modalidades de participaci\u00f3n ciudadana que contribuyan a \u00a0una mayor transparencia, eficiencia y equidad en la prestaci\u00f3n de los servicios \u00a0y el ejercicio de las competencias que en materia social le asigne la Ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Elaborar programas educativos para promover la \u00a0cultura participativa y los valores que \u00e9sta desarrolla y fomentar su \u00a0publicaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n en los medios de comunicaci\u00f3n del Estado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Asesorar a las instituciones privadas, \u00a0nacionales y extranjeras, que deseen implementar y poner en marcha programas \u00a0afines a las funciones de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Asesorar al Gobierno en sus relaciones con \u00a0Organismos Internacionales que se ocupan del tema de la participaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Estudiar y compilar la legislaci\u00f3n vigente en \u00a0materia de participaci\u00f3n ciudadana, velar porque se aplique y promover nuevas \u00a0iniciativas al respecto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Preservar y difundir el Patrimonio Gaitanista; \u00a0conservar los objetos que rodearon su vida, que guarda hoy en d\u00eda la Casa\u2011Museo \u00a0y completar en lo posible dicho patrimonio; rescatar, actualizar y difundir el pensamiento \u00a0de Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n y del gaitanismo a trav\u00e9s de la investigaci\u00f3n, \u00a0formaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n cient\u00edfica y cultural, para lo cual conformar\u00e1 un \u00a0Centro de Documentaci\u00f3n, adjunto a la Casa\u2011Museo, que tenga como objetivo \u00a0recopilar el material de tradici\u00f3n oral, gr\u00e1fico, f\u00edlmico, iconogr\u00e1fico, \u00a0impreso y toda la documentaci\u00f3n y objetos con relaci\u00f3n al Caudillo Popular y su \u00a0entorno hist\u00f3rico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Promover y concretar la materializaci\u00f3n de las \u00a0iniciativas contempladas en las normas legales expedidas para honrar la memoria \u00a0de Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, en la b\u00fasqueda global de una democracia participativa, \u00a0meta fundamental de la vida del Caudillo Popular; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Crear conciencia nacional sobre la importancia \u00a0de la obra del Caudillo y de su car\u00e1cter de precursor de la Democracia \u00a0Participativa como forma de gobierno, dentro de los t\u00e9rminos establecidos por \u00a0la Ley 34 de 1979 en su \u00a0art\u00edculo 3\u00ba; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Establecer relaciones y convenios con entidades \u00a0nacionales y extranjeras que adelantan tareas similares; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Las dem\u00e1s funciones, no especificadas en el \u00a0decreto de reestructuraci\u00f3n y en los presentes Estatutos que tengan relaci\u00f3n \u00a0con el desarrollo y fomento de la democracia participativa y el pensamiento y \u00a0obra de &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>TUTELA ADMINISTRATIVA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. El Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional \u00a0ejercer\u00e1 sobre Colparticipar la tutela gubernamental de acuerdo con las normas \u00a0legales, con el prop\u00f3sito de controlar sus actividades y lograr la coordinaci\u00f3n \u00a0de \u00e9stas con la pol\u00edtica general del Gobierno y del sector del cual forma \u00a0parte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE DIRECCI\u00d3N Y DE ADMINISTRACI\u00d3N. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n. La \u00a0direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de &#8220;Colparticipar&#8221; est\u00e1 a cargo de la \u00a0Junta Directiva y del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Integraci\u00f3n de la Junta Directiva. La \u00a0Junta Directiva del Instituto Colombiano de la Participaci\u00f3n &#8220;Jorge \u00a0Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;, &#8220;Colparticipar&#8221;, estar\u00e1 integrada por cinco (5) \u00a0miembros, as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional o su delegado, \u00a0quien la presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) El Ministro de Gobierno o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) El Presidente de la Federaci\u00f3n Colombiana de \u00a0Municipios o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Un representante de la Asociaci\u00f3n o Asociaciones \u00a0de Trabajadores de la Instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Un representante de la Corporaci\u00f3n de Amigos del \u00a0Instituto Colombiano de la Participaci\u00f3n &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. El Director General del Instituto formar\u00e1 \u00a0parte de la Junta Directiva con derecho a voz pero no a voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. El Secretario General del Instituto, \u00a0o quien haga sus veces, actuar\u00e1 como Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Designaci\u00f3n. La designaci\u00f3n de \u00a0delegados de funcionarios p\u00fablicos se har\u00e1 por medio de resoluci\u00f3n expedida \u00a0legalmente por funcionario competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La designaci\u00f3n de los representantes de los dem\u00e1s \u00a0entes en la Junta Directiva, se comunicar\u00e1 por intermedio de documento firmado \u00a0por el correspondiente representante legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La elecci\u00f3n de representantes se har\u00e1 de acuerdo \u00a0con las normas que fijen internamente los organismos representados en la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo transitorio. Mientras se tramita la \u00a0personer\u00eda jur\u00eddica de la Corporaci\u00f3n de Amigos del Instituto Colombiano de la \u00a0Participaci\u00f3n &#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;, la representaci\u00f3n que \u00e9sta \u00a0tiene en la Junta Directiva del Instituto ser\u00e1 asumida por un delegado de la \u00a0Fundaci\u00f3n de Amigos del Centro Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Reuniones. Las reuniones de la Junta \u00a0Directiva se har\u00e1n constar en Actas, las cuales una vez aprobadas ser\u00e1n \u00a0autorizadas con la firma del Presidente y el Secretario de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. A las reuniones de la Junta \u00a0Directiva, podr\u00e1n concurrir tambi\u00e9n los funcionarios o personas que la Junta o el \u00a0Director General del Instituto determinen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. La Junta Directiva puede sesionar \u00a0v\u00e1lidamente con tres (3) de sus miembros, sus decisiones las tomar\u00e1 con el voto \u00a0favorable de la mayor\u00eda de los asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00ba. En caso de ausencia sin raz\u00f3n \u00a0justificada de cualquier delegado a tres sesiones consecutivas de Junta \u00a0Directiva, \u00e9sta podr\u00e1 solicitar formalmente su remoci\u00f3n y correspondiente \u00a0reemplazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00ba. La Junta Directiva se reunir\u00e1 \u00a0ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocada por su \u00a0Presidente o el Director General a petici\u00f3n de la mayor\u00eda de sus miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Denominaci\u00f3n de los actos. Las \u00a0decisiones de la Junta Directiva se denominar\u00e1n Acuerdos, los cuales llevar\u00e1n las \u00a0firmas de quien presida la Junta y del Secretario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los Acuerdos se enumerar\u00e1n sucesivamente con \u00a0indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que se expidan y estar\u00e1n bajo la custodia del \u00a0Secretario de la Junta; lo mismo se har\u00e1 con relaci\u00f3n a las Actas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Por su asistencia a las sesiones, los \u00a0miembros de la Junta Directiva tendr\u00e1n derecho a percibir los honorarios que se \u00a0fijen por Resoluci\u00f3n Ejecutiva, dentro de los t\u00e9rminos legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Los miembros de la Junta Directiva, \u00a0aunque ejercen funciones p\u00fablicas, no adquieren por ese hecho la calidad de \u00a0empleados p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Funciones de la Junta Directiva. Son \u00a0funciones de la Junta Directiva, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Adoptar su propio reglamento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Formular la pol\u00edtica general de la entidad de \u00a0acuerdo con los objetivos previstos en el Decreto 351 de 1994 \u00a0y estos estatutos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Aprobar los planes generales y programas, as\u00ed \u00a0como los proyectos espec\u00edficos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Controlar el funcionamiento del Instituto de \u00a0conformidad con las pol\u00edticas adoptadas por la propia Junta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Adoptar los estatutos del organismo y cualquier \u00a0reforma que a ellos se introduzca y someterlos a la aprobaci\u00f3n del Gobierno de \u00a0acuerdo con las disposiciones legales vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Determinar la estructura interna del Instituto \u00a0con sujeci\u00f3n a la naturaleza jur\u00eddica de la misma, establecer sus diferentes \u00a0dependencias y fijar su planta de personal, conforme a las disposiciones \u00a0legales vigentes sobre la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Estudiar y aprobar el presupuesto anual del \u00a0Instituto y las modificaciones necesarias durante el ejercicio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Autorizar al Director General la delegaci\u00f3n en \u00a0los funcionarios que se indique el ejercicio de alguna o algunas de las \u00a0funciones se\u00f1aladas en el art\u00edculo 18 de este Acuerdo, sin perjuicio de las \u00a0delegaciones que por ley pueda efectuar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Autorizar al Director General, de manera previa \u00a0a la iniciaci\u00f3n del proceso de selecci\u00f3n de contratistas, la celebraci\u00f3n de \u00a0contratos o convenios con instituciones internacionales y con gobiernos \u00a0extranjeros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Establecer las cuant\u00edas hasta las cuales el \u00a0Director General podr\u00e1 delegar funciones relacionadas con la contrataci\u00f3n administrativa, \u00a0en los t\u00e9rminos establecidos por la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Solicitar el reemplazo del o los delegados a la \u00a0Junta que no hayan asistido a tres reuniones consecutivas sin causa \u00a0justificada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Evaluar los informes que debe rendir el Director \u00a0General sobre las labores desarrolladas en la entidad, conforme a la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Instaurar premios y condecoraciones con el \u00a0nombre de Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, para distinguir a quienes se destacan en \u00e1reas \u00a0que fueron el eje de su trasegar intelectual, pol\u00edtico y humano; y definir \u00a0lineamientos e incentivos para el auspicio de concursos a nivel nacional e \u00a0internacional sobre distintos t\u00f3picos que abarquen la tem\u00e1tica que fuera la \u00a0motivaci\u00f3n de la obra, pensamiento y vida del doctor Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, as\u00ed \u00a0como sobre la tem\u00e1tica de la Participaci\u00f3n Ciudadana en todas las \u00e1reas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Adoptar el presupuesto anual de ingresos y \u00a0egresos de la entidad y los ajustes presupuestales, de acuerdo con las \u00a0aprobaciones que imparta el Gobierno Nacional, de conformidad con las normas \u00a0legales vigentes sobre la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Autorizar la impresi\u00f3n, publicaci\u00f3n, \u00a0reproducci\u00f3n y difusi\u00f3n de las investigaciones que realice el Instituto y la \u00a0producci\u00f3n del material que considere necesario para el desarrollo de sus \u00a0objetivos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Examinar y aprobar los estados financieros del \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Exigir informes peri\u00f3dicos al Director sobre las \u00a0actividades y funcionamiento del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley y los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. La Junta Directiva podr\u00e1 establecer, \u00a0dentro de su seno, comisiones para trabajos o estudios a propuestas del \u00a0Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones del Director General. El \u00a0Director General del Instituto, quien es agente del Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0de su libre nombramiento y remoci\u00f3n, tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Llevar la representaci\u00f3n legal de la Entidad, \u00a0para lo cual podr\u00e1 suscribir los actos y contratos que deban celebrarse, \u00a0conforme a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes sobre la materia \u00a0y a los presentes estatutos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Someter a consideraci\u00f3n de la Junta Directiva \u00a0los planes y programas de la Instituci\u00f3n, as\u00ed como el proyecto de presupuesto \u00a0de ingresos, inversiones y gastos y las sugerencias que estime convenientes \u00a0para el buen funcionamiento del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Ejecutar las decisiones de la Junta Directiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Velar por el adecuado cumplimiento de los \u00a0objetivos y funciones de la Instituci\u00f3n y por el correcto manejo de las \u00a0asignaciones presupuestales, garantizando la preservaci\u00f3n del patrimonio de la Entidad \u00a0y la adecuada apropiaci\u00f3n de los fondos, la conservaci\u00f3n de sus instalaciones y \u00a0de los dem\u00e1s bienes pertenecientes a la Instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Velar porque los objetivos del Instituto \u00a0correspondan cabalmente a las necesidades sociales actuales y de especial \u00a0trascendencia, para que a trav\u00e9s de \u00e9l se canalicen todos los esfuerzos \u00a0dispersos que hoy adelantan otras instituciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Coordinar y controlar el manejo administrativo y \u00a0presupuestal de la Instituci\u00f3n en concordancia con las pol\u00edticas de gesti\u00f3n administrativa \u00a0participativa, de acuerdo con las estrategias definidas por el Director General \u00a0y la Junta Directiva, garantizando una cultura administrativa participativa de \u00a0car\u00e1cter global en la Entidad y propugnando por ella en las tareas \u00a0desarrolladas en \u00e1mbitos externos a la Instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Conformar grupos de trabajo de acuerdo con los \u00a0objetivos, planes, programas y necesidades de servicio del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coordinar y controlar el desarrollo y \u00a0efectividad de las funciones que, a nivel nacional, desarrolla la entidad \u00a0directamente o por medio de convenios con entidades externas o contratos en \u00a0materia de proyectos de participaci\u00f3n ciudadana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Asegurar el debido manejo administrativo de El \u00a0Exploratorio y las dependencias que en \u00e9l funcionen y coordinar las actividades \u00a0de investigaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n que desarrolla el establecimiento en procura de \u00a0una cultura participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Delegar en los funcionarios las actividades que \u00a0juzgue convenientes, conforme a la ley y los reglamentos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Nombrar, dar posesi\u00f3n, promover y remover el \u00a0personal de planta y dictar los actos necesarios para la administraci\u00f3n de \u00a0personal al servicio de la Instituci\u00f3n, conforme a la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Propiciar el debido funcionamiento de la \u00a0asociaci\u00f3n o asociaciones de trabajadores, otorgando las garant\u00edas necesarias \u00a0para su organizaci\u00f3n, as\u00ed como para su participaci\u00f3n en la gesti\u00f3n y \u00a0orientaci\u00f3n de la Instituci\u00f3n a trav\u00e9s de los mecanismos que determinan las \u00a0normas legales y estatutarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Presentar el informe anual al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica por conducto del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y a la Junta \u00a0Directiva sobre las labores desarrolladas por la entidad, as\u00ed como los informes \u00a0adicionales que le soliciten y practicar para ello los estudios especiales que \u00a0ordenen; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Presentar anualmente los estados financieros, el \u00a0proyecto de aplicaci\u00f3n de las utilidades y un informe sobre la marcha general \u00a0del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Constituir mandatarios que representen a la \u00a0Instituci\u00f3n en los asuntos judiciales y extrajudiciales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Velar por la consecuci\u00f3n adecuada de los fondos \u00a0que requiere el logro de los objetivos y funciones propios de la Entidad, el \u00a0adecuado funcionamiento y mantenimiento de sus dependencias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Proveer el recaudo de los ingresos, ordenar los \u00a0gastos y en general dirigir las operaciones propias de la Instituci\u00f3n, dentro \u00a0de las prescripciones de la ley, decretos reglamentarios y disposiciones de la \u00a0Junta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Velar por el establecimiento y desarrollo del sistema \u00a0de control interno, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley, los Estatutos y \u00a0Acuerdos de Junta Directiva y las que, refiri\u00e9ndose a la marcha del Instituto, \u00a0no est\u00e9n expresamente atribuidas a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>REGIMEN DE INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y \u00a0RESPONSABILIDADES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Los miembros de la Junta Directiva y \u00a0el Director General estar\u00e1n sujetos al r\u00e9gimen de inhabilidades, \u00a0incompatibilidades y responsabilidades legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ESTRUCTURA INTERNA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. La estructura interna de \u00a0Colparticipar, ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Oficina de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Subdirecci\u00f3n Cient\u00edfica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Divisi\u00f3n del Patrimonio Gaitanista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Subdirecci\u00f3n de Cultura y Gesti\u00f3n Participativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Oficina de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asesorar a la Direcci\u00f3n General y dem\u00e1s \u00f3rganos \u00a0directivos en la formulaci\u00f3n de planes, programas y proyectos, tendientes al cumplimiento \u00a0de los objetivos y funciones del Instituto, as\u00ed como evaluar el desarrollo de \u00a0los mismos y sugerir los correctivos necesarios para garantizar sus logros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar y evaluar los planes de acci\u00f3n, \u00a0enmarcados dentro de las pol\u00edticas y programas definidos para el sector por el \u00a0Plan Nacional de Desarrollo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Elaborar, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias del Instituto, los diferentes proyectos y estudios que deban ser \u00a0desarrollados por la Entidad, se\u00f1alar sus prioridades y proponerlos a la \u00a0Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dise\u00f1ar e implementar los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n necesarios para el desarrollo de las actividades propias del \u00a0Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Realizar los estudios de organizaci\u00f3n, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos; elaborar las formas y manuales respectivos y colaborar en su \u00a0implementaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Asesorar a las dependencias del Instituto en la \u00a0elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuesto anual de inversiones y de \u00a0funcionamiento y del programa general de compras, as\u00ed como en la realizaci\u00f3n de \u00a0ajustes de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Con base en el literal anterior, coordinar y \u00a0consolidar el proyecto de presupuesto de inversiones y funcionamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Organizar y mantener actualizadas las \u00a0estad\u00edsticas y documentos de la Entidad y rendir los informes que sean \u00a0requeridos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Incorporar a la Instituci\u00f3n los conceptos de \u00a0Administraci\u00f3n con criterio de participaci\u00f3n en la gesti\u00f3n de la entidad, para \u00a0la modernizaci\u00f3n de sus formas operativas dentro del marco de una cultura \u00a0participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Desarrollar el an\u00e1lisis, la programaci\u00f3n y el \u00a0procesamiento automatizado de la informaci\u00f3n que requieran las diferentes \u00a0dependencias del Instituto para su funcionamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Asesorar a la Direcci\u00f3n General en la definici\u00f3n \u00a0de planes y el establecimiento de programas en materia de sistematizaci\u00f3n, uso \u00a0y manejo de nuevas tecnolog\u00edas de software y hardware; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Dise\u00f1ar los registros de entrada y salida de \u00a0informaci\u00f3n y brindar un correcto mantenimiento y actualizaci\u00f3n de los \u00a0diferentes programas y sus aplicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Elaborar los estudios econ\u00f3micos indispensables \u00a0para precisar nuevas fuentes de financiamiento para la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Colaborar con el dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de los \u00a0proyectos de prestaci\u00f3n de servicios del Instituto, al igual que en los \u00a0estudios tarifarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Analizar la incidencia de las pol\u00edticas \u00a0gubernamentales en las actividades administrativas, culturales e investigativas \u00a0del Instituto y hacer las recomendaciones pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Elaborar estudios de factibilidad econ\u00f3mica de \u00a0las inversiones y coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n del Ministerio de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional la incorporaci\u00f3n de los proyectos del Instituto a los planes \u00a0del sector y su registro en el Banco de Planes y Proyectos de Inversi\u00f3n del \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, as\u00ed como evaluar y controlar la ejecuci\u00f3n \u00a0de los proyectos de inversi\u00f3n que se adelanten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Participar en el dise\u00f1o del sistema de control \u00a0interno y aplicarlo en la dependencia, utilizando para ello indicadores de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y la gesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dise\u00f1ar el sistema de control interno de la \u00a0Entidad y velar por su implementaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asesorar a la Direcci\u00f3n General y dem\u00e1s \u00a0dependencias en el planeamiento, direcci\u00f3n, organizaci\u00f3n, verificaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n del sistema de control interno del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Proponer y desarrollar pol\u00edticas de control \u00a0interno para garantizar el mejoramiento permanente del sistema de control adoptado \u00a0por la Instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Verificar que el sistema de control interno y su \u00a0ejercicio, est\u00e9n formalmente establecidos dentro de la organizaci\u00f3n y obedezcan \u00a0al desarrollo de las funciones y responsabilidades asignadas a cada dependencia \u00a0y cargo por ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Garantizar un sistema de control interno \u00a0asociado con todas y cada una de las actividades que en cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n, funciones y objetivos le han sido asignados al Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Desarrollar programas de auditor\u00eda que \u00a0garanticen el cumplimiento y aplicaci\u00f3n de las leyes, normas, pol\u00edticas, \u00a0procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del Instituto, as\u00ed como \u00a0los ajustes necesarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Promover en la organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura \u00a0de control, que contribuya al mejoramiento cont\u00ednuo en cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n institucional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Apoyar a la Direcci\u00f3n General y dem\u00e1s \u00a0dependencias en la aplicaci\u00f3n de mecanismos que garanticen la participaci\u00f3n \u00a0ciudadana dentro de las actividades que realiza la entidad en cumplimiento del \u00a0mandato constitucional, los estatutos y toda norma legal que se expida sobre el \u00a0tema; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Las dem\u00e1s que le sean asignadas de acuerdo con \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Subdirecci\u00f3n Cient\u00edfica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Dirigir el funcionamiento de El Exploratorio \u00a0Nacional, las \u00e1reas de museolog\u00eda, documentaci\u00f3n, publicaciones y medios, del \u00a0patrimonio gaitanista y de la Casa\u2011Museo Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Apoyar al Director General en la coordinaci\u00f3n, \u00a0orientaci\u00f3n y supervisi\u00f3n de las actividades de investigaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y \u00a0divulgaci\u00f3n en el \u00e1rea de la cultura y gesti\u00f3n participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Presentar propuestas para el establecimiento de \u00a0los grupos de trabajo requeridos por el Instituto en la Subdirecci\u00f3n Cient\u00edfica, \u00a0con el fin de facilitar el debido cumplimiento de las funciones y objetivos de \u00a0la Entidad en lo atinente a la cultura y gesti\u00f3n participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dirigir y evaluar los grupos a su cargo; e) \u00a0Dise\u00f1ar los programas y proyectos correspondientes a la Subdirecci\u00f3n \u00a0Cient\u00edfica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Colaborar en los proyectos de investigaci\u00f3n, \u00a0capacitaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n en las \u00e1reas de la cultura y gesti\u00f3n participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Colaborar con la Oficina de Planeaci\u00f3n e \u00a0Inform\u00e1tica en la elaboraci\u00f3n del presupuesto correspondiente a las actividades \u00a0cient\u00edficas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coadyuvar en la elaboraci\u00f3n de los contratos que \u00a0la Entidad efect\u00fae para el desarrollo de funciones del \u00e1rea, mediante la \u00a0definici\u00f3n de sus objetivos y condiciones, as\u00ed como servir de interventor de la \u00a0ejecuci\u00f3n de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Participar en el dise\u00f1o del sistema de control \u00a0interno y aplicarlo en la Subdirecci\u00f3n, utilizando para ello indicadores de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y la gesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Divisi\u00f3n del patrimonio gaitanista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Enaltecer el ideario social, econ\u00f3mico, pol\u00edtico \u00a0y organizativo de Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, rescatando, actualizando y difundiendo su \u00a0pensamiento a trav\u00e9s de la investigaci\u00f3n, formaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n cient\u00edfica y \u00a0cultural; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Administrar el fondo de publicaciones Jorge \u00a0Eli\u00e9cer Gait\u00e1n para fomentar la edici\u00f3n de libros, casetes y videos sobre los \u00a0temas en que se especializa la Casa\u2011Museo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Promover el establecimiento de cursos, \u00a0seminarios, talleres, c\u00e1tedras y dem\u00e1s formas de estudio sobre el pensamiento, \u00a0vida y obra del Caudillo Popular, del movimiento gaitanista y de su legado \u00a0hist\u00f3rico, filos\u00f3fico y pol\u00edtico, en especial en los cursos de historia tanto a \u00a0nivel escolar como de estudios superiores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Asistir a los escolares en la elaboraci\u00f3n de \u00a0trabajos en torno al tema de Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, el gaitanismo y su \u00e9poca y \u00a0prestar las facilidades necesarias a los investigadores sobre tales temas, \u00a0poniendo a su disposici\u00f3n la m\u00e1s amplia documentaci\u00f3n posible, cuya compilaci\u00f3n \u00a0ser\u00e1 tarea fundamental de la Casa\u2011Museo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Promover la elaboraci\u00f3n de tesis de grado, \u00a0ensayos, videos, pel\u00edculas, audiovisuales, exposiciones y estudios en general, \u00a0sobre el doctor Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n y su pensamiento, su obra y su vida, as\u00ed \u00a0como la \u00e9poca que enmarc\u00f3 su accionar intelectual p\u00fablico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Promover la difusi\u00f3n en todos los medios de \u00a0comunicaci\u00f3n, sobre la vida, pensamiento y obra de Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n, \u00a0exaltando su legado hist\u00f3rico en beneficio del pa\u00eds nacional en la b\u00fasqueda de \u00a0una democracia participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Rendirle tributo a la memoria del L\u00edder Popular \u00a0en el lugar de El Exploratorio que guarda sus restos y conmemorar con eventos \u00a0especiales, organiz\u00e1ndolos o fomentando su realizaci\u00f3n, en fechas que recuerden \u00a0los hitos de su vida y de su obra; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Coadyuvar al desarrollo de las funciones del \u00a0Instituto, en lo concerniente a la cultura participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Participar en el dise\u00f1o del sistema de control \u00a0interno y aplicarlo en la dependencia, utilizando para ello indicadores de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y la gesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s funciones atinentes a sus objetivos no \u00a0expresamente determinadas en los presentes estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Subdirecci\u00f3n de cultura y gesti\u00f3n \u00a0participativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos relacionados con el \u00e1rea de la cultura y gesti\u00f3n participativa y \u00a0someterlos a consideraci\u00f3n del Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar los proyectos de investigaci\u00f3n, \u00a0capacitaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n en las \u00e1reas de la cultura y gesti\u00f3n participativa, \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Dirigir la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, programas \u00a0y proyectos aprobados en materia de investigaci\u00f3n, formaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n de \u00a0la cultura y gesti\u00f3n participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Realizar las actividades necesarias para la \u00a0planeaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los programas relacionados con el desarrollo de la \u00a0cultura y gesti\u00f3n participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Presentar propuestas para el establecimiento de \u00a0los grupos de trabajo requeridos por el Instituto en la Subdirecci\u00f3n de Cultura \u00a0Participativa con el fin de facilitar el debido cumplimiento de las funciones y \u00a0objetivos de la Entidad en lo atinente a la cultura y gesti\u00f3n participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dirigir y evaluar los grupos a su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Estimular y apoyar las propuestas e iniciativas \u00a0de las dependencias en procura del logro de los objetivos de la Instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Dirigir la ejecuci\u00f3n de los programas de capacitaci\u00f3n \u00a0que adelanta la Instituci\u00f3n en el ramo de la econom\u00eda autogestionaria, que \u00a0impliquen el desarrollo de una cultura participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Coordinar los programas del Instituto en el \u00a0campo de la asesor\u00eda al Gobierno Nacional, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0programas de gesti\u00f3n participativa de l\u00edderes comunitarios, servidores p\u00fablicos \u00a0y poblaci\u00f3n civil en general; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Promover iniciativas sobre legislaci\u00f3n en \u00a0materia de participaci\u00f3n ciudadana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coadyuvar en la elaboraci\u00f3n de los contratos que \u00a0la Entidad efect\u00fae para el desarrollo de funciones del \u00e1rea de la cultura y \u00a0gesti\u00f3n participativa, mediante la definici\u00f3n de sus objetivos y condiciones, \u00a0as\u00ed como servir de interventor de la ejecuci\u00f3n de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Colaborar con la Oficina de Planeaci\u00f3n e \u00a0Inform\u00e1tica en la elaboraci\u00f3n del presupuesto correspondiente a las actividades \u00a0de la Subdirecci\u00f3n de Cultura y Gesti\u00f3n Participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Participar en el dise\u00f1o del sistema de control \u00a0interno y aplicarlo en la Subdirecci\u00f3n, utilizando para ello indicadores de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y la gesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Subdirecci\u00f3n Administrativa y \u00a0Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Formular pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos relacionados con la gesti\u00f3n administrativa y financiera del Instituto \u00a0y someterlos a consideraci\u00f3n del Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Dirigir la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas, programas \u00a0y proyectos aprobados para esta \u00e1rea; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Dirigir los servicios administrativos y de las \u00a0dependencias encargadas de manejar bienes y recursos financieros, en la \u00a0adquisici\u00f3n de elementos y en su adecuada utilizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dirigir, coordinar y evaluar las actividades de \u00a0las dependencias que conforman la Subdirecci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Apoyar a la Oficina de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica \u00a0en la elaboraci\u00f3n del proyecto de presupuesto del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Informar y responder al Director General sobre \u00a0la ejecuci\u00f3n del presupuesto, as\u00ed como dise\u00f1ar y aplicar mecanismos de control \u00a0a dicha ejecuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Propiciar los medios para que los servicios \u00a0administrativos se presten a todas las dependencias del Instituto en forma \u00a0eficiente, eficaz y de acuerdo con las disposiciones legales vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Orientar la ejecuci\u00f3n de los planes de \u00a0modernizaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n administrativa de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n e \u00a0Inform\u00e1tica la implementaci\u00f3n de programas tendientes a sistematizar las \u00a0operaciones administrativas y financieras del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n e \u00a0Inform\u00e1tica la elaboraci\u00f3n de manuales de procedimientos de las diferentes \u00a0dependencias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coordinar la elaboraci\u00f3n del manual espec\u00edfico \u00a0de funciones y requisitos del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Gestionar la consecuci\u00f3n de los recursos \u00a0financieros para el normal desarrollo del Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Velar por la oportuna asignaci\u00f3n y disposici\u00f3n \u00a0de los recursos financieros que se requieran para garantizar los planes y \u00a0programas de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Ejercer funciones de ordenador de gastos, previa \u00a0delegaci\u00f3n por parte del Director General, en la cuant\u00eda que establezca la \u00a0Junta Directiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Evaluar los resultados de la gesti\u00f3n de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Administrativa y Financiera y sus dependencias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Presentar propuestas para el establecimiento de \u00a0los grupos de trabajo requeridos por el Instituto en la Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa y Financiera, con el fin de facilitar el debido cumplimiento de \u00a0las funciones y objetivos de la Entidad en lo atinente a la cultura y gesti\u00f3n \u00a0participativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Dirigir y evaluar los grupos a su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Coadyuvar en la elaboraci\u00f3n de los contratos que \u00a0la Entidad efect\u00fae para el desarrollo de funciones de su \u00e1rea, mediante la \u00a0definici\u00f3n de sus objetivos y condiciones, as\u00ed como servir de interventor de la \u00a0ejecuci\u00f3n de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Participar en el dise\u00f1o del sistema de control \u00a0interno y aplicarlo en la dependencia, utilizando para ello indicadores de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o y la gesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. El \u00a0Instituto contar\u00e1 con dos \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n, a saber: Comisi\u00f3n \u00a0de Personal y Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba. Comisi\u00f3n de Personal. La Comisi\u00f3n de Personal \u00a0estar\u00e1 integrada y cumplir\u00e1 sus funciones de acuerdo con lo establecido por las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno. \u00a0Cr\u00e9ase un Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno, cuyas \u00a0funciones ser\u00e1n formular pol\u00edticas para el dise\u00f1o del sistema, coordinarlo y \u00a0evaluarlo peri\u00f3dicamente, para ser aplicado con sujeci\u00f3n a los criterios de \u00a0\u00e9tica, eficacia, econom\u00eda, celeridad, imparcialidad y publicidad, en todos los \u00a0procesos de las diferentes dependencias de la Organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La conformaci\u00f3n y reglamento de este Comit\u00e9 ser\u00e1n \u00a0establecidos por el Director General mediante acto administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>REGIMEN JUR\u00cdDICO DE LOS ACTOS Y CONTRATOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Los contratos que celebre el Instituto \u00a0para el logro de sus objetivos se ce\u00f1ir\u00e1n a lo dispuesto en el Estatuto de \u00a0Contrataci\u00f3n Administrativa y las normas que lo reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PERSONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Con el fin de atender a las \u00a0necesidades del servicio, el Instituto tendr\u00e1 una planta de personal \u00a0globalizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Para todos los efectos legales, las \u00a0personas que est\u00e1n vinculadas a la Instituci\u00f3n en la planta de personal son \u00a0empleados p\u00fablicos, sujetos a las normas vigentes para ellos. Quienes presten sus \u00a0servicios en la construcci\u00f3n y sostenimiento de las obras p\u00fablicas son \u00a0trabajadores oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IX \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PATRIMONIO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. El patrimonio del Instituto estar\u00e1 \u00a0constituido por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Los bienes, derechos y obligaciones que a \u00a0cualquier t\u00edtulo haya adquirido o adquiera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Las partidas que se incluyan anualmente en el \u00a0Presupuesto Nacional con destino al Instituto y las que han sido ya apropiadas \u00a0o figuren a cualquier t\u00edtulo con destino al Centro Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n y\/o a \u00a0su sede principal, el Exploratorio Nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) La cesi\u00f3n o participaci\u00f3n de impuestos, tasas y \u00a0contribuciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) El producto de las rentas que adquiera en el \u00a0futuro, por raz\u00f3n de prestaci\u00f3n de servicios o cualquier otra actividad, af\u00edn \u00a0con las funciones y objetivos de la Instituci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las donaciones, cesiones o transferencias que a \u00a0t\u00edtulo gratuito, los gobiernos o entidades de car\u00e1cter p\u00fablico o privado \u00a0nacionales o extranjeras, traditen al Instituto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Los bienes adquiridos por la Naci\u00f3n en la \u00a0manzana que rodea la actual Casa\u2011Museo declarada de utilidad p\u00fablica por \u00a0el Decreto 1265 de 1948 \u00a0y la manzana comprendida entre las Carreras 15 y 16 y la Calle 42 y la Quebrada \u00a0del Arzobispo en la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, la cual fue declarada de \u00a0utilidad p\u00fablica por la Ley 34 de 1979, a m\u00e1s \u00a0de las \u00e1reas f\u00edsicas e inmuebles que en el futuro se adquieran como resultado \u00a0de la ampliaci\u00f3n que requiera la Instituci\u00f3n en su sede principal o en sus \u00a0seccionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Los inmuebles construidos en las \u00e1reas \u00a0declaradas de utilidad p\u00fablica, con destino al complejo arquitect\u00f3nico \u00a0denominado El Exploratorio Nacional de la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1 y \u00a0aquellas que con destino a la Instituci\u00f3n se adquieran o se construyan en \u00a0cualquier lugar del territorio nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las partidas y los bienes muebles e inmuebles \u00a0que pertenecen a la Casa\u2011Museo Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n y los que se \u00a0adquieran en el futuro para ella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO X \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONTROL FISCAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. La Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0ejercer\u00e1 el control fiscal del Instituto, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO XI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES VARIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. El presente Acuerdo rige a partir de \u00a0la fecha de su aprobaci\u00f3n por decreto del Gobierno Nacional y deroga todas las \u00a0disposiciones estatutarias y administrativas que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Los Cap\u00edtulos V y VI entrar\u00e1n en \u00a0vigencia a partir de la aprobaci\u00f3n de la nueva planta de personal del \u00a0Instituto, con excepci\u00f3n de los numerales 1\u00ba y 2\u00ba del Cap\u00edtulo V. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a los 17 d\u00edas del \u00a0mes de mayo de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Fdo.) Javier Alonso Lastra Fuscaldo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretaria,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 (Fdo.) Olga Escobar Ramos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2\u00ba. El presente Decreto rige a partir de \u00a0la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga el Decreto 3029 de 1989 \u00a0y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 27 de junio de \u00a01995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Educaci\u00f3n Nacional,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Arturo Sarabia Better. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica,\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Eduardo \u00a0Gonz\u00e1lez Montoya. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1078 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (junio 27) \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 005 del 17 de mayo de 1995, que adopta los \u00a0Estatutos y la Estructura Interna del Instituto Colombiano de la Participaci\u00f3n \u00a0&#8220;Jorge Eli\u00e9cer Gait\u00e1n&#8221;. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 271 de 2004, \u00a0art\u00edculo 18. \u00a0 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-24721","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1995"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24721","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24721"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24721\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24721"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24721"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24721"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}