{"id":24788,"date":"2023-07-13T18:26:17","date_gmt":"2023-07-13T18:26:17","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-128-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:17","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:17","slug":"decreto-128-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-128-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 128 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 128 DE 1995 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>(enero 13) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 1994, por el cual se \u00a0adoptan los Estatutos Internos, se establece la Estructura Interna y se \u00a0determinan las funciones del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de \u00a0la Polic\u00eda Nacional, Inssponal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 1562 de 1995, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso \u00a0de las atribuciones legales y en especial de las que le confiere el art\u00edculo 26 \u00a0del Decreto ley 1050\u20111968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Apru\u00e9base el Acuerdo 031 del 29 de \u00a0diciembre de 1994, por el cual se adoptan los Estatutos Internos, se establece \u00a0parcialmente la Estructura Interna y se determinan las funciones de las \u00a0dependencias del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda \u00a0Nacional, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO N\u00daMERO 031 DE 1994 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adoptan los Estatutos Internos, se \u00a0establece la Estructura Interna y se determinan las funciones del Instituto \u00a0para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, Inssponal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Instituto para la Seguridad \u00a0Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, en uso de las atribuciones le \u00a0confieren los Decretos 352 del 11 de febrero de 1994 y 1301 de junio 22 de \u00a01994, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. Adoptar los siguientes estatutos \u00a0internos que regir\u00e1n la organizaci\u00f3n y funcionamiento del Instituto para la \u00a0Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>NATURALEZA JUR\u00cdDICA, DURACI\u00d3N, OBJETIVOS, \u00a0FUNCIONES, JURISDICCI\u00d3N Y DOMICILIO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba.\u00a0 \u00a0Naturaleza jur\u00eddica. El Instituto para la Seguridad Social y Bienestar \u00a0de la Polic\u00eda Nacional, creado por el art\u00edculo 33 de la Ley 62 de 1993, es un \u00a0establecimiento p\u00fablico del orden nacional adscrito al Ministerio de Defensa, \u00a0dotado de personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y patrimonio \u00a0independiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba.\u00a0 \u00a0Duraci\u00f3n. La duraci\u00f3n del Instituto es indefinida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Objetivos.\u00a0 El Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, desarrollar\u00e1 programas de educaci\u00f3n, \u00a0recreaci\u00f3n, vivienda propia y fiscal, readaptaci\u00f3n laboral y subsidios para los \u00a0discapacitados f\u00edsicos, as\u00ed mismo, dirigir\u00e1 el subsistema de salud de la \u00a0Polic\u00eda Nacional y en tal car\u00e1cter ser\u00e1 el responsable de ejecutar las \u00a0pol\u00edticas, planes y programas que adopte el Ministerio de Defensa Nacional y el \u00a0Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional, y \u00a0ejercer las funciones relativas a la organizaci\u00f3n y funcionamiento de dicho \u00a0subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba.\u00a0 \u00a0Son beneficiarios de los programas comprendidos en este art\u00edculo, el \u00a0personal uniformado y no uniformado de la Polic\u00eda Nacional y sus familias, \u00a0tanto en servicio activo como en goce de asignaci\u00f3n de retiro o pensi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. Al beneficio de vivienda fiscal solo \u00a0tendr\u00e1 derecho el personal en servicio activo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Son funciones del Instituto para la \u00a0Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 \u00a0Desarrollar los planes y programas en las \u00e1reas de bienestar, educaci\u00f3n, \u00a0vivienda, recreaci\u00f3n y readaptaci\u00f3n laboral y subsidios para los discapacitados \u00a0f\u00edsicos requeridos para la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Atender \u00a0directamente o a trav\u00e9s de terceros la prestaci\u00f3n de servicios en las \u00e1reas de \u00a0seguridad social y bienestar para el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Pagar el \u00a0subsidio familiar al personal de la Polic\u00eda Nacional, de conformidad con la ley \u00a0y los reglamentos vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Pagar los \u00a0valores que por concepto de cesant\u00edas sean trasladados al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 \u00a0Administrar los aportes que para la prestaci\u00f3n de los diferentes \u00a0servicios, efect\u00fae el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Celebrar \u00a0con personas naturales o jur\u00eddicas, nacionales o extranjeras, oficiales, \u00a0privadas o mixtas contratos de: obra, suministro, empr\u00e9stito, compraventa, \u00a0arrendamiento, transporte, seguro, consultor\u00eda, prestaci\u00f3n de servicios, \u00a0concesi\u00f3n, fiducia p\u00fablica o encargos fiduciarios y todos aquellos actos \u00a0necesarios para el cumplimiento de sus objetivos, conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Celebrar \u00a0convenios con instituciones p\u00fablicas, privadas o mixtas para la administraci\u00f3n \u00a0de activos en cumplimiento de los fines sociales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0con las autoridades departamentales y municipales, las acciones de bienestar \u00a0para los miembros de la Polic\u00eda Nacional, de conformidad con lo establecido en \u00a0el art\u00edculo 31 de la Ley 62 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Organizar \u00a0centros de salud, recreativos, educativos, sociales y gestionar la adquisici\u00f3n \u00a0de vivienda fiscal y propia para el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar el subsidio de vivienda para el \u00a0personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener permanentemente informados a los \u00a0usuarios sobre los programas y servicios desarrollados por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fomentar a trav\u00e9s del desarrollo de programas \u00a0adecuados, el bienestar mental y f\u00edsico de los miembros de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar y patrocinar investigaciones que \u00a0permitan el mejoramiento de servicios prestados por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir la operaci\u00f3n y el funcionamiento del \u00a0Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional con sujeci\u00f3n a las directrices \u00a0trazadas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la \u00a0Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Administrar el Fondo\u2011Cuenta de Subsistencia \u00a0de Salud de la Polic\u00eda Nacional, de acuerdo con las pol\u00edticas aprobadas por el \u00a0Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Prestar los servicios de salud a trav\u00e9s de las \u00a0unidades del subsistema o mediante la contrataci\u00f3n de instituciones prestadoras \u00a0de servicios de salud y profesionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Racionalizar la atenci\u00f3n de servicios, mediante \u00a0modalidades de organizaci\u00f3n y contrataci\u00f3n tales como tarifas, protocolos o \u00a0presupuestos globales fijos; de tal manera que se incentiven las actividades de \u00a0promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n y el control de los costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Organizar un sistema nacional de informaci\u00f3n al \u00a0interior del subsistema que contenga, entre otros aspectos, el censo de \u00a0afiliados y beneficiarios, las caracter\u00edsticas socio\u2011econ\u00f3micas y su \u00a0estado de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Evaluar sistem\u00e1ticamente la calidad de los \u00a0servicios directos y contratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Organizar e implementar los sistemas de control \u00a0de costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Registrar la afiliaci\u00f3n del personal que \u00a0pertenece a l subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Servir de medio institucional para el \u00a0establecimiento de relaciones de cooperaci\u00f3n nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Coordinar y controlar las pol\u00edticas de \u00a0investigaciones formuladas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas \u00a0Militares de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Elaborar los estudios y propuestas que requiera \u00a0el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional \u00a0o el Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Dirigir y administrar como unidades prestadoras \u00a0de servicios al Hospital Central de la Polic\u00eda y los dem\u00e1s que se adscriban al \u00a0Subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley, los \u00a0reglamentos, el presente Acuerdo y las decisiones del Consejo Superior de Salud \u00a0de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional, o las que sean \u00a0indispensables para la eficiente operaci\u00f3n del Instituto y del Subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo.\u00a0 \u00a0Para las funciones relacionadas con la operaci\u00f3n y el funcionamiento del \u00a0subsistema de salud se dispondr\u00e1 una contabilidad separada de los restantes \u00a0recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba.\u00a0 \u00a0Jurisdicci\u00f3n y domicilio. El Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional tiene jurisdicci\u00f3n en todo el territorio \u00a0nacional, su domicilio es la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1 Distrito Capital, pero \u00a0podr\u00e1 establecer unidades o dependencias a otras secciones del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PATRIMONIO, RENTAS Y APORTES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba.\u00a0 \u00a0Patrimonio. El patrimonio del Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, est\u00e1 constituido por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Los \u00a0bienes fiscales muebles o inmuebles del Ministerio de Defensa Nacional\u2011Polic\u00eda \u00a0Nacional que en la actualidad utilizan las direcciones de Bienestar Social y de \u00a0Sanidad de la Polic\u00eda Nacional y los destinados a vivienda fiscal, previo el \u00a0inventario y los tr\u00e1mites del caso para el traspaso de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Los \u00a0bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier t\u00edtulo, para el \u00a0cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Los \u00a0valores que posea o adquiera en desarrollo de sus actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Las \u00a0donaciones provenientes de personas naturales o jur\u00eddicas, nacionales o \u00a0extranjeras que le hagan al Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de \u00a0la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba.\u00a0 \u00a0Rentas. Las rentas del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de \u00a0la Polic\u00eda Nacional ser\u00e1n las que a continuaci\u00f3n se enuncian: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Las sumas \u00a0que se apropien en el presupuesto nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Los \u00a0recursos provenientes del cr\u00e9dito externo e interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 El \u00a0producto de las tasas o tarifas por los servicios que preste. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Los \u00a0Ingresos por concepto de la contrataci\u00f3n de prestaci\u00f3n remunerada de servicios \u00a0de vigilancia por personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Los \u00a0valores provenientes del descuento de los tres (3) d\u00edas de la prima vacacional \u00a0del personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Las \u00a0multas que se impongan al personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Los \u00a0valores provenientes de arrendamiento de vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 El \u00a0producto de la venta de servicios, de conformidad con reglamentaci\u00f3n de la \u00a0Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Los \u00a0aportes por afiliaci\u00f3n voluntaria del personal retirado en goce de asignaci\u00f3n \u00a0de retiro o pensi\u00f3n, para programas de recreaci\u00f3n social, en cuant\u00eda que \u00a0determine la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El ahorro obligatorio para vivienda propia a \u00a0que se refieren los art\u00edculos 221 y 61 de los Decretos-Ley 1212 y 1213 de 1990, \u00a0respectivamente, ingresar\u00e1n al Instituto para la Seguridad Social y Bienestar \u00a0de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El ahorro que para soluci\u00f3n de vivienda, hace \u00a0el personal no uniformado de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Los recursos que ingresen al Fondo\u2011Cuenta \u00a0del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, administrado por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Los dem\u00e1s recursos que reciba el Subsistema de \u00a0Salud de la Polic\u00eda Nacional a cualquier t\u00edtulo o que le sean reconocidos por \u00a0leyes, decretos, ordenanzas, o acuerdos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Los dem\u00e1s ingresos que le reconozcan las leyes \u00a0y actos administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo.\u00a0 \u00a0Las unidades prestadoras de servicios de salud pertenecientes al \u00a0Subsistema se beneficiar\u00e1n del mismo r\u00e9gimen establecido en el inciso tercero \u00a0del art\u00edculo 238 de la Ley 100 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba.\u00a0 \u00a0Cuentas individuales. El Instituto para la Seguridad Social y el \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional registrar\u00e1 los aportes de que tratan los \u00a0numerales 10 y 11 del art\u00edculo anterior en cuentas individuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo.\u00a0 Las \u00a0cuentas de que trata este art\u00edculo constituir\u00e1n patrimonio aut\u00f3nomo propiedad \u00a0de los ahorradores, independiente del patrimonio del Instituto y ser\u00e1n \u00a0administradas en concordancia con las funciones de la Entidad, garantizando su \u00a0seguridad, rentabilidad y liquidez, en las condiciones que determine su Junta \u00a0Directiva. Cuando exista prestaci\u00f3n de servicios por contrato con la Caja \u00a0Promotora de Vivienda Militar, estas cuentas ser\u00e1n administradas por la Caja, \u00a0de acuerdo con lo establecido por el Decreto \u00a0353 del 11 de febrero de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE DIRECCI\u00d3N Y ADMINISTRACI\u00d3N \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n. La \u00a0direcci\u00f3n y administraci\u00f3n del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar \u00a0de la Polic\u00eda Nacional estar\u00e1 a cargo de la Junta Directiva, del Director \u00a0General, de los Directores Regionales, de los Directores de Hospitales y dem\u00e1s \u00a0funcionarios que se determinen en la estructura interna. La representaci\u00f3n \u00a0legal estar\u00e1 a cargo del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Junta Directiva. La Junta Directiva \u00a0del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, \u00a0estar\u00e1 integrada de la siguiente forma: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 El \u00a0Ministro de Defensa o el Viceministro para la Coordinaci\u00f3n de Entidades \u00a0Descentralizadas, quien la presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 El \u00a0Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 El \u00a0Ministro de Salud o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 El Director \u00a0del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n o el Jefe de la Unidad de Justicia y \u00a0Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 El \u00a0Director General de la Polic\u00eda Nacional o el Subdirector General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 El \u00a0Subsecretario General del Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Un oficial, \u00a0un suboficial, y un agente en goce de asignaci\u00f3n de retiro o pensi\u00f3n, en \u00a0representaci\u00f3n del personal de estas categor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 El \u00a0Subdirector Administrativo de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Un m\u00e9dico \u00a0designado por el Ministro de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. Los representantes del personal \u00a0retirado previstos en el numeral 7\u00ba del presente art\u00edculo, ser\u00e1n designados por \u00a0el Ministro de Defensa Nacional, para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os contados a \u00a0partir de la fecha de posesi\u00f3n, de terna presentada por el Director General de \u00a0la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. El m\u00e9dico previsto en el numeral 9\u00ba \u00a0del presente art\u00edculo, ser\u00e1 designado para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00ba. El Director General del Instituto \u00a0asistir\u00e1 a las reuniones de la Junta Directiva con derecho a voz pero no a \u00a0voto. Tambi\u00e9n podr\u00e1n asistir los dem\u00e1s funcionarios que la Junta Directiva o el \u00a0Director General determinen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00ba. El Secretario General del Instituto \u00a0actuar\u00e1 como Secretario de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 5\u00ba. Todos los actos y decisiones de la \u00a0Junta Directiva del Instituto, se har\u00e1n constar en un libro de Actas, las \u00a0cuales llevar\u00e1n la firma de quien preside la reuni\u00f3n y el Secretario de la \u00a0Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Car\u00e1cter de los miembros de la Junta \u00a0Directiva. Los miembros de la Junta Directiva, aunque ejercen funciones \u00a0p\u00fablicas, no adquieren por ese solo hecho la calidad de empleados p\u00fablicos, sin \u00a0embargo est\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen de responsabilidad, incompatibilidades e \u00a0inhabilidades establecidas en la ley y los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Honorarios de los miembros de la Junta \u00a0Directiva. Los miembros de la Junta Directiva tienen derecho a honorarios por \u00a0la asistencia a casa sesi\u00f3n, los cuales ser\u00e1n fijados por resoluci\u00f3n ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones de la Junta Directiva. Son \u00a0funciones de la Junta Directiva las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Formular \u00a0la pol\u00edtica general del Instituto y los programas que le corresponda \u00a0desarrollar para el cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Expedir y \u00a0reformar los estatutos del Instituto, los cuales se someter\u00e1n a la aprobaci\u00f3n \u00a0del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Aprobar \u00a0los reglamentos internos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 \u00a0Determinar la planta de personal y la organizaci\u00f3n interna del Instituto \u00a0y para tal efecto, crear, modificar o suprimir las unidades o dependencias, con \u00a0sujeci\u00f3n a las disposiciones legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Nombrar a \u00a0los subdirectores de candidatos presentados por el Director General del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Aprobar \u00a0el anteproyecto de presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Definir \u00a0la pol\u00edtica tarifaria y aprobar las tarifas por la prestaci\u00f3n y ventas de \u00a0servicios, presentadas por el Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Examinar \u00a0y aprobar los estados financieros del Instituto y exigir los informes que \u00a0considere necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Definir \u00a0en coordinaci\u00f3n con el Director General, los programas y servicios que ser\u00e1n \u00a0atendidos directamente por el Instituto y los que se contraten con terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Autorizar al Director General para gestionar empr\u00e9stitos \u00a0internos y externos, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Autorizar los proyectos de inversi\u00f3n que \u00a0presente el Director General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Autorizar las comisiones al exterior de los \u00a0empleados y trabajadores del Instituto, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes, a solicitud del Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por el cumplimiento de los programas, la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios y el manejo financiero del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Desarrollar las pol\u00edticas, planes y programas \u00a0definidos por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la \u00a0Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Velar por el funcionamiento operativo del Fondo\u2011Cuenta \u00a0del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional se realice de acuerdo con los \u00a0criterios que sobre el mismo adopte el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas \u00a0Militares y de la Polic\u00eda Nacional y determinar el funcionamiento operativo de \u00a0otros fondos de conformidad con las pol\u00edticas adoptadas para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Crear, suprimir o fusionar las Regionales de \u00a0acuerdo con las necesidades del servicio, los planes, programas y proyectos que \u00a0desarrolle la Entidad, previa solicitud sustentada del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Establece el r\u00e9gimen general de administraci\u00f3n, \u00a0transferencia y distribuci\u00f3n de los recursos necesarios para adelantar los \u00a0programas a cargo del Instituto, con sujeci\u00f3n a las pol\u00edticas fijadas para tal \u00a0fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Establecer las normas de orden administrativo, \u00a0t\u00e9cnico y cient\u00edfico que deben aplicar las Unidades Prestadoras de Servicios de \u00a0Salud que integren el Instituto, en concordancia con las pol\u00edticas fijadas para \u00a0el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Definir las pol\u00edticas educativas que debe \u00a0aplicar el Instituto, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le se\u00f1ale le ley y los \u00a0reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Reuniones. Las reuniones de la Junta \u00a0Directiva ser\u00e1n presididas por el Ministro de Defensa Nacional o el \u00a0Viceministro para la coordinaci\u00f3n de las entidades descentralizadas. En la ausencia \u00a0del Ministro de Defensa Nacional o del Viceministro para coordinaci\u00f3n de \u00a0Entidades Descentralizadas, presidir\u00e1 la Junta Directiva el Director General de \u00a0la Polic\u00eda Nacional. Las reuniones se efectuar\u00e1n de forma ordinaria una vez al \u00a0mes y en forma extraordinaria, cuando sea convocada por su Presidente o por el \u00a0Director General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Qu\u00f3rum y decisiones. La Junta \u00a0Directiva del Instituto podr\u00e1 sesionar v\u00e1lidamente con la asistencia de siete \u00a0(7) de sus miembros y las decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda de los asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Actos de la Junta Directiva. Los actos \u00a0de la Junta Directiva se denominar\u00e1n acuerdos y llevar\u00e1n la firma de quien \u00a0presida la reuni\u00f3n y del Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los acuerdos se numerar\u00e1n sucesivamente con la \u00a0indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que se expiden y estar\u00e1n bajo la custodia del \u00a0Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Del Directo General. El Director \u00a0General del Instituto de Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional es \u00a0agente del Presidente de la Rep\u00fablica, de su libre nombramiento y remoci\u00f3n, y \u00a0es el representante legal de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Funciones del Director General. El \u00a0Director General del Instituto cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Cumplir y \u00a0hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Ejecutar \u00a0los planes, programas, acuerdos y decisiones de la Junta Directiva y el \u00a0presupuesto anual del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Evaluar y \u00a0controlar el funcionamiento general del Instituto y presentar a la Junta \u00a0Directiva el informe anual de labores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0con la Direcci\u00f3n General de la Polic\u00eda Nacional el desarrollo de planes y \u00a0programas encaminados a garantizar la salud del bienestar Social del personal \u00a0de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Expedir \u00a0los actos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos del \u00a0Instituto de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Preparar \u00a0y presentar a la Junta Directiva para su aprobaci\u00f3n, los estatutos y \u00a0reglamentos generales internos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Presentar \u00a0a la Junta Directiva para su aprobaci\u00f3n, los planes que se requieran para \u00a0desarrollar los programas del Instituto, en cumplimiento de las pol\u00edticas \u00a0adoptadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Presentar \u00a0a la Junta Directiva el anteproyecto anual del presupuesto y los planes de \u00a0inversi\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Celebrar \u00a0los actos y contratos relacionados con el cumplimiento de los objetivos del \u00a0Instituto, de conformidad con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas que reglamenten, modifiquen o sustituyan. Ser\u00e1 su responsabilidad la \u00a0direcci\u00f3n y manejo de la actividad contractual y no podr\u00e1 trasladarla a la \u00a0Junta Directiva, Comit\u00e9s Asesores y Organismos de Control y Vigilancia del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Responder por la administraci\u00f3n de los recursos \u00a0humanos, financieros y materiales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir la ejecuci\u00f3n de planes de acci\u00f3n \u00a0conjunta con otras entidades, para el cabal cumplimiento de los objetivos del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar por la correcta recaudaci\u00f3n e inversi\u00f3n \u00a0de los recursos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Nombrar y remover al personal del Instituto con \u00a0excepci\u00f3n del personal que nombra la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar los informes que determine el Consejo \u00a0Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le se\u00f1ale la ley y los \u00a0reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Las resoluciones del Instituto se \u00a0numerar\u00e1n sucesivamente con la indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que se expidan, \u00a0y su conservaci\u00f3n y custodia estar\u00e1 a cargo del Secretario General quien las \u00a0refrendar\u00e1 con su firma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Secretario General. El Instituto para \u00a0la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, tendr\u00e1 un Secretario \u00a0General, quien reemplazar\u00e1 al Director General en las ausencias temporales y \u00a0definitivas y ejercer\u00e1 las funciones que se le se\u00f1alen en estos estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DE LA ESTRUCTURA INTERNA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. ESTRUCTURA INTERNA. La estructura \u00a0interna del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda \u00a0Nacional ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 JUNTA \u00a0DIRECTIVA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 DIRECCION \u00a0GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Oficina de Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 SECRETARIA \u00a0GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Divisi\u00f3n de Recursos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Divisi\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 \u00a0SUDIRECCION FINANCIERA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Divisi\u00f3n de Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Divisi\u00f3n de Contabilidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 \u00a0SUBDIRECCION PROMOTORA DE SALUD \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Divisi\u00f3n de Atenci\u00f3n al Afiliado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Divisi\u00f3n de Calidad de Servicios de Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3. Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Servicios de Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 \u00a0SUBDIRECCION DE PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Divisi\u00f3n de Servicios Hospitalarios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2. Divisi\u00f3n de Servicios Ambulatorios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3. Divisi\u00f3n de Servicios de Rehabilitaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4. Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Mantenimiento de la \u00a0Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5. Programa Hospital Central \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 \u00a0SUBDIRECCION DE VIVIENDA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 \u00a0SUBDIRECCION DE BIENESTAR \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1. Divisi\u00f3n de Educaci\u00f3n y Desarrollo Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2. Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n y Deporte \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 \u00a0REGIONALES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. ORGANISMOS DE COORDINACION Y CONTROL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.1 Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.3 Comit\u00e9 de Calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10.4 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DE LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Direcci\u00f3n General. La Direcci\u00f3n \u00a0General, adem\u00e1s de las funciones establecidas en este estatuto y dem\u00e1s normas \u00a0legales vigentes, cumplir\u00e1 las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Dirigir, \u00a0coordinar y controlar la gesti\u00f3n del Instituto, reglamentar y ejecutar las \u00a0decisiones de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba.\u00a0 Dirigir \u00a0la administraci\u00f3n de los recursos que ingresen al Instituto, y al Fondo\u2011Cuenta \u00a0del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, de acuerdo con la ley y las \u00a0pol\u00edticas que se formulen al respecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Crear y \u00a0conformar grupos internos de trabajo, mediante acto administrativo, teniendo en \u00a0cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y \u00a0programas trazados por la Entidad bajo la coordinaci\u00f3n y supervisi\u00f3n del \u00a0funcionario que el Director General designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 \u00a0Distribuir mediante acto administrativo, el personal en los cargos que \u00a0se establezcan en el Decreto de planta de personal global, teniendo en cuenta \u00a0la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y programas \u00a0trazados por la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Nombrar, \u00a0remover, contratar, dar posesi\u00f3n y promover al personal as\u00ed como aplicar el \u00a0R\u00e9gimen Disciplinario, con arreglo a las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Conformar \u00a0mediante acto administrativo los organismos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n y \u00a0asignar las funciones que considere necesarios para el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Presentar \u00a0los informes que determine el Ministerio de Defensa Nacional, la Junta \u00a0Directiva y el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la \u00a0Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0y presentar para aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva el anteproyecto de \u00a0presupuesto y los proyectos de inversi\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 \u00a0Constituir mandatarios que representen al Instituto en negocios \u00a0judiciales y extrajudiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir mediante resoluci\u00f3n o acto \u00a0administrativo la adjudicaci\u00f3n de los contratos que sean necesarios para el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n institucional, ajust\u00e1ndose a las disposiciones \u00a0legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Celebrar todos los actos o contratos \u00a0comprendidos con el objeto de la Entidad, de conformidad con lo establecido en \u00a0la Ley 80 de 1993, y dem\u00e1s \u00a0normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan. Ser\u00e1 su responsabilidad, la \u00a0direcci\u00f3n y manejo de la actividad contractual y no podr\u00e1 trasladarla a la \u00a0Junta Directiva, Comit\u00e9s Asesores, ni Organismos de Control y Vigilancia del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Responder por el establecimiento y desarrollo \u00a0del sistema de control interno sin perjuicio de la responsabilidad que por tal \u00a0motivo corresponde a los jefes de cada una de las dependencias del Instituto, \u00a0conforme a lo determinado en la Ley 87 de 1993, y dem\u00e1s \u00a0normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Delegar en los funcionario del Instituto hasta \u00a0nivel ejecutivo, algunas de las funciones que estime conveniente para el mejor \u00a0desarrollo institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir la ejecuci\u00f3n de planes de acci\u00f3n \u00a0conjunta con otras entidades, para el cabal cumplimiento de los objetivos del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir las relaciones y comunicaciones interinstitucionales, \u00a0as\u00ed como la imagen corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la ley y \u00a0las que correspondan a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Oficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones \u00a0de la Oficina de Planeaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General de la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas y la elaboraci\u00f3n de \u00a0estudios, planes, proyectos y programas a ejecutar en cumplimiento de los \u00a0objetivos y funciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Preparar \u00a0los planes y programas de desarrollo del Instituto para el mediano y largo \u00a0plazo, de acuerdo con las pol\u00edticas establecidas por el Ministerio de Defensa y \u00a0los lineamientos de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Fomentar \u00a0la elaboraci\u00f3n de estudios e investigaciones que permitan mejorar la formulaci\u00f3n \u00a0y orientaci\u00f3n de los planes y programas que desarrolle la Entidad a nivel \u00a0regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Preparar \u00a0el plan de acci\u00f3n de la Entidad en coordinaci\u00f3n con las diferentes \u00e1reas de la \u00a0Instituci\u00f3n y evaluar los resultados tanto del plan misional como estrat\u00e9gico y \u00a0proponer a la direcci\u00f3n los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Adelantar \u00a0los estudios t\u00e9cnicos de mercadeo, costo\u2011beneficio, costo\u2011efectividad, \u00a0factibilidad, an\u00e1lisis de tendencias y las dem\u00e1s que sean necesarias para el \u00a0dise\u00f1o de las pol\u00edticas y los proyectos de contrataci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0los programas y establecer criterios para desarrollar actividades en lo \u00a0referente a la programaci\u00f3n del sistema presupuestal, estudios actuariales, el \u00a0desarrollo de la organizaci\u00f3n, la implementaci\u00f3n de los sistemas, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos administrativos y la utilizaci\u00f3n \u00f3ptima de las estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 \u00a0Establecer la metodolog\u00eda y definir las pautas para la priorizaci\u00f3n de \u00a0proyectos y gastos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0metodolog\u00eda y efectuar el seguimiento tanto de los planes y programas de \u00a0desarrollo como de la gesti\u00f3n global del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Evaluar y \u00a0conceptuar los proyectos de inversi\u00f3n que sean sometidos a consideraci\u00f3n de la \u00a0Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los estudios correspondientes para el \u00a0establecimiento de planes y programas con el Ministerio de Defensa, el \u00a0Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n y elaborar con \u00a0base en ellos el presupuesto del Instituto, que en cada vigencia se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda \u00a0General, las Subdirecciones y las dem\u00e1s oficinas Asesoras, el anteproyecto de \u00a0presupuesto anual de ingresos y gastos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y administrar las actividades \u00a0relacionadas con la recopilaci\u00f3n, procesamiento y suministro del Sistema \u00a0Estad\u00edstico del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar con las dem\u00e1s dependencias la \u00a0elaboraci\u00f3n de manuales y procedimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover la celebraci\u00f3n de convenios y \u00a0contratos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e internacional a que haya lugar para \u00a0coadyuvar el cumplimiento de los objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Oficina de Inform\u00e1tica. Son funciones \u00a0de la Oficina de Inform\u00e1tica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Asistir a \u00a0la Direcci\u00f3n General en la planeaci\u00f3n y dise\u00f1o del sistema de informaci\u00f3n del \u00a0Instituto, dirigir y controlar la adquisici\u00f3n, renovaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de \u00a0Hardward y Software y asesorar a las dependencias en la implantaci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General en la definici\u00f3n de la pol\u00edtica referida a la \u00a0organizaci\u00f3n, m\u00e9todos y procedimientos de trabajo o sistemas de procesamiento \u00a0de la informaci\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Prestar \u00a0asesor\u00eda a las diferentes dependencias del Instituto en el dise\u00f1o y \u00a0establecimiento de m\u00e9todos de funcionamiento de la instituci\u00f3n, teniendo en \u00a0cuenta las pol\u00edticas del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0e implementar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n, el plan integral de \u00a0desarrollo de Inform\u00e1tica y coordinar los estudios de necesidades \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0el mantenimiento y actualizaci\u00f3n de las aplicaciones sistematizadas de acuerdo \u00a0con las necesidades, pol\u00edticas y desarrollo de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0los manuales de usuarios e impartir la capacitaci\u00f3n requerida para el manejo de \u00a0aplicaciones a las diferentes dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por las normas legales y que corresponda a la naturaleza \u00a0de las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Oficina Jur\u00eddica. Son funciones de la \u00a0Oficina Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Asesorar \u00a0a la Junta Directiva, a la Direcci\u00f3n General y dem\u00e1s dependencias en el tr\u00e1mite \u00a0y soluci\u00f3n de los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico que se presenten en desarrollo \u00a0de las actividades del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Estudiar \u00a0y conceptuar sobre los asuntos jur\u00eddicos que sean sometidos a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Prestar \u00a0asesor\u00eda en la elaboraci\u00f3n de pliegos de condiciones, de licitaciones y dem\u00e1s \u00a0actuaciones legales que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Revisar y \u00a0tramitar las minutas de contrato de conformidad con las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Compilar \u00a0las normas legales, los conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionados \u00a0con la administraci\u00f3n p\u00fablica y velar por su actualizaci\u00f3n y difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0el desarrollo de las investigaciones que en el campo jur\u00eddico requiera la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 \u00a0Representar judicialmente al Instituto en los procesos que se instauren \u00a0en su contra, o que \u00e9ste deba promover mediante poder que le otorgue el \u00a0Director General y mantenerlo informado sobre el desarrollo de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Preparar \u00a0y revisar los proyectos de ley, decretos, resoluciones y reglamentos de \u00a0car\u00e1cter general que en materia jur\u00eddica requiera la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 \u00a0Suministrar a la Jurisdicci\u00f3n Contenciosa y al Ministerio P\u00fablico en las \u00a0investigaciones, toda la documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que se le solicite en \u00a0relaci\u00f3n con los procesos que se adelanten contra la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Resolver las consultas formuladas por los \u00a0organismos p\u00fablicos y privados, as\u00ed como por los usuarios y particulares, de \u00a0conformidad con las normas que rigen los servicios y funciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Oficina de Control Interno. Son \u00a0funciones de la Oficina de Control Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Asesorar \u00a0y apoyar a la Direcci\u00f3n General, en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas referidas al \u00a0dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de los sistemas de control que contribuyan a incrementar \u00a0la eficiencia y eficacia en las diferentes \u00e1reas de la Entidad, as\u00ed como la de \u00a0garantizar la calidad en la prestaci\u00f3n de los servicios de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Ejercer \u00a0la inspecci\u00f3n y vigilancia proactiva sobre la gesti\u00f3n operativa, financiera, \u00a0administrativa y legal de la Entidad, acorde con las normas vigentes sobre el \u00a0particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Establecer \u00a0los par\u00e1metros y\/o indicadores cient\u00edficos, t\u00e9cnicos y \u00e9ticos que permitan \u00a0evaluar la calidad de los programas del \u00e1rea y la regulaci\u00f3n de los factores de \u00a0riesgos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Velar por \u00a0la correcta ejecuci\u00f3n de las operaciones, convenios y contratos de la Entidad y \u00a0vigilar como se invierten los fondos p\u00fablicos e informar a la Direcci\u00f3n \u00a0General, cuando se presenten irregularidades en el manejo de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Dise\u00f1ar o \u00a0implantar el Sistema de Auditor\u00eda Inform\u00e1tica de la Entidad, estableciendo normas, \u00a0metas y objetivos y efectuar el an\u00e1lisis de los resultados para la toma de \u00a0acciones preventivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Verificar \u00a0que los controles asociados con todas y cada una de las actividades del \u00a0Instituto est\u00e9n adecuadamente definidos, sean apropiados y se ejerzan \u00a0permanentemente, de acuerdo con la evoluci\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Dise\u00f1ar y \u00a0establecer, en coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias de la Entidad, los \u00a0criterios, m\u00e9todos, procedimientos e indicadores de eficiencia y productividad \u00a0para evaluar la gesti\u00f3n y proponer las medidas preventivas y\/o correctivas del \u00a0caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Verificar \u00a0los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y sistemas de \u00a0informaci\u00f3n del Instituto y recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Fomentar \u00a0en todo el Instituto la formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya al \u00a0mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informado al Director \u00a0General acerca del estado del control interno, dentro del Instituto, dando \u00a0cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar programas y procedimientos para evaluar \u00a0la efectividad del control interno y detectar sus deficiencias y presentar \u00a0informes peri\u00f3dicos al Director sobre el desarrollo de los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Practicar auditor\u00edas internas selectivas en las \u00a0diferentes dependencias del Instituto, presentar los informes y las \u00a0recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por la difusi\u00f3n y el cumplimiento de las \u00a0normas de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que corresponda a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0Art\u00edculo 28. \u00a0Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Actuar \u00a0como Secretario de la Junta Directiva y refrendar con su firma los actos \u00a0administrativos del Instituto, en especial los de la Junta Directiva y los del \u00a0Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos \u00a0para la administraci\u00f3n de los recursos humanos y f\u00edsicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Dirigir, \u00a0programar y coordinar las actividades de la administraci\u00f3n de personal, \u00a0seguridad industrial y relaciones laborales del personal, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas de la Entidad y las normas legales vigentes establecidas sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0y controlar la adecuada prestaci\u00f3n de los servicios generales para el correcto \u00a0funcionamiento de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Dirigir \u00a0los programas de selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y calidad laboral de los \u00a0empleados de la Entidad, de acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0las realizaci\u00f3n de estudios sobre planta de personal y mantener actualizado el \u00a0manual espec\u00edfico de funciones y requisitos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Dirigir \u00a0la elaboraci\u00f3n de los manuales de procedimientos, en coordinaci\u00f3n con las \u00a0diferentes dependencias de la Entidad, con el fin de racionalizar la gesti\u00f3n y \u00a0los recursos de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba. Controlar los inventarios de elementos \u00a0devolutivos y de consumo y coordinar la elaboraci\u00f3n del programa anual de \u00a0compras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Dirigir y \u00a0controlar los procesos administrativos de la instituci\u00f3n en todos los niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Programar y coordinar los procesos de \u00a0licitaci\u00f3n, contrataci\u00f3n, adquisici\u00f3n, almacenamiento, custodia y adquisici\u00f3n \u00a0de bienes y materiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Revisar y tramitar los proyectos de acuerdo, \u00a0resoluci\u00f3n y dem\u00e1s actos administrativos que deban someterse a consideraci\u00f3n de \u00a0la Junta Directiva y de la Direcci\u00f3n General respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Refrendar y autenticar los actos \u00a0administrativos de la Junta Directiva y de la Direcci\u00f3n General y dar fe de la \u00a0autenticidad de los actos legales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asistir al Director General en la coordinaci\u00f3n \u00a0de las Subdirecciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar la organizaci\u00f3n del sistema de \u00a0selecci\u00f3n, vinculaci\u00f3n, administraci\u00f3n, desarrollo y capacitaci\u00f3n del recurso \u00a0humano requerido para optimizar la calidad de los servicio y humanizar la \u00a0atenci\u00f3n al paciente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Asegurar el cumplimiento de las normas \u00a0establecidas para el manejo y la operaci\u00f3n del \u00e1rea administrativa del \u00a0Instituto, y asistir a las Unidades de Prestaci\u00f3n de Servicios a nivel central \u00a0y regional en lo pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s inherentes a su naturaleza y las que \u00a0le sean asignadas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Divisi\u00f3n de Recursos Humanos. Son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n de Recursos Humanos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Organiza, \u00a0supervisar y controlar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de administraci\u00f3n y \u00a0desarrollo de los recursos humanos de la Entidad dentro de los lineamientos \u00a0dados por la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Adelantar \u00a0estudios y desarrollar programas de selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y \u00a0calidad de vida laboral de los empleados teniendo en cuenta las normas legales \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Realizar \u00a0estudios sobre planta de personal, elaborar y mantener actualizado el manual \u00a0espec\u00edfico de funciones y requisitos de la Entidad y mantener actualizado el \u00a0registro de hojas de vida de los empleados al servicio de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Proponer, \u00a0coordinar, ejecutar y evaluar planes y programas conducentes al desarrollo del \u00a0personal de la Entidad, dentro de una acci\u00f3n que incentive su capacidad \u00a0valorativa, la comunicaci\u00f3n, la formaci\u00f3n de equipos de trabajo, el clima \u00a0organizacional y la motivaci\u00f3n individual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Programar \u00a0y coordinar las actividades de seguridad industrial de los empleados, de \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas de la Entidad y las normas legales establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0con la Oficina de Inform\u00e1tica la elaboraci\u00f3n de la n\u00f3mina del personal de la \u00a0Entidad y responder por la liquidaci\u00f3n y oportuno pago de los sueldos, factores \u00a0salariales y dem\u00e1s prestaciones y reconocimientos del personal, de conformidad \u00a0con las disposiciones que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Dise\u00f1ar y \u00a0proponer sistemas de evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o, de acuerdo con las normas \u00a0legales vigentes sobre la materia y coordinar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Velar por \u00a0la estricta aplicaci\u00f3n de las normas y pol\u00edticas sobre carrera administrativa, \u00a0prestaciones sociales, situaciones administrativas, r\u00e9gimen disciplinario y \u00a0dem\u00e1s disposiciones relacionadas con la administraci\u00f3n de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Proponer \u00a0sistemas de incentivos acordes con la pol\u00edtica de la Instituci\u00f3n y las normas \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir los certificados de servicios y \u00a0salarios que sean solicitados por funcionarios y exfuncionarios de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Normalizar y coordinar planes para la \u00a0administraci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo del recurso humano bajo el esquema del \u00a0servicio al cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Efectuar an\u00e1lisis de las condiciones del \u00a0mercado, indicadores de gesti\u00f3n y proyectar las necesidades del recurso humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar los planes de capacitaci\u00f3n y \u00a0formaci\u00f3n profesional para los funcionarios que laboran en el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s inherentes a su naturaleza y las que \u00a0le sean asignadas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Divisi\u00f3n Administrativa. Son funciones \u00a0de la Divisi\u00f3n Administrativa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Asistir \u00a0en la implementaci\u00f3n de todos los niveles del Instituto, procedimientos \u00a0uniformes para efectuar las adquisiciones, la administraci\u00f3n de los \u00a0suministros, inventario y manejo de almacenes, de conformidad con las normas \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Formular \u00a0para todos los niveles del Instituto, las normas, pol\u00edticas y est\u00e1ndares \u00a0generales para la planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y administraci\u00f3n del mantenimiento de \u00a0los equipos, infraestructura e instalaciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 \u00a0Organizar, supervisar, y controlar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0administrativas y de apoyo log\u00edstico establecidas en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0y controlar el desarrollo de las actividades de adquisiciones suministros y \u00a0prestaci\u00f3n de servicios de apoyo administrativo, como transporte, vigilancia, archivo, \u00a0correspondencia, reparaciones locativas, mantenimiento de equipo de oficina, \u00a0aseo y cafeter\u00eda a todas las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Llevar y \u00a0mantener actualizados los inventarios de elementos devolutivos y de consumo de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Organizar, \u00a0sistematizar y controlar el archivo general y la correspondencia de la \u00a0instituci\u00f3n y prestar el servicio de reproducci\u00f3n de documentos y materiales de \u00a0apoyo que requieran las distintas dependencias de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 Implantar \u00a0mecanismos y sistemas que permitan la contrataci\u00f3n y adquisici\u00f3n de bienes y \u00a0servicios, con el fin de procurar niveles adecuados de cantidad, calidad y \u00a0oportunidad en los suministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Proponer \u00a0planes, procesos u otras actividades que coadyuven al mejoramiento, \u00a0simplificaci\u00f3n, reducci\u00f3n de costos y, en general, a hacer m\u00e1s eficiente el \u00a0desarrollo de las actividades de su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Programar \u00a0en coordinaci\u00f3n con todas las dependencias, las necesidades de bienes e insumos \u00a0requeridas para el funcionamiento del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los planes de capacitaci\u00f3n y \u00a0formaci\u00f3n profesional para los funcionarios que laboran en el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s inherentes a su naturaleza y las que \u00a0le sean asignadas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Subdirecci\u00f3n Financiera. Son funciones \u00a0de la Subdirecci\u00f3n Financiera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General en la formaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos \u00a0para la administraci\u00f3n de los recursos financieros de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0los estudios para proponer las pol\u00edticas, planes, programas y dem\u00e1s acciones \u00a0relacionadas con la gesti\u00f3n financiera y presupuestal de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Coordinar \u00a0el proceso de ejecuci\u00f3n y control de los recursos financieros de la entidad, \u00a0as\u00ed como la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de la informaci\u00f3n financiera, de \u00a0conformidad con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 \u00a0Establecer los procedimientos para el an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de \u00a0necesidades y requerimientos presupuestales para las diferentes \u00e1reas de la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0el plan financiero de fuentes y usos de recursos de la Entidad, efectuar su \u00a0seguimiento y ejecutar los correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Preparar \u00a0y proyectar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n la elaboraci\u00f3n del \u00a0proyecto de presupuesto y el programa anual de caja de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 \u00a0Consolidar y analizar los estados financieros de la Entidad, preparar y \u00a0rendir los informes requeridos por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y \u00a0dem\u00e1s entidades de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Preparar \u00a0la asignaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del presupuesto para el funcionamiento de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Presentar \u00a0propuestas de inversi\u00f3n, efectuar an\u00e1lisis de rendimiento de los mismos y \u00a0ejercer control sobre su vencimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Efectuar, tramitar y controlar los pagos de \u00a0cuentas y n\u00f3minas de acuerdo con las normas legales establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Custodiar y administra los recursos financieros \u00a0de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ser delegatario del Fondo de Solidaridad para \u00a0captaci\u00f3n de los aportes de los afiliados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Captar la Unidad de Pago por Capitaci\u00f3n (UPC) \u00a0cuando el valor de las cotizaciones sea inferior al valor de la UPC por el \u00a0n\u00famero de cotizaciones del Sistema; as\u00ed mismo captar la Unidad Perc\u00e1pita \u00a0Especial (UPE) del personal no cotizante, y la diferencia entre la UPE y la UPC \u00a0correspondiente al personal cotizante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar los recursos de que trata el \u00a0numeral anterior a trav\u00e9s del Fondo\u2011Cuenta del Subsistema, de conformidad \u00a0con la normatividad vigente bien sea en forma directa o a trav\u00e9s de una \u00a0fiducia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar y difundir las normas que en \u00a0materia de contabilidad, presupuesto, costos y tesorer\u00eda deben aplicar las \u00a0Unidades Prestadoras de Servicios a nivel central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Implementar las normas t\u00e9cnicas y los \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n y el control financiero de cada Unidad \u00a0Prestadora de Servicios, as\u00ed como para el an\u00e1lisis y la evaluaci\u00f3n de la \u00a0gesti\u00f3n financiera de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asegurar el cumplimiento de las pol\u00edticas y \u00a0metas establecidas para orientar la gesti\u00f3n y control financiero de cada una de \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios de salud a nivel central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Determinar los modelos de costos que se \u00a0aplicar\u00e1n en cada Unidad Prestadora de Servicios a nivel central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Evaluar los costos por cada Unidad Prestadora \u00a0de Servicios que integran el nivel central y regional del Instituto y \u00a0consolidar la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Implementar pol\u00edticas y t\u00e9rminos para \u00a0inversiones, dep\u00f3sitos y t\u00edtulos valores que realicen las tesorer\u00edas para el \u00a0oportuno pago de las obligaciones y recaudos de los derechos del Instituto a \u00a0nivel central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Evaluar la ejecuci\u00f3n presupuestal de las \u00a0Unidades Prestadoras de Servicios que integran el nivel central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Dise\u00f1ar, aplicar y coordinar el flujo de \u00a0recursos e informaci\u00f3n de las Entidades y dependencias que integran el SMP, \u00a0responsables del giro de las cotizaciones de los afiliados y aportes \u00a0patronales. Coordinar para el efecto con la Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n de Servicios \u00a0de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza y las que \u00a0le sean asignadas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Divisi\u00f3n de presupuesto. Son funciones \u00a0de la Divisi\u00f3n de Presupuesto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1\u00ba\u00a0 Proponer \u00a0a la Subdirecci\u00f3n Financiera las normas internas, procedimientos y directrices \u00a0para el desarrollo del proceso de ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2\u00ba\u00a0 Proponer \u00a0a la Subdirecci\u00f3n Financiera las normas y procedimientos internos para el \u00a0recaudo y manejo de los fondos provenientes de las diferentes fuentes de financiaci\u00f3n \u00a0y la cancelaci\u00f3n oportuna de las obligaciones contra\u00eddas por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3\u00ba\u00a0 Ejecutar \u00a0a nivel central y orientar y controlar a nivel regional el recaudo y manejo de \u00a0los fondos provenientes de las diferentes fuentes de financiamiento y la cancelaci\u00f3n \u00a0oportuna de las obligaciones contra\u00eddas por el Instituto, de acuerdo con las \u00a0normas administrativas y fiscales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4\u00ba\u00a0 Presentar \u00a0a la Subdirecci\u00f3n Financiera y a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0informes peri\u00f3dicos y ocasionales sobre el manejo de ingresos y egresos del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5\u00ba\u00a0 Ejercer \u00a0la custodia de todos los t\u00edtulos, dineros y dem\u00e1s valores en propiedad del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6\u00ba\u00a0 Mantener \u00a0actualizados los registros exigidos por la Contralor\u00eda y los internos que de \u00a0acuerdo con las necesidades se requieran para un correcto manejo de la \u00a0Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7\u00ba\u00a0 \u00a0Desarrollar en el nivel central y orientar y coordinar en el nivel \u00a0regional el proceso de ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8\u00ba\u00a0 Efectuar \u00a0la consolidaci\u00f3n de la ejecuci\u00f3n presupuestal y el an\u00e1lisis respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9\u00ba\u00a0 Elaborar \u00a0los proyectos de acuerdos de gastos y resoluciones de movimientos \u00a0presupuestales requeridas en las actividades de ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n el programa anual de caja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Controlar el cumplimiento y aplicaci\u00f3n de las \u00a0normas presupuestales vigentes y dise\u00f1ar el clasificador del gasto en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Inform\u00e1tica el subsistema de informaci\u00f3n presupuestal y velar por su \u00a0mantenimiento y actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las diferentes dependencias del \u00a0nivel central y a las regionales en asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular sistemas y procedimientos para la \u00a0adecuada administraci\u00f3n, control y evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Organizar y controlar el registro presupuestal \u00a0del Instituto, correspondiente a ingresos, apropiaciones, cuentas en tr\u00e1mite, \u00a0control de reservas y contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Elaborar los acuerdos de gastos y las reservas \u00a0de caja y de apropiaci\u00f3n para cubrir los gastos de funcionamiento e inversi\u00f3n, \u00a0tanto con recursos administrativos por la Entidad como con presupuesto \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Expedir los certificados de reserva y \u00a0disponibilidad presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Efectuar los ajustes al presupuesto, de acuerdo \u00a0con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza y las que \u00a0le sean asignadas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Divisi\u00f3n de Contabilidad. Son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n de Contabilidad: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 \u00a0Desarrollar y vigilar la aplicaci\u00f3n de los sistemas de contabilidad \u00a0financiera, patrimonial y de costos que se establezcan para los niveles \u00a0nacional y regional, de acuerdo con las normas de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Asesorar \u00a0a las regionales en la aplicaci\u00f3n de las normas y los procedimientos contables \u00a0y controlar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Poner en \u00a0pr\u00e1ctica los procedimientos contables y dise\u00f1ar el sistema de registro conforme \u00a0a las normas dictadas por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Efectuar \u00a0los registros contables de todas las operaciones financieras, patrimoniales y \u00a0vigilar las tareas delegadas que sobre la materia cumplan en otras dependencias \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Elaborar \u00a0informes y estados financieros de situaci\u00f3n contables de las \u00e1reas establecidas \u00a0de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Analizar, \u00a0interpretar y presentar a la Subdirecci\u00f3n Financiera los datos contables para \u00a0los distintos niveles de la organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Presentar \u00a0balance consolidado y estado de ganancias o perdidas en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Rendir \u00a0informes peri\u00f3dicos a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y a la \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera, sobre el desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 \u00a0Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Inform\u00e1tica, el subsistema \u00a0de informaci\u00f3n de contabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n la \u00a0ejecuci\u00f3n de las estrategias que en materia de recursos financieros sean \u00a0necesarias para la marcha del plan de desarrollo del Instituto a corto y \u00a0mediano plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar los estudios financieros requeridos \u00a0por el Instituto incluidos los solicitados por las Entidades crediticias y \u00a0organismos nacionales e internacionales en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Definir par\u00e1metros y metodolog\u00edas para el \u00a0an\u00e1lisis financiero de los proyectos y dem\u00e1s actividades que adelante el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s inherentes a la naturaleza y las que \u00a0le sean asignadas por las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Subdirecci\u00f3n Promotora de Salud. La \u00a0Subdirecci\u00f3n Promotora de Salud desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Asistir a \u00a0la Direcci\u00f3n General en la coordinaci\u00f3n de todas las actividades orientadas a \u00a0satisfacer las necesidades de los afiliados y beneficiarios que pertenecen al \u00a0Subsistema, de conformidad con las caracter\u00edsticas socioecon\u00f3micas y estado de \u00a0salud de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Asegurar \u00a0la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas establecidas para la afiliaci\u00f3n, registro y \u00a0carnetizaci\u00f3n de los afiliados y beneficiarios al Subsistema; el recaudo de las \u00a0cotizaciones pertinentes, y la promoci\u00f3n, gesti\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la atenci\u00f3n \u00a0m\u00e9dico asistencial, en las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Asegurar \u00a0el cumplimiento de las pol\u00edticas establecidas sobre la ampliaci\u00f3n de la \u00a0cobertura de la atenci\u00f3n, la aplicaci\u00f3n del Plan Integral en Salud que se \u00a0adopte, y el libre acceso de los afiliados y sus beneficiarios a las Unidades \u00a0Prestadoras de Servicios de Salud del Subsistema y a las Entidades con las \u00a0cuales se celebre contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Asegurar \u00a0la aplicaci\u00f3n de las normas que en materia de contrataci\u00f3n con terceros, \u00a0tarifas, copagos y cuotas moderadoras se establezcan para el sistema de salud \u00a0de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional o SMP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Asistir a \u00a0la Direcci\u00f3n en la implementaci\u00f3n y administraci\u00f3n de planes complementarios de \u00a0salud, de conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 \u00a0Establecer procedimientos adecuados para que los afiliados y \u00a0beneficiarios participen activamente en el proceso de evaluaci\u00f3n de los \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Dirigir y \u00a0evaluar el cumplimiento de las pol\u00edticas formuladas en materia da calidad, \u00a0normas t\u00e9cnicas y cient\u00edficas, de conformidad con las normas legales vigentes \u00a0sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 \u00a0Establecer los mecanismos de coordinaci\u00f3n necesarios para con las \u00a0Subdirecciones del Instituto, las dependencias y Entidades que integran el SPM, \u00a0el Ministerio de Salud, Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, \u00a0Entidades Promotoras de Servicios de Salud y dem\u00e1s organismos que contribuyan \u00a0al objetivo institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por las normas legales y que correspondan a las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35o. Divisi\u00f3n de Atenci\u00f3n al Afiliado. La \u00a0Divisi\u00f3n de Atenci\u00f3n al Afiliado desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Realizar \u00a0todas las actividades relativas a la afiliaci\u00f3n, registro y carnetizaci\u00f3n de \u00a0los afiliados al Subsistema, y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Implementar un sistema de informaci\u00f3n de los afiliados y sus \u00a0beneficiarios, que incluya informaci\u00f3n sobre su estado de salud y condiciones \u00a0socioecon\u00f3micas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Controlar \u00a0y registrar las cotizaciones de los afiliados y los aportes patronales, el \u00a0recaudo de la Unidad de Pago por Capitaci\u00f3n (UPC) y de la Unidad Perc\u00e1pita \u00a0Especial (UPE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Coordinar \u00a0directamente con el Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda del Sistema General de \u00a0Seguridad Social en Salud, todos los aspectos relativos a la captaci\u00f3n de la \u00a0UPC, cotizaciones de afiliados y aportes patronales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Consolidar y tramitar por conducto de la Subdirecci\u00f3n Promotora de \u00a0Salud, la informaci\u00f3n que sobre los afiliados y beneficiarios al Subsistema \u00a0soliciten el Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda del Sistema General de Seguridad Social \u00a0en Salud, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y \u00a0la Superintendencia Nacional de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Dise\u00f1ar e \u00a0implementar campa\u00f1as informativas orientadas a enterar a los afiliados al \u00a0Subsistema y a sus beneficiarios, sobre los servicios que ofrece el Instituto a \u00a0nivel central y regional; normas vigentes de descentralizaci\u00f3n, sistema de \u00a0referencia y contrarreferencia y sistemas implementados de control y evaluaci\u00f3n \u00a0participativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Adoptar a \u00a0nivel central y regional el r\u00e9gimen de copagos y cuotas moderadoras que se \u00a0establezca para el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Adoptar a \u00a0nivel central y regional, el r\u00e9gimen de contrataci\u00f3n de servicios con \u00a0Instituciones y profesionales de la salud, de conformidad con las pol\u00edticas \u00a0formuladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Solicitar \u00a0ofertas de prestaci\u00f3n de servicios con terceros, y presentar propuestas de \u00a0negociaci\u00f3n a la Subdirecci\u00f3n Promotora de Salud, debidamente evaluada en \u00a0t\u00e9rminos beneficio\u2011costo, capacidad t\u00e9cnica\u2011cient\u00edfica y \u00a0localizaci\u00f3n geogr\u00e1fica de la poblaci\u00f3n objeto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Implementar un sistema de atenci\u00f3n al afiliado \u00a0y sus beneficiarios, y coordinar la conformaci\u00f3n a nivel central y regional de \u00a0unidades especializadas en atenci\u00f3n al cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0y que correspondan con las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Divisi\u00f3n de Calidad de Servicios de \u00a0Salud. La Divisi\u00f3n de Calidad de Servicios de Salud cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 \u00a0Establecer las normas de calidad t\u00e9cnico\u2011cient\u00edficas que regulen \u00a0la prestaci\u00f3n de los Servicios de Salud en el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Planificar, dise\u00f1ar y ajustar los sistemas de garant\u00eda de la calidad de \u00a0los Servicios de Salud que se prestan directamente en el Instituto y verificar \u00a0la capacidad t\u00e9cnica y cient\u00edfica de las Instituciones y profesionales de la \u00a0salud, con los cuales se celebre contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Coordinar \u00a0el desarrollo e implementaci\u00f3n del sistema de calidad en cada una de las \u00a0Unidades Prestadoras de Servicios de Salud del Instituto, con el fin de que la \u00a0atenci\u00f3n m\u00e9dico asistencial, tanto a nivel central como regional, se realice \u00a0dentro de los par\u00e1metros de calidad, eficiencia e igualdad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 \u00a0Proporcionar asesor\u00eda, supervisi\u00f3n y entrenamiento en los niveles \u00a0administrativos y operativos del Instituto, especialmente en aquellos aspectos \u00a0relacionados con la atenci\u00f3n humanizada del paciente y aseguramiento de la \u00a0calidad de los servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Investigar, analizar, coordinar y resolver con las respectivas \u00a0dependencias, los reclamos que se presenten sobre la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Estudiar \u00a0e investigar lo referente a nuevos procesos de calidad, manteniendo contacto \u00a0permanente con las entidades nacionales o internacionales especializadas en el \u00a0\u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Acreditar \u00a0las entidades hospitalarias, de servicios ambulatorios y de servicios de apoyo, \u00a0con los que contraten servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Analizar \u00a0los resultados de las evaluaciones que sobre la calidad de los Servicios de \u00a0Salud y conductas m\u00e9dicas y param\u00e9dicas se efect\u00faen y continuar con el tr\u00e1mite \u00a0requerido para tomar las acciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Coordinar \u00a0la evaluaci\u00f3n de la calidad de los servicios en los que participen alumnos de \u00a0pregrado y postgrado de Universidades con las cuales el Instituto celebre \u00a0convenios y tomar las medidas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0y que correspondan con las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Servicios de \u00a0Salud. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Servicios de Salud las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Planear, \u00a0organizar y dirigir las actividades conducentes a determinar las necesidades de \u00a0los afiliados y sus beneficiarios en materia de prevenci\u00f3n, atenci\u00f3n m\u00e9dico \u00a0asistencial y rehabilitaci\u00f3n, as\u00ed como la forma \u00f3ptima de satisfacer dichas \u00a0necesidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Implementar un sistema de planeaci\u00f3n integral de Servicios de Salud a \u00a0nivel central y regional, que incluya la programaci\u00f3n de recursos humanos, \u00a0t\u00e9cnicos, de infraestructura, equipo y econ\u00f3micos que se requieran para los \u00a0diferentes servicios, como son entre otros hospitalizaci\u00f3n, urgencias, atenci\u00f3n \u00a0ambulatoria, soporte de diagn\u00f3stico y rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Evaluar \u00a0el comportamiento de la demanda de Servicios de Salud por Unidad Prestadora de \u00a0Servicios de Salud y grupo de poblaci\u00f3n de afiliados y beneficiarios, con el \u00a0fin de orientar la toma de decisiones para la planeaci\u00f3n de la oferta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 \u00a0Consolidar permanentemente los indicadores de atenci\u00f3n y los costos que registren \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud que integran el Instituto, \u00a0evaluar las desviaciones frente a lo planeado y proponer los ajustes necesarios \u00a0para optimizar la operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Implementar el sistema de informaci\u00f3n sobre la capacidad disponible para \u00a0la atenci\u00f3n m\u00e9dico\u2011asistencial, determinar su utilizaci\u00f3n por Unidad \u00a0Prestadora de Servicios de Salud, y definir faltantes o excedentes, para \u00a0contratar o vender servicios respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Definir \u00a0los servicios que deben ser contratados para cubrir la demanda no atendida \u00a0directamente en el Instituto, de conformidad con la pol\u00edtica formuladas sobre \u00a0el particular, y elaborar la programaci\u00f3n pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 \u00a0Implementar bases de informaci\u00f3n sobre infraestructura hospitalaria, \u00a0ambulatoria, de urgencias, rehabilitaci\u00f3n y servicios de apoyo; recurso humano, \u00a0planes, programas y proyectos que en materia de salud adelanten Entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas a nivel central y regional, y evaluar permanentemente los \u00a0costos respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Elaborar \u00a0propuestas de planes complementarios de salud a nivel central y regional, con \u00a0base en la demanda y capacidad disponible para realizarlos. Esto de conformidad \u00a0con la pol\u00edtica adoptada sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Planear \u00a0el recaudo y administraci\u00f3n tanto a nivel central como regional, de las cuotas \u00a0moderadoras y los copagos que se establezcan para los beneficiarios, de \u00a0conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Programar la red de servicios de las Unidades \u00a0Prestadoras de Servicios de Salud que integren el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Planear los recursos que se requieren para la \u00a0ejecuci\u00f3n de los convenios docente\u2011asistenciales y de investigaci\u00f3n que \u00a0celebre el Instituto, considerando la incidencia de las pr\u00e1cticas m\u00e9dicas que \u00a0deben adelantar los alumnos de pregrado y postgrado, sobre la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0y que correspondan a las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Subdirecci\u00f3n de Prestaci\u00f3n de \u00a0Servicios de Salud. La Subdirecci\u00f3n de Prestaci\u00f3n de Servicios de Salud \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Asistir a \u00a0la direcci\u00f3n General del Instituto en las coordinaciones interinstitucionales \u00a0necesarias, para la prestaci\u00f3n de servicios de salud a los afiliados al \u00a0subsistema y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Coordinar \u00a0las acciones necesarias para la prestaci\u00f3n oportuna y eficiente de los \u00a0Servicios de Salud en operaciones de combate, y asegurar la atenci\u00f3n m\u00e9dico\u2011asistencial \u00a0en casos de urgencias, riesgos catastr\u00f3ficos y accidentes de tr\u00e1nsito, de \u00a0conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 \u00a0Establecer mecanismos para que en las Unidades Prestadoras de Servicios \u00a0de Salud, se apliquen las normas t\u00e9cnicas y administrativas, procedimientos, \u00a0est\u00e1ndares sobre uso, productividad, eficiencia y eficacia de los servicios \u00a0hospitalarios, ambulatorios y de rehabilitaci\u00f3n, en materia m\u00e9dica, \u00a0odontol\u00f3gica, servicios de apoyo; promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n y control de \u00a0enfermedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Formular \u00a0normas especificas que regulen el servicio de urgencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Orientar \u00a0la formulaci\u00f3n del Plan Nacional de Rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Asegurar \u00a0el cumplimiento de las normas espec\u00edficas y procedimientos que se establezcan \u00a0sobre contrataci\u00f3n de servicios de salud con las Instituciones y profesionales \u00a0de la salud, e incentivar mediante esta modalidad, la eficiencia y la calidad \u00a0de la prestaci\u00f3n de los servicios, de conformidad con los principios que rigen \u00a0el SMP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Coordinar \u00a0el desarrollo de programas docente\u2011asistenciales y de investigaci\u00f3n en \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud del Subsistema, de conformidad \u00a0con los convenios celebrados por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Coordinar \u00a0en el nivel central y regional que la atenci\u00f3n m\u00e9dico\u2011asistencial se \u00a0realice dentro de los par\u00e1metros de calidad, eficiencia e igualdad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Asegurar \u00a0la aplicaci\u00f3n de las normas que se expidan sobre el sistema de referencia y \u00a0contrarreferencia para el acceso a los servicios de alta complejidad. Se \u00a0except\u00faan los casos de urgencia, los cuales ser\u00e1n atendidos de forma \u00a0prioritaria en la sede m\u00e1s cercana al sitio del accidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar para que en el nivel central y regional, \u00a0los servicios que se presten est\u00e9n acordes con el Plan Integral de Salud \u00a0aprobado, as\u00ed como con las normas t\u00e9cnicas, cient\u00edficas y administrativas que \u00a0se establezcan para el SMP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar a nivel central y regional el \u00a0funcionamiento de las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud, evaluar los \u00a0resultados operacionales y los indicadores de eficiencia y calidad que se \u00a0registren. As\u00ed mismo, conocer la demanda de servicios por grupo poblacional, \u00a0con el fin de orientar la toma de decisiones para la mejor prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Orientar y evaluar la ejecuci\u00f3n de programas \u00a0especiales de salud a desarrollarse a nivel central y regional, principalmente \u00a0en el \u00e1rea de promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n, control de enfermedades, mantenimiento y \u00a0fomento de la salud y en los servicios hospitalarios, ambulatorios y de \u00a0rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asegurar el establecimiento de mecanismos para \u00a0integrar las actividades de promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n, curaci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar la elaboraci\u00f3n del Plan Nacional de \u00a0Divulgaci\u00f3n y Educaci\u00f3n de Riesgos Laborales y asesorar en el nivel central y \u00a0regional la preparaci\u00f3n de proyectos espec\u00edficos de prevenci\u00f3n y divulgaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con el Ministerio de Salud y orientar \u00a0a nivel central y regional, la ejecuci\u00f3n de programas de promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n \u00a0y fomento de la salud, en desarrollo de las pol\u00edticas definidas al respecto en \u00a0el Plan de Atenci\u00f3n B\u00e1sica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Orientar las actividades de vigilancia \u00a0epidemiol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asegurar la aplicaci\u00f3n de las tarifas aprobadas \u00a0para la contrataci\u00f3n de servicios de salud, y la administraci\u00f3n de los copagos \u00a0y cuotas moderadoras, de conformidad con las pol\u00edticas adoptadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Ofrecer los planes complementarios de salud que \u00a0apruebe la autoridad competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Asegurar el uso de metodolog\u00edas adecuadas que \u00a0permitan diagnosticar las necesidades de equipo, de las Unidades Prestadoras de \u00a0Servicios de Salud y el an\u00e1lisis de alternativas de cambio y renovaci\u00f3n \u00a0tecnol\u00f3gica, conforme a las normas vigentes sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Orientar la formulaci\u00f3n de programas de \u00a0mejoramiento tecnol\u00f3gico en las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud y \u00a0asesorar en su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Asegurar que el recurso humano que labora en \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud del Instituto cumpla con las \u00a0normas de sanidad determinadas por autoridad competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Asegurar que la asignaci\u00f3n de recursos humanos, \u00a0f\u00edsicos, financieros en las diferentes Unidades Prestadoras de Servicios de \u00a0Salud, se efect\u00fae en concordancia con la demanda a atender en cada una de \u00a0ellas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Presentar propuestas a la Direcci\u00f3n General, \u00a0debidamente sustentadas, para crear, fusionar o suprimir regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0y que correspondan con las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Divisi\u00f3n de Servicios Hospitarios. Son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n Hospitalaria las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Evaluar \u00a0la gesti\u00f3n de las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud que presten el \u00a0servicio de hospitalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Participar en la elaboraci\u00f3n y difusi\u00f3n de las normas t\u00e9cnicas y \u00a0administrativas, procedimientos est\u00e1ndares sobre uso, productividad, eficiencia \u00a0y eficacia de los servicios hospitalarios en materia m\u00e9dica, odontol\u00f3gicos y \u00a0servicios de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Promover \u00a0y orientar el desarrollo de garant\u00eda de calidad de los servicios de atenci\u00f3n \u00a0hospitalaria en las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Evaluar \u00a0el comportamiento de la demanda, estancia promedio, egresos hospitalarios y \u00a0efectuar el seguimiento para aplicar los correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Conceptuar y colaborar en la formulaci\u00f3n de proyectos de innovaciones \u00a0t\u00e9cnicas y cient\u00edficas, sobre organizaci\u00f3n y funcionamiento de los servicios \u00a0hospitalarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Colaborar \u00a0con la elaboraci\u00f3n de protocolos de manejo hospitalario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 \u00a0Establecer procedimientos que faciliten al paciente o a la Unidad \u00a0Prestadora de Servicios de Salud la comunicaci\u00f3n con la familia de dicho \u00a0paciente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Conocer, \u00a0analizar y conceptuar sobre los costos originados en la prestaci\u00f3n de servicios \u00a0hospitalarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Implementar \u00a0programas de desarrollo del recurso humano responsable de atender al paciente \u00a0en el \u00e1rea hospitalaria en las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer normas que estandaricen la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de hoteler\u00eda en las Unidades Prestadoras de \u00a0Servicios de Salud respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0programas docente\u2011asistenciales y de investigaci\u00f3n aprobados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0y que correspondan con las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Divisi\u00f3n de Servicios Ambulatorios. La \u00a0Divisi\u00f3n de Servicios Ambulatorios cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 \u00a0Establecer las normas t\u00e9cnicas y administrativas a que deben someterse \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud que ofrecen servicios \u00a0ambulatorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Difundir \u00a0los procedimientos y est\u00e1ndares sobre uso, eficiencia y productividad de los \u00a0servicios ambulatorios en materia m\u00e9dica, odontol\u00f3gica y de servicios de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Conocer \u00a0el comportamiento de la demanda de servicios ambulatorios, con el fin de \u00a0orientar la toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Evaluar \u00a0la gesti\u00f3n en la atenci\u00f3n ambulatoria en las Unidades Prestadoras de Servicios \u00a0de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Consolidar los planes y programas de atenci\u00f3n ambulatoria que se realice \u00a0en las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud y coordinar la elaboraci\u00f3n de \u00a0protocolos de manejo del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Coordinar \u00a0el desarrollo de programas docente\u2011asistenciales y de investigaci\u00f3n, en \u00a0cumplimiento de convenios celebrados por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Conocer, \u00a0analizar y conceptuar sobre los costos originados de la prestaci\u00f3n de servicios \u00a0ambulatorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Promover \u00a0y orientar las actividades de vigilancia epidemiol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Colaborar \u00a0en la evaluaci\u00f3n de innovaciones t\u00e9cnicas y cient\u00edficas sobre organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de los servicios ambulatorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0y que correspondan con las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. Divisi\u00f3n de Servicios de \u00a0Rehabilitaci\u00f3n. La Divisi\u00f3n de Servicios de Rehabilitaci\u00f3n cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Elaborar \u00a0el Plan Nacional de Rehabilitaci\u00f3n, coordinar lo pertinente a nivel central y \u00a0regional, y estimular el desarrollo de actividades de alta especialidad en todo \u00a0el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Identificar y evaluar la oportunidad de nuevos servicios de \u00a0rehabilitaci\u00f3n y conceptuar sobre las innovaciones t\u00e9cnicas y cient\u00edficas \u00a0relativas a la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los servicios en referencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 \u00a0Consolidar las estad\u00edsticas de atenci\u00f3n y costos del servicio de \u00a0rehabilitaci\u00f3n, efectuar el debido seguimiento y tomar las medidas pertinentes \u00a0cuando sea del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Difundir \u00a0las normas t\u00e9cnicas y administrativas, procedimientos y est\u00e1ndares establecidos \u00a0para optimizar la prestaci\u00f3n del servicio de rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Establecer mecanismos para la evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n del servicio de \u00a0rehabilitaci\u00f3n en los diferentes centros o unidades que se establezcan para tal \u00a0fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Conocer \u00a0el comportamiento de la demanda de los servicios de rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Coordinar \u00a0con las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud del Instituto, la \u00a0conformaci\u00f3n de grupos de trabajo interdisciplinario seg\u00fan la demanda y \u00a0necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 \u00a0Establecer procedimientos especiales de atenci\u00f3n al paciente que se \u00a0encuentre en el programa de rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por las normas y que correspondan con las funciones \u00a0propias de las dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Mantenimiento \u00a0de la Salud. La Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Mantenimiento de la Salud cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 \u00a0Establecer y difundir las normas t\u00e9cnicas y administrativas, \u00a0procedimientos, y est\u00e1ndares para la promoci\u00f3n, prevenci\u00f3n y control de \u00a0enfermedades. mantenimiento y fomento de la salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Colaborar \u00a0en el dise\u00f1o del Programa Nacional de Salud Ocupacional y velar por el \u00a0cumplimiento de las normas all\u00ed establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Establecer \u00a0los protocolos y manuales para la realizaci\u00f3n de los diferentes procedimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Llevar \u00a0las estad\u00edsticas de los accidentes de trabajo y de las enfermedades \u00a0profesionales para lo cual en cada caso se determinar\u00e1 la gravedad y la \u00a0frecuencia de los mismos, e informar\u00e1 lo pertinente a las Unidades respectivas \u00a0de la Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Verificar \u00a0que los recursos que ingresen al Instituto para cubrir los accidentes de \u00a0trabajo y enfermedades profesionales se manejen en cuentas separadas de los \u00a0dem\u00e1s recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por las normas y que correspondan con las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Programa Hospital Central. Son \u00a0funciones del Programa Hospital Central: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Prestar \u00a0atenci\u00f3n m\u00e9dica integral a los afiliados al Subsistema de Salud de la Polic\u00eda \u00a0Nacional y a sus familiares en las instalaciones de la Unidad Prestadora de \u00a0Servicios de Salud del Hospital Central o mediante contrataci\u00f3n de servicios, \u00a0de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Prestar \u00a0atenci\u00f3n m\u00e9dica a particulares de acuerdo con la normatividad vigente, y \u00a0atender todos los casos de urgencias que se presenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Programar \u00a0la prestaci\u00f3n de los Servicios en la Unidad Prestadora de Servicios de Salud, \u00a0de conformidad con las pol\u00edticas formuladas y normas establecidas para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 \u00a0Desarrollar los planes y programas asignados a la Subdirecci\u00f3n a trav\u00e9s \u00a0del Hospital Central de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Administrar los recursos humanos, financieros y t\u00e9cnicos asignados a la \u00a0Subdirecci\u00f3n, de conformidad con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Dirigir \u00a0los procesos de garant\u00eda de la calidad de los servicios que presta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Coordinar \u00a0la ejecuci\u00f3n de los programas docente\u2011asistenciales y de investigaci\u00f3n \u00a0que se originen de convenios suscritos por el Instituto con Universidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 \u00a0Suministrar la informaci\u00f3n requerida por la Direcci\u00f3n General y \u00a0Subdirecciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Las dem\u00e1s \u00a0que le sean asignadas por las normas y que est\u00e9n acordes con la naturaleza de \u00a0las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. Subdirecci\u00f3n de Vivienda. La \u00a0Subdirecci\u00f3n de Vivienda desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes y programas \u00a0en el \u00e1rea de vivienda propia y fiscal para los usuarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Establecer los proyectos de reglamento y las normas t\u00e9cnicas sobre los \u00a0programas de vivienda propia y fiscal que presta directa o indirectamente el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Coadyuvar \u00a0en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes y programas en materia de vivienda \u00a0propia y coordinar estas actividades con la Caja Promotora de Vivienda Militar \u00a0cuando exista prestaci\u00f3n de servicios por contrato con esta \u00faltima Entidad, de \u00a0acuerdo con las normas establecidas para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Coadyuvar \u00a0con la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, planes y programas en materia de vivienda \u00a0fiscal u otro sistema y determinar procesos que contribuyan a la satisfacci\u00f3n \u00a0de la demanda de vivienda de los miembros de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Participar con las dependencias en la elaboraci\u00f3n de planes de inversi\u00f3n \u00a0en lo relacionado con el \u00e1rea de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 \u00a0Establecer programas espec\u00edficos que sobre vivienda fiscal se \u00a0establezcan en las nuevas \u00e1reas geogr\u00e1ficas, teniendo en cuenta las pol\u00edticas y \u00a0objetivos del Instituto y como base, los proyectos regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Orientar, \u00a0coordinar, ejecutar y controlar la organizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los programas de \u00a0vivienda propia y vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 \u00a0Determinar y proponer, cuando sea necesario, la contrataci\u00f3n del \u00a0mantenimiento y administraci\u00f3n de la vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Dise\u00f1ar \u00a0sistemas de tarifas para la utilizaci\u00f3n y mantenimiento de la vivienda fiscal y \u00a0los montos de subsidio de vivienda que se concedan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejecutar de conformidad con los Reglamentos y \u00a0las normas vigentes, las reglamentaciones relacionadas con el subsidio para \u00a0vivienda propia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Identificar las fuentes de financiaci\u00f3n para \u00a0los programas y proponer los esquemas de gesti\u00f3n m\u00e1s viables, para cada uno de \u00a0ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n el sistema de informaci\u00f3n y asesor\u00eda en temas inmobiliarios y \u00a0jur\u00eddicos pertinentes al tema de la vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar y coordinar programas de investigaci\u00f3n \u00a0para el \u00e1rea de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con las entidades pertinentes, las \u00a0gestiones necesarias para un adecuado manejo de los bienes inmuebles destinados \u00a0a vivienda fiscal, en cuanto a su uso, disponibilidad y administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Velar por la calidad de la vivienda que se \u00a0proporcione a los beneficiarios a trav\u00e9s de los programas impulsados por el \u00a0Instituto directamente o por terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Administrar el Sistema de Informaci\u00f3n del \u00e1rea \u00a0de vivienda y proponer los indicadores que permita evaluar el impacto de los \u00a0programas y proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que corresponda a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. Subdirecci\u00f3n de Bienestar. Son \u00a0funciones de la Subdirecci\u00f3n de Bienestar: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Asesorar \u00a0a la Direcci\u00f3n General en la determinaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas \u00a0relacionados con las prestaci\u00f3n de los servicios de educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n y \u00a0deporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Establecer las normas t\u00e9cnicas sobre los servicios de educaci\u00f3n, \u00a0recreaci\u00f3n y deporte que preste directa o indirectamente el Instituto, de \u00a0acuerdo con los lineamientos generales que establezca la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Dirigir, \u00a0coordinar y desarrollar la elaboraci\u00f3n del Plan de Servicios de Educaci\u00f3n, \u00a0Recreaci\u00f3n y Deporte del Instituto, teniendo en cuenta las caracter\u00edsticas de \u00a0la poblaci\u00f3n, los indicadores de demanda y la disponibilidad de la oferta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 \u00a0Participar con las dem\u00e1s dependencias en los estudios conducentes a la \u00a0elaboraci\u00f3n de planes de inversi\u00f3n y funcionamiento del Instituto relacionados \u00a0con cada una de las \u00e1reas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Proponer \u00a0a la Direcci\u00f3n General las pol\u00edticas para la determinaci\u00f3n de tarifas para los \u00a0servicios de recreaci\u00f3n y educaci\u00f3n, as\u00ed como los subsidios para los hijos de \u00a0los miembros de la Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Velar \u00a0para que en el nivel central y regional los servicios que se presten est\u00e9n \u00a0acordes con las normas de eficiencia, igualdad y calidad y se oriente \u00a0especialmente a la atenci\u00f3n del cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Asegurar \u00a0que la asignaci\u00f3n de recursos humanos como f\u00edsicos y financieros en las \u00a0diferentes unidades que integran la Subdirecci\u00f3n se efect\u00fae con la demanda a \u00a0atender en cada uno de ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Orientar \u00a0la formulaci\u00f3n de programas de mejoramiento tecnol\u00f3gico en las Unidades \u00a0Prestadoras del servicio y asesorar en su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Orientar, \u00a0coordinar y controlar la organizaci\u00f3n y funcionamiento de los diferentes \u00a0servicios de su competencia para garantizar una atenci\u00f3n integral y eficiente a \u00a0los beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar e implementar los mecanismos \u00a0encaminados a la promoci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control de la calidad de los servicios \u00a0de bienestar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar y coordinar la organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de los diferentes servicios de su competencia para garantizar \u00a0una atenci\u00f3n integral y eficiente a los beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir las relaciones de la Subdirecci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s dependencias del Instituto y con otras instituciones, con el fin de \u00a0garantizar la prestaci\u00f3n integral de los servicios de su competencia a los \u00a0beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que corresponda a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46. Divisi\u00f3n de Educaci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Humano: Son funciones de la Divisi\u00f3n Educativa y de Desarrollo Humano: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Dirigir, \u00a0organizar, supervisar, controlar y evaluar los planes, programas y proyectos en \u00a0materia educativa, de desarrollo humano, promoci\u00f3n y asistencia social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Dirigir, \u00a0supervisar, coordinar y controlar la programaci\u00f3n educativa formal y no formal \u00a0de los diferentes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>centros docentes, acorde con las normas legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Ejecutar \u00a0y supervisar la pol\u00edtica educativa y de desarrollo humano del Instituto \u00a0teniendo en cuenta las disposiciones del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y \u00a0dem\u00e1s organismos p\u00fablicos y privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Elaborar \u00a0planes y programas educativos, de orientaci\u00f3n escolar, de capacitaci\u00f3n y \u00a0perfeccionamiento del personal docente a nivel nacional, buscando el desarrollo \u00a0humano integral del usuario y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 \u00a0Establecer e implementar proyectos de estudio sobre la selecci\u00f3n, \u00a0ubicaci\u00f3n, promoci\u00f3n y rotaci\u00f3n del personal docente y administrativo de los \u00a0colegios, en concordancia con las disposiciones del Ministerio de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 \u00a0Supervisar, orientar y controlar las actividades docentes y \u00a0administrativas de los Centros Educativos de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1 y de las \u00a0regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Llevar la \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica, acad\u00e9mica y docente a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Elaborar \u00a0proyectos para el establecimiento de centros educativos as\u00ed como para la \u00a0adquisici\u00f3n, construcci\u00f3n o arrendamiento locativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con las Regionales la ejecuci\u00f3n de \u00a0programas acad\u00e9micos y de desarrollo humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47. Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n y Deporte. Sus \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n y Deporte: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Elaborar \u00a0los planes, proyectos y programas de recreaci\u00f3n y deportes para el personal \u00a0uniformado y no uniformado de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Establecer programas de seguimiento a las actividades recreativas que \u00a0desarrolle el Instituto y establecer indicadores que permitan evaluar la \u00a0eficiencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Coordinar \u00a0con Entidades p\u00fablicas o privadas el desarrollo de actividades deportivas y \u00a0recreacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Elaborar \u00a0la reglamentaci\u00f3n pertinente en la prestaci\u00f3n del servicio de recreaci\u00f3n y \u00a0deporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Programar, \u00a0desarrollar y coordinar con las Regionales el desarrollo de las actividades \u00a0recreativas, sociales, culturales y deportivas para los beneficiarios del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 \u00a0Consolidar las estad\u00edsticas requeridas para la planeaci\u00f3n y prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios de recreaci\u00f3n y deporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 \u00a0Establecer programas que faciliten el acceso a los servicios de \u00a0recreaci\u00f3n y deporte as\u00ed como la coordinaci\u00f3n de los mismos a nivel nacional y \u00a0regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Velar \u00a0para que el desarrollo de los programas cumpla con los objetivos de formaci\u00f3n, \u00a0recreaci\u00f3n, competici\u00f3n y utilizaci\u00f3n del tiempo libre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que corresponda a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. Regionales. El funcionamiento de las \u00a0Regionales estar\u00e1 a cargo de los Directores Regionales, y ejercer\u00e1n las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Coordinar \u00a0la prestaci\u00f3n de servicios de salud en los tres (3) niveles de atenci\u00f3n, en \u00a0forma directa o contratada, a los afiliados al Subsistema de Salud de la \u00a0Polic\u00eda Nacional y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Organizar \u00a0el r\u00e9gimen de referencia y contrarefencia a nivel regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Velar \u00a0para que los servicios de salud que se presten directamente o se contraten sean \u00a0oportunos, equitativos y de calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Dirigir, \u00a0coordinar, supervisar y evaluar la eficiencia de la prestaci\u00f3n de los Servicios \u00a0de Salud, vivienda, educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n y deporte en las regiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Dirigir, \u00a0coordinar y adelantar el proceso de informaci\u00f3n primaria requerida para conocer \u00a0permanentemente la poblaci\u00f3n atendida, su estado de salud, las patolog\u00edas y \u00a0dem\u00e1s informaci\u00f3n en las distintas \u00e1reas en que tiene ingerencia el Instituto, \u00a0para la definici\u00f3n de las estad\u00edsticas y pol\u00edticas correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 Ejecutar \u00a0los planes y programas establecidos para la regi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Ordenar \u00a0los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los contratos \u00a0necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del Instituto, en \u00a0la regi\u00f3n que dirige, de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.\u00a0 Organizar \u00a0los procedimientos y mecanismos para la transferencia de recursos a las \u00a0Unidades Prestadoras de Servicios en su \u00e1rea de jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.\u00a0 Presentar \u00a0los informes que determine el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar el recurso humano, f\u00edsico y \u00a0financiero que se le asigne a la regi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la prestaci\u00f3n adecuada y oportuna de \u00a0los servicios en todas las \u00e1reas de cubrimiento del Inssponal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar a la Direcci\u00f3n General los informes \u00a0sobre el desarrollo de los asuntos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por las normas \u00a0legales y que corresponda a la naturaleza de las funciones propias de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 49. Organismos de Coordinaci\u00f3n y Control. \u00a0Los Organos de Coordinaci\u00f3n y Control ser\u00e1n los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comit\u00e9 de Calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES VARIAS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 50. Personal. Para todos los efectos \u00a0legales, las personas que prestan sus servicios en el Instituto para la \u00a0Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, tendr\u00e1n el car\u00e1cter de \u00a0empleados p\u00fablicos. No obstante lo anterior pueden tener calidad de \u00a0trabajadores oficiales quienes realicen actividades de car\u00e1cter operativo y de \u00a0conservaci\u00f3n y mantenimiento de inmuebles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. El Director General se posesionar\u00e1 \u00a0ante el Presidente de la Rep\u00fablica o en su defecto ante el Ministro de Defensa \u00a0Nacional. Los dem\u00e1s empleados p\u00fablicos, lo har\u00e1n ante el Director General o \u00a0ante el funcionario a quien se delegue dicha facultad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. Las certificaciones sobre el \u00a0ejercicio del cargo de Director General y miembros de la Junta Directiva, ser\u00e1n \u00a0expedidas por el Secretario General del Ministerio de Defensa Nacional, las de \u00a0los dem\u00e1s funcionarios del Instituto, ser\u00e1n expedidas por el Director General o \u00a0por el funcionario en quien se delegue estas atribuciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 51. Planta Global. Con el fin de cumplir \u00a0su objeto, el Instituto contar\u00e1 con una Planta Global de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 52. R\u00e9gimen Disciplnario. Los empleados \u00a0p\u00fablicos y trabajadores oficiales del Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional est\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen disciplinario \u00a0vigente para los servicios p\u00fablicos de la Rama Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 53. Tutela Administrativa. En ejercicio de \u00a0la tutela administrativa, corresponde al Ministerio de Defensa Nacional la \u00a0orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control del Instituto, en los aspectos de \u00a0organizaci\u00f3n, personal y actividades que debe desarrollar, de acuerdo con la \u00a0pol\u00edtica general del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 54. Control y Vigilancia de la Prestaci\u00f3n \u00a0de Servicios. La vigilancia y control de la prestaci\u00f3n de los servicios y del \u00a0cumplimiento de las normas t\u00e9cnicas, cient\u00edficas y administrativas por parte \u00a0del Instituto, estar\u00e1n a cargo de la Superintendencia Nacional de Salud, con \u00a0sujeci\u00f3n a las mismas normas previstas para el Sistema General de Seguridad \u00a0Social en Salud, siempre y cuando sean compatibles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 55. Control Fiscal. El control fiscal ser\u00e1 \u00a0ejercido en forma posterior y selectiva, por la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, conforme a las normas constitucionales y legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 56. La Junta Directiva determinar\u00e1 un \u00a0programa para desarrollar la estructura interna que por este Acuerdo se esta \u00a0aprobando, durante el a\u00f1o de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 57. Vigencia. El presente Acuerdo rige a \u00a0partir de su aprobaci\u00f3n por el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que \u00a0le sean contrarias, en especial el Decreto \u00a0862 del 29 de abril de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a los 29 d\u00edas del \u00a0mes de diciembre de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Brigadier General Rosso Jos\u00e9 Serrano Cadena \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Director General Polic\u00eda Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Secretaria, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Jaannette Ahixsa Caicedo de Quintero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Secretaria General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Instituto para la Seguridad Social y Bienestar\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 de la Polic\u00eda Nacional\u00bb. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Este Decreto rige a partir de la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1. D.C., a los 13 de enero \u00a0de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Guillermo Perry Rubio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Fernando Botero Zea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Eduardo Gonz\u00e1les Montoya. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 128 DE 1995 \u00a0 \u00a0\u00a0 (enero 13) \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo 031 del 29 de diciembre de 1994, por el cual se \u00a0adoptan los Estatutos Internos, se establece la Estructura Interna y se \u00a0determinan las funciones del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de \u00a0la Polic\u00eda Nacional, Inssponal. 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