{"id":24872,"date":"2023-07-13T18:26:21","date_gmt":"2023-07-13T18:26:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-1562-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:21","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:21","slug":"decreto-1562-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-1562-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 1562 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a01562 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 15) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se aprueba el Acuerdo 022 \u00a0de junio 23 de 1995 de la Junta Directiva, por el cual se adoptan los Estatutos \u00a0Internos, se establece la Estructura Interna y se determinan las funciones del \u00a0Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la polic\u00eda Nacional, \u00a0Inssponal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial de \u00a0las que le confiere el art\u00edculo 26 literal b) del Decreto ley 1050 \u00a0de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 1. Apr\u00faebase el Acuerdo n\u00famero 022 de 1995, expedido por la Junta \u00a0Directiva, por el cual se adoptan los Estatutos Internos, se establece \u00a0parcialmente la Estructura Interna y se determinan las funciones de las \u00a0dependencias del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda \u00a0Nacional, cuyo texto es el siguiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDO N\u00daMERO 022 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 23) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adoptan los Estatutos \u00a0Internos, se establece la Estructura Interna y se determinan las funciones del \u00a0Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, \u00a0Inssponal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Instituto para \u00a0la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, en uso de las \u00a0atribuciones que le confieren los Decretos 352 del 11 de febrero de 1994 y 1301 \u00a0de junio 22 de 1994, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1.\u00a0\u00a0\u00a0 Adoptar los siguientes estatutos internos que regir\u00e1n la \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento del Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Naturaleza jur\u00eddica, duraci\u00f3n, \u00a0objetivos, funciones, jurisdicci\u00f3n y domicilio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.\u00a0\u00a0\u00a0 Naturaleza jur\u00eddica. El Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, creado por el art\u00edculo 33 de la Ley 62 de 1993, es un \u00a0establecimiento p\u00fablico de orden nacional adscrito al Ministerio de Defensa, \u00a0dotado de personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda administrativa y patrimonio \u00a0independiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3.\u00a0\u00a0\u00a0 Duraci\u00f3n. La duraci\u00f3n del Instituto es indefinida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4.\u00a0\u00a0\u00a0 Objetivos. El Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de \u00a0la Polic\u00eda Nacional, desarrollar\u00e1 programas de salud, educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n, \u00a0vivienda propia y fiscal, readaptaci\u00f3n laboral y subsidios para los \u00a0discapacitados f\u00edsicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. Son beneficiarios de los \u00a0programas comprendidos en este art\u00edculo, el personal uniformado y no uniformado \u00a0de la Polic\u00eda Nacional y sus familias, tanto en servicio activo como en goce de \u00a0asignaci\u00f3n de retiro o pensi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2.\u00a0 Al beneficio de vivienda fiscal solo tendr\u00e1 derecho el personal en \u00a0servicio activo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5.\u00a0\u00a0\u00a0 Funciones. Son funciones del Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar los planes y programas \u00a0en las \u00e1reas de salud, bienestar, educaci\u00f3n, vivienda, recreaci\u00f3n y \u00a0readaptaci\u00f3n laboral y subsidios para los discapacitados f\u00edsicos requeridos por \u00a0la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender directamente o a trav\u00e9s de \u00a0terceros la prestaci\u00f3n de los servicios en las \u00e1reas de seguridad social y \u00a0bienestar para el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Pagar el subsidio familiar al \u00a0personal del nivel ejecutivo de la Polic\u00eda Nacional, de conformidad con la ley \u00a0y los reglamentos vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Pagar los valores que por concepto \u00a0de cesant\u00edas sean trasladados al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar los aportes que para la \u00a0prestaci\u00f3n de los diferentes servicios, efect\u00fae el personal de la Polic\u00eda \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Celebrar con personas naturales o \u00a0jur\u00eddicas, nacionales o extranjeras, oficiales, privadas o mixtas contratos de: \u00a0obra, suministro, empr\u00e9stito, compraventa, arrendamiento, transporte, seguros, \u00a0consultor\u00eda, prestaci\u00f3n de servicios, concesi\u00f3n, fiducia p\u00fablica o encargos \u00a0fiduciarios y todos aquellos actos necesarios para el cumplimiento de sus \u00a0objetivos, conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Celebrar convenios con \u00a0instituciones p\u00fablicos, privadas o mixtas para la administraci\u00f3n de activos en \u00a0cumplimiento de los fines sociales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con las autoridades \u00a0departamentales y municipales, las acciones de bienestar para los miembros de \u00a0la Polic\u00eda Nacional, de conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 31 de la Ley 62 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Organizar centros de salud, \u00a0recreativos, educativos, sociales y gestionar la adquisici\u00f3n de vivienda fiscal \u00a0y propia para el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar el subsidio de \u00a0vivienda para el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener permanentemente \u00a0informados a los usuarios sobre los programas y servicios desarrollados por el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Fomentar a trav\u00e9s del desarrollo \u00a0de programas adecuados, el bienestar mental y f\u00edsico de los miembros de la \u00a0Polic\u00eda Nacional, tendientes a mejorar la calidad de vida de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar y patrocinar \u00a0investigaciones que permitan el mejoramiento de los servicios prestados por el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dirigir la operaci\u00f3n y el \u00a0funcionamiento del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, con sujeci\u00f3n a \u00a0las directrices trazadas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas \u00a0Militares y de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Administrar el Fondo-Cuenta del \u00a0Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, de acuerdo con las pol\u00edticas \u00a0aprobadas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la \u00a0Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Prestar los servicios de salud a \u00a0trav\u00e9s de las unidades del subsistema o mediante la contrataci\u00f3n de \u00a0instituciones prestadoras de servicios de salud y profesionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Racionalizar la atenci\u00f3n de \u00a0servicios, mediante modalidades de organizaci\u00f3n y contrataci\u00f3n tales como \u00a0tarifas, protocolos o presupuestos globales fijos, de tal manera que se \u00a0incentiven las actividades de promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n y el control de los \u00a0costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Organizar un sistema nacional de \u00a0informaci\u00f3n al interior del subsistema que contenga, entre otros aspectos, el \u00a0censo de afiliados y beneficiarios, las caracter\u00edsticas socioecon\u00f3micas y su \u00a0estado de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Evaluar sistem\u00e1ticamente la \u00a0calidad de los servicios directos y contratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Organizar e implementar los \u00a0sistemas de control de costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Registrar la afiliaci\u00f3n del \u00a0personal que pertenece al subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Servir de medio institucional para \u00a0el establecimiento de relaciones de cooperaci\u00f3n nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Coordinar y controlar las \u00a0pol\u00edticas de investigaci\u00f3n formuladas por el Consejo Superior de Salud de las \u00a0Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Elaborar los estudios y propuestas \u00a0que requiera el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la \u00a0Polic\u00eda Nacional o el Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Dirigir y administrar como \u00a0unidades prestadoras de servicios a la Unidad hospitalaria y los dem\u00e1s que se \u00a0adscriban al Subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley, \u00a0los reglamentos, el presente Acuerdo y las decisiones del Consejo Superior de \u00a0Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional, o las que sean \u00a0indispensables para la eficiente operaci\u00f3n del Instituto y del Subsistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para las funciones \u00a0relacionadas con la operaci\u00f3n y el funcionamiento del subsistema de salud se \u00a0dispondr\u00e1 una contabilidad separada de los restantes recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6.\u00a0\u00a0\u00a0 Jurisdicci\u00f3n y domicilio. El Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional tiene jurisdicci\u00f3n en todo el territorio \u00a0nacional, su domicilio es la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, Distrito Capital, \u00a0pero podr\u00e1 establecer unidades o dependencias Regionales (Territoriales) dentro \u00a0del pa\u00eds, teniendo en cuenta las necesidades y servicios trazados por el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Patrimonio, rentas y aportes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7.\u00a0\u00a0\u00a0 Patrimonio. El patrimonio del Instituto para la Seguridad Social \u00a0y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, est\u00e1 constituido por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Los bienes fiscales muebles o \u00a0inmuebles del Ministerio de Defensa Nacional-Polic\u00eda Nacional que en la \u00a0actualidad utilizaban las direcciones de bienestar social y de sanidad de la \u00a0Polic\u00eda Nacional y los destinados a vivienda fiscal, previo el inventario y los \u00a0tr\u00e1mites del caso para el traspaso de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los bienes muebles e inmuebles que \u00a0adquiera a cualquier t\u00edtulo, para el cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los valores que posea o adquiera en \u00a0desarrollo de sus actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las donaciones provenientes de personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas, nacionales o extranjeras que le hagan al Instituto para \u00a0la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8.\u00a0\u00a0\u00a0 Rentas. Las rentas del Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, ser\u00e1n las que a continuaci\u00f3n se enuncian: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las sumas que se apropien en el \u00a0presupuesto nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los recursos provenientes del \u00a0cr\u00e9dito externo e interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El producto de las tasas o tarifas \u00a0por los servicios que preste. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los ingresos por concepto de la \u00a0contrataci\u00f3n de prestaci\u00f3n remunerada de servicios de vigilancia por personal \u00a0de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Los valores provenientes del \u00a0descuento de los tres (3) d\u00edas de la prima vacacional del personal de la \u00a0Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las multas que se impongan al \u00a0personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los valores provenientes de \u00a0arrendamiento de vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El producto de la venta de \u00a0servicios, de conformidad con reglamentaci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Los aportes por afiliaci\u00f3n \u00a0voluntaria del personal retirado en goce de asignaci\u00f3n de retiro o pensi\u00f3n, \u00a0para programas de recreaci\u00f3n social, en cuant\u00eda que determine la Junta \u00a0Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El ahorro obligatorio para \u00a0vivienda propia a que se refieren los art\u00edculos 221 y 61 de los Decretos ley \u00a01212 y 1213 de 1990, respectivamente, ingresar\u00e1n al Instituto para la Seguridad \u00a0Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. El ahorro que para soluci\u00f3n de \u00a0vivienda, hace el personal no uniformado de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Los recursos que ingresen al Fondo \u00a0Cuenta del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, administrado por el \u00a0Instituto, conforme a lo dispuesto en el art\u00edculo 26 del Decreto 1301 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Los dem\u00e1s recursos que reciba el \u00a0Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional a cualquier t\u00edtulo o que le sean \u00a0reconocidos por leyes, decretos, ordenanzas o acuerdos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Los dem\u00e1s ingresos que le \u00a0reconozcan las leyes y actos administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9.\u00a0\u00a0\u00a0 Cuentas individuales. El Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional registrar\u00e1 los aportes de que tratan los \u00a0numerales 10 y 11 del art\u00edculo anterior en cuentas individuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las cuentas de que trata \u00a0este art\u00edculo constituir\u00e1n patrimonio aut\u00f3nomo propiedad de los ahorradores, \u00a0independiente del patrimonio del Instituto y ser\u00e1n administrados en \u00a0concordancia con las funciones de la Entidad, garantizando su seguridad, \u00a0rentabilidad y liquidez en las condiciones que determine su Junta Directiva. \u00a0Cuando exista prestaci\u00f3n de servicios por contrato con la Caja Promotora de Vivienda \u00a0Militar, estas cuentas ser\u00e1n administradas por la Caja, de acuerdo con lo \u00a0establecido por el Decreto \u00a0353 del 11 de febrero de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10.\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n y administraci\u00f3n.\u00a0 \u00a0La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n del Instituto para la Seguridad. Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional estar\u00e1 a cargo de la Junta Directiva, del \u00a0Director General, los Directores Regionales (Territoriales), los Directores de \u00a0Hospitales y dem\u00e1s funcionarios que se determinen en la estructura interna. La \u00a0representaci\u00f3n legal estar\u00e1 a cargo del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11.\u00a0\u00a0 Junta Directiva.\u00a0 La Junta \u00a0Directiva del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda \u00a0Nacional, estar\u00e1 integrada de la siguiente forma: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Defensa o el \u00a0Viceministro para la Coordinaci\u00f3n de Entidades Descentralizadas, quien la \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Ministro de Salud o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Director del Departamento Nacional \u00a0de Planeaci\u00f3n o el Jefe de la Unidad de Justicia y Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Director General de la Polic\u00eda \u00a0Nacional o el Subdirector General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. El Subsecretario General del \u00a0Ministerio de Defensa Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Un oficial, un suboficial y un \u00a0agente en goce de asignaci\u00f3n de retiro o pensi\u00f3n, en representaci\u00f3n del \u00a0personal de estas categor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. El Subdirector Administrativo de la \u00a0Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Un m\u00e9dico designado por el Ministro \u00a0de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1.\u00a0 Los representantes del personal retirado previsto en el numeral 7 \u00a0del presente art\u00edculo, ser\u00e1n designados por el Ministro de Defensa Nacional, \u00a0para un per\u00edodo de dos (2) a\u00f1os contados a partir de la fecha de posesi\u00f3n, de \u00a0terna presentada por el Director General de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2. El m\u00e9dico previsto en el \u00a0numeral 9 del presente art\u00edculo, ser\u00e1 designado, para un per\u00edodo de dos (2) \u00a0a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3.El Director General del \u00a0Instituto asistir\u00e1 a las reuniones de la Junta Directiva con derecho a voz pero \u00a0no a voto. Tambi\u00e9n podr\u00e1n asistir los dem\u00e1s funcionarios que la Junta Directiva \u00a0o el Director General determinen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4. El Secretario General del \u00a0Instituto actuar\u00e1 como Secretario de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 5. Todos los actos y \u00a0decisiones de la Junta Directiva del Instituto, se har\u00e1n constar en un libro de \u00a0actas, los cuales llevar\u00e1n la firma de quien preside la reuni\u00f3n y del \u00a0Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12.\u00a0\u00a0 Car\u00e1cter de los miembros de la Junta Directiva. Los miembros de la \u00a0Junta Directiva, aunque ejercen funciones p\u00fablicas, no adquieren por ese solo \u00a0hecho la calidad de empleados p\u00fablicos, sin embargo est\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen \u00a0de responsabilidad, incompatibilidades e inhabilidades establecidas en la ley y \u00a0los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13.\u00a0\u00a0 Honorarios de los miembros de la Junta Directiva. Los miembros de \u00a0la Junta Directiva tienen derecho a honorarios por la asistencia a cada sesi\u00f3n, \u00a0los cuales ser\u00e1n fijados por resoluci\u00f3n ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14.\u00a0\u00a0 Funciones de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta \u00a0Directiva las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular la pol\u00edtica general del \u00a0Instituto y los programas que le corresponda desarrollar para el cumplimiento \u00a0de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Expedir y reformar los estatutos \u00a0del Instituto, los cuales se someter\u00e1n a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Aprobar los reglamentos internos \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Determinar la planta de personal y \u00a0la organizaci\u00f3n interna del Instituto y para tal efecto, crear, modificar o \u00a0suprimir las unidades o dependencias, con sujeci\u00f3n a las disposiciones legales \u00a0sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Nombrar a los Subdirectores de \u00a0candidatos presentados por el Director General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Aprobar el anteproyecto de \u00a0presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir la pol\u00edtica tarifaria y \u00a0aprobar las tarifas por la prestaci\u00f3n y venta de servicios, presentadas por el \u00a0Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Examinar y aprobar los estados \u00a0financieros del Instituto y exigir los informes que considere necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Director General, los programas y servicios que ser\u00e1n atendidos directamente \u00a0por el Instituto y los que se contraten con terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Autorizar al Director General para \u00a0gestionar empr\u00e9stitos internos y externos, de acuerdo con las disposiciones \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Autorizar los proyectos de \u00a0inversi\u00f3n que presente el Director General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Autorizar las comisiones al \u00a0exterior de los empleados y trabajadores del Instituto, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales vigentes, a solicitud del Director. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por el cumplimiento de los \u00a0programas, la prestaci\u00f3n de los servicios y el manejo financiero del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir su propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Desarrollar las pol\u00edticas, planes \u00a0y programas definidos por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares \u00a0y de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Velar porque el funcionamiento \u00a0operativo del Fondo-Cuenta del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, se \u00a0realice de acuerdo con los criterios que sobre el mismo adopte el Consejo \u00a0Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional y determinar \u00a0el funcionamiento operativo de otros fondos de conformidad con las pol\u00edticas \u00a0adoptadas para tal efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Crear, suprimir o fusionar las \u00a0Regionales (territoriales) de acuerdo con las necesidades del servicio, los \u00a0planes, programas y proyectos que desarrolle la entidad, previa solicitud \u00a0sustentada del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Establecer el r\u00e9gimen general de \u00a0administraci\u00f3n, transferencia y distribuci\u00f3n de los recursos necesarios para \u00a0adelantar los programas a cargo del Instituto, con sujeci\u00f3n a las pol\u00edticas \u00a0fijadas para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Establecer las normas de orden \u00a0administrativo, t\u00e9cnico y cient\u00edfico que deben aplicar las Unidades Prestadoras \u00a0de Servicios de Salud que integren el Instituto, en concordancia con las \u00a0pol\u00edticas fijadas para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Definir las pol\u00edticas educativas \u00a0que debe aplicar el Instituto, de conformidad con las disposiciones legales \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que le se\u00f1ale la ley y \u00a0los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15.\u00a0\u00a0 Reuniones. Las reuniones de la Junta Directiva ser\u00e1n presididas \u00a0por el Ministro de Defensa Nacional o el Viceministro para Coordinaci\u00f3n de \u00a0Entidades Descentralizadas. En la ausencia del Ministro de Defensa Nacional o \u00a0del Viceministro para Coordinaci\u00f3n de Entidades Descentralizadas, presidir\u00e1 la \u00a0Junta Directiva el Director General o el Subdirector General de la Polic\u00eda \u00a0Nacional . Las reuniones se efectuar\u00e1n de forma ordinaria una vez al mes y en \u00a0forma extraordinaria, cuando sea convocada por su Presidente o por el Director \u00a0General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Junta Directiva del \u00a0Instituto podr\u00e1 sesionar v\u00e1lidamente con la asistencia de siete (7) de sus \u00a0miembros y las decisiones se tomar\u00e1n por mayor\u00eda de los asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16.\u00a0\u00a0 Actos de la Junta Directiva. Los actos de la Junta Directiva se \u00a0denominar\u00e1n acuerdos y llevar\u00e1n la firma de quien presida la reuni\u00f3n y del \u00a0Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los acuerdos se numerar\u00e1n \u00a0sucesivamente con la indicaci\u00f3n del d\u00eda mes y a\u00f1o en que se expiden y estar\u00e1n \u00a0bajo la custodia del Secretario de la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17.\u00a0\u00a0 Del Director General. El Director General del Instituto de \u00a0Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional es agente del Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, de su libre nombramiento y remoci\u00f3n, y es el representante legal \u00a0de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18.\u00a0\u00a0 Funciones del Director General. El Director General del Instituto \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Cumplir y hacer cumplir las normas \u00a0legales, estatutarias y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los planes, programas, \u00a0acuerdos y decisiones de la Junta Directiva y el presupuesto anual del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar y controlar el \u00a0funcionamiento general del Instituto y presentar\u00e1 la Junta Directiva el informe \u00a0anual del a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Direcci\u00f3n General \u00a0de la Polic\u00eda Nacional el desarrollo de planes y programas encaminados a garantizar \u00a0la salud y bienestar social del personal de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir los actos que sean \u00a0necesarios para el cumplimiento de los objetivos del Instituto de acuerdo con \u00a0las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar y presentar a la Junta \u00a0Directiva para su aprobaci\u00f3n, los estatutos y reglamentos generales internos \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar a la Junta Directiva para \u00a0su aprobaci\u00f3n, los planes que se requieran para desarrollar los programas del \u00a0Instituto, en cumplimiento de las pol\u00edticas adoptadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar a la Junta Directiva el \u00a0anteproyecto anual de presupuesto y los planes de inversi\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Celebrar los actos y contratos \u00a0relacionados con el cumplimiento de los objetivos del Instituto, de conformidad \u00a0con lo establecido en la Ley 80 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas que reglamenten, modifiquen o sustituyan. Ser\u00e1 su responsabilidad la \u00a0direcci\u00f3n y manejo de la actividad contractual y no podr\u00e1 trasladarla a la \u00a0Junta Directiva, Comit\u00e9s Asesores, ni organismos de control y vigilancia del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. El Director General del Instituto \u00a0podr\u00e1 delegar de acuerdo con lo establecido en las normas vigentes la facultad \u00a0de contratar y en tal caso el delegatario asumir\u00e1 la totalidad de los tr\u00e1mites \u00a0contractuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Responder por la administraci\u00f3n de \u00a0los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir la ejecuci\u00f3n de planes de \u00a0acci\u00f3n conjunta con otras entidades, para el cabal cumplimiento de los \u00a0objetivos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por la correcta recaudaci\u00f3n \u00a0e inversi\u00f3n de los recursos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Nombrar y remover al personal del \u00a0Instituto con excepci\u00f3n del personal que nombre la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Presentar los informes que \u00a0determine el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le se\u00f1alen la ley y \u00a0los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19.\u00a0\u00a0 Las resoluciones del Instituto se numerar\u00e1n sucesivamente con la \u00a0indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que se expidan, y su conservaci\u00f3n y custodia \u00a0estar\u00e1 a cargo del Secretario General quien las refrendar\u00e1 con su firma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20.\u00a0\u00a0 Secretario General. El Instituto para la Seguridad Social y \u00a0Bienestar de la Polic\u00eda Nacional, tendr\u00e1 un Secretario General, quien \u00a0reemplazar\u00e1 al Director General en las ausencias temporales y ejercer\u00e1 las \u00a0funciones que se le se\u00f1alen en estos estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la estructura interna \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21.\u00a0\u00a0 Estructura interna. La estructura interna del Instituto para la \u00a0Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda Nacional ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. JUNTA DIRECTIVA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. DIRECCION GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Oficina de Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. SECRETARIA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Divisi\u00f3n de Recursos Humanos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Divisi\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. SUBDIRECCION FINANCIERA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Divisi\u00f3n de Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Divisi\u00f3n de Contabilidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 Divisi\u00f3n de Tesorer\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. SUBDIRECCION DE SALUD \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Divisi\u00f3n de Atenci\u00f3n al Afiliado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Divisi\u00f3n de Calidad de Servicios \u00a0de Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de \u00a0Servicios de Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Divisi\u00f3n de Servicios \u00a0Hospitalarios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.5 Divisi\u00f3n de Servicios Ambulatorios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.6 Divisi\u00f3n de Rehabilitaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.7 Divisi\u00f3n de Medicina Laboral \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.8 Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y \u00a0Mantenimiento de la Salud \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.9 Unidad Hospitalaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. SUBDIRECCION DE VIVIENDA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Divisi\u00f3n de Vivienda Fiscal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Divisi\u00f3n de Vivienda Propia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. SUBDIRECCION DE EDUCACION, \u00a0RECREACION \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Y DEPORTE \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 Divisi\u00f3n Educativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 Divisi\u00f3n de Deporte \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4 Divisi\u00f3n de Servicios Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. REGIONALES (TERRITORLALES) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.1 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9.2 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1.Direcciones Regionales \u00a0(Territoriales). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta Directiva del Instituto, \u00a0previo el cumplimiento de los requisitos que se relacionan m\u00e1s adelante podr\u00e1 \u00a0crear, suprimir o fusionar Direcciones Regionales (Territoriales) en los \u00a0lugares del Territorio Nacional que considere necesario para el ejercicio de \u00a0las competencias propias del Instituto, no obstante para su funcionamiento \u00a0inicial tendr\u00e1 las Regionales (Territoriales) seg\u00fan lo contemplado en el \u00a0art\u00edculo 52 del presente Acuerdo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Jurisdicci\u00f3n de las Direcciones \u00a0Regionales (Territoriales) que se creen, no tendr\u00e1n que coincidir con la \u00a0Divisi\u00f3n Pol\u00edtica del Territorio Nacional, sino que se conformar\u00e1n por dos o \u00a0m\u00e1s departamentos, o parte de estos de acuerdo con las necesidades de los \u00a0mismos. En todo caso toda Direcci\u00f3n Regional (Territorial) deber\u00e1 estructurarse \u00a0de tal forma que facilite la prestaci\u00f3n integral y oportuna de los programas \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-La creaci\u00f3n o fusi\u00f3n de Direcciones \u00a0Regionales (Territoriales) estar\u00e1 precedida de un estudio de factibilidad sobre \u00a0la Direcci\u00f3n Regional (Territorial) que se propone o la que resulte de la \u00a0fusi\u00f3n, presentado por el Director General y que cumpla como m\u00ednimo con los \u00a0siguientes requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* Definici\u00f3n y justificaci\u00f3n del \u00e1rea \u00a0de la cobertura propuesta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* Informaci\u00f3n y an\u00e1lisis de los \u00a0servicios ofrecidos por otras instituciones p\u00fablicas o privadas existentes en \u00a0el \u00e1rea de cobertura, teniendo en cuenta entre otros factores costos y calidad \u00a0en la prestaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* An\u00e1lisis de los requerimientos y \u00a0posible demanda de servicios en el \u00e1rea de cobertura. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>* Organizaci\u00f3n administrativa, \u00a0recursos f\u00edsicos y financieros con que contar\u00eda la Direcci\u00f3n Regional \u00a0(Territorial) para cubrir adecuadamente los requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-La propuesta de supresi\u00f3n de \u00a0Direcciones Regionales (Territoriales) ser\u00e1 justificada por el Director General \u00a0ante la Junta Directiva, informando como serian cubiertos los servicios de cuya \u00a0sede se propone la supresi\u00f3n y c\u00f3mo ser\u00e1n resueltos los asuntos administrativos \u00a0que resulten de la supresi\u00f3n de la Direcci\u00f3n Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2.\u00a0 Jurisdicci\u00f3n y clasificaci\u00f3n de las Direcciones Regionales \u00a0(Territoriales). En el acto de creaci\u00f3n de una nueva Direcci\u00f3n Regional Territorial) \u00a0o de la que resulte de la fusi\u00f3n de dos o m\u00e1s Direcciones Regionales \u00a0(Territoriales), la Junta Directiva la clasificar\u00e1 y determinar\u00e1 su estructura \u00a0y su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De las funciones de las dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22.\u00a0\u00a0 Direcci\u00f3n General. La Direcci\u00f3n General, adem\u00e1s de las funciones \u00a0establecidas en este estatuto y dem\u00e1s normas legales vigentes, cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y controlar la \u00a0gesti\u00f3n del Instituto, reglamentar y ejecutar las decisiones de la Junta \u00a0Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir la administraci\u00f3n de los \u00a0recursos que ingresen al Instituto, y al Fondo-Cuenta del Subsistema de Salud \u00a0de la Polic\u00eda Nacional, de acuerdo con la ley y las pol\u00edticas que se formulen \u00a0al respecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Crear y conformar grupos internos \u00a0de trabajo, mediante acto administrativo, teniendo en cuenta la estructura \u00a0interna, las necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la \u00a0Entidad, bajo la coordinaci\u00f3n y supervisi\u00f3n del funcionario que el Director \u00a0General designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Distribuir mediante acto \u00a0administrativo, el personal en los cargos que se establezcan en el decreto de \u00a0planta de personal global, teniendo en cuenta la estructura interna, las \u00a0necesidades del servicio y los planes y programas trazados por la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Nombrar, posesionar, remover, \u00a0promover y contratar al personal as\u00ed como aplicar el R\u00e9gimen Disciplinario, con \u00a0arreglo de las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Crear, y conformar las funciones de \u00a0cada uno de los \u00f3rganos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n mediante acto administrativo \u00a0de acuerdo con las necesidades del Instituto y las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar los informes que \u00a0determine el Ministerio de Defensa Nacional, la Junta Directiva y el Consejo \u00a0Superior de Salud de las Fuerzas Militares y de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y presentar para \u00a0aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva el anteproyecto de presupuesto y los proyectos \u00a0de inversi\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Constituir mandatarios que \u00a0representen al Instituto en negocios judiciales y extrajudiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Expedir mediante resoluci\u00f3n o acto \u00a0administrativo la adjudicaci\u00f3n de los contratos que sean necesarios para el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n institucional, ajust\u00e1ndose a las disposiciones \u00a0legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Celebrar todos los actos o \u00a0contratos comprendidos con el objeto de la Entidad, de conformidad con lo \u00a0establecido en la Ley 80 de 1993, y dem\u00e1s \u00a0normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan. Ser\u00e1 su responsabilidad, la \u00a0direcci\u00f3n y manejo de la actividad contractual y no podr\u00e1 trasladarla a la \u00a0Junta Directiva, Comit\u00e9s Asesores, ni Organismos de Control y Vigilancia del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Delegar, de acuerdo con lo \u00a0establecido en las normas vigentes, la facultad de contratar y en tal caso el \u00a0delegatario asumir\u00e1 la totalidad de los tr\u00e1mites contractuales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Responder por el establecimiento y \u00a0desarrollo del sistema de control interno o sin perjuicio de la responsabilidad \u00a0que por tal motivo corresponde a los jefes de cada una de las dependencias del \u00a0Instituto, conforme a lo determinado en la Ley 87 de 1993, y dem\u00e1s \u00a0normas que la reglamenten, modifiquen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular y dirigir planes y \u00a0pol\u00edticas para gestar una cultura a nivel de cliente interno y externo del \u00a0Instituto, en la cual se busca mejorar las condiciones y calidad de vida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Formular la pol\u00edtica sobre \u00a0comunicaci\u00f3n, divulgaci\u00f3n e imagen corporativa del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Establecer y mantener canales de \u00a0comunicaci\u00f3n con los medios de informaci\u00f3n, con las diferentes instituciones \u00a0nacionales e internacionales, con los usuarios y con los funcionarios del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Dirigir campa\u00f1as de divulgaci\u00f3n \u00a0destinadas a promover los planes y programas que desarrolle el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Delegar en los funcionarios del \u00a0Instituto hasta nivel ejecutivo, algunas de las funciones que estime \u00a0conveniente para el mejor desarrollo institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Dirigir la ejecuci\u00f3n de planes de \u00a0acci\u00f3n conjunta con otras entidades, para el cabal cumplimiento de los \u00a0objetivos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dirigir las relaciones y \u00a0comunicaciones interinstitucionales, as\u00ed como la imagen corporativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. El Director General podr\u00e1 delega \u00a0en los Directores Regionales (Territoriales) la organizaci\u00f3n de grupos de \u00a0trabajos con el fin de desarrollar con eficacia y eficiencia sus funciones, \u00a0cumplir su misi\u00f3n y desarrollar sus planes, pol\u00edticas y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23.\u00a0\u00a0 Oficina de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas y la elaboraci\u00f3n de estudios, planes, proyectos \u00a0y programas a ejecutar en cumplimiento de los objetivos y funciones del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar los planes y programas de \u00a0desarrollo del Instituto para el mediano y largo plazo, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas establecidas por el Ministerio de Defensa y los lineamientos de la \u00a0Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fomentar la elaboraci\u00f3n de estudios \u00a0e investigaciones que permitan mejorar la formulaci\u00f3n y orientaci\u00f3n de los \u00a0planes y programas que desarrolle la entidad a nivel Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar el plan de acci\u00f3n de la \u00a0entidad en coordinaci\u00f3n con los diferentes \u00e1reas de la Instituci\u00f3n y evaluar \u00a0los resultados tanto del plan misional como estrat\u00e9gico y proponer a la \u00a0Direcci\u00f3n los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar los estudios t\u00e9cnicos de \u00a0mercadeo, costo-beneficio, costo-efectividad, factibilidad, an\u00e1lisis de \u00a0tendencia y las dem\u00e1s que sean necesarios para el dise\u00f1o de las pol\u00edticas y \u00a0formulaci\u00f3n de proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los programas y establecer \u00a0criterios para desarrollar actividades en lo referente a la programaci\u00f3n del \u00a0sistema presupuestal, estudios actuariales, el desarrollo de la organizaci\u00f3n, \u00a0la implementaci\u00f3n de los sistemas, m\u00e9todos y procedimientos administrativos y \u00a0la utilizaci\u00f3n \u00f3ptima de las estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer la metodolog\u00eda y definir \u00a0las pautas para la priorizaci\u00f3n de proyectos y gastos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar metodolog\u00eda y efectuar el \u00a0seguimiento tanto de los planes y programas de desarrollo como de la gesti\u00f3n \u00a0global del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Evaluar y conceptuar los proyectos \u00a0de inversi\u00f3n que sean sometidos a consideraci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los estudios \u00a0correspondientes para el establecimiento de planes y programas con el Ministerio \u00a0de Defensa, el Ministerio de Hacienda y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n \u00a0y elaborar con base en ellos el presupuesto del Instituto, que en cada vigencia \u00a0se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar a la Secretar\u00eda General, \u00a0las Subdirecciones y las dem\u00e1s Oficinas Asesoras, para elaborar el anteproyecto \u00a0de presupuesto anual de ingresos y gastos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir y administrar las \u00a0actividades relacionadas con la recopilaci\u00f3n, procesamiento y suministro del \u00a0Sistema Estad\u00edstico del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar con las dem\u00e1s \u00a0dependencias la elaboraci\u00f3n de manuales y procedimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Promover la celebraci\u00f3n de \u00a0convenios y contratos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e internacional a que \u00a0haya lugar para coadyuvar el cumplimiento de los objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Oficina de Inform\u00e1tica. \u00a0Son funciones de la Oficina de Inform\u00e1tica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la planeaci\u00f3n y dise\u00f1o del sistema de informaci\u00f3n del Instituto, dirigir y \u00a0controlar la adquisici\u00f3n, renovaci\u00f3n y conservaci\u00f3n del Hardware y Software y \u00a0asesorar a las dependencias en la implantaci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la definici\u00f3n de la pol\u00edtica referida a la organizaci\u00f3n, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos de trabajo o sistemas de procesamiento de la informaci\u00f3n del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Prestar asesor\u00eda a las diferentes \u00a0dependencias del Instituto en el dise\u00f1o y establecimiento de m\u00e9todos de \u00a0funcionamiento de la Instituci\u00f3n, teniendo en cuenta las pol\u00edticas del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar e implementar en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n, el plan integra de desarrollo de \u00a0Inform\u00e1tica y coordinar los estudios de necesidades institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar el mantenimiento y \u00a0actualizaci\u00f3n de las aplicaciones sistematizadas de acuerdo con las \u00a0necesidades, pol\u00edticas y desarrollo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar los manuales de las \u00a0aplicaciones y de usuarios e impartir la capacitaci\u00f3n requerida para el manejo \u00a0de las aplicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar el mantenimiento y \u00a0actualizaci\u00f3n de las aplicaciones sistematizadas de acuerdo con el desarrollo, \u00a0pol\u00edtica, necesarias de cada una de las Regionales (Territoriales). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25.\u00a0\u00a0 Oficina Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Junta Directiva, a la \u00a0Direcci\u00f3n General y dem\u00e1s dependencias en el tr\u00e1mite y soluci\u00f3n de los asuntos \u00a0de car\u00e1cter jur\u00eddico que se presenten en desarrollo de las actividades del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Estudiar y conceptuar sobre los \u00a0asuntos jur\u00eddicos que sean sometidos a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Compilar las normas legales, los \u00a0conceptos, la jurisprudencia y la doctrina relacionados con la actividad de la \u00a0Instituci\u00f3n y velar por su actualizaci\u00f3n y difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el desarrollo de las \u00a0investigaciones que en el campo jur\u00eddico requiera la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar judicialmente al Instituto \u00a0en los procesos que se instauren en su contra, o que \u00e9ste deba promover \u00a0mediante poder que le otorgue el Director General y mantenerlo informado sobre \u00a0el desarrollo de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar y\/o revisar los proyectos \u00a0de ley, decretos, resoluciones y reglamentos de car\u00e1cter general que en materia \u00a0jur\u00eddica requiera la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Suministrar a la Jurisdicci\u00f3n \u00a0Contenciosa y al Ministerio P\u00fablico en las investigaciones, toda la \u00a0documentaci\u00f3n e informaci\u00f3n que se le solicite en relaci\u00f3n con los procesos que \u00a0se adelanten contra la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26.\u00a0\u00a0 Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Interno: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y apoyar a la Direcci\u00f3n \u00a0General, en la definici\u00f3n de las pol\u00edticas referidas al dise\u00f1o e implantaci\u00f3n \u00a0de los sistemas de control que contribuyan a incrementar la eficiencia y \u00a0eficacia en las diferentes \u00e1reas de la entidad, as\u00ed como la de garantizar la \u00a0calidad en la prestaci\u00f3n de los servicios de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la inspecci\u00f3n y vigilancia \u00a0proactiva sobre la gesti\u00f3n operativa, financiera, administrativa y legal de la \u00a0Entidad, acordes con las normas vigentes sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer los par\u00e1metros y\/o \u00a0indicadores cient\u00edficos y t\u00e9cnicos que permitan evaluar la calidad de los \u00a0programas del \u00e1rea y la regulaci\u00f3n de los factores de riesgos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por la correcta ejecuci\u00f3n de \u00a0las operaciones, convenios y contratos de la entidad y vigilar c\u00f3mo se \u00a0invierten los fondos p\u00fablicos e informar a la Direcci\u00f3n General, cuando se \u00a0presenten irregularidades en el manejo de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar o implantar el Sistema de \u00a0Auditor\u00eda Inform\u00e1tica de la entidad, estableciendo normas, metas y objetivos y \u00a0efectuar el an\u00e1lisis de los resultados para la toma de acciones preventivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar que los controles \u00a0asociados con todas y cada una de las actividades del Instituto est\u00e9n \u00a0adecuadamente definidos, sean apropiados y se ejerzan permanentemente, de \u00a0acuerdo con la evoluci\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar y establecer, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las diferentes dependencias de la entidad, los criterios, \u00a0m\u00e9todos, procedimientos e indicadores de eficiencia y de productividad para \u00a0evaluar la gesti\u00f3n y proponer las medidas preventivas y\/o correctivas del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Verificar los procesos relacionados \u00a0con el manejo de los recursos, bienes y sistemas de informaci\u00f3n del Instituto y \u00a0recomendar los correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Fomentar en todo el Instituto la \u00a0formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en \u00a0el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Mantener permanentemente informado \u00a0al Director General acerca del estado del control interno, dentro del \u00a0Instituto, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dise\u00f1ar programas y procedimientos \u00a0para evaluar la efectividad del control interno y detectar sus deficiencias y \u00a0presentar informes peri\u00f3dicos al Director sobre el desarrollo de los asuntos a \u00a0su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Practicar auditor\u00edas internas \u00a0selectivas en las diferentes dependencias del Instituto, presentar los informes \u00a0y las recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Velar por la difusi\u00f3n y el \u00a0cumplimiento de las normas de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27.\u00a0\u00a0 Secretar\u00eda General. Son funciones de la Secretar\u00eda General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Actuar como Secretario de la Junta \u00a0Directiva y refrendar con su firma los actos administrativos del Instituto, en \u00a0especial los de la Junta Directiva y los del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de \u00a0los recursos humanos y f\u00edsicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 Dirigir, programar y o coordinar las \u00a0actividades de administraci\u00f3n de personal, seguridad industrial y relaciones \u00a0laborales del personal, de acuerdo con las pol\u00edticas de la entidad y las normas \u00a0legales vigentes establecidas sobre la materia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y controlar la adecuada \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios generales para el correcto funcionamiento de la \u00a0instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir los programas de selecci\u00f3n, \u00a0inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y calidad laboral de los empleados de la entidad, de \u00a0acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la realizaci\u00f3n de \u00a0estudios sobre planta de personal y mantener actualizado el manual espec\u00edfico \u00a0de funciones y requisitos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir la elaboraci\u00f3n de los \u00a0manuales de procedimiento, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n y las \u00a0diferentes dependencias de la entidad, con el fin de racionalizar la gesti\u00f3n y \u00a0los recursos de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Controlar los inventarios de \u00a0elementos devolutivos y de consumo y coordinar la elaboraci\u00f3n del programa \u00a0anual de compras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y controlar los procesos \u00a0administrativos de la instituci\u00f3n en las \u00e1reas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar cuando sea de su \u00a0competencia y\/o revisar y tramitar los proyectos de acuerdo, resoluci\u00f3n y dem\u00e1s \u00a0actos administrativos que deban sometersen a consideraci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva y de la Direcci\u00f3n General respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir, coordinar y adelantar las \u00a0actividades de contrataci\u00f3n del Instituto, salvo aquellas que sean materia de \u00a0delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Refrendar y autenticar los actos \u00a0administrativos de la Junta Directiva y de la Direcci\u00f3n General y dar fe de la \u00a0autenticidad de los actos legales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asegurar el cumplimiento de las \u00a0normas establecidas para el manejo y la operaci\u00f3n del \u00e1rea administrativa del \u00a0Instituto, tanto a nivel o entra como a nivel Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Programar y coordinar la \u00a0adquisici\u00f3n, almacenamiento y custodia de bienes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Custodiar, dirigir y controlar los \u00a0bienes inmuebles del Instituto y llevar a cabo los procesos necesarios para el \u00a0mantenimiento y conservaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Recursos Humanos. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Recursos Humanos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer, coordinar, ejecutar y \u00a0evaluar planes y programas conducentes al desarrollo del personal de la \u00a0entidad, dentro de una acci\u00f3n que incentive su capacidad valorativa, la \u00a0comunicaci\u00f3n, la formaci\u00f3n de equipos de trabajo, el clima organizacional y la \u00a0motivaci\u00f3n individual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Programar y coordinar las \u00a0actividades de seguridad industrial de los empleados, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas de la entidad y las normas legales establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Oficina de \u00a0Inform\u00e1tica la elaboraci\u00f3n de la n\u00f3mina del personal de la entidad y responder \u00a0por la liquidaci\u00f3n y oportuno pago de los sueldos, factores salariales y dem\u00e1s \u00a0prestaciones y reconocimientos del personal, de conformidad con las \u00a0disposiciones que rigen la materia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y proponer sistemas de \u00a0evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o, de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la \u00a0materia y coordinar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por la estricta aplicaci\u00f3n de \u00a0las normas y pol\u00edticas sobre carrera administrativa, prestaciones sociales, \u00a0situaciones administrativas, y dem\u00e1s disposiciones relacionadas con la \u00a0administraci\u00f3n del personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer sistemas de incentivos \u00a0acordes con la pol\u00edtica de la instituci\u00f3n y las normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Expedir los certificados de \u00a0servicios y salarios que sean solicitados por funcionarios y ex funcionarios de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar y coordinar planes para \u00a0la administraci\u00f3n, gesti\u00f3n y desarrollo del recurso humano bajo el esquema del \u00a0servicio a cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proyectar las necesidades del \u00a0recurso humano del Instituto y establecer indicadores de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los planes de \u00a0capacitaci\u00f3n para los funcionarios que laboran en el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Custodiar y tener a su cargo las \u00a0hojas de vida de los servidores p\u00fablicos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Divisi\u00f3n Administrativa. \u00a0Son funciones de la Divisi\u00f3n Administrativa: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir en la implementaci\u00f3n en \u00a0todos los niveles del Instituto, de procedimientos, uniformes para la \u00a0adquisici\u00f3n, administraci\u00f3n de los suministros, inventario y manejo de \u00a0almacenes, de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir para todos los niveles del \u00a0Instituto, las normas, pol\u00edticas y est\u00e1ndares generales para la planeaci\u00f3n, \u00a0ejecuci\u00f3n y administraci\u00f3n del mantenimiento de los equipos, infraestructura e \u00a0instalaciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar, supervisar y controlar \u00a0la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas administrativas y de apoyo log\u00edstico establecidas \u00a0en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y controlar el desarrollo \u00a0de las actividades de transporte, vigilancia, archivo, correspondencia, \u00a0reparaciones localitvas, mantenimiento de equipo de oficina, aseo y cafeter\u00eda a \u00a0todas las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Llevar y mantener actualizados los \u00a0inventarios de elementos devolutivos y de consumo de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Llevar y mantener actualizados los \u00a0inventarios sobre los bienes inmuebles del Instituto y velar por su \u00a0mantenimiento y conservaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el pago de grav\u00e1menes e \u00a0impuestos y realizar los actos administrativos y legales que se requieran para \u00a0el correcto manejo de los inmuebles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Organizar, sistematizar y controlar \u00a0el archivo general y la correspondencia de la instituci\u00f3n y prestar el servicio \u00a0de reproducci\u00f3n de documentos y materiales de apoyo que requieran las distintas \u00a0dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implantar mecanismos y sistemas que \u00a0permitan que los bienes y servicios adquiridos y aquellos que se van a \u00a0adquirir, correspondan con los requerimientos adecuados en cuanto a cantidad, \u00a0calidad y oportunidad en sus suministros, para lo cual programar\u00e1 en \u00a0coordinaci\u00f3n con todas las dependencias, las necesidades de bienes e insumos \u00a0requeridos para el funcionamiento del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Proponer planes, procesos y otras \u00a0actividades que coadyuven al mejoramiento, simplificaci\u00f3n, reducci\u00f3n de costos \u00a0y, en general, a hacer m\u00e1s eficiente el desarrollo de las actividades de su \u00a0\u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Subdirecci\u00f3n Financiera. \u00a0Son funciones de la Subdirecvci\u00f3n Financiera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de \u00a0los recursos financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los estudios para proponer \u00a0las pol\u00edticas, planes, programas y dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n \u00a0financiera y presupuestal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el proceso de ejecuci\u00f3n y \u00a0control de los recursos financieros de la entidad, as\u00ed como de la elaboraci\u00f3n y \u00a0presentaci\u00f3n de la informaci\u00f3n financiera, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer los procedimientos para \u00a0el an\u00e1lisis y evaluaci\u00f3n de necesidades y requerimientos presupuestales para \u00a0las diferentes \u00e1reas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar el plan financiero de \u00a0fuentes y usos de recursos de la entidad, efectuar su seguimiento y ejecutarlos \u00a0correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar y proyectar en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n de elaboraci\u00f3n del proyecto de \u00a0presupuesto y el Programa Anual de Caja, PAC de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Consolidar y analizar los estados \u00a0financieros de la entidad, preparar y rendir los informes requeridos por la \u00a0contralor\u00eda Genera de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s entidades de control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar la asignaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0del presupuesto para el funcionamiento de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Presentar propuestas de inversi\u00f3n \u00a0de recursos, efectuar an\u00e1lisis de rendimiento de los mismos y ejercer control \u00a0sobre su vencimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Efectuar, tramitar y controlar los \u00a0pagos de cuentas y n\u00f3minas de acuerdo con las normas legales establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Custodiar y administrar los \u00a0recursos financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ser delegatario de los Fondos de \u00a0Solidaridad para captaci\u00f3n de los aportes de los afiliados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Captar la Unidad de Pago por \u00a0Capitaci\u00f3n (UPC) cuando el valor de las cotizaciones sea inferior al valor de \u00a0la UPC por el n\u00famero de cotizantes al Sistema; as\u00ed mismo captar la Unidad \u00a0Perc\u00e1pita Especial (UPE) del personal no cotizante, y la diferencia entre la \u00a0UPE y la UPC correspondiente al personal cotizante. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Administrar los recursos de que \u00a0trata el numeral anterior a trav\u00e9s del Fondo-Cuenta del Subsistema de Salud, de \u00a0conformidad con la normatividad vigente bien sea en forma directa o a trav\u00e9s de \u00a0una fiducia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Implementar y difundir las normas \u00a0que en materia de contabilidad, presupuesto, costos y tesorer\u00eda deben aplicar \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios a nivel central y regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Implementar las normas t\u00e9cnicas y \u00a0los procedimientos para la administraci\u00f3n y el control financiero de la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios, as\u00ed como para el an\u00e1lisis y la evaluaci\u00f3n de la \u00a0gesti\u00f3n financiera de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asegurar el cumplimiento de las \u00a0pol\u00edticas y metas establecidas para orientar la gesti\u00f3n y control financiero de \u00a0cada una de las unidades prestadoras de servicios de salud a nivel central y \u00a0regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Determinarlos modelos de costos \u00a0que se aplicaran en cada Unidad Prestadora de Servicios a Nivel Central y \u00a0Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Evaluar los gastos por cada Unidad \u00a0Prestadora de Servicios que integran el Nivel Central y Regional (Territorial) \u00a0del Instituto y consolidar la informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Implementar pol\u00edticas y t\u00e9rminos \u00a0para inversiones, dep\u00f3sitos y t\u00edtulos valores que realicen las tesorer\u00edas para \u00a0el oportuno pago de las obligaciones y recaudo de los derechos del Instituto a \u00a0Nivel Central y Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Evaluar la ejecuci\u00f3n presupuestal \u00a0de las Unidades Prestadoras de Servicios que integran el Nivel Central y el \u00a0Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Dise\u00f1ar, aplicar y coordinar el \u00a0flujo de recursos e informaci\u00f3n con las entidades y dependencias que integren \u00a0el SMP, responsables del giro de las cotizaciones de los afiliados y aportes \u00a0patronales, en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Formular estrategias en materia \u00a0financiera para apoyar el plan de desarrollo de la entidad y llevar un adecuado \u00a0control de los diferentes fondos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Efectuar estudios econ\u00f3micos y \u00a0financieros para garantizar el financiamiento de los proyectos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Presupuesto. Son funciones de la Division de \u00a0Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer a la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera las normas internas, procedimientos y directrices para el desarrollo \u00a0del proceso de ejecuci\u00f3n presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Presentar a la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera y a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica informes peri\u00f3dicos y \u00a0ocasionales sobre el manejo de ingresos y egresos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener actualizados los registros \u00a0exigidos por las autoridades competentes los internos que de acuerdo con las \u00a0necesidades se requieran para un correcto manejo de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar en el nivel central y \u00a0orientar y coordinar en el nivel Regional (Territorial) el proceso de ejecuci\u00f3n \u00a0presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Efectuarla consolidaci\u00f3n de la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal y el an\u00e1lisis respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n el PAC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Controlar el cumplimiento y \u00a0aplicaci\u00f3n de las normas presupuestales vigentes y dise\u00f1ar el clasificador del \u00a0gasto en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Inform\u00e1tica el subsistema de informaci\u00f3n presupuestal y velar por su \u00a0mantenimiento y actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar a las diferentes \u00a0dependencias del nivel central y a las Regionales (Territoriales) en asuntos de \u00a0su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Formular sistemas y procedimientos \u00a0para la adecuada administraci\u00f3n, control y evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n \u00a0presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Organizar y controlar el registro \u00a0presupuestal del Instituto, correspondiente a ingresos, apropiaciones, cuentas \u00a0en tr\u00e1mite, control de reservas y contratos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar el programa anual \u00a0mensualizado de gastos y constituir las reservas para cubrir los gastos de \u00a0funcionamiento e inversi\u00f3n, tanto con recursos administrados por la Entidad \u00a0como con presupuesto nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Expedir los certificados de \u00a0reserva y disponibilidad presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Ejecutar los ajustes al \u00a0presupuesto, de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Contabilidad. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Contabilidad: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar y vigilar la aplicaci\u00f3n \u00a0de los sistemas de contabilidad financiera, patrimonial y de costos que se \u00a0establezcan para los niveles nacional y regional (Territorial), de acuerdo con \u00a0las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a las Regionales \u00a0(Territoriales) en la aplicaci\u00f3n de las normas y los procedimientos contables y \u00a0controlar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Poner en pr\u00e1ctica los \u00a0procedimientos contables y dise\u00f1ar el sistema de registro conforme a las normas \u00a0sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Efectuar los registros contables de \u00a0todas las operaciones financieras, patrimoniales y vigilar las tareas delegadas \u00a0que sobre la materia cumplan otras dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar informes y estados \u00a0financieros de situaci\u00f3n contables de las \u00e1reas establecidas de acuerdo con las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Analizar, interpretar y presentar a \u00a0la Subdirecci\u00f3n Financiera los datos contables para los distintos niveles de la \u00a0organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar balance consolidado y \u00a0estado de ganancias o p\u00e9rdidas en los t\u00e9rminos establecidos por las normas \u00a0legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Rendir informes peri\u00f3dicos a la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y a la Subdireccion Financiera y dem\u00e1s \u00a0entidades que establezca la ley sobre el desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Inform\u00e1tica, el subsistema de informaci\u00f3n de contabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0la ejecuci\u00f3n de las estrategias que en materia de recursos financieros sean \u00a0necesarias para la marcha del plan de desarrollo del Instituto a corto y \u00a0mediano plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar los estudios financieros \u00a0requeridos por el Instituto incluidos los solicitado por las entidades \u00a0crediticias y organismos nacionales e internacionales en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Definir par\u00e1metros y metodolog\u00edas \u00a0para el an\u00e1lisis financiero de los proyectos y dem\u00e1s actividades que adelante \u00a0el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Tesorer\u00eda. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Tesorer\u00eda: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recibir, recaudar, custodiar, invertir \u00a0y administrarlos dineros y t\u00edtulos que por diversos conceptos reciba el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender oportunamente el pago de \u00a0las exigibilidades a cargo del Instituto, teniendo como base el Programa Anual \u00a0de Caja (PAC) y la situaci\u00f3n de recursos que sobre \u00e9stos haga la Direcci\u00f3n del \u00a0Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Efectuar la situaci\u00f3n de fondos a \u00a0nivel Regional (Territorial), con base en la delegaci\u00f3n de pago. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por el cumplimiento de los \u00a0pagos de la n\u00f3mina de personal del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir constancias de pagos y \u00a0descuentos efectuados por cualquier concepto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a06. Llevar libros y formularios de registro de las operaciones, \u00a0conforme a las normas establecidas por el Contador General y dem\u00e1s \u00a0disposiciones legales sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar y presentar con la \u00a0periodicidad establecida la cuenta de la funci\u00f3n pagadora a la Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, de acuerdo con las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar y presentar a la Divisi\u00f3n \u00a0de Contabilidad Interna la cuenta de la funci\u00f3n pagadora y dem\u00e1s informes que \u00a0se solicite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar el informe de pagos y \u00a0estado de tesorer\u00eda, para la Direcci\u00f3n del Tesoro Nacional y Direcci\u00f3n General \u00a0del Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Constituir las reservas con base \u00a0en los acuerdos y los fondos situados por la Direcci\u00f3n del Tesoro Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar la cartera, efectuar \u00a0inversiones financieras y custodiar los t\u00edtulos valores de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34.\u00a0\u00a0 Subdirecci\u00f3n de Salud. La Subdirecci\u00f3n de Salud desarrollar\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir la operaci\u00f3n y el \u00a0funcionamiento del Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional, con sujeci\u00f3n a \u00a0las directrices trazadas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas \u00a0Militares y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asegurar la aplicaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas establecidas por el Consejo Superior de Salud de las Fuerzas \u00a0Militares y la Polic\u00eda Nacional, para la administraci\u00f3n del Fondo-Cuenta del \u00a0Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Prestar los servicios de salud a \u00a0trav\u00e9s de las unidades del Subsistema o mediante la contrataci\u00f3n de \u00a0Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud o Profesionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Racionalizar la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios, mediante modalidades de organizaci\u00f3n y contrataci\u00f3n tales como \u00a0tarifas, protocolos o presupuestos globales fijos, de tal manera que se \u00a0incentiven las actividades de promoci\u00f3n y prevenci\u00f3n y el control de costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Organizar un sistema nacional de \u00a0informaci\u00f3n al interior del Subsistema que contenga, entre otros aspectos el \u00a0censo de afiliados y beneficiarios, las caracter\u00edsticas socioecon\u00f3micas y su \u00a0estado de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar sistem\u00e1ticamente la calidad \u00a0de los servicios directos y contratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asegurar la organizaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n del Sistema de Control de Costos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Registrar la afiliaci\u00f3n del \u00a0personal que pertenece al Subsistema \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Servir de medio institucional para \u00a0el establecimiento de relaciones de cooperaci\u00f3n nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar y controlar las \u00a0pol\u00edticas de investigaci\u00f3n formuladas por el Consejo Superior de Salud de las \u00a0Fuerzas Militares y la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar las actividades \u00a0relacionadas con la prestaci\u00f3n del Plan Integral de Salud en los niveles I, II, \u00a0III y IV de complejidad con la Unidad Hospitalaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir las Unidades Prestadoras \u00a0de Servicios de Salud definidos en los niveles de atenci\u00f3n I, II, III y IV. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de atenci\u00f3n al afiliado. La Divisi\u00f3n de Atenci\u00f3n al \u00a0Afiliado desarrollar\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Realizar todas las actividades \u00a0relativas a la afiliaci\u00f3n, registro y carnetizaci\u00f3n de los afiliados al \u00a0Subsistema, y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Implementar un sistema de \u00a0informaci\u00f3n de los afiliados y sus beneficiarios, que incluya informaci\u00f3n sobre \u00a0su estado de salud y condiciones socioecon\u00f3micas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Controlar y registrar las \u00a0cotizaciones de los afiliados y los aportes patronales, el recaudo de la Unidas \u00a0de Pago por Capitaci\u00f3n (UPC) y de la Unidad Perc\u00e1pita Especial (UPE). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Subdirecci\u00f3n \u00a0Financiera del Inssponal y el Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda del Sistema \u00a0General de Seguridad Social en Salud, todos los aspectos relativos a la \u00a0captaci\u00f3n de la UPC, cotizaciones de afiliados y aportes patronales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Consolidar y tramitar, la \u00a0informaci\u00f3n que sobre los afiliados y beneficiarios al Subsistema soliciten el \u00a0Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda del Sistema General de Seguridad Social en \u00a0Salud, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y la \u00a0Superintendencia Nacional de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar e implementar campa\u00f1as \u00a0informativas orientadas a enterar a los afiliados al Subsisterna y a sus \u00a0beneficiarios, sobre los servicios que ofrece el Instituto a nivel central y \u00a0Regional (Territorial); normas vigentes de descentralizaci\u00f3n sistema de \u00a0referencia y contrarreferencia y sistemas implementados de control y evaluaci\u00f3n \u00a0participativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adoptar a nivel central y regional \u00a0(Territorial) el r\u00e9gimen de copagos y cuotas moderadas que se establezca para \u00a0el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Implementar a nivel central y \u00a0Regional (Territorial) las pol\u00edticas formuladas sobre contrataci\u00f3n de servicios \u00a0con instituciones y profesionales de la salud, de conformidad con las pol\u00edticas \u00a0establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar ofertas y analizar la \u00a0prestaci\u00f3n de servicios con terceros, y presentar propuestas de negociaci\u00f3n \u00a0debidamente evaluadas en t\u00e9rminos beneficio-costo, capacidad t\u00e9cnica-cient\u00edfica \u00a0y localizaci\u00f3n geogr\u00e1fica de la poblaci\u00f3n objeto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Implementar un sistema de atenci\u00f3n \u00a0al afiliado y sus beneficiarios, y coordinar la conformaci\u00f3n a nivel central y \u00a0Regional (Territorial) de unidades especializadas en atenci\u00f3n al cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de calidad de servicios de salud. La Divisi\u00f3n de Calidad \u00a0de Servicios de Salud cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer las normas de calidad \u00a0t\u00e9cnico-cient\u00edficas que regulen la prestaci\u00f3n de los servicios de salud en el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planificar, dise\u00f1ar y ajustar los \u00a0sistemas de garant\u00eda de la calidad de los servicios de salud que se prestan \u00a0directamente en el Instituto y evaluar la capacidad t\u00e9cnica y cient\u00edfica de las \u00a0Instituciones y profesionales de la salud, con los cuales se celebre contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el desarrollo e \u00a0implementaci\u00f3n del sistema de calidad en cada una de las Unidades Prestadoras \u00a0de Servicios de Salud del Instituto, con el fin de que la atenci\u00f3n \u00a0m\u00e9dico-asistencial, tanto a nivel central como Regional (Territorial), se \u00a0realice dentro de par\u00e1metros de calidad, eficiencia e igualdad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Proporcionar asesor\u00eda, supervisi\u00f3n \u00a0y entrenamiento en los niveles administrativos y operativos del Instituto, \u00a0especialmente en aquellos aspectos relacionados con la atenci\u00f3n humanizada del \u00a0paciente y aseguramiento de la calidad de los servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Investigar, analizar, coordinar y \u00a0resolver con las respectivas dependencias, los reclamos que se presenten sobre \u00a0la calidad de los servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar e investigar lo referente \u00a0a nuevos procesos de calidad, manteniendo contacto permanente con las entidades \u00a0nacionales o internacionales especializadas en el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Acreditar las entidades \u00a0hospitalarias, de servicios ambulatorios y de servicios de apoyo, con los que \u00a0se contraten servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Analizar los resultados de las \u00a0evaluaciones que sobre la calidad de los servicios de salud y conductas m\u00e9dicas \u00a0y param\u00e9dicas se efect\u00faen y continuar el tr\u00e1mite requerido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la evaluaci\u00f3n de la \u00a0calidad de los servicios en los que participen alumnos de pregrado y postgrado \u00a0de Universidades con las cuales el Instituto celebre convenios y tomar las \u00a0medidas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Servicios de Salud. Son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Servicios de Salud las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, organizar y dirigir las \u00a0actividades conducentes a determinar las necesidades de los afiliados y sus \u00a0beneficiarios en materia de prevenci\u00f3n, atenci\u00f3n m\u00e9dico-asistencial y \u00a0rehabilitaci\u00f3n; as\u00ed como la forma \u00f3ptima de satisfacer dichas necesidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Implementar un sistema de \u00a0planeaci\u00f3n integral de servicios de salud a nivel central y Regional \u00a0(Territorial), que incluya la programaci\u00f3n de recursos humanos, t\u00e9cnicos, de \u00a0infraestructura, equipo y econ\u00f3micos que se requieran para los diferentes \u00a0servicios, como son, entre otros, hospitalizaci\u00f3n, urgencias, atenci\u00f3n \u00a0ambulatoria, soporte de diagn\u00f3stico y rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar el comportamiento de la \u00a0demanda de servicios de salud por Unidad Prestadora de Servicios de Salud y \u00a0grupo de poblaci\u00f3n de afiliados y beneficiarios, con el fin de orientar la toma \u00a0de decisiones para la planeaci\u00f3n de la oferta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Consolidar permanentemente los \u00a0indicadores de atenci\u00f3n y los costos que registren las Unidades Prestadoras de \u00a0Servicios de Salud que integran el Instituto, evaluar las desviaciones frente a \u00a0lo planeado y proponer los ajustes necesarios para optimizar la operaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Implementar el sistema de \u00a0informaci\u00f3n sobre la capacidad disponible para la atenci\u00f3n m\u00e9dico-asistencial, \u00a0determinar su utilizaci\u00f3n por Unidad Prestadora de Servicios de Salud, y \u00a0definir faltantes o excedentes, para contratar o vender servicios \u00a0respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir los servicios que deben ser \u00a0contratados para cubrir la demanda no atendida directamente en el Instituto, de \u00a0conformidad con la pol\u00edtica formulada sobre el particular, y elaborar la \u00a0programaci\u00f3n pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Implementar bases de informaci\u00f3n \u00a0sobre infraestructura hospitalaria, ambulatoria de urgencias, rehabilitaci\u00f3n y \u00a0servicios de apoyo; recurso humano, planes, programas y proyectos que en \u00a0materia de salud adelanten entidades p\u00fablicas y privadas a nivel central y \u00a0Regional (Territorial) y evaluar permanentemente los costos respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar propuestas de planes \u00a0complementarios de salud, con base en la demanda y capacidad disponible para \u00a0realizarlos. Esto de conformidad con la pol\u00edtica adoptada sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Planear en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Subdirecci\u00f3n Financiera del Inssponal el recaudo y administraci\u00f3n tanto a nivel \u00a0central como Regional (Territorial), de las cuotas moderadas y los copagos que \u00a0se establezcan para los beneficiarios, de conformidad con la normatividad \u00a0vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Programar la red de servicios de \u00a0las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud que integren el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Planear los recursos que se \u00a0requieran para la ejecuci\u00f3n de los convenios docente-asistenciales y de \u00a0investigaci\u00f3n que celebre el Instituto, considerando la incidencia de las \u00a0pr\u00e1cticas m\u00e9dicas que deben adelantar los estudiantes de pregrado y postgrado, \u00a0sobre la prestaci\u00f3n de servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Servicios Hospitalarios. Son funciones de la Divisi\u00f3n \u00a0de Servicios Hospitalarios las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Evaluar la gesti\u00f3n de las Unidades \u00a0Prestadoras de Servicios de Salud que presten el servicio de hospitalizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Participar en la elaboraci\u00f3n y \u00a0difusi\u00f3n de las normas t\u00e9cnicas y administrativas, procedimientos est\u00e1ndares \u00a0sobre uso, productividad, eficiencia y eficacia de los servicios hospitalarios \u00a0en materia m\u00e9dica, odontol\u00f3gicos y servicios de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Subdirector de Salud en \u00a0el desarrollo de la calidad de los servicios de atenci\u00f3n en las unidades \u00a0prestadoras de servicios de salud del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el comportamiento de la \u00a0demanda, estancia promedio, egresos hospitalarios y efectuar el seguimiento \u00a0para aplicar los correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conceptuar y colaborar en la \u00a0formulaci\u00f3n de proyectos de innovaciones t\u00e9cnicas y cient\u00edficas, sobre \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento de los servicios hospitalarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Conceptuar en la elaboraci\u00f3n de \u00a0protocolos de manejo hospitalario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer procedimientos que \u00a0faciliten al paciente o a la Unidad Prestadora de Servicios de Salud la \u00a0comunicaci\u00f3n con la familia de dicho paciente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Conocer, analizar y conceptuar \u00a0sobre los costos originados en la prestaci\u00f3n de servicios hospitalarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Implementar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Divisi\u00f3n de Recursos Humanos programas de desarrollo del recurso humano \u00a0responsable de atender al paciente en el \u00e1rea hospitalaria en las Unidades \u00a0Prestadoras de Servicios de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Establecer normas que estandaricen \u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios de hoteler\u00eda en las Unidades Prestadoras de \u00a0Servicios de Salud respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar con la Divisi\u00f3n de \u00a0Planeaci\u00f3n de Servicios de Salud de la Subdirecci\u00f3n de Salud, la ejecuci\u00f3n de \u00a0los planes y programas docente-asistenciales y de investigaci\u00f3n aprobados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Servicios Ambulatorios. La Divisi\u00f3n de Servicios \u00a0Ambulatorios cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer las normas t\u00e9cnicas y \u00a0administrativas a que deben sometersen las Unidades Prestadoras de Servicios de \u00a0Salud que ofrecen servicios ambulatorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Difundir los procedimientos y \u00a0est\u00e1ndares sobre uso, eficiencia y productividad de los servicios ambulatorios \u00a0en materia m\u00e9dica odontol\u00f3gica y de servicios de apoyo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Conocer el comportamiento de la \u00a0demanda de servicios ambulatorios, con el fin de orientar la toma de \u00a0decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar la gesti\u00f3n en la atenci\u00f3n \u00a0ambulatoria en las Unidades Prestadoras de Servicios de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Consolidar los planes y programas \u00a0de atenci\u00f3n ambulatoria que se realice en las Unidades Prestadoras de Servicios \u00a0de Salud y coordinar la elaboraci\u00f3n de protocolos de manejo del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar conjuntamente con la \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de Servicios de Salud, el desarrollo de programas \u00a0docente-asistenciales y de investigaci\u00f3n, en cumplimiento de convenios \u00a0celebrados por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Conocer, analizar y conceptuar \u00a0sobre los costos originados de la prestaci\u00f3n de servicios ambulatorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover y orientar las actividades \u00a0de vigilancia epidemiol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Colaborar en la evaluaci\u00f3n de \u00a0innovaciones t\u00e9cnicas y cient\u00edficas sobre organizaci\u00f3n y funcionamiento de los \u00a0servicios ambulatorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Servicios de Rehabilitaci\u00f3n. La Divisi\u00f3n de Servicios \u00a0de Rehabilitaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar el Plan Nacional de \u00a0Rehabilitaci\u00f3n, coordinar lo pertinente a nivel central y Regional \u00a0(Territorial), y estimular el desarrollo de actividades de alta especialidad en \u00a0todo el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar y evaluar la \u00a0oportunidad de nuevos servicios de rehabilitaci\u00f3n y conceptuar sobre las \u00a0innovaciones t\u00e9cnicas y cient\u00edficas relativas a la organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de los servicios en referencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Consolidar las estad\u00edsticas de \u00a0atenci\u00f3n y costos del servicio de rehabilitaci\u00f3n, efectuar el debido \u00a0seguimiento y tomar las medidas pertinentes cuando sea del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Difundir las normas t\u00e9cnicas y \u00a0administrativas, procedimientos y est\u00e1ndares establecidos para optimizar la \u00a0prestaci\u00f3n del servicio de rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer mecanismos para la \u00a0evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n del servicio de rehabilitaci\u00f3n en los diferentes \u00a0centros o unidades que se establezcan para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Conocer el comportamiento de la \u00a0demanda de los servicios de rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las Unidades \u00a0Prestadoras de Servicios de Salud del Instituto, la conformaci\u00f3n de grupos de \u00a0trabajo interdisciplinario seg\u00fan la demanda y necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer procedimientos \u00a0especiales de atenci\u00f3n al paciente que se encuentre en el programa de \u00a0rehabilitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Medicina Laboral. La Divisi\u00f3n de Medicina Laboral \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, controlar y supervisar las \u00a0actividades relacionadas con la aplicaci\u00f3n de las disposiciones sobre aspectos \u00a0psicof\u00edsicos del personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a la Subdirecci\u00f3n de Salud \u00a0en asuntos m\u00e9dico-laborales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y efectuar las \u00a0evaluaciones de aptitud psicof\u00edsica al personal que se requiera en el proceso \u00a0de selecci\u00f3n, ingreso, ascenso, permanencia y retiro de la Polic\u00eda Nacional, y \u00a0dem\u00e1s circunstancias del servicio que lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Determinar el tiempo e incapacidad \u00a0laboral y\/o grado de invalidez del personal de la Polic\u00eda Nacional, de acuerdo \u00a0con las normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Tramitar por conducto de la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Salud la documentaci\u00f3n necesaria para la convocatoria del \u00a0Tribunal M\u00e9dico-Laboral de revisi\u00f3n en los casos de apelaci\u00f3n, de acuerdo con \u00a0las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar a la autoridad competente \u00a0las Actas M\u00e9dico-Labores y las fichas m\u00e9dicas de ingreso, ascenso, promoci\u00f3n, \u00a0retiro y dem\u00e1s circunstancias que lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir pautas y coordinar el \u00a0trabajo de las Juntas M\u00e9dico-Cient\u00edficas y Tribunales M\u00e9dico-Laborales de \u00a0conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar el trabajo de las Juntas \u00a0M\u00e9dico-Cient\u00edficas, la Junta M\u00e9dico-Laboral Militar o de Polic\u00eda y Tribunales \u00a0M\u00e9dico-Laborales, de conformidad con las normas vigentes, en las Regionales \u00a0(Territoriales) y las fichas m\u00e9dicas que se realicen en las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Elaborar y rendir informes a la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Mantenimiento de la Salud. Son funciones \u00a0de la Divisi\u00f3n de Promoci\u00f3n y Mantenimiento de la Salud cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Establecer y difundir las normas \u00a0t\u00e9cnicas y administrativas, procedimientos, y est\u00e1ndares para la promoci\u00f3n, \u00a0prevenci\u00f3n y control de enfermedades, mantenimiento y fomento de la salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Colaborar en el dise\u00f1o del Programa \u00a0Nacional de Salud Ocupacional y velar por el cumplimiento de las normas all\u00ed \u00a0establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer los protocolos y \u00a0manuales para la realizaci\u00f3n de los diferentes procedimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar las estad\u00edsticas de los \u00a0accidentes de trabajo y de las enfermedades profesionales para lo cual en cada \u00a0caso se determinar\u00e1 la gravedad y la frecuencia de los mismos, e informar\u00e1 lo \u00a0pertinente a las Unidades respectivas de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Verificar que los recursos que \u00a0ingresen al Instituto para cubrir los accidentes de trabajo y enfermedades \u00a0profesionales se manejen en cuentas separadas de los dem\u00e1s recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas y que correspondan con las funciones propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43.\u00a0\u00a0 Unidad Hospitalaria. Son funciones de la Unidad Hospitalaria: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Prestar atenci\u00f3n m\u00e9dica integral a \u00a0los afiliados al Subsistema de Salud de la Polic\u00eda Nacional y a sus familiares \u00a0en las instalaciones de la Unidad Hospitalaria o mediante contrataci\u00f3n de \u00a0servicios, de conformidad con la normatividad vigente sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prestar atenci\u00f3n m\u00e9dica a \u00a0particulares de acuerdo con la normatividad vigente, en los casos de urgencias \u00a0que se presenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de salud, de conformidad con las pol\u00edticas formuladas y normas \u00a0establecidas para tal fin. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar los planes y programas \u00a0asignados a la Unidad Hospitalaria de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar los recursos humanos, \u00a0financieros y t\u00e9cnicos asignados a la Unidad Hospitalaria de conformidad con la \u00a0normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir los procesos de garant\u00eda de \u00a0la calidad de los servicios que presta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas docente-asistenciales y de investigaci\u00f3n que se originen de convenios \u00a0suscritos por el Instituto con Universidades con la Subdirecci\u00f3n de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Suministrar la informaci\u00f3n \u00a0requerida por la Direcci\u00f3n General y Subdirecciones del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44.\u00a0\u00a0 Subdirecci\u00f3n de Vivienda. La Subdirecci\u00f3n de Vivienda desarrollar\u00e1 \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la determinaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas en el \u00e1rea de vivienda propia \u00a0y fiscal para los usuarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proyectar los reglamentos sobre los \u00a0programas de vivienda propia y fiscal que presta directa o indirectamente el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coadyuvar en la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, planes y programas en materia de vivienda propia y coordinar estas \u00a0actividades con la Caja Promotora de Vivienda Militar cuando exista prestaci\u00f3n \u00a0de servicios por contrato con esta \u00faltima entidad, de acuerdo con las normas \u00a0establecidas para el efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coadyuvar con la formulaci\u00f3n de la \u00a0pol\u00edtica, planes y programas en materia de vivienda fiscal u otro sistema y \u00a0determinar procesos que contribuyan a la satisfacci\u00f3n de la demanda de vivienda \u00a0de los miembros de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar con las dependencias en \u00a0la elaboraci\u00f3n de planes de inversi\u00f3n en lo relacionado con el \u00e1rea de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular y ejecutar programas \u00a0espec\u00edficos que sobre vivienda fiscal se establezcan en las nuevas \u00e1reas \u00a0geogr\u00e1ficas, teniendo en cuenta las pol\u00edticas y objetivos del Instituto y como \u00a0base, los proyectos Regionales (Territoriales). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar, coordinar, ejecutar y \u00a0controlar la organizaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los programas de vivienda propia y \u00a0vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Determinar y proponer, cuando sea \u00a0necesario, la contrataci\u00f3n del mantenimiento y administraci\u00f3n de la vivienda \u00a0fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar sistemas de tarifas para la \u00a0utilizaci\u00f3n y mantenimiento de la vivienda fiscal y los montos de subsidio de \u00a0vivienda que se concedan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Desarrollar de conformidad con los \u00a0Reglamentos y las normas vigentes, los aspectos relacionados con el subsidio \u00a0para vivienda propia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Identificar las fuentes de \u00a0financiaci\u00f3n para los programas y proponer los esquemas de gesti\u00f3n m\u00e1s viables, \u00a0para cada uno de ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Divisi\u00f3n Administrativa el sistema de informaci\u00f3n y asesor\u00eda en temas \u00a0inmobiliarios y jur\u00eddicos pertinentes al tema de la vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dise\u00f1ar y coordinar programas de \u00a0investigaci\u00f3n para el \u00e1rea de vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con las entidades \u00a0pertinentes y la Divisi\u00f3n Administrativa de la Secretar\u00eda General, las \u00a0gestiones necesarias para un adecuado manejo de los bienes inmuebles destinados \u00a0a vivienda fiscal, en cuanto a su uso, disponibilidad y administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Velar por la calidad de la \u00a0vivienda que se proporcione a los beneficiarios a trav\u00e9s de los programas \u00a0impulsados por el Instituto directamente o por terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Administrar el Sistema de \u00a0Informaci\u00f3n del \u00e1rea de vivienda y proponer los indicadores que permita evaluar \u00a0el impacto de los programas y proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Vivienda Fiscal. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0vivienda fiscal: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Subdirector en la \u00a0elaboraci\u00f3n de planes de vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y ejecutar plantes de \u00a0vivienda fiscal de acuerdo con las pol\u00edticas fijadas y las normas sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Llevar un registro de los inmuebles \u00a0destinados a vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar un registro de los \u00a0beneficiarios de los planes de vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Difundir y promocionar los \u00a0proyectos que en esta materia realiza el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dar informaci\u00f3n oportuna y clara a \u00a0los posibles beneficiarios de estos planes, orient\u00e1ndolos sobre los procedimientos \u00a0que deben seguir para acceder a dicho beneficio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proyectar los reglamentos \u00a0requeridos para el manejo de la vivienda fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar a las Regionales \u00a0(Territoriales) en asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Vivienda Propia. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Vivienda Propia: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al subdirector en la \u00a0formulaci\u00f3n de planes de vivienda propia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y ejecutar planes para que \u00a0los uniformados y no uniformados puedan tener acceso a adquirir su propia \u00a0vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Formular planes de vivienda \u00a0teniendo en cuenta excelentes condiciones de calidad de la misma y bajos costos \u00a0para quienes las adquieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a las Regionales \u00a0(Territoriales) en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promocionar planes de vivienda para \u00a0el personal uniformado y no uniformado que labora en la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Brindar oportunamente la \u00a0informaci\u00f3n sobre los planes actuales y futuros que est\u00e9 gestionando el \u00a0Instituto, as\u00ed como los procedimientos que deben seguir los interesados para \u00a0adquirir vivienda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con la Caja Promotora de \u00a0Vivienda Militar cuando exista prestaci\u00f3n de servicios por contrato con esta \u00a0\u00faltima entidad, el manejo de las actividades de la vivienda propia y la \u00a0ejecuci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47.\u00a0\u00a0 Subdirecci\u00f3n de Educaci\u00f3n, Recreaci\u00f3n y Deporte. Son funciones de \u00a0la Subdirecci\u00f3n de Educaci\u00f3n, Recreaci\u00f3n y Deporte: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n General en \u00a0la determinaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas relacionados con la \u00a0prestaci\u00f3n de los servicios de educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n y deporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Establecer las normas t\u00e9cnicas \u00a0sobre los servicios de educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n y deporte que preste directa o \u00a0indirectamente el Instituto, de acuerdo con los lineamientos generales que \u00a0establezca la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar, y desarrollar \u00a0la elaboraci\u00f3n del Plan de Servicios de Educaci\u00f3n, Recreaci\u00f3n y Deporte del \u00a0Instituto, teniendo en cuenta las caracter\u00edsticas de la poblaci\u00f3n, los \u00a0indicadores de demanda y la disponibilidad de oferta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar con las dem\u00e1s \u00a0dependencias en los estudios conducentes a la elaboraci\u00f3n de planes de \u00a0inversi\u00f3n y funcionamiento del Instituto relacionados con cada una de las \u00e1reas \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer a La Direcci\u00f3n General las \u00a0pol\u00edticas para la determinaci\u00f3n de tarifas para los servicios de recreaci\u00f3n y \u00a0de educaci\u00f3n as\u00ed como los subsidios para los hijos de los miembros de la \u00a0Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar para que los Servicios que se \u00a0presenten est\u00e9n acordes con las normas de eficiencia, igualdad y calidad y se \u00a0oriente especialmente a la atenci\u00f3n del cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asegurar que la asignacin de \u00a0recursos humanos, f\u00edsicos y financieros en las diferentes unidades que integran \u00a0la Subdirecci\u00f3n se efect\u00fae de acuerdo con la demanda a atender en cada una de \u00a0ellos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar la formulaci\u00f3n de \u00a0programas de mejoramiento tecnol\u00f3gico en las unidades prestadoras del servicio \u00a0y asesorar en su implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Orientar, coordinar y controlar la \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento de los diferentes servicios de su competencia \u00a0para garantizar una atenci\u00f3n integral y eficiente a los beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar e implementar los \u00a0mecanismos encaminados a la promoci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control de la calidad de \u00a0los servicios de bienestar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar y coordinar la \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento de los diferentes servicios de su competencia \u00a0para garantizar una atenci\u00f3n integral y eficiente a los beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir las relaciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias del Instituto y con otras \u00a0Instituciones, con el fin de garantizar la prestaci\u00f3n integral de los servicios \u00a0de su competencia a los beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Orientar los planes y programas \u00a0que den cumplimiento a la amplia legislaci\u00f3n en materia de educaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar programas de \u00a0flexibilidad curricular, metodolog\u00eda y estrategias que propicien el \u00a0mejoramiento del proceso, ense\u00f1anza-aprendizaje en los colegios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Educaci\u00f3n. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Educaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, organizar, supervisar, \u00a0controlar y evaluar los planes, programas y proyectos en materia educativa \u00a0buscando primordialmente elevar el nivel sociocultural de la familia del \u00a0Polic\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, supervisar, coordinar y \u00a0controlar la programaci\u00f3n educativa formal y no formal de los diferentes \u00a0centros docentes, acorde con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejecutar y supervisar la pol\u00edtica \u00a0educativa teniendo en cuenta las disposiciones del Ministerio de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional y en general las normas aplicables a la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar planes y programas \u00a0educativos, de orientaci\u00f3n escolar, de capacitaci\u00f3n y perfeccionamiento del \u00a0personal docente a nivel nacional, buscando el desarrollo integral del usuario \u00a0y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer e implementar proyectos \u00a0de estudio sobre la selecci\u00f3n, ubicaci\u00f3n, promoci\u00f3n y rotaci\u00f3n del personal \u00a0docente y administrativo de los colegios, en concordancia con las disposiciones \u00a0del Ministerio de Educaci\u00f3n Nacional y las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Supervisar, orientar y controlar \u00a0las actividades docentes y administrativas de los Centros Educativos de Santaf\u00e9 \u00a0de Bogot\u00e1, D.C., y de las Regionales (Territoriales). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Llevar la informaci\u00f3n estad\u00edstica, \u00a0acad\u00e9mica y docente a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar proyectos para el \u00a0establecimiento de centros educativos as\u00ed como para la adquisici\u00f3n, \u00a0construcci\u00f3n o arrendamiento locativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las Regionales \u00a0(Territoriales) la ejecuci\u00f3n de los programas acad\u00e9micos y de desarrollo \u00a0humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 49.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Deportes. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Deporte: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impulsar el desarrollo t\u00e9cnico del \u00a0deporte que genere descanso en su pr\u00e1ctica y que contribuya a mantener un \u00a0adecuado bienestar f\u00edsico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los planes, proyectos y \u00a0programas de deportes para el personal uniformado y no uniformado de la Polic\u00eda \u00a0Nacional y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Implementar programas de \u00a0seguimiento a las actividades deportivas que desarrolle el Instituto y \u00a0establecer indicadores que permitan evaluar su eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con Entidades P\u00fablicas o \u00a0Privadas el desarrollo de actividades deportivas para el personal Uniformado y \u00a0no Uniformado de la Polic\u00eda Nacional y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar la reglamentaci\u00f3n \u00a0pertinente para la prestaci\u00f3n del servicio del deporte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Programar y desarrollar en \u00a0coordinaci\u00f3n con las Regionales (Territoriales) las actividades deportivas \u00a0dirigidas a los beneficiarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer programas que faciliten \u00a0el acceso al deporte y coordinar los mismos a nivel nacional y Regional \u00a0(Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar para que el desarrollo de los \u00a0programas cumpla con los objetivos y utilizaci\u00f3n del tiempo libre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impulsar la pr\u00e1ctica del deporte \u00a0como est\u00edmulo y formaci\u00f3n de h\u00e1bitos en la familia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Incluir principios y valores \u00a0mediante la pr\u00e1ctica del deporte a los beneficiarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 50.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Recreaci\u00f3n. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Recreaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Impulsar el desarrollo t\u00e9cnico de \u00a0los servicios recreacionales dirigidos al personal Uniformado no Uniformado y a \u00a0sus familias que genere un adecuado bienestar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar los planes, proyectos y \u00a0programas de recreaci\u00f3n para el personal Uniformado y no Uniformado de la \u00a0Polic\u00eda Nacional y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer programas de seguimiento \u00a0a las actividades recreacionales que desarrolle el Instituto y establecer \u00a0indicadores que permitan establecer su eficacia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. coordinar con Entidades P\u00fablicas o \u00a0Privadas el desarrollo de actividades de recreaci\u00f3n para el personal Uniformado \u00a0y no Uniformado de la Polic\u00eda Nacional y sus familias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar la reglamentaci\u00f3n \u00a0pertinente para la prestaci\u00f3n del servicio de recreaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Programar y desarrollar en \u00a0coordinaci\u00f3n con las Regionales (Territoriales) las actividades recreativas \u00a0dirigidas a los beneficiarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Establecer programas que faciliten \u00a0el acceso a la recreaci\u00f3n y coordinar los mismos a nivel nacional y Regional \u00a0(Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar para que el desarrollo de los \u00a0programas recreacionales cumpla con los objetivos y utilizaci\u00f3n del tiempo \u00a0libre. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Fomentar programa recreativos en \u00a0los diferentes Centros Vacacionales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 51.\u00a0\u00a0 Divisi\u00f3n de Servicios Especiales. Son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Servicios Especiales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios en el Centro Religioso de la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, para el \u00a0personal de la Polic\u00eda Nacional y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el funcionamiento de la \u00a0lavander\u00eda existente en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., donde se presta servicio al \u00a0personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el servicio de trasteos \u00a0en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D. C., para el personal de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por \u00a0las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones propias \u00a0de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 52.\u00a0\u00a0 Regionales (Territoriales). El Instituto tendr\u00e1 las siguientes \u00a0Regionales (Territoriales), las cuales est\u00e1n conformadas as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada Bogot\u00e1 y Cundinamarca y \u00a0conformada por el Distrito Capital y los Departamentos de Cundinamarca, \u00a0Amazonas y Arauca, cuya sede ser\u00e1 en la ciudad de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada del Suroccidente, \u00a0conformada por los Departamentos del Valle, Nari\u00f1o, y Cauca con sede en la \u00a0ciudad de Santiago de Cali. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada del Noroccidente, \u00a0conformada por los Departamentos de Antioquia y Choc\u00f3 con sede en la ciudad de \u00a0Medell\u00edn. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada del Eje Cafetero, \u00a0conformada por los Departamentos de Caldas, Risaralda y Quind\u00edo con sede en la \u00a0ciudad de Manizales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada del Nororiente, conformada \u00a0por los Departamentos de Santander y Norte de Santander con sede en la ciudad \u00a0de Bucaramanga. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada Caribe I conformada por los \u00a0Departamentos de Atl\u00e1ntico, Magdalena , Cesar y Guajira con sede en la ciudad \u00a0de Barranquilla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada Tolima Grande, conformada \u00a0por los Departamentos de Tolima, Huila, Caquet\u00e1, Putumayo con sede en la ciudad \u00a0de Neiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional VIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada Caribe II, conformada por \u00a0los Departamentos de Bol\u00edvar, C\u00f3rdoba, Sucre, San Andr\u00e9s y Providencia con sede \u00a0en la ciudad de Cartagena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional IX \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada Boyac\u00e1 y Casanare, \u00a0conformada por los Departamentos de Boyac\u00e1 y Casanare con sede en la ciudad de \u00a0Tunja. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Regional X \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominada Llanos Orientales, \u00a0conformada por los Departamentos de Meta, Vichada, Guaviare, Guain\u00eda y Vaup\u00e9s y \u00a0con sede en la ciudad de Villavicencio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Direcciones Regionales \u00a0(Territoriales) desarrollar\u00e1n las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar supervisar y \u00a0evaluar la eficiencia de la prestaci\u00f3n de los servicios en la regi\u00f3n a cargo \u00a0del Inssponal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar los planes y programas \u00a0establecidos para la Direcci\u00f3n Regional (Territorial) en los servicios de \u00a0salud, educaci\u00f3n, recreaci\u00f3n, deporte, vivienda y los dem\u00e1s que establezcan \u00a0estos estatutos y las normas legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ordenar, de acuerdo con las normas \u00a0vigentes, los gastos, dictar los actos, realizar las operaciones y celebrar los \u00a0contratos necesarios para el cumplimiento de los objetivos y funciones del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Administrar el recurso humano, \u00a0f\u00edsico y financiero que se le asigne a la Direcci\u00f3n Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar al Instituto a nivel \u00a0Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar los informes que \u00a0determine el Director General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Orientar y controlar los programas \u00a0que sean ofrecidos al personal del Instituto que se encuentra en la Direcci\u00f3n \u00a0Regional (Territorial). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Reportar a la Divisi\u00f3n de Recursos \u00a0Humanos de la Secretar\u00eda General, todas las novedades de personal, en cuanto a: \u00a0excusas del servicio, licencias, permisos y dem\u00e1s situaciones de administraci\u00f3n \u00a0de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con los Comandos de \u00a0Departamento, Comandos de la Polic\u00eda Metropolitana y o Directores de Escuela \u00a0las actividades que por raz\u00f3n de las funciones del Instituto deban \u00a0desarrollarse para los beneficiarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios de salud en los niveles de atenci\u00f3n en forma directa o contratada, a \u00a0los afiliados del Subsistema de Salud y sus beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar porque los servicios de \u00a0salud que se presten directamente o se contraten sean oportunos, equitativos y \u00a0de calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, coordinar y adelantar el \u00a0proceso de informaci\u00f3n requerida para conocer permanentemente la poblaci\u00f3n \u00a0atendida, su estado de salud, las patolog\u00edas y dem\u00e1s datos necesarios para la \u00a0definici\u00f3n de pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Organizar los procedimientos y \u00a0mecanismos para que en las Unidades Prestadoras de Salud y en las dem\u00e1s \u00a0actividades que desarrolle el Instituto en la Direcci\u00f3n Regional (Territorial) \u00a0a su cargo no falte ning\u00fan elemento necesario para la prestaci\u00f3n del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Adelantar los planes de capacitaci\u00f3n \u00a0del personal de la Direcci\u00f3n Regional (Territorial) en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Divisi\u00f3n de Recursos Humanos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Elaborar y presentar para \u00a0aprobaci\u00f3n el Anteproyecto de presupuesto y los proyectos de inversi\u00f3n para \u00a0cada una de las \u00e1reas, previo el an\u00e1lisis de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Distribuir el presupuesto de salud \u00a0de la Regional (Territorial) seg\u00fan las necesidades de la poblaci\u00f3n de cada \u00a0seccional de acuerdo con el Plan Regional (Territorial) de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la ejecuci\u00f3n de planes, programas \u00a0y proyectos de acci\u00f3n conjunta con otras entidades, para el cabal cumplimiento \u00a0de los objetivos del Instituto en materia de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Elaborar y presentar para \u00a0aprobaci\u00f3n ante la Subdirecci\u00f3n de Vivienda, Educaci\u00f3n, Recreaci\u00f3n y Deporte y \u00a0Financiera el Anteproyecto de Presupuesto de la Direcci\u00f3n Regional \u00a0(Territorial) a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Coordinar en la Direcci\u00f3n Regional \u00a0(Territorial) la prestaci\u00f3n adecuada y oportuna de los servicios en todas las \u00a0\u00e1reas de cubrimiento del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por las normas legales y que correspondan a la naturaleza de las funciones \u00a0propias de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 53.\u00a0\u00a0 Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. Son funciones de la comisi\u00f3n \u00a0de personal y del Comit\u00e9 de Control Interno, las contempladas en la Ley y las \u00a0se\u00f1aladas por las normas legales vigentes. Los dem\u00e1s \u00f3rganos de asesor\u00eda y \u00a0coordinaci\u00f3n ser\u00e1n creados mediante acto administrativo del Director General \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 54.\u00a0\u00a0 Personal. Para todos los efectos legales, las personas que prestan \u00a0sus servicios en el Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la \u00a0Polic\u00eda Nacional, tendr\u00e1n el car\u00e1cter de empleados p\u00fablicos. No obstante lo \u00a0anterior tendr\u00e1n la calidad de trabajadores oficiales quienes ejecuten labores \u00a0auxiliares, tales como: aseo de instalaciones, muebles y utensilios; \u00a0preparaci\u00f3n y distribuci\u00f3n de alimentos y bebidas; mantenimiento y reparaci\u00f3n \u00a0de elementos, maquinaria y equipos; de carpinter\u00eda, cerrajer\u00eda, alba\u00f1iler\u00eda, \u00a0pintura, electricidad o jardiner\u00eda, control de acceso y tr\u00e1nsito de personas \u00a0dentro de las instalaciones, cargue, descargue y\/o despacho de paquetes y \u00a0sobres y de mantenimiento y conservaci\u00f3n de inmuebles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1.\u00a0 El Director General se posesionar\u00e1 ante el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica o en su defecto ante el Ministro de Defensa Nacional. Los dem\u00e1s \u00a0empleados p\u00fablicos, lo har\u00e1n ante el Director General o ante el funcionario a \u00a0quien se delegue dicha facultad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2.\u00a0 Las certificaciones sobre el ejercicio del cargo del Director \u00a0General y miembros de la Junta Directiva, ser\u00e1n expedidas por el Secretario \u00a0General del Ministerio de Defensa Nacional, las de los dem\u00e1s funcionarios del \u00a0Instituto, ser\u00e1n expedidas por el Director General o por el funcionario en quien \u00a0se deleguen estas atribuciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 55.\u00a0\u00a0 Planta global. Con el fin de cumplir su objeto, el Instituto \u00a0contar\u00e1 con una Planta de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 56.\u00a0\u00a0 R\u00e9gimen disciplinario. Los empleados p\u00fablicos y trabajadores \u00a0oficiales del Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la Polic\u00eda \u00a0Nacional est\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen disciplinario vigente para los servidores \u00a0p\u00fablicos de la Rama Ejecutiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 57.\u00a0\u00a0 Tutela administrativa. En ejercicio de la tutela administrativa, \u00a0corresponde al Ministerio de Defensa Nacional la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y \u00a0control del Instituto, en los aspectos de organizaci\u00f3n, personal y actividades \u00a0que debe desarrollar, de acuerdo con la pol\u00edtica general del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 58.\u00a0\u00a0 Control fiscal. El control fiscal ser\u00e1 ejercido en forma posterior \u00a0y selectiva por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, conforme a las normas \u00a0constitucionales y legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 59.\u00a0\u00a0 Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de su aprobaci\u00f3n por \u00a0el Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias en \u00a0especial el Acuerdo 031 de diciembre 29 de 1994. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a los \u00a023 d\u00edas del mes de junio de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Junta \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) Brigadier General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Luis \u00a0Enrique Montenegro Rinco. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario de la Junta Directiva \u00a0(E), \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) Teniente Coronel Edilberto \u00a0Mej\u00eda B\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO 2. Este Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga el \u00a0Decreto \u00a0128 de enero 13 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 15 \u00a0de septiembre de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ERNESTO \u00a0SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Juan \u00a0Carlos Esguerra Portocarrero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Eduardo \u00a0Gonz\u00e1lez Montoya. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a01562 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (septiembre 15) \u00a0 \u00a0 por el cual se aprueba el Acuerdo 022 \u00a0de junio 23 de 1995 de la Junta Directiva, por el cual se adoptan los Estatutos \u00a0Internos, se establece la Estructura Interna y se determinan las funciones del \u00a0Instituto para la Seguridad Social y Bienestar de la [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-24872","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1995"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24872","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24872"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24872\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24872"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24872"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24872"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}