{"id":24939,"date":"2023-07-13T18:26:24","date_gmt":"2023-07-13T18:26:24","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-1736-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:24","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:24","slug":"decreto-1736-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-1736-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 1736 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1736 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre \u00a011) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 27 de fecha tres (3) de octubre de mil \u00a0novecientos noventa y cinco (1995), emanado de la Junta Directiva de la Caja \u00a0Nacional de Previsi\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades \u00a0constitucionales y legales y en especial las que le confiere el literal b) del \u00a0art\u00edculo 26 del Decreto 1050 de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO \u00a01\u00ba. Apru\u00e9base el Acuerdo n\u00famero 27 del tres (3) de octubre de mil novecientos \u00a0noventa y cinco (1995), emanado de la Junta Directiva de la Caja Nacional de \u00a0Previsi\u00f3n Social, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDO \u00a0N\u00daMERO 27 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(octubre \u00a03) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0medio del cual se adicionan los estatutos de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n \u00a0Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Junta Directiva de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, en uso de sus \u00a0facultades legales y estatutarias, en especial de las que le confiere el \u00a0numeral 2\u00ba del art\u00edculo 16 del Decreto 3128 de 1993, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0con fundamento en el mandato contenido en el art\u00edculo 236 de la Ley 100 de 1993, \u00a0Cajanal, puede seguir prestando servicios de salud, para lo cual debe realizar \u00a0las funciones propias de una EPS, dentro del marco y los requisitos \u00a0establecidos en la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que \u00a0para obtener el certificado de funcionamiento como Entidad Promotora de Salud, \u00a0es necesario modificar los Estatutos de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social, \u00a0incorporando las normas existentes en materia de regulaci\u00f3n y funcionamiento de \u00a0Entidades Promotoras de Salud, en especial las contenidas en los Cap\u00edtulos I, \u00a0T\u00edtulo II, Libro Segundo y Cap\u00edtulo I, T\u00edtulo III, Libro Segundo de la Ley 100 de 1993, el Decreto 1485 de 1994, \u00a0y las dem\u00e1s que determine la ley para las Entidades Promotoras de Salud, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. Incorporar en los Estatutos de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n Social el \u00a0r\u00e9gimen previsto en el Decreto \u00a01485 del 13 de julio de 1994, por el cual se regula la organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de las Entidades Promotoras de Salud y la protecci\u00f3n al usuario \u00a0en el Sistema Nacional de Seguridad Social en Salud y las dem\u00e1s normas que lo \u00a0reformen, modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00ba. Adicionar al art\u00edculo 3\u00ba de los Estatutos de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n \u00a0Social, las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Promover la afiliaci\u00f3n y efectuar el registro de la poblaci\u00f3n al Sistema \u00a0General de Seguridad en Salud, bien sea atrav\u00e9s del r\u00e9gimen contributivo o del \u00a0subsidiado, garantizando siempre la libre escogencia del usuario; el recaudo de \u00a0las cotizaciones y la promoci\u00f3n, gesti\u00f3n, coordinaci\u00f3n y control de los servicios \u00a0de salud de las Instituciones Prestadoras de Servicios, con las cuales atiendan \u00a0a los afiliados y sus familias, sin perjuicio de los controles consagrados \u00a0sobre el particular en la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Remitir al Fondo de Solidaridad y Garant\u00eda la informaci\u00f3n relativa a la \u00a0afiliaci\u00f3n del trabajador y su familia, a las novedades laborales, a los \u00a0recaudos por cotizaciones y a los desembolsos por el pago de la prestaci\u00f3n de \u00a0servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Administrar el riesgo en salud de sus afiliados, procurando disminuir la \u00a0ocurrencia de eventos previsibles de enfermedad o de eventos de enfermedad sin \u00a0atenci\u00f3n, evitando en todo caso la discriminaci\u00f3n de personas con altos riesgos \u00a0o enfermedades costosas en el sistema. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Movilizar los recursos para el funcionamiento del Sistema de Seguridad Social \u00a0en Salud mediante el recaudo de las cotizaciones por delegaci\u00f3n del Fondo de \u00a0Solidaridad y Garant\u00eda; girar los excedentes entre los recaudos, la cotizaci\u00f3n \u00a0y el valor de la unidad de pago por capitaci\u00f3n a dicho fondo, o cobrar la \u00a0diferencia en caso de ser negativa; y pagar los servicios de salud a los \u00a0prestadores seg\u00fan las disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Organizar y garantizar la prestaci\u00f3n de los servicios de salud previstos en el \u00a0Plan Obligatorio de Salud, con el fin de obtener el mejor estado de salud de \u00a0sus afiliados con cargo a las Unidades de Pago por Capitaci\u00f3n correspondientes. \u00a0Con este prop\u00f3sito gestionar y coordinar la oferta de servicios de salud, \u00a0directamente o a trav\u00e9s de la contrataci\u00f3n con Instituciones Prestadoras y con \u00a0Profesionales de la Salud; implementar sistemas de control de costos; informar \u00a0y educar a los usuarios para el uso racional del sistema; establecer \u00a0procedimientos de garant\u00eda de calidad para la atenci\u00f3n integral, eficiente y \u00a0oportuna de los usuarios en las Instituciones Prestadoras de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Reconocer y pagar a sus afiliados las incapacidades derivadas de los riesgos de \u00a0enfermedad y maternidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Organizar la prestaci\u00f3n del servicio de salud derivado del sistema de riesgos \u00a0profesionales, conforme a las disposiciones legales que rijan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Organizar la prestaci\u00f3n de los servicios de salud de los trabajadores de las \u00a0entidades, que quedaron expresamente excluidas del Sistema General de Seguridad \u00a0Social en Salud, cuando con dichas entidades se celebren contratos para el \u00a0efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Organizar y vender planes complementarios al Plan Obligatorio de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Las dem\u00e1s funciones que determinen la ley para las Entidades Promotoras de \u00a0Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00ba. Adicionar al art\u00edculo 16 de los Estatutos de la Caja Nacional de Previsi\u00f3n \u00a0Social, la siguiente funci\u00f3n a la Junta Directiva, de conformidad con la \u00a0obligaci\u00f3n contenida en la Circular Externa n\u00famero 023 del 14 de julio de 1994, \u00a0emanada de la Superintendencia Nacional de Salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;Efectuar \u00a0la designaci\u00f3n del revisor fiscal para el cumplimiento de las funciones \u00a0asignadas en el presente Acuerdo.&#8221; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00ba. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobaci\u00f3n por el \u00a0Gobierno Nacional y deroga las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) \u00a0Jorge Eliseo Cabrera Caicedo, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) \u00a0Ricardo Le\u00f3n Parra Castro, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Secretario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ARTICULO \u00a02\u00ba. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga \u00a0las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 11 de octubre de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO \u00a0SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Ministra de Trabajo y Seguridad Social, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00a0Sol Navia Velasco. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1736 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (octubre \u00a011) \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 27 de fecha tres (3) de octubre de mil \u00a0novecientos noventa y cinco (1995), emanado de la Junta Directiva de la Caja \u00a0Nacional de Previsi\u00f3n Social. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-24939","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1995"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24939","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=24939"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/24939\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=24939"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=24939"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=24939"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}