{"id":25115,"date":"2023-07-13T18:26:33","date_gmt":"2023-07-13T18:26:33","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-244-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:33","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:33","slug":"decreto-244-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-244-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 244 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a0244 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 2) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 03 del 30 de enero de 1995 del Consejo \u00a0Directivo Nacional de la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica-ESAP-mediante \u00a0el cual se adopta su estructura interna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 523 de 2000, \u00a0art\u00edculo 39. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Gobierno de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, Delegatario de las Funciones Presidenciales en desarrollo del Decreto \u00a0199 del 25 de enero de 1995, en ejercicio de sus atribuciones \u00a0constitucionales y legales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba Apru\u00e9base el Acuerdo n\u00famero 03 del 30 \u00a0de enero de 1995, expedido por el Consejo Directivo Nacional de la Escuela \u00a0Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, ESAP, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO N\u00daMERO 03 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 30 ) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se adopta la Estructura Interna de la \u00a0Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica-ESAP\u2011. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Consejo Directivo Nacional de la Escuela \u00a0Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica-ESAP\u2011, en uso de sus facultades \u00a0legales y estatutarias, en especial de las que le confiere el Decreto 2083 de 1994, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ESTRUCTURA INTERNA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba La Escuela Superior de Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica-ESAP-cumplir\u00e1 sus funciones con la siguiente Estructura Interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Consejo \u00a0Directivo Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 Direcci\u00f3n \u00a0Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Oficina de Relaciones Internacionales y \u00a0Comunicaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Consejo \u00a0Acad\u00e9mico Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 \u00a0Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Divisi\u00f3n de Registro y Control Acad\u00e9mico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.\u00a0 Subdirecci\u00f3n \u00a0Acad\u00e9mica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Centro de Programas Curriculares \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Centro de Investigaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Centro de Capacitaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Centro de Asesor\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.\u00a0 \u00a0Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Divisi\u00f3n de Bienes y Servicios Administrativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Divisi\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3 Divisi\u00f3n de Personal y Bienestar Universitario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4 Divisi\u00f3n de Recursos Educativos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.\u00a0 Organos \u00a0de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 Consejos de Facultad o Instituto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>SEDES TERRITORIALES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.\u00a0 Consejos \u00a0Directivos Territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.\u00a0 \u00a0Direcciones Territoriales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Centros Territoriales de Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica-Cetap\u2011 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 Unidades \u00a0Acad\u00e9micas y de Investigaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Facultades \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Departamentos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Areas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4 Programas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.5 Institutos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.\u00a0 Consejos Acad\u00e9micos \u00a0Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba Consejo Directivo, Director Nacional y \u00a0Consejo Acad\u00e9mico Nacional. El Consejo Directivo Nacional, el Director Nacional \u00a0y el Consejo Acad\u00e9mico Nacional cumplir\u00e1n las funciones se\u00f1aladas en el Decreto 2083 de 1994 \u00a0y dem\u00e1s disposiciones legales, estatutarias y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba Oficina Jur\u00eddica. La Oficina Jur\u00eddica \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional y a las \u00a0dependencias de la Entidad en los asuntos jur\u00eddicos relacionados con el \u00a0desarrollo de las actividades de la ESAP, asegurando la legalidad de todos los \u00a0actos administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar o revisar los proyectos de acuerdo, \u00a0contratos, convenios y dem\u00e1s actos administrativos que expidan o suscriban el \u00a0Consejo Directivo Nacional, cuando fuere el caso, la Direcci\u00f3n Nacional y el \u00a0Consejo Acad\u00e9mico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proyectar o revisar para la firma del Director \u00a0las providencias que resuelvan recursos de reposici\u00f3n, apelaci\u00f3n o la \u00a0revocatoria directa de los actos administrativos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir, asesorar y representar a la Direcci\u00f3n \u00a0General y dem\u00e1s dependencias de la Escuela, en el tr\u00e1mite y soluci\u00f3n de los \u00a0asuntos judiciales y extrajudiciales relacionados con la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Codificar, compilar, difundir y mantener \u00a0actualizadas las normas legales relacionadas con la Escuela, e instruir a todos \u00a0los funcionarios de la Entidad sobre su observancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba Oficina de Planeaci\u00f3n. La Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a los \u00f3rganos de Direcci\u00f3n y sedes territoriales \u00a0de la Escuela en la planeaci\u00f3n, programaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n acad\u00e9mica y \u00a0administrativa y coordinar el proceso de planeaci\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Presentar criterios, alternativas de acci\u00f3n y \u00a0planes que coadyuven a la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, metas, objetivos \u00a0institucionales y toma de decisiones a la Direcci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar y sustentar al Banco de Proyectos de \u00a0Inversi\u00f3n Nacional del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, los proyectos que \u00a0se incluyan en el Plan Operativo Anual de Inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional y a la \u00a0Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la definici\u00f3n de pol\u00edticas y en los criterios de \u00a0selecci\u00f3n de las ofertas y necesidades de formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, asesor\u00eda e \u00a0investigaci\u00f3n de las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las diferentes unidades de la ESAP \u00a0la formulaci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n del plan de desarrollo, respondiendo \u00a0por su aplicaci\u00f3n, procurando la planeaci\u00f3n integral y tecnificada de las \u00a0acciones de la Entidad, y recomendando las medidas necesarias para su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Efectuar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal y hacer las recomendaciones del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar en coordinaci\u00f3n con la Subdirecci\u00f3n \u00a0Administrativa, el anteproyecto anual de presupuesto y tramitar las solicitudes \u00a0de adiciones y traslados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Generar y mantener el sistema integral de \u00a0informaci\u00f3n y estad\u00edstica que requiera la Instituci\u00f3n para una efectiva y \u00a0eficaz toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar y formular propuestas de mejoramiento \u00a0continuo para el desarrollo organizacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender las funciones relacionadas con \u00a0organizaci\u00f3n y m\u00e9todos de la Instituci\u00f3n para mejorar sus niveles de \u00a0productividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular e implementar un sistema de planeaci\u00f3n \u00a0y adecuarlo a los nuevos requerimientos de la Organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar a las Subdirecciones y a las \u00a0Direcciones Territoriales en la definici\u00f3n de los programas y proyectos que \u00a0deba adelantar la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica. La \u00a0Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes y programas para la sistematizaci\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Estudiar las necesidades de sistematizaci\u00f3n de \u00a0todas las dependencias de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover y adelantar la sistematizaci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n y estad\u00edstica en diferentes \u00e1reas y sedes de la Escuela, mediante \u00a0las aplicaciones t\u00e9cnicas que consulten las necesidades de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, programar, coordinar y evaluar las \u00a0actividades de an\u00e1lisis, procesamiento, transmisi\u00f3n y archivo de la informaci\u00f3n \u00a0acad\u00e9mica y administrativa de la Escuela, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar y dise\u00f1ar patrones y est\u00e1ndares \u00a0t\u00e9cnicos para procedimientos, definici\u00f3n, adquisici\u00f3n e instalaci\u00f3n de la \u00a0infraestructura adecuada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la ejecuci\u00f3n de convenios \u00a0interinstitucionales relacionados con la inform\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a las diferentes dependencias de la \u00a0Entidad en el dise\u00f1o de cursos de capacitaci\u00f3n en las \u00e1reas de sistemas, \u00a0estad\u00edstica e inform\u00e1tica y dar el apoyo t\u00e9cnico necesario para desarrollarlos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Responder por el correcto mantenimiento de \u00a0equipos y la actualizaci\u00f3n de los diferentes programas y sus aplicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Formular normas y procedimientos adecuados y \u00a0seguros que salvaguarden y garanticen la integridad tanto de la informaci\u00f3n \u00a0como de los equipos que la procesan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba Oficina de Relaciones Internacionales y \u00a0Comunicaciones. La Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional y a las \u00a0Direcciones Territoriales en el dise\u00f1o y coordinaci\u00f3n de las pol\u00edticas y planes \u00a0de acci\u00f3n conjunta con los organismos nacionales e internacionales, que \u00a0faciliten y apoyen en la realizaci\u00f3n de los objetivos de la ESAP, de promoci\u00f3n \u00a0e imagen corporativa as\u00ed como, en la comunicaci\u00f3n interna. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir a la Direcci\u00f3n Nacional y Direcciones \u00a0Territoriales en las relaciones con misiones diplom\u00e1ticas y organismos \u00a0internacionales que permitan gestionar el desarrollo de programas conjuntos y \u00a0el intercambio de informaci\u00f3n acad\u00e9mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar y coordinar la cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica \u00a0internacional que requiera la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Propiciar y coordinar la presencia de la ESAP en \u00a0eventos de car\u00e1cter nacional o internacional relacionados con sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar pol\u00edticas de comunicaci\u00f3n interna que \u00a0promuevan el mejoramiento del clima organizacional y faciliten la ejecuci\u00f3n de \u00a0los diferentes programas institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional en el dise\u00f1o de \u00a0pol\u00edticas, estrategias y programas para la promoci\u00f3n de la imagen de la ESAP \u00a0nacional e internacionalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asistir a la Direcci\u00f3n en el manejo de los \u00a0medios de comunicaci\u00f3n y coordinar la producci\u00f3n del material que se requiera \u00a0en estos casos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar servicios y programas de comunicaci\u00f3n en \u00a0forma peri\u00f3dica y con fines de promoci\u00f3n, divulgaci\u00f3n e informaci\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba Oficina de Control Interno. La Oficina \u00a0de Control Interno cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Determinar y coordinar el funcionamiento del \u00a0sistema de control interno de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Supervisar la efectividad y el cumplimiento de \u00a0las normas administrativas se\u00f1aladas para las diferentes dependencias de la \u00a0Entidad, con el fin de detectar las fallas y recomendar las medidas correctivas \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Analizar y adoptar sistemas, normas y \u00a0procedimientos de control para garantizar y verificar el cumplimiento de las \u00a0pol\u00edticas acad\u00e9micas, administrativas y fiscales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar y Coordinar con las dem\u00e1s dependencias \u00a0la adopci\u00f3n de las actividades de control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las se\u00f1aladas por la Ley 87 de 1993 y dem\u00e1s \u00a0normas reglamentarias y estatutarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba Secretar\u00eda General. La Secretar\u00eda \u00a0General cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Tramitar todos los asuntos que deban someterse a \u00a0la consideraci\u00f3n del Consejo Directivo Nacional y del Consejo Acad\u00e9mico \u00a0Nacional y coadyuvar en la elaboraci\u00f3n de los informes que el Director Nacional \u00a0deba rendir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar y revisar, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina Jur\u00eddica, los proyectos de acuerdo y resoluci\u00f3n que deban someterse a \u00a0la aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo Nacional, del Director Nacional y del \u00a0Consejo Acad\u00e9mico Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer las funciones de Secretario del Consejo \u00a0Directivo Nacional y del Consejo Acad\u00e9mico Nacional y asistir al Director en \u00a0sus relaciones con estos, velando por la buena organizaci\u00f3n de las sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar las actas y acuerdos del Consejo \u00a0Directivo Nacional y del Consejo Acad\u00e9mico Nacional y refrendarlos con su \u00a0firma, as\u00ed como los actos administrativos expedidos por el Director Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dar el tr\u00e1mite, notificar en los t\u00e9rminos \u00a0legales y reglamentarios, los actos administrativos proferidos por la Escuela, \u00a0y difundirlos seg\u00fan sea del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, organizar y controlar la prestaci\u00f3n de \u00a0los servicios de registro y control acad\u00e9mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar, conservar y mantener actualizado el \u00a0archivo y memoria institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar el proceso de la correspondencia \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Refrendar con su firma los t\u00edtulos acad\u00e9micos \u00a0expedidos por la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Autenticar los documentos oficiales de la \u00a0Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Organizar y mantener el archivo de las actas y \u00a0acuerdos de los Consejos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Asesorar y asistir a las Direcciones \u00a0Territoriales en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba Divisi\u00f3n de Registro y Control \u00a0Acad\u00e9mico. La Divisi\u00f3n de Registro y Control Acad\u00e9mico cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Informar, instruir y ejecutar los procesos de \u00a0inscripci\u00f3n, selecci\u00f3n y admisi\u00f3n de estudiantes y publicar la informaci\u00f3n \u00a0correspondiente en las fechas se\u00f1aladas por el calendario acad\u00e9mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Llevar, procesar y controlar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica, los registros acad\u00e9micos, hojas de \u00a0vida de estudiantes y egresados que se requieran para todos los procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.\u00a0 \u00a0Consignar, actualizar, archivar, custodiar y certificar la informaci\u00f3n \u00a0relativa a la vinculaci\u00f3n de estudiantes, los planes acad\u00e9micos ofrecidos por \u00a0la Instituci\u00f3n y el resultado de la actividad curricular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Efectuar la carnetizaci\u00f3n de los estudiantes de \u00a0los programas de la ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estudiar las Hojas de vida de los estudiantes, \u00a0con el fin de impedir cruces de horarios, verificar el cumplimiento de los \u00a0prerrequisitos seg\u00fan el reglamento acad\u00e9mico de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar, para refrendaci\u00f3n de la Secretar\u00eda \u00a0General, los certificados y constancias acad\u00e9micas que sean solicitados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promocionar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Relaciones Internacionales y Comunicaciones, los programas acad\u00e9micos en las \u00a0entidades oficiales y colegios de todo el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Suministrar a la Oficina de Planeaci\u00f3n los datos \u00a0estad\u00edsticos sobre inscripciones, matr\u00edculas, admisiones y dem\u00e1s sobre el \u00a0estudiantado y egresados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n y la \u00a0Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica el env\u00edo de informaci\u00f3n a las entidades que \u00a0lo requieran o soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar y enviar listados de graduados al \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica para efectos de concursos e \u00a0inscripci\u00f3n en Carrera Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica. La \u00a0Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a las diferentes instancias de la \u00a0Escuela en la planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los planes y programas \u00a0tendientes a crear, desarrollar y difundir el conocimiento cient\u00edfico y \u00a0tecnol\u00f3gico, mediante el cual se consoliden los campos del saber propios de la \u00a0Administraci\u00f3n y la Gesti\u00f3n P\u00fablica en todas sus \u00f3rdenes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional y a los \u00a0Consejos Directivo y Acad\u00e9mico Nacionales en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas en admisiones, \u00a0programas curriculares, capacitaci\u00f3n, asesor\u00eda, investigaci\u00f3n y desarrollo \u00a0cient\u00edfico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer a la Direcci\u00f3n y a los Consejos \u00a0Directivo y Acad\u00e9mico Nacionales las pol\u00edticas de vinculaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n del personal docente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar a las instancias que determine el \u00a0Estatuto del Personal Docente en el proceso de selecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de \u00a0profesores y tutores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Consejo Acad\u00e9mico Nacional en la \u00a0preparaci\u00f3n de los conceptos que debe emitir al Consejo Directivo Nacional \u00a0sobre el Estatuto de Personal Docente, el R\u00e9gimen Acad\u00e9mico y el Reglamento \u00a0Estudiantil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el cumplimiento del R\u00e9gimen Acad\u00e9mico, \u00a0el Reglamento Estudiantil y el Estatuto del Personal Docente y recomendar las \u00a0modificaciones que estime pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fomentar y coordinar la planeaci\u00f3n acad\u00e9mica, la \u00a0auto evaluaci\u00f3n y los procesos de acreditaci\u00f3n de la Escuela de conformidad con \u00a0la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Propiciar la realizaci\u00f3n de investigaciones y \u00a0estudios de los problemas nacionales de naturaleza administrativa que permitan \u00a0el conocimiento de las situaciones que afronta la Administraci\u00f3n P\u00fablica en sus \u00a0distintos niveles y que sirvan como instrumento para el desarrollo de los \u00a0distintos programas de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional, al Consejo \u00a0Acad\u00e9mico Nacional y a las unidades acad\u00e9micas de las sedes territoriales en la \u00a0planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los programas propiciando la generaci\u00f3n, \u00a0innovaci\u00f3n y difusi\u00f3n de teor\u00edas y tecnolog\u00edas mediante la investigaci\u00f3n, la \u00a0docencia, la asesor\u00eda y la capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Recomendar a la Direcci\u00f3n Nacional y al Consejo \u00a0Acad\u00e9mico Nacional los criterios para definir la pol\u00edtica de publicaciones de \u00a0la Escuela, fomentando la producci\u00f3n intelectual y la difusi\u00f3n de sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las acciones tendientes a propiciar \u00a0que la Escuela se constituya en el centro nacional de informaci\u00f3n y difusi\u00f3n de \u00a0las ciencias, tecnolog\u00edas y t\u00e9cnicas concernientes a la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la preparaci\u00f3n, desarrollo, \u00a0seguimiento y evaluaci\u00f3n de los diversos programas curriculares conducentes al \u00a0fortalecimiento de las \u00e1reas del conocimiento propios de la Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica y al desarrollo de habilidades, capacidades y aptitudes para desempe\u00f1os \u00a0profesionales en sus campos de aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la planeaci\u00f3n, desarrollo y \u00a0seguimiento de los programas de capacitaci\u00f3n que habiliten para el ingreso y \u00a0ascenso en la carrera administrativa y en los diferentes sistemas de \u00a0administraci\u00f3n de personal, para un mejor ejercicio de la funci\u00f3n p\u00fablica, de \u00a0acuerdo con la pol\u00edticas definidas por el Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Generar los programas y actividades tendientes \u00a0a que la Escuela cumpla con su funci\u00f3n de \u00f3rgano consultivo, para estudiar y proponer \u00a0soluciones a problemas de desarrollo de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Rendir informe t\u00e9cnico a la Direcci\u00f3n Nacional \u00a0y al Consejo Acad\u00e9mico Nacional sobre la conveniencia y viabilidad de la \u00a0creaci\u00f3n de unidades acad\u00e9micas y los programas curriculares, de capacitaci\u00f3n, \u00a0asesor\u00eda y de investigaci\u00f3n propuestos por las sedes territoriales y los dem\u00e1s \u00a0informes sobres asuntos de su competencia que le sean solicitados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Fomentar el intercambio de conocimientos y experiencias \u00a0con las entidades que desarrollen programas afines a la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le asigne el R\u00e9gimen Acad\u00e9mico, \u00a0el Estatuto de Personal Docente, el Reglamento Estudiantil y dem\u00e1s estatutos y \u00a0reglamentos de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Centro de Programas Curriculares. El \u00a0Centro de Programas Curriculares cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0coordinaci\u00f3n, preparaci\u00f3n, desarrollo, seguimiento y evaluaci\u00f3n de los diversos \u00a0programas curriculares de formaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0preparaci\u00f3n de los informes t\u00e9cnicos que deba presentar a la Direcci\u00f3n Nacional \u00a0y al Consejo Acad\u00e9mico Nacional relacionados con los programas curriculares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar los programas curriculares y darles el \u00a0tr\u00e1mite respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer pautas y orientaciones metodol\u00f3gicas \u00a0para el dise\u00f1o, la administraci\u00f3n y el desarrollo de los programas \u00a0curriculares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer criterios y brindar orientaci\u00f3n para \u00a0la administraci\u00f3n y desarrollo de los programas curriculares de las Sedes \u00a0Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a las Sedes Territoriales en el dise\u00f1o \u00a0y presentaci\u00f3n de propuestas de creaci\u00f3n y modificaci\u00f3n de programas \u00a0curriculares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0determinaci\u00f3n de criterios acad\u00e9micos para la selecci\u00f3n, vinculaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n del personal docente de planta y contratado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asistir a las instancias competentes en el \u00a0proceso de selecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del personal docente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Centro de Investigaci\u00f3n. El Centro de \u00a0Investigaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica y al Consejo \u00a0Acad\u00e9mico Nacional en la determinaci\u00f3n de la pol\u00edtica de investigaciones y \u00a0divulgaci\u00f3n de sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar los proyectos de investigaci\u00f3n que se \u00a0realicen en las Sedes Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0definici\u00f3n de l\u00edneas y programas de investigaci\u00f3n que deba adelantar la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Hacer el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los \u00a0distintos programas de investigaci\u00f3n que se adelanten en las sedes \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a las Sedes Territoriales en el \u00a0desarrollo de sus actividades de investigaci\u00f3n y velar por su calidad t\u00e9cnica y \u00a0cient\u00edfica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0preparaci\u00f3n de los informes t\u00e9cnicos que deba presentar sobre la viabilidad de \u00a0la creaci\u00f3n de unidades de investigaci\u00f3n en las sedes territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las actividades necesarias para la \u00a0vinculaci\u00f3n activa de la Escuela al Sistema Nacional de Ciencia y Tecnolog\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en las \u00a0actividades tendientes a la vinculaci\u00f3n y formaci\u00f3n de investigadores en la \u00a0Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Centro de Capacitaci\u00f3n. El Centro de \u00a0Capacitaci\u00f3n cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0direcci\u00f3n, planeaci\u00f3n, desarrollo y seguimiento de las pol\u00edticas y planes de \u00a0capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar todas las actividades de dise\u00f1o, \u00a0implementaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n para la informaci\u00f3n y difusi\u00f3n de la \u00a0normatividad, las ciencias, tecnolog\u00edas y las t\u00e9cnicas concernientes a la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en el \u00a0dise\u00f1o, formulaci\u00f3n, seguimiento, evaluaci\u00f3n y control de los programas de \u00a0capacitaci\u00f3n que desarrollen las Sedes Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0determinaci\u00f3n de criterios pedag\u00f3gicos y t\u00e9cnicas de capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en el \u00a0proceso de celebraci\u00f3n de convenios para el desarrollo de actividades de \u00a0capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la preparaci\u00f3n \u00a0de informes en materia de capacitaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos de todos los \u00a0\u00f3rdenes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Realizar los estudios y diagn\u00f3sticos sobre los \u00a0requerimientos de capacitaci\u00f3n en las entidades oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la determinaci\u00f3n \u00a0de los criterios para la selecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los docentes y tutores \u00a0vinculados a los programas de capacitaci\u00f3n de las Sedes Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Centro de Asesor\u00eda. El Centro de \u00a0Asesor\u00eda cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica en la \u00a0planeaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de las actividades de asesor\u00eda, en el campo \u00a0cient\u00edfico tecnol\u00f3gico de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar estudios sobre los requerimientos de \u00a0asesor\u00eda en las entidades oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Realizar diagn\u00f3sticos y presentar informes sobre \u00a0los requerimientos de asesor\u00eda de las entidades oficiales que contribuyan al \u00a0dise\u00f1o de programas de capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las actividades necesarias para \u00a0brindar asesor\u00eda a las entidades oficiales en asuntos relativos a la gesti\u00f3n \u00a0p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar a las entidades oficiales y \u00a0organizaciones no gubernamentales en los aspectos relativos a la gesti\u00f3n \u00a0p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fomentar la celebraci\u00f3n de convenios para el \u00a0desarrollo de actividades de asesor\u00eda a las entidades oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Absolver las consultas que efect\u00faen los \u00a0organismos del orden nacional y territorial a trav\u00e9s del servicio del \u00a0Consultorio de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que se le asignen y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Subdirecci\u00f3n Administrativa. La \u00a0Subdirecci\u00f3n Administrativa cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n Nacional en la \u00a0determinaci\u00f3n de planes, programas y estrategias relacionadas con la \u00a0administraci\u00f3n de los recursos humanos, financieros y f\u00edsicos de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de \u00a0los programas administrativos y financieros, en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0dependencias con el fin de garantizar el desarrollo de los planes, programas y \u00a0proyectos de la ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, organizar y evaluar los programas de \u00a0administraci\u00f3n de personal, desarrollo y bienestar de la comunidad \u00a0universitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar y controlar las actividades \u00a0presupuestales, contables y de tesorer\u00eda de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar, coordinar y controlar las actividades \u00a0administrativas relacionadas con el manejo de los bienes, servicios \u00a0administrativos, recursos y publicaciones de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n, el anteproyecto de presupuesto de funcionamiento con sujeci\u00f3n a las \u00a0normas que determine la Direcci\u00f3n General de Presupuesto del Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Expedir los actos de car\u00e1cter administrativo de \u00a0su competencia, de conformidad con los procedimientos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Controlar el registro de los seguros y garant\u00edas \u00a0que amparan los bienes y fondos de la Entidad, y velar por la actualizaci\u00f3n y \u00a0el pago oportuno de las primas correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la correcta y eficaz aplicaci\u00f3n de los \u00a0sistemas financieros de la Entidad, de tal forma que \u00e9stos sean una fuente \u00a0permanente de consulta por parte de la Direcci\u00f3n Nacional para la toma de \u00a0decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Fijar y controlar la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0de adquisici\u00f3n, construcci\u00f3n, conservaci\u00f3n, mantenimiento y dotaci\u00f3n de la \u00a0infraestructura f\u00edsica de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar y controlar las normas y \u00a0procedimientos que permitan un desarrollo administrativo permanente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n a consideraci\u00f3n del Director Nacional, los planes presupuestales, \u00a0financieros y operaciones econ\u00f3micas a desarrollar en la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar estudios y preparar informes \u00a0administrativos y financieros para presentar al Consejo Directivo Nacional y a \u00a0la Direcci\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gestionar la consecuci\u00f3n de los recursos \u00a0financieros que se requieran para la realizaci\u00f3n de los programas de la ESAP y \u00a0velar por la oportuna asignaci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Fijar pol\u00edticas administrativas, financieras y \u00a0contables para el eficiente manejo de los recursos en las sedes territoriales, \u00a0que garanticen su autonom\u00eda operacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar y ejecutar la aplicaci\u00f3n de m\u00e9todos y \u00a0procesos que permitan mejorar la gesti\u00f3n de proveedur\u00eda, inventarios y almac\u00e9n \u00a0al interior de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Preparar los proyectos de normas y \u00a0procedimientos para la adecuada administraci\u00f3n de los recursos administrativos \u00a0y financieros de la ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Vigilar que los ingresos y egresos financieros, \u00a0adquisiciones y contratos de la Entidad se cumplan bajo las normas y t\u00e9rminos \u00a0establecidos, de car\u00e1cter administrativo, contable y fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Divisi\u00f3n de Bienes y Servicios \u00a0Administrativos. La Divisi\u00f3n de Bienes y Servicios Administrativos cumplir\u00e1 con \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Prestar oportunamente los servicios relacionados \u00a0con: vigilancia, aseo, mantenimiento, transporte, cafeter\u00eda, recepci\u00f3n y las \u00a0dem\u00e1s que se requieran para el adecuado funcionamiento de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar las actividades relacionadas con la \u00a0adquisici\u00f3n, almacenamiento, suministro y conservaci\u00f3n de los bienes y \u00a0elementos de consumo de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y ejecutar el programa anual de compras \u00a0de acuerdo con las necesidades de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar y mantener actualizado el registro de \u00a0proveedores de conformidad con las normas y procedimientos sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar y mantener actualizado el inventario de \u00a0bienes muebles e inmuebles y elementos de consumo, de acuerdo con las normas \u00a0sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asegurar y verificar el cumplimiento de las \u00a0normas sobre salud ocupacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a08. Proteger \u00a0y asegurar los bienes muebles e inmuebles de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a010. Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Divisi\u00f3n Financiera. La Divisi\u00f3n \u00a0Financiera cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar propuestas sobre la gesti\u00f3n financiera \u00a0en asuntos de presupuesto, contabilidad, tesorer\u00eda, cartera e inversiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar y coordinar el manejo de los asuntos \u00a0financieros, a nivel central y territorial, de acuerdo con las directrices \u00a0fijadas por la Direcci\u00f3n Nacional y los respectivos Consejos Directivos \u00a0Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por la adecuada utilizaci\u00f3n de los \u00a0recursos financieros de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir la organizaci\u00f3n del sistema financiero \u00a0de la Escuela, a trav\u00e9s del dise\u00f1o de instrucciones y procedimientos que \u00a0permitan la unificaci\u00f3n de criterios en la administraci\u00f3n de los asuntos \u00a0financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer los sistemas de control financiero y \u00a0contable en la Sede Nacional y asesorar en lo pertinente a las sedes \u00a0territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar ante las autoridades competentes los \u00a0informes consolidados de la situaci\u00f3n financiera de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el cumplimiento de las normas legales, \u00a0administrativas y fiscales que enmarcan el manejo financiero y contable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer las medidas sobre la administraci\u00f3n y \u00a0recuperaci\u00f3n de cartera, en concordancia con las normas y procedimientos \u00a0presupuestales aplicables a los diferentes niveles que deban aportar a la \u00a0Escuela, seg\u00fan lo previsto en las normas correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a \u00a0la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Divisi\u00f3n de Personal y Bienestar \u00a0Universitario. La Divisi\u00f3n de Personal y Bienestar Universitario cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Preparar, establecer y garantizar la aplicaci\u00f3n \u00a0de normas y procedimientos sobre reclutamiento, selecci\u00f3n, remuneraci\u00f3n, \u00a0desarrollo, promoci\u00f3n de la capacitaci\u00f3n, as\u00ed como la evaluaci\u00f3n de los \u00a0recursos humanos y el bienestar de la comunidad universitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Efectuar los tr\u00e1mites para el escalafonamiento y \u00a0retiro de la Carrera Administrativa, ante el Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, de los empleados p\u00fablicos de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Oficina de Sistemas e \u00a0Inform\u00e1tica el procesamiento de la informaci\u00f3n necesaria para agilizar y hacer \u00a0m\u00e1s eficiente la administraci\u00f3n de los recursos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar el registro y control del personal \u00a0administrativo y docente de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los proyectos de actos administrativos relacionados \u00a0con las situaciones administrativas del personal administrativo y docente de la \u00a0Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejecutar las actividades relacionadas con el \u00a0registro y control del personal de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a las Direcciones Territoriales en los \u00a0aspectos referentes a la Administraci\u00f3n y desarrollo del Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar la liquidaci\u00f3n de prestaciones sociales \u00a0de los funcionarios de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impulsar y coordinar las actividades para crear \u00a0y mantener un clima de participaci\u00f3n y de valoraci\u00f3n de los aspectos humanos, \u00a0culturales y sociales de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las investigaciones requeridas para \u00a0detectar las necesidades o intereses de funcionarios y estudiantes con el fin \u00a0de promover, organizar y adelantar los programas y servicios integrales de \u00a0salud, de bienestar y capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Orientar y Coordinar el funcionamiento de \u00a0cafeter\u00eda, espacios y escenarios culturales y deportivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener comunicaci\u00f3n permanente con los dem\u00e1s \u00a0organismos p\u00fablicos que adelanten programas de bienestar y capacitaci\u00f3n, con el \u00a0fin de hacerlos extensivos a los funcionarios y estudiantes de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Divisi\u00f3n de Recursos Educativos. La \u00a0Divisi\u00f3n de Recursos Educativos cumplir\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar y facilitar el proceso de ense\u00f1anza\u2011aprendizaje \u00a0mediante la adecuada administraci\u00f3n de recursos y el oportuno suministro de \u00a0materiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Diagramar, editar y publicar de conformidad con \u00a0las pol\u00edticas definidas por el Consejo Acad\u00e9mico Nacional, el material de apoyo \u00a0did\u00e1ctico, cient\u00edfico e informativo para las diferentes dependencias de la \u00a0Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Manejar y mantener a disposici\u00f3n de las \u00a0diferentes dependencias de la Escuela, los equipos, aparatos y materiales seg\u00fan \u00a0requerimientos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Programar y desarrollar, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0personal docente y administrativo de la Entidad, el sistema de ayudas \u00a0convenientes para la realizaci\u00f3n de c\u00e1tedras, conferencias, seminarios y dem\u00e1s eventos \u00a0de car\u00e1cter institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Facilitar y controlar el uso y manejo del equipo \u00a0audiovisual y dem\u00e1s implementos necesarios para la elaboraci\u00f3n de los trabajos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Colaborar con el Centro de Publicaciones y la \u00a0Oficina de Relaciones Internacionales y Comunicaciones en la preparaci\u00f3n de \u00a0manuales, libros, revistas, videos y dem\u00e1s publicaciones necesarias en la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Prestar los servicios de biblioteca y de \u00a0documentaci\u00f3n como soporte a las actividades de la comunidad universitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer de conformidad con las pol\u00edticas \u00a0definidas por el Consejo Acad\u00e9mico Nacional, el programa de publicaciones de \u00a0car\u00e1cter cient\u00edfico, docente e investigativo sobre temas que conciernen a la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Prestar el servicio de publicaciones para el \u00a0desarrollo de las actividades administrativas y acad\u00e9micas de la ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones que se le asignen, de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n. La \u00a0Comisi\u00f3n de Personal, el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno cumplir\u00e1n \u00a0las funciones se\u00f1aladas en las normas vigentes sobre las materias. Los Consejos \u00a0de Facultad e Instituto cumplir\u00e1n las funciones que les se\u00f1alen las normas \u00a0estatutarias y reglamentarias en especial el R\u00e9gimen Acad\u00e9mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>NIVEL TERRITORIAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Consejos Directivos Territoriales. Los \u00a0Consejos Directivos Territoriales cumplir\u00e1n las funciones se\u00f1aladas en el \u00a0Estatuto Interno de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Direcciones Territoriales. Las \u00a0Direcciones Territoriales cumplir\u00e1n las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y ejecutar los programas \u00a0acad\u00e9micos de pregrado y posgrado, los de asesor\u00eda y capacitaci\u00f3n y los de \u00a0investigaci\u00f3n a desarrollarse en la respectiva regi\u00f3n aprobados por el Consejo \u00a0Directivo Nacional, de acuerdo con las pol\u00edticas y lineamientos de la Direcci\u00f3n \u00a0Nacional y la Subdirecci\u00f3n Acad\u00e9mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el funcionamiento de los Centros \u00a0Territoriales de Administraci\u00f3n P\u00fablica, CETAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer las funciones de coordinaci\u00f3n acad\u00e9mica \u00a0y administrativa, de conformidad con las disposiciones legales, estatutarias y \u00a0reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Expedir los certificados que otorgue la ESAP en \u00a0la respectiva regi\u00f3n, en cumplimiento de los programas acad\u00e9micos, de \u00a0capacitaci\u00f3n y asesor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Contratar, contraer obligaciones y ordenar \u00a0gastos con cargo al presupuesto de la ESAP, conforme a la Ley, los Estatutos, \u00a0los Acuerdos del Consejo Directivo y las Resoluciones del Director, dentro de \u00a0los l\u00edmites de la delegaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar a la Direcci\u00f3n Nacional, Subdirecci\u00f3n \u00a0Acad\u00e9mica y al Consejo Acad\u00e9mico Territorial los informes que les sean \u00a0solicitados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar, proponer y coordinar con el Consejo \u00a0Acad\u00e9mico Territorial, de acuerdo con las pol\u00edticas trazadas por el Consejo \u00a0Acad\u00e9mico Nacional, los programas de investigaci\u00f3n, docencia y extensi\u00f3n \u00a0acad\u00e9mica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer las relaciones y convenios necesarios \u00a0con las entidades de los niveles nacional, departamental, regional, distrital y \u00a0municipal, Organizaciones no Gubernamentales e Instituciones educativas del \u00a0sector, previa aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo Nacional, a fin de coordinar \u00a0con las entidades correspondientes los programas de la ESAP y propender por su \u00a0difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Servir de apoyo a los dem\u00e1s programas que \u00a0realice la ESAP en la Sede Territorial respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Recaudar, dentro de la regi\u00f3n, los aportes y \u00a0otros ingresos que por distintos conceptos deba recibir la ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Consejos Acad\u00e9micos Territoriales. Los \u00a0Consejos Acad\u00e9micos Territoriales cumplir\u00e1n las funciones se\u00f1aladas en el \u00a0Estatuto Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Facultades, Departamentos, \u00e1reas, \u00a0programas e institutos. Las diferentes facultades, departamentos, \u00e1reas, \u00a0programas e institutos cumplir\u00e1n las funciones que les se\u00f1ale el R\u00e9gimen \u00a0Acad\u00e9mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Funciones de los Cetap. Los Cetap \u00a0cumplir\u00e1s las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Apoyar los programas institucionales de \u00a0formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, difusi\u00f3n y extensi\u00f3n de las Sedes Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar las labores de difusi\u00f3n en la \u00a0jurisdicci\u00f3n de la Sede respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Apoyar a las autoridades regionales, locales y a \u00a0la comunidad como centro de comunicaci\u00f3n e informaci\u00f3n en torno de los planes, \u00a0proyectos y programas acad\u00e9micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Apoyar la defensa del patrimonio cultural, \u00a0regional y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer a trav\u00e9s de la Direcci\u00f3n Territorial al \u00a0Consejo Directivo Territorial y al Consejo Acad\u00e9mico Territorial los planes de \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas acad\u00e9micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender consultas y asesor\u00edas de gesti\u00f3n a las \u00a0Entidades Territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar los proyectos de capacitaci\u00f3n con las \u00a0Entidades de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que correspondan a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES VARIAS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Transitorio. Hasta tanto se adopte la \u00a0nueva planta de personal continuar\u00e1 vigente la anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. El presente acuerdo rige partir de la \u00a0fecha de publicaci\u00f3n del Decreto de aprobaci\u00f3n expedido por el Gobierno \u00a0Nacional y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a los 30 de enero \u00a0de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0(Fdo.) Eduardo Gonz\u00e1lez Montoya. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0(Fdo.) Rodrigo Avalos Ospina.\u00bb \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2. El presente decreto rige a partir de la \u00a0fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 2 de febrero de \u00a01995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Gobierno de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, Delegatario de las Funciones Presidenciales, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0HORACIO SERPA URIBE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 \u00a0Eduardo Gonz\u00e1lez Montoya. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a0244 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (febrero 2) \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 03 del 30 de enero de 1995 del Consejo \u00a0Directivo Nacional de la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica-ESAP-mediante \u00a0el cual se adopta su estructura interna. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el \u00a0Decreto 523 de 2000, \u00a0art\u00edculo 39. 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