{"id":25161,"date":"2023-07-13T18:26:36","date_gmt":"2023-07-13T18:26:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-391-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:36","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:36","slug":"decreto-391-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-391-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 391 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 391 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se modifica la \u00a0composici\u00f3n del Consejo Asesor de la Superintendencia de Sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: \u00a0Modificado por el Decreto 568 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que \u00a0le confieren el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y el Decreto 2155 de 1992, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 34 del Decreto 2155 del 30 de diciembre de \u00a01942 consagra la existencia del Consejo Asesor de \u00a0la Superintendencia de Sociedades, correspondi\u00e9ndole al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica la facultad de establecer su composici\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que uno de los fines del Estado \u00a0plasmados en el art\u00edculo 2\u00ba de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, es el de \u00a0facilitar la participaci\u00f3n de todos en las decisiones que los afecten y en la \u00a0vida econ\u00f3mica, pol\u00edtica, administrativa y cultural de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Consejo mencionado, dadas \u00a0las funciones que a \u00e9l le corresponden, es un instrumento adecuado para hacer \u00a0posible la participaci\u00f3n de las entidades objeto de la actividad de la \u00a0Superintendencia se\u00f1alada, en la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas de la misma, \u00a0por lo cual se hace necesario que su composici\u00f3n le permita una estructura que \u00a0consulte el referido fin, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1o. Modificado por el Decreto 568 de 1995, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Composici\u00f3n. El Consejo Asesor de la Superintendencia de \u00a0Sociedades estar\u00e1 conformado por trece (13) miembros principales con sus \u00a0respectivos suplentes, as\u00ed: El Ministro de Desarrollo Econ\u00f3mico o su delegado, \u00a0quien lo presidir\u00e1: el Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o su delegado, \u00a0(tres) representantes del sector manufacturero, dos (2) representantes del \u00a0sector comercio, un (1) representante del sector agropecuario, un (1) \u00a0representante del sector de la construcci\u00f3n, un (1) representante del sector transporte, \u00a0un (1) representante del sector de las comunicaciones, un (1) representante del \u00a0sector de minas y un (1) representante del sector de servicios empresariales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u00a0\u201cComposici\u00f3n. El Consejo Asesor de la \u00a0Superintendencia de Sociedades estar\u00e1 conformado por doce (12) miembros \u00a0principales, con sus respectivos suplentes, as\u00ed: El Ministro de Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico o su delegado, tres (3) representantes del sector manufacturero, dos \u00a0(2) representantes del sector comercio, un (1) representante del sector \u00a0agropecuario, un (1) representante del sector de la construcci\u00f3n, un (1) \u00a0representante del sector transpone, un (1) representante del sector de las \u00a0comunicaciones, un (1) representante del sector de minas y un (1) representante \u00a0del sector de servicios empresariales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2o. Designaci\u00f3n. Los \u00a0representantes del sector manufacturero ser\u00e1n designados, dos por la Asociaci\u00f3n \u00a0Nacional de Industriales y uno por la Asociaci\u00f3n Colombiana Popular de \u00a0Industriales; los del sector comercio, por la Federaci\u00f3n Nacional de \u00a0Comerciantes; y del sector agropecuario, por la Sociedad de Agricultores de \u00a0Colombia; y del sector de la construcci\u00f3n, por la C\u00e1mara Colombiana de la \u00a0Construcci\u00f3n; y del sector de transporte, por la Federaci\u00f3n Colombiana de \u00a0Transportadores de Carga por Carretera; y del sector de las comunicaciones, por \u00a0la Asociaci\u00f3n Nacional de Medios de Comunicaci\u00f3n; y del sector de minas, por la \u00a0C\u00e1mara Colombiana de Servicios Petroleros y el del sector de servicios \u00a0empresariales, por el Ministro de Desarrollo Econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3o. Per\u00edodo. Los miembros \u00a0del Consejo Asesor ser\u00e1n designados para per\u00edodos de un (1) a\u00f1o que empezar\u00e1n a \u00a0contarse a partir del 1\u00b0 de enero, pero la designaci\u00f3n correspondiente \u00a0podr\u00e1 prorrogarse hasta por dos per\u00edodos m\u00e1s. Para tal fin, antes del 31 de \u00a0diciembre de cada a\u00f1o, las entidades mencionadas en el art\u00edculo precedente, \u00a0deber\u00e1n comunicar al Superintendente de Sociedades el nombre o nombres de las \u00a0personas designadas como representantes de los sectores se\u00f1alados y el de sus \u00a0respectivos suplentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el mismo t\u00e9rmino, el Ministro \u00a0de Desarrollo Econ\u00f3mico har\u00e1 la designaci\u00f3n que a \u00e9l le corresponde y la cual \u00a0deber\u00e1 poner en conocimiento del Superintendente de Sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para el per\u00edodo \u00a0correspondiente al a\u00f1o 1995, la designaci\u00f3n de los miembros del Consejo Asesor, \u00a0deber\u00e1 hacerse dentro de los 15 d\u00edas siguientes a la entrada en vigencia del \u00a0presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Ver modificaci\u00f3n del Decreto 568 de 1995, \u00a0art\u00edculo 2\u00ba. Reuniones. El Consejo Asesor se reunir\u00e1 por lo menos una vez \u00a0cada semestre por citaci\u00f3n del Superintendente de Sociedades y podr\u00e1 deliberar \u00a0con la presencia de por lo menos siete (7) miembros. Ser\u00e1 presidido por el Superintendente \u00a0de Sociedades y actuar\u00e1 como secretario un funcionario de la Superintendencia \u00a0del nivel directivo o asesor designado por el Superintendente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5o. Funciones. El Consejo \u00a0Asesor formular\u00e1 al Superintendente de Sociedades las recomendaciones o \u00a0conceptos relativos a los asuntos indicados en el art\u00edculo 34 del Decreto 2155 de 1992, \u00a0pero aquellas o \u00e9stos no son de forzoso cumplimiento. Tanto unas como otros \u00a0constar\u00e1n en actas firmadas por el Presidente y Secretario de la reuni\u00f3n, que \u00a0se mantendr\u00e1n y conservar\u00e1n en las oficinas de la Superintendencia de \u00a0Sociedades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Lo consignado en las \u00a0mencionadas actas no se podr\u00e1 divulgar o publicar mientras no se adopte por el \u00a0Superintendente la respectiva decisi\u00f3n, salvo que se trate de asuntos sujetos a \u00a0reserva seg\u00fan la Constituci\u00f3n o la ley, caso en el cual mantendr\u00e1 tal car\u00e1cter. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6o. Condiciones de los \u00a0miembros. Los miembros del Consejo Asesor, no se considerar\u00e1n por esa \u00a0circunstancia, como servidores p\u00fablicos, sino que sus actuaciones en las \u00a0reuniones correspondientes, se considerar\u00e1n hechas en inter\u00e9s del sector que \u00a0representan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7o. Vigencia. El presente \u00a0Decreto rige a partir de la fecha de su promulgaci\u00f3n y deroga el Decreto 2020 del 11 de octubre de \u00a01993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>P\u00fabliquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a \u00a027 de febrero de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Rodrigo Mar\u00edn Bernal. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 391 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (febrero 27) \u00a0 \u00a0 por el cual se modifica la \u00a0composici\u00f3n del Consejo Asesor de la Superintendencia de Sociedades. \u00a0 \u00a0 Nota: \u00a0Modificado por el Decreto 568 de 1995. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica, en \u00a0ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-25161","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1995"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25161","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25161"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25161\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25161"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25161"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25161"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}