{"id":25172,"date":"2023-07-13T18:26:36","date_gmt":"2023-07-13T18:26:36","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-431-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:36","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:36","slug":"decreto-431-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-431-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 431 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO \u00a0431 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(marzo 7) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se reglamenta la Polic\u00eda C\u00edvica \u00a0en la modalidad de voluntarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Ver Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado por \u00a0el Decreto 1503 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0uso de las facultades que le confiere el art\u00edculo 189 numeral 11 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y el art\u00edculo 6\u00ba del Decreto 355 de 1994, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Generalidades \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Definici\u00f3n. La Polic\u00eda C\u00edvica en \u00a0la modalidad de voluntarios, es un cuerpo no armado de car\u00e1cter civil, sin \u00a0\u00e1nimo de lucro constituido con el objeto de prestar servicio de apoyo para el \u00a0cumplimiento de las misiones espec\u00edficas de la Polic\u00eda Nacional y con el \u00a0prop\u00f3sito de fortalecer las relaciones Polic\u00eda\u2011Comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Clasificaci\u00f3n. La Polic\u00eda C\u00edvica \u00a0en la modalidad de voluntarios se clasifica en: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Funciones. Son funciones de la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica de Mayores, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 3\u00ba del Decreto 355 de 1994, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Servir de organismo de enlace entre la \u00a0Polic\u00eda y la comunidad y dem\u00e1s instituciones oficiales y privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender y ejecutar la pol\u00edtica de \u00a0acercamiento y solidaridad Polic\u00eda\u2011Comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en los planes y programas del \u00a0gobierno y de la Polic\u00eda Nacional relacionados con la Polic\u00eda C\u00edvica y \u00a0contribuir a su cumplida ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar planes y programas encaminados \u00a0a obtener la disciplina social de la comunidad a trav\u00e9s de las organizaciones \u00a0c\u00edvicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estructurar propuestas para la elaboraci\u00f3n \u00a0y ejecuci\u00f3n de campa\u00f1as internas y externas sobre actividades c\u00edvico\u2011policiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener contacto permanente con las dem\u00e1s \u00a0organizaciones de car\u00e1cter c\u00edvico, con miras a obtener la integraci\u00f3n y \u00a0unificaci\u00f3n de objetivos en beneficio de la Polic\u00eda Nacional y de la comunidad \u00a0en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer acciones de trabajo y \u00a0coordinaci\u00f3n entre las diferentes instituciones gubernamentales y particulares \u00a0que se relacionen con la participaci\u00f3n comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. apoyar y propender por el fortalecimiento de \u00a0la Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil y fomentar su creaci\u00f3n en las regiones donde no \u00a0exista. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Suministrar tambi\u00e9n informaci\u00f3n a la \u00a0Polic\u00eda Nacional, en los siguientes aspectos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Personas y veh\u00edculos sospechosos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) sitios de venta, consumo y distribuci\u00f3n de \u00a0estupefacientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Control al expendio de bebidas \u00a0embriagantes a menores de edad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Actividades ilegales o irreglamentarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Porte ilegal de armas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Colaborar con la acci\u00f3n de la Polic\u00eda \u00a0Nacional para la aprehensi\u00f3n de personas sorprendidas en flagrancia de delito o \u00a0de contravenci\u00f3n de las normas, para ponerlas a disposici\u00f3n de la autoridad \u00a0competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coadyuvar con el sistema Nacional, \u00a0Departamental y Municipal de participaci\u00f3n ciudadana, con el objeto de fortalecer \u00a0las relaciones Polic\u00eda\u2011Comunidad y, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Todas aquellas que tengan relaci\u00f3n con \u00a0los objetivos trazados y con sujeci\u00f3n al presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Funciones. Son funciones de la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil, adem\u00e1s de las establecidas en el art\u00edculo 3\u00ba del Decreto 355 de 1994, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Fomentar las buenas relaciones de la \u00a0Polic\u00eda con la juventud y la comunidad en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Colaborar en la ejecuci\u00f3n de programas de \u00a0car\u00e1cter preventivo, educativo, social, de protecci\u00f3n a la mujer, al anciano y \u00a0al ni\u00f1o desamparado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Cooperar con las autoridades de polic\u00eda, \u00a0realizar eventos recreativos, sanitarios, ecol\u00f3gicos, culturales de \u00a0embellecimiento y ornato p\u00fablico y dem\u00e1s que requiera la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Contribuir al desarrollo de campa\u00f1as que \u00a0fortalezcan la imagen de la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Colaborar con la Polic\u00eda Nacional en \u00a0actividades comunitarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Colaborar con la Polic\u00eda Nacional en \u00a0eventos extraordinarios y calamidades p\u00fablicas siempre y cuando dichas \u00a0actividades no conlleven riesgo alguno de su vida e integridad personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar campa\u00f1as c\u00edvicas contra la \u00a0f\u00e1rmaco\u2011dependencia y delincuencia juvenil y adem\u00e1s, de respeto a los \u00a0s\u00edmbolos patrios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Todas aquellas que tengan relaci\u00f3n con los \u00a0objetivos trazados y con sujeci\u00f3n al presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Domicilio. Para efectos de \u00a0funcionamiento, el domicilio de la Polic\u00eda C\u00edvica ser\u00e1 el de la Unidad de \u00a0Polic\u00eda a la cual est\u00e9 adscrita. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dependencia, Organizacion y Funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Dependencia. La Polic\u00eda C\u00edvica \u00a0en la modalidad de voluntarios depender\u00e1 de la Participaci\u00f3n Comunitaria de la Polic\u00eda \u00a0Nacional, a trav\u00e9s de la Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de Participaci\u00f3n Ciudadana, \u00a0que cumplir\u00e1 las funciones establecidas en el art\u00edculo 21 del Decreto 2203 de 1993, \u00a0o normas que lo modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Organizaci\u00f3n. Para su \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento la Polic\u00eda C\u00edvica tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de \u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Coordinaci\u00f3n Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Comandos de Departamento de Polic\u00eda y \u00a0Polic\u00edas Metropolitanas. 2.1 Coordinaci\u00f3n Departamental de Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Coordinaci\u00f3n Local de Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Coordinaci\u00f3n Nacional de Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica. A nivel nacional la Polic\u00eda C\u00edvica, contar\u00e1 con una coordinaci\u00f3n \u00a0integrada as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Director de Participaci\u00f3n Comunitaria, \u00a0quien la preside. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Jefe de la Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica y \u00a0participaci\u00f3n ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Tres (3) Comandantes de Departamento de \u00a0Polic\u00eda o Polic\u00eda Metropolitana en representaci\u00f3n de los mismos, designados por \u00a0el Director de Participaci\u00f3n Comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los Coordinadores de Polic\u00eda C\u00edvica de \u00a0cada Departamento de Polic\u00eda o Polic\u00eda Metropolitana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. Funciones. Son funciones de la \u00a0Coordinaci\u00f3n Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar las actividades de la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica en orden a lograr los objetivos se\u00f1alados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar porque las relaciones entre los miembros \u00a0de la Polic\u00eda C\u00edvica, se desarrollen en un ambiente de solidaridad, respeto \u00a0mutuo y cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Designar los delegados que deban \u00a0representar a la Polic\u00eda C\u00edvica, en encuentros nacionales relacionados con su \u00a0actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Propiciar la creaci\u00f3n de publicaciones y \u00a0la difusi\u00f3n de programas radiales o televisados que sirvan como \u00f3rganos de \u00a0expresi\u00f3n de la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que por su naturaleza le \u00a0correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Los Comandantes de Departamento \u00a0de Polic\u00eda y Polic\u00edas Matropolitanas, ser\u00e1n los responsables ante la Direcci\u00f3n \u00a0de Participaci\u00f3n Comunitaria de la direcci\u00f3n, funcionamiento y disciplina de la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores y juvenil en sus respectivas jurisdicciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. En los Departamentos de Polic\u00eda \u00a0y Polic\u00edas Metropolitanas, los Comandantes designar\u00e1n a un oficial superior, \u00a0como coordinador de las actividades de Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores y Juvenil, \u00a0quien tendr\u00e1 la misi\u00f3n de llevar las hojas de vida de los integrantes de \u00e9stas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. La Polic\u00eda C\u00edvica de mayores \u00a0para efectos de control y direcci\u00f3n funcionar\u00e1 preferencialmente en las \u00a0capitales de los departamentos de Polic\u00eda y Polic\u00edas Metropolitanas y en \u00a0aquellas ciudades donde las circunstancias lo permitan, previo concepto de la \u00a0Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria, a solicitud de los respectivos \u00a0Comandantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Coordinaci\u00f3n Departamental de \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica. Para efectos de funcionamiento en los Departamentos de Polic\u00eda \u00a0y Polic\u00edas Metropolitanas, se organizar\u00e1 una coordinaci\u00f3n integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Comandante del Departamento de Polic\u00eda \u00a0o Polic\u00eda Metropolitana, quien la presida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El oficial coordinador de la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Coordinador Departamental de Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones. Son funciones de la \u00a0Coordinaci\u00f3n Departamental de la Polic\u00eda C\u00edvica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y controlar el funcionamiento de \u00a0la Polic\u00eda C\u00edvica en su jurisdicci\u00f3n de acuerdo con los lineamientos de la \u00a0Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar el cumplimiento de la misi\u00f3n y \u00a0objetivos de la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y coordinar cursos de \u00a0entrenamiento, actualizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n para los miembros de la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica que conlleven al mejor desempe\u00f1o y cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar, coordinar y realizar el Congreso \u00a0Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica en su respectiva sede cuando haya sido designada \u00a0para ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le asigne la Coordinaci\u00f3n \u00a0Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Funciones del Coordinador \u00a0Departamental de Polic\u00eda C\u00edvica. Son funciones propias del cargo de Coordinador \u00a0Departamental de Polic\u00eda C\u00edvica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar protocolariamente a la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica en todos los actos p\u00fablicos y privados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir a las reuniones de la Coordinaci\u00f3n \u00a0Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica cuando fuere convocado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por la eficiente coordinaci\u00f3n y el \u00a0cumplimiento de las disposiciones e instrucciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Participaci\u00f3n Comunitaria y la Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de Participaci\u00f3n \u00a0Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Rendir informes peri\u00f3dicos de actividades \u00a0a la Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de Participaci\u00f3n Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la \u00a0Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria o la Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de \u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Convocatoria. El Director de \u00a0participaci\u00f3n Comunitaria podr\u00e1 convocar a los Coordinadores Departamentales de \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica, para tratar asuntos relacionados con la buena marcha de la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica, y\/o organizar el Congreso Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica o cuando \u00a0las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Coordinaci\u00f3n Local de Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica. Para efectos de funcionamiento a nivel Estaci\u00f3n de Polic\u00eda, se \u00a0organizar\u00e1 una Coordinaci\u00f3n integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Comandante de Estaci\u00f3n de Polic\u00eda, \u00a0quien la preside. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Jefe de Participaci\u00f3n Comunitaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Coordinador Local de Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo: En las Estaciones de Polic\u00eda de \u00a0las Polic\u00edas Metropolitanas donde haya Polic\u00eda C\u00edvica, \u00e9stas se considerar\u00e1n \u00a0como Polic\u00edas C\u00edvicas Locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones. Son funciones de la Coordinaci\u00f3n \u00a0Local de Polic\u00eda C\u00edvica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar, dirigir y controlar el \u00a0funcionamiento de la Polic\u00eda C\u00edvica en su jurisdicci\u00f3n, de acuerdo con los \u00a0lineamientos de la Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria y de la Divisi\u00f3n de \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica de Participaci\u00f3n Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar el cumplimiento de la misi\u00f3n y \u00a0objetivos de la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y coordinar cursos de \u00a0entrenamiento, actualizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n para los miembros de la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica que conlleven al mejor desempe\u00f1o y cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por el \u00a0Comando de Departamento de Polic\u00eda o Polic\u00eda Metropolitana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Funciones del Coordinador Local \u00a0de Polic\u00eda C\u00edvica. Son funciones propias del Coordinador Local de Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar protocolariamente a la Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica en todos los actos p\u00fablicos y privados en su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la eficiente coordinaci\u00f3n y \u00a0cumplimiento de las disposiciones e instrucciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Participaci\u00f3n Comunitaria y la divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de Participaci\u00f3n \u00a0Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Rendir informes peri\u00f3dicos de actividades \u00a0a la Coordinaci\u00f3n Departamental de Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las dem\u00e1s que le sean asignadas por la \u00a0Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria o Divisi\u00f3n de Polic\u00eda C\u00edvica de \u00a0Participaci\u00f3n Ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Definici\u00f3n. La Polic\u00eda C\u00edvica de \u00a0Mayores est\u00e1 constituida por personas muy representativas de la sociedad, con gran \u00a0solvencia moral, iniciativa, solidaridad, esp\u00edritu c\u00edvico, compromiso y \u00a0especial afecto por la Polic\u00eda Nacional y que deseen apoyarla en las misiones \u00a0espec\u00edficas establecidas en este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Miembros. Podr\u00e1n ser miembros de \u00a0la Polic\u00eda C\u00edvica, las personas residentes en el pa\u00eds que con amplia solvencia \u00a0moral, motivadas por un alto sentido c\u00edvico y afecto por la Polic\u00eda Nacional, \u00a0en forma voluntaria soliciten pertenecer a ella, previo cumplimiento de los \u00a0requisitos exigidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Clasificaci\u00f3n. Los miembros de \u00a0la Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores se clasifican en: Polic\u00edas C\u00edvicos Honorarios, \u00a0Polic\u00edas C\u00edvicos Activos y Polic\u00edas C\u00edvicos Especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Polic\u00edas C\u00edvicos Honorarios. Podr\u00e1n \u00a0acceder a tal distinci\u00f3n las personas que desempe\u00f1an los cargos de Gobernador, \u00a0Alcalde, Presidente del Tribunal Superior, Procurador Regional, Miembros de los \u00a0Gabinetes Departamental, Municipal o Distrital e igualmente aquellas que se \u00a0destaquen por su participaci\u00f3n y su afecto a la Polic\u00eda Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Polic\u00edas C\u00edvicos Activos. Personas \u00a0nacionales o extranjeras residentes legalmente en el territorio nacional, \u00a0vinculadas a la entidad de acuerdo con lo establecido en el presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Polic\u00edas C\u00edvicos Especiales. Aquellas \u00a0personas que por sus actividades no pueden cumplir funciones de miembro activo, \u00a0pero que prestan eminentes servicios a la comunidad o colaboran de manera \u00a0especial con el desarrollo de la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 22: Ver art\u00edculo 2.5.5.3.11. del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Requisitos. El aspirante a \u00a0ingresar a la Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores deber\u00e1 cumplir los siguientes \u00a0requisitos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ser colombiano de nacimiento o extranjero \u00a0residente legalmente en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ser mayor de dieciocho (18) a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. No registrar antecedentes penales, de \u00a0polic\u00eda, o disciplinarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ser propuesto por un Oficial de Polic\u00eda o \u00a0Polic\u00eda C\u00edvico como aspirante, mediante solicitud motivada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Aprobar el estudio de seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Certificado de Polic\u00eda Judicial Nacional \u00a0actualizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Entrevista personal con el Comandante de \u00a0Departamento de Polic\u00eda o Polic\u00eda Metropolitana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar y aprobar el curso \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. El Oficial de Polic\u00eda o Polic\u00eda \u00a0C\u00edvico que proponga un aspirante a Polic\u00eda C\u00edvico responder\u00e1 por su solvencia \u00a0moral y dem\u00e1s requisitos exigidos en el presente art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. Cumplidos los requisitos \u00a0anteriores, la solicitud ser\u00e1 estudiada por el Comandante de Departamento de \u00a0Polic\u00eda o Polic\u00eda Metropolitana. Una vez aceptada, deber\u00e1 enviarse para su \u00a0visto bueno a la Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria, con la documentaci\u00f3n \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00ba. Dentro de los sesenta (60) d\u00edas \u00a0siguientes, el Polic\u00eda C\u00edvico aceptado tendr\u00e1 la obligaci\u00f3n de aportar los \u00a0medios necesarios para el servicio tales como radio, uniformes, insignias y \u00a0distintivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Vinculaci\u00f3n. El ingreso a la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica es voluntario y la Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria tiene \u00a0la facultad discrecional de vincular sus miembros entre aquellos que re\u00fanan los \u00a0requisitos exigidos por este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Responsabilidades. Los miembros \u00a0de la Polic\u00eda C\u00edvica tendr\u00e1n las siguientes responsabilidades: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en las actividades propias de \u00a0la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Cumplir y hacer cumplir lo ordenado en el \u00a0presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Hacer uso correcto de los bienes y \u00a0servicios de la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Utilizar el radio exclusivamente para las \u00a0comunicaciones de apoyo al servicio o la funci\u00f3n policial. En ning\u00fan caso para \u00a0la transmisi\u00f3n o recepci\u00f3n de informaciones de tipo comercial, pol\u00edtico o \u00a0religioso. En todo momento deben observarse las normas expedidas por el \u00a0Ministerio de Comunicaciones sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Desvinculaci\u00f3n. La \u00a0desvinculaci\u00f3n de un miembro de la Polic\u00eda C\u00edvica es competencia de la \u00a0Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria, por facultad discrecional. Igualmente \u00a0se aplicar\u00e1 esta medida por incurrir en las causales de que trata el art\u00edculo \u00a027 del presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Polic\u00eda C\u00edvico desvinculado, no \u00a0podr\u00e1 reincorporarse a ning\u00fan cuerpo de Polic\u00eda C\u00edvica en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Causales de Desvinculaci\u00f3n. \u00a0Dar\u00e1n lugar a la desvinculaci\u00f3n de la Polic\u00eda C\u00edvica las siguientes causales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Violaci\u00f3n del presente Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Violaci\u00f3n de toda norma de car\u00e1cter \u00a0general o especial, incluidas las que rigen el decoro, la solidaridad, la \u00e9tica \u00a0profesional y las buenas costumbres. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Violar la reserva profesional cuando se \u00a0trate de asuntos que as\u00ed lo exijan y que lleguen al conocimiento del Polic\u00eda \u00a0C\u00edvico por raz\u00f3n del servicio o funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ocasionar perjuicios de cualquier \u00edndole a \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar actos que lesionen la unidad o \u00a0solidaridad que debe imperar en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proferir ofensas a la dignidad que implica \u00a0el ejercicio de Polic\u00eda C\u00edvico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Perturbar el orden p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asumir vocer\u00eda o representaci\u00f3n de la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica sin estar expresamente autorizado para ello por las directivas \u00a0de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Cobrar o recibir dineros o especies por \u00a0concepto de servicios prestados en ejercicio de funciones como Polic\u00eda C\u00edvico o \u00a0derivadas de ella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Utilizar el carn\u00e9 y dem\u00e1s elementos del \u00a0servicio para fines lucrativos en favor personal o de terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. La vinculaci\u00f3n y desvinculaci\u00f3n \u00a0de los miembros de la Polic\u00eda C\u00edvica la realiza la Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n \u00a0Comunitaria, una vez haya recibido el respectivo Comandante de Departamento o \u00a0Polic\u00eda Metropolitana, la documentaci\u00f3n y el concepto correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Retiro Voluntario. El Polic\u00eda \u00a0C\u00edvico que decida voluntariamente retirarse de la entidad, lo har\u00e1 mediante \u00a0oficio dirigido al Comandante de Departamento de Polic\u00eda o Polic\u00eda \u00a0Metropolitana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El Director de Participaci\u00f3n \u00a0Comunitaria, estudiar\u00e1 la condiciones de reingreso de los miembros que se hayan \u00a0retirado por su propia voluntad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Devoluci\u00f3n Elementos. El miembro \u00a0de la Polic\u00eda C\u00edvica desvinculado o retirado voluntariamente de la Instituci\u00f3n, \u00a0har\u00e1 entrega de uniformes, insignias, distintivos, radio y carn\u00e9 dentro de los ocho \u00a0(8) d\u00edas siguientes a la notificaci\u00f3n de la novedad, para ello se evaluar\u00e1 y se \u00a0le reintegrar\u00e1 el valor correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Polic\u00cda C\u00edvica Juvenil \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Definici\u00f3n. La Polic\u00eda C\u00edvica \u00a0Juvenil hace parte de la Polic\u00eda C\u00edvica, se encarga de apoyar las funciones \u00a0preventiva, educativa y social que cumple la Polic\u00eda Nacional relacionadas con \u00a0la poblaci\u00f3n infantil y juvenil residente en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El objeto fundamental de la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil es crear en la conciencia del futuro ciudadano la noci\u00f3n \u00a0de respeto por los derechos ajenos, la defensa de los suyos, acrecentar el \u00a0esp\u00edritu c\u00edvico y consolidar sentimientos de solidaridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Miembros. La Polic\u00eda C\u00edvica \u00a0Juvenil estar\u00e1 constituida por j\u00f3venes nacionales o extranjeros residentes \u00a0legalmente en el territorio nacional, de excelentes condiciones morales y \u00a0sociales y deseo de servir a la comunidad, cuyo ingreso ser\u00e1 voluntario y su \u00a0nombramiento se har\u00e1 a trav\u00e9s del Comando de Departamento de Polic\u00eda o Polic\u00eda \u00a0Metropolitana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Administraci\u00f3n y Funcionamiento. \u00a0Para efectos de administraci\u00f3n y funcionamiento la Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil \u00a0depender\u00e1 del Comando de Departamento de Polic\u00eda, Polic\u00eda Metropolitana y\/o \u00a0Estaci\u00f3n de Polic\u00eda a la cual pertenezca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Requisitos. Son requisitos para \u00a0ingreso a la Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ser colombiano de nacimiento o extranjero \u00a0residente legalmente en el pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ser mayor de 7 y menor de 18 a\u00f1os. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ser estudiante con matr\u00edcula vigente en el \u00a0plantel educativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Acreditar excelentes cualidades morales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Autorizaci\u00f3n escrita de los padres o \u00a0tutores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fotocopia del \u00faltimo bolet\u00edn de estudios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Adelantar y aprobar el curso \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Complementarias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Condici\u00f3n o Car\u00e1cter. Los \u00a0miembros de la Polic\u00eda C\u00edvica de Mayores de Polic\u00eda C\u00edvica Juvenil, no est\u00e1n \u00a0investidos de autoridad ni tienen car\u00e1cter de servidores p\u00fablicos y sus \u00a0actuaciones se limitan al apoyo de los miembros de la Polic\u00eda Nacional, no \u00a0pueden utilizar prendas ni elementos de uso privativo de la Fuerza P\u00fablica y \u00a0responden personal e individualmente de sus actos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El nombre de Polic\u00eda C\u00edvica y el \u00a0car\u00e1cter que \u00e9sta impone a sus miembros no servir\u00e1 para amparar actividades \u00a0distintas a las contempladas en este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Equipo de Comunicaciones. Al \u00a0ingreso a la Polic\u00eda C\u00edvica y una vez aportado el equipo de comunicaciones, el \u00a0nuevo miembro suscribir\u00e1 un acta en la cual se comprometer\u00e1 a devolverlo dentro \u00a0de los ocho (8) d\u00edas siguientes a su desvinculaci\u00f3n o retiro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. A partir de la fecha de la \u00a0vigencia del presente Decreto, todo miembro de la Polic\u00eda C\u00edvica deber\u00e1 \u00a0proveerse del correspondiente permiso para portar y utilizar el radio de \u00a0acuerdo con la reglamentaci\u00f3n del Ministerio de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 36: Ver art\u00edculo 2.5.5.5.8. del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Servicio Voluntario. No existir\u00e1 \u00a0ning\u00fan tipo de remuneraci\u00f3n salarial ni prestacional para los miembros de la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica, por tratarse de un servicio voluntario a la comunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Carn\u00e9. La elaboraci\u00f3n y \u00a0distribuci\u00f3n del carn\u00e9 de Polic\u00eda C\u00edvico estar\u00e1 a cargo de la Direcci\u00f3n de \u00a0Participaci\u00f3n Comunitaria, tendr\u00e1 una vigencia de dos (2) a\u00f1os y podr\u00e1 ser \u00a0refrendada por per\u00edodos iguales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Supervisi\u00f3n y Evaluaci\u00f3n. La \u00a0Direcci\u00f3n de Participaci\u00f3n Comunitaria, ser\u00e1 la encargada de supervisar y \u00a0evaluar el funcionamiento de la Polic\u00eda C\u00edvica a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Prohibici\u00f3n. Dentro de la \u00a0organizaci\u00f3n de la Polic\u00eda C\u00edvica no existir\u00e1n grupos que desarrollen \u00a0operaciones policiales con armas u objetos de uso privativo de las Fuerza \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. Congreso Nacional de Polic\u00eda \u00a0C\u00edvica. El Director General de la Polic\u00eda Nacional fijar\u00e1 la fecha para \u00a0realizar el Congreso Nacional de Polic\u00eda C\u00edvica, en la ciudad que para el \u00a0efecto se haya escogido como sede. Este evento ser\u00e1 programado y coordinado por \u00a0el Comandante de Departamento de Polic\u00eda o Polic\u00eda Metropolitana y por la \u00a0Polic\u00eda C\u00edvica del respectivo departamento. (Nota: Ver art\u00edculo 2.5.5.5.9. del Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Autorizaci\u00f3n. Autor\u00edzase al \u00a0Director General de la Polic\u00eda Nacional para suspender transitoriamente el \u00a0funcionamiento de la Polic\u00eda C\u00edvica cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Facultad. Fac\u00faltase al Director General \u00a0de la Polic\u00eda Nacional para reglamentar aspectos que contribuyan a la buena \u00a0marcha de la Polic\u00eda C\u00edvica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. Vigencia. El presente Decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le \u00a0sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 7 d\u00edas de \u00a0marzo de 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fernando Botero Zea. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO \u00a0431 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (marzo 7) \u00a0 \u00a0 por el cual se reglamenta la Polic\u00eda C\u00edvica \u00a0en la modalidad de voluntarios. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Ver Decreto 1070 de \u00a02015, Decreto \u00danico Reglamentario del Sector Administrativo de Defensa. \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado por \u00a0el Decreto 1503 de 1998. \u00a0 \u00a0 El Presidente de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-25172","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1995"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25172","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25172"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25172\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25172"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25172"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25172"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}