{"id":25313,"date":"2023-07-13T18:26:43","date_gmt":"2023-07-13T18:26:43","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-85-de-1995\/"},"modified":"2023-07-13T18:26:43","modified_gmt":"2023-07-13T18:26:43","slug":"decreto-85-de-1995","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/13\/decreto-85-de-1995\/","title":{"rendered":"DECRETO 85 DE 1995"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 85 DE 1995 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(enero 10) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se organiza la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica \u00a0en el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Derogado por el Decreto 1914 de 1996, \u00a0art\u00edculo 16. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Declarado nulo por el Consejo de Estado \u00a0mediante \u00a0Sentencia del 19 de noviembre \u00a0de 1996. Expediente: AI-008. Sala Plena. Actor: \u00a0Camilo Calder\u00f3n Rivera. Ponente: Juan Alberto Polo Figueroa. Providencia \u00a0confirmada en la Sentencia del 14 de abril de 1998. Expediente: AI-05. Sala Plena. Actor: Luis Alberto C\u00e1ceres Arbel\u00e1ez. Ponente: Manuel Santiago Urueta \u00a0A. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de las atribuciones que le conceden los numerales 16 y 17 del \u00a0art\u00edculo 189 y en desarrollo del art\u00edculo 354 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase en el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico la Direcci\u00f3n General de la \u00a0Contabilidad P\u00fablica, que tendr\u00e1 la siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.0 Despacho del Director General \u00a0de la Contabilidad P\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.0.1 Oficina de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.0.2 Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.0.3 Divisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Subdirecci\u00f3n de Normas, Planes \u00a0y Cuentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Subdirecci\u00f3n Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. El Contador General \u00a0ser\u00e1 el Director General de la Contabilidad P\u00fablica en el Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, ejercer\u00e1 las funciones de uniformar, centralizar y \u00a0consolidar la contabilidad p\u00fablica, elaborar el balance general y determinar \u00a0las normas contables que deben regir en el pa\u00eds, conforme a la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En desarrollo de esas atribuciones \u00a0constitucionales ejercer\u00e1 la siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Establecer los principios, \u00a0normas y pol\u00edticas generales sobre la contabilidad y la presentaci\u00f3n de estados \u00a0financieros de la Naci\u00f3n y las entidades descentralizadas territorialmente o \u00a0por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta atribuci\u00f3n la ejercer\u00e1 el \u00a0Contador General mediante resoluciones de car\u00e1cter general o particular; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar el Balance General de \u00a0la Naci\u00f3n o Balance de la Hacienda que incluir\u00e1 en forma integral todas las \u00a0cuentas, tanto del tesoro como de la hacienda, necesarias para determinar la \u00a0situaci\u00f3n financiera y el patrimonio dela Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Presentar al Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica el balance general de la Naci\u00f3n o balance de la hacienda, debidamente \u00a0auditado por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, dentro del plazo previsto \u00a0por la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Expedir las certificaciones que \u00a0se deriven de la Contabilidad General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Emitir conceptos y absolver \u00a0consultas sobre los asuntos relacionados con la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Llevar la contabilidad general \u00a0de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Consolidar la contabilidad de \u00a0la Naci\u00f3n con la de las entidades descentralizadas territorialmente o por \u00a0servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Prestar apoyo a las entidades \u00a0territoriales en la organizaci\u00f3n, desarrollo, dise\u00f1o y mantenimiento de \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n contable, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Suministrar al Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico los estados financieros, estad\u00edsticas e informes que \u00a0se requieran para el an\u00e1lisis de las finanzas p\u00fablicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las dem\u00e1s que le asigne la ley \u00a0o le delegue el Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Se entiende por \u00a0contabilidad de la Naci\u00f3n la de las Ramas Legislativa, Ejecutiva, con excepci\u00f3n \u00a0de los establecimientos p\u00fablicos, las empresas industriales y comerciales del \u00a0Estado y las sociedades de econom\u00eda mixta y judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Igualmente, la de los \u00f3rganos \u00a0aut\u00f3nomos e independientes de que trata la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y los fondos \u00a0sin personer\u00eda jur\u00eddica constituidos por ley o autorizados por \u00e9sta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Corresponde a la \u00a0Oficina de Sistemas de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Participar en la planeaci\u00f3n, \u00a0definici\u00f3n y dise\u00f1o de las pol\u00edticas de manejo de informaci\u00f3n y desarrollo de \u00a0sistemas de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica y controlar su \u00a0desarrollo e implantaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Analizar, dise\u00f1ar, desarrollar, \u00a0documentar, implantar y mantener los sistemas de informaci\u00f3n requeridos porla Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Dirigir y controlar los \u00a0proyectos de adquisici\u00f3n y\/o renovaci\u00f3n de la tecnolog\u00eda necesaria para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Direcci\u00f3n tanto a nivel de hardware, como de \u00a0software, en coordinaci\u00f3n con la Unidad de Inform\u00e1tica del Ministerio; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Administrar los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n, velar porla calidad, seguridad l\u00f3gica, \u00a0f\u00edsica, y la integridad de la informaci\u00f3n que se procese en la Direcci\u00f3n \u00a0General de la Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Dise\u00f1ar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las distintas dependencias p\u00fablicas las formas, procedimientos y aplicaciones \u00a0adecuados para el correcto flujo, procesamiento y utilizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0contable y estad\u00edstica, de conformidad con las disposiciones dictadas par el \u00a0Contador General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Dirigir, coordinar, efectuar y \u00a0controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar y controlar los \u00a0procesos de flujo e intercambio de informaci\u00f3n con organismos y entidades \u00a0distintos de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Presentar a la unidad de \u00a0Inform\u00e1tica el plan anual de capacitaci\u00f3n en sistemas para los funcionarios de \u00a0la Oficina de Sistemas de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Coordinar con la Unidad de \u00a0Inform\u00e1tica de la Direcci\u00f3n Superior y la Divisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n \u00a0Administrativa de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica el programa \u00a0de capacitaci\u00f3n anual para los funcionarios de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Verificar que las operaciones \u00a0contables de los organismos y entidades p\u00fablicos queden registradas \u00a0oportunamente en el sistema de informaci\u00f3n y controlar la producci\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Dise\u00f1ar e implantar los \u00a0procedimientos o sistemas para el intercambio de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Velar por la adecuada \u00a0integridad y calidad de loscontratos de mantenimiento \u00a0de los equipos y programas de sistemas instalados en la Direcci\u00f3n General de la \u00a0Contabilidad P\u00fablica, as\u00ed como la vigencia de los mismos y de sus correspondientes \u00a0p\u00f3lizas de seguros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Coordinar con la Unidad de \u00a0Inform\u00e1tica de la Direcci\u00f3n Superior, la planeaci\u00f3n de sistemas y de \u00a0contingencias de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica, dentro de la \u00a0metodolog\u00eda establecida; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Verificar las operaciones en el \u00a0sistema de informaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica y \u00a0presentar los informes correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Contador General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Corresponde a la \u00a0Oficina Jur\u00eddica de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica, el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Prestar asesor\u00eda al Contador \u00a0General sobre los asuntos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asistir a las dem\u00e1s \u00a0dependencias de la direcci\u00f3n, en los asuntos jur\u00eddicos relacionados con la \u00a0contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Recopilar y mantener \u00a0actualizadas las normas, jurisprudencia y conceptos legales de \u00edndole contable, \u00a0con el fin de atender las consultas al respecto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Preparar proyectos de ley, \u00a0decretos y resoluciones que se requieran para el eficiente y eficaz manejo del \u00a0sistema contable, de acuerdo con las instrucciones del Contador General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Preparar y emitir conceptos \u00a0jur\u00eddicos en los plazos se\u00f1alados por la ley sobre consultas relacionadas con \u00a0la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Enviar a la Unidad Jur\u00eddica, en \u00a0los formatos fijados por \u00e9sta, los extractos sobre los asuntos a su cargo, para \u00a0ser incorporados en el Banco de Datos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Representar al Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico o al Contador General ante las autoridades \u00a0judiciales y administrativas, en los procesos que se lleven a cabo contra actos \u00a0que afecten la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica, previa delegaci\u00f3n \u00a0o disposici\u00f3n de la Unidad Jur\u00eddica de la Direcci\u00f3n Superior; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las dem\u00e1s que le asigne el \u00a0Contador General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Corresponde a la \u00a0Divisi\u00f3n de Coordinaci\u00f3n Administrativa de la Direcci\u00f3n General de la \u00a0Contabilidad P\u00fablica el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Asistir al Contador General en \u00a0el dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y proyectos para la gesti\u00f3n, \u00a0evaluaci\u00f3n y control de los recursos humanos, f\u00edsicos y financieros al servicio \u00a0de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Realizar los estudios sobre \u00a0necesidades de personal y elaborar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Superior, los proyectos de manuales de \u00a0procedimientos, funciones y requisitos m\u00ednimos relacionados con el personal de \u00a0la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar con la Secretar\u00eda \u00a0Administrativa del Ministerio las actividades de bienestar, capacitaci\u00f3n y \u00a0desarrollo para los funcionarios de la Direcci\u00f3n General y sus familiares; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Elaborar, bajo la coordinaci\u00f3n \u00a0de la Oficina de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Superior, el anteproyecto de \u00a0presupuesto anual de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Preparar anualmente los \u00a0programas de compras, hacerles seguimiento, darles cumplimiento oportuno y \u00a0coordinar con la Secretar\u00eda Administrativa la adquisici\u00f3n de muebles, equipos, \u00a0\u00fatiles de oficina y dem\u00e1s elementos necesarios para el funcionamiento de las \u00a0distintas dependencias de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Elaborar y presentar para \u00a0estudio de la Oficina de Planeaci\u00f3n de la Direcci\u00f3n Superior del Ministerio, \u00a0las solicitudes de traslados y cr\u00e9ditos adicionales al presupuesto de la \u00a0Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Llevar y controlar los \u00a0inventarios de bienes muebles, elementos devolutivos y equipos al servicio de \u00a0la Direcci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda Administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Velar por el buen estado y \u00a0conservaci\u00f3n de las instalaciones, equipos y dem\u00e1s elementos en servicio, as\u00ed \u00a0como por la presentaci\u00f3n, acondicionamiento y funcionalidad de las oficinas de \u00a0la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Coordinar con la Secretar\u00eda \u00a0Administrativa del Ministerio los servicios de impresi\u00f3n de textos, archivos, \u00a0correspondencia, publicaciones, transporte, mantenimiento y dem\u00e1s servicios \u00a0administrativos requeridos para la gesti\u00f3n de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Coordinar con la Secretar\u00eda \u00a0Administrativa del Ministerio, los procesos de selecci\u00f3n de personal, \u00a0contrataci\u00f3n, r\u00e9gimen disciplinario, vacaciones, licencias, permisos, \u00a0renuncias, prestaciones laborales y dem\u00e1s novedades de personal de los \u00a0servidores de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coordinar con la Secretar\u00eda \u00a0Administrativa del Ministerio la tramitaci\u00f3n de vi\u00e1ticos, anticipos y gastos de \u00a0transporte para el personal de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Atender el manejo de la caja \u00a0menor de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Autenticar los documentos cuya \u00a0informaci\u00f3n repose o sea responsabilidad de la Direcci\u00f3n General de la \u00a0Contabilidad P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Contador General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Corresponde a la \u00a0Subdirecci\u00f3n de Normas, Planes y Cuentas de la Direcci\u00f3n General de la \u00a0Contabilidad P\u00fablica desarrollar las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Prestar apoyo al Contador \u00a0General con el fin de uniformar la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Asistir al Contador General en \u00a0la funci\u00f3n de determinar las normas sobre la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Proponer al Contador General la \u00a0adopci\u00f3n de procedimientos contables para ajustar las normas, planes, cuentas y \u00a0manuales, con el fin de realizar provisiones, reclasificaciones, \u00a0actualizaciones, amortizaciones, valorizaciones, etc., y cualquier otro \u00a0procedimiento que permita el avance de la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dar capacitaci\u00f3n sobre normas \u00a0contables a los organismos y entidades responsables de su aplicaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Difundir las normas contables \u00a0que sean expedidas por el Contador General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Mantener registro actualizado e \u00a0hist\u00f3rico de las normas contables del sector p\u00fablico en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina Jur\u00eddica de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Coordinar con organismos \u00a0nacionales e internacionales la realizaci\u00f3n de estudios sobre la contabilidad \u00a0p\u00fablica, los estados financieros de la Naci\u00f3n, los sistemas de informaci\u00f3n y \u00a0actividades relacionadas con las funciones del Contador General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Prestar apoyo a las entidades \u00a0territoriales y las descentralizadas por servicios en la organizaci\u00f3n, \u00a0desarrollo, capacitaci\u00f3n contable, dise\u00f1o y mantenimiento de sistemas de \u00a0informaci\u00f3n contable en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de Apoyo Fiscal del \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Realizar estudios, \u00a0investigaciones e intercambio de informaci\u00f3n y proponer al Contador General \u00a0cambios tecnol\u00f3gicos y automatizaci\u00f3n de los sistemas contables, con el fin de \u00a0producir estados financieros oportunos y confiables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Proponer al Contador General \u00a0las medidas para integrar la contabilidad y el sistema de informaci\u00f3n de las \u00a0distintas entidades y \u00f3rganos de la administraci\u00f3n p\u00fablica, y producir los \u00a0estados financieros correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Coordinar el dise\u00f1o, edici\u00f3n y \u00a0distribuci\u00f3n de instructivos, manuales, formatos e indicaciones en general para \u00a0ser aplicados por los responsables de la contabilidad en los distintos \u00f3rganos \u00a0de la administraci\u00f3n p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Velar porque la divulgaci\u00f3n de \u00a0normas y manuales, as\u00ed como la instrucci\u00f3n sobre su aplicaci\u00f3n utilice los \u00a0medios tecnol\u00f3gicos actualizados y de mayor avance y econom\u00eda, y dise\u00f1ar en \u00a0conjunto con la Direcci\u00f3n de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, mecanismos de apoyo oportuno e id\u00f3neo a las entidades descentralizadas \u00a0territorialmente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Contador General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Corresponde a la \u00a0Subdirecci\u00f3n Operativa de la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica el desarrollo \u00a0de las siguientes funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Proponer al Contador General \u00a0las medidas tendientes a consolidar y presentar las estad\u00edsticas contables del \u00a0sector descentralizado territorialmente o por servicios con la contabilidad del \u00a0sector central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Proponer al Contador General, \u00a0en conjunto con la Subdirecci\u00f3n de Normas, Planes y Cuentas, la adopci\u00f3n de \u00a0dise\u00f1os tecnol\u00f3gicos, formatos, sistemas de registro, informes y controles \u00a0financieros necesarios para garantizar la producci\u00f3n de estados financieros e \u00a0informes exactos y oportunos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Asistir al Contador General \u00a0proporcionando los medios t\u00e9cnicos para la elaboraci\u00f3n del balance general de \u00a0la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Asistir al Contador General en \u00a0la centralizaci\u00f3n de la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Proyectar para la firma del \u00a0Contador General las certificaciones que se deriven de la contabilidad p\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Presentar al Contador General \u00a0informes, estados financieros y estad\u00edsticas contables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Suministrar al Ministro de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico los estados financieros, estad\u00edsticas e informes que \u00a0se requieran para el an\u00e1lisis de las finanzas p\u00fablicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Revisar y controlar la \u00a0elaboraci\u00f3n oportuna y confiable de los balances, estados financieros y dem\u00e1s \u00a0relaciones contables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Dirigir la elaboraci\u00f3n de \u00a0informes y estad\u00edsticas contables de los \u00f3rganos descentralizados del sector \u00a0p\u00fablico, en coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Estudiar y analizar los estados \u00a0financieros y estad\u00edsticas contables de los \u00f3rganos descentralizados del sector \u00a0p\u00fablico y sugerir los ajustes a que hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Velar por la integraci\u00f3n de \u00a0estad\u00edsticas e informaci\u00f3n contable de las entidades descentralizadas \u00a0territorialmente o por servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Velar porque los responsables \u00a0de la contabilidad del sector p\u00fablico presenten oportunamente los informes, \u00a0cifras y cuentas y realicen los ajustes contables a que hubiere lugar, que le \u00a0permitan al Contador General consolidar las estad\u00edsticas contables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Informar a las autoridades \u00a0competentes cualquier infracci\u00f3n o incumplimiento por parte de los organismos y \u00a0entidades p\u00fablicos responsables de reportar al Contador General informaci\u00f3n y \u00a0estad\u00edsticas contables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Analizar los resultados \u00a0financieros de la Naci\u00f3n y las estad\u00edsticas derivadas de la consolidaci\u00f3n de las \u00a0cifras de las entidades descentralizadas territorialmente o por servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Contador General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. El Ministerio de \u00a0Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico prestar\u00e1 al Contador General el apoyo que sea \u00a0necesario para la organizaci\u00f3n y puesta en funcionamiento de la Direcci\u00f3n \u00a0General de la Contabilidad P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. El Contador General \u00a0cumplir\u00e1 las gestiones necesarias ante la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0para recibir de ella la contabilidad de la Naci\u00f3n, junto con los saldos, \u00a0libros, soportes, sistemas de procesamiento de datos y dem\u00e1s elementos y \u00a0documentos con que dicho organismo lleva la contabilidad nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Las actividades, \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y procedimientos de la Direcci\u00f3n General de la \u00a0Contabilidad P\u00fablica estar\u00e1n sometidos a la vigilancia de Oficina de Auditor\u00eda \u00a0Interna del Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, sin perjuicio de las \u00a0atribuciones que corresponden a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. El presente Decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las dem\u00e1s disposiciones \u00a0que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 10 de enero de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Guillermo Perry Rubio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0\u00a0 Eduardo Gonz\u00e1lez Montoya. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 85 DE 1995 \u00a0 \u00a0 (enero 10) \u00a0 \u00a0 por el cual se organiza la Direcci\u00f3n General de la Contabilidad P\u00fablica \u00a0en el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y se dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota \u00a01: Derogado por el Decreto 1914 de 1996, \u00a0art\u00edculo 16. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Declarado nulo por [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[39],"tags":[],"class_list":["post-25313","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1995"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25313","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25313"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25313\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25313"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25313"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25313"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}