{"id":25532,"date":"2023-07-14T18:02:31","date_gmt":"2023-07-14T18:02:31","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-1693-de-1996\/"},"modified":"2023-07-14T18:02:31","modified_gmt":"2023-07-14T18:02:31","slug":"decreto-1693-de-1996","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-1693-de-1996\/","title":{"rendered":"DECRETO 1693 DE 1996"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1693 \u00a0DE 1996 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 17) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0crea y reglamenta la Condecoraci\u00f3n Orden al M\u00e9rito Seguridad Presidencial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y \u00a0legales, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es preciso \u00a0reconocer a los miembros de la Secretar\u00eda de Seguridad del Presidente que hayan \u00a0sobresalido por su profesionalismo, valent\u00eda y comportamiento \u00e9tico en \u00a0cumplimiento de su deber; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es \u00a0necesario enaltecer y gratificar a los nacionales y extranjeros, miembros de la \u00a0Fuerza P\u00fablica, organismos gubernamentales y personas civiles que se destaquen \u00a0por su colaboraci\u00f3n, eficiencia y lealtad en procura de garantizar la seguridad \u00a0del se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica y su familia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la orden \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. \u00a0Cr\u00e9ase la Orden al M\u00e9rito de la Seguridad Presidencial como reconocimiento a la \u00a0valent\u00eda, decisi\u00f3n, colaboraci\u00f3n y honor de las personas que contribuyan de \u00a0manera loable a la seguridad del se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica y su familia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. La \u00a0Orden se conceder\u00e1 a los integrantes de la Secretar\u00eda de Seguridad \u00a0Presidencial, a los Oficiales, Suboficiales y Agentes de la Fuerza P\u00fablica, \u00a0miembros del Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, funcionarios del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas, nacionales o extranjeras que participen en actividades \u00a0encaminadas a procurar la seguridad del se\u00f1or Presidente y su familia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Del Congreso \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. El \u00a0Consejo de la Orden al M\u00e9rito de la Seguridad Presidencial estar\u00e1 integrado por \u00a0el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica, el Secretario General de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica y el Secretario de Seguridad del Presidente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. El \u00a0se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica es Gran Maestre de la Orden, el Secretario de \u00a0Seguridad ser\u00e1 el Canciller de la Orden y actuar\u00e1 como Secretario del Consejo, \u00a0los dem\u00e1s miembros ser\u00e1n miembros Benem\u00e9ritos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. El \u00a0Consejo dispondr\u00e1 la realizaci\u00f3n de reuniones para conceder la condecoraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. \u00a0Las decisiones del Consejo se adoptar\u00e1n por mayor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. \u00a0Compete al Consejo estudiar las solicitudes, aprobarlas, rechazarlas o \u00a0aplazarlas y suspender el derecho a usar\u00eda por la comisi\u00f3n de actos \u00a0incompatibles con su dignidad, anulaci\u00f3n que se har\u00e1 por medio de resoluci\u00f3n \u00a0del Secretario General de la Presidencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. \u00a0Son atribuciones del Gran Maestre: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Presidir las \u00a0reuniones del Consejo y dirigir sus deliberaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Presentar al \u00a0Consejo los candidatos que a bien tenga para que les sea otorgada la Orden al \u00a0M\u00e9rito de la Seguridad Presidencial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Nombrar \u00a0comisiones que estudien asuntos relacionados con la Orden y distribuir los \u00a0trabajos correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. \u00a0Todos los miembros del Consejo tendr\u00e1n las siguientes atribuciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Presentar \u00a0proposiciones al Consejo, bien en el curso de las sesiones o bien ante el Gran \u00a0Maestre, con el fin de aportar ideas sobre la pol\u00edtica de la Orden en general, \u00a0podr\u00e1n presentar nombres de personas o entidades con el fin de obtener \u00a0condecoraciones o promociones para personajes o entidades que a su juicio se \u00a0hayan hecho acreedores a tal honor; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Emitir su \u00a0concepto sobre las cuestiones sometidas a la consideraci\u00f3n del Consejo o sobre \u00a0aquellas que se les haya confiado en comisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Proponer \u00a0reuniones extraordinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. \u00a0Son funciones del Canciller, la elaboraci\u00f3n del acta respectiva, suministrar \u00a0las informaciones que los miembros del Consejo soliciten en relaci\u00f3n con \u00a0asuntos de la Orden, cumplir las comisiones que le sean confiadas por el Gran \u00a0Maestre o por el Consejo en Pleno, avisar a los Miembros del Consejo la fecha \u00a0en que se efect\u00faen las sesiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. La \u00a0convocatoria para cualquier reuni\u00f3n se har\u00e1 por aviso escrito, dirigido a cada \u00a0uno de los miembros del Consejo por el Canciller. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. El \u00a0Consejo emplear\u00e1 para sus deliberaciones el sistema acostumbrado y la votaci\u00f3n \u00a0ser\u00e1 por el sistema de la mitad m\u00e1s uno de sus miembros. El Secretario dejar\u00e1 \u00a0constancia de todos los pormenores de la sesi\u00f3n en el Acta respectiva, que \u00a0tendr\u00e1 car\u00e1cter absolutamente reservado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. \u00a0Las propuestas para el otorgamiento de la Orden al M\u00e9rito de la Seguridad \u00a0Presidencial, podr\u00e1n ser presentadas al consejo por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica, Primera Dama de la Naci\u00f3n, y b) Miembros del Consejo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. \u00a0Las propuestas presentadas al consejo deber\u00e1n contener: a) Datos biogr\u00e1ficos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Menci\u00f3n de \u00a0los servicios a la Secretar\u00eda de Seguridad; c) Motivaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De las \u00a0condecoraciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. La \u00a0Orden al M\u00e9rito de la Seguridad Presidencial tendr\u00e1 las siguientes categor\u00edas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Comendador; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Oficial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Compa\u00f1ero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La orden en el \u00a0grado de Comendador se podr\u00e1 conceder a Ministros, Viceministros, Jefes de \u00a0Departamentos Administrativos, Generales o Almirantes, Secretarios de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, Jefes de Casa Militar o funcionarios con funciones \u00a0paralelas al servicio de gobiernos extranjeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n podr\u00e1 \u00a0concederse a los gobernadores de Departamentos, Directores y Jefes de \u00a0Organismos Gubernamentales del nivel nacional y aquellas personalidades que \u00a0presten invaluables servicios a la seguridad del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La orden en el \u00a0grado de Oficial podr\u00e1 concederse a los oficiales superiores de la Fuerza \u00a0P\u00fablica, alcalde mayor del Distrito Capital, alcaldes metropolitanos, jefes de \u00a0Divisi\u00f3n de organismos estatales y secretarios de gabinete departamental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La orden en el \u00a0grado de Compa\u00f1ero podr\u00e1 concederse a los miembros de la Secretar\u00eda de \u00a0Seguridad, oficiales subalternos, suboficiales, agentes y soldados de la Fuerza \u00a0P\u00fablica y a aquellas personas que presten servicios meritorios a la Secretar\u00eda \u00a0de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. \u00a0Cuando se presenten actos de valor en defensa o protecci\u00f3n del se\u00f1or Presidente \u00a0o su familia y de acuerdo con el concepto del consejo de la orden, la \u00a0condecoraci\u00f3n se otorgar\u00e1 sin tener en cuenta condiciones personales \u00a0establecidas para los distintos grados de la orden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De la entrega \u00a0de condecoraciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. El \u00a0otorgamiento de la Orden se dispondr\u00e1 mediante Decreto y su imposici\u00f3n la har\u00e1 \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica o, en su defecto, la persona que \u00e9ste designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. La \u00a0imposici\u00f3n de la condecoraci\u00f3n y entrega del diploma que acredite el \u00a0otorgamiento, se efectuar\u00e1 en ceremonia especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. \u00a0Los diplomas que acrediten la concesi\u00f3n de la Orden, llevar\u00e1n las firmas del \u00a0Gran Maestre y del Canciller, la fecha de expedici\u00f3n y la constancia de su \u00a0registro en el libro respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. El \u00a0texto del Diploma ser\u00e1: &#8220;El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, Gran \u00a0Maestre de la Orden al M\u00e9rito de la Seguridad Presidencial, mediante Decreto \u00a0n\u00famero&#8230; otorga la condecoraci\u00f3n en el grado&#8230; de la Orden al M\u00e9rito de la \u00a0Seguridad Presidencial&#8221;, incluyendo el nombre de la persona o Instituci\u00f3n \u00a0a quien se conceda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De las \u00a0insignias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. La \u00a0forma her\u00e1ldica de cada una de las insignias en sus correspondientes grados \u00a0ser\u00e1n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comendador. \u00a0Ser\u00e1 una cruz de 50 mil\u00edmetros de di\u00e1metro mayor, de siete puntas, dos argollas \u00a0y dos laureles en oro de 40 mil\u00edmetros de di\u00e1metro, que ostentar\u00e1 en oro y alto \u00a0relieve el Escudo de la Rep\u00fablica de Colombia, s\u00edmbolo nacional que representa \u00a0la dignidad del Presidente de la Rep\u00fablica. Pender\u00e1 esta cruz de una cinta de \u00a045 cent\u00edmetros de largo y 40 mil\u00edmetros de ancho que llevar\u00e1 en el centro los \u00a0colores del Pabell\u00f3n Nacional, con r\u00e9plica y venera tricolor en el medio. La \u00a0condecoraci\u00f3n se ostentar\u00e1 alrededor del cuello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oficial. Ser\u00e1 \u00a0una cruz en oro, de 45 mil\u00edmetros de di\u00e1metro mayor, igual en lo dem\u00e1s a la \u00a0anterior, con el Escudo de la Rep\u00fablica de Colombia en Plata, suspendida de una \u00a0cinta de 10 cent\u00edmetros de largo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Esta insignia \u00a0se llevar\u00e1 sobre el lado izquierdo del pecho. Vendr\u00e1 con r\u00e9plica y venera \u00a0tricolor en el centro. Con el Frac o su equivalente en el medio castrense debe \u00a0ostentarse s\u00f3lo la miniatura de esta cruz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Compa\u00f1ero. Ser\u00e1 \u00a0una cruz en plata de 37 mil\u00edmetros de di\u00e1metro mayor, igual en lo dem\u00e1s a la \u00a0anterior, con el Escudo de la Rep\u00fablica de Colombia en plata y suspendida de \u00a0una cinta de 10 cent\u00edmetros de largo. Vendr\u00e1 con r\u00e9plica y venera, sin escudo \u00a0tricolor en el medio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El \u00a0estuche tendr\u00e1 la misma dimensi\u00f3n, ser\u00e1 de color azul oscuro y estar\u00e1 \u00a0confeccionado en terciopelo. Ir\u00e1 marcado con la frase &#8220;Rep\u00fablica de \u00a0Colombia\u2011Escudo Seguridad Presidencial&#8221; y el grado de la \u00a0condecoraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De las penas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Se \u00a0perder\u00e1 el derecho a la condecoraci\u00f3n por las siguientes circunstancias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Por efectuar \u00a0actividades que vayan en detrimento de la Seguridad del se\u00f1or Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Por haber \u00a0sido condenado a pena temporal aflictiva por jueces o tribunales ordinarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Por l a \u00a0comisi\u00f3n de actos degradantes o repudiables que a juicio del Consejo haga al \u00a0individuo indigno de pertenecer a una corporaci\u00f3n de honor; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Por \u00a0inexactitud comprobada de los hechos o elementos de juicio que sirvieron al \u00a0Consejo para conferirla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fecha de la \u00a0orden \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. \u00a0Establ\u00e9cese como d\u00eda de la Orden al M\u00e9rito de la Seguridad Presidencia el 15 de \u00a0mayo de cada a\u00f1o, fecha de creaci\u00f3n de la Secretar\u00eda de Seguridad del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, d\u00eda en el cual los miembros de la Orden se reunir\u00e1n \u00a0en la Casa de Nari\u00f1o o el sitio que designe el Gran Maestre, para otorgar las \u00a0veneras correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VIII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. \u00a0Los gastos para la elaboraci\u00f3n de las insignias, ser\u00e1n cubiertos con cargo al \u00a0presupuesto del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. El \u00a0presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa \u00a0Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 17 de septiembre de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER \u00a0PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Antonio \u00a0Vargas Lleras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1693 \u00a0DE 1996 \u00a0 \u00a0 (septiembre 17) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0crea y reglamenta la Condecoraci\u00f3n Orden al M\u00e9rito Seguridad Presidencial. \u00a0 \u00a0 El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus atribuciones constitucionales y \u00a0legales, y \u00a0 \u00a0 CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0 Que es preciso \u00a0reconocer a los miembros de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"class_list":["post-25532","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1996"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25532","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25532"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25532\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25532"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25532"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25532"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}