{"id":25586,"date":"2023-07-14T18:02:35","date_gmt":"2023-07-14T18:02:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-318-de-1996\/"},"modified":"2023-07-14T18:02:35","modified_gmt":"2023-07-14T18:02:35","slug":"decreto-318-de-1996","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-318-de-1996\/","title":{"rendered":"DECRETO 318 DE 1996"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 318 \u00a0DE 1996 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 15) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea el Comit\u00e9 de Impulso para la \u00a0administraci\u00f3n de justicia en relaci\u00f3n con los hechos de Villatina, Caloto y \u00a0Los Uvos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren \u00a0los art\u00edculos 188 y 189, numeral 2\u00ba de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y el art\u00edculo 1\u00ba del Decreto ley 1050 \u00a0de 1968, en armon\u00eda con lo dispuesto por los art\u00edculos 93 y 95, numerales 4\u00ba y 7\u00ba de la misma \u00a0Constituci\u00f3n, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Que Colombia es miembro de la Organizaci\u00f3n de \u00a0Estados Americanos, que es parte de la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos \u00a0o Pacto de San Jos\u00e9 de Costa Rica, aprobado mediante la Ley 16 de 1972 y que se \u00a0encuentra sometida a la jurisdicci\u00f3n intergubernamental que compone el sistema \u00a0interamericano de protecci\u00f3n de los derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Que uno de los organismos que componen el \u00a0mencionado sistema es la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos que se \u00a0rige por la Convenci\u00f3n Americana de Derechos Humanos y entre cuyas funciones se \u00a0encuentran las de atender peticiones de personas o grupos que alegan \u00a0violaciones de los derechos humanos en pa\u00edses miembros de la Organizaci\u00f3n de \u00a0Estados Americanos; formular recomendaciones a los Estados; ofrecer sus buenos \u00a0oficios para propiciar soluciones amistosas entre los denunciantes y los \u00a0Estados; publicar sus resoluciones e iniciar acciones contra los Estados, en \u00a0representaci\u00f3n de las v\u00edctimas, ante la Corte Interamericana de Derechos \u00a0Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Que se vienen tramitando ante la aludida \u00a0Comisi\u00f3n Interamericana n\u00famerosos casos de presunta violaci\u00f3n de los derechos \u00a0humanos por parte del Estado colombiano, entre los que se destacan por su \u00a0gravedad los n\u00fameros 11.141 correspondiente a los hechos de Villatina \u00a0(Departamento de Antioquia); 11.101 correspondiente a los hechos de Caloto \u00a0(Departamento del Cauca) y 11.020 correspondiente a los hechos de Los Uvos \u00a0(Departamento del Cauca). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Que la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos \u00a0Humanos ha ofrecido prestar sus buenos oficios en orden a que el Estado \u00a0colombiano y los representantes de las v\u00edctimas de los hechos de los que trata \u00a0el punto anterior, lleguen a un arreglo amistoso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Que bajo los auspicios de la Comisi\u00f3n \u00a0Interamericana, los representantes del Gobierno y de las v\u00edctimas de los hechos \u00a0en menci\u00f3n, llegaron a un acuerdo consignado en un acta de entendimiento, \u00a0suscrito el d\u00eda 7 de septiembre de 1995 en Washington, D.C., Estados Unidos de \u00a0Am\u00e9rica, en el cual se acord\u00f3 crear un Comit\u00e9 de Impulso para la administraci\u00f3n \u00a0de justicia compuesto por entidades gubernamentales y no gubernamentales de \u00a0derechos humanos y la presencia de otras entidades en calidad de invitadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Que es pol\u00edtica indeclinable del Gobierno \u00a0Nacional promover, defender y proteger los derechos y las libertades \u00a0fundamentales de todos los colombianos y que entre los aspectos m\u00e1s destacados \u00a0de dicha pol\u00edtica se encuentra el de respetar y hacer respetar los compromisos \u00a0internacionales de Colombia en la materia y luchar contra la impunidad de las \u00a0violaciones de tales derechos y libertades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Que el esclarecimiento de los hechos a los que \u00a0se refieren los casos n\u00fameros 11.141, 11.101 y 11.020 de la Comisi\u00f3n \u00a0lnteramericana de Derechos Humanos, constituir\u00e1 un paso determinante en la \u00a0direcci\u00f3n de honrar los compromisos internacionales de Colombia y combatir la \u00a0impunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Que de conformidad con el inciso 1\u00ba del art\u00edculo \u00a093 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0&#8220;Los tratados y convenios internacionales ratificados por el Congreso, que \u00a0reconocen los derechos humanos y que proh\u00edben su limitaci\u00f3n en los estados de \u00a0excepci\u00f3n, prevalecen en el orden interno&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Que de conformidad con el numeral 4\u00ba del \u00a0art\u00edculo 95 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, es \u00a0deber de todas las personas: &#8220;Defender y difundir los derechos humanos \u00a0como fundamento de la convivencia pac\u00edfica&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Que de conformidad con el numeral 7\u00ba del \u00a0art\u00edculo 95 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, es \u00a0deber de todas las personas: &#8220;Colaborar con el buen funcionamiento de la \u00a0administraci\u00f3n de justicia&#8221;, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase el Comit\u00e9 de Impulso para la \u00a0administraci\u00f3n de justicia en relaci\u00f3n con los hechos de Villatina (Departamento \u00a0de Antioquia) caso 11.141; Caloto (Departamento del Cauca) caso 11.101 y Los \u00a0Uvos (Departamento del Cauca) caso 11.020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 estar\u00e1 adscrito, para efectos \u00a0administrativos, al Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica, conforme a la exigencia establecida en el inciso 4\u00ba, art\u00edculo 1\u00ba del \u00a0Decreto ley 1050 \u00a0de 1968. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. El Comit\u00e9 de Impulso para la \u00a0administraci\u00f3n de justicia de que trata el presente Decreto, estar\u00e1 conformado \u00a0por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Un (1) delegado del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Un (1) delegado del Ministerio de Defensa \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Un (1) delegado de la Consejer\u00eda Presidencial \u00a0para los Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un (1) delegado del Comit\u00e9 de Derechos Humanos \u00a0&#8220;H\u00e9ctor Abad G\u00f3mez&#8221;, de Antioquia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Un (1) delegado de la Comisi\u00f3n Andina de \u00a0Juristas-Seccional Colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un (1) delegado del Colectivo de Abogados \u00a0&#8220;Jos\u00e9 Alvear Restrepo&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. Ser\u00e1n invitadas a participar como \u00a0miembros del Comit\u00e9 las siguientes entidades estatales: La Defensor\u00eda del \u00a0Pueblo, la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y la Procuradur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Con el objeto de rodear de mayores garant\u00edas y \u00a0procurar protecci\u00f3n a las v\u00edctimas y a los testigos, en particular en el caso \u00a0Villatina, ser\u00e1 invitado tambi\u00e9n el Episcopado colombiano a integrar el Comit\u00e9. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. Si una entidad reh\u00fasa participar o se \u00a0encuentra impedida de hacerlo, decidir\u00e1n su reemplazo el Comit\u00e9 de Derechos \u00a0Humanos &#8220;H\u00e9ctor Abad G\u00f3mez&#8221;, la Comisi\u00f3n Andina de Juristas-Seccional \u00a0Colombiana-y la Consejer\u00eda Presidencial para los Derechos Humanos. Si no hay \u00a0acuerdo decidir\u00e1 el reemplazo la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00ba. El Comit\u00e9 de Impulso designar\u00e1 un \u00a0Presidente, teniendo en cuenta la necesidad de garantizar la independencia e \u00a0imparcialidad de su funci\u00f3n. A falta de acuerdo, la designaci\u00f3n ser\u00e1 hecha por \u00a0la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. El Comit\u00e9 de Impulso para la \u00a0administraci\u00f3n de justicia de que trata el presente Decreto, ejercer\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Propender por la realizaci\u00f3n de las actuaciones judiciales \u00a0y disciplinarias que garanticen la marcha diligente de los procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Identificar elementos de prueba sobre los hechos \u00a0de que se trata y propender por su judicializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover la protecci\u00f3n de testigos y, de ser el \u00a0caso, de los funcionarios judiciales y disciplinarios que adelanten las \u00a0investigaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Respaldar tanto el debido ejercicio del derecho \u00a0de defensa de los sindicados como los derechos y las actividades de la parte \u00a0civil. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Propender, cuando ello fuere conveniente para la \u00a0tarea investigativa, por el cambio de radicaci\u00f3n de los procesos y la creaci\u00f3n \u00a0de Unidades Especiales de Fiscal\u00eda y del Cuerpo T\u00e9cnico de Investigaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Propender por la reparaci\u00f3n de los perjuicios \u00a0materiales y morales generados por los hechos de que se trata. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar, a trav\u00e9s del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, un informe a la Comisi\u00f3n Interamericana de Derechos Humanos, en su \u00a0pr\u00f3ximo per\u00edodo ordinario de sesiones, sobre el ejercicio de las funciones \u00a0enunciadas en los puntos anteriores y sobre los resultados de las respectivas \u00a0gestiones, con indicaci\u00f3n de los factores que, a su juicio, hubieren incidido \u00a0en el \u00e9xito o fracaso de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Los recursos que demande el ejercicio \u00a0de las funciones propias del Comit\u00e9 de Impulso para la administraci\u00f3n de \u00a0justicia al que se refiere el presente Decreto, ser\u00e1n proporcionados por las \u00a0entidades estatales que forman parte de \u00e9l, dentro de la \u00f3rbita de sus \u00a0atribuciones y competencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Corresponder\u00e1 a las entidades de la Rama \u00a0Ejecutiva del Poder P\u00fablico que forman parte del Comit\u00e9 de Impulso para la \u00a0administraci\u00f3n de justicia al que se refiere el presente Decreto: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Prestar especial apoyo a las labores del Comit\u00e9 \u00a0de Impulso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Informar permanentemente a la Comisi\u00f3n Interamericana \u00a0de Derechos Humanos sobre el desarrollo de las actividades del Comit\u00e9 de \u00a0Impulso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Las actividades del Comit\u00e9 de Impulso \u00a0para la administraci\u00f3n de justicia al que se refiere el presente Decreto ser\u00e1n \u00a0reservadas, hasta tanto no se produzca el informe final. Durante su per\u00edodo de \u00a0labores no habr\u00e1 ning\u00fan tipo de pronunciamiento individual o institucional \u00a0relacionado con sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. El presente Decreto rige a partir de \u00a0la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 15 de febrero de \u00a01996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Rodrigo Pardo Garc\u00eda-Pe\u00f1a. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Carlos Esguerra Portocarrero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Antonio Vargas Lleras. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 318 \u00a0DE 1996 \u00a0 \u00a0 (febrero 15) \u00a0 \u00a0 por el cual se crea el Comit\u00e9 de Impulso para la \u00a0administraci\u00f3n de justicia en relaci\u00f3n con los hechos de Villatina, Caloto y \u00a0Los Uvos. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio \u00a0de sus facultades constitucionales y legales, en especial las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"class_list":["post-25586","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1996"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25586","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25586"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25586\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25586"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25586"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25586"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}