{"id":25595,"date":"2023-07-14T18:02:35","date_gmt":"2023-07-14T18:02:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-350-de-1996\/"},"modified":"2023-07-14T18:02:35","modified_gmt":"2023-07-14T18:02:35","slug":"decreto-350-de-1996","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-350-de-1996\/","title":{"rendered":"DECRETO 350 DE 1996"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 350 \u00a0DE 1996 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 21) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se dictan disposiciones relacionadas \u00a0con la transformaci\u00f3n del car\u00e1cter acad\u00e9mico de las instituciones t\u00e9cnicas \u00a0profesionales y tecnol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica, en uso de las facultades \u00a0constitucionales y en especial de la conferida en el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de \u00a0Colombia y de conformidad con la Ley 30 de 1992, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que las instituciones de educaci\u00f3n superior se \u00a0clasifican en instituciones t\u00e9cnicas profesionales, instituciones tecnol\u00f3gicas, \u00a0instituciones universitarias o escuelas tecnol\u00f3gicas y universidades de \u00a0conformidad con la Ley 30 de 1992 y la Ley 115 de 1994, y de \u00a0acuerdo con ello pueden comprender y desarrollar los campos de acci\u00f3n y los \u00a0programas acad\u00e9micos propios de su misi\u00f3n institucional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que se hace necesario establecer el procedimiento \u00a0para la transformaci\u00f3n de instituciones t\u00e9cnicas profesionales en instituciones \u00a0tecnol\u00f3gicas o de estas \u00faltimas en instituciones universitarias o escuelas \u00a0tecnol\u00f3gicas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por lo \u00a0expuesto, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Las instituciones t\u00e9cnicas \u00a0profesionales y las instituciones tecnol\u00f3gicas, que hayan adecuado previamente \u00a0sus estatutos a la Ley 30 de 1992 y \u00a0aspiren a la modificaci\u00f3n de su car\u00e1cter acad\u00e9mico para convertirse en \u00a0instituciones tecnol\u00f3gicas y en instituciones universitarias o escuelas \u00a0tecnol\u00f3gicas, respectivamente, presentar\u00e1n ante el ICFES, por conducto de su \u00a0representante legal, solicitud escrita dirigida al Ministro de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional a la cual acompa\u00f1ar\u00e1n los siguientes documentos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Copia del acta de la sesi\u00f3n del \u00f3rgano m\u00e1ximo de \u00a0gobierno de la entidad en la cual se decidi\u00f3 adelantar los tr\u00e1mites encaminados \u00a0a la modificaci\u00f3n del car\u00e1cter acad\u00e9mico institucional, refrendada por el \u00a0Secretario General o por quien haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Propuesta del plan de desarrollo institucional \u00a0para la transformaci\u00f3n dentro del marco de la normatividad vigente, que \u00a0contenga los siguientes aspectos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Antecedentes institucionales: Informe sobre el \u00a0desarrollo de la instituci\u00f3n que exprese los resultados logrados en los \u00a0aspectos acad\u00e9mico, administrativo, de infraestructura f\u00edsica, \u00a0econ\u00f3mico-financiera y de recursos de apoyo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Formulaci\u00f3n de la nueva misi\u00f3n institucional y \u00a0su proyecto educativo: En el que se tenga en cuenta el desarrollo acad\u00e9mico, \u00a0investigativo, administrativo, econ\u00f3mico-financiero, y de proyecci\u00f3n acad\u00e9micos \u00a0que se tiene previsto desarrollar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Plan de transici\u00f3n: El cual debe contener la \u00a0propuesta de medidas que se adoptar\u00e1n en un per\u00edodo determinado para el paso \u00a0entre uno y otro car\u00e1cter institucional, que deber\u00e1 referirse a los aspectos \u00a0organizativos, de recursos y el redise\u00f1o curricular que garantice a los \u00a0educandos elegir entre la continuidad de estudios en el nivel de formaci\u00f3n que \u00a0ven\u00edan adelantando o la posibilidad de seguir estudios en un nivel Superior \u00a0seg\u00fan el nuevo car\u00e1cter acad\u00e9mico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Continuidad de la oferta de programas t\u00e9cnicos y \u00a0tecnol\u00f3gicos: Las instituciones que optaren por la transformaci\u00f3n garantizar\u00e1n \u00a0a los estudiantes la continuidad con la modalidad ofrecida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proyecto de estatutos, reglamentos y dem\u00e1s \u00a0documentos de orden legal relacionados con el nuevo car\u00e1cter institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Recibida la solicitud y la \u00a0documentaci\u00f3n indicada el ICFES efectuar\u00e1 los an\u00e1lisis respectivos y en los \u00a0t\u00e9rminos indicados en el art\u00edculo 12 del C\u00f3digo Contencioso Administrativo \u00a0solicitar\u00e1 la informaci\u00f3n complementaria o aclaratoria que fuere del caso. La \u00a0solicitud de transformaci\u00f3n del car\u00e1cter acad\u00e9mico de las instituciones \u00a0estatales u oficiales de educaci\u00f3n superior, deber\u00e1 ser avalada financieramente \u00a0por la autoridad territorial competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dentro de los tres (3) meses siguientes al recibo a \u00a0satisfacci\u00f3n de la documentaci\u00f3n, el ICFES ordenar\u00e1 la pr\u00e1ctica de una visita \u00a0de pares acad\u00e9micos a la instituci\u00f3n, con la finalidad de constatar el nivel de \u00a0desarrollo en la instituci\u00f3n y la procedencia de la modificaci\u00f3n de su car\u00e1cter \u00a0acad\u00e9mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La documentaci\u00f3n respectiva y el concepto de la \u00a0comisi\u00f3n de pares acad\u00e9micos ser\u00e1 remitida por el ICFES al Comit\u00e9 Asesor \u00a0competente de que trata el art\u00edculo 45 de la Ley 30 de 1992 para que \u00a0emita su concepto al Consejo Nacional de Educaci\u00f3n Superior, CESU. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. El procedimiento se\u00f1alado en este \u00a0art\u00edculo deber\u00e1 surtirse en un t\u00e9rmino no mayor de un (1) a\u00f1o, contado a partir \u00a0de la fecha de presentaci\u00f3n de la documentaci\u00f3n en debida forma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. El Consejo Nacional de Educaci\u00f3n \u00a0Superior-CESU-emitir\u00e1 concepto ante el Ministro de Educaci\u00f3n Nacional quien \u00a0aprobar\u00e1 o improbar\u00e1 la solicitud de transformaci\u00f3n institucional y, para el \u00a0caso de las instituciones privadas ratificar\u00e1 o no la reforma estatutaria \u00a0presentada. Trat\u00e1ndose de las entidades estatales u oficiales el Ministerio de \u00a0Educaci\u00f3n Nacional tendr\u00e1 en cuenta la reforma efectuada al Estatuto General \u00a0para efectos de su inspecci\u00f3n y vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. A partir de la vigencia del presente Decreto, \u00a0la transformaci\u00f3n de instituciones estatales u oficiales de educaci\u00f3n superior, \u00a0deber\u00e1 hacerse previo acuerdo entre la Naci\u00f3n y la entidad territorial \u00a0respectiva, en donde se establezca el monto de los aportes que conllevar\u00e1 la \u00a0modificaci\u00f3n del car\u00e1cter acad\u00e9mico institucional. Este acuerdo formar\u00e1 parte \u00a0de la solicitud de transformaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Este Decreto rige a partir de su \u00a0publicaci\u00f3n en el Diario Oficial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase . \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 21 de febrero de \u00a01996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO La Ministra de Educaci\u00f3n \u00a0Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda Emma Mej\u00eda V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 350 \u00a0DE 1996 \u00a0 \u00a0 (febrero 21) \u00a0 \u00a0 por el cual se dictan disposiciones relacionadas \u00a0con la transformaci\u00f3n del car\u00e1cter acad\u00e9mico de las instituciones t\u00e9cnicas \u00a0profesionales y tecnol\u00f3gicas. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica, en uso de las facultades \u00a0constitucionales y en especial de la conferida en el numeral 11 del art\u00edculo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"class_list":["post-25595","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1996"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25595","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25595"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25595\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25595"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25595"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25595"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}