{"id":25630,"date":"2023-07-14T18:02:37","date_gmt":"2023-07-14T18:02:37","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-498-de-1996\/"},"modified":"2023-07-14T18:02:37","modified_gmt":"2023-07-14T18:02:37","slug":"decreto-498-de-1996","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/14\/decreto-498-de-1996\/","title":{"rendered":"DECRETO 498 DE 1996"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 498 DE 1996 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(marzo \u00a014) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0desarrolla el art\u00edculo 67 de la Ley 23 de 1991. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 3626 de 2007, \u00a0art\u00edculo 17. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere \u00a0el numeral 11 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en \u00a0desarrollo de los art\u00edculos 66 y 68 de la Ley 23 de 1991, el \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho ha autorizado en el territorio nacional el \u00a0funcionamiento de &#8220;Centros de Conciliaci\u00f3n&#8221; en C\u00e1maras de Comercio, \u00a0Fundaciones, Asociaciones, Agremiaciones, Corporaciones y Consultorios \u00a0Jur\u00eddicos de las Facultades de Derecho; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es \u00a0funci\u00f3n del Ministerio de Justicia y del Derecho vigilar el funcionamiento de \u00a0los referidos &#8220;Centros de Conciliaci\u00f3n&#8221;, de conformidad con las \u00a0disposiciones legales antes citadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de \u00a0acuerdo con el art\u00edculo 67 de la mencionada Ley 23 de 1991, el \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho podr\u00e1 suspender temporal o definitivamente \u00a0la facultad conciliadora a los &#8220;Centros de Conciliaci\u00f3n&#8221;, cuando a \u00a0juicio del Ministerio no cumplan con los requisitos previstos o con los \u00a0objetivos propuestos por la precitada ley o los estatutos de funcionamiento, o \u00a0cuando se comprueben faltas a la \u00e9tica, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con base \u00a0en las consideraciones anteriormente enunciadas, es necesario garantizar la \u00a0cumplida ejecuci\u00f3n de la norma precitada, estableciendo las condiciones y \u00a0regulaciones para se\u00f1alar y darle aplicaci\u00f3n a la facultad conferida al \u00a0Ministerio de Justicia y del Derecho por el art\u00edculo 67 de la Ley 23 de 1991, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. \u00a0Causales de incumplimiento. Para los efectos del art\u00edculo 67 de la Ley 23 de 1991, se \u00a0entender\u00e1 que existe incumplimiento de los requisitos previstos o de los \u00a0objetivos propuestos para el funcionamiento de un &#8220;Centro de \u00a0Conciliaci\u00f3n&#8221;, cuando se configure una cualquiera de las siguientes \u00a0causales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a. Cuando el \u00a0Centro no preste efectivamente el servicio del tr\u00e1mite de la conciliaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b. Cuando \u00a0cobre emolumentos por el servicio de conciliaci\u00f3n que presta sin estar \u00a0autorizado para ello, o cuando los cobre en exceso de los autorizados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c. Cuando \u00a0tramite asuntos no susceptibles de transacci\u00f3n, desistimiento o conciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d. Cuando no \u00a0env\u00ede la informaci\u00f3n peri\u00f3dica requerida por el Ministerio de Justicia y del \u00a0Derecho; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e. Cuando \u00a0deje de cumplir con los requisitos previstos en la Ley para la expedici\u00f3n de su \u00a0autorizaci\u00f3n de funcionamiento, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f. Cuando a \u00a0juicio del Ministerio se comprueben faltas a la \u00e9tica en la prestaci\u00f3n del \u00a0servicio de Conciliaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. \u00a0Tipos de Sanciones. La autorizaci\u00f3n a la que se refiere el art\u00edculo 66 de la Ley 23 de 1991 se podr\u00e1 \u00a0suspender temporal o definitivamente cuando se incurra en alguna o algunas de \u00a0las causales tipificadas en el art\u00edculo anterior, seg\u00fan la gravedad de la \u00a0infracci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. \u00a0Tr\u00e1mite. Para la imposici\u00f3n de las sanciones anteriormente previstas, se \u00a0seguir\u00e1 el siguiente tr\u00e1mite: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a. La \u00a0Divisi\u00f3n de Conciliaci\u00f3n y Soluciones Extrajudiciales de la Direcci\u00f3n General \u00a0de Prevenci\u00f3n y Conciliaci\u00f3n, realizar\u00e1 visitas y solicitar\u00e1 informes \u00a0peri\u00f3dicos a cada uno de los &#8220;Centros de Conciliaci\u00f3n&#8221; autorizados \u00a0por el Ministerio de Justicia y del Derecho en el territorio nacional, con el \u00a0objeto de vigilar el cumplimiento de los requisitos previstos y de los \u00a0objetivos propuestos por la Ley 23 de 1991 y dem\u00e1s \u00a0normas que la complementen y reglamenten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b. Las \u00a0visitas a que se refiere el literal anterior las practicar\u00e1 un funcionario \u00a0designado por el Jefe de la Divisi\u00f3n mencionada. De la visita al &#8220;Centro \u00a0de Conciliaci\u00f3n&#8221; se suscribir\u00e1 un acta que firmar\u00e1 el funcionario de la \u00a0mencionada Divisi\u00f3n junto con el representante legal o Director del Centro de \u00a0Conciliaci\u00f3n correspondiente, dejando en dicha acta constancia de la situaci\u00f3n \u00a0encontrada. Si el representante legal o el director del centro se negare a \u00a0firmar el acta, el funcionario dejar\u00e1 constancia de ello. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0funcionario que haya practicado la visita presentar\u00e1 un informe escrito dentro \u00a0de los tres d\u00edas siguientes a las misma, al Jefe de la Divisi\u00f3n de Conciliaci\u00f3n \u00a0y Soluciones Extrajudiciales de la Direcci\u00f3n General de Prevenci\u00f3n y Conciliaci\u00f3n, \u00a0adjuntando copia del acta de visita respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c. Del \u00a0informe de visita se correr\u00e1 traslado hasta por un t\u00e9rmino de quince (15) d\u00edas \u00a0para que el centro respectivo presente los descargos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d. Si luego \u00a0de evaluadas las explicaciones rendidas se comprueba que el Centro de \u00a0Conciliaci\u00f3n incurri\u00f3 injustificadamente en una de las causales de \u00a0incumplimiento se\u00f1aladas en el presente Decreto, el Viceministro o el Ministro \u00a0aplicar\u00e1n las sanciones correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. \u00a0Vigencia. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a 14 de marzo de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO \u00a0SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Carlos \u00a0Eduardo Medell\u00edn Becerra. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 498 DE 1996 \u00a0 \u00a0 (marzo \u00a014) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0desarrolla el art\u00edculo 67 de la Ley 23 de 1991. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 3626 de 2007, \u00a0art\u00edculo 17. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de sus facultades legales y en especial de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[40],"tags":[],"class_list":["post-25630","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1996"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25630","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25630"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25630\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25630"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25630"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25630"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}