{"id":25787,"date":"2023-07-17T22:49:20","date_gmt":"2023-07-17T22:49:20","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1215-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:49:20","modified_gmt":"2023-07-17T22:49:20","slug":"decreto-1215-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1215-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 1215 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1215 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(abril 30) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se crea la Comisi\u00f3n Nacional de Seguimiento de la Segunda Conferencia\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos-H\u00e1bitat II\u2013, la Declaraci\u00f3n<\/p>\n<p>\u00a0 de Estambul y el Programa H\u00e1bitat. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales y en especial las \u00a0que le confiere el art\u00edculo 1\u00ba del Decreto ley 1050 \u00a0de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que como resultado de la II Conferencia de las \u00a0Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos-H\u00e1bitat\u2013, celebrada en Estambul, \u00a0Turqu\u00eda del 3 al 14 de junio de 1996, se adopt\u00f3 la Declaraci\u00f3n de Estambul sobre \u00a0los Asentamientos Humanos y el Programa de H\u00e1bitat, documentos para cuya \u00a0redacci\u00f3n, la delegaci\u00f3n de Colombia particip\u00f3 de forma activa y sustancial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la citada Declaraci\u00f3n el Gobierno de \u00a0Colombia, junto con los otros Gobiernos reunidos en la conferencia, trazaron \u00a0objetivos universales tales como: garantizar una vivienda adecuada para todos, \u00a0lograr que los asentamientos humanos sean m\u00e1s seguros, salubres, habitables, \u00a0equitativos, sostenibles y productivos; en resumen asentamientos humanos \u00a0sostenibles en un mundo en urbanizaci\u00f3n, inspirados en la Carta de las Naciones \u00a0Unidas suscrita por el Gobierno Nacional de Colombia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la misma declaraci\u00f3n, qued\u00f3 consagrado el \u00a0compromiso de respetar los objetivos, principios y recomendaciones contenidos \u00a0en el Programa H\u00e1bitat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el programa de h\u00e1bitat consagr\u00f3 el principio de \u00a0que el ser humano es el elemento central del desarrollo sostenible, que incluye \u00a0vivienda adecuada para todos los asentamientos humanos sostenibles, y tiene \u00a0derecho a llevar una vida saludable y productiva en armon\u00eda con la naturaleza; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en dicho programa el Gobierno colombiano, junto \u00a0con los dem\u00e1s participantes acept\u00f3 que incumbe a los gobiernos la \u00a0responsabilidad primordial de aplicar el programa H\u00e1bitat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en el programa y para efectos de aplicaci\u00f3n, \u00a0coordinaci\u00f3n y seguimiento del mismo, el Gobierno colombiano se comprometi\u00f3 a \u00a0establecer y mejorar mecanismos de amplia participaci\u00f3n en los que intervengan \u00a0los sectores p\u00fablicos, privado, solidario y las comunidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que acorde con los principios de la democracia \u00a0representativa, es deseo del Gobierno de Colombia dado su car\u00e1cter de Estado \u00a0facilitador y en virtud del esquema de descentralizaci\u00f3n, dar continuidad a los \u00a0contenidos y estrategias del Plan Nacional de Acci\u00f3n y de la Pol\u00edtica Urbana \u00a0Ciudades y Ciudadan\u00eda, en directa relaci\u00f3n y correspondencia con el programa \u00a0H\u00e1bitat; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto \u00a01335 de agosto 10 de 1995, el Presidente de la Rep\u00fablica cre\u00f3 el Comit\u00e9 \u00a0Nacional Preparatorio de la II Conferencia de las Naciones Unidas sobre \u00a0Asentamientos Humanos, H\u00e1bitat II, al que se alent\u00f3 a hacer intervenir a todos \u00a0los agentes pertinentes con el fin de participar activamente en la preparaci\u00f3n \u00a0y celebraci\u00f3n de la conferencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en desarrollo de las actividades derivadas de la \u00a0Declaraci\u00f3n de Estambul y del Programa H\u00e1bitat se programar\u00e1n eventos del nivel \u00a0nacional, regional e internacional, que exigir\u00e1n la participaci\u00f3n activa y \u00a0concertada de todos los agentes que participan en el tema de la vivienda, los \u00a0asentamientos humanos y el desarrollo sostenible, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase la Comisi\u00f3n Nacional de \u00a0Seguimiento a la II Conferencia de las Naciones Unidas sobre Asentamientos \u00a0Humanos-H\u00e1bitat II\u2013, la Declaraci\u00f3n de Estambul y el Programa H\u00e1bitat, adscrita \u00a0al Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por todas \u00a0y cada una de las entidades que conformaron el Comit\u00e9 Preparatorio de la II \u00a0Conferencia de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos-H\u00e1bitat II\u2013 y \u00a0las dem\u00e1s que se considere conveniente integrar al proceso en los niveles \u00a0nacional, regional y local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00ba. Podr\u00e1n asistir a las reuniones de la \u00a0Comisi\u00f3n en calidad de invitados, representantes de entidades p\u00fablicas o \u00a0privadas, representantes de la comunidad acad\u00e9mica y cient\u00edfica, organizaciones \u00a0no gubernamentales, educadores profesionales especializados en asentamientos \u00a0humanos, representantes de las mujeres, los j\u00f3venes, los ancianos y las \u00a0personas con discapacidad, los grupos vulnerables y desfavorecidos y los \u00a0ind\u00edgenas, as\u00ed como las comunidades y autoridades locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00ba. El Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico, \u00a0a trav\u00e9s del Viceministro de Vivienda, Desarrollo Urbano y Agua Potable \u00a0presidir\u00e1 la Comisi\u00f3n y la Fundaci\u00f3n Encuentro H\u00e1bitat Colombia, en virtud de \u00a0su naturaleza mixta, misi\u00f3n, objetivos, alcance y cobertura de sus actividades, \u00a0ejercer\u00e1 la coordinaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y seguimiento del proceso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. La Comisi\u00f3n Nacional de Seguimiento \u00a0tendr\u00e1 como objetivos principales poner en marcha mecanismos para dar \u00a0cumplimiento al Programa H\u00e1bitat en lo concerniente a garantizar una vivienda \u00a0adecuada para todos, asentamientos humanos sostenibles, cooperaci\u00f3n \u00a0internacional y evaluaci\u00f3n de los progresos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. La Comisi\u00f3n Nacional de Seguimiento, \u00a0tendr\u00e1 como funciones principales fomentar, facilitar, apoyar, integrar, \u00a0concertar y promover las acciones nacionales, regionales y locales inherentes a \u00a0la aplicaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y seguimiento del Programa H\u00e1bitat y dictarse su \u00a0propio reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Para el desarrollo de las funciones \u00a0consignadas en el art\u00edculo anterior, la entidad coordinadora, someter\u00e1 a la \u00a0Comisi\u00f3n proyectos de actividades encaminadas entre otras: a) Estructurar un \u00a0esquema organizacional para garantizar la eficiencia del proceso de \u00a0seguimiento; b) Sensibilizar y movilizar los agentes de instituciones \u00a0gubernamentales y civiles, para que se sumen a aplicar el Programa H\u00e1bitat; c) \u00a0Promover consultas y foros locales, nacionales y regionales, con participantes \u00a0de entidades gubernamentales, no gubernamentales y civiles para asegurar la \u00a0divulgaci\u00f3n y comprensi\u00f3n de los alcances del Programa H\u00e1bitat; d) Coordinar el \u00a0desarrollo de los planes nacionales de acci\u00f3n u otros programas o medidas \u00a0nacionales, regionales y locales pertinentes, para alcanzar los objetivos de la \u00a0vivienda adecuada y el desarrollo sostenible en los asentamientos humanos; e) \u00a0Evaluar los progresos y avances de la aplicaci\u00f3n del Programa H\u00e1bitat, con \u00a0miras a alentar y capacitar a todas las partes interesadas, con el fin de \u00a0mejorar su actuaci\u00f3n y reforzar la cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica; f) Identificar, \u00a0movilizar y asignar recursos humanos, financieros y t\u00e9cnicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Este Decreto rige a partir de la fecha \u00a0de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. \u00a0C., a 30 de abril de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Ministra de Relaciones \u00a0Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mar\u00eda \u00a0Emma Mej\u00eda V\u00e9lez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Desarrollo \u00a0Econ\u00f3mico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Orlando Cabrales Mart\u00ednez \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1215 DE 1997 \u00a0 \u00a0 (abril 30) \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se crea la Comisi\u00f3n Nacional de Seguimiento de la Segunda Conferencia\u00a0 \u00a0 de las Naciones Unidas sobre Asentamientos Humanos-H\u00e1bitat II\u2013, la Declaraci\u00f3n \u00a0 de Estambul y el Programa H\u00e1bitat. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en uso de sus [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-25787","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25787","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25787"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25787\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25787"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25787"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25787"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}