{"id":25793,"date":"2023-07-17T22:49:21","date_gmt":"2023-07-17T22:49:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1225-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:49:21","modified_gmt":"2023-07-17T22:49:21","slug":"decreto-1225-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1225-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 1225 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1225 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(mayo \u00a06) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 368 de 1997, y se \u00a0dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado parcialmente \u00a0por el Decreto 2713 de 1999 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0del Interior de la Rep\u00fablica de Colombia, delegatario de funciones \u00a0presidenciales de conformidad con el Decreto 1166 de 1997, \u00a0en ejercicio de las atribuciones que le confieren los numerales 11, 14 y 15 del \u00a0art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el art\u00edculo 20 del Decreto 2133 de 1992 \u00a0y en desarrollo de lo dispuesto por el art\u00edculo 19 de la Ley 368 de 1997, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>I. \u00a0Objetivos y funciones espec\u00edficas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. Objetivos espec\u00edficos. La \u00a0Red de Solidaridad Social, establecimiento p\u00fablico creado en virtud de la Ley 368 de 1997, \u00a0tendr\u00e1 como objetivos espec\u00edficos los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Adelantar acciones que tengan por finalidad la promoci\u00f3n de la participaci\u00f3n de \u00a0los ciudadanos en las decisiones que los afectan, la promoci\u00f3n de los valores \u00a0del pluralismo y del consenso como esenciales para garantizar la convivencia \u00a0pac\u00edfica entre los colombianos, la apropiaci\u00f3n de una cultura de respeto por \u00a0los derechos humanos y sus medios de protecci\u00f3n y el fortalecimiento de los \u00a0mecanismos pac\u00edficos de soluci\u00f3n de conflictos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Impulsar el proceso de descentralizaci\u00f3n y la autonom\u00eda de las entidades \u00a0territoriales y despertar en las instituciones de gobierno una actitud de \u00a0servicio m\u00e1s cercana y comprometida con las comunidades, conforme a los \u00a0principios de solidaridad, coordinaci\u00f3n, subsidiariedad y concurrencia, a fin \u00a0de fortalecer a los municipios, distritos y departamentos, para que puedan, por \u00a0s\u00ed mismos, articularse al proceso de desarrollo global de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) En \u00a0desarrollo de los art\u00edculos 64, 65 y 66 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0promover, en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, programas de acceso \u00a0progresivo a la propiedad de la tierra de los trabajadores agrarios, en forma \u00a0individual o asociativa, a los servicios b\u00e1sicos de protecci\u00f3n social, al \u00a0desarrollo integral de las actividades agr\u00edcolas, pecuarias, pesqueras, \u00a0forestales y agroindustriales con el fin de mejorar la calidad de vida de la \u00a0poblaci\u00f3n pobre y vulnerable del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Promover el mejoramiento de las condiciones de vida de la poblaci\u00f3n pobre y \u00a0vulnerable del pa\u00eds, mediante la integralidad de los programas de la pol\u00edtica \u00a0de inversi\u00f3n social focalizada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Fomentar la concertaci\u00f3n interinstitucional y la participaci\u00f3n de las \u00a0organizaciones no gubernamentales y de la comunidad, en la definici\u00f3n y gesti\u00f3n \u00a0de su propio desarrollo, buscando que el esfuerzo institucional vaya acompa\u00f1ado \u00a0de la presencia y desarrollo de acciones por parte del sector privado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Desarrollar procesos interinstitucionales de planeaci\u00f3n participativa en torno \u00a0a la tem\u00e1tica de la superaci\u00f3n de la pobreza, con el fin de que sea incluida en \u00a0los planes de desarrollo local, regional y nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Promover la participaci\u00f3n de los ciudadanos en las acciones del Estado, as\u00ed \u00a0como en la vida pol\u00edtica, c\u00edvica y comunitaria del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Fortalecer los procesos de participaci\u00f3n y organizaci\u00f3n de la comunidad en la \u00a0definici\u00f3n y gesti\u00f3n de su propio desarrollo, de acuerdo con las instancias, \u00a0mecanismos e instrumentos de la Red de Solidaridad Social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Desarrollar sus programas y proyectos en el marco de los principios de \u00a0transparencia, validaci\u00f3n, equidad, integralidad y participaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0En desarrollo de sus objetivos, la Red de Solidaridad Social estar\u00e1 sujeta a \u00a0los criterios de concertaci\u00f3n, focalizaci\u00f3n, proactividad y cofinanciaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00ba. Funciones espec\u00edficas. Para \u00a0el cumplimiento de sus objetivos, la Red de Solidaridad Social tendr\u00e1 como \u00a0funciones espec\u00edficas las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Ejecutar programas de generaci\u00f3n de ingresos, en una perspectiva de desarrollo \u00a0sustentable, mediante la financiaci\u00f3n y cofinanciaci\u00f3n de proyectos productivos \u00a0que busquen mejorar el nivel de ingresos de los sectores vulnerables de la \u00a0poblaci\u00f3n, apoyando y fomentando la organizaci\u00f3n de peque\u00f1os productores, \u00a0proyectos de prestaci\u00f3n de servicios y comercializaci\u00f3n, proyectos \u00a0agroindustriales y actividades de econom\u00eda solidaria, as\u00ed como alternativas de \u00a0habilitaci\u00f3n social y capacitaci\u00f3n laboral y programas de generaci\u00f3n de \u00a0ingresos en zonas de emergencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Desarrollar y coordinar programas y proyectos de protecci\u00f3n social, con el \u00a0prop\u00f3sito de garantizar las condiciones b\u00e1sicas en salud, nutrici\u00f3n y educaci\u00f3n \u00a0a los grupos de poblaci\u00f3n pobre y vulnerable del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Coordinar programas que propendan por la consolidaci\u00f3n de un h\u00e1bitat adecuado \u00a0como requisito fundamental para el desarrollo de los grupos m\u00e1s pobres de la \u00a0poblaci\u00f3n, mediante la intervenci\u00f3n en materia de construcci\u00f3n y mejoramiento \u00a0de la vivienda, equipamento social, saneamiento b\u00e1sico, agua potable, \u00a0mejoramiento del entorno y recreaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Adelantar y coordinar programas que tengan como finalidad amparar a las \u00a0v\u00edctimas de la violencia en materia de asistencia humanitaria, accidentes \u00a0personales, da\u00f1os materiales, cr\u00e9ditos solidarios y rehabilitaci\u00f3n integral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender, \u00a0en lo de su competencia, la poblaci\u00f3n desplazada por la violencia para que en \u00a0el marco del retorno voluntario o el reasentamiento, logre su integraci\u00f3n a la \u00a0sociedad colombiana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer los mecanismos, procedimientos y acciones necesarias para la \u00a0planeaci\u00f3n, desarrollo, ejecuci\u00f3n, seguimiento y evaluaci\u00f3n, de los programas \u00a0de la pol\u00edtica de inversi\u00f3n social focalizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Apoyar \u00a0subsidiariamente a las entidades territoriales en materia de preinversi\u00f3n, y \u00a0planeaci\u00f3n del desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Cumplir, en lo pertinente, en representaci\u00f3n del Gobierno Nacional, los \u00a0acuerdos de paz suscritos con los grupos y movimientos guerrilleros, las \u00a0milicias urbanas de car\u00e1cter pol\u00edtico, y los grupos alzados en armas, que hayan \u00a0hecho dejaci\u00f3n de sus armas, con el fin de reincorporarse a la vida democr\u00e1tica \u00a0del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Contribuir al fortalecimiento de las organizaciones sociales, c\u00edvicas, \u00a0comunitarias, culturales y gremiales, para su participaci\u00f3n en la gesti\u00f3n y \u00a0fiscalizaci\u00f3n de los asuntos p\u00fablicos, mediante el desarrollo de programas \u00a0concertados de promoci\u00f3n, formaci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y asesor\u00eda en torno a los \u00a0procesos de planeaci\u00f3n, seguimiento, evaluaci\u00f3n y monitoreo de los programas de \u00a0la pol\u00edtica de inversi\u00f3n social focalizada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Apoyar y ejecutar programas de capacitaci\u00f3n dirigidos a las comunidades, con el \u00a0fin de promover la participaci\u00f3n de todos en las decisiones que los afectan y \u00a0procurar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la \u00a0Constituci\u00f3n, el desarrollo institucional, la descentralizaci\u00f3n y modernizaci\u00f3n \u00a0administrativa, la planeaci\u00f3n participativa en la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de \u00a0proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Promover la utilizaci\u00f3n por parte de la comunidad de mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana tales como el voto, el plebiscito, el referendo, la \u00a0consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa, el voto \u00a0program\u00e1tico, la revocatoria del mandato, las asambleas de beneficiarios y la \u00a0rendici\u00f3n p\u00fablica de cuentas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Impulsar acciones tendientes a fortalecer la capacidad de gesti\u00f3n y desarrollo \u00a0institucional de los municipios, distritos y departamentos, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas del Gobierno y las decisiones que adopten los organismos y entidades \u00a0competentes en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Contribuir con la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas y planes tendientes al desarrollo \u00a0institucional de las entidades p\u00fablicas en todos los niveles, dentro del marco \u00a0de la democracia participativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Apoyar a los municipios, distritos y departamentos en la elaboraci\u00f3n de los \u00a0planes de desarrollo y en particular en la inclusi\u00f3n de la problem\u00e1tica de la \u00a0superaci\u00f3n de la pobreza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Apoyar el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n de programas de desarrollo rural integral \u00a0encaminados a la implementaci\u00f3n de la infraestructura social, f\u00edsica y \u00a0productiva en zonas de econom\u00eda campesina e ind\u00edgena afectadas por cultivos \u00a0il\u00edcitos, de manera que el peque\u00f1o cultivador tenga a su alcance una \u00a0alternativa de sustituci\u00f3n de cultivos il\u00edcitos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>II. \u00a0Organos de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00ba. Junta Directiva. La Red de \u00a0Solidaridad Social tendr\u00e1 una Junta Directiva integrada por el Director del \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, o su delegado, \u00a0quien la presidir\u00e1; dos miembros designados por el Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0dos m\u00e1s elegidos por la plenaria de cada C\u00e1mara del Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0A las sesiones de la Junta Directiva podr\u00e1n ser invitados representantes o \u00a0voceros de las comunidades, de las organizaciones no gubernamentales, o los \u00a0funcionarios que sean del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>A las \u00a0deliberaciones de la Junta Directiva asistir\u00e1 con derecho a voz pero sin voto, \u00a0el Gerente General de la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00ba. Funciones de la Junta Directiva. \u00a0Son funciones de la Junta Directiva: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Acordar las pol\u00edticas y orientaciones generales de las actividades que \u00a0desarrolle la entidad y velar por su cumplimiento, conforme a las directrices \u00a0que fije el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Aprobar el presupuesto de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Adoptar la estructura administrativa de la entidad y la planta de personal \u00a0necesaria para el cumplimiento de sus funciones as\u00ed como sus estatutos. Dichos \u00a0actos requerir\u00e1n para su validez la aprobaci\u00f3n por parte del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Evaluar peri\u00f3dicamente el desarrollo de las actividades que adelante la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Delegar funciones de su competencia en el Gerente General, y autorizarlo para \u00a0delegar aquellas que le est\u00e9n atribuidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las \u00a0dem\u00e1s que le asignen la ley, el Gobierno Nacional o los estatutos de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a0transitorio. La primera reuni\u00f3n de la Junta Directiva tendr\u00e1 por objeto la \u00a0adopci\u00f3n de la estructura administrativa de la entidad, su planta de personal y \u00a0sus estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00ba. Posesi\u00f3n de los miembros de Junta \u00a0Directiva. Los miembros de la Junta Directiva tomar\u00e1n posesi\u00f3n de sus \u00a0cargos ante el Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00ba. Secretario de la Junta Directiva. \u00a0Actuar\u00e1 como Secretario de la Junta Directiva, el Secretario General de la Red \u00a0de Solidaridad Social, o qui\u00e9n haga sus veces. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00ba. Qu\u00f3rum. Constituir\u00e1 qu\u00f3rum \u00a0para las deliberaciones y decisiones de la Junta Directiva la mitad m\u00e1s uno de \u00a0los miembros que la integran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00ba. Decisiones de la Junta Directiva. \u00a0Las decisiones de la Junta Directiva requerir\u00e1n para su adopci\u00f3n del voto favorable \u00a0de la mitad m\u00e1s uno de los miembros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00ba. Actos de la Junta Directiva. \u00a0Los actos de la Junta Directiva se denominar\u00e1n Acuerdos, los cuales una vez \u00a0adoptados deben llevar la firma de quien presida la reuni\u00f3n y del Secretario de \u00a0la Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. Las reuniones de la Junta Directiva se hacen constar por medio de actas, \u00a0las cuales ser\u00e1n suscritas por el Presidente de la Junta, o quien haga sus \u00a0veces, y el secretario de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. Los acuerdos y actas se numerar\u00e1n sucesivamente con indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes \u00a0y a\u00f1o en que se expidan y estar\u00e1n bajo la custodia del Secretario de la junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Gerente General. El Gerente \u00a0General de la Red de Solidaridad Social, es agente del Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, de su libre nombramiento y remoci\u00f3n y representante legal de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Atribuciones del Gerente General. \u00a0Para el cumplimiento de los objetivos de la Red de Solidaridad Social el \u00a0Gerente General podr\u00e1: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Identificar criterios que permitan orientar el gasto social hacia los sectores \u00a0m\u00e1s pobres y vulnerables de la poblaci\u00f3n, determinar la poblaci\u00f3n sujeto de los \u00a0programas y proyectos que ejecute o coordine la Red de Solidaridad Social, \u00a0teniendo en cuenta los \u00edndices de pobreza y vulnerabilidad y la eficiencia en la \u00a0inversi\u00f3n p\u00fablica social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Determinar las \u00e1reas prioritarias de inversi\u00f3n social que se financien con \u00a0recursos de la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Definir las instancias de coordinaci\u00f3n y concertaci\u00f3n para los programas y \u00a0proyectos de la Red de Solidaridad Social, y cuando as\u00ed lo decida, organizar \u00a0unidades territoriales para el manejo de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Autorizar la ejecuci\u00f3n de programas o proyectos especiales que contribuyan a \u00a0conjurar una situaci\u00f3n de emergencia social o que demanden una atenci\u00f3n especial \u00a0del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Organizar los sistemas y procedimientos para el seguimiento, evaluaci\u00f3n y \u00a0monitoreo de los programas que desarrolle la Red de Solidaridad Social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Promover la obtenci\u00f3n de recursos financieros de cooperaci\u00f3n nacional e \u00a0internacional, para llevar a cabo los programas y proyectos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las \u00a0dem\u00e1s que le asignen la ley, el Gobierno Nacional y los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Estructura y planta de personal. \u00a0Para el cumplimiento de sus objetivos y funciones la Red de Solidaridad Social \u00a0contar\u00e1 con una estructura funcional y de programas y una planta de personal \u00a0global, que le permitan desarrollar con eficiencia y eficacia los planes y \u00a0programas de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>III. Patrimonio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Patrimonio. El patrimonio \u00a0de la Red de Solidaridad Social est\u00e1 constituido por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las \u00a0partidas que se le asignen en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n, directamente \u00a0o a trav\u00e9s de las entidades que \u00e9ste designe. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los \u00a0recursos provenientes de cr\u00e9dito interno y externo, previa incorporaci\u00f3n en el \u00a0Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los \u00a0recursos provenientes de la cooperaci\u00f3n nacional e internacional, previa \u00a0incorporaci\u00f3n en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Los \u00a0bienes muebles e inmuebles que adquiera a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las \u00a0donaciones en dinero que ingresen directamente a la Entidad, previa la \u00a0incorporaci\u00f3n al Presupuesto General de la Naci\u00f3n y las donaciones en especie \u00a0legalmente aceptadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Los \u00a0rendimientos financieros que reciba por el manejo de sus recursos propios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Los \u00a0activos fijos e inventarios de las entidades o programas que en virtud del \u00a0presente Decreto se funcionen con la Red de Solidaridad Social y que le sean \u00a0transferidos mediante acta e inventario que suscriban los representantes \u00a0legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Los \u00a0dem\u00e1s que obtenga a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a0Transitorio: Las reservas \u00a0presupuestales y cuentas por pagar de la vigencia fiscal de 1996 debidamente \u00a0constituidas con cargo al presupuesto de las entidades o fondos que se fusionen \u00a0en virtud del presente decreto con la Red de Solidaridad Social, ser\u00e1n \u00a0ejecutadas por esta \u00faltima. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>IV. \u00a0R\u00e9gimen jur\u00eddico de los actos y \u00a0contratos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. R\u00e9gimen de sus actividades y \u00a0operaciones: La Red de Solidaridad Social en sus operaciones, actos y \u00a0contratos se regir\u00e1 por lo previsto en su ley de creaci\u00f3n, el presente decreto, \u00a0la Ley 80 de 1993 y las \u00a0normas que los modifiquen o adicionen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0donaciones que reciba la Red de Solidaridad Social no requieren de insinuaci\u00f3n \u00a0judicial y se podr\u00e1n aceptar sin procedimiento especial a juicio del Gerente \u00a0General de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0donaciones que reciba la Red de Solidaridad Social de parte de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, gozar\u00e1n adem\u00e1s de la exenci\u00f3n de impuestos \u00a0nacionales de cualquier naturaleza, incluidos los impuestos de timbre y valor \u00a0agregado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>V. Fusi\u00f3n del Fondo de Solidaridad y Emergencia \u00a0Social \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Fusi\u00f3n del Fondo de Solidaridad y Emergencia \u00a0Social con la Red de Solidaridad Social: Fusi\u00f3nase el Fondo de \u00a0Solidaridad y Emergencia Social de que tratan el art\u00edculo transitorio 46 de la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y el Decreto 2099 de 1994 \u00a0con la Red de Solidaridad Social, a la cual se transfieren los bienes, \u00a0derechos, obligaciones y funciones que correspondan con los objetivos de esta \u00a0\u00faltima. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Transitorio. Transferencia de \u00a0bienes, derechos y obligaciones: La Red de Solidaridad Social \u00a0transferir\u00e1 al Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0con destino al Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y al Fondo de \u00a0Programas Especiales para la Paz, los bienes, derechos y obligaciones \u00a0adquiridos por la Red de Solidaridad Social, en el marco del Plan Nacional de \u00a0Desarrollo Alternativo y los Programas Especiales para la Paz, mediante acta \u00a0que suscribir\u00e1n los representantes legales de las dos entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Transitorio. Transferencia de \u00a0derechos y obligaciones contractuales: Los contratos que hayan sido \u00a0perfeccionados con cargo al presupuesto del Fondo de Solidaridad y Emergencia \u00a0Social y que correspondan a los objetivos y funciones de la Red de Solidaridad \u00a0Social, se seguir\u00e1n ejecutando por esta entidad hasta el vencimiento de los \u00a0mismos. Los contratos que hayan sido perfeccionados con cargo al presupuesto \u00a0del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social que no correspondan a los \u00a0objetivos y funciones de la Red de Solidaridad Social se ceder\u00e1n al \u00a0Departamento Administrativo de la Presidencia de la Rep\u00fablica, con el objeto de \u00a0que sean ejecutados por el Fondo del Plan Nacional de Desarrollo Alternativo y \u00a0el Fondo de Programas Especiales para la Paz seg\u00fan sea el caso, para lo cual \u00a0bastar\u00e1, para todos los efectos legales y presupuestales, la nota de cesi\u00f3n por \u00a0parte del representante legal de la Red de Solidaridad Social en el texto del \u00a0contrato. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Transitorio. Planta de personal: \u00a0En tanto se promulgan las normas que adoptan la nueva planta de personal de la \u00a0Red de Solidaridad Social los funcionarios p\u00fablicos incorporados en la actual \u00a0planta de personal del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social continuar\u00e1n \u00a0ejerciendo las funciones a ellos asignadas, dentro de la organizaci\u00f3n de la Red \u00a0de Solidaridad Social de que trata este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0representante legal del Fondo de Solidaridad y Emergencia Social continuar\u00e1 \u00a0ejerciendo sus funciones hasta que el representante legal de la Red de \u00a0Solidaridad Social tome posesi\u00f3n del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>VI. Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Control fiscal: La \u00a0vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal de la Red de Solidaridad Social, ser\u00e1 ejercida \u00a0por la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Apropiaciones presupuestales: \u00a0Las apropiaciones presupuestales con destino a la Red de Solidaridad Social de \u00a0identificar\u00e1n seg\u00fan la naturaleza de las actividades y se clasificar\u00e1n por \u00a0programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Articulo \u00a021. Operaciones presupuestales: \u00a0Para el cumplimiento de lo dispuesto en este Decreto, el Gobierno Nacional \u00a0efectuar\u00e1 las operaciones y traslados presupuestales requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Vigencia: El presente Decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga las disposiciones que le \u00a0sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, \u00a0comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., \u00a0a 6 de mayo de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>HORACIO \u00a0SERPA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Jos\u00e9 Antonio Ocampo Gaviria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo \u00a0de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan \u00a0Carlos Posada \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1225 DE 1997 \u00a0 \u00a0 (mayo \u00a06) \u00a0 \u00a0 por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 368 de 1997, y se \u00a0dictan otras disposiciones. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado parcialmente \u00a0por el Decreto 2713 de 1999 \u00a0 \u00a0 El Ministro \u00a0del Interior de la Rep\u00fablica de Colombia, delegatario de funciones \u00a0presidenciales de conformidad con [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-25793","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25793","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=25793"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/25793\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=25793"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=25793"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=25793"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}