{"id":26022,"date":"2023-07-17T22:49:34","date_gmt":"2023-07-17T22:49:34","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1690-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:49:34","modified_gmt":"2023-07-17T22:49:34","slug":"decreto-1690-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1690-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 1690 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1690 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>( junio 27 ) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se fusionan y suprimen unas dependencias del \u00a0Instituto Colombiano de la \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Reforma Agraria-INCORA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades extraordinarias otorgadas por el art\u00edculo 30 de la Ley 344 de 1996, \u00a0consultada la opini\u00f3n de la Comisi\u00f3n de Racionalizaci\u00f3n del Gasto y de las \u00a0Finanzas P\u00fablicas y previa asesor\u00eda del honorable Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fusi\u00f3n y supresi\u00f3n de dependencias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Fusi\u00f3n de dependencias. Fusi\u00f3nense a partir \u00a0de la publicaci\u00f3n del presente Decreto las siguientes dependencias del \u00a0Instituto Colombiano de la Reforma Agraria,-INCORA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. La Subgerencia de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica y sus \u00a0Divisiones de Planes y Programas y de Organizaci\u00f3n y Sistemas, en la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica del Despacho de la Gerencia General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. La Subgerencia Jur\u00eddica con su Divisi\u00f3n de Asesor\u00eda \u00a0Legal, en la Oficina Jur\u00eddica del Despacho de la Gerencia General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. La Divisi\u00f3n de Recursos Humanos con la Secretar\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. La Subgerencia Financiera con sus Divisiones Financiera \u00a0y de Administraci\u00f3n del Subsidio, de Presupuesto y la de Contabilidad, la \u00a0Divisi\u00f3n Administrativa de la Secretar\u00eda General, en la Subgerencia de \u00a0Administraci\u00f3n de Recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. La Subgerencia Operativa con sus Divisiones de \u00a0Atenci\u00f3n a Comunidades Ind\u00edgenas, la de atenci\u00f3n a Comunidades Negras, y la \u00a0Divisi\u00f3n de Procedimientos Agrarios de la Subgerencia Jur\u00eddica, en la \u00a0Subgerencia de Ordenamiento Social de la Propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. La Divisi\u00f3n del Sistema Nacional de Reforma Agraria y \u00a0Desarrollo Rural Campesino de la Subgerencia de Planeaci\u00f3n e inform\u00e1tica y las \u00a0Divisiones de Promoci\u00f3n del Mercado de Tierras y Subsidios, Adquisici\u00f3n y \u00a0Adjudicaci\u00f3n de Tierras, y la de Desarrollo Empresarial de la Subgerencia \u00a0Operativa, en la Subgerencia de Desarrollo y Gesti\u00f3n Empresarial Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las Secciones Administrativa y Financiera, Jur\u00eddica y \u00a0la de Operaciones Grupos de Trabajo Subregional, en las Gerencias Regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Supresi\u00f3n de dependencias. Supr\u00edmense las \u00a0siguientes dependencias del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria-INCORA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. La Oficina de Relaciones P\u00fablicas y Prensa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las \u00e1reas de trabajo ~e las Gerencias Regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Estructura Org\u00e1nica del INCORA. En \u00a0desarrollo de lo previsto en los art\u00edculos anteriores, el Instituto Colombiano \u00a0de la Reforma Agraria tendr\u00e1 la siguiente Estructura Org\u00e1nica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. JUNTA DIRECTIVA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. GERENCIA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Oficina de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Oficina de Control Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. SECRETARIA GENERAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. SUBGERENCIA DE ADMINISTRACION DE RECURSOS \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. SUBGERENCIA DE ORDENAMIENTO SOCIAL DE LA PROPIEDAD \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. SUBGERENCIA DE DESARROLLO Y GESTION EMPRESARIAL RURAL \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. GERENCIAS REGIONALES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. ORGANOS DE ASESORlA Y COORDINACION \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 Nivel central \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1.1 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1.2 Comit\u00e9 Paritario de Salud Ocupacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1.3 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 Nivel Regional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2.1 Comit\u00e9 Departamental de Desarrollo Rural y Reforma \u00a0Agraria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2.2 Consejos Municipales de Desarrollo Rural \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2.3 Comit\u00e9s Municipales de Reforma Agraria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n e \u00a0lnform\u00e1tica. Son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n e Inform\u00e1tica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1 .Asesorar a la Gerencia General en la realizaci\u00f3n de \u00a0las diferentes acciones relacionadas con el proceso de planeaci\u00f3n integral del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Analizar el entorno de la Reforma Agraria y del \u00a0Desarrollo Rural Campesino, con \u00e9nfasis en las din\u00e1micas de concentraci\u00f3n y \u00a0descomposici\u00f3n de la propiedad y sugerir escenarios y estrategias de acci\u00f3n \u00a0para el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Orientar y concertar con las distintas dependencias de \u00a0la entidad, la formulaci\u00f3n del plan de desarrollo corporativo y responder por \u00a0su elaboraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar los resultados del plan corporativo adoptado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar la formulaci\u00f3n de los planes, de mediano \u00a0plazo y operativos de los diferentes programas de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dise\u00f1ar pol\u00edticas, aplicar y controlar planes y \u00a0programas para el desarrollo inform\u00e1tico del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Responder por la provisi\u00f3n de informaci\u00f3n confiable y \u00a0oportuna a toda la organizaci\u00f3n en sus diferentes niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y promover proyectos sobre el desarrollo de la \u00a0organizaci\u00f3n y la racionalizaci\u00f3n y mejoramiento continuo de procesos, m\u00e9todos \u00a0y sistemas de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar la formulaci\u00f3n de programas y proyectos de \u00a0investigaci\u00f3n aplicada al proceso de reforma agraria y asistir t\u00e9cnicamente su \u00a0ejecuci\u00f3n en las distintas dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con los entes gubernamentales del nivel \u00a0nacional la definici\u00f3n de pol\u00edticas, determinaci\u00f3n de programas y la asignaci\u00f3n \u00a0global de recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la formulaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de convenios o \u00a0programas de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Funciones de la Oficina Jur\u00eddica. Son \u00a0funciones de la Oficina Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Gerencia General y dem\u00e1s dependencias \u00a0del Instituto en asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico, absolver las consultas y emitir \u00a0los conceptos respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender y coordinar con las dem\u00e1s dependencias del \u00a0Instituto los procesos judiciales y llevar la representaci\u00f3n judicial y \u00a0extrajudicial del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a03. Preparar \u00a0instrucciones y directrices sobre material jur\u00eddico y aplicaci\u00f3n de normas y \u00a0coordinar las actividades en los aspectos legales del Instituto, para unificar \u00a0los criterios correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Compilar y difundir las normas jur\u00eddicas, \u00a0jurisprudencia, doctrina y conceptos relacionados con la legislaci\u00f3n agraria y \u00a0objetivos del Instituto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Responder por la aplicaci\u00f3n de los mecanismos del \u00a0sistema de control interno en el \u00e1mbito de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y correspondan a la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Funciones de la Secretar\u00eda General. Son \u00a0funciones de la Secretar\u00eda General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Cumplir las funciones de Secretar\u00eda de la Junta \u00a0Directiva y refrendar los actos administrativos que \u00e9sta expida. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Tramitar los proyectos de decreto, acuerdos y dem\u00e1s \u00a0actos administrativos que deban someterse a consideraci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar lo pertinente para el cabal \u00a0funcionamiento del sistema de atenci\u00f3n de quejas y reclamos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir a la Gerencia General en el dise\u00f1o de \u00a0pol\u00edticas y estrategias de gesti\u00f3n humana y prestaci\u00f3n del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, programar y definir pol\u00edticas de desarrollo \u00a0de personal y de ejecuci\u00f3n de procesos t\u00e9cnicos de gesti\u00f3n humana, de acuerdo \u00a0con la normatividad vigente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Propiciar un clima laboral gratificante en las \u00a0relaciones empleado lnstituto y desarrollar y promover estrategias para mejorar \u00a0el rendimiento y calidad del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estimular el desarrollo de valores y creencias \u00a0compatibles con la satisfacci\u00f3n de necesidades y expectativas del cliente \u00a0externo e interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejecutar los procesos operativos de gesti\u00f3n humana en \u00a0las oficinas centrales y asesorar a las gerencias regionales en la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Velar por el eficaz funcionamiento de la Entidad \u00a0Adaptada al Sistema General de Seguridad Social en Salud. E.A.S-INCORA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Funciones de la Subgerencia de \u00a0Administraci\u00f3n de Recursos. Son funciones de la Subgerencia de Administraci\u00f3n \u00a0de Recursos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Gerencia General en la determinaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, planes y programas relacionados con los procesos t\u00e9cnicos de \u00a0administraci\u00f3n de los recursos financieros y f\u00edsicos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, orientar y controlar los procesos t\u00e9cnicos \u00a0relacionados con la administraci\u00f3n de los recursos financieros y f\u00edsicos de la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar el presupuesto del Instituto, evaluar y \u00a0controlar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar y gestionar fuentes de financiamiento para \u00a0los programas y proyectos, que incrementen la oferta financiera de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar el proceso financiero y de registro de las \u00a0operaciones realizadas en las oficinas centrales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Responder por las obligaciones financieras del \u00a0Instituto y establecer los procedimientos para la administraci\u00f3n, control, \u00a0recaudo y pagos respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar lo pertinente para el adecuado \u00a0manejo del programa de bienes en destinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar y mantener los equipos de inform\u00e1tica y \u00a0dem\u00e1s bienes de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Responder por la ejecuci\u00f3n de los procesos de \u00a0administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos de las oficinas centrales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Responder por la aplicaci\u00f3n de los mecanismos del \u00a0sistema de control interno en el \u00e1mbito de la Subgerencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar por la optimizaci\u00f3n del uso y aplicaci\u00f3n de los \u00a0recursos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Funciones de la Subgerencia de Ordenamiento \u00a0Social de la Propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de la Subgerencia de Ordenamiento Social de \u00a0la Propiedad: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Gerencia General en la determinaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, planes y programas y en la ejecuci\u00f3n de las actividades que deban \u00a0realizar las Gerencias Regionales, en el \u00e1mbito de los programas a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0e Inform\u00e1tica el plan estrat\u00e9gico de ordenamiento social de la propiedad y \u00a0orientar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Responder por la ejecuci\u00f3n de los procesos de \u00a0investigaci\u00f3n-acci\u00f3n en materia de ordenamiento social de la propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar, orientar y supervisar las actividades \u00a0relacionadas con los procedimientos agrarios de extinci\u00f3n del derecho de \u00a0dominio; clarificaci\u00f3n de la propiedad y deslinde de las tierras de la Naci\u00f3n, \u00a0de los resguardos ind\u00edgenas y las de las comunidades negras; la administraci\u00f3n, \u00a0disposici\u00f3n, reserva, adjudicaci\u00f3n y recuperaci\u00f3n de los terrenos bald\u00edos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar y coordinar con las Gerencias Regionales la \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas de constituci\u00f3n, ampliaci\u00f3n, reestructuraci\u00f3n y \u00a0saneamiento de los resguardos ind\u00edgenas, de conformidad con las programaciones \u00a0que se hubieren concertado con los pueblos y organizaciones ind\u00edgenas, seg\u00fan \u00a0las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, asesorar y controlar a las Gerencias \u00a0Regionales en la ejecuci\u00f3n de los programas de titulaci\u00f3n colectiva de tierras \u00a0bald\u00edas a las comunidades negras, de conformidad con las normas legales y \u00a0reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con la Subgerencia de \u00a0Desarrollo y Gesti\u00f3n Empresarial Rural, las normas y directrices que regulen la \u00a0ocupaci\u00f3n, aprovechamiento y adjudicaci\u00f3n de tierras en las zonas de reserva \u00a0campesina y direccionar los estudios de zonificaci\u00f3n correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dise\u00f1ar pol\u00edticas. normas y procedimientos para la \u00a0constituci\u00f3n de zonas de desarrollo empresarial . \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Llevar la informaci\u00f3n sobre el estado de los \u00a0expedientes relacionados con los procedimientos agrarios y tramitar las \u00a0notificaciones, recursos y publicaciones de las providencias proferidas por la \u00a0Junta Directiva, la Gerencia General y dem\u00e1s dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Planificar, verificar y supervisar las actividades \u00a0relacionadas con la titulaci\u00f3n y el registro de la propiedad rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar por la modernizaci\u00f3n de los procedimientos e \u00a0instrumentos que permitan la titulaci\u00f3n y el registro de los bienes rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Administrar los sistemas de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica y \u00a0catastral, as\u00ed como los dem\u00e1s que se requieran para el adecuado ordenamiento \u00a0social de la propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Promover los programas a su cargo, buscando \u00a0potencializar los recursos mediante alianzas entre el Estado, la comunidad y el \u00a0sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. Funciones de la Sugerencia de Desarrollo y \u00a0Cesi\u00f3n Empresarial Rural Son funciones de la Subgerencia de Desarrollo y \u00a0Gesti\u00f3n Empresarial Rural: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Gerencia General en la realizaci\u00f3n de \u00a0las diferentes acciones relacionadas con el desarrollo y la gesti\u00f3n empresarial \u00a0rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar, con arreglo a las directrices vigentes, las \u00a0actividades que debe cumplir el INCORA con los organismos y entidades \u00a0integrantes del Sistema Nacional de Reforma Agraria y Desarrollo Rural \u00a0Campesino. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar y coordinar la determinaci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0y estrategias relacionadas con la regionalizaci\u00f3n del subsidio y focalizaci\u00f3n \u00a0de las acciones de Reforma Agraria, para la dinamizaci\u00f3n del mercado y \u00a0adquisici\u00f3n directa de tierras, gesti\u00f3n empresarial y acciones complementarias \u00a0de apoyo a los programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las relaciones con el subsistema de \u00a0financiaci\u00f3n, a fin de apoyar y facilitar el acceso al cr\u00e9dito por parte de \u00a0beneficiarios de los programas de reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las Gerencias Regionales y otras \u00a0entidades, la asesor\u00eda t\u00e9cnica y jur\u00eddica a los beneficiarios en los procesos \u00a0de adquisici\u00f3n de tierras como tambi\u00e9n el desarrollo de programas de \u00a0organizaci\u00f3n campesina y de capacitaci\u00f3n en aspectos normativos, de \u00a0organizaci\u00f3n socioecon\u00f3mica, participaci\u00f3n comunitaria, t\u00e9cnicoproductivos y \u00a0desarrollo de la Pol\u00edtica de Mujer Rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organizar y asesorar los programas de adquisici\u00f3n de \u00a0tierras, mediante negociaci\u00f3n directa con los propietarios, para redistribuirla \u00a0en favor de los sujetos de reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover, asesorar y organizar modelos zonales de \u00a0empresas b\u00e1sicas agropecuarias, en los programas de redistribuci\u00f3n de tierras y \u00a0de reordenamiento social de la propiedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impulsar con lineamientos y metodolog\u00edas la \u00a0capacitaci\u00f3n para los beneficiarios de la reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impulsar el desarrollo de estrategias que permitan a \u00a0los beneficiarios del programa de dotaci\u00f3n de tierras, establecer alianzas con \u00a0empresas comercializadoras y agroindustriales que faciliten la integraci\u00f3n y coordinaci\u00f3n \u00a0del proceso productivo, orientadas a transformar las condiciones de producci\u00f3n \u00a0y comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover y asesorar la conformaci\u00f3n y el \u00a0financiamiento de Cooperativas de beneficiarios de Reforma Agraria y promover \u00a0la celebraci\u00f3n de contratos de suministro con las sociedades comerciales que se \u00a0establezcan para la compra y comercializaci\u00f3n de la producci\u00f3n agropecuaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar los sistemas de informaci\u00f3n geogr\u00e1fica \u00a0para referenciar la redistribuci\u00f3n de tierras, los usos y la infraestructura \u00a0f\u00edsica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Mantener actualizados los registros de beneficiarios \u00a0del subsidio, de predios y de proyectos productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Responder por la ejecuci\u00f3n de los procesos de \u00a0investigaci\u00f3n-acci\u00f3n en materia de redistribuci\u00f3n de tierras, desarrollo y \u00a0gesti\u00f3n empresarial rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Planificar, verificar y supervisar las actividades \u00a0relacionadas con la redistribuci\u00f3n de tierras y la de desarrollo y gesti\u00f3n \u00a0empresarial rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Promover los programas a su cargo, buscando \u00a0potencializar los recursos mediante alianzas entre el Estado, la comunidad y el \u00a0sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Propiciar la modernizaci\u00f3n de los procedimientos e \u00a0instrumentos para la redistribuci\u00f3n de tierras, el desarrollo y la gesti\u00f3n \u00a0empresarial rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t 17. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones de las Gerencias Regionales. Bajo \u00a0la orientaci\u00f3n, coordinaci\u00f3n y lineamientos de la Gerencia General, son \u00a0funciones de las Gerencias Regionales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar los procesos de gesti\u00f3n humana, de \u00a0administraci\u00f3n de recursos financieros y f\u00edsicos requeridos para la ejecuci\u00f3n \u00a0de los programas y proyectos a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el eficaz funcionamiento de la Entidad \u00a0Adaptada al Sistema General de Seguridad Social en Salud E.A.S., Incora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y realizar las actividades de \u00a0sistematizaci\u00f3n de la Gerencia Regional, de conformidad con las pol\u00edticas y \u00a0planes trazados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, de conformidad con las directrices del \u00a0Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, las actividades que debe cumplir \u00a0el Instituto con las entidades integrantes del Sistema Nacional de Reforma \u00a0Agraria y Desarrollo Rural Campesino. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar una estrecha relaci\u00f3n interinstitucional con \u00a0el subsistema de financiaci\u00f3n, a fin de facilitar el acceso al cr\u00e9dito para los \u00a0beneficiarios de los programas de reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer servicios de apoyo a los campesinos y \u00a0propietarios de predios en los procesos de negociaci\u00f3n voluntaria sin perjuicio \u00a0de los que presten las inmobiliarias rurales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Otorgar subsidios directos que permitan la adquisici\u00f3n \u00a0de tierras a los hombres y mujeres campesinos de escasos recursos, a \u00a0minifundistas, a beneficiarios de programas especiales, a mujeres campesinas \u00a0jefes de hogar, de acuerdo con lo establecido por la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Realizar y asesorar programas de adquisici\u00f3n de \u00a0tierras mediante negociaci\u00f3n directa con los propietarios, para redistribuirlas \u00a0en favor de los sujetos de reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar programas de apoyo al desarrollo y la gesti\u00f3n \u00a0empresarial rural dirigidos a los beneficiarios de la reforma agraria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar los procedimientos agrarios del Instituto, \u00a0de conformidad con las competencias establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Impulsar los programas de organizaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n \u00a0campesina, propiciando la autogesti\u00f3n y la participaci\u00f3n de los beneficiarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover la elaboraci\u00f3n de planes, programas y \u00a0proyectos productivos con la participaci\u00f3n de los campesinos en sus escenarios \u00a0locales de concertaci\u00f3n y planificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Impulsar la organizaci\u00f3n de cooperativas y formas \u00a0asociativas para la producci\u00f3n y comercializaci\u00f3n . \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar el seguimiento y evaluaci\u00f3n de los \u00a0programas de reforma agraria, desde la organizaci\u00f3n campesina y los entes \u00a0planificadores y de veedur\u00eda locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Dirigir y coordinar lo pertinente para el cabal \u00a0funcionamiento del sistema de atenci\u00f3n de quejas y reclamos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Mantener actualizados los registros de beneficiarios \u00a0del subsidio, de predios y de proyectos productivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Responder por la ejecuci\u00f3n de los procesos de \u00a0investigaci\u00f3n-acci\u00f3n en materia de ordenamiento social de la propiedad, \u00a0desarrollo y la gesti\u00f3n empresarial rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Promover los programas a su cargo, buscando \u00a0potencializar los recursos mediante alianzas entre el Estado, la comunidad y el \u00a0sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Programar, verificar y supervisar las actividades \u00a0relacionadas con el plan estrat\u00e9gico para el ordenamiento social de la \u00a0propiedad y las de desarrollo y gesti\u00f3n empresarial rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Propiciar la modernizaci\u00f3n de procedimientos e \u00a0instrumentos que deban acompa\u00f1ar el ordenamiento social de la propiedad y el \u00a0desarrollo y gesti\u00f3n empresarial rural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Optimizar el uso y aplicaci\u00f3n de los recursos de la \u00a0entidad, en su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Responder por la aplicaci\u00f3n de los mecanismos del \u00a0sistema de control interno en el \u00e1mbito de la Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11 .Adecuaci\u00f3n de la Estructura Interna y \u00a0adopci\u00f3n de la nueva Planta de Personal De conformidad con las fusiones y \u00a0supresiones de las dependencias ordenadas por el presente Decreto, y dentro de \u00a0los dos (2) meses siguientes a su publicaci\u00f3n, la Junta Directiva del Instituto \u00a0Colombiano de la Reforma Agraria, &#8220;Incora&#8221;, proceder\u00e1 a determinar \u00a0las modificaciones necesarias a la Estructura Interna y a adoptar la nueva \u00a0Planta de Personal, someti\u00e9ndolas a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Atribuciones de los servidores p\u00fablicos de \u00a0la Planta de Personal Actual Los funcionarios de la Planta de Personal actual \u00a0del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, &#8220;Incora&#8221;, continuar\u00e1n \u00a0ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea expedida la \u00a0nueva Planta de Personal y se efect\u00faen las respectivas incorporaciones de \u00a0conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO ll \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones laborales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Supresi\u00f3n de Empleos. La Junta Directiva, \u00a0dentro del t\u00e9rmino establecido para adoptar la nueva Planta de Personal, \u00a0suprimir\u00e1 los empleos o cargos desempe\u00f1ados por empleados p\u00fablicos que no \u00a0fueren necesarios, de conformidad con lo dispuesto en el presente Decreto, de \u00a0acuerdo con el Programa de Supresi\u00f3n de Empleos que para tal efecto \u00e9sta \u00a0establezca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Indemnizaciones. Los empleados p\u00fablicos de \u00a0carrera a quienes se les suprima el cargo como consecuencia de las fusiones y \u00a0supresiones dispuestas en el presente Decreto, tendr\u00e1n derecho a la \u00a0indemnizaci\u00f3n consagrada en la Ley 27 de 1992, su Decreto \u00a0Reglamentario 1223 de 1993 y las normas que los modifiquen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO lll \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Obligaciones especiales de los empleados de \u00a0manejo y confianza y de los responsables de los archivos de las dependencias \u00a0fusionadas o suprimidas. Los empleados que desempe\u00f1en empleos o cargos de \u00a0manejo y confianza y los responsables de los archivos de las dependencias \u00a0fusionadas o suprimidas deber\u00e1n rendir las correspondientes cuentas fiscales e \u00a0inventarios y efectuar la entrega de los bienes y archivos a su cargo, conforme \u00a0a las normas y procedimientos establecidos por la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y el Archivo General de la \u00a0Naci\u00f3n, sin que ello implique exoneraci\u00f3n de la responsabilidad a que haya \u00a0lugar en caso de irregularidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Vigencia. El presente Decreto rige a partir \u00a0de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga especialmente los art\u00edculos 5\u00ba, 9\u00ba y 10 \u00a0del Decreto 245 de 1995 \u00a0y todas las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 27 de junio de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, encargado de \u00a0las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Eduardo Fern\u00e1ndez Delgado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Antonio G\u00f3mez Merlano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Edgar Alfonso Gonz\u00e1lez Salas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1690 DE 1997 \u00a0 \u00a0 ( junio 27 ) \u00a0 \u00a0 por el cual se fusionan y suprimen unas dependencias del \u00a0Instituto Colombiano de la \u00a0 \u00a0 Reforma Agraria-INCORA. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de \u00a0las facultades extraordinarias otorgadas por el art\u00edculo 30 de la Ley 344 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-26022","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26022","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26022"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26022\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26022"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26022"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26022"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}