{"id":26048,"date":"2023-07-17T22:49:35","date_gmt":"2023-07-17T22:49:35","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1725-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:49:35","modified_gmt":"2023-07-17T22:49:35","slug":"decreto-1725-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-1725-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 1725 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1725 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio \u00a04) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la \u00a0Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 1265 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 14 y 16 \u00a0del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0en desarrollo del Decreto \u00a0ley 1693 de junio 27 de 1997, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. \u00a0La Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales \u00a0tendr\u00e1 adem\u00e1s de la estructura y funciones se\u00f1aladas en el Decreto \u00a0ley 1693 de junio 27 de 1997 que separa funcionalmente la entidad, las \u00a0establecidas en este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>T \u00a0I T U L O I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Estructura \u00a0Org\u00e1nica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00ba. Estructura Org\u00e1nica del Nivel Central. El Nivel Central de la Unidad \u00a0Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales tendr\u00e1 la \u00a0siguiente estructura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oficinas \u00a0Nacionales de Servicio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Oficina Nacional de Servicio de Desarrollo Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho \u00a0del Jefe de Oficina \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisiones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Carrera Tributaria y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Bienestar Organizacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 \u00a0Divisi\u00f3n Acad\u00e9mica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 \u00a0Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y Medios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5 \u00a0Divisi\u00f3n Centro de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho \u00a0del Jefe de Oficina \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisiones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 \u00a0Divisi\u00f3n Ingenier\u00eda de Software \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 \u00a0Divisi\u00f3n T\u00e9cnica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 \u00a0Divisi\u00f3n Apoyo al Usuario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 \u00a0Divisi\u00f3n M\u00e9todos y Procedimientos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.5 \u00a0Divisi\u00f3n Operaci\u00f3n T\u00e9cnica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oficinas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Evaluaci\u00f3n de Gesti\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Organizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Auditor\u00eda de Sistemas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Auditor\u00eda Interna \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Oficina Nacional de Normativa y Doctrina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Relator\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Doctrina \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Oficina de Estudios Econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Estad\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Estudios Fiscales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subsecretar\u00edas \u00a0de la Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Subsecretar\u00eda Financiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Tesorer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 Divisi\u00f3n \u00a0de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Subsecretar\u00eda Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Servicios Generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Adquisici\u00f3n y Contratos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Transportes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Subsecretar\u00eda de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Subsecretar\u00eda de Investigaciones Disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subdirecci\u00f3n \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Control a Entidades Recaudadoras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Contabilidad y Cuentas Corrientes \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11.3 \u00a0Divisi\u00f3n de An\u00e1lisis, Programaci\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Subdirecci\u00f3n \u00a0de Fiscalizaci\u00f3n para el Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.1 \u00a0Divisi\u00f3n de An\u00e1lisis y Programaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Investigaciones Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Reg\u00edmenes Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12.4 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.1 \u00a0Divisi\u00f3n de An\u00e1lisis y Programaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Subdirecci\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Representaci\u00f3n Externa Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Subdirecciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Servicios al Comercio Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Programaci\u00f3n y Registro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.3 \u00a0Divisi\u00f3n de An\u00e1lisis y Programaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15.4 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Arancel \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Laboratorio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n del \u00a0Contra-bando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Investigaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.2 Divisi\u00f3n \u00a0de Control, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n al contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Mercadeo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Contabilidad Comercial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Subdirecci\u00f3n \u00a0Jur\u00eddica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Representaci\u00f3n Externa Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Subdirecci\u00f3n de Control Cambiario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.1 \u00a0Divisi\u00f3n de Control Importaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.2 \u00a0Divisi\u00f3n de Control Exportaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20.3 \u00a0Divisi\u00f3n de Supervisi\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Divisi\u00f3n Fondo Tabacalero de Compensaci\u00f3n Tributaria de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Recaudaci\u00f3n funcionar\u00e1 hasta el 31 de diciembre de 1997 de conformidad con el Decreto 2280 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00ba. Estructura Org\u00e1nica de las Direcciones Regionales. Las Direcciones \u00a0Regionales de la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales, podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Director Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n Servicio de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n Servicio de Desarrollo Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n de Investigaciones Disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Direcci\u00f3n Regional podr\u00e1 ser ejercida por un funcionario diferente a \u00a0aquellos que se desempe\u00f1en como administradores locales de la jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00ba. Estructura Org\u00e1nica de las Administraciones Especiales de Impuestos \u00a0Nacionales. Las Administraciones Especiales de Impuestos Nacionales, podr\u00e1n \u00a0contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador Especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0Servicio de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n para el control y penalizaci\u00f3n tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n \u00a0Jur\u00eddica Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Administraci\u00f3n Especial de Grandes Contribuyentes de Santa Fe de Bogot\u00e1, no \u00a0contar\u00e1 con las divisiones de cobranzas, devoluciones y documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00ba. Estructura Org\u00e1nica de las Administraciones Especiales de Aduanas. La \u00a0Administraci\u00f3n Especial de Aduanas Nacionales de Santa Fe de Bogot\u00e1, podr\u00e1 \u00a0contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador Especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0Servicio de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Control Aduanero, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n del Contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Divisi\u00f3n de Control de Cambios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Administraci\u00f3n Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto El Dorado de Santa \u00a0Fe de Bogot\u00e1 no tendr\u00e1 divisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00ba. Estructura Org\u00e1nica de las Administraciones de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales. Las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales de \u00a0Bucaramanga, Pereira, Santa Marta y Manizales, podr\u00e1n contar con las siguientes \u00a0dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Control Tributario y Aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Divisi\u00f3n de Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las administraciones \u00a0de Impuestos y Aduanas Nacionales de Riohacha, Yopal y San Andr\u00e9s, contar\u00e1n con \u00a0las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n \u00a0de Control Tributario y Aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. La administraci\u00f3n de Manizales no contar\u00e1 con las divisiones de \u00a0Comercializaci\u00f3n, Documentaci\u00f3n y Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. La administraci\u00f3n de Santa Marta no contar\u00e1 con las divisiones de \u00a0Documentaci\u00f3n y Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00ba. Estructura Org\u00e1nica de las Administraciones de Impuestos Nacionales. Las \u00a0Administraciones de Impuestos de Personas Naturales de Santa Fe de Bogot\u00e1, \u00a0Barranquilla, Medell\u00edn, Cali y Cartagena, contar\u00e1n con las siguientes \u00a0dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n para el control y penalizaci\u00f3n tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0Administraciones de Impuestos de Armenia, C\u00facuta, Ibagu\u00e9, Monter\u00eda, Neiva, \u00a0Sincelejo, Palmira, Pasto, Popay\u00e1n, Tunja, Valledupar y Villavicencio, contar\u00e1n \u00a0con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n para el Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0Administraciones de Impuestos de Barrancabermeja, Florencia, Girardot, Quibd\u00f3, \u00a0Sogamoso y Tulu\u00e1 contar\u00e1n con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n \u00a0de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n para el Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. La Administraci\u00f3n de Impuestos de Cartagena no contar\u00e1 con Divisi\u00f3n de \u00a0Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. La Administraci\u00f3n de Personas Naturales de Santa Fe de Bogot\u00e1, no contar\u00e1 \u00a0con Divisi\u00f3n de Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a03\u00ba. Las Administraciones de Impuestos de C\u00facuta e Ibagu\u00e9 contar\u00e1n cada una con \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00ba. Estructura Org\u00e1nica de las Administraciones de Aduanas Nacionales. Las \u00a0Administraciones de Aduanas de Barranquilla, Buenaventura, Cali, Cartagena, \u00a0C\u00facuta y Medell\u00edn contar\u00e1n con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho \u00a0del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0de Control Aduanero, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n del contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0Jur\u00eddica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0de Control Cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Divisi\u00f3n \u00a0de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Administraci\u00f3n de Aduanas de Arauca, contar\u00e1 con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n \u00a0de Control Aduanero, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n del Contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01\u00ba. Las Administraciones de Aduanas de Barranquilla, Medell\u00edn y Cali no \u00a0contar\u00e1n con Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02\u00ba. La Administraci\u00f3n de Aduanas de Buenaventura contar\u00e1 con Divisi\u00f3n de \u00a0Recaudaci\u00f3n y Cobranza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a03\u00ba. La Administraci\u00f3n de Aduanas de C\u00facuta no contar\u00e1 con las divisiones \u00a0T\u00e9cnica Aduanera y de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a04\u00ba. En las Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n T\u00e9cnica \u00a0Aduanera, las funciones las asume la Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a05\u00ba. En las Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n de \u00a0Comercializaci\u00f3n, las funciones las asume la Divisi\u00f3n Financiera y \u00a0Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a06\u00ba. En las Administraciones de Impuestos y en las Administraciones de Aduanas, \u00a0en donde no exista Divisi\u00f3n de Devoluciones y\/o Cobranzas, las funciones las \u00a0asume la divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a07\u00ba. En las Administraciones de Impuestos y en las Administraciones de Aduanas \u00a0donde no exista Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n, las funciones las asume la Divisi\u00f3n \u00a0Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a08\u00ba. En las Administraciones de Impuestos y en las Administraciones de Aduanas \u00a0donde no exista Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria o Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera, \u00a0seg\u00fan el caso, las funciones las asume el Despacho del Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a09\u00ba. Las funciones de personal de las administraciones especiales, locales y \u00a0delegadas, ser\u00e1n desarrolladas a trav\u00e9s de grupos ejecutores, adscritos al \u00a0Despacho del Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a010. En las Administraciones donde no exista Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n, sus \u00a0funciones las asume la Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a011. En las Administraciones donde no exista Divisi\u00f3n de Control Cambiario, sus \u00a0funciones las asume la Divisi\u00f3n Control, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n al \u00a0Contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>T \u00a0I T U L O II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Del \u00a0Nivel Central \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00ba. Oficina Nacional de Servicio de Desarrollo Humano. Conforme a las \u00a0pol\u00edticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina \u00a0Nacional de Servicio de Desarrollo Humano, para ejercerlas directamente o a \u00a0trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Establecer el plan estrat\u00e9gico de Desarrollo Humano de conformidad con el plan \u00a0institucional definido por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Desarrollar, integrar y ejecutar la pol\u00edtica social integral que sobre \u00a0desarrollo humano establezca la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Formular y proponer las pol\u00edticas sobre el desarrollo de los procesos de \u00a0carrera tributaria y aduanera, gesti\u00f3n del desempe\u00f1o, bienestar social integral \u00a0y organizacional, salud ocupacional y prevenci\u00f3n de riesgos, formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n \u00a0de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros, seg\u00fan las normas legales \u00a0vigentes, as\u00ed como las relacionadas con la formaci\u00f3n de una cultura y una \u00e9tica \u00a0institucionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Dise\u00f1ar y administrar el sistema de Carrera Tributaria y Aduanera previa \u00a0autorizaci\u00f3n del Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Dise\u00f1ar e implantar los sistemas de evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o, y supervisar su \u00a0aplicaci\u00f3n previa autorizaci\u00f3n del Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Consolidar y preparar los informes de evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o de los funcionarios \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Establecer y administrar el banco de pruebas psicot\u00e9cnicas para el proceso de \u00a0selecci\u00f3n y promoci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Controlar el desarrollo de los concursos de ingreso y promoci\u00f3n de los \u00a0servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la Direcci\u00f3n General de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, en las diferentes Administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Definir, administrar y aplicar el sistema de gesti\u00f3n del desempe\u00f1o, coordinar \u00a0su aplicaci\u00f3n, evaluar los resultados y proponer las acciones pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Planear, desarrollar y dirigir actividades encausadas a promover la identidad \u00a0institucional, el sentido de pertenencia y el bienestar de los servidores \u00a0p\u00fablicos y de sus familias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Adelantar estudios y efectuar recomendaciones tendientes al mejoramiento de la \u00a0calidad de vida y de salud ocupacional y prevenci\u00f3n de riesgos de los \u00a0servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Desarrollar pol\u00edticas y programas para el mejoramiento de la comunicaci\u00f3n \u00a0interna en la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Dise\u00f1ar, establecer y administrar el sistema de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Plan Nacional de \u00a0Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Acad\u00e9mica, para los servidores p\u00fablicos tributarios y \u00a0aduaneros de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Establecer \u00a0los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las herramientas \u00a0necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las actividades del \u00a0\u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la Oficina \u00a0de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de los servicios de Desarrollo \u00a0Humano a nivel nacional, cuando las circunstancias lo ameriten y previa \u00a0autorizaci\u00f3n del Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n. Conforme a las \u00a0pol\u00edticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina \u00a0Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de \u00a0su organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Definir, dirigir, investigar, evaluar, instrumentar y activar integralmente el \u00a0desarrollo tecnol\u00f3gico de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Establecer las pol\u00edticas de administraci\u00f3n de informaci\u00f3n y desarrollo de \u00a0sistemas de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Adunas Nacionales y evaluar \u00a0peri\u00f3dicamente la calidad de los servicios inform\u00e1ticos, la capacidad de los \u00a0recursos computacionales y brindar soporte t\u00e9cnico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Administrar la informaci\u00f3n corporativa de la entidad y disponer los mecanismos \u00a0o metodolog\u00edas para su uso institucional y difundir por medios magn\u00e9ticos, \u00a0electromagn\u00e9ticos o cualquier otro desarrollo tecnol\u00f3gico, la informaci\u00f3n a los \u00a0servidores p\u00fablicos de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Analizar, dise\u00f1ar, desarrollar, documentar, aplicar, mantener y controlar los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n corporativos requeridos por la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacio-nales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Asesorar y controlar el desarrollo y aplicaci\u00f3n de sistemas que adelanten las \u00a0\u00e1reas y administraciones de la entidad y aprobar su utilizaci\u00f3n final de \u00a0acuerdo con los procedimientos que se establezcan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Definir las especificaciones t\u00e9cnicas para la adquisici\u00f3n de hardware, software \u00a0y dem\u00e1s equipos de telecomunicaciones que permitan el desarrollo y uso de \u00a0informaci\u00f3n de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Difundir \u00a0por medios magn\u00e9ticos, electromagn\u00e9ticos o cualquier otro desarrollo \u00a0tecnol\u00f3gico, los asuntos tributarios, aduaneros y de control de cambios que \u00a0permitan mejorar el servicio y el cumplimiento de las obligaciones y deberes \u00a0impositivos de los ciudadanos de acuerdo con las reservas y restricciones \u00a0legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Garantizar y controlar las labores de procesamiento autom\u00e1tico de informaci\u00f3n y \u00a0la administraci\u00f3n de los recursos computacionales de la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Garantizar las t\u00e9cnicas y procedimientos para la planeaci\u00f3n y desarrollo de los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n corporativos y especializados y asesorar en la \u00a0ubicaci\u00f3n, operaci\u00f3n, programaci\u00f3n y pruebas que garanticen la construcci\u00f3n de \u00a0software de alta calidad que satisfaga los requerimientos de las distintas \u00a0\u00e1reas de la Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Asesorar en la planeaci\u00f3n de los proyectos de construcci\u00f3n de software, \u00a0estudios de factibilidad sobre necesidades de informaci\u00f3n y construcci\u00f3n de \u00a0nuevos sistemas o servicios inform\u00e1ticos, vigilando permanentemente retrasos y \u00a0sobrecostos y evaluar utilizando metodolog\u00edas y herramientas para las \u00a0diferentes etapas del desarrollo, documentaci\u00f3n, conversi\u00f3n y mantenimiento de \u00a0los sistemas de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Garantizar que los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, mantengan la \u00a0integridad de datos y conectividad con el sistema corporativo de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Dirigir, controlar y ejercer las labores de interventor\u00eda de los proyectos de \u00a0adquisici\u00f3n, arriendo y\/o renovaci\u00f3n de la tecnolog\u00eda necesaria para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Direcci\u00f3n a nivel de hardware, software y \u00a0comunicaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Administrar el centro de c\u00f3mputo, los equipos, comunicaciones y perif\u00e9ricos, \u00a0dar soporte t\u00e9cnico, garantizar el uso legal de software y establecer normas \u00a0t\u00e9cnicas referentes a la administraci\u00f3n de los equipos computacionales y \u00a0centros de c\u00f3mputo de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Definir, reglamentar y controlar las normas, m\u00e9todos y est\u00e1ndares relacionados \u00a0con la construcci\u00f3n, utilizaci\u00f3n, mantenimiento y administraci\u00f3n de los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y definir las especificaciones t\u00e9cnicas para la \u00a0recepci\u00f3n de la informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las Divisiones de Servicios de \u00a0Informaci\u00f3n a nivel nacional, cuando las circunstancias lo ameriten y previa \u00a0autorizaci\u00f3n del Director General de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0Mantener un registro de utilizaci\u00f3n y carga de la infraestructura tecnol\u00f3gica \u00a0de la entidad y proponer los cambios o adiciones pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Oficina de Planeaci\u00f3n. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del \u00a0Director General, son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Proveer escenarios para la planeaci\u00f3n y funci\u00f3n presupuestal con base en \u00a0supuestos econ\u00f3micos, fiscales y evaluar las implicaciones de las diferentes \u00a0tendencias en el logro de los objetivos estrat\u00e9gicos de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Coordinar con el Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n y las diferentes \u00e1reas, la formulaci\u00f3n del \u00a0plan estrat\u00e9gico de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y asesorar \u00a0en la formulaci\u00f3n de los planes operativos respectivos, para someterlos a la \u00a0aprobaci\u00f3n del Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Evaluar los resultados del plan estrat\u00e9gico y los planes operativos, proponer \u00a0al Director General los ajustes necesarios para el logro de los objetivos \u00a0propuestos y coordinar los t\u00e9rminos y condiciones de la participaci\u00f3n en dichas \u00a0actividades de las diferentes \u00e1reas de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Coordinar el desarrollo, implantaci\u00f3n y optimizaci\u00f3n del sistema de planeaci\u00f3n, \u00a0la organizaci\u00f3n, los procedimientos, la administraci\u00f3n del potencial humano, \u00a0los m\u00e9todos de supervisi\u00f3n y los sistemas de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Investigar, desarrollar y adaptar nuevas tecnolog\u00edas en materia de planeaci\u00f3n, \u00a0organizaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de gesti\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Elaborar, conjuntamente con la Subsecretar\u00eda Financiera, el anteproyecto de \u00a0presupuesto de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y del Fondo de \u00a0Gesti\u00f3n, en concordancia con el plan estrat\u00e9gico y los planes operativos de las \u00a0diferentes \u00e1reas de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Orientar a las Divisiones de Planeaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0regionales, asegurando la coherencia con los planes institucionales de orden \u00a0nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Supervisar y evaluar con las divisiones de planeaci\u00f3n los objetivos regionales y \u00a0los planes operativos de las administraciones de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales, asegur\u00e1ndose de su coherencia con el plan estrat\u00e9gico y los planes \u00a0del nivel central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Realizar el control de las normas t\u00e9cnicas de planeaci\u00f3n en la entidad, y hacer \u00a0las recomendaciones pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Elaborar la medici\u00f3n t\u00e9cnica de metas y objetivos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar con el Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n, la evaluaci\u00f3n y seguimiento del Plan \u00a0Estrat\u00e9gico de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Mantener un archivo t\u00e9cnico de los manuales, m\u00e9todos, procedimientos, formas y \u00a0formularios de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y propender por \u00a0su actualizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n del procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Desarrollar y definir los sistemas de informaci\u00f3n necesarios para garantizar un \u00a0adecuado control a la ejecuci\u00f3n de los planes y actividades de las dependencias \u00a0de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Planeaci\u00f3n en \u00a0las Direcciones Regionales y Especiales de Impuestos y Aduanas Nacionales, \u00a0cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del Director \u00a0General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Oficina de control interno. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0del Director General, son funciones de la Oficina de Control Interno, para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Evaluar el funcionamiento del sistema de control interno de la entidad y proponer \u00a0recomendaciones para su optimizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Asesorar e informar al Director General y a los directores de Impuestos y de \u00a0Aduanas, lo relacionado con el estado y evoluci\u00f3n del sistema de Control \u00a0Interno de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Presentar al Director General los dict\u00e1menes, informes y recomendaciones, \u00a0resultado de las auditor\u00edas adelantadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Definir y ejecutar el Plan Nacional de Auditor\u00eda y coordinar su ejecuci\u00f3n con \u00a0el Plan Nacional de Supervisi\u00f3n y Control de las \u00e1reas y direcciones, de conformidad \u00a0con las evaluaciones desarrolladas y las orientaciones del Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Consolidar el Plan Nacional de Supervisi\u00f3n y Control a desarrollar por cada una \u00a0de las direcciones y \u00e1reas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Controlar, orientar y supervisar los planes y actividades de las Divisiones de \u00a0Control Interno de las Direcciones Regionales de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Intervenir por medio del establecimiento y ejercicio de controles posteriores \u00a0inmediatos, las dependencias o actividades que a juicio del Director General \u00a0sean consideradas de vital importancia o de alto riesgo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Dise\u00f1ar indicadores de gesti\u00f3n que le permitan a la Oficina de Control Interno \u00a0en sus labores de auditor\u00eda, medir y evaluar la eficiencia, eficacia y econom\u00eda \u00a0de cada una de las \u00e1reas y administraciones de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Dise\u00f1ar y\/o aprobar las metodolog\u00edas para supervisi\u00f3n y control de los \u00a0diferentes procesos y procedimientos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Vigilar el adecuado funcionamiento del Sistema de Quejas, Reclamos y \u00a0Sugerencias y presentar informes al Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Fomentar en toda la entidad la formaci\u00f3n de una cultura de control que \u00a0contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n \u00a0institucional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Efectuar auditor\u00eda a la infraestructura tecnol\u00f3gica y a los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n y rendir informes peri\u00f3dicos al Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Participar en el establecimiento de controles y pistas de auditor\u00eda en el \u00a0desarrollo de los sistemas de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la alimentaci\u00f3n \u00a0de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y procedimientos \u00a0de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Control Interno \u00a0en las Direcciones Regionales de Impuestos y Aduanas Nacionales, cuando las \u00a0circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del Director General de la \u00a0Entidad: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Oficina Jur\u00eddica. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del Director \u00a0General, son funciones de la Oficina Jur\u00eddica, para ejercerlas directamente o a \u00a0trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretaci\u00f3n de normas \u00a0tributarias, en materia aduanera y de control de cambios, en lo de competencia \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Actuar \u00a0como autoridad doctrinaria nacional en materia aduanera, tributaria y de \u00a0control de cambios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Absolver en forma general, las consultas que se formulen en relaci\u00f3n con la \u00a0interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n general de las normas tributarias, en materia \u00a0aduanera, de comercio exterior y de control de cambios en lo de competencia de \u00a0la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Compilar y difundir las normas, doctrina y jurisprudencia relacionadas con los \u00a0reg\u00edmenes tributarios, aduaneros y de control de cambios en las publicaciones \u00a0oficiales que para tal efecto tendr\u00e1 la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Administrar la informaci\u00f3n sobre legislaci\u00f3n, jurisprudencia y doctrina tributaria, \u00a0aduanera y de control de cambios, y propiciar su intercambio con otras \u00a0entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Asesorar en materia jur\u00eddica tributaria, aduanera y cambiaria al Director \u00a0General y a los Directores de Aduanas y de impuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Asesorar el establecimiento de las pol\u00edticas determinadas por la Direcci\u00f3n \u00a0General en materia de representaci\u00f3n externa tributaria, aduanera y cambiaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Absolver en forma general las consultas escritas que se formulen sobre \u00a0interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las normas tributarias nacionales, y en materia \u00a0aduanera o de comercio exterior, en lo de competencia de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, y en materia de control de cambios por \u00a0importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, \u00a0financiaci\u00f3n en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y \u00a0subfacturaci\u00f3n y sobrefacturaci\u00f3n de estas operaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Revisar y conceptuar sobre los proyectos de decretos, resoluciones, circulares, \u00a0\u00f3rdenes administrativas y dem\u00e1s actos en materia tributaria, aduanera y \u00a0cambiaria, cuando sean propuestos por otras dependencias de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Realizar el seguimiento de las demandas de inconstitucionalidad o nulidad que \u00a0se promuevan contra las normas tributarias y aduaneras, intervenir en dichos \u00a0procesos y presentar los informes respectivos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Sin perjuicio de lo consagrado en este Decreto, los conceptos emitidos por esta \u00a0oficina sobre la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las leyes tributarias o de la \u00a0legislaci\u00f3n aduanera o en materia cambiaria en asuntos de competencia de la \u00a0entidad, que sean publicados, constituyen interpretaci\u00f3n oficial para los \u00a0funcionarios de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, y su \u00a0desconocimiento podr\u00e1 acarrear sanci\u00f3n discipli-naria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Oficina de estudios econ\u00f3micos. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina de Estudios \u00a0Econ\u00f3micos, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la elaboraci\u00f3n de estudios \u00a0econ\u00f3micos en el campo tributario, aduanero y de control de cambios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Crear \u00a0y administrar bases de datos con informaci\u00f3n econ\u00f3mica relacionada con la \u00a0actividad tributaria, aduanera y cambiaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Realizar estudios y establecer indicadores del comportamiento econ\u00f3mico, \u00a0tributario y aduanero, por sectores y actividades econ\u00f3micas, para la \u00a0orientaci\u00f3n de los programas y acciones de competencia de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Recopilar, procesar, analizar y difundir las estad\u00edsticas relacionadas con la \u00a0gesti\u00f3n tributaria nacional, con la operaci\u00f3n aduanera y el control de cambios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Asesorar a las diversas \u00e1reas de la entidad en la elaboraci\u00f3n y an\u00e1lisis de las \u00a0estad\u00edsticas que produzcan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales en la definici\u00f3n de \u00a0las pol\u00edticas en materias tributaria, aduanera y cambiaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Realizar proyecciones y estudios sobre el comportamiento de los recaudos administrados \u00a0por la entidad, para la orientaci\u00f3n de la toma de decisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Asesorar al Director General para la determinaci\u00f3n del plan anual de recaudo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las actividades \u00a0del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Estudios \u00a0Econ\u00f3micos en las Direcciones Regionales y Especiales de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del \u00a0Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Subsecretar\u00eda Financiera. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del \u00a0Secretario General, son funciones de la Subsecretar\u00eda Financiera, para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, organizar, ejecutar y controlar la administraci\u00f3n y actividades de los \u00a0recursos presupuestales y financieros en la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Elaborar, con la Oficina de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto de presupuesto, as\u00ed \u00a0como la distribuci\u00f3n presupuestal de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Planear, organizar, dirigir, supervisar y controlar las operaciones \u00a0financieras, contables, de tesorer\u00eda y presupuesto de la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Prever \u00a0y suministrar los recursos necesarios para la ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0programas de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Asesorar y orientar a las diferentes administraciones en los asuntos de su \u00a0competencia, y dise\u00f1ar con las dependencias competentes los procedimientos para \u00a0la ejecuci\u00f3n y control del presupuesto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Rendir \u00a0la cuenta consolidada de la funci\u00f3n pagadora, de la Contabilidad Comercial y \u00a0del Fondo de Gesti\u00f3n de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales ante el \u00a0Contador General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Elaborar el programa anual de caja de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Solicitar ante la Tesorer\u00eda General de la Rep\u00fablica la situaci\u00f3n de fondos, y \u00a0efectuar los giros correspondientes a las Administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Recibir y tramitar las cuentas de cobro presentadas ante la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, efectuar los pagos por todo concepto que le \u00a0correspondan y expedir las certificaciones respectivas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Llevar \u00a0los registros de tesorer\u00eda, elaborar los informes correspondientes, y rendir \u00a0las cuentas a que haya lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Asesorar y evaluar la gesti\u00f3n de tesorer\u00eda de las administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en los \u00a0niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten y \u00a0previa autorizaci\u00f3n del Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Subsecretar\u00eda Administrativa. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones del Secretario General, son funciones de la Subsecretar\u00eda \u00a0Administrativa, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n \u00a0interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, organizar, ejecutar y controlar la administraci\u00f3n de los recursos \u00a0f\u00edsicos y la prestaci\u00f3n de los servicios generales en la Direcci\u00f3n General de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Asesorar y orientar a las diferentes administraciones en los asuntos de su \u00a0competencia y dise\u00f1ar con las dependencias competentes los procedimientos para \u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios generales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Desarrollar los procesos de contrataci\u00f3n y adquisici\u00f3n de bienes y servicios \u00a0requeridos para la ejecuci\u00f3n de los planes y programas de la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Nivel Central de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo con el sistema de inventario que \u00a0determine la Direcci\u00f3n y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades del Nivel Central de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Ejercer la representaci\u00f3n externa de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales, en materia contractual; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en los \u00a0niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten y \u00a0previa autorizaci\u00f3n del Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Subsecretar\u00eda de personal. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0del Secretario General, son funciones de la Subsecretar\u00eda de Personal, para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Llevar \u00a0y mantener un registro actualizado y sistem\u00e1tico del personal de la Direcci\u00f3n \u00a0de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus respectivas situaciones administrativas \u00a0y responder por la informaci\u00f3n y expedici\u00f3n de las certificaciones y \u00a0constancias que de ello se deriven; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Atender, en lo de su competencia, los tr\u00e1mites relacionados con las situaciones \u00a0administrativas del personal de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales \u00a0y elaborar los respectivos proyectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Actualizar las afiliaciones de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros \u00a0al sistema de Seguridad Social; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Reportar la informaci\u00f3n sobre el personal que requieran otras dependencias de \u00a0la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales para el desarrollo de sus \u00a0actividades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Reglamentar, asesorar y supervisar el correcto registro de las situaciones \u00a0administrativas de personal, el tr\u00e1mite de dichas situaciones y la prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios por parte de las administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Conformar, actualizar y administrar las hojas de vida de los servidores \u00a0p\u00fablicos Tributarios y Aduaneros vinculados a la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales y expedir las certificaciones que sean del caso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Responder por el sistema de informaci\u00f3n de personal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Expedir las certificaciones correspondientes a los antecedentes disciplinarios \u00a0de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Supervisar el manejo, custodia y actualizaci\u00f3n de la hoja de vida de los \u00a0servidores p\u00fablicos Tributarios y Aduaneros en cada administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Garantizar la atenci\u00f3n de las demandas instauradas en relaci\u00f3n con los actos \u00a0administrativos dictados sobre asuntos de personal de la entidad, en los \u00a0t\u00e9rminos de delegaci\u00f3n que profiera el Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Tramitar los actos relacionados con la toma de posesi\u00f3n de los servidores \u00a0p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Suministrar a la Secretar\u00eda General y al Comit\u00e9 Fondo de Gesti\u00f3n la informaci\u00f3n \u00a0requerida para el reconocimiento de la prima de productividad y la elaboraci\u00f3n \u00a0de las n\u00f3minas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Administrar los sistemas de clasificaci\u00f3n, remuneraci\u00f3n y nomenclatura de \u00a0empleos, conformaci\u00f3n de la planta de personal y evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o, de \u00a0acuerdo con los par\u00e1metros se\u00f1alados por el Secretario General y el Director \u00a0General de conformidad con las normas que regulan la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Atender \u00a0todos los asuntos administrativos, laborales, penales y civiles que se susciten \u00a0con ocasi\u00f3n del ejercicio de las funciones de los servidores p\u00fablicos \u00a0tributarios y aduaneros de la entidad, ante las autoridades administrativas y \u00a0judiciales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Definir y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de su planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en los \u00a0niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten y \u00a0previa autorizaci\u00f3n del Director General de la Entidad; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Subsecretar\u00eda de Investigaciones Disciplinarias. Conforme a las pol\u00edticas \u00a0e instrucciones del Secretario General, son funciones de la Subsecretar\u00eda de \u00a0Investigaciones Disciplinarias, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su \u00a0organizaci\u00f3n interna, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, coordinar y desarrollar las pol\u00edticas tendientes a prevenir la \u00a0comisi\u00f3n de conductas que puedan llegar a constituir faltas disciplinarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Planear, coordinar y desarrollar las pol\u00edticas tendientes a adelantar las \u00a0investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Ejercer funciones de Polic\u00eda Judicial para adelantar indagaciones preliminares \u00a0o investigaciones disciplinarias cuando sea necesario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Vigilar la conducta de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros y \u00a0adelantar las investigaciones disciplinarias por enriquecimiento il\u00edcito u \u00a0otras irregularidades administrativas a que haya lugar en la entidad y \u00a0coordinar con las dependencias correspondientes de la Procuradur\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n y dem\u00e1s organismos competentes, los asuntos relacionados con el \u00a0control de actuaciones de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0casos sobre ineficiencia e inmoralidad de los servidores p\u00fablicos tributarios y \u00a0aduaneros de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, conforme a los \u00a0procedimientos legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Proferir y\/o proyectar los actos administrativos que resuelven aspectos \u00a0relacionados con las investigaciones disciplinarias que se adelanten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Resolver los recursos interpuestos contra los actos administrativos en materia \u00a0disciplinaria, que sean competencia de la Subsecretar\u00eda de Investigaciones \u00a0Disciplinarias, de acuerdo con las normas que regulan la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Definir \u00a0y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de Investigaciones \u00a0Disciplinarias, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del \u00a0Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Subdirecci\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. El Subdirector de Recaudaci\u00f3n de \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y el Director de \u00a0Impuestos y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas de la Entidad, cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n \u00a0interna, en relaci\u00f3n con la recaudaci\u00f3n del impuesto sobre la renta y \u00a0complementarios, del impuesto sobre las ventas, del impuesto de timbre \u00a0nacional, y de los dem\u00e1s impuestos internos del orden nacional cuya competencia \u00a0no est\u00e9 asignada a otras entidades del Estado, as\u00ed como la recaudaci\u00f3n de los \u00a0derechos de aduana y dem\u00e1s impuestos al comercio exterior y de las sanciones \u00a0cambiarias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el recaudo de los tributos \u00a0nacionales, derechos de aduanas y dem\u00e1s impuestos al comercio exterior y de las \u00a0sanciones cambiarias, y de los dem\u00e1s grav\u00e1menes o emolumentos de competencia de \u00a0la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, as\u00ed como las relacionadas con \u00a0la Devoluci\u00f3n de saldos a favor de los contribuyentes o usuarios que sean de \u00a0competencia de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y el desarrollo de las \u00a0actividades de recaudo de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias, \u00a0de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Garantizar el efectivo recaudo de los impuestos, derechos, tasas, \u00a0contribuciones, multas, sanciones, intereses, recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes, \u00a0efectuado por las entidades autorizadas, as\u00ed como la calidad y confiabilidad de \u00a0la informaci\u00f3n reportada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Controlar el cumplimiento de las obligaciones que tienen las entidades \u00a0recaudadoras y orientarlas en el desarrollo de su actividad e imponer las \u00a0sanciones cuando incumplan sus obligaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Ejercer \u00a0el control y aplicar las sanciones, cuando fuere del caso, a las entidades \u00a0autorizadas para recaudar los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, \u00a0multas, recargos, y los dem\u00e1s grav\u00e1menes, seg\u00fan las disposiciones pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Efectuar la consolidaci\u00f3n de los estados financieros, generados por las \u00a0operaciones de la funci\u00f3n recaudadora, de los impuestos administrados por la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, de acuerdo con los plazos y normas \u00a0fiscales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Rendir \u00a0ante la UAE, Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, los estados financieros consolidados de los ingresos administrados \u00a0por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Efectuar el an\u00e1lisis de las cuentas mensuales de ingresos rendidos, ante las \u00a0Direcciones Seccionales Territoriales de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, por las diferentes Administraciones de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales, efectuando las observaciones a que haya lugar y proponer los \u00a0ajustes necesarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Impartir instrucciones a las diferentes administraciones en materia de recaudo \u00a0y devoluciones, controlar y evaluar los procesos y actividades inherentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Presentar peri\u00f3dicamente informes sobre la gesti\u00f3n de recaudo y devoluciones, \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones y asuntos a cargo de las \u00a0dependencias de recaudaci\u00f3n y devoluciones de las diferentes administraciones, \u00a0cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten, previa autorizaci\u00f3n del \u00a0Director de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Administrar la informaci\u00f3n del Registro Unico Tributario, RUT, contabilidad y \u00a0cuenta corriente de contribuyentes y entidades autorizadas para recaudar, \u00a0efectuar los ajustes y depuraciones correspondientes e impartir las \u00a0instrucciones al nivel regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Autorizar a los agentes retenedores que tengan m\u00e1s de cien sucursales o \u00a0agencias que practiquen retenci\u00f3n en la fuente, la pr\u00f3rroga hasta el \u00a0vencimiento del plazo se\u00f1alado para la presentaci\u00f3n del per\u00edodo siguiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Autorizar a los responsables por la prestaci\u00f3n de servicios financieros, la \u00a0pr\u00f3rroga del plazo se\u00f1alado para la presentaci\u00f3n de la declaraci\u00f3n del impuesto \u00a0sobre las ventas, de conformidad con las normas pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Autorizar \u00a0o designar a las personas o entidades que deber\u00e1n actuar como autorretenedores \u00a0y suspender la autorizaci\u00f3n cuando a su juicio no se garantice el pago de los \u00a0valores autorretenidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Recibir y mantener actualizada y depurada la informaci\u00f3n de la cuenta de cada \u00a0entidad financiera autorizada para recaudar y efectuar la consolidaci\u00f3n, la \u00a0conciliaci\u00f3n y los movimientos contables respectivos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0Realizar de acuerdo con el programa de supervisi\u00f3n de visitas a contribuyentes, \u00a0responsables, agentes retenedores y declarantes con el fin de verificar la \u00a0consistencia y calidad de las auditor\u00edas practicadas por las Administraciones \u00a0Especiales, Locales y Delegadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) \u00a0Programar, supervisar y controlar el env\u00edo a los contribuyentes responsables y \u00a0agentes de retenci\u00f3n, as\u00ed como a los declarantes y dem\u00e1s usuarios aduaneros, \u00a0cuando sea del caso, de la informaci\u00f3n registrada en la cuenta corriente y de \u00a0los procesos de actualizaci\u00f3n, si fuere necesario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) \u00a0Coordinar la asignaci\u00f3n del N\u00famero de Identificaci\u00f3n Tributaria (NIT) de los \u00a0contribuyentes y distribuir las tarjetas respectivas a las administraciones, \u00a0as\u00ed como determinar los ajustes necesarios para su actualizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) Definir \u00a0y ejecutar el Plan de Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) \u00a0Elaborar programas, manuales e instrucciones sobre devoluci\u00f3n, compensaci\u00f3n e \u00a0imputaci\u00f3n de saldos a favor o de pagos no debidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>w) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n para el control y penalizaci\u00f3n tributaria. \u00a0El Subdirector de Fiscalizaci\u00f3n para el Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria, de \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el Director General y el \u00a0Director de Impuestos y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas de la Entidad, \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su \u00a0organizaci\u00f3n interna, en relaci\u00f3n con la determinaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n y \u00a0liquidaci\u00f3n del impuesto sobre la renta y complementarios, del impuesto sobre \u00a0las ventas, del impuesto de timbre nacional y de los dem\u00e1s impuestos internos \u00a0del orden nacional cuya competencia no est\u00e9 asignada a otras entidades del \u00a0Estado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dirigir, planear y controlar las actividades relacionadas con la prevenci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de los \u00a0tributos nacionales, de las sanciones, multas y de los dem\u00e1s emolumentos de \u00a0competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos, y en general las actividades de \u00a0Fiscalizaci\u00f3n para el adecuado control del cumplimiento de las obligaciones \u00a0tributarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Definir y establecer el plan de fiscalizaci\u00f3n, as\u00ed como controlar y evaluar la \u00a0ejecuci\u00f3n del mismo, de acuerdo con las pol\u00edticas establecidas por la Direcci\u00f3n \u00a0de Impuestos y elaborar los programas de control y determinaci\u00f3n de los \u00a0impuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Elaborar estudios y desarrollar sistemas t\u00e9cnicos de auditor\u00eda y programas de \u00a0fiscalizaci\u00f3n por sectores econ\u00f3micos, regiones del pa\u00eds y tipo de \u00a0contribuyentes para el adecuado control del cumplimiento de las obligaciones \u00a0tributarias y la disminuci\u00f3n de la evasi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Solicitar informaciones para fines de control, con fundamento en el art\u00edculo \u00a0684 del Estatuto Tributario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Autorizar a las Administraciones de Impuestos, el intercambio de informaci\u00f3n a \u00a0que se refiere el art\u00edculo 585 del Estatuto Tributario, con las autoridades \u00a0departamentales y municipales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) De \u00a0acuerdo con los compromisos de reciprocidad realizados por la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales; suministrar a las autoridades tributarias de \u00a0otros pa\u00edses, informaci\u00f3n con fines de control fiscal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Adelantar estudios sobre las diferentes infracciones a los reg\u00edmenes \u00a0tributarios y mantener la informaci\u00f3n actualizada de los sancionados con \u00a0ocasi\u00f3n de la infracci\u00f3n a los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Coordinar con la Oficina de Estudios Econ\u00f3micos la realizaci\u00f3n de \u00a0investigaciones tendientes a medir la evasi\u00f3n tributaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Establecer a petici\u00f3n del interesado el valor de los intangibles a que se \u00a0refiere el art\u00edculo 279 del Estatuto Tributario, cuando fueren creaci\u00f3n \u00a0intelectual del contribuyente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Dirigir y evaluar los programas de fiscalizaci\u00f3n realizados por las diferentes \u00a0administraciones y recomendar las modificaciones necesarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Crear \u00a0y mantener actualizado un sistema de informaci\u00f3n sobre los programas de \u00a0fiscalizaci\u00f3n desarrollados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Efectuar estudios sobre el comportamiento de las devoluciones para evaluar, \u00a0corregir y orientar los programas a desarrollar, con el fin de proponer los \u00a0ajustes normativos y administrativos necesarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Realizar de acuerdo al programa de supervisi\u00f3n de visitas a contribuyentes, \u00a0responsables, agentes retenedores y declarantes con el fin de verificar la consistencia \u00a0y calidad de las auditor\u00edas practicadas por las administraciones especiales, \u00a0locales y delegadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Practicar, de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 326 del Estatuto \u00a0Tributario, la liquidaci\u00f3n provisional de los impuestos de renta o ganancia \u00a0ocasional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las \u00e1reas de la Direcci\u00f3n de Aduanas, respecto de las \u00a0investigaciones tributarias que den origen a su vez, a nuevas investigaciones \u00a0en dichas materias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Impuestos, las pol\u00edticas a seguir en materia \u00a0tributaria por las Comisiones Regionales Mixtas de Gesti\u00f3n Tributaria y \u00a0Aduanera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) \u00a0Coordinar las actividades del Comit\u00e9 de Entidades sin Animo de Lucro y \u00a0establecer los programas de control necesarios para esas entidades y para los \u00a0no contribuyentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) \u00a0Ejercer las funciones de polic\u00eda judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la ley \u00a0y remitir a las autoridades competentes, cuando sea necesario, los resultados \u00a0de las investigaciones adelantadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) \u00a0Planear, supervisar y controlar el adecuado manejo de los grandes \u00a0contribuyentes a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) \u00a0Coordinar con las administraciones de impuestos la ejecuci\u00f3n del plan de \u00a0fiscalizaci\u00f3n, brindar asesor\u00eda y orientaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de sus planes \u00a0operativos y supervisar los resultados; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) \u00a0Autorizar, de conformidad con las normas vigentes, la utilizaci\u00f3n de cualquier \u00a0otro sistema de depreciaci\u00f3n de reconocido valor t\u00e9cnico; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>w) \u00a0Estudiar y proponer los formularios para el r\u00e9gimen tributario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>x) \u00a0Definir y ejecutar el plan de supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>y) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>z) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones a cargo de las dependencias de \u00a0fiscalizaci\u00f3n y\/o liquidaci\u00f3n de las diferentes administraciones, cuando \u00a0existan circunstancias excepcionales que as\u00ed lo ameriten, previa autorizaci\u00f3n \u00a0del director de impuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>aa) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el director de impuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Subdirecci\u00f3n de Cobranzas. El subdirector de cobranzas de acuerdo a \u00a0las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el Director General y el Director \u00a0de Impuestos y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas de la entidad, cumplir\u00e1 las \u00a0siguientes funciones para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n \u00a0interna, en relaci\u00f3n con el cobro del impuesto sobre la renta y \u00a0complementarios, del impuesto sobre las ventas, del impuesto de timbre \u00a0nacional, y de los dem\u00e1s impuestos internos del orden nacional cuya competencia \u00a0no est\u00e9 asignada a otras entidades del Estado, as\u00ed como la recaudaci\u00f3n de los \u00a0derechos de aduana y dem\u00e1s impuestos al comercio exterior y de las sanciones \u00a0cambiarias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el cobro de los tributos \u00a0nacionales, intereses y sanciones, y de los dem\u00e1s grav\u00e1menes o emolumentos; as\u00ed \u00a0como de las sanciones cambiarias de competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Definir y establecer el plan de cobro, as\u00ed como controlar y evaluar la \u00a0ejecuci\u00f3n del mismo, de acuerdo con las pol\u00edticas establecidas por la Direcci\u00f3n \u00a0General y el Director de Impuestos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Garantizar el efectivo cobro de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, \u00a0multas, sanciones, intereses, recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes; as\u00ed como de las \u00a0sanciones cambiarias, que seg\u00fan las disposiciones pertinentes, le compete \u00a0recaudar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Planear, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la gesti\u00f3n de las \u00e1reas de \u00a0cobranzas de las administraciones y asesorarlas en el cumplimiento de sus \u00a0funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Coordinar \u00a0con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de los programas de \u00a0cobro y la elaboraci\u00f3n de las relaciones de cartera por cobrar, la definici\u00f3n \u00a0de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la alimentaci\u00f3n de sus \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y procedimientos de su \u00a0competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Presentar peri\u00f3dicamente informes sobre la gesti\u00f3n de cobro de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Adelantar los procesos de cobro coactivo y persuasivo de acuerdo al art\u00edculo \u00a0824 del Estatuto Tributario y el cobro de obligaciones que por ley le sean \u00a0atribuidas, sin perjuicio de la competencia asignada a los administradores de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales y a los jefes de dependencias de cobranzas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Determinar y presentar los valores para apropiaci\u00f3n presupuestal a las \u00a0administraciones para la partida de Defensa Hacienda P\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Administrar, controlar y actualizar los sistemas de informaci\u00f3n de la gesti\u00f3n \u00a0de cobro y garantizar la generaci\u00f3n de la informaci\u00f3n requerida para \u00a0desarrollar programas de cobro; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Definir y ejecutar el plan de supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y el desarrollo de las \u00a0actividades de cobro de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias a \u00a0nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la Oficina de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de cobranzas, \u00a0cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del Director \u00a0General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Realizar de acuerdo al programa de supervisi\u00f3n de visitas a contribuyentes, \u00a0responsables, agentes retenedores y declarantes con el fin de verificar la \u00a0consistencia y calidad de los procedimientos adelantados para el cobro por las \u00a0administraciones especiales, locales y delegadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Establecer programas para el desarrollo de las funciones de cobranzas en los \u00a0procesos de concordato, intervenci\u00f3n y liquidaci\u00f3n judicial y administrativa, \u00a0quiebra, concurso de acreedores, liquidaci\u00f3n de sociedades y sucesiones y velar \u00a0por la oportuna intervenci\u00f3n en los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Dise\u00f1ar \u00a0e implementar t\u00e9cnicas de negociaci\u00f3n que faciliten el cobro persuasivo, as\u00ed \u00a0como t\u00e9cnicas de investigaci\u00f3n de bienes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Conformar un banco de datos para efectos de ubicar los bienes de los \u00a0contribuyentes morosos; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Subdirecci\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria. El Subdirector de Jur\u00eddica \u00a0Tributaria, de acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el \u00a0Director General y el Director de Impuestos y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00a0\u00e1reas de la entidad, cumplir\u00e1 las siguientes funciones para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, en relaci\u00f3n a la discusi\u00f3n \u00a0del impuesto sobre la renta y complementarios, del impuesto sobre las ventas, \u00a0del impuesto de timbre nacional, y de los dem\u00e1s impuestos internos del orden \u00a0nacional cuya competencia no est\u00e9 asignada a otras entidades del Estado: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Orientar, asesorar y supervisar las labores que en materia jur\u00eddica tributaria \u00a0desarrollen las diferentes administraciones de impuestos y ejercer la \u00a0supervisi\u00f3n y control de sus actuaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Representar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, directamente o a \u00a0trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna y de acuerdo con las delegaciones del \u00a0Director de Impuestos y Aduanas Nacionales, en los procesos de nulidad y \u00a0restablecimiento del derecho que se surtan en materia tributaria en lo de \u00a0competencia de la entidad, ante las autoridades jurisdiccionales, as\u00ed como \u00a0efectuar el seguimiento y control de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Supervisar, orientar y controlar la gesti\u00f3n de su \u00e1rea y de las divisiones de \u00a0jur\u00eddica tributaria de las diferentes administraciones en relaci\u00f3n con los \u00a0temas tributarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Resolver los recursos en materia tributaria contra actos proferidos por la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y sus Subdirecciones, cuya competencia no se encuentre \u00a0expresamente asignada a otra dependencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Intervenir en las acciones de tutela que se promuevan por asuntos de \u00a0competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos y hacer seguimiento de las que \u00a0correspondan a las promovidas por acciones, en materia tributaria de las \u00a0administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Definir y ejecutar el plan de supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar con la Oficina Nacional de Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de \u00a0la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la oficina de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de jur\u00eddica \u00a0tributaria, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del \u00a0Director General de la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a023. Subdirecci\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. El Subdirector de \u00a0Servicio al Comercio Exterior, de acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0se\u00f1aladas por el director general y el Director de Aduanas y en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dem\u00e1s \u00e1reas de la entidad, cumplir\u00e1 las siguientes funciones para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, organizar, dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas \u00a0con la aplicaci\u00f3n y desarrollo de la operaci\u00f3n aduanera y de los servicios y reg\u00edmenes \u00a0aduaneros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Regular y resolver las inscripciones, licencias o permisos, autorizaciones, \u00a0registros, habilitaciones, suspensiones, cancelaciones atinentes a las personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas que adelanten actividades que se encuentren bajo control \u00a0y vigilancia de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Proyectar los actos administrativos para la habilitaci\u00f3n de dep\u00f3sitos para el \u00a0almacenamiento de mercanc\u00edas bajo control aduanero as\u00ed como de las mercanc\u00edas \u00a0aprehendidas, decomisadas o abandonadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Supervisar y evaluar la aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes aduaneros en las \u00a0administraciones locales, elaborar las recomendaciones correspondientes y \u00a0efectuar el seguimiento respec-tivo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Orientar a las divisiones de servicio al comercio exterior en la instrucci\u00f3n de \u00a0las investigaciones originadas en sus procesos de control previo al levante de \u00a0las mercanc\u00edas de importaci\u00f3n o cierre de los documentos de exportaci\u00f3n para \u00a0ponerlas a disposici\u00f3n de la divisi\u00f3n de control, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n del \u00a0contrabando; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Consolidar y analizar la informaci\u00f3n nacional de los reg\u00edmenes aduaneros, \u00a0estudiar el comportamiento e incidencia en la gesti\u00f3n aduanera y presentar los \u00a0informes respectivos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Llevar \u00a0los registros nacionales de las inscripciones, licencias o autorizaciones \u00a0otorgadas, en materia aduanera, mantener actualizado al nivel regional, \u00a0suministrar la informaci\u00f3n requerida y expedir certificaciones cuando sea del \u00a0caso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Recibir y administrar las garant\u00edas que con ocasi\u00f3n de estas inscripciones, \u00a0licencias o autorizaciones deban constituirse y remitirlas a la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Cobranzas para hacerlas efectivas en caso de que se incumpla la obligaci\u00f3n \u00a0garantizada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Formar \u00a0y capacitar en coordinaci\u00f3n con la Oficina Nacional de Servicio de Desarrollo \u00a0Humano, a las diferentes administraciones sobre la aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes \u00a0aduaneros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Establecer procedimientos que garanticen la supervisi\u00f3n y el control de los \u00a0diferentes organismos auxiliares de la funci\u00f3n aduanera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Estudiar y proponer los formularios para el r\u00e9gimen aduanero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Preparar proyectos de reformas legales y procedimentales para la aplicaci\u00f3n de \u00a0los reg\u00edmenes aduaneros y de las instrucciones t\u00e9cnicas necesarias para \u00a0asegurar el eficiente servicio aduanero nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Dise\u00f1ar \u00a0programas tendientes a prevenir, reprimir y controlar las infracciones a los \u00a0reg\u00edmenes aduaneros, en los lugares habilitados para el servicio aduanero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Asesorar, orientar, capacitar y coordinar los puntos de atenci\u00f3n al usuario en \u00a0las administraciones, sobre la aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes aduaneros; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Administrar el sistema inform\u00e1tico aduanero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Definir y ejecutar el plan de supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Coordinar \u00a0con la Oficina Nacional del Servicio de Informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la oficina de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de servicio al \u00a0comercio exterior, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n \u00a0del director general de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a024. Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. El Subdirector T\u00e9cnico Aduanero, de \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el Director General y \u00a0el Director de Aduanas y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas de la entidad, \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su \u00a0organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, dirigir, supervisar y evaluar las actividades t\u00e9cnicas en materia de \u00a0valoraci\u00f3n aduanera, clasificaci\u00f3n arancelaria, origen y laboratorios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Elaborar estudios en materia de arancel y valor, producir los an\u00e1lisis y \u00a0recomendaciones correspondientes y proyectar los actos administrativos \u00a0relacionados con precios m\u00ednimos oficiales y de referencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Mantener actualizado el sistema de informaci\u00f3n aduanera con los estudios \u00a0arancelarios, de an\u00e1lisis y precios de mercanc\u00edas, de valor en aduana y de \u00a0mercanc\u00edas analizadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Interpretar normas en materia de nomenclatura arancelaria, absolver las \u00a0consultas relacionadas con la aplicaci\u00f3n de normas de valoraci\u00f3n aduanera, \u00a0an\u00e1lisis de mercanc\u00edas, normas de origen y vigilar su correcta aplicaci\u00f3n en \u00a0las aduanas del pa\u00eds; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Realizar seguimiento permanente a las administraciones aduaneras, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las subdirecciones de servicio al comercio exterior y de \u00a0fiscalizaci\u00f3n aduanera, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n al contrabando para controlar \u00a0la debida aplicaci\u00f3n de las instrucciones de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Expedir clasificaciones arancelarias de mercanc\u00edas, de car\u00e1cter general, de \u00a0acuerdo con la nomenclatura nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Elaborar las notas explicativas nacionales del arancel de aduanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Preparar los estudios sobre modificaciones de la nomenclatura nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Planear, \u00a0dirigir, supervisar y evaluar las actividades relacionadas con el servicio de \u00a0los laboratorios que funcionen en las diferentes administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Definir y ejecutar el plan de supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar con el servicio nacional de informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la oficina de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones t\u00e9cnicas en las \u00a0administraciones de impuestos y aduanas nacionales, cuando las circunstancias \u00a0lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del Director General de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a025. Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n del \u00a0Contrabando. El Subdirector de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, Represi\u00f3n y \u00a0Penalizaci\u00f3n del Contrabando, de acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0se\u00f1aladas por el Director General y el Director de Aduanas y en coordinaci\u00f3n \u00a0con las dem\u00e1s \u00e1reas de la Entidad, cumplir\u00e1 las siguientes funciones para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, coordinar, dirigir, supervisar y controlar las acciones de prevenci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n, liquidaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de \u00a0sanciones por infracciones a los reg\u00edmenes aduaneros y las acciones de represi\u00f3n \u00a0al contrabando abierto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Definir y establecer los planes y programas de fiscalizaci\u00f3n a las personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas seleccionadas, as\u00ed como controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n \u00a0de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Coordinar e impartir las instrucciones necesarias para la presentaci\u00f3n de las \u00a0denuncias penales por contrabando a las autoridades judiciales y prestar el \u00a0apoyo y colaboraci\u00f3n requerida dentro de los procesos penales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Practicar visitas de investigaci\u00f3n y control posterior a los importadores, \u00a0exportadores, dep\u00f3sitos habilitados, transportadores, sociedades de \u00a0intermediaci\u00f3n aduanera o declarantes y, en general, a los usuarios del \u00a0servicio aduanero, en casos excepcionales y previa autorizaci\u00f3n del director de \u00a0aduana; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Proponer en lo de su competencia, a la Direcci\u00f3n de Aduanas, pol\u00edticas y \u00a0programas a presentar en la Comisi\u00f3n Nacional Mixta de Gesti\u00f3n Tributaria y \u00a0Aduanera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Coordinar con el servicio nacional de informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar con otras autoridades y dependencias de la Direcci\u00f3n de Aduanas, la \u00a0realizaci\u00f3n de operaciones a\u00e9reas, mar\u00edtimas y terrestres en el pa\u00eds, para la \u00a0prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de infracciones al r\u00e9gimen aduanero en lugares no \u00a0habilitados para el ingreso o permanencia de mercanc\u00eda extranjera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Ejercer las funciones de polic\u00eda judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Mantener la informaci\u00f3n actualizada de importadores, productores, \u00a0distribuidores y consumidores de productos qu\u00edmicos controlados, as\u00ed como de \u00a0los infractores al r\u00e9gimen aduanero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Planear, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las acciones tendientes a la \u00a0efectiva represi\u00f3n del contrabando; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar con el \u00e1rea de servicio al comercio exterior, los operativos que \u00a0deban realizarse en los lugares habilitados para el ingreso o la permanencia de \u00a0mercanc\u00edas extranjeras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Coordinar con las autoridades militares y de polic\u00eda, nacionales e \u00a0internacionales, las acciones e intercambios de informaci\u00f3n necesarios para los \u00a0operativos de prevenci\u00f3n y represi\u00f3n del contrabando de acuerdo a las \u00a0instrucciones del Director General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las \u00e1reas competentes de las direcciones de impuestos \u00a0y aduanas, respecto de las investigaciones aduaneras que den origen a su vez, a \u00a0nuevas investigaciones en dichas materias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Preparar y realizar operativos de control por sectores, para verificar el \u00a0cumplimiento de las normas aduaneras en lo de competencia de la entidad, \u00a0conforme a las instrucciones del Director de Aduanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Estudiar, clasificar, evaluar y comunicar la informaci\u00f3n requerida para la \u00a0prevenci\u00f3n, investigaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n, determinaci\u00f3n y represi\u00f3n de las \u00a0infracciones en materia aduanera en lo de competencia de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) \u00a0Proponer la realizaci\u00f3n de operaciones mar\u00edtimas, a\u00e9reas y terrestres en el \u00a0pa\u00eds, para la prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de infracciones al r\u00e9gimen de aduanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0Adelantar las investigaciones y proferir los pliegos de cargos, emplazamientos, \u00a0autos de inspecci\u00f3n y dem\u00e1s actos preparatorios o de determinaci\u00f3n de las \u00a0obligaciones, as\u00ed como para la aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de sanciones, de \u00a0acuerdo con el procedimiento se\u00f1alado en las normas vigentes y con la \u00a0autorizaci\u00f3n del Director de Aduanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) \u00a0Remitir a la divisi\u00f3n jur\u00eddica aduanera y a la divisi\u00f3n de cobranzas de la \u00a0administraci\u00f3n competente, seg\u00fan el caso, los actos de liquidaci\u00f3n oficial y \u00a0aplicaci\u00f3n de sanciones para lo de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) \u00a0Definir y ejecutar el plan de supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea a nivel nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) Establecer \u00a0los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las herramientas \u00a0necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las actividades del \u00a0\u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la oficina \u00a0de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones o asuntos de las divisiones de \u00a0control, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n del contrabando, cuando existan \u00a0circunstancias que as\u00ed lo ameriten, previa autorizaci\u00f3n del Director de \u00a0Aduanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a026. Subdirecci\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera. El Subdirector Jur\u00eddico Aduanero, de \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el Director General y el \u00a0Director de Aduanas y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas de la entidad, \u00a0cumplir\u00e1 las siguientes funciones para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de su \u00a0organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Orientar y asesorar las labores que en materia jur\u00eddica aduanera y de control \u00a0de cambios desarrollen las diferentes administraciones y ejercer la supervisi\u00f3n \u00a0y control de sus actuaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Representar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, a trav\u00e9s de su \u00a0organizaci\u00f3n interna y de acuerdo con las delegaciones del Director General, en \u00a0los procesos que se surtan en materia aduanera y de control de cambios, ante \u00a0las autoridades jurisdiccionales as\u00ed como efectuar el seguimiento y control de \u00a0los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Resolver los recursos interpuestos en materia aduanera y de control de cambios \u00a0contra actos proferidos por la Direcci\u00f3n de Aduanas y sus Subdirecciones, cuya \u00a0competencia no se encuentre expresamente asignada a otra dependencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Intervenir en las acciones de tutela que se promuevan por asuntos de \u00a0competencia de la Direcci\u00f3n de Aduanas y hacer seguimiento de las que \u00a0correspondan a las promovidas por acciones, en materia aduanera y de control de \u00a0cambios de las administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Coordinar con el servicio nacional de informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la oficina de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones jur\u00eddicas \u00a0aduaneras en las administraciones de impuestos y aduanas nacionales, cuando las \u00a0circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del director general de la \u00a0entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a027. Subdirecci\u00f3n de comercializaci\u00f3n. El subdirector de \u00a0comercializaci\u00f3n, de acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el \u00a0Director General y el Director de Aduanas y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas \u00a0de la entidad, cumplir\u00e1 las siguientes funciones para ejercerlas directamente o \u00a0a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, coordinar, dirigir, supervisar y evaluar las labores de custodia, \u00a0comercializaci\u00f3n, mercadeo, destrucci\u00f3n y donaci\u00f3n de las mercanc\u00edas \u00a0aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Disponer de las mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas o abandonadas, mediante la \u00a0enajenaci\u00f3n, donaci\u00f3n o destrucci\u00f3n, conforme a las normas pertinentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Asesorar a las diferentes administraciones en los asuntos relativos al \u00a0mercadeo, valoraci\u00f3n comercial e inventario adecuado de las mercanc\u00edas \u00a0aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Ejercer el control y aplicar las sanciones, cuando fuere el caso, a las \u00a0entidades autorizadas para almacenar mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas o \u00a0abandonadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Supervisar o efectuar, seg\u00fan el caso, la liquidaci\u00f3n de los gastos de \u00a0administraci\u00f3n y de los ingresos a favor de la Naci\u00f3n por la operaci\u00f3n \u00a0comercial y mantener su informaci\u00f3n consolidada; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Crear \u00a0y administrar un sistema de informaci\u00f3n y control para soportar los procesos \u00a0administrativos y enajenaci\u00f3n de las mercanc\u00edas, revisarlo peri\u00f3dicamente e \u00a0implantarlo en las administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Realizar estudios de mercadeo nacional e internacional y dise\u00f1ar sistemas para \u00a0su implantaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Supervisar y controlar la correcta administraci\u00f3n, custodia y disposici\u00f3n de la \u00a0mercanc\u00eda aprehendida, decomisada o abandonada a favor de la Naci\u00f3n y del \u00a0sistema de informaci\u00f3n sobre mercanc\u00edas ingresadas a la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacio-nales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Consolidar y cumplir con las obligaciones tributarias y legales resultantes de \u00a0las actividades de disposici\u00f3n de mercanc\u00edas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Coordinar, supervisar y evaluar las tansferencias de dominio y \u00a0protocolizaciones a que haya lugar en las administraciones, con ocasi\u00f3n de las \u00a0actividades de disposici\u00f3n de mercanc\u00edas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar, supervisar e impartir instrucciones para la liquidaci\u00f3n de los \u00a0gastos financieros y presupuestales de los costos de bodegaje y de los ingresos \u00a0a favor de la Naci\u00f3n por la operaci\u00f3n comercial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Consolidar y remitir a la Subsecretar\u00eda Financiera la informaci\u00f3n contable y \u00a0financiera de las operaciones de comercializaci\u00f3n para la rendici\u00f3n de la \u00a0cuenta correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Coordinar con el servicio nacional de informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones y asuntos a cargo de las \u00a0dependencias de comercializaci\u00f3n en las administraciones, cuando existan \u00a0circunstancias excepcionales que as\u00ed lo ameriten y previa la autorizaci\u00f3n del \u00a0Director de Aduanas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la oficina de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a028. Subdirecci\u00f3n de control de cambios. El subdirector de control de \u00a0cambios, de acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas por el director \u00a0general y el Director de Aduanas y en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s \u00e1reas de la \u00a0Entidad, cumplir\u00e1 las siguientes funciones para ejercerlas directamente o a \u00a0trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dirigir, supervisar y controlar las actividades relacionadas con la \u00a0investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de las sanciones por \u00a0violaci\u00f3n al r\u00e9gimen cambiario de competencia de la entidad y en general, las \u00a0actividades de control para verificar el cumplimiento de obligaciones \u00a0cambiarias y de prevenci\u00f3n al lavado de activos al amparo de las operaciones de \u00a0su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Controlar y vigilar sobre el cumplimiento del r\u00e9gimen cambiario en materia de \u00a0importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, \u00a0financiaci\u00f3n en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y \u00a0subfacturaci\u00f3n y sobrefacturaci\u00f3n de estas operaciones; y dem\u00e1s operaciones \u00a0derivadas del r\u00e9gimen cambiario cuya vigilancia y control no sea competencia de \u00a0las superintendencias bancarias y de sociedades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Planear y coordinar las actividades relacionadas con las funciones en materia \u00a0de control de cambios por importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y servicios, gastos \u00a0asociados a las operaciones de comercio exterior y financiaci\u00f3n de \u00a0importaciones y exportaciones, as\u00ed como orientar las acciones a fin de detectar \u00a0operaciones de cambio inusuales o sospechosas que, al amparo de estas \u00a0operaciones, puedan provenir presuntamente de lavado de activos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Definir y establecer el plan de fiscalizaci\u00f3n en materia de control de cambios, \u00a0as\u00ed como controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n del mismo, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas establecidas por la Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Adelantar visitas de inspecci\u00f3n y control a los importadores, exportadores, \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas que desarrollen operaciones de cambio de manera \u00a0profesional sin contar con la debida autorizaci\u00f3n, de acuerdo con las \u00a0facultades otorgadas por la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Adelantar estudios sobre las diferentes modalidades de infracciones al r\u00e9gimen \u00a0cambiario; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar con el servicio nacional de informaci\u00f3n, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Mantener registros y efectuar an\u00e1lisis de las operaciones de cambio \u00a0desarrolladas por personas naturales o jur\u00eddicas a trav\u00e9s de intermediarios del \u00a0mercado cambiario, otros agentes autorizados o cuentas corrientes de \u00a0compensaci\u00f3n en moneda extranjera, a fin de detectar y sancionar infracciones \u00a0al r\u00e9gimen cambiario u operaciones que puedan provenir de lavado de activos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las \u00e1reas competentes de las direcci\u00f3n de impuestos y \u00a0de aduanas, respecto de las investigaciones cambiarias que den origen a su vez, \u00a0a nuevas investigaciones en dichas materias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la oficina de planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las divisiones de control de \u00a0cambios, cuando las circunstancias lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del \u00a0director general de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a029. Comit\u00e9 de direcci\u00f3n. El comit\u00e9 de direcci\u00f3n ser\u00e1 el m\u00e1ximo \u00f3rgano \u00a0consultivo de la direcci\u00f3n de impuestos y aduanas nacionales y estar\u00e1 integrado \u00a0por el director general, quien lo presidir\u00e1, el director de impuestos, el \u00a0Director de Aduanas, el secretario general, quien actuar\u00e1 como secretario y el \u00a0jefe de la oficina de planeaci\u00f3n con voz pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El jefe \u00a0de la oficina nacional de servicio de desarrollo humano, el jefe de la oficina \u00a0nacional de servicio de informaci\u00f3n, los subdirectores, jefes de oficina, directores \u00a0regionales y administradores asistir\u00e1n conforme a la convocatoria que para cada \u00a0sesi\u00f3n se les efect\u00fae. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son \u00a0funciones del comit\u00e9 de direcci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Asesorar al director en la adopci\u00f3n de pol\u00edticas generales y acciones \u00a0particulares en aspectos t\u00e9cnicos y administrativos de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Asesorar al director en la adopci\u00f3n de pol\u00edticas generales y acciones \u00a0particulares en aspectos relacionados con las oficinas nacionales de servicios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Dirimir las diferencias t\u00e9cnicas, administrativas y jur\u00eddicas que se presenten \u00a0entre las distintas dependencias de la direcci\u00f3n, cuando as\u00ed lo amerite la \u00a0naturaleza y complejidad del caso; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Proponer modificaciones a la legislaci\u00f3n tributaria, aduanera y cambiaria en lo \u00a0de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Evaluar el plan anual de fiscalizaci\u00f3n integral que desarrollen las \u00a0subdirecciones de fiscalizaci\u00f3n para el control y penalizaci\u00f3n tributaria y de \u00a0fiscalizaci\u00f3n aduanera, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n al contrabando; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Presentar para aprobaci\u00f3n del director general, el plan estrat\u00e9gico de la \u00a0direcci\u00f3n de impuestos y aduanas nacionales, y el plan operativo del nivel \u00a0central y de las direcciones regionales y administraciones especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Los conceptos o decisiones adoptados por el Comit\u00e9 ser\u00e1n de obligatorio \u00a0acatamiento para todos los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la \u00a0Direcci\u00f3n de impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0las divisiones de la direcci\u00f3n regional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a030. Divisi\u00f3n de servicio de desarrollo humano. Conforme a las pol\u00edticas \u00a0e instrucciones de la Oficina Nacional de Servicio y del director regional, son \u00a0funciones de la divisi\u00f3n de servicio de desarrollo humano a ejercer en las \u00a0administraciones de su jurisdicci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Desarrollar e implementar las pol\u00edticas de administraci\u00f3n del recurso humano \u00a0se\u00f1aladas por la direcci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Administrar el recurso humano y proyectar las novedades correspondientes a las \u00a0dependencias y administraciones de la regional de que trata el presente \u00a0decreto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Coordinar \u00a0los criterios de registro y control de las situaciones administrativas del \u00a0personal; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Elaborar programas de bienestar organizacional y salud ocupacional y prevenci\u00f3n \u00a0de riesgos y coordinar su ejecuci\u00f3n, conforme a las pol\u00edticas se\u00f1aladas por el nivel \u00a0central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Programar, desarrollar y dirigir actividades encauzadas a promover la identidad \u00a0institucional, el sentido de pertenencia y el bienestar de los servidores \u00a0p\u00fablicos tributarios y aduaneros y de sus familias en su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Adelantar \u00a0estudios y efectuar recomendaciones tendientes al mejoramiento de la calidad de \u00a0vida de los servidores p\u00fablicos de su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar y ejecutar programas de selecci\u00f3n de personal de las administraciones \u00a0conforme a las directrices del nivel central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Garantizar el adecuado desarrollo de las tareas relacionadas con la evaluaci\u00f3n \u00a0de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de la regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Detectar las necesidades espec\u00edficas de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n de los \u00a0servidores p\u00fablicos de su jurisdicci\u00f3n y coordinar con la oficina nacional de \u00a0servicio de desarrollo humano la elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del plan \u00a0regional de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n acad\u00e9mica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Proponer la celebraci\u00f3n de convenios para el desarrollo de actividades de \u00a0capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n con entidades del orden regional y local de acuerdo \u00a0con la pol\u00edtica institucional para estos efectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Ejercer en su jurisdicci\u00f3n la supervisi\u00f3n y control del desarrollo de los \u00a0procesos de capacitaci\u00f3n y formaci\u00f3n y de los recursos asignados para su \u00a0ejecuci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Organizar y administrar, en coordinaci\u00f3n con el servicio nacional de desarrollo \u00a0humano, el centro de documentaci\u00f3n que soporte las necesidades de las \u00a0administraciones de la respectiva regional; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el director regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a031. Divisi\u00f3n de servicio de informaci\u00f3n. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones de la oficina nacional de servicio y del director regional son \u00a0funciones de la divisi\u00f3n de servicio de informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Establecer \u00a0las pol\u00edticas de manejo de informaci\u00f3n y desarrollar sistemas de informaci\u00f3n de \u00a0la regional, conforme a las pol\u00edticas, est\u00e1ndares y metodolog\u00edas establecidas \u00a0por la oficina nacional de servicio de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Difundir por medios cualquier medio tecnol\u00f3gico los asuntos tributarios, \u00a0aduaneros y de control de cambios que permitan mejorar el servicio y el \u00a0cumplimiento de las obligaciones y deberes con la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Dirigir, coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de \u00a0informaci\u00f3n de la regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Elaborar propuestas de nuevos sistemas, servicios o mejoras a los mismos, su \u00a0desarrollo y puesta en marcha bajo la coordinaci\u00f3n de la oficina nacional de \u00a0servicio de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Dirigir, controlar y ejercer labores de interventor\u00eda de la adquisici\u00f3n, \u00a0arrendamiento o mantenimiento de hardware, software y comunicaciones para las \u00a0distintas administraciones de la regional bajo la coordinaci\u00f3n de la oficina \u00a0nacional de servicio de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Elaborar estudios y propuestas para mejorar la reglamentaci\u00f3n de los \u00a0procedimientos y para la utilizaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n y administraci\u00f3n de los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n por parte de las distintas administraciones de la \u00a0regional bajo la coordinaci\u00f3n del servicio nacional de informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las \u00a0dem\u00e1s que le sean asignada por el director regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a032. Divisi\u00f3n de estudios econ\u00f3micos. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones de la oficina de estudios econ\u00f3micos y del director regional, son \u00a0funciones de la divisi\u00f3n de estudios econ\u00f3micos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dirigir, planear, coordinar, controlar y evaluar la elaboraci\u00f3n de estudios \u00a0econ\u00f3micos regionales en el campo tributario, aduanero y de control de cambios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Crear \u00a0y administrar bases de datos con informaci\u00f3n econ\u00f3mica regional relacionada con \u00a0la actividad tributaria, aduanera y cambiaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Realizar estudios y establecer indicadores del comportamiento econ\u00f3mico, \u00a0tributario y aduanero, por sectores y actividades econ\u00f3micas regionales, para \u00a0la orientaci\u00f3n de los programas y acciones de competencia de la entidad en su \u00a0jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Difundir las estad\u00edsticas relacionadas con la gesti\u00f3n tributaria regional, con \u00a0la operaci\u00f3n aduanera y el control de cambios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Asesorar a las diversas \u00e1reas de la regional en el an\u00e1lisis e interpretaci\u00f3n de \u00a0las estad\u00edsticas que se produzcan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Asesorar a la Direcci\u00f3n Regional de Impuestos y Aduanas Nacionales en la \u00a0definici\u00f3n de las pol\u00edticas en materias tributaria, aduanera y cambiaria de \u00a0competencia de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Realizar proyecciones y estudios sobre el comportamiento de los recaudos \u00a0administrados por la entidad, para la orientaci\u00f3n de la toma de decisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Asesorar al director regional para la determinaci\u00f3n del plan anual de recaudo; \u00a0e, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el director regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a033. Divisi\u00f3n de planeaci\u00f3n. Conforme las pol\u00edticas e instrucciones de la \u00a0oficina de planeaci\u00f3n y del director regional, son funciones de la divisi\u00f3n de \u00a0planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Elaborar escenarios para la planeaci\u00f3n y funci\u00f3n presupuestal con base en \u00a0supuestos econ\u00f3micos, fiscales y evaluar las implicaciones de las diferentes \u00a0tendencias en el logro de los objetivos de la regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Determinar conjuntamente con las administraciones de su jurisdicci\u00f3n los \u00a0objetivos regionales y el plan operativo correspondiente y prestar la asesor\u00eda \u00a0que se requiera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Mantener y actualizar los sistemas para el control de gesti\u00f3n, y supervisar y evaluar \u00a0los resultados de la gesti\u00f3n de las distintas dependencias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Recopilar y consolidar las estad\u00edsticas e informaciones que permitan efectuar \u00a0evaluaciones globales y particulares de la gesti\u00f3n de las distintas \u00a0administraciones y dependencias de su jurisdicci\u00f3n y elaborar los informes para \u00a0el nivel central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Elaborar estudios y hacer recomendaciones para optimar recursos y garantizar la \u00a0calidad y eficiencia de los procesos t\u00e9cnicos y administrativos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Elaborar en coordinaci\u00f3n con la divisi\u00f3n financiera y administrativa de la \u00a0regional, el anteproyecto de presupuesto de las administraciones de su \u00a0jurisdicci\u00f3n de acuerdo con los lineamientos de la oficina de planeaci\u00f3n y la \u00a0subsecretar\u00eda financiera y administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar con el director regional y las \u00e1reas, la formulaci\u00f3n, seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n del plan regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Asesorar a las diferentes administraciones locales y \u00e1reas en la formulaci\u00f3n de \u00a0sus planes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Coordinar y asesorar a las administraciones locales y \u00e1reas en la implantaci\u00f3n \u00a0y optimizaci\u00f3n de los m\u00e9todos, procesos, procedimientos y estructuras \u00a0organizacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el director regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a034. Divisi\u00f3n de control interno. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones de la oficina de control interno y del director regional, son \u00a0funciones de la divisi\u00f3n de control interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Evaluar el sistema de control interno en su jurisdicci\u00f3n y estudiar y proponer \u00a0recomendaciones al director regional para el fortalecimiento del sistema; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Fomentar \u00a0la cultura de autocontrol en su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Proponer la adopci\u00f3n de medidas encaminadas a la prevenci\u00f3n de irregularidades \u00a0administrativas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Realizar las actividades de auditor\u00eda interna en su jurisdicci\u00f3n de acuerdo con \u00a0las normas y planes de la oficina de control interno; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Vigilar el adecuado funcionamiento del sistema de quejas, reclamos y \u00a0sugerencias en su jurisdicci\u00f3n, y presentar los informes semestrales \u00a0respectivos al director regional; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el director regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a035. Divisi\u00f3n de investigaciones disciplinarias. Conforme a las pol\u00edticas \u00a0e instrucciones de la subsecretar\u00eda de investigaciones disciplinarias y del \u00a0director regional, son funciones de la divisi\u00f3n de investigaciones \u00a0disciplinarias, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, coordinar y desarrollar las pol\u00edticas tendientes a prevenir la \u00a0comisi\u00f3n de conductas que puedan llegar a constituir faltas disciplinarias de \u00a0acuerdo con las instrucciones del nivel central y del director regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Adelantar las investigaciones disciplinarias en la jurisdicci\u00f3n de la regional \u00a0e imponer las sanciones de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos sobe ineficiencia e ineficacia de las administraciones locales y \u00a0delegadas de su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Conforme a las delegaciones del nivel central, atender las demandas instauradas \u00a0ante los tribunales contencioso administrativos de la respectiva jurisdicci\u00f3n, \u00a0en materia laboral; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Asesorar a los administradores de la regional en la interpretaci\u00f3n de las \u00a0normas presupuestales, de personal y de contrataci\u00f3n administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Atender todos los asuntos administrativos, penales y civiles que se susciten \u00a0con ocasi\u00f3n del ejercicio de las funciones de los servidores p\u00fablicos de la \u00a0regional, ante las autoridades administrativas y judiciales; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el director regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a036. Divisi\u00f3n financiera y administrativa. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones del director general y del director regional, son funciones de la \u00a0divisi\u00f3n administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Ejecutar los planes y programas de compra y prestaci\u00f3n de servicios que \u00a0garanticen el normal funcionamiento de la direcci\u00f3n regional y preparar el \u00a0anteproyecto de necesidades presupuestales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Atender y prestar los servicios de infraestructura y log\u00edstica para el adecuado \u00a0desarrollo de las distintas Divisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Atender las labores relativas a la correspondencia interna y externa de la administraci\u00f3n, \u00a0el archivo, y la expedici\u00f3n de copias y certificaciones de documentos que \u00a0reposen en el mismo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Atender y coordinar las labores relativas a la adquisici\u00f3n, almacenamiento y \u00a0suministro de bienes y servicios, y los programas de mantenimiento que se \u00a0requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n, de acuerdo con el sistema de inventario que determine la \u00a0Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades de la Secretar\u00eda General y de las divisiones de la Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Atender el manejo presupuestal, efectuar los pagos legalmente autorizados y \u00a0elaborar los registros contables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Consolidar y rendir las cuentas de la funci\u00f3n pagadora y de la contabilidad \u00a0comercial de la regional, cuando a ello hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n y el mantenimiento del equipo computacional de la regional, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n de la regional el \u00a0anteproyecto de presupuesto de las administraciones de su jurisdicci\u00f3n, de \u00a0acuerdo a los lineamientos de las oficinas de planeaci\u00f3n y Financiera, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0los Administradores Especiales y las Divisiones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a037. Administrador Especial de Impuestos. Conforme a las pol\u00edticas, \u00a0instrucciones y delegaciones del Director General, son funciones de los \u00a0Administradores Especiales de Impuestos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos bajo su \u00a0jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, manuales, normas e instrucciones \u00a0emanadas del Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Presentar y responder ante el Director General, por los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0tributarios, conforme a las normas vigentes y las instrucciones que imparta el \u00a0Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal \u00a0funcionamiento de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del \u00a0presupuesto asignado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0tributaria, en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva \u00a0administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles \u00a0propiedad de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n Especial, de acuerdo con el sistema de inventario que \u00a0determine la Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y \u00a0distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las actividades \u00a0del Despacho y de las divisiones de la Administraci\u00f3n Especial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Administrar el recurso humano de la Administraci\u00f3n, conforme a las competencias \u00a0conferidas y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y bienestar organizacional, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las respectivas Oficinas del Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de su \u00a0Administraci\u00f3n, de acuerdo a las instrucciones de la Oficina Nacional de \u00a0Servicio de Desarrollo Humano y remitir la informaci\u00f3n respectiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0divisiones, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos; conforme a los procedimientos legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, establecer el sistema de \u00a0control interno en las dependencias a su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) Elaborar, \u00a0refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, pagadora y de la \u00a0contabilidad comercial de la administraci\u00f3n, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a038. Administrador Especial de Aduanas de Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C. \u00a0Conforme a las pol\u00edticas, instrucciones y delegaciones del Director General, \u00a0son funciones del Administrador Especial de Aduanas las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos bajo su \u00a0jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, manuales, normas e instrucciones \u00a0emanadas del Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Presentar y responder ante el Director General, por los resultados de la gesti\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0aduaneros y cambiarios, de acuerdo a las normas vigentes y las instrucciones \u00a0que imparta el Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal \u00a0funcionamiento de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del \u00a0presupuesto asignado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0aduanera y cambiaria en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Supervisar y controlar la guarda y enajenaci\u00f3n de las mercanc\u00edas aprehendidas, \u00a0decomisadas o abandonadas y ejecutar los programas de mercadeo a que haya \u00a0lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva \u00a0administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles \u00a0propiedad de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>t) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n Especial, de acuerdo con el sistema de inventario que \u00a0determine la Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y \u00a0distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>u) Organizar \u00a0y conservar el archivo de los documentos originados en las actividades del \u00a0Despacho y de las divisiones de la Administraci\u00f3n Especial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Administrar el recurso humano de la Administraci\u00f3n, conforme a las competencias \u00a0conferidas y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y bienestar organizacional, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las respectivas oficinas del Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de su \u00a0Administraci\u00f3n, de acuerdo a las instrucciones de la Oficina Nacional de \u00a0Servicio de Desarrollo Humano y remitir la informaci\u00f3n respectiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0divisiones, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos; conforme a los procedimientos legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General establecer el sistema de control \u00a0interno en las dependencias a su cargo, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Elaborar, refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, pagadora \u00a0y de la contabilidad comercial de la administraci\u00f3n especial y de la \u00a0Administraci\u00f3n Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto Eldorado de Santa Fe \u00a0de Bogot\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a039. Administrador Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto Eldorado de \u00a0Santa Fe de Bogot\u00e1. Conforme a las pol\u00edticas, instrucciones y delegaciones \u00a0del Director General, son funciones del administrador para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna, en el Aeropuerto \u00a0Internacional de Eldorado de Santa Fe de Bogot\u00e1, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos tributarios y \u00a0aduaneros bajo su jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, manuales, normas e \u00a0instrucciones emanadas del Nivel Central, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Dirigir, coordinar, supervisar, controlar y ejecutar los servicios aduaneros \u00a0que se ofrecen en el Aeropuerto Internacional Eldorado de Santa Fe de Bogot\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Presentar y responder ante el Director General, por los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0aduaneros y cambiarios, as\u00ed como las instrucciones que imparta el Nivel \u00a0Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal funcionamiento \u00a0de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del presupuesto \u00a0asignado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>v) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes de la Administraci\u00f3n, de acuerdo con \u00a0el sistema de inventario que determine la Secretar\u00eda General y garantizar su \u00a0conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>w) \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades de la Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0aduanera y cambiaria en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Supervisar y controlar la guarda y enajenaci\u00f3n de las mercanc\u00edas aprehendidas, \u00a0decomisadas o abandonadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva \u00a0administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles \u00a0propiedad de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Administrar el recurso humano de la Administraci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con las respectivas \u00a0Oficinas del Nivel Central; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de su \u00a0Administraci\u00f3n, de acuerdo a las instrucciones de la Oficina Nacional de \u00a0Servicio de Desarrollo Humano y remitir la informaci\u00f3n respectiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0divisiones, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos; conforme a los procedimientos legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, establecer el sistema de \u00a0control interno en las dependencias a su cargo, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procedimiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De \u00a0los Administradores Locales y Divisiones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a040. Administradores Locales de Impuestos y de Aduanas Nacionales. \u00a0Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director \u00a0Regional, de acuerdo a la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida en este \u00a0decreto, son funciones de los administradores de Impuesto y Aduanas Nacionales, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos tributarios y \u00a0aduaneros bajo su jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, manuales, normas e \u00a0instrucciones emanadas de los Niveles Central y Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Presentar y responder ante el Director Regional por los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0tributarios, aduaneros y cambiarios, as\u00ed como las instrucciones que imparta el \u00a0Nivel Central y el Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Cumplir con el adecuado manejo de los grandes contribuyentes de su \u00a0jurisdicci\u00f3n, de acuerdo a los procedimientos establecidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal \u00a0funcionamiento de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del \u00a0presupuesto asignado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0tributaria, aduanera y cambiaria en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas \u00a0vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Fallar \u00a0los actos administrativos de revocatoria directa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Suscribir los actos administrativos necesarios para acuerdos y dem\u00e1s \u00a0facilidades de pago, y velar por el oportuno cumplimiento de las obligaciones \u00a0derivadas de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Supervisar y controlar la guarda y enajenaci\u00f3n de las mercanc\u00edas aprehendidas, \u00a0decomisadas o abandonadas y ejecutar los programas de mercadeo a que hayan \u00a0lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Administrar \u00a0los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva administraci\u00f3n y \u00a0garantizar la historia y buen estado de los inmuebles propiedad de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>x) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n, de acuerdo con el sistema de inventario que determine la \u00a0Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>y) \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades del Despacho y de las divisiones de la Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Administrar el recurso humano de su sede, conforme a las competencias \u00a0conferidas, y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y bienestar \u00a0organizacional, en coordinaci\u00f3n con las respectivas Oficinas del nivel Central \u00a0y la Direcci\u00f3n Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de su \u00a0Administraci\u00f3n y remitir al Servicio Nacional de Desarrollo Humano la \u00a0informaci\u00f3n respectiva; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0divisiones y de las Administraciones delegadas de su jurisdicci\u00f3n cuando \u00a0existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten previa autorizaci\u00f3n del Director \u00a0Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos; conforme a los procedimientos legales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>p) De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, establecer el sistema de \u00a0control interno en las dependencias a su cargo, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>q) Coordinar \u00a0y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de la adminis-traci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>r) \u00a0Elaborar, refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, pagadora \u00a0y de la contabilidad comercial de la administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>s) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a041. Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones de las Subsecretar\u00edas Financiera y la Administrativa, del \u00a0Director Regional, o del Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o del \u00a0Administrador Local, y de acuerdo con la naturaleza de la Administraci\u00f3n \u00a0definida en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n Financiera y \u00a0Administrativa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Elaborar y ejecutar los planes y programas de compra y prestaci\u00f3n de servicios \u00a0que garanticen el normal funcionamiento de la administraci\u00f3n y preparar el \u00a0anteproyecto de necesidades presupuestales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Atender y prestar los servicios y log\u00edstica para el adecuado desarrollo de las \u00a0funciones de las distintas Divisiones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Atender las labores relativas a la correspondencia interna y externa de la \u00a0Administraci\u00f3n, el archivo, y la expedici\u00f3n de copias y certificaciones de \u00a0documentos que reposen en el mismo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Atender y coordinar las labores relativas a la adquisici\u00f3n, almacenamiento, \u00a0inventario y suministro de bienes y servicios, y los programas de mantenimiento \u00a0que se requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Atender el manejo presupuestal, efectuar los pagos legalmente autorizados y \u00a0elaborar los registros contables; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>z) \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n de acuerdo con el sistema de inventario que determine la \u00a0Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>aa) \u00a0Atender el archivo de los documentos originales en las actividades del Despacho \u00a0y de la divisiones de la Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Elaborar y rendir las cuentas de las funciones, pagadora y de la contabilidad \u00a0comercial de la administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Cumplir las funciones de la divisi\u00f3n de comercializaci\u00f3n cuando en la \u00a0respectivo administraci\u00f3n no exista dicha dependencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n y el mantenimiento del equipo computacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Elaborar en coordinaci\u00f3n con el Administrador local, el proyecto de presupuesto \u00a0de la administraci\u00f3n de acuerdo a los lineamientos de la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0y la Subsecretar\u00eda Financiera, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a042. Divisi\u00f3n de servicio al comercio exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones de la Subdirecci\u00f3n de Servicios al Comercio \u00a0Exterior, del Director Regional, o del Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o \u00a0del Administrador Local, y de acuerdo a la naturaleza de la Administraci\u00f3n \u00a0definida en este Decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio \u00a0Exterior, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Aplicar las normas relativas a los reg\u00edmenes aduaneros para garantizar que las \u00a0operaciones aduaneras dentro de su jurisdicci\u00f3n, se cumplan en los t\u00e9rminos y \u00a0condiciones previstos por la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Garantizar \u00a0el control de los lugares de arribo de mercanc\u00eda, en los pasos de frontera y \u00a0lugares habilitados, conforme a los manuales de funciones correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Responder por la constituci\u00f3n, archivo y cancelaci\u00f3n de garant\u00edas a favor de la \u00a0Naci\u00f3n, Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de Cobranzas las p\u00f3lizas correspondientes a las \u00a0obligaciones incumplidas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Supervisar, orientar y controlar la gesti\u00f3n en el proceso de importaci\u00f3n que \u00a0realicen los transportadores, dep\u00f3sitos habilitados, Sociedades de \u00a0Intermediaci\u00f3n Aduanera, usuarios aduaneros permanentes, sociedades de \u00a0certificaci\u00f3n, consolidadores de carga nacional o internacional y en general \u00a0los organismos auxiliares de la funci\u00f3n aduanera e informar a la divisi\u00f3n de \u00a0control aduanero, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n del contrabando para efectos de la \u00a0correspondiente investigaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Instruir las investigaciones originadas en sus procesos de control a las \u00a0personas y entidades que cuenten con inscripci\u00f3n, autorizaci\u00f3n o habilitaci\u00f3n \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Adunadas Nacionales, para realizar actividades \u00a0que se encuentren bajo su control o vigilancia, por el incumplimiento o \u00a0violaci\u00f3n de las disposiciones legales, previas al levante de las mercanc\u00edas de \u00a0importaci\u00f3n o cierre de los documentos de exportaci\u00f3n y ponerlas a disposici\u00f3n \u00a0de la Divisi\u00f3n de Control Aduanero, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n del Contrabando; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Expedir, de acuerdo con las delegaciones pertinentes, las autorizaciones, \u00a0inscripciones y licencias, conforme a las competencias legales, para adelantar \u00a0actividades en materia aduanera que se encuentren bajo control y vigilancia de \u00a0la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) Llevar \u00a0los registros que se requieran para las operaciones aduaneras de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a043. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones de la Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera, del \u00a0Administrador Regional, o del Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o del \u00a0Administrador Local, y de acuerdo a la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida \u00a0en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Dirigir el laboratorio y realizar los an\u00e1lisis qu\u00edmicos o f\u00edsicos de las muestras \u00a0de mercanc\u00edas enviadas por las diferentes administraciones y actuar como \u00a0interventor frente a las entidades p\u00fablicas o privadas que sean contratadas por \u00a0la DIAN para estos efectos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Impartir instrucciones sobre la obtenci\u00f3n, env\u00edo y an\u00e1lisis de las muestras, \u00a0m\u00e9todos de an\u00e1lisis, presentaci\u00f3n de los resultados y sobre las protecciones \u00a0que requieren las mercanc\u00edas peligrosas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Organizar y mantener debidamente clasificado un sistema de informaci\u00f3n \u00a0conformado por cat\u00e1logos, documentos y dem\u00e1s elementos relativos al an\u00e1lisis \u00a0f\u00edsico o qu\u00edmico de las mercanc\u00edas objeto de comercio internacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Mantener un sistema de informaci\u00f3n sobre las mercanc\u00edas analizadas \u00a0correspondientes a las administraciones de su regional y hacerlo conocer por \u00a0los servidores p\u00fablicos que realicen an\u00e1lisis de laboratorio en las \u00a0Administraciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Conforme con las pol\u00edticas y directrices de la Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera, \u00a0coordinar con otros laboratorios el intercambio de informaci\u00f3n t\u00e9cnica y cient\u00edfica \u00a0y la realizaci\u00f3n de an\u00e1lisis especiales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Instruir a las Administraciones de la jurisdicci\u00f3n de su regional, en la \u00a0adopci\u00f3n de los correctivos necesarios para la adecuada valoraci\u00f3n de las \u00a0mercanc\u00edas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Organizar y actualizar el sistema de informaci\u00f3n de valor con base en las \u00a0decisiones t\u00e9cnicas adoptadas en relaci\u00f3n con la determinaci\u00f3n del valor en \u00a0Aduanas, y de los importadores a los cuales se les ha efectuado estudio de \u00a0valor; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Asesorar, orientar y apoyar a las administraciones de la jurisdicci\u00f3n de su \u00a0regional en la clasificaci\u00f3n arancelaria de la mercanc\u00edas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Aplicar y observar los precios m\u00ednimos oficiales y los de referencia \u00a0establecidos por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, la \u00a0Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica o la Divisi\u00f3n de Precios del Incomex, e investigar en las \u00a0redes de bases de datos nacionales e internacionales los precios que le \u00a0permitan establecer subfacturaciones, sobrefacturaciones o inadecuadas \u00a0clasificaciones arancelarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Aplicar las disposiciones sobre valoraci\u00f3n en las inspecciones previas al \u00a0levante y dejar establecidas las controversias cuando haya lugar a ellas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Exigibles y verificar la autenticidad y oportunidad de las certificaciones \u00a0preembarque exigidas seg\u00fan las disposiciones vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Efectuar la inspecci\u00f3n f\u00edsica de la mercanc\u00eda seg\u00fan las disposiciones legales, \u00a0y la verificaci\u00f3n de los certificados de origen, el cumplimiento de normas \u00a0t\u00e9cnicas de calidad, exigencias fitosanitarias y restricciones legales y \u00a0reglamentarias a las mercanc\u00edas objeto de los reg\u00edmenes aduaneros, en los \u00a0t\u00e9rminos se\u00f1alados por los manuales de funciones y de procedimientos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Orientar y asesorar, en materia de valoraci\u00f3n y arancel, a las dem\u00e1s Divisiones \u00a0de la Administraci\u00f3n que lo requieran; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a044. Divisi\u00f3n para al control tributario y aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones de las Subdirecciones de Fiscalizaci\u00f3n para el \u00a0Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria, de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, Represi\u00f3n y \u00a0Penalizaci\u00f3n al Contrabando, de Control de Cambios, del Director Regional, o \u00a0del Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o del Administrador Local, y de \u00a0acuerdo a la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida en este decreto, son \u00a0funciones de la Divisi\u00f3n para el Control Tributario y Aduanero, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Promover al interior de su jurisdicci\u00f3n el cumplimiento voluntario por parte de \u00a0los contribuyentes y usuarios de sus obligaciones tributarias, aduaneras y \u00a0cambiarias y prevenir su infracci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Proponer al administrador pol\u00edticas de orientaci\u00f3n del control tributario, \u00a0aduanero y cambiario para su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Desarrollar conforme a los planes y programas las funciones de control \u00a0posterior a los importadores, exportadores, transportadores, almacenadoras, sociedades \u00a0de intermediaci\u00f3n, contribuyentes, responsables, agentes retenedores y \u00a0declarantes en general, a fin de verificar el adecuado cumplimiento de las \u00a0normas tributarias, aduaneras y cambiarias, as\u00ed como la correcta aplicaci\u00f3n de \u00a0sanciones, liquidaciones y recaudos de los impuestos, derechos, tasas, \u00a0contribuciones, multas, recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes de competencia de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Adelantar las acciones e investigaciones necesarias para verificar el \u00a0cumplimiento de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias en lo de \u00a0competencia de la entidad, y proponer las sanciones y la determinaci\u00f3n oficial \u00a0del gravamen respectivo cuando a ello hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Adelantar las acciones relativas a la penalizaci\u00f3n tributaria y aduanera, as\u00ed \u00a0como reprimir y sancionar dentro de su jurisdicci\u00f3n, las infracciones a los \u00a0reg\u00edmenes tributario, aduanero y de control de cambios en lo de competencia de \u00a0la Entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Cumplir con el adecuado manejo de los grandes contribuyentes de su \u00a0jurisdicci\u00f3n, de acuerdo a los procedimientos establecidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Proferir los pliegos de cargos, requerimientos, emplazamientos, autos de \u00a0inspecci\u00f3n, y dem\u00e1s actos preparatorios de la determinaci\u00f3n y penalizaci\u00f3n de \u00a0las obligaciones tributarias, aduaneras y sanciones cambiarias, as\u00ed como \u00a0proponer la sanciones y la determinaci\u00f3n oficial de los impuestos y grav\u00e1menes \u00a0conforme al procedimiento legal correspondiente, cuando a ello hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Coordinar el desarrollo de auditor\u00edas inform\u00e1ticas a los contribuyentes y \u00a0usuarios complementarias a la auditor\u00eda tributaria, aduanera y de control de \u00a0cambios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Ejecutar labores de inspecci\u00f3n por actividad econ\u00f3mica, sectores y tipo de \u00a0contribuyente, mediante el uso de Software y sistemas autom\u00e1ticos de control; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Ejercer funciones de Polic\u00eda Judicial en los t\u00e9rminos previstos en la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar y\/o desarrollar t\u00e9cnicas de auditor\u00eda y programas de fiscalizaci\u00f3n \u00a0para ser aplicados a los contribuyentes de su jurisdicci\u00f3n dentro del \u00a0procedimiento legal establecido; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de liquidaci\u00f3n los actos preparatorios necesarios para \u00a0proferir los actos de liquidaci\u00f3n oficial y aplicaci\u00f3n de sanciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Administrar los sistemas de informaci\u00f3n desarrollados por el \u00e1rea para atender \u00a0las labores de investigaci\u00f3n y determinaci\u00f3n de las obligaciones tributarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Informar al Administrador los hechos relevantes del desarrollo de cada una de \u00a0las t\u00e9cnicas de auditor\u00eda y los programas que contribuyan a su dise\u00f1o y\/o \u00a0replanteamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las dem\u00e1s \u00a0que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a045. Divisi\u00f3n para el control y penalizaci\u00f3n tributario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones de la Subdirecciones de Fiscalizaci\u00f3n para el \u00a0Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria, del Director Regional, del Administrador \u00a0Especial, seg\u00fan el caso, o del Administrador Local, y de acuerdo a la \u00a0naturaleza de la Administraci\u00f3n definida en este Decreto, son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n para el Control y Penalizaci\u00f3n Tributaria, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Promover al interior de su jurisdicci\u00f3n el cumplimiento voluntario por parte de \u00a0los contribuyentes de sus obligaciones tributarias y prevenir su infracci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Proponer al Administrador pol\u00edticas de orientaci\u00f3n de control tributario de su \u00a0jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Desarrollar conforme a los planes y programas las funciones de control y \u00a0penalizaci\u00f3n tributaria a los contribuyentes responsables, agentes retenedores \u00a0y declarantes en general, con el fin de verificar el adecuado cumplimiento de \u00a0las normas tributarias, as\u00ed como la correcta aplicaci\u00f3n de sanciones, \u00a0liquidaciones y recaudos de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, \u00a0multas y recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes de competencia de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales en materia de tributos del orden nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Adelantar las acciones e investigaciones necesarias para verificar el \u00a0cumplimiento de la obligaciones tributarias de orden nacional y proponer las \u00a0sanciones y la determinaci\u00f3n oficial del gravamen respectivo cuando a ello \u00a0hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Cumplir con el adecuado manejo de los grandes contribuyentes de su \u00a0jurisdicci\u00f3n, de acuerdo a los procedimientos establecidos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Adelantar la acciones relativas a la penalizaci\u00f3n tributaria, as\u00ed como reprimir \u00a0y sancionar dentro de su jurisdicci\u00f3n, las infracciones a los reg\u00edmenes \u00a0tributarios; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Proferir los pliegos de cargos, requerimientos, emplazamientos, autos de \u00a0inspecci\u00f3n y dem\u00e1s actos preparatorios de la determinaci\u00f3n de las obligaciones \u00a0tributarias, as\u00ed como proponer las sanciones y la determinaci\u00f3n oficial de lo \u00a0impuestos y grav\u00e1menes conforme al procedimiento legal correspondiente, cuando \u00a0a ello hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Coordinar el desarrollo de auditor\u00edas inform\u00e1ticas a los contribuyentes, \u00a0complementarias a la auditor\u00eda tributaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Ejecutar labores de inspecci\u00f3n por actividad econ\u00f3mica, sectores y tipo de \u00a0contribuyente, mediante el uso de Software y sistemas autom\u00e1ticos de control; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Ejercer funciones de Polic\u00eda Judicial en los t\u00e9rminos previstos en la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Coordinar y\/o desarrollar t\u00e9cnicas de auditor\u00eda y programas de control \u00a0tributario para ser aplicados a los contribuyentes de su jurisdicci\u00f3n dentro \u00a0del procedimiento legal establecido; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n los actos preparatorios necesarios para \u00a0proferir los actos de liquidaci\u00f3n oficial y aplicaci\u00f3n de sanciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) \u00a0Administrar los sistemas de informaci\u00f3n desarrollados por el \u00e1rea para atender \u00a0las labore de investigaci\u00f3n y determinaci\u00f3n de las obligaciones tributarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>n) \u00a0Informar al Administrador los hechos relevantes del desarrollo de cada una de \u00a0las t\u00e9cnica de auditor\u00eda y los programas que contribuyan a su dise\u00f1o y\/o \u00a0replanteamiento; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>o) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a046. Divisi\u00f3n para control aduanero, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n del \u00a0contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones de las Subdirecciones de Fiscalizaci\u00f3n \u00a0Aduanero, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n del Contrabando, de Control de Cambios, del \u00a0Director Regional o del Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o del \u00a0Administrador Local, y de acuerdo a la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida \u00a0en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n para el Control Aduanero, \u00a0Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n al contrabando las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Promover al interior de su jurisdicci\u00f3n el cumplimiento voluntario por parte de \u00a0los usuarios de sus obligaciones aduaneras y prevenir su infracci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Proponer al administrador pol\u00edticas de orientaci\u00f3n del control aduanero, \u00a0represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n del contrabando en su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Desarrollar conforme a los planes y programas las funciones de control \u00a0posterior a los importadores, exportadores, transportadores, dep\u00f3sitos \u00a0aduaneros, sociedades de intermediaci\u00f3n aduanera, usuarios aduaneros \u00a0permanentes, sociedades certificadoras y declarantes en general, a fin de \u00a0verificar el adecuado cumplimiento de las obligaciones aduaneras y cambiarias, \u00a0as\u00ed como la correcta aplicaci\u00f3n de sanciones, liquidaciones y recaudos de los \u00a0impuestos al comercio exterior, derechos, tasas, contribuciones, multas, \u00a0recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes, en materia aduanera; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Adelantar las acciones e investigaciones necesarias para verificar el \u00a0cumplimiento de las obligaciones aduaneras y proponer las sanciones y la \u00a0determinaci\u00f3n oficial del gravamen respectivo cuando a ello hubiere lugar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Adelantar las acciones relativas a la penalizaci\u00f3n aduanera, as\u00ed como reprimir \u00a0y sancionar dentro de su jurisdicci\u00f3n, las infracciones a los reg\u00edmenes, \u00a0aduaneros y de control de cambios en lo de competencia de la entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Proferir los pliegos de cargos, requerimientos, autos de inspecci\u00f3n y dem\u00e1s \u00a0actos preparatorios en la determinaci\u00f3n de las obligaciones aduaneras as\u00ed como \u00a0establecer las sanciones, la determinaci\u00f3n oficial de los impuestos y \u00a0grav\u00e1menes y expedici\u00f3n de los dem\u00e1s actos definitivos, conforme a los \u00a0procedimientos legales vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Coordinar el desarrollo de auditor\u00edas inform\u00e1ticas a los usuarios, \u00a0complementarias a las de control posterior aduanero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de liquidaci\u00f3n los actos preparatorios necesarios para \u00a0proferir los actos de liquidaci\u00f3n oficial y aplicaci\u00f3n de sanciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Ejercer funciones de Polic\u00eda Judicial en los t\u00e9rminos previstos en la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Administrar los sistemas de informaci\u00f3n desarrollados por el \u00e1rea para atender las \u00a0labores de investigaci\u00f3n y determinaci\u00f3n de obligaciones aduaneras, de acuerdo \u00a0con los par\u00e1metros, est\u00e1ndares y condiciones fijadas por la Oficina Nacional de \u00a0Servicio de Informaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a047. Divisi\u00f3n de control de cambios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones de la Subdirecci\u00f3n de Control de Cambios, del \u00a0Director Regional, o del Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o del \u00a0Administrador Local, y de acuerdo a la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida \u00a0en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n de Control de Cambio, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Promover al interior de su jurisdicci\u00f3n el cumplimiento voluntario de las \u00a0obligaciones cambiarias derivadas de las operaciones de importaci\u00f3n y \u00a0exportaci\u00f3n de bienes y servicios, gastos asociados a las mismas, financiaci\u00f3n \u00a0en moneda extranjera de importaciones y exportaciones, y subfacturaci\u00f3n y \u00a0sobrefacturaci\u00f3n de estas operaciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Ejecutar las actividades relacionadas con la investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n \u00a0y liquidaci\u00f3n de las sanciones por violaci\u00f3n al R\u00e9gimen Cambiario de \u00a0competencia de la Entidad; y en general, las actividades de control para \u00a0verificar el cumplimiento de obligaciones cambiarias y de prevenci\u00f3n al lavado \u00a0de activos al amparo de las operaciones de su competencia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Programar y ejecutar las actividades relacionadas con las funciones en materia \u00a0de control de cambios por importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y servicios, \u00a0gastos asociados a las operaciones de comercio exterior y financiaci\u00f3n de \u00a0importaciones y exportaciones, as\u00ed como orientar las acciones a fin de detectar \u00a0operaciones de cambio inusuales o sospechosas que, al amparo de estas \u00a0operaciones, puedan provenir presuntamente de lavado de activos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Ejecutar el plan de fiscalizaci\u00f3n en materia de control de cambios, as\u00ed como \u00a0controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n del mismo, de acuerdo con las pol\u00edticas \u00a0establecidas por la Direcci\u00f3n General; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Solicitar informaci\u00f3n a las empresas y entidades para fines de control, con \u00a0fundamento en el art\u00edculo 8\u00ba del Decreto ley 1092 \u00a0de 1996 o normas que lo modifiquen o adicionen; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Adelantar visitas de inspecci\u00f3n y control a los importadores, exportadores, \u00a0personas naturales o jur\u00eddicas que desarrollen operaciones de cambio de manera \u00a0profesional sin contar con la debida autorizaci\u00f3n, de acuerdo con las \u00a0facultades otorgadas por la ley; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n los actos preparatorios necesarios para \u00a0proferir los actos de aplicaci\u00f3n de sanciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Adelantar estudios sobre las diferentes modalidades de infracciones al R\u00e9gimen \u00a0Cambiario y desarrollar programas de control; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Analizar la informaci\u00f3n procesada y relacionada con las operaciones de cambio \u00a0presentadas por personas naturales o jur\u00eddicas a trav\u00e9s de intermediarios del \u00a0mercado cambiario, otros agentes autorizados, cuentas corrientes de \u00a0compensaci\u00f3n en moneda extranjera, o, reportes enviados directamente por el \u00a0Banco de la Rep\u00fablica, a fin de detectar posible infracciones al R\u00e9gimen \u00a0Cambiario o que pueden provenir de lavado de dinero; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las dependencias Tributaria y Aduanera, respecto de \u00a0las investigaciones cambiarias que den origen a su vez, a investigaciones en \u00a0estas \u00e1reas, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador Local; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a048. Divisi\u00f3n de liquidaci\u00f3n. De acuerdo con las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones se\u00f1aladas por las Subdirecciones de Fiscalizaci\u00f3n para el Control \u00a0y Penalizaci\u00f3n Tributaria, de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, Represi\u00f3n y Penalizaci\u00f3n \u00a0al Contrabando, del Director Regional, o del Administrador Especial, seg\u00fan el \u00a0caso, o el Administrador Local, y de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0Administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Liquidaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Proferir las ampliaciones a los requerimientos especiales, las liquidaciones \u00a0oficiales y dem\u00e1s actos de determinaci\u00f3n de las obligaciones tributarias, \u00a0aduaneras y sanciones cambiarias, as\u00ed como la aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de las \u00a0sanciones cuya competencia no est\u00e9 asignada a otra dependencia, de acuerdo con \u00a0el procedimiento se\u00f1alado en las normas vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de Cobranzas o de Recaudaci\u00f3n y a la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica, \u00a0seg\u00fan el caso, los actos de determinaci\u00f3n oficial y aplicaci\u00f3n de sanciones, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a049. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Ttributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del Subdirector Jur\u00eddico \u00a0Tributario, del Director Regional, o del Administrador Especial, seg\u00fan del \u00a0caso, o del Administrador Local, y de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0Administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0Tributaria, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Difundir las normas tributarias, as\u00ed como la jurisprudencia y doctrina en \u00a0materia de impuestos del orden nacional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Prestar el servicio de orientaci\u00f3n y atenci\u00f3n al contribuyente en materia \u00a0tributaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Prestar asesor\u00eda jur\u00eddica tributaria a las diferentes \u00e1reas de la \u00a0Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Representar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, seg\u00fan las \u00a0delegaciones que le sean conferidas, en los procesos de nulidad y \u00a0restablecimiento del derecho que se promuevan ante las autoridades competentes \u00a0de la jurisdicci\u00f3n en materia tributaria de la Administraci\u00f3n y llevar el \u00a0registro correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Intervenir en las acciones de tutela que se promuevan por asuntos de \u00a0competencia de la Administraci\u00f3n de Impuestos y atender los derechos de \u00a0petici\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Resolver los recursos interpuestos contra los actos expedidos por las \u00a0diferentes dependencias de la Administraci\u00f3n, cuya competencia no se encuentre \u00a0asignada a otra Divisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Resolver los recursos contra las liquidaciones de aforo, de revisi\u00f3n, de \u00a0correcci\u00f3n aritm\u00e9tica y los actos que impongan sanciones, en materia del \u00a0impuesto al consumo de cervezas, sifones, refajos y mezclas de bebidas \u00a0fermentadas con bebidas no alcoh\u00f3licas proferidas por el Distrito Capital y el \u00a0Departamento que corresponda a su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Proyectar los fallos de revocatoria directa para el Administrador Local \u00a0respectivo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n de Cobranzas los actos que presten m\u00e9rito ejecutivo una vez \u00a0se encuentren en firme, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a050. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0del Subdirector Jur\u00eddico Aduanero, del Director Regional, o del Administrador \u00a0Especial, seg\u00fan el caso, o el Administrador Local, y de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la Administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Difundir las normas aduaneras y cambiarias, as\u00ed como la jurisprudencia y doctrina \u00a0en estas materias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Prestar el servicio de orientaci\u00f3n y atenci\u00f3n al contribuyente en materia \u00a0aduanera y cambiaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Prestar asesor\u00eda jur\u00eddica aduanera a las diferentes \u00e1reas de la Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Representar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, seg\u00fan las \u00a0delegaciones que le sean conferidas en los procesos de nulidad y \u00a0restablecimiento del derecho que se promuevan ante las autoridades competentes \u00a0de la jurisdicci\u00f3n en materia aduanera y cambiaria de la Administraci\u00f3n y \u00a0llevar el registro correspondiente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Intervenir en las acciones de tutela que se promuevan por asuntos, de \u00a0competencia de la Administraci\u00f3n y atender los derechos de petici\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Resolver los recursos interpuestos contra los actos expedidos por las \u00a0diferentes dependencias de la Administraci\u00f3n, cuya competencia no se encuentre \u00a0asignada a otra Divisi\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Proyectar los fallos de revocatoria directa para el Administrador Local \u00a0respectivo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Remitir a las Divisiones de Cobranzas, o la dependencia que haga sus veces de \u00a0las Administraciones de Impuestos y\/o Aduanas, los actos que presten m\u00e9rito \u00a0ejecutivo para su cobro, una vez se encuentren en firme, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a051. Divisi\u00f3n de Cobranzas. De acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0se\u00f1aladas por el Subdirector de Cobranzas, del Director Regional, o del \u00a0Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o el Administrador Local, de acuerdo con \u00a0la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de \u00a0la Divisi\u00f3n de Cobranzas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Coordinar, controlar y desarrollar los procesos de cobro persuasivo y coactivo \u00a0de los impuestos, grav\u00e1menes, anticipos, retenciones, sanciones, multas e \u00a0intereses de competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Llevar \u00a0a cabo las diligencias necesarias para que los deudores morosos paguen \u00a0voluntariamente, sin perjuicio del cobro coactivo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Intervenir en los procesos de concordato, intervenci\u00f3n, liquidaci\u00f3n judicial o \u00a0administrativa, quiebra, liquidaci\u00f3n forzosa, concurso de acreedores, \u00a0liquidaci\u00f3n de sociedades y sucesiones, para garantizar y obtener el pago de \u00a0las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiaria; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Proyectar los actos administrativos necesarios para suscribir acuerdos y dem\u00e1s \u00a0facilidades de pago, y velar por el oportuno cumplimiento de las obligaciones \u00a0derivadas de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Hacer \u00a0efectivas las garant\u00edas para el cumplimiento de obligaciones legales, cuando se \u00a0incumplan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Elaborar las relaciones de cartera por cobrar para efecto de que se inicien las \u00a0acciones de cobro pertinentes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Mantener actualizada la informaci\u00f3n e inventario de los procesos de cobro \u00a0persuasivo y coactivo en coordinaci\u00f3n con otras \u00e1reas relacionadas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Proyectar los actos administrativos cuando sea procedente para declarar la \u00a0extinci\u00f3n de las obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Generar y enviar los documentos que deben incluirse en la cuenta corriente para \u00a0mantener actualizada la informaci\u00f3n de los contribuyentes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a052. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0del Subdirector de Recaudaci\u00f3n, del Director Regional, o del Administrador \u00a0Especial, o del Administrador Local, y de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Recaudaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Garantizar la adecuada recaudaci\u00f3n de los impuestos y grav\u00e1menes administrados \u00a0por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, de acuerdo con los \u00a0programas, manuales y disposiciones que se\u00f1alen los Niveles Central y Regional; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Efectuar los registros contables, elaborar los soportes que sean de su \u00a0competencia y conformar la cuenta mensual de los ingresos administrados por la \u00a0entidad en la jurisdicci\u00f3n de la respectiva administraci\u00f3n, de acuerdo con las \u00a0normas fiscales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Rendir \u00a0ante la Direcci\u00f3n Seccional Territorial de su Administraci\u00f3n, la cuenta mensual \u00a0de los ingresos de que trata el literal anterior; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Dar \u00a0respuesta oportuna a los requerimientos producidos por la Direcci\u00f3n Seccional \u00a0Territorial; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Controlar la ejecuci\u00f3n de los planes y programas en materia de recaudaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Mantener clasificada, actualizada y depurada la cuenta corriente de los contribuyentes \u00a0responsables, agentes retenedores, declarantes e importadores y dem\u00e1s usuarios \u00a0del servicio aduanero y la cuenta corriente de las entidades autorizadas para \u00a0recaudar; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) \u00a0Recibir y controlar los documentos y consignaciones de las entidades autorizadas \u00a0para efectuar la recaudaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>h) \u00a0Efectuar el proceso de validaci\u00f3n de los datos consignados en las declaraciones \u00a0tributarias y aduaneras; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>i) \u00a0Colaborar en el control a las entidades financieras autorizadas por la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales para recibir declaraciones y \u00a0recaudar los impuestos, anticipos, derechos, grav\u00e1menes y sanciones \u00a0tributarias, aduaneras y cambiarias, ubicadas dentro de su jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>j) \u00a0Mantener actualizado y depurado el Rut y expedir n\u00fameros de identificaci\u00f3n \u00a0tributaria (NIT), de acuerdo con las disposiciones sobre la materia; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>k) \u00a0Recepcionar las declaraciones y recibos de pago, cuando las instrucciones del \u00a0Nivel Central as\u00ed lo dispongan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>l) Realizar \u00a0an\u00e1lisis y estad\u00edsticas del recaudo y presentar los informes y cuentas a que \u00a0hubiere lugar, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>m) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a053. Divisi\u00f3n de Devoluciones. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0del Subdirector de Recaudaci\u00f3n, del Director Regional, o del Administrador \u00a0Especial, seg\u00fan el caso o del Administrador Local, y de acuerdo con la \u00a0naturaleza de la administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de la \u00a0Divisi\u00f3n de Devoluciones las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Coordinar, ejecutar y controlar los procesos de devoluciones, compensaciones y \u00a0aplicaciones de los distintos impuestos administrados por la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con las disposiciones vigentes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Realizar an\u00e1lisis y llevar las estad\u00edsticas en materia de devoluciones y \u00a0compensaciones y rendir los informes correspondientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Efectuar arqueos mensuales sobre el manejo del fondo rotatorio de devoluciones \u00a0y sobre la expedici\u00f3n de los t\u00edtulos de devoluci\u00f3n de Impuestos y rendir los informes \u00a0correspondientes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Capturar en el sistema, la informaci\u00f3n que en esta materia se produzca de \u00a0conformidad con los par\u00e1metros establecidos y en coordinaci\u00f3n con el servicio \u00a0nacional de informaci\u00f3n y la Subdirecci\u00f3n de Recaudaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a054. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones \u00a0de la Secretar\u00eda General, del Director Regional, o del Administrador Especial, \u00a0seg\u00fan el caso o del Administrador Local, y de acuerdo con la naturaleza de la \u00a0administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de la Divisi\u00f3n de \u00a0Documentaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Recibir, radicar, seleccionar, entregar, controlar, archivar y prestar los \u00a0servicios inherentes al manejo de los documentos bajo su responsabilidad, as\u00ed \u00a0como la correspondencia general de la Administraci\u00f3n, conforme a los \u00a0procedimientos que se establezcan; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Llevar \u00a0bajo el archivo actualizado los documentos originados en los procesos del \u00a0servicio aduanero, de fiscalizaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, recaudaci\u00f3n, jur\u00eddica y \u00a0cobro y las dem\u00e1s actuaciones de la administraci\u00f3n, estableciendo los controles \u00a0que garanticen la custodia y conservaci\u00f3n de los mismos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Expedir copias, certificaciones y autenticaciones de los documentos que reposen \u00a0en los archivos de la Administraci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Notificar todos los actos proferidos por las distintas dependencias de la \u00a0Administraci\u00f3n, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0En las Administraciones Locales cuando no exista divisi\u00f3n de documentaci\u00f3n las \u00a0funciones las ejercer\u00e1s la Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa y en especial \u00a0lo referente a las notificaciones de todos los actos proferidos por las \u00a0distintas dependencias de la Administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a055. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. Conforme a las pol\u00edticas e \u00a0instrucciones del Subdirector de Comercializaci\u00f3n, del Director Regional, o del \u00a0Administrador Especial, seg\u00fan el caso, o del Administrador Local, y de acuerdo \u00a0con la naturaleza de la Administraci\u00f3n definida en este decreto, son funciones de \u00a0la Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Supervisar y controlar la guarda de las mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas o \u00a0abandonas en la jurisdicci\u00f3n de la respectiva administraci\u00f3n, consolidar los \u00a0estados financieros de la operaci\u00f3n comercial y rendir los informes \u00a0respectivos; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Administrar el sistema de mercadeo de las mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas \u00a0o abandonas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Desarrollar los programas de comercializaci\u00f3n de las mercanc\u00edas en la \u00a0respectiva jurisdicci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Ejercer control sobre las entidades autorizadas para almacenar mercanc\u00edas \u00a0aprehendidas, decomisadas o abandonadas y efectuar inventarios f\u00edsicos y \u00a0documentales de aquellas; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Las dem\u00e1s que le asigne el \u00a0Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 56. El presente decreto rige \u00a0a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., \u00a0a 4 de julio de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Viceministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito P\u00fablico Encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Eduardo Fern\u00e1ndez Delgado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Edgar Alfonso Gonz\u00e1lez Salas. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1725 DE 1997 \u00a0 \u00a0 (julio \u00a04) \u00a0 \u00a0 por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de la \u00a0Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 1265 de 1999. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-26048","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26048","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26048"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26048\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26048"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26048"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26048"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}