{"id":26599,"date":"2023-07-17T22:50:09","date_gmt":"2023-07-17T22:50:09","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-2807-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:50:09","modified_gmt":"2023-07-17T22:50:09","slug":"decreto-2807-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-2807-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 2807 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2807 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(noviembre \u00a020) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 001 del 6 de agosto de 1997, emanado de la \u00a0Junta Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional que \u00a0adopta los Estatutos de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades legales, en especial las \u00a0conferidas por el Decreto 1050 de 1968 \u00a0y la Ley 318 de 1996, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. Apru\u00e9base en todas sus partes el Acuerdo n\u00famero 001 del 6 de agosto de \u00a01997, emanado de la Junta Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, cuyo texto es el siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00abACUERDO \u00a0N\u00daMERO 001 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto \u00a06 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el \u00a0cual se adoptan los Estatutos de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Junta \u00a0Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional, en uso de las \u00a0facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 5\u00ba del art\u00edculo \u00a013 de la Ley 318 de 1996, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. Ad\u00f3ptanse los siguientes estatutos que regir\u00e1n la administraci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Naturaleza, \u00a0objeto, funciones y domicilio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00ba. Naturaleza. La Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional, es un \u00a0establecimiento p\u00fablico del orden nacional adscrito al Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, con personer\u00eda jur\u00eddica, patrimonio propio y autonom\u00eda \u00a0administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00ba. Objeto. La Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional tendr\u00e1 como \u00a0objeto esencial la coordinaci\u00f3n, administraci\u00f3n y promoci\u00f3n de la totalidad de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, t\u00e9cnica y financiera, no reembolsable, que reciba y \u00a0otorgue el pa\u00eds bajo la modalidad de ayuda oficial para el desarrollo destinada \u00a0a entidades p\u00fablicas, as\u00ed como de los recursos que se obtengan como resultado \u00a0de operaciones de condonaci\u00f3n de deuda con naturaleza de contenido social o \u00a0ambiental. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0En los casos en los cuales la agencia cooperante internacional requiera el aval \u00a0o la no objeci\u00f3n del Gobierno para aprobar y entregar cooperaci\u00f3n a una entidad \u00a0del sector privado, dichas solicitudes de cooperaci\u00f3n deber\u00e1n ser canalizadas \u00a0igualmente a trav\u00e9s de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00ba. Funciones. La Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional actuar\u00e1 bajo \u00a0las directrices que establezca su Junta Directiva y cumplir\u00e1 con las siguientes \u00a0funciones generales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Coordinar y articular todas las acciones de cooperaci\u00f3n internacional, t\u00e9cnica \u00a0y financiera no reembolsable que reciba y otorgue el pa\u00eds a las que se refiere \u00a0el art\u00edculo 3\u00ba de estos Estatutos y celebrar los contratos y convenios \u00a0nacionales necesarios para su desarrollo y ejecuci\u00f3n, en concordancia con las \u00a0pol\u00edticas de cooperaci\u00f3n internacional que establezca el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores siguiendo las directrices que se\u00f1ale el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Apoyar las Instituciones Nacionales, del nivel central y descentralizado, en la \u00a0preparaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de cooperaci\u00f3n internacional \u00a0t\u00e9cnica o financiera no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Apoyar a los entes territoriales en la preparaci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos de cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica o financiera no reembolsable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar \u00a0las solicitudes de cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica o financiera no \u00a0reembolsable que requieran presentar las organizaciones no gubernamentales y \u00a0los organismos de la sociedad civil, ante instancias internacionales de \u00a0car\u00e1cter oficial en materia de cooperaci\u00f3n internacional que requiera el aval o \u00a0la no objeci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Prestar la ayuda necesaria para la creaci\u00f3n o el fortalecimiento de oficinas de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional en el sector p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Establecer en conjunto con la Canciller\u00eda y las Representaciones Diplom\u00e1ticas \u00a0Colombianas en el exterior, los contactos con los potenciales aportantes y \u00a0receptores de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Llevar a cabo de acuerdo con el Ministerio de Relaciones Exteriores la \u00a0organizaci\u00f3n t\u00e9cnica y log\u00edstica de las reuniones preparatorias y las \u00a0comisiones mixtas que versen sobre el tema de cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica \u00a0o financiera no reembolsable, previa definici\u00f3n de todos los aspectos \u00a0relacionados con la pol\u00edtica exterior por parte de la Canciller\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar a la Canciller\u00eda en los procesos de negociaci\u00f3n de los acuerdos o \u00a0tratados internacionales marco en materia de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Negociar, con la colaboraci\u00f3n de la Canciller\u00eda, los acuerdos complementarios \u00a0de cooperaci\u00f3n internacional, t\u00e9cnica o financiera no reembolsable, derivados o \u00a0no de los acuerdos marco a que se refiere el numeral anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Estudiar con precisa observancia de las metodolog\u00edas de valoraci\u00f3n establecidas \u00a0por la Junta Directiva, los planes, programas y proyectos de cooperaci\u00f3n \u00a0t\u00e9cnica y financiera no reembolsable que le presenten las Instituciones \u00a0Nacionales a trav\u00e9s del Comit\u00e9 Intersectorial de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Administrar y dar seguimiento a los planes, programas y proyectos de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica y financiera no reembolsable que adelante el \u00a0pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Siguiendo las pol\u00edticas que en materia de cooperaci\u00f3n internacional se\u00f1ale el \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores, preparar los planes, los programas y los proyectos \u00a0de cooperaci\u00f3n horizontal o triangular que el pa\u00eds desee realizar, as\u00ed como \u00a0promover y adelantar las acciones que para este fin se requieran, previa \u00a0aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ser \u00a0la entidad de canalizaci\u00f3n forzosa de la totalidad de los programas y proyectos \u00a0que el pa\u00eds, a trav\u00e9s de las entidades p\u00fablicas, presente ante los cooperantes \u00a0internacionales, del cual se dar\u00e1 aviso al Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00ba. Domicilio. El domicilio de la Agencia de Cooperaci\u00f3n Internacional ser\u00e1 el \u00a0Distrito Capital de Santa Fe de Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos \u00a0de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00ba. Direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. La direcci\u00f3n y administraci\u00f3n de la Agencia \u00a0Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional estar\u00e1n a cargo de una Junta Directiva \u00a0y un Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00ba. Junta Directiva. La Junta Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El \u00a0Director o el Subdirector del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, quien la \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El \u00a0Ministro o Viceministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El \u00a0Ministro o Viceministro del Interior, quien actuar\u00e1 como vocero de las \u00a0instancias territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Un \u00a0representante del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El \u00a0Director de Colciencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0El Director de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional ejercer\u00e1 la \u00a0secretar\u00eda t\u00e9cnica de la Junta Directiva establecida en este art\u00edculo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00ba. Cualquiera de los miembros de la Junta Directiva podr\u00e1 proponer que en las \u00a0deliberaciones participen sin derecho a voto, los representantes de otras \u00a0instituciones nacionales relacionadas con el tema, los secretarios ejecutivos \u00a0de las comisiones binacionales de vecindad o especialistas vinculados a las \u00a0entidades cuyas actividades se encuentren en estudio o sean de inter\u00e9s para la \u00a0Junta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09\u00ba. Calidad de los miembros de la Junta Directiva. Los miembros dela Junta \u00a0Directiva, aunque ejercen funciones p\u00fablicas no adquieren por ese solo hecho la \u00a0calidad de empleados p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Funciones de la Junta Directiva. Son funciones de la Junta Directiva de la \u00a0Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Fijar \u00a0los lineamientos generales que gu\u00edan la cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica y \u00a0financiera no reembolsable que el pa\u00eds otorgue o reciba, a las que se refiere \u00a0el art\u00edculo 3\u00ba de estos Estatutos, los cuales deber\u00e1n estar en consonancia con \u00a0las pol\u00edticas de cooperaci\u00f3n que se\u00f1ale el Presidente de la Rep\u00fablica por \u00a0conducto del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Definir de conformidad con la pol\u00edtica exterior, las prioridades de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional t\u00e9cnica y financiera no reembolsable que el pa\u00eds desea recibir. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Estudiar \u00a0y aprobar los planes, programas y proyectos de cooperaci\u00f3n internacional \u00a0t\u00e9cnica o financiera no reembolsable que el pa\u00eds desea recibir, presentados a \u00a0su consideraci\u00f3n por la Direcci\u00f3n de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Estudiar y aprobar los proyectos y acciones de cooperaci\u00f3n que el pa\u00eds desea \u00a0otorgar a pa\u00edses de similar o menor nivel de desarrollo, presentados a su \u00a0consideraci\u00f3n por la Direcci\u00f3n de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y por consiguiente, definir el uso de los recursos del Fondo de \u00a0Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Adoptar los estatutos, la estructura administrativa interna y la planta de \u00a0personal de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional, actos que \u00a0requerir\u00e1n para su validez la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dictar el reglamento interno y establecer el manual de funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Definir la pol\u00edtica administrativa de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y aprobar sus planes y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Delegar en el Director General de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional las funciones que as\u00ed determine de acuerdo con la ley y la \u00a0conveniencia institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Adoptar el presupuesto anual de ingresos, gastos e inversiones de conformidad \u00a0con las disposiciones presupuestales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Aprobar la adquisici\u00f3n o disposici\u00f3n de los bienes inmuebles de la Agencia \u00a0Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Adoptar las metodolog\u00edas y procedimientos que deber\u00e1n observar las dependencias \u00a0correspondientes de la Agencia, para dar cumplimiento a los numerales 8 al 14 \u00a0del art\u00edculo 4 de estos Estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Establecer cuando sea pertinente, los casos en los cuales las entidades del \u00a0Estado est\u00e9n exceptuadas de canalizar las solicitudes de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional a trav\u00e9s de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Adoptar el reglamento del Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Adoptar las medidas necesarias para garantizar la canalizaci\u00f3n forzada a trav\u00e9s \u00a0de la agencia, de la totalidad de la cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica y \u00a0financiera no reembolsable destinada al sector p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne la ley, los estatutos o las que sean acordes con su \u00a0naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Reuniones de la Junta Directiva. La Junta Directiva se reunir\u00e1 \u00a0ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente por citaci\u00f3n de su \u00a0Presidente, de dos (2) de sus miembros o del Director General de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Qu\u00f3rum y decisiones. La Junta Directiva podr\u00e1 sesionar v\u00e1lidamente con la \u00a0asistencia de tres (3) de sus miembros. Las decisiones se adoptar\u00e1n con el voto \u00a0favorable de tres (3) de los asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Denominaci\u00f3n de los actos de la Junta Directiva. De las deliberaciones y \u00a0decisiones de la Junta Directiva se dejar\u00e1 constancia en actas, las cuales una \u00a0vez aprobadas, llevar\u00e1n la firma del Presidente de la Junta y del Secretario de \u00a0la misma y constar\u00e1n en un libro de actas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los \u00a0actos administrativos de la Junta Directiva se denominar\u00e1n Acuerdos, los cuales \u00a0deber\u00e1n llevar la firma del Presidente de la Junta y del Secretario de la \u00a0misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Director General. El Director General de la Agencia Colombiana de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional es un agente del Presidente de la Rep\u00fablica de libre \u00a0nombramiento y remoci\u00f3n y representante legal de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Requisitos del Director General. Para el ejercicio del cargo, el Director \u00a0General de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional deber\u00e1 acreditar \u00a0los siguientes requisitos profesionales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Contar con t\u00edtulo profesional de postgrado m\u00ednimo a nivel de maestr\u00eda; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Demostrar m\u00ednimo cinco (5) a\u00f1os de experiencia profesional, preferiblemente en \u00a0el \u00e1rea de cooperaci\u00f3n internacional; y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Tener \u00a0dominio oral y escrito del idioma ingl\u00e9s y\/o otro idioma de relaciones \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Funciones del Director General. El Director de la Agencia Colombiana de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional tendr\u00e1 las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir, controlar y coordinar la acci\u00f3n administrativa de la Agencia y ejercer \u00a0su representaci\u00f3n legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Adelantar contactos, en coordinaci\u00f3n con la Canciller\u00eda y las representaciones \u00a0diplom\u00e1ticas en el exterior, con potenciales aportantes de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar \u00a0los proyectos de reglamento interno y del manual de funciones de la Agencia y \u00a0someterlos a la aprobaci\u00f3n de la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Cumplir y hacer cumplir las decisiones y normas expedidas por la Junta \u00a0Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Reglamentar el Comit\u00e9 Intersectorial de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dictar los actos y celebrar los contratos, previa autorizaci\u00f3n de la Junta \u00a0Directiva, cuando conforme con la ley o a los estatutos se requiera dicha \u00a0formalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Presentar para la consideraci\u00f3n final de la Junta Directiva y de acuerdo con la \u00a0valoraci\u00f3n y recomendaci\u00f3n previa que haya realizado la dependencia competente \u00a0en la Agencia, los planes, programas y proyectos de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica o \u00a0financiera no reembolsable que el pa\u00eds desee recibir u otorgar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Delegar \u00a0en funcionarios de la Agencia el ejercicio de algunas de sus funciones, de \u00a0conformidad con las autorizaciones que para tal efecto le otorgue la Junta \u00a0Directiva, de acuerdo con las leyes y normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Ejercer las funciones que le delegue la Junta Directiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Ordenar el gasto del Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional, previa \u00a0autorizaci\u00f3n del uso por parte de la Junta Directiva de la Agencia Colombiana \u00a0de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dirigir, coordinar y controla \u00f3 al personal de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Presentar a la Junta Directiva el presupuesto de la entidad para su aprobaci\u00f3n \u00a0y controlar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Someter a la consideraci\u00f3n de la Junta Directiva los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Nombrar, contratar y remover al personal de la Agencia, de conformidad con las \u00a0disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Presentar a la Junta Directiva, para su aprobaci\u00f3n, el manual espec\u00edfico de \u00a0funciones y requisitos de los empleados de la planta de personal, as\u00ed como las \u00a0modificaciones, adiciones y\/o actualizaciones correspondientes que fueren \u00a0necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Asesorar al Gobierno en materia de cooperaci\u00f3n internacional t\u00e9cnica y \u00a0financiera no reembolsable, de acuerdo con las pol\u00edticas de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional que establezca el Ministerio de Relaciones Exteriores, siguiendo \u00a0las directrices que se\u00f1ale el Presidente de la Rep\u00fablica y los requerimientos \u00a0del Plan Nacional de Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Establecer comit\u00e9s, grupos internos de trabajo permanentes o transitorios, y definir \u00a0su composici\u00f3n y funciones de acuerdo con los objetivos, necesidades del \u00a0servicio y planes y programas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Reasignar y distribuir competencias entre las distintas dependencias de acuerdo \u00a0con la estructura org\u00e1nica, cuando ello resulte necesario para el mejor \u00a0desempe\u00f1o de las funciones de la Agencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Adoptar los mecanismos y procedimientos que garanticen el cumplimiento de la \u00a0funci\u00f3n de coordinaci\u00f3n y articulaci\u00f3n de todas las acciones de cooperaci\u00f3n \u00a0internacional, t\u00e9cnica y financiera no reembolsable, que reciba u otorgue el \u00a0pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Distribuir al personal en los cargos mediante acto administrativo, teniendo en \u00a0cuenta la estructura interna, las necesidades del servicio y los planes y \u00a0programas de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Emitir los comunicados oficiales con destino a los medios de comunicaci\u00f3n sobre \u00a0los temas de inter\u00e9s para los usuarios y fuentes de cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Establecer los sistemas de comunicaci\u00f3n interna que requiera la Agencia y que \u00a0garanticen la eficiente divulgaci\u00f3n de los temas que interesan a los \u00a0funcionarios en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Presidir el Comit\u00e9 Intersectorial de Cooperaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne la ley o los estatutos que, refiri\u00e9ndose al funcionamiento \u00a0general de la instituci\u00f3n, no est\u00e9n atribuidas a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Denominaci\u00f3n de los actos del Director General. Los actos o decisiones que \u00a0tome el Director General en ejercicio de las funciones asignadas, de \u00a0conformidad con la ley y los estatutos, se denominar\u00e1n resoluciones, las cuales \u00a0se numerar\u00e1n secuencialmente con las indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes a\u00f1o en que se \u00a0expidan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Incompatibilidades, inhabilidades y responsabilidades. Los miembros de la \u00a0junta Directiva y el Director de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional, estar\u00e1n sujetos al r\u00e9gimen de incompatibilidades, inhabilidades \u00a0y responsabilidades contempladas en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y las leyes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n \u00a0interna \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Estructura y planta de personal. Para el cumplimiento de sus objetivos y \u00a0funciones, la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional contar\u00e1 con una \u00a0estructura funcional y de programas y una planta de personal global, que le \u00a0permitan desarrollar con eficiencia y eficacia los planes y programas de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administraci\u00f3n \u00a0de personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. R\u00e9gimen laboral. Los servidores de la planta de personal de la Agencia son \u00a0empleados p\u00fablicos y por lo tanto, estar\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen legal general \u00a0de los empleados p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0V \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Control \u00a0fiscal, control interno y control de tutela \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Control interno. La Agencia adoptar\u00e1 un sistema de control interno y \u00a0dise\u00f1ar\u00e1 los m\u00e9todos y procedimientos necesarios para garantizar que todas las \u00a0actividades de la entidad, as\u00ed como el ejercicio de las funciones a cargo de \u00a0sus servidores, se realicen de conformidad con las normas constitucionales y \u00a0legales, y con sujeci\u00f3n a estrictos criterios de moralidad, eficacia, \u00a0eficiencia, econom\u00eda, celeridad, imparcialidad y publicidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Control Fiscal. El control fiscal de la Agencia ser\u00e1 ejercido por la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, en los t\u00e9rminos que se\u00f1alen la \u00a0Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a023. Control de tutela. El control de tutela gubernamental sobre las actividades \u00a0de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional ser\u00e1 ejercido por el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0VI \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Patrimonio \u00a0y rentas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a024. Patrimonio y rentas. El patrimonio y rentas de la Agencia Colombiana de \u00a0Cooperaci\u00f3n Internacional, estar\u00e1 conformado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Las \u00a0sumas aprobadas en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los \u00a0muebles e inmuebles que adquiera o reciba a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Los \u00a0ingresos generados por la venta de servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Las \u00a0donaciones y contribuciones de terceros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. La \u00a0cuenta especial del Fondo de Cooperaci\u00f3n y Asistencia Internacional, con el \u00a0objeto de apoyar las acciones de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y financiera no \u00a0reembolsable y de asistencia internacional que Colombia destina a otros pa\u00edses en \u00a0desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Los \u00a0dem\u00e1s bienes y recursos que, con destino a la Agencia, se adquieran a cualquier \u00a0t\u00edtulo de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0VII \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>R\u00e9gimen \u00a0jur\u00eddico de los actos y contratos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a025. Los actos administrativos que expidan las autoridades de la Agencia \u00a0Colombiana de Cooperaci\u00f3n T\u00e9cnica Internacional, para el cumplimiento de sus \u00a0funciones y los contratos que celebre en desarrollo de su objeto, se regir\u00e1n \u00a0por la normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a026. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n del decreto \u00a0del Gobierno Nacional que lo aprueba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santa Fe de Bogot\u00e1, D.C., el 6 de agosto de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Presidenta, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) \u00a0Cecilia L\u00f3pez Monta\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Secretaria ad\u2011hoc, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(Fdo.) \u00a0Carmen Luc\u00eda D\u00e1vila\u00bb. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00ba. El presente decreto rige a partir de la fecha de publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 20 de noviembre de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO \u00a0SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Directora del Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cecilia \u00a0L\u00f3pez Monta\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Edgar \u00a0Gonz\u00e1lez Salas. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2807 DE 1997 \u00a0 \u00a0 (noviembre \u00a020) \u00a0 \u00a0 por el \u00a0cual se aprueba el Acuerdo n\u00famero 001 del 6 de agosto de 1997, emanado de la \u00a0Junta Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional que \u00a0adopta los Estatutos de la Entidad. \u00a0 \u00a0 El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-26599","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26599","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26599"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26599\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26599"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26599"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26599"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}