{"id":26726,"date":"2023-07-17T22:50:12","date_gmt":"2023-07-17T22:50:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-2990-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:50:12","modified_gmt":"2023-07-17T22:50:12","slug":"decreto-2990-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-2990-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 2990 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2990 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 18) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se prorroga la vigencia del programa de enajenaci\u00f3n de las \u00a0acciones establecido en el Decreto \u00a01079 del 18 de junio de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Modificado por \u00a0el Decreto 1191 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de sus \u00a0atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confieren la \u00a0Ley 226 de 1995 y el \u00a0Estatuto Org\u00e1nico del Sistema Financiero, Decreto 663 de 1993, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en cumplimiento de lo establecido en el Decreto 1079 de 1996, \u00a0el Fondo de Garant\u00edas de Instituciones Financieras ejecut\u00f3, con base en el \u00a0contrato de mandato suscrito con la Naci\u00f3n, Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, las dos primeras etapas del programa de enajenaci\u00f3n, quedando \u00a0pendientes de enajenar 745.376.664 acciones, las cuales representan un \u00a0porcentaje inferior al 15% de las acciones objeto del programa de venta; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que de acuerdo con el Decreto 1079 de 1996, \u00a0el Gobierno Nacional pod\u00eda prorrogar el t\u00e9rmino de la vigencia del programa de \u00a0venta por un t\u00e9rmino de un a\u00f1o, para lo cual se expidi\u00f3 el Decreto \u00a02305 del 19 de diciembre de 1996; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el objetivo pretendido por el art\u00edculo 60 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y su \u00a0desarrollo legal, a trav\u00e9s de la Ley 226 de 1995, en \u00a0cuanto a los procesos de privatizaci\u00f3n, es la democratizaci\u00f3n de la propiedad \u00a0accionaria, no s\u00f3lo a trav\u00e9s de la oferta a los destinatarios de las \u00a0condiciones especiales, sino en la ejecuci\u00f3n de las diferentes etapas de los \u00a0procesos de privatizaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que dentro del contexto legal existente para el mercado p\u00fablico de \u00a0valores no estaban dadas todas las condiciones necesarias para implementar \u00a0mecanismos masivos de acceso al mismo; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en este sentido se ha venido trabajando por parte de las entidades \u00a0competentes, primero, en una estrategia de concientizaci\u00f3n de los posibles \u00a0usuarios del mercado de valores acerca de los beneficios que trae el acceso a \u00a0este mercado considerado hasta el momento, especializado y de dif\u00edcil acceso, y \u00a0en segundo lugar, en los mecanismos legales para el desarrollo masivo del \u00a0mercado de valores; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que uno de los objetivos que se pretendi\u00f3 con el establecimiento de la \u00a0tercera etapa del programa de enajenaci\u00f3n del Banco Popular, era lograr la \u00a0diversificaci\u00f3n de la propiedad accionaria, permitiendo que peque\u00f1os \u00a0inversionistas accedieran a dicha propiedad sin necesidades de acudir a los \u00a0intermediarios del mercado de valores, intermediaci\u00f3n que implicaba costos \u00a0adicionales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con la expedici\u00f3n de la Ley 389 de 1997 se \u00a0dot\u00f3 a las entidades competentes de facultades con base en las cuales se \u00a0pretend\u00eda ampliar el \u00e1mbito de acci\u00f3n para la oferta accionaria, a trav\u00e9s de la \u00a0creaci\u00f3n de una nueva modalidad de uso de red de los establecimientos de \u00a0cr\u00e9dito para la promoci\u00f3n y gesti\u00f3n de operaciones del sector financiero, en la \u00a0cual se entiende incluidas no s\u00f3lo las oficinas, sino tambi\u00e9n los empleados y \u00a0los sistemas de informaci\u00f3n de los establecimientos de cr\u00e9dito. As\u00ed mismo, la \u00a0misma ley facult\u00f3 para que extendiera esta posibilidad de uso de red a \u00a0productos y servicios prestados por otras entidades vigiladas por la \u00a0Superintendencia Bancaria y Superintendencia de Valores, siempre y cuando estos \u00a0cumplieran con las caracter\u00edsticas de universalidad, sencillez, etandarizaci\u00f3n \u00a0y fueran susceptibles de comercializarse masivamente; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en desarrollo de las facultades conferidas por la norma \u00a0anteriormente mencionada, se expidi\u00f3 el Decreto \u00a0n\u00famero 2805 del 20 de noviembre de 1997, mediante el cual se autoriz\u00f3 \u00a0utilizar la red de los establecimientos de cr\u00e9dito para la promoci\u00f3n y gesti\u00f3n \u00a0de la colocaci\u00f3n de acciones para la vinculaci\u00f3n del capital privado a trav\u00e9s \u00a0de la capitalizaci\u00f3n de empresas estatales, as\u00ed como la enajenaci\u00f3n de acciones \u00a0de propiedad del Estado o de empresas estatales, siempre y cuando la \u00a0intermediaic\u00f3n de valores se realice por las entidades autorizadas para el \u00a0efecto; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con la entrada en vigencia del decreto anterior, se generaron \u00a0nuevas y m\u00e1s amplias oportunidades de utilizar la red de los establecimientos \u00a0de cr\u00e9dito ubicados a lo largo de todo el territorio nacional, para el logro \u00a0del objetivo de democratizaci\u00f3n de la propiedad accionaria en el Banco Popular, \u00a0que se pretend\u00eda con el establecimiento de la tercera etapa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que con base en las anteriores consideraciones es que se someti\u00f3 por \u00a0el Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico a consideraci\u00f3n del Consejo de \u00a0Ministros en su sesi\u00f3n del 18 de diciembre del a\u00f1o en curso, la pr\u00f3rroga del \u00a0programa de enajenaci\u00f3n de las acciones que la Naci\u00f3n posee en el Banco Popular \u00a0hasta el 31 de julio de 1998, el cual emiti\u00f3 concepto previo favorable sobre la \u00a0misma y la remiti\u00f3 al Gobierno para su aprobaci\u00f3n, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Ver modificaci\u00f3n \u00a0de Decreto 1191 de 1998, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Prorr\u00f3gase hasta el 31 de julio de 1998, la vigencia del \u00a0programa de enajenaci\u00f3n de las acciones que la Naci\u00f3n posee en el Banco \u00a0Popular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., 18 de diciembre de 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Antonio J. Urdinola. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2990 DE 1997 \u00a0 \u00a0 (diciembre 18) \u00a0 \u00a0 por el cual se prorroga la vigencia del programa de enajenaci\u00f3n de las \u00a0acciones establecido en el Decreto \u00a01079 del 18 de junio de 1996. \u00a0 \u00a0 Nota: Modificado por \u00a0el Decreto 1191 de 1998. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-26726","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26726","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26726"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26726\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26726"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26726"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26726"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}