{"id":26733,"date":"2023-07-17T22:50:12","date_gmt":"2023-07-17T22:50:12","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-300-de-1997\/"},"modified":"2023-07-17T22:50:12","modified_gmt":"2023-07-17T22:50:12","slug":"decreto-300-de-1997","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/17\/decreto-300-de-1997\/","title":{"rendered":"DECRETO 300 DE 1997"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 300 DE 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 7) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Diario Oficial No. 42.980, de 13 de \u00a0febrero de 1997 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el cual se aprueba el Acuerdo No 0017 del 12 de diciembre de \u00a01996 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 270 de 2010, \u00a0art\u00edculo 20. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>MINISTERIO DE JUSTICIA Y DEL DERECHO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL PRESIDENTE DE LA REP\u00daBLICA DE \u00a0COLOMBIA, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>en ejercicio de sus facultades \u00a0constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 16 \u00a0del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el art\u00edculo 26 del Decreto 1050 de 1968 \u00a0y el art\u00edculo 34 del Decreto 2157 de 1992, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1o. Apru\u00e9base el Acuerdo n\u00famero 0017 del 12 \u00a0de diciembre de 1996, expedido por el Consejo Directivo del Instituto \u00a0Penitenciario y Carcelario, INPEC, cuyo texto es el \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>&#8220;ACUERDO 0017 DE 1996 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 12) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el cual se modifican los estatutos \u00a0y la estructura interna del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO \u00a0NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO, INPEC, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>en uso de sus facultades legales y en \u00a0especial las que le confiere el Decreto \u00a0n\u00famero 2160 del 30 de diciembre de 1992, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ACUERDA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>TITULO I. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 1o. Adoptar los siguientes estatutos que regir\u00e1n la administraci\u00f3n y \u00a0el funcionamiento del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>NATURALEZA, DOMICILIO, COMPETENCIA, \u00a0OBJETIVOS Y FUNCIONES. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2o. NATURALEZA. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, es un establecimiento p\u00fablico del orden nacional \u00a0adscrito al Ministerio de Justicia, con personer\u00eda jur\u00eddica, autonom\u00eda \u00a0administrativa y patrimonio independiente que se organiza conforme a las \u00a0disposiciones establecidas en el Decreto n\u00famero \u00a02160 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 3o. DOMICILIO. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, tiene su domicilio principal en la ciudad de Santa \u00a0Fe de Bogot\u00e1, D. C., y podr\u00e1 establecer Direcciones Regionales en lugares \u00a0distintos a su domicilio principal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 4o. COMPETENCIA. Corresponde al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, la creaci\u00f3n, organizaci\u00f3n direcci\u00f3n, administraci\u00f3n \u00a0sostenimiento y control de las Penitenciar\u00edas, Colonias Agr\u00edcolas Nacionales, \u00a0C\u00e1rceles de Distrito Judicial, C\u00e1rceles de Circuito Judicial, C\u00e1rceles para \u00a0Miembros de la Fuerza P\u00fablica, establecimientos de alta y m\u00e1xima seguridad y \u00a0dem\u00e1s establecimientos similares que se creen en el orden nacional. As\u00ed mismo, \u00a0el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, \u00a0ejerce la inspecci\u00f3n y vigilancia de los Centros de Reclusi\u00f3n de los \u00a0Departamentos, Distritos, Municipios y Territorios Ind\u00edgenas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 5o. OBJETIVOS. El Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, tendr\u00e1 como objetivos los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar y desarrollar la pol\u00edtica carcelaria y \u00a0penitenciaria dentro de los lineamientos que establezca el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Hacer cumplir las medidas de aseguramiento, las penas \u00a0privativas de la libertad y las medidas de seguridad, que establezcan las \u00a0autoridades judiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y ejecutar programas de resocializaci\u00f3n, \u00a0rehabilitaci\u00f3n y reinserci\u00f3n de los internos a la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y establecer los mecanismos necesarios de control \u00a0de los programas de resocializaci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y \u00a0reinserci\u00f3n de los internos a la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6o. Funciones. Son \u00a0funciones del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y ejecutar los planes y programas de Gesti\u00f3n \u00a0Carcelaria y Penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la Direcci\u00f3n Administraci\u00f3n y Control de los \u00a0Centros Carcelarios y Penitenciarios del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Vigilar y custodiar los Centros Carcelarios y \u00a0Penitenciarios del orden nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Determinar sistemas de seguridad, vigilancia y control al \u00a0interior y al exterior de los establecimientos de reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer y llevar un control estad\u00edstico sobre el \u00a0movimiento y traslado de internos de los Establecimientos Carcelarios y \u00a0Penitenciarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer sistemas administrativos, t\u00e9cnicos y \u00a0financieros, que garanticen el funcionamiento de los Centros de Reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organizar y administrar el sistema nacional de \u00a0informaci\u00f3n carcelaria y penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adoptar, dise\u00f1ar y ejecutar planes y programas de \u00a0construcci\u00f3n, mejora, adecuaci\u00f3n y consecuci\u00f3n de obras que para el normal \u00a0funcionamiento requiera el Instituto y los Centros de Reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Comprar, vender, permutar, dar o tomar en arrendamiento e \u00a0hipotecar inmuebles que para el normal funcionamiento del Instituto y los \u00a0Centros de Reclusi\u00f3n se requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adquirir y suministrar los equipos, \u00fatiles de oficina y \u00a0dem\u00e1s enseres que requiera el Instituto y los Centros de Reclusi\u00f3n para su \u00a0funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adquirir y suministrar a los Centros de Reclusi\u00f3n los \u00a0productos y elementos farmac\u00e9uticos, m\u00e9dicos y odontol\u00f3gicos que requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Autorizar y supervisar la actuaci\u00f3n de terceros que desarrollen \u00a0programas y actividades de resocializaci\u00f3n de \u00a0internos y post-penados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Participar con otros organismos del Estado en \u00a0investigaciones y estudios sobre el sistema penitenciario, encaminados a la \u00a0formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formar, capacitar y adiestrar al personal administrativo \u00a0y del cuerpo de custodia y vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Organizar, reglamentar y administrar el Sistema de \u00a0Carrera Penitenciaria de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dise\u00f1ar programas de asistencia post-penitenciaria en \u00a0colaboraci\u00f3n con otras entidades p\u00fablicas o privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s funciones que le asigne la ley, los \u00a0reglamentos y los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DIRECCI\u00d3N Y ADMINISTRACI\u00d3N. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 7o. ORGANOS \u00a0DE DIRECCI\u00d3N Y ADMINISTRACI\u00d3N. La Direcci\u00f3n y \u00a0Administraci\u00f3n del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, estar\u00e1 a cargo del Consejo Directivo y del Director \u00a0General, quien ser\u00e1 su Representante Legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 8o. CONSEJO DIRECTIVO. El Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y \u00a0Carcelario, INPEC, estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. El Ministro de Justicia o el Viceministro, quien lo \u00a0presidir\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. El Fiscal General de la Naci\u00f3n o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. El Director de la Polic\u00eda Nacional o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. El Secretario General del Ministerio de Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. El Jefe de la Oficina de Planeaci\u00f3n del Ministerio de \u00a0Justicia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Un Representante del Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Defensor del Pueblo o su delegado, as\u00ed como un \u00a0Representante de las asociaciones industriales o comerciales existentes, podr\u00e1n \u00a0ser invitados a las sesiones del Consejo, con voz, pero sin voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO. El Director \u00a0General tendr\u00e1 voz pero no voto en las sesiones del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 9o. FUNCIONES DEL CONSEJO \u00a0DIRECTIVO. El Consejo Directivo del Instituto \u00a0Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, tendr\u00e1 \u00a0las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular la pol\u00edtica general del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Formular y adoptar los planes y programas que deben \u00a0desarrollarse, de acuerdo con los lineamientos trazados por el Gobierno \u00a0Nacional para el sistema carcelario y penitenciario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Controlar y evaluar el funcionamiento general del \u00a0Instituto verificando su conformidad con las pol\u00edticas y planes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aprobar el presupuesto de ingresos y gastos del Instituto \u00a0de cada vigencia y los acuerdos mensuales de gastos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Determinar la estructura interna y la planta de personal \u00a0del Instituto, para su aprobaci\u00f3n por el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Se\u00f1alar el r\u00e9gimen y organizaci\u00f3n de los Centros \u00a0Carcelarios Nacionales, creando, suprimiendo y fusionando dependencias \u00a0Regionales, Seccionales y cargos en dichas dependencias y centros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organizar y reglamentar el Sistema de Carrera \u00a0Penitenciaria, de conformidad con las normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Determinar la conformaci\u00f3n de la Junta de Carrera \u00a0Penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Adoptar los estatutos y cualquier reforma que a ellos se \u00a0introduzca y someterlos a la aprobaci\u00f3n del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Disponer y autorizar la contrataci\u00f3n de empr\u00e9stitos \u00a0internos y externos con destino al Instituto y aprobar los respectivos \u00a0contratos, de conformidad con las disposiciones legales vigentes, salvo \u00a0aquellos que est\u00e1n expresamente delegados al Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Aprobar el reglamento de funcionamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le fijen la ley, los reglamentos \u00a0o los estatutos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 10. REUNIONES. El Consejo \u00a0Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, se reunir\u00e1 ordinariamente una vez al mes y \u00a0extraordinariamente cuando lo convoque su Presidente o lo solicite el Director \u00a0General. Podr\u00e1n concurrirlos funcionarios que el Consejo Directivo o el \u00a0Director General determinen cuando los temas a tratar as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 11. QU\u00d3RUM Y VOTACI\u00d3N. El Consejo Directivo podr\u00e1 sesionar v\u00e1lidamente con la presencia \u00a0de cuatro (4) de sus miembros y las decisiones las tomar\u00e1 con el voto favorable \u00a0de la mayor\u00eda absoluta de los asistentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 12. ACTOS DEL CONSEJO DIRECTIVO. Las decisiones del Consejo Directivo se denominar\u00e1n acuerdos, los \u00a0cuales deber\u00e1n llevar la firma de quien presida la reuni\u00f3n y del Secretario de \u00a0la misma, quien ser\u00e1 el Secretario General del Instituto Nacional Penitenciario \u00a0y Carcelario, INPEC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO 1o. De las reuniones del Consejo Directivo se levantar\u00e1n actas las \u00a0que ser\u00e1n firmadas por quien presida la reuni\u00f3n y por el Secretario del Consejo \u00a0Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PAR\u00c1GRAFO 2o. Los acuerdos y actas se enumerar\u00e1n sucesivamente con la \u00a0indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que se expidan y estar\u00e1n bajo la custodia del \u00a0Secretario del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 13. CAR\u00c1CTER DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DIRECTIVO. Los Miembros del Consejo Directivo del Instituto Nacional \u00a0Penitenciario y Carcelario, INPEC, aunque ejercen \u00a0funciones p\u00fablicas no adquieren por ese solo hecho la calidad de empleados \u00a0p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 14. DIRECTOR GENERAL. El Director General es agente del Presidente de la Rep\u00fablica y \u00a0funcionario de su libre nombramiento y remoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 15. FUNCIONES DEL DIRECTOR GENERAL. Corresponde al Director General las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejercer la representaci\u00f3n legal del Instituto Nacional \u00a0Penitenciario y Carcelario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Presentar para aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo los \u00a0planes, programas y proyectos que debe desarrollar el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los planes \u00a0y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer la direcci\u00f3n y control de los establecimientos de \u00a0reclusi\u00f3n y de las dem\u00e1s dependencias que integran el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Nombrar y remover al personal del Instituto de acuerdo \u00a0con las disposiciones reglamentarias, as\u00ed como expedir los actos \u00a0administrativos que requiera el manejo de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Resolver los recursos de ley interpuestos contra las \u00a0providencias expedidas por los Directores Regionales o Directores de \u00a0Establecimiento Carcelario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar al Consejo Directivo el anteproyecto de \u00a0presupuesto y los acuerdos mensuales de gastos para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Indicar los establecimientos penitenciarios en los que \u00a0haya de darse cumplimiento a las penas, teniendo en cuenta la situaci\u00f3n \u00a0familiar y personal del condenado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la funci\u00f3n disciplinaria en relaci\u00f3n con el \u00a0personal administrativo y el Cuerpo de Custodia y Vigilancia de acuerdo a lo \u00a0establecido en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejecutar los actos administrativos y celebrar los \u00a0contratos de acuerdo a las disposiciones legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer la Direcci\u00f3n de la Carrera Penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Convocar al Consejo Directivo&#8217; a sesiones \u00a0extraordinarias cuando lo considere conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Delegar en sus subalternos, algunas de sus funciones, de \u00a0acuerdo con las normas legales y que considere pertinente para el desarrollo de \u00a0los programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Rendir informes al Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0en la forma que \u00e9ste lo determine, sobre el estado de ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Rendir informes generales y peri\u00f3dicos o particulares \u00a0que se le soliciten, al Presidente de la Rep\u00fablica a trav\u00e9s del Ministro de \u00a0Justicia y del Derecho, sobre las actividades desarrolladas, la situaci\u00f3n \u00a0general de la entidad y las medidas adoptadas que puedan afectar el curso de la \u00a0pol\u00edtica en materia Penitenciaria y Carcelaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Proponer pol\u00edticas en el ramo de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Aprobar los requisitos y procedimientos a los cuales \u00a0deben sujetarse las asociaciones o entidades particulares, cuando mediante \u00a0convenios se deleguen funciones asignadas al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Atender y tramitar los reclamos, quejas y observaciones \u00a0presentadas por los ciudadanos cuando se presenten deficiencias \u00a0administrativas, inmoralidad, actos o procedimientos indebidos por parte de los \u00a0funcionarios del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s funciones que se relacionen con la \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento del Instituto y que no est\u00e9n expresamente \u00a0atribuidas a otra autoridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 16. ACTOS DEL DIRECTOR GENERAL. Los actos o decisiones administrativas que dicte el Director \u00a0General en el ejercicio de las funciones a \u00e9l asignadas por la ley, los \u00a0estatutos y los acuerdos del Consejo Directivo, se denominar\u00e1n resoluciones, \u00a0las cuales se enumerar\u00e1n sucesivamente con indicaci\u00f3n del d\u00eda, mes y a\u00f1o en que \u00a0se expidan. La numeraci\u00f3n se iniciar\u00e1 al comenzar cada a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 17. INHABILIDADES, INCOMPATIBILIDADES Y \u00a0RESPONSABILIDADES. El r\u00e9gimen de inhabilidades, \u00a0incompatibilidades y responsabilidades de los Miembros del Consejo Directivo y \u00a0del Director General ser\u00e1 el dispuesto en el C\u00f3digo Contencioso Administrativo, \u00a0en el Decreto 128 de 1976 \u00a0y en las dem\u00e1s disposiciones vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PATRIMONIO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 18. El patrimonio del \u00a0Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, \u00a0estar\u00e1 constituido, tal como queda dispuesto en el art\u00edculo 11 del Decreto 2160 de 1992. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONTROL FISCAL Y ADMINISTRATIVO. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 19. CONTROL FISCAL. La Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica ejercer\u00e1 la vigilancia de \u00a0la gesti\u00f3n fiscal del Instituto Nacional Penitenciario y Parcelario, INPEC, de conformidad con las disposiciones legales y \u00a0reglamentarias sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 20. CONTROL ADMINISTRATIVO. La Direcci\u00f3n General establecer\u00e1 y aplicar\u00e1 sistemas, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos de control interno de conformidad con lo que disponga la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 21. INHABILIDADES. Los funcionarios de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica que \u00a0hayan ejercido el control fiscal en el Instituto Nacional Penitenciario y \u00a0Carcelario, INPEC, as\u00ed como sus parientes dentro del \u00a0cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad no podr\u00e1n ser nombrados ni \u00a0prestar sus servicios en \u00e9l, sino despu\u00e9s de un a\u00f1o de producido su retiro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PERSONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 22. CLASE DE FUNCIONARIOS. Las personas que presten sus servicios al Instituto Nacional \u00a0Penitenciario y Carcelario, INPEC, son servidores \u00a0p\u00fablicos y por lo tanto estar\u00e1n sometidos al r\u00e9gimen legal vigente para los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>R\u00c9GIMEN JUR\u00cdDICO DE LOS ACTOS Y \u00a0CONTRATOS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 23. PROCEDIMIENTO GUBERNATIVO. Los actos administrativos que se expidan para el cumplimiento de \u00a0los objetivos del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, salvo disposiciones en contrario, estar\u00e1n sujetos al \u00a0procedimiento gubernativo contemplado en el C\u00f3digo Contencioso Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 24. RECURSOS. Salvo lo \u00a0dispuesto en normas legales especiales contra las resoluciones y providencias \u00a0que dicte el Director General en todos los asuntos de su competencia, s\u00f3lo \u00a0proceder\u00e1 el recurso de reposici\u00f3n surtido el cual se entender\u00e1 agotada la v\u00eda gubernativa. \u00a0Contra las determinaciones del Consejo Directivo que establezcan situaciones \u00a0jur\u00eddicas generales no procede recurso alguno. Las que contemplen situaciones \u00a0individuales y concretas ser\u00e1n susceptibles del recurso de reposici\u00f3n, sin \u00a0perjuicio de las acciones contencioso administrativas. Contra los actos \u00a0administrativos proferidos por las dem\u00e1s autoridades del Instituto Nacional \u00a0Penitenciario y Carcelario, INPEC, procede el recurso \u00a0de reposici\u00f3n ante quien haya proferido el acto y el de apelaci\u00f3n ante el \u00a0inmediato superior, de acuerdo a lo previsto en el C\u00f3digo Contencioso \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VII. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES VARIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 25. TUTELA ADMINISTRATIVA. El Ministerio de Justicia y del Derecho ejercer\u00e1 sobre el \u00a0Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, \u00a0la tutela gubernamental a que se refiere el art\u00edculo 7o \u00a0del Decreto 1050 de 1968 \u00a0y dem\u00e1s disposiciones sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 26. RESERVA DE INFORMACI\u00d3N. Ning\u00fan miembro del Consejo Directivo ni funcionario del Instituto \u00a0Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, podr\u00e1 \u00a0revelar los planes, programas, proyectos y actos de car\u00e1cter reservado que se \u00a0encuentren en estudio o en proceso de adopci\u00f3n y que constituyan informaci\u00f3n \u00a0confidencial salvo que el Consejo Directivo o el Director General lo autoricen \u00a0conforme a las disposiciones existentes al respecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Todo informe relacionado con el Instituto Nacional \u00a0Penitenciario y Carcelario, INPEC, que deba darse a \u00a0las autoridades o al p\u00fablico en general se suministrar\u00e1 de acuerdo con las normas \u00a0legales y reglamentarias existentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 27. POSESI\u00d3N. El Director \u00a0General del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, \u00a0se posesionar\u00e1 ante el Presidente de la Rep\u00fablica, los dem\u00e1s funcionarios lo \u00a0har\u00e1n ante el Director General o ante quien se haya delegado esta facultad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>TITULO II. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ESTRUCTURA INTERNA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 28. La estructura \u00a0interna del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, \u00a0ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES DEL NIVEL CENTRAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 29. CONSEJO DIRECTIVO Y DIRECCI\u00d3N GENERAL. El Consejo Directivo y el Director General cumplir\u00e1n las \u00a0funciones para ellos estipuladas en los estatutos del Instituto y en las dem\u00e1s \u00a0disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 30. OFICINA DE PLANEACI\u00d3N. Son funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular los planes y programas de desarrollo del \u00a0Instituto a corto, mediano y largo plazo, de acuerdo con las pol\u00edticas del \u00a0Gobierno nacional y los objetivos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar el anteproyecto y proyecto de presupuesto del \u00a0Instituto consultando para ello los planes, programas y requerimientos de cada \u00a0una de las dependencias del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar el plan operativo anual del Instituto \u00a0programando en coordinaci\u00f3n las dem\u00e1s dependencias los planes y programas a \u00a0desarrollar, de acuerdo con las pol\u00edticas que se\u00f1ale el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Presentar a los organismos competentes los planes y \u00a0programas del Instituto para su incorporaci\u00f3n en los del sector y en los \u00a0generales de inversi\u00f3n p\u00fablica, coordinando con ellos la planeaci\u00f3n de \u00a0actividades y estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir los estudios de financiaci\u00f3n de los proyectos, \u00a0programaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y estad\u00edstica de acuerdo con las pol\u00edticas del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar y mantener actualizados los manuales \u00a0administrativos, de organizaci\u00f3n. procedimientos y dem\u00e1s que permitan \u00a0racionalizar y hacer eficiente la gesti\u00f3n administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Desarrollar los estudios administrativos referentes a \u00a0estructura org\u00e1nica, estructura interna, planta de personal y an\u00e1lisis \u00a0organizacional que se requieran para ser m\u00e1s eficiente y racional la gesti\u00f3n \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y coordinar la elaboraci\u00f3n, an\u00e1lisis y \u00a0aprovechamiento de los datos estad\u00edsticos obtenidos en los diferentes programas \u00a0que adelanta el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Divisi\u00f3n de Recursos Humanos, la \u00a0elaboraci\u00f3n del manual de funciones y requisitos, y con las dem\u00e1s dependencias \u00a0el desarrollo de los sistemas, modelos y procedimientos administrativos del \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a las lndependencias \u00a0Centrales y Regionales en la definici\u00f3n, integraci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de metas a \u00a0corto y mediano plazo y recomendar la distribuci\u00f3n de los recursos humanos, \u00a0financieros y f\u00edsicos necesario para cumplirlos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dirigir y coordinar el procesamiento de la informaci\u00f3n \u00a0estad\u00edsticas, presupuestal, y las dem\u00e1s que se requieran, en el desarrollo de \u00a0las actividades asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Evaluar la ejecuci\u00f3n presupuestal y proponer los \u00a0correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Desarrollar investigaciones y estudios sobre el sistema \u00a0penitenciario, encaminados a la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 31. OFICINA JUR\u00cdDICA. Son funciones de la Oficina Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir y asesorar al Consejo Directivo, Direcci\u00f3n \u00a0General y dem\u00e1s dependencias del Instituto, en el tr\u00e1mite y soluci\u00f3n de todos \u00a0los asuntos de car\u00e1cter jur\u00eddico que se presenten en el desarrollo de los \u00a0programas t\u00e9cnico-administrativos y penitenciarios asignados al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar las minutas de contratos y convenios que deba \u00a0firmar el Director General y los dem\u00e1s documentos legales que para el efecto \u00a0requiera la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Representar e intervenir por medio de sus abogados en los \u00a0procesos que sea parte del Instituto e informar sobre su estado a la Direcci\u00f3n \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conceptuar sobre los proyectos de acuerdo, resoluci\u00f3n y \u00a0dem\u00e1s actos administrativos que se sometan a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la Secretar\u00eda General los procesos de \u00a0Licitaci\u00f3n y Contrataci\u00f3n Administrativa que se deben llevar a cabo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer y coordinar con los organismos competentes, el \u00a0sistema nacional de registro de reclusos de los Establecimientos Carcelarios y \u00a0Penitenciarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Supervisar la codificaci\u00f3n, archivo y actualizaci\u00f3n de \u00a0las normas legales y reglamentarias que sean de inter\u00e9s para el Instituto y \u00a0propender por su difusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica, las \u00a0actividades tendientes a la sistematizaci\u00f3n de la Oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proteger las escrituras, registros de propiedad, \u00a0convenios, contratos y dem\u00e1s documentos de car\u00e1cter jur\u00eddico del nivel nacional \u00a0del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 32. OFICINA CONTROL INTERNO. Son funciones de la Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejercer el control de gesti\u00f3n, financiero y de resultados \u00a0del Instituto de acuerdo con los procedimientos de car\u00e1cter legal, \u00a0administrativos y t\u00e9cnicos que sean determinados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar en coordinaci\u00f3n con las dem\u00e1s dependencias el \u00a0sistema de control interno que se llevar\u00e1 a cabo en el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Establecer en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0los reglamentos, sistemas, m\u00e9todos y procedimientos de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, \u00a0pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la \u00a0Instituci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar controles para los procesos y actividades del \u00a0Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC, \u00a0y verificar su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a la Direcci\u00f3n General con el fin de \u00a0obtener los resultados esperados, en cumplimiento a las pol\u00edticas y objetivos \u00a0trazados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los \u00a0recursos, bienes y los sistemas de informaci\u00f3n de la Instituci\u00f3n recomendando \u00a0los ajustes que se consideren necesarios real izar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar en el Instituto Nacional Penitenciario y \u00a0Carcelario, INPEC, una cultura de control, que \u00a0contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Controlar y evaluar peri\u00f3dicamente la gesti\u00f3n de los \u00a0planes y programas del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar y verificar la aplicaci\u00f3n de los mecanismos de \u00a0participaci\u00f3n ciudadana, dise\u00f1ados por la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0corresponda a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 33. OFICINA DE SISTEMAS E INFORM\u00c1TICA. Son funciones de la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Preparar programas y aplicaciones tendientes a la \u00a0sistematizaci\u00f3n del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prestar la asesor\u00eda y asistencia a los funcionarios del \u00a0Instituto para el uso y empleo de los \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>diferentes equipos, programas y aplicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar, administrar y controlar el centro de c\u00f3mputo y \u00a0los equipos perif\u00e9ricos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar y conceptuar la adquisici\u00f3n de equipos de \u00a0sistemas, programas o aplicaci\u00f3n a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Mantener y controlar el inventario de las existencias de \u00a0equipos, programas y aplicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejecutar en coordinaci\u00f3n de la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n Humana \u00a0los programas de capacitaci\u00f3n en materia de sistemas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Administrar y controlar la red de comunicaci\u00f3n y los \u00a0sistemas del Instituto, e informar sobre su desarrollo al Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 34. SECRETAR\u00cdA GENERAL. Son funciones de la Secretar\u00eda General: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, elaborar, tramitar y controlar las actividades \u00a0relacionadas con la ejecuci\u00f3n y control presupuestal, registro y an\u00e1lisis de \u00a0las operaciones financiera del Instituto, as\u00ed como las referidas al manejo de \u00a0la Gesti\u00f3n Humana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar a las Direcciones \u00a0Regionales en el desarrollo de las actividades propias del \u00e1rea administrativa, \u00a0financiera de Gesti\u00f3n Humana de acuerdo con los sistemas de trabajo, planes y \u00a0procedimientos establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar y tramitar en coordinaci\u00f3n con la Oficina \u00a0Jur\u00eddica los proyectos de acuerdos, resoluciones y contratos que deban \u00a0someterse a la consideraci\u00f3n o aprobaci\u00f3n del Consejo Directivo o la Direcci\u00f3n \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar y controlar las actividades \u00a0concernientes a los servicios administrativos del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Orientar y coordinar el desarrollo de programas de \u00a0Gesti\u00f3n Humana de acuerdo con las pol\u00edticas formuladas por la Direcci\u00f3n \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar porque se ejecuten los programas de capacitaci\u00f3n y \u00a0adiestramiento delos funcionarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar y controlar programas administrativos \u00a0tendientes a optimizar la utilizaci\u00f3n del talento humano, los recursos \u00a0financieros y f\u00edsicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Representar al Director General del Instituto Nacional \u00a0Penitenciario y Carcelario, cuando \u00e9ste lo determine, en reuniones relacionadas \u00a0con asuntos de competencia de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer las funciones de Secretario del Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n y comunicar las decisiones pertinentes a las dependencias \u00a0respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dar posesi\u00f3n al personal del Instituto de acuerdo con \u00a0las disposiciones reglamentarias hasta el nivel de Jefes de Divisi\u00f3n y expedir \u00a0los actos administrativos que requiera el manejo de personal de acuerdo a las \u00a0delegaciones del Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Presentar al Director General el anteproyecto de \u00a0presupuesto y los acuerdos mensuales de gasto s para su aprobaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Proponer a la Direcci\u00f3n General, pol\u00edticas tendientes a \u00a0la mejor utilizaci\u00f3n de los recursos econ\u00f3micos de la Entidad con el fin de \u00a0optimizar su rendimiento y verificar su desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0corresponda a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 35. DIVISI\u00d3N GESTI\u00d3N HUMANA. Son funciones de la Divisi\u00f3n Gesti\u00f3n Humana: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Supervisar, controlar y ejecutar los programas de \u00a0selecci\u00f3n, capacitaci\u00f3n, bienestar social y dem\u00e1s actividades de administraci\u00f3n \u00a0de personal, con sujeci\u00f3n a las normas legales y reglamentarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por el cumplimiento y aplicaci\u00f3n de las normas del \u00a0sistema de evaluaci\u00f3n de servicios, y dem\u00e1s disposiciones de administraci\u00f3n de \u00a0personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y elaborar las n\u00f3minas, consolidar y efectuar la \u00a0liquidaci\u00f3n de las prestaciones sociales de los funcionarios. Llevar los \u00a0registros, controles y estad\u00edsticas del personal al servicio del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Llevar los registros, controles y estad\u00edsticas del \u00a0personal al servicio del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los proyectos de resoluci\u00f3n relacionados con las \u00a0novedades de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n, el \u00a0Manual de Funciones, procedimientos y requisitos y la actualizaci\u00f3n, \u00a0modificaci\u00f3n o adici\u00f3n a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica las \u00a0actividades tendientes a la sistematizaci\u00f3n de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con las Direcciones Regionales la \u00a0administraci\u00f3n de personal, bienestar social y capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que correspondan \u00a0a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 36. DIVISI\u00d3N FINANCIERA. Son funciones de la Divisi\u00f3n Financiera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar la ejecuci\u00f3n del presupuesto de ingresos y \u00a0gastos del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Llevar los registros contables, presupuestales y \u00a0financieros de Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n las actividades \u00a0relacionadas con la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n del presupuesto del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar los acuerdos mensuales de gastos, consolidando \u00a0las solicitudes de las Direcciones Regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las Direcciones Regionales del Instituto \u00a0las actividades de orden financiero y contable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Elaborar y presentar al final de cada vigencia fiscal las \u00a0reservas presupuestales y presentarlas para su refrendaci\u00f3n ante el Ministerio \u00a0de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica las \u00a0actividades tendientes a la Sistematizaci\u00f3n de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y presentar los estados financieros del \u00a0Instituto, de acuerdo con las normas fiscales, administrativas y financieras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 37. DIVISI\u00d3N DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Servicios Administrativos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar y supervisar los procedimientos de adquisici\u00f3n, \u00a0almacenamiento, custodia y distribuci\u00f3n de los bienes del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar el Plan Anual de Compras del Instituto, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 Llevar el Registro de Proveedores, Consultores y \u00a0Contratistas de acuerdo con las normas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las actividades relacionadas con el \u00a0mantenimiento y con la prestaci\u00f3n de los servicios generales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Controlar los Seguros por Riesgos Profesionales y los \u00a0referentes Bienes Muebles e Inmuebles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar, registrar y controlar los inventarios de los \u00a0bienes de propiedad del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar y orientar a las Direcciones Regionales en la \u00a0preparaci\u00f3n, registro y control de sus inventarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica todas \u00a0las actividades tendientes a la sistematizaci\u00f3n de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir y coordinar los sistemas de registro, \u00a0clasificaci\u00f3n, archivo y tramitaci\u00f3n de documentos y de la correspondencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0corresponda a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 38. OFICINA DE CONTROL UNICO \u00a0DISCIPLINARIO. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Unico Disciplinario: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar los procesos disciplinarios que correspondan en \u00a0forma imparcial, transparente objetiva con el fin de obtener eficiencia, \u00a0eficacia, econom\u00eda y equidad de sus decisiones, contribuyendo al mejoramiento \u00a0continuo de la Instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y organizar la evaluaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Disciplinario Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener y controlar los expedientes que cursen dentro de \u00a0los t\u00e9rminos establecidos y efectuar la vigilancia a nivel nacional de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4 Dirigir y orientar que se lleve el registro estad\u00edstico \u00a0nacional sobre el estado y actuaci\u00f3n de los procesos disciplinarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Informar al Director General del INPEC \u00a0y al Ministerio P\u00fablico sobre las gestiones desarrolladas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y orientar a las Direcciones Regionales en la \u00a0preparaci\u00f3n, registro y control de los disciplinarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar en Coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n los \u00a0M\u00e9todos y Procedimientos que permitan simplificar las acciones con la obtenci\u00f3n \u00a0de mejores resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Proponer las sanciones que sean necesarias como resultado \u00a0de las investigaciones disciplinarias, de acuerdo con las normas establecidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0corresponda a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 39. SUBDIRECCI\u00d3N DE CONSTRUCCIONES. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Construcciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de las obras \u00a0civiles que requieran los inmuebles de propiedad o administrados por el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Realizar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n la \u00a0programaci\u00f3n de las obras en los inmuebles de propiedad o administrados por el \u00a0Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y ejecutar los programas de \u00a0construcci\u00f3n y mejoramiento de la infraestructura de los inmuebles de propiedad \u00a0por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, coordinar y ejecutar los programas de \u00a0mejoramiento de la infraestructura de los inmuebles de propiedad o \u00a0administrados por el Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con la Oficina Jur\u00eddica la preparaci\u00f3n de los \u00a0procesos de licitaci\u00f3n y contratos de obras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, supervisar y controlar las actividades \u00a0conducentes a establecer los dise\u00f1os obras e interventor\u00eda \u00a0para la construcci\u00f3n, reparaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de los inmuebles dei Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar, coordinar, elaborar normas t\u00e9cnicas \u00a0operacionales relacionadas con el desarrollo de los diferentes programas de \u00a0construcci\u00f3n y conservaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8: Coordinar y supervisar las Direcciones Regionales la \u00a0ejecuci\u00f3n y desarrollo de los programas de reparaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de \u00a0inmuebles, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar, preparar y controlar las interventor\u00edas \u00a0de obras en todos los centros de reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 40. SUBDIRECCI\u00d3N DE TRATAMIENTO Y DESARROLLO. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Tratamiento y Desarrollo: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n, \u00a0los proyectos tendientes a la reinserci\u00f3n, rehabilitaci\u00f3n y resocializaci\u00f3n \u00a0de los reclusos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de los \u00a0programas de educaci\u00f3n, salud, bienestar social, fomentar capacitaci\u00f3n laboral, \u00a0tratamiento penitenciario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Propiciar la participaci\u00f3n de las entidades privadas en \u00a0la ejecuci\u00f3n de los programas de tratamiento y desarrollo penitenciario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conceptuar y autorizar las solicitudes que propongan las \u00a0entidades privadas para la ejecuci\u00f3n de programas de resocializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar convenios interinstitucionales con entidades \u00a0p\u00fablicas o privadas para la ejecuci\u00f3n de programas de tratamiento y desarrollo \u00a0penitenciario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar y supervisar la ayuda o asistencia t\u00e9cnica que \u00a0presten organismos o gobiernos internacionales para desarrollar programas de \u00a0orientaci\u00f3n o resocializaci\u00f3n en los centros \u00a0carcelarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 41. DIVISI\u00d3N DE DESARROLLO SOCIAL. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Desarrollo Social: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar, ejecutar y controlar los programas de resocializaci\u00f3n, reinserci\u00f3n y prevenci\u00f3n de los internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar en coordinaci\u00f3n con los Comit\u00e9s la \u00a0preparaci\u00f3n, desarrollo y evaluaci\u00f3n de programas deportivos, recreativos y \u00a0culturales para los internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar, planear y organizar programas de atenci\u00f3n a los \u00a0familiares de los internos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y desarrollar los programas de capacitaci\u00f3n, \u00a0educaci\u00f3n formal e informal del interno coordinado con las direcciones \u00a0regionales las acciones y medidas para su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar y desarrollar programas de reinserci\u00f3n a la \u00a0sociedad del preliberado y pospenado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica los \u00a0estudios tendientes a la sistematizaci\u00f3n de la Divisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover formas de asistencia espiritual con las \u00a0organizaciones existentes para tal fin. 8. Las dem\u00e1s funciones que le sean \u00a0asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 42. DIVISI\u00d3N DE FOMENTO Y CAPACITACI\u00d3N LABORAL. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Fomento y Capacitaci\u00f3n Laboral: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Preparar, ejecutar y contratar programas sobre Fomento y \u00a0Capacitaci\u00f3n Laboral y Agropecuaria que permitan la incorporaci\u00f3n de los \u00a0internos a los procesos de producci\u00f3n de bienes servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover y coordinar la celebraci\u00f3n de convenios entre la \u00a0empresa privada y el Instituto en materia de Capacitaci\u00f3n Laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar y promover los programas de Microempresas \u00a0Carcelarias, con la asistencia t\u00e9cnica y administrativa de las entidades que \u00a0cumplen dichas funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica el \u00a0procesamiento de la informaci\u00f3n requerida por la dependencia para el desarrollo \u00a0de sus programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las Direcciones Regionales la preparaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de programas de fomento y capacitaci\u00f3n laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Supervisar y controlar el cumplimiento de las normas y \u00a0reglamentos por parte de las organizaciones que participan en los programas de \u00a0Fomento y Capacitaci\u00f3n Laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 43. DIVISI\u00d3N DE SALUD. Son funciones de la Divisi\u00f3n de Salud: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Efectuar estudios epid\u00e9micos de la poblaci\u00f3n de internos, \u00a0pata determinar recursos y desarrollar programas de medicina preventiva \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar programas de atenci\u00f3n m\u00e9dica general y \u00a0especializada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer la realizaci\u00f3n de convenios con otras entidades \u00a0para el desarrollo de programas de medicina preventiva y curativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar en coordinaci\u00f3n con las Direcciones regionales \u00a0los estudios y diagn\u00f3sticos que permitan conocer la situaci\u00f3n sanitaria de los \u00a0Centros de Reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Organizar en coordinaci\u00f3n con las entidades competentes, \u00a0campa\u00f1as preventivas de salud en los Centros de Reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Supervisar y controlar que la alimentaci\u00f3n de los \u00a0internos cumpla con las condiciones m\u00ednimas nutricionales establecidas y \u00a0proponer correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las dependencias competentes la adquisici\u00f3n \u00a0de bienes, elementos y dem\u00e1s equipos m\u00e9dicos farmac\u00e9utico que sea necesario \u00a0para la prestaci\u00f3n de los servicios de salud. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica el \u00a0procesamiento de la informaci\u00f3n requerida por la dependencia para el desarrollo \u00a0de sus programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las Direcciones Regionales la preparaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de Programas de Sanidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 44. SUBDIRECCI\u00d3N ESCUELA PENITENCIARIA \u00a0&#8220;ENRIQUE LOW MURTRA&#8221;. Son funciones de la Subdirecci\u00f3n Escuela Penitenciaria Enrique Low Murtra: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir a la Direcci\u00f3n General en la formulaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas institucionales, tendientes a la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del \u00a0personal del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n, los planes y \u00a0programas acad\u00e9micos que requiera la Escuela Penitenciaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar, orientar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los planes \u00a0acad\u00e9micos que desarrolle la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Preparar los programas acad\u00e9micos y el curr\u00edculo a desarrollar \u00a0en los cursos que sean convocados por la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Expedir los certificados de idoneidad y las constancias \u00a0que le sean solicitadas sobre el desarrollo de sus programas acad\u00e9micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar, en coordinaci\u00f3n con la Oficina de Planeaci\u00f3n, \u00a0el anteproyecto de presupuesto de la Escuela de acuerdo con las necesidades y \u00a0programas establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Controlar y procesar los registros acad\u00e9micos que se \u00a0originen en la ejecuci\u00f3n de los programas de formaci\u00f3n y ascenso dictados por \u00a0la Escuela y administrar las hojas de vida de los estudiantes y docentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Establecer y tramitar los convenios por la administraci\u00f3n \u00a0y desarrollo de los programas acad\u00e9micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 45. SUBDIRECCI\u00d3N COMANDO SUPERIOR DEL CUERPO DE \u00a0CUSTODIA Y VIGILANCIA. Son funciones de la \u00a0Subdirecci\u00f3n Comando Superior del Cuerpo de Custodia y Vigilancia: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Responder por la seguridad de los Centros Carcelarios, de \u00a0acuerdo con los reglamentos y normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Cumplir las \u00f3rdenes impartidas por el Director General en \u00a0relaci\u00f3n con las actividades de Seguridad, Control y Vigilancia de los Centros \u00a0Carcelarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y supervisar con la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n Humana \u00a0que la distribuci\u00f3n del personal de Custodia y Vigilancia corresponda a los \u00a0requerimientos de seguridad de cada centro de reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Colaborar con la Subdirecci\u00f3n Escuela Penitenciaria en la \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas propios de la administraci\u00f3n y desarrollo del \u00a0personal de guardia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Proponer a la Direcci\u00f3n General, programas de orden \u00a0log\u00edstico, t\u00e1ctico y de seguridad a efectuarse en los distintos centros de \u00a0reclusi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Responder por el cumplimiento de las normas y reglamentos \u00a0disciplinarios propios del Cuerpo de Custodia y Vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear, ejecutar y controlar las existencias de \u00a0armamento, municiones, equipos de intendencia y dem\u00e1s elementos de seguridad, \u00a0ordenando su baja o solicitando nuevas adquisiciones de acuerdo con las \u00a0necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en el proceso de selecci\u00f3n de aspirantes a \u00a0ingresar o ascender en el Cuerpo de Custodia y Vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conceptuar sobre las solicitudes de traslado del personal \u00a0de Custodia y Vigilancia de una Regional a otra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Estudiar la trayectoria laboral del personal de Custodia \u00a0y Vigilancia para proponer el otorgamiento de condecoraciones, est\u00edmulo y \u00a0distintivos que establece la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas y que \u00a0correspondan a la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE ASESOR\u00cdA Y COORDINACI\u00d3N DEL NIVEL CENTRAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 46. COMIT\u00c9 DE COORDINACI\u00d3N. Son funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Sugerir sistemas de coordinaci\u00f3n funcional en la \u00a0ejecuci\u00f3n de los programas y dem\u00e1s actividades del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir a la Direcci\u00f3n General en la fijaci\u00f3n y \u00a0evaluaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes y programas para el cumplimiento de los \u00a0objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Estudiar y analizar previamente los asuntos que deban ser \u00a0tratados por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar modificaciones o ajustes a los planes \u00a0generales del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Analizar y emitir concepto con relaci\u00f3n a planes \u00a0institucionales cuando as\u00ed lo solicite la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s funciones de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n general \u00a0acordadas por el propio comit\u00e9 o se\u00f1aladas por la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n estar\u00e1 integrado por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Director General, qui\u00e9n lo presidir\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Secretario General, qui\u00e9n har\u00e1 las veces del Secretario \u00a0del Comit\u00e9 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Jefe de la Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Jefe de la Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Jefe de la Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Jefe de la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Subdirector de la Escuela Penitenciaria Enrique Low Murtra El Subdirector de \u00a0Construcciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Subdirector de Tratamiento y Desarrollo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Subdirector del Cuerpo de Custodia y Vigilancia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director General podr\u00e1 invitar a las sesiones a todos \u00a0aquellos funcionarios del Instituto, que considere necesario, dependiendo de \u00a0los asuntos que se traten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 47. COMIT\u00c9 T\u00c9CNICO. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico del nivel central estar\u00e1 integrado por los \u00a0siguientes funcionarios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Secretario General, quien lo presidir\u00e1 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-Los Subdirectores del Instituto de acuerdo con el tipo de \u00a0licitaci\u00f3n que se vaya a efectuar Jefe Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Jefe de la Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Jefe de la Oficina de Control Interno quien actuar\u00e1 con \u00a0voz pero sin voto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente nombrar\u00e1 al secretario del Comit\u00e9 T\u00e9cnico y \u00a0podr\u00e1 invitar a las sesiones a aquellos funcionarios del Instituto o personas \u00a0que requieran de acuerdo con el asunto por tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 48. COMISI\u00d3N DE PERSONAL. La Comisi\u00f3n de Personal se integrar\u00e1 y cumplir\u00e1 sus funciones de \u00a0conformidad con las disposiciones legales que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES DEL NIVEL REGIONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 49. FUNCIONES. Son \u00a0funciones de las Direcciones Regionales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar a nivel regional la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas \u00a0y programas del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y controlar a nivel regional el funcionamiento de \u00a0los establecimientos de reclusi\u00f3n, supervisando el desarrollo de las \u00a0actividades en materia jur\u00eddica, administrativa, financiera, de seguridad y en \u00a0las dem\u00e1s que requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar a nivel regional el desarrollo de las \u00a0actividades de resocializaci\u00f3n y rehabilitaci\u00f3n de \u00a0los recursos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Trasladar el personal de guardia hasta la categor\u00eda de \u00a0suboficial dentro de la regi\u00f3n, \u00a0informandodeelloalaDirecci\u00f3nGeneralyalaSubdirecci\u00f3nComandoSuperiordelCuerpo de \u00a0Custodia y Vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Solicitar a la Direcci\u00f3n General el traslado de los \u00a0condenados de regi\u00f3n o regi\u00f3n, cuando las circunstancias as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en la preparaci\u00f3n de los planes y programas de \u00a0inversi\u00f3n de acuerdo con las necesidades de la regi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Celebrar y ejecutar los actos, contratos y convenios en \u00a0desarrollo de las actividades de la Direcci\u00f3n Regional, en la cuant\u00eda y \u00a0modalidades que sean autorizadas por el Consejo Directivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con otras entidades del nivel nacional, \u00a0departamental, municipal o de car\u00e1cter privado, la ejecuci\u00f3n o implantaci\u00f3n de \u00a0programas y proyectos de car\u00e1cter penitenciario que sean adelantados por el \u00a0Instituto en el \u00e1rea de la jurisdicci\u00f3n Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las dependencias centrales la preparaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes y programas del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover la sistematizaci\u00f3n de las diferentes \u00e1reas de \u00a0la regional, coordinando con la Oficina de Sistemas e Inform\u00e1tica la \u00a0preparaci\u00f3n e implantaci\u00f3n de aplicaciones t\u00e9cnicas y administrativas \u00a0requeridas por las \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Dictar los actos administrativos que permitan ejecutar y \u00a0cumplir efectivamente las funciones y programas a nivel regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s funciones que le sean asignadas o delegadas \u00a0por la Direcci\u00f3n General del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 50. DIRECCIONES REGIONALES. Las Direcciones Regionales del Instituto depender\u00e1n jer\u00e1rquicamente \u00a0de la Direcci\u00f3n General y les corresponden ejecutar las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y proyectos en su respectiva jurisdicci\u00f3n, de acuerdo con las pautas \u00a0trazadas en los temas espec\u00edficos por cada una de las Subdirecciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 51. El Director \u00a0General podr\u00e1 fijar mediante resoluci\u00f3n las sedes, las subsedes y determina la \u00a0jurisdicci\u00f3n territorial de cada Direcci\u00f3n Regional de acuerdo con el n\u00famero de \u00a0centros carcelarios, condiciones geogr\u00e1ficas y facilidades de transporte de las \u00a0\u00e1reas, y con los planes, programas y proyectos que desarrolle el Instituto, \u00a0cuando el Consejo Directivo as\u00ed lo autorice en cada caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Instituto podr\u00e1 establecer Direcciones Regionales o \u00a0Seccionales en lugares distintos a los se\u00f1alados cuando los programas y proyectos \u00a0que se ejecuten as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO V. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANOS DE ASESOR\u00cdA Y COORDINACI\u00d3N DEL NIVEL REGIONAL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 52. El Director \u00a0General queda facultado para integrar y organizar los Comit\u00e9s de Asesor\u00eda y \u00a0Coordinaci\u00f3n que sean requeridos en las Direcciones Regionales para garantizar \u00a0la ejecuci\u00f3n de los planes y programas asignados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO VL. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DISPOSICIONES VARIAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 53. El Director \u00a0General del Instituto podr\u00e1 crear y organizar \u00e1reas y grupos de trabajo con el \u00a0fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, pol\u00edticas, planes y \u00a0programas del Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 54. El presente \u00a0Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobaci\u00f3n por el Gobierno Nacional y \u00a0deroga el Acuerdo n\u00famero 001 de 1993 y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>COMUN\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D.C., a \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(FDO.) CARLOS \u00a0ALBERTO MALAG\u00d3N BOLA\u00d1OS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(FDO.) GERM\u00c1N \u00a0C\u00d3RDOBA ORDE\u00d1\u00d3. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ART\u00cdCULO 2o. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y \u00a0deroga el Decreto n\u00famero \u00a01242 de 1993 y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D.C., a 7 \u00a0de febrero de 1997. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER \u00a0PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Justicia y del Derecho, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CARLOS EDUARDO MEDELL\u00cdN BECERRA. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>EDGAR ALFONSO GONZ\u00c1LEZ SALAS. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 300 DE 1997 \u00a0 \u00a0 (febrero 7) \u00a0 \u00a0 Diario Oficial No. 42.980, de 13 de \u00a0febrero de 1997 \u00a0 \u00a0 Por el cual se aprueba el Acuerdo No 0017 del 12 de diciembre de \u00a01996 del Consejo Directivo del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, INPEC. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 270 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[41],"tags":[],"class_list":["post-26733","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1997"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26733","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=26733"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/26733\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=26733"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=26733"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=26733"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}