{"id":27108,"date":"2023-07-18T14:34:04","date_gmt":"2023-07-18T14:34:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1434-de-1998\/"},"modified":"2023-07-18T14:34:04","modified_gmt":"2023-07-18T14:34:04","slug":"decreto-1434-de-1998","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1434-de-1998\/","title":{"rendered":"DECRETO 1434 DE 1998"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1434 DE 1998 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio 27) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se crea la &#8220;Medalla Militar Escuela de las Armas y Servicios Jos\u00e9 \u00a0Celestino Mutis Bossio&#8221; y se adiciona el Decreto 1880 de 1988 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Ver Decreto 4444 de 2010. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades legales que le \u00a0confiere el art\u00edculo 127 del Decreto 1880 de 1988, \u00a0y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que es deber de la Escuela de las Armas y Servicios \u00a0premiar y estimular a los oficiales, suboficiales, soldados, civiles y \u00a0entidades p\u00fablicas o privadas que con su trabajo, empe\u00f1o y aportes, beneficien \u00a0al centro docente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la forma de materializar este reconocimiento es \u00a0otorgar la medalla militar propia de la Escuela, como s\u00edmbolo de la aplicaci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n, trabajo y aportes en bien de la misma, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el Sabio Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio, destacado \u00a0hombre de ciencia e investigaci\u00f3n, fil\u00f3sofo y pensador, dio ejemplo inequ\u00edvoco \u00a0de virtudes acad\u00e9micas en beneficio de la Patria, adelantando estudios bot\u00e1nicos \u00a0y geogr\u00e1ficos en nuestro territorio, siendo adem\u00e1s connotado patriota en la \u00a0gesta libertadora, motivo por el cual se considera que al distinguir con su \u00a0nombre la medalla militar de la Escuela, se honra su memoria como la de tan \u00a0ilustre ciudadano como lo fue, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Cr\u00e9ase la &#8220;Medalla Militar \u00a0Escuela de las Armas y Servicios Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio&#8221;, para \u00a0estimular y premiar al personal de la instituci\u00f3n que sobresalga por su \u00a0dedicaci\u00f3n, capacidad profesional, desarrollo acad\u00e9mico, colaboraci\u00f3n y \u00a0servicios eminentes en beneficio de la Escuela de las Armas y Servicios, y a \u00a0las entidades p\u00fablicas y privadas que con su colaboraci\u00f3n contribuyan al \u00a0engrandecimiento de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Caracter\u00edsticas de la Medalla: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a. La Joya: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Medalla Militar Escuela de las Armas y Servicios \u00a0Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio, consiste en una estrella radiada de 5.5 \u00a0cent\u00edmetros de di\u00e1metro, con un laurel de 5 cent\u00edmetros en color verde y \u00a0dorados, con un c\u00edrculo anterior dorado de 2 cent\u00edmetros de di\u00e1metro adornado \u00a0con \u00f3valos, un c\u00edrculo interno color azul de 1.3 cent\u00edmetros de di\u00e1metro y en \u00a0el centro una antorcha dorada de 0.9 cent\u00edmetros. Tendr\u00e1 aspas con bordes \u00a0exteriores dorados, una franja de color p\u00farpura, borde exterior dorado y centro \u00a0blanco, en medio de las aspas se encuentran unas flechas cruzadas en color \u00a0dorado y en la parte inferior una cinta dorada, es de 5 cent\u00edmetros de ancho, \u00a0dorada, lleva una franja roja en el centro de 2 cent\u00edmetros y dos blancos a los \u00a0lados de 1.5 cent\u00edmetros cada una; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b. La \u00a0venera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La venera es una cinta met\u00e1lica esmaltada al fuego, \u00a0de 4 cent\u00edmetros de largo por 1 cent\u00edmetro de ancho, con los mismos detalles \u00a0dados para la cinta de la joya; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c. La \u00a0miniatura: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La miniatura o r\u00e9plica tiene el mismo dise\u00f1o de la \u00a0joya en un di\u00e1metro de 1.5 cent\u00edmetros, pende de una cinta de 1.5 cent\u00edmetros \u00a0de ancho y 3.5 cent\u00edmetros de largo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Otorgamiento e imposici\u00f3n: Se regir\u00e1 \u00a0por lo dispuesto en los art\u00edculos 9 y 71 literales b, c, d, e, f, g, h, i, j \u00a0del Decreto 1880 de 1988, \u00a0previo el cumplimiento de los siguientes requisitos especiales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. A los oficiales superiores que hayan ocupado el \u00a0cargo de director y subdirector de la Escuela de las Armas y Servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. A los oficiales y suboficiales que permanezcan \u00a0un m\u00ednimo de dos (2) a\u00f1os como oficial o suboficial docente de la Escuela de \u00a0las Armas y Servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. A los oficiales y suboficiales que hayan sido \u00a0escalafonados como profesores de Cuarta y Quinta categor\u00eda, respectivamente, \u00a0siendo instructores de planta de la Escuela. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Al personal civil que haya permanecido un m\u00ednimo \u00a0de ocho (08) a\u00f1os como servidor p\u00fablico de planta en la Escuela de las Armas y \u00a0Servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. En forma honoraria oficiales extranjeros en \u00a0servicio activo y a particulares que en una u otra forma hayan colaborado al \u00a0prestigio del progreso al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Al personal de oficiales, suboficiales en retiro \u00a0y oficiales de la reserva que se hayan destacado en forma sobresaliente por sus \u00a0servicios al Instituto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. A los oficiales y suboficiales militares en \u00a0servicio activo que hayan prestado distinguidos servicios al Instituto y por su \u00a0posici\u00f3n jerarqu\u00eda y m\u00e9ritos se hagan acreedores a la distinci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. A las entidades p\u00fablicas y privadas que a \u00a0criterio del consejo de la medalla, haya tenido especial significaci\u00f3n en el \u00a0desarrollo y progreso del arma instituto especialidad y se hagan acreedores a \u00a0la distinci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. La medalla podr\u00e1 otorgarse como homenaje p\u00f3stumo \u00a0al personal fallecido en actividades propias del instituto y a criterio del \u00a0consejo de la medalla que haya reunido los requisitos exigidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Modif\u00edcase el subliteral a), del \u00a0numeral 1), del literal c), del art\u00edculo 6\u00ba del Decreto 1880 de 1988, \u00a0en el sentido de incluir un subnumeral as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(9) Medalla Militar &#8220;Escuela de las Armas y \u00a0Servicios Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio&#8221;. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Precedencia de la Medalla. Para \u00a0efectos del orden de precedencia de condecoraciones de que trata el art\u00edculo \u00a07\u00ba, del Decreto 1880 de 1988, \u00a0la &#8220;Medalla Militar Escuela de las Armas y Servicios Jos\u00e9 Celestino Mutis \u00a0Bossio&#8221;, suceder\u00e1 a la Medalla Militar Escuela Superior de Guerra, creada \u00a0mediante Decreto 654 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Modif\u00edcase el literal a) del art\u00edculo \u00a012 del Decreto 1880 de 1988 \u00a0en el sentido de incluir la fecha de la imposici\u00f3n Medalla Militar Escuela de \u00a0Armas y Servicios Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio. El trece (13) de agosto, d\u00eda del \u00a0aniversario Escuela de las Armas y Servicios, o cuando la ocasi\u00f3n lo amerite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Adici\u00f3nase el art\u00edculo 69 del Decreto 1880 de 1988, \u00a0en el sentido de incluir como Medalla por Servicios Distinguidos prestados a la \u00a0Instituci\u00f3n Militar la &#8220;Medalla Militar Escuela de las Armas y Servicios \u00a0Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio&#8221;, a continuaci\u00f3n de la Medalla Militar \u00a0&#8220;Escuela Superior de Guerra&#8221;, con el mismo prop\u00f3sito all\u00ed previsto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. El Consejo de la Medalla Militar \u00a0Escuela de las Armas y Servicios Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio estar\u00e1 integrado \u00a0por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como presidente: El exdirector de la Escuela de las \u00a0Armas y Servicios, de mayor antig\u00fcedad en servicio activo, presente en la \u00a0guarnici\u00f3n de Santa Fe de Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como vicepresidente: El Director de la Escuela de \u00a0las Armas y Servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como vocales: El Subdirector de la Escuela de las \u00a0Armas y Servicios o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Como secretario: El ayudante de Comando de la \u00a0Escuela de las Armas y Servicios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. La &#8220;Medalla Militar Escuela de \u00a0las Armas y Servicios Jos\u00e9 Celestino Mutis Bossio&#8221;, en lo no previsto en \u00a0este decreto, se regir\u00e1 por el Decreto 1880 de 1988. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. El presente decreto rige a partir de \u00a0la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 27 de julio de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ERNESTO SAMPER PIZANO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro de Defensa Nacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gilberto \u00a0Echeverri Mej\u00eda. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1434 DE 1998 \u00a0 \u00a0 (julio 27) \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se crea la &#8220;Medalla Militar Escuela de las Armas y Servicios Jos\u00e9 \u00a0Celestino Mutis Bossio&#8221; y se adiciona el Decreto 1880 de 1988 \u00a0 \u00a0 Nota: Ver Decreto 4444 de 2010. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-27108","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1998"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27108","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27108"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27108\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27108"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27108"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27108"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}