{"id":27290,"date":"2023-07-18T14:34:14","date_gmt":"2023-07-18T14:34:14","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2391-de-1998\/"},"modified":"2023-07-18T14:34:14","modified_gmt":"2023-07-18T14:34:14","slug":"decreto-2391-de-1998","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2391-de-1998\/","title":{"rendered":"DECRETO 2391 DE 1998"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2391 DE 1998 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(noviembre 24) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se crea la Comisi\u00f3n Interinstitucional de Seguimiento a las \u00a0investigaciones que se adelantan por violaci\u00f3n a los derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades legales y \u00a0constitucionales, en especial las conferidas por los art\u00edculos 188 y 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a0el art\u00edculo 1\u00ba el Decreto 1050 de 1968, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Que en el departamento de Arauca se han venido presentando graves hechos de \u00a0violencia que afectan la paz y la seguridad regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Que la transparencia y eficacia en el desarrollo de las investigaciones \u00a0conducentes al esclarecimiento de los hechos, evitar\u00e1n que los mismos queden en \u00a0la impunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Que la seguridad y la paz constituyen preocupaciones y responsabilidades \u00a0colectivas que exigen el concurso y la participaci\u00f3n de todos los sectores de \u00a0la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Que para el 15 de agosto de 1997 las organizaciones sociales del departamento \u00a0de Arauca convocaron a una audiencia p\u00fablica con el prop\u00f3sito de encontrar \u00a0soluciones a los hechos de violencia que se presentan en la regi\u00f3n, \u00a0relacionados particularmente con los temas de derechos humanos, impunidad, \u00a0neutralidad de la poblaci\u00f3n civil, protecci\u00f3n del medio ambiente, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>inversi\u00f3n \u00a0social y respeto a las grupos \u00e9tnicos de la regi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Que con el objeto de avanzar en la b\u00fasqueda de soluciones se conform\u00f3 una \u00a0comisi\u00f3n interinstitucional integrada por representantes de entidades del \u00a0Estado y voceros de los sectores sociales afectados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Que en el acta suscrita el 13 de agosto de 1998 entre miembros del Gobierno \u00a0Nacional y representantes de los sectores sociales se acord\u00f3 restablecer \u00a0mediante decreto oficial una Comisi\u00f3n Interinstitucional de Seguimiento a las \u00a0investigaciones que se adelantan por violaci\u00f3n de los derechos humanos en el \u00a0departamento de Arauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Que es funci\u00f3n del Ministerio del Interior &#8220;Actuar, preventivamente, en \u00a0casos de amenaza inminente de los derechos humanos, desarrollar programas \u00a0especiales para su protecci\u00f3n, preservaci\u00f3n y restablecimiento; emprender de \u00a0oficio las acciones correspondientes ante las autoridades judiciales, as\u00ed como \u00a0la protecci\u00f3n de los denunciantes. Lo anterior, sin detrimento de las funciones \u00a0del Ministerio P\u00fablico o de otras autoridades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Que para el logro de tales objetivos corresponde al Ministerio del Interior \u00a0actuar en forma inmediata y preventiva en las zonas o regiones en que exista \u00a0amenaza grave e inminente de transgresi\u00f3n de los derechos humanos, coordinando \u00a0y apoyando las acciones de las entidades de la rama ejecutiva en sus distintos \u00a0niveles y de otros organismos, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01\u00ba. Creaci\u00f3n. Cr\u00e9ase con car\u00e1cter transitorio y por el t\u00e9rmino de noventa d\u00edas \u00a0la Comisi\u00f3n Interinstitucional de Seguimiento a las investigaciones por \u00a0violaci\u00f3n de los derechos humanos en el departamento de Arauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a02\u00ba. Composici\u00f3n. La Comisi\u00f3n estar\u00e1 integrada por: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica o su delegado, quien la presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro del Interior o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director de la Unidad Administrativa Especial de Derechos Humanos del \u00a0Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Un \u00a0delegado del Ministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Procurador delegado para los Derechos Humanos de la Procuradur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director de la Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscal\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Defensor del Pueblo o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dos \u00a0representantes de la Comisi\u00f3n de Paz de la Asamblea Departamental de Arauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dos \u00a0representantes de las organizaciones sociales, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuatro \u00a0representantes de las organizaciones no gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03\u00ba. Funciones. La Comisi\u00f3n a que se refiere el presente decreto ejercer\u00e1 las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Hacer seguimiento a las investigaciones que se adelanten por violaciones a los \u00a0derechos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>humanos \u00a0y al Derecho Internacional Humanitario en el departamento de Arauca, por parte \u00a0de la \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n y la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Promover la denuncia ciudadana por violaci\u00f3n de los Derechos Humanos y del \u00a0Derecho Internacional Humanitario y en ese sentido presentar las denuncias \u00a0sobre los hechos de que tenga conocimiento frente a los organismos de \u00a0investigaci\u00f3n y control del Estado, y colaborar con las autoridades en el curso \u00a0de las investigaciones judiciales, disciplinarias y administrativas que hayan \u00a0de adelantarse para evitar la impunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Recomendar medidas concretas de impulso y seguimiento de las investigaciones \u00a0por violaciones de derechos humanos, de acuerdo con la competencia de cada \u00a0instituci\u00f3n que la integra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Recaudar la informaci\u00f3n requerida para dar cumplimiento a las obligaciones del \u00a0Estado colombiano en materia de derechos humanos, respetando la \u00a0confidencialidad de los procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Solicitar a cualquier entidad estatal apoyo para el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Rendir, dentro del t\u00e9rmino de 90 d\u00edas calendario, contados a partir de la \u00a0expedici\u00f3n del presente decreto un informe final sobre su gesti\u00f3n al \u00a0Vicepresidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04\u00ba. Colaboraci\u00f3n de las entidades p\u00fablicas. Las entidades p\u00fablicas prestar\u00e1n la \u00a0colaboraci\u00f3n necesaria a la Comisi\u00f3n para el cabal ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05\u00ba. Invitaciones especiales. En caso de ser necesario para los fines de la \u00a0comisi\u00f3n, podr\u00e1n ser invitadas a ella otras entidades para que participen en la \u00a0discusi\u00f3n de puntos espec\u00edficos del trabajo de la comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06\u00ba. Reuniones. La comisi\u00f3n se reunir\u00e1 ordinariamente cada mes en la sede del Ministerio \u00a0del Interior o en la Gobernaci\u00f3n de Arauca. En casos excepcionales podr\u00e1 \u00a0ampliarse o restringirse la periodicidad de las reuniones, circunstancia que \u00a0ser\u00e1 comunicada a sus integrantes con anticipaci\u00f3n por la Secretar\u00eda T\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07\u00ba. Secretar\u00eda T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda de la Comisi\u00f3n ser\u00e1 ejercida por la \u00a0Unidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Administrativa \u00a0Especial para los Derechos Humanos del Ministerio del Interior, y sus funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ser\u00e1n \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) \u00a0Convocar a las reuniones ordinarias y extraordinarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) \u00a0Elaborar el orden del d\u00eda de las reuniones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) \u00a0Enviar a sus integrantes antes de cada reuni\u00f3n un listado que contenga el orden \u00a0del d\u00eda de la \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>pr\u00f3xima \u00a0reuni\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) \u00a0Llevar las actas de las reuniones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) \u00a0Transmitir a los miembros de la reuni\u00f3n la s\u00edntesis de los adelantos obtenidos, \u00a0con base en la \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>informaci\u00f3n \u00a0recibida de parte de cada entidad; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) \u00a0Las dem\u00e1s que sean necesarias para el efectivo cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08\u00ba. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comun\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado \u00a0en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 24 de noviembre de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>N\u00e9stor \u00a0Humberto Mart\u00ednez Neira. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2391 DE 1998 \u00a0 \u00a0 (noviembre 24) \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se crea la Comisi\u00f3n Interinstitucional de Seguimiento a las \u00a0investigaciones que se adelantan por violaci\u00f3n a los derechos humanos. \u00a0 \u00a0 El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en uso de sus facultades legales y \u00a0constitucionales, en especial las conferidas por los [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[42],"tags":[],"class_list":["post-27290","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1998"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27290","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27290"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27290\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27290"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27290"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27290"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}