{"id":27578,"date":"2023-07-18T15:19:54","date_gmt":"2023-07-18T15:19:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1142-de-1999\/"},"modified":"2023-07-18T15:19:54","modified_gmt":"2023-07-18T15:19:54","slug":"decreto-1142-de-1999","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1142-de-1999\/","title":{"rendered":"DECRETO 1142 DE 1999"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1142 DE 1999 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(junio 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se determina la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Este Decreto fue declarado \u00a0inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-969 de 1999, \u00a0Providencia confirmada en la Sentencia C-996 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente \u00a0de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas \u00a0en el numeral 6 del art\u00edculo 120 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D E C R E T A: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y naturaleza, \u00a0\u00e1mbito de competencia, objetivo y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00ba. Denominaci\u00f3n y \u00a0naturaleza. La Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica es un organismo de \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, dotado de autonom\u00eda jur\u00eddica, administrativa, \u00a0contractual y presupuestal, el cual est\u00e1 a cargo del Auditor de que trata el \u00a0art\u00edculo 274 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00ba. Ambito de \u00a0competencia. Corresponde a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica ejercer la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y de \u00a0las contralor\u00edas departamentales, en los t\u00e9rminos que este Decreto establece. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00ba. Misi\u00f3n. La \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica coadyuva a la transformaci\u00f3n, depuraci\u00f3n y \u00a0modernizaci\u00f3n de los \u00f3rganos instituidos para el control de la gesti\u00f3n fiscal, \u00a0mediante la promoci\u00f3n de los principios, finalidades y cometidos de la funci\u00f3n \u00a0administrativa consagrados en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, el fomento de la \u00a0cultura del autocontrol y el est\u00edmulo de la participaci\u00f3n ciudadana en la lucha \u00a0para erradicar la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00ba. Objetivo. \u00a0Ejercer la funci\u00f3n de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, en la modalidad m\u00e1s \u00a0aconsejable, mediante los sistemas de control financiero, de gesti\u00f3n y de \u00a0resultados, en desarrollo de los principios de eficiencia, econom\u00eda y equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00ba. Funci\u00f3n. \u00a0Ejercer la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de los organismos de control \u00a0se\u00f1alados en el art\u00edculo segundo, conforme a los procedimientos, sistemas y \u00a0principios establecidos en la Constituci\u00f3n, para lo cual el Auditor General \u00a0fijar\u00e1 las pol\u00edticas, prescribir\u00e1 los m\u00e9todos y la forma de rendir cuentas y \u00a0determinar\u00e1 los criterios que deber\u00e1n aplicarse para la evaluaci\u00f3n financiera, \u00a0de gesti\u00f3n y de resultados, entre otros, de conformidad con lo que para el \u00a0efecto dispone este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00ba. Autonom\u00eda \u00a0administrativa, jur\u00eddica, contractual y presupuestal. En ejercicio de la \u00a0autonom\u00eda administrativa le corresponde a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones, \u00a0de conformidad con los principios consagrados en la Constituci\u00f3n, ley y el \u00a0presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corresponde al Auditor General \u00a0suscribir en nombre y representaci\u00f3n de la entidad los actos y contratos \u00a0requeridos para el cabal cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio de la delegaci\u00f3n \u00a0que para el efecto realice, de acuerdo con lo dispuesto por el Estatuto de \u00a0Contrataci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, por este decreto y las dem\u00e1s normas \u00a0vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Auditor representar\u00e1 a la \u00a0entidad, judicial y extrajudicialmente, por s\u00ed mismo o a trav\u00e9s de apoderado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica goza de autonom\u00eda para fijar, administrar y manejar su presupuesto, \u00a0en armon\u00eda con la ley org\u00e1nica de que trata el art\u00edculo 352 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0En ejercicio de esta autonom\u00eda la Auditor\u00eda elaborar\u00e1 cada a\u00f1o su proyecto de \u00a0presupuesto de gastos o de apropiaciones y lo presentar\u00e1 a la Direcci\u00f3n General \u00a0de Presupuesto para su incorporaci\u00f3n al respectivo proyecto de ley de \u00a0presupuesto que se someter\u00e1 a consideraci\u00f3n del Congreso de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Auditor\u00eda General \u00a0de la Rep\u00fablica podr\u00e1 contratar con empresas privadas colombianas la vigilancia \u00a0de la gesti\u00f3n fiscal, previo concepto del Consejo de Estado sobre su \u00a0conveniencia, las cuales ser\u00e1n seleccionadas por concurso p\u00fablico de m\u00e9ritos, \u00a0en los mismos casos determinados por la ley para la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00ba. Recursos y \u00a0bienes. El manejo de los recursos y bienes que presupuestal y contablemente \u00a0le correspondan a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica estar\u00e1 a cargo del \u00a0Auditor General, sin perjuicio de las delegaciones a que haya lugar sobre esta \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica entregar\u00e1 a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica los \u00a0bienes que actualmente utiliza para su funcionamiento, incluido el inmueble \u00a0donde funcionan sus oficinas de la ciudad de Santa Fe de Bogot\u00e1, mediante acta \u00a0e inventario que suscribir\u00e1n los jefes de cada organismo, con cuyos documentos \u00a0se har\u00e1n los ajustes contables que correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00ba. Presupuesto. \u00a0Por virtud de su autonom\u00eda jur\u00eddica, administrativa, contractual y \u00a0presupuestal, la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica corresponder\u00e1 a una secci\u00f3n \u00a0del Presupuesto General de la Naci\u00f3n, de acuerdo con lo establecido en el \u00a0art\u00edculo 4\u00ba del Decreto 111 de 1996 y normas concordantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Gobierno Nacional efectuar\u00e1 \u00a0las operaciones, modificaciones, traslados y dem\u00e1s procedimientos que sean \u00a0necesarios para que este \u00f3rgano cuente con las apropiaciones presupuestales \u00a0requeridas para su cabal funcionamiento, una vez se promulgue el presente \u00a0decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00ba. \u00d3rganos \u00a0superiores de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. Los \u00f3rganos superiores de \u00a0direcci\u00f3n y administraci\u00f3n son los siguientes: \u00a0 \u00a0 \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>Nivel \u00a0 \u00a0central \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Auditor General de la Rep\u00fablica \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>1.1. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oficina Jur\u00eddica \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>1.2. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oficina de Planeaci\u00f3n \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>1.3. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Oficina de Control Interno \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Auditor Auxiliar \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>3 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Auditor\u00eda Delegada para la Vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>3.1 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Control Fiscal \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>3.2. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicci\u00f3n \u00a0 \u00a0Coactiva \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Secretar\u00eda General \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>4.1 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Recursos Financieros \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>4.2 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Talento Humano \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>4.3 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Direcci\u00f3n de Recursos F\u00edsicos \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>5.1 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>5.2 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Comisi\u00f3n de Personal \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>Nivel \u00a0 \u00a0desconcentrado \u00a0\u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencias Seccionales \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Sede y niveles \u00a0de organizaci\u00f3n. La Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica desarrollar\u00e1 sus \u00a0funciones a trav\u00e9s de un nivel central y un nivel desconcentrado. El primero \u00a0tendr\u00e1 su sede en la ciudad de Santa Fe de Bogot\u00e1 y el segundo estar\u00e1 \u00a0conformado por las gerencias seccionales que se relacionan a continuaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencia Seccional I, para los \u00a0departamentos de Antioquia, Choc\u00f3, Risaralda, Caldas y Quind\u00edo, con sede en \u00a0Medell\u00edn. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencia Seccional II, para los \u00a0departamentos de Cundinamarca, Boyac\u00e1, Meta y San Andr\u00e9s, con sede en Santaf\u00e9 de \u00a0Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencia Seccional III, para los \u00a0departamentos de Valle, Cauca, Nari\u00f1o y Tolima, con sede en Cali. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencia Seccional IV, para los \u00a0departamentos de Santander, Norte de Santander, Arauca, Casanare, Vichada, \u00a0Guain\u00eda y Cesar, con sede en Bucaramanga. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencia Seccional V, para los \u00a0departamentos de Guajira, Bol\u00edvar, Magdalena, Atl\u00e1ntico, Sucre y C\u00f3rdoba, con \u00a0sede en Cartagena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Gerencia Seccional VI, para los \u00a0departamentos de Huila, Putumayo, Caquet\u00e1, Amazonas, Guaviare y Vaup\u00e9s, con \u00a0sede en Neiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Tanto el nivel \u00a0central como el desconcentrado participan en el dise\u00f1o de los planes, la \u00a0definici\u00f3n de las pol\u00edticas, el establecimiento de los programas generales de \u00a0la administraci\u00f3n de la Auditor\u00eda, la vigilancia fiscal y la ejecuci\u00f3n de los planes, \u00a0pol\u00edticas, programas y proyectos administrativos, de vigilancia de la gesti\u00f3n \u00a0fiscal y del adelanto del proceso de responsabilidad fiscal. Cada nivel ejerce \u00a0en el \u00e1mbito de funciones y responsabilidades establecidas en el presente \u00a0decreto, en forma concurrente y arm\u00f3nica, las competencias y funciones \u00a0inherentes a la Auditor\u00eda. Es funci\u00f3n especial del nivel central coordinar y \u00a0controlar todas las actividades de esta entidad en el \u00e1mbito nacional, \u00a0incluyendo las que desarrolla el nivel desconcentrado, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Reorganizaci\u00f3n \u00a0de las gerencias seccionales. Con el prop\u00f3sito de desarrollar cabalmente la \u00a0funci\u00f3n de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal asignada, el Auditor General de la \u00a0Rep\u00fablica, previo estudio y justificaci\u00f3n, podr\u00e1 fusionar, crear, suprimir, modificar \u00a0la conformaci\u00f3n de las gerencias seccionales y variar sus sedes, de acuerdo con \u00a0las necesidades del servicio, costo de la gesti\u00f3n, importancia de los \u00a0organismos vigilados, disponibilidad presupuestal, de instalaciones f\u00edsicas, de \u00a0personal y de equipo con que se cuente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Delegaci\u00f3n y \u00a0desconcentraci\u00f3n de funciones. De conformidad con la Ley 489 de 1998, el Auditor General de la Rep\u00fablica podr\u00e1 delegar sus \u00a0funciones en servidores p\u00fablicos de los niveles directivo y asesor, quienes le \u00a0reportar\u00e1n la forma y resultados de su actividad, sin perjuicio de lo \u00a0establecido para estos efectos en la ley org\u00e1nica del presupuesto y en la Ley 80 de 1993. As\u00ed mismo, podr\u00e1 desconcentrar en las gerencias \u00a0seccionales el ejercicio de la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, con sujeci\u00f3n a \u00a0lo previsto en normas especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Objetivos de los \u00a0\u00f3rganos superiores de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. Son objetivos de los \u00a0\u00d3rganos Superiores de Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Auditor \u00a0General de la Rep\u00fablica. Dirigir el funcionamiento de la Auditor\u00eda General \u00a0de la Rep\u00fablica y formular las pol\u00edticas, planes y estrategias necesarias para \u00a0el eficiente y efectivo ejercicio de las funciones que le otorga la \u00a0Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Oficina Jur\u00eddica. \u00a0Prestar la asesor\u00eda jur\u00eddica requerida por el Auditor General de la Rep\u00fablica y \u00a0dem\u00e1s dependencias del organismo, velando porque se act\u00fae de acuerdo con el \u00a0ordenamiento jur\u00eddico vigente y coadyuvando en la consolidaci\u00f3n de la unidad de \u00a0criterio que debe acompa\u00f1ar la labor de las dependencias de la Auditor\u00eda, as\u00ed \u00a0como participar en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0Asesorar al Auditor General de la Rep\u00fablica en la elaboraci\u00f3n de planes y \u00a0programas y la formulaci\u00f3n de proyectos encaminados al logro de la misi\u00f3n \u00a0institucional y proyectar el desarrollo organizacional acorde con dichos \u00a0planes, as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de los planes, \u00a0programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Oficina de Control Interno. \u00a0Coadyuvar en la implementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del organismo y \u00a0asesorar al Auditor General de la Rep\u00fablica en la evaluaci\u00f3n permanente de la \u00a0gesti\u00f3n de la entidad, con el objeto de alcanzar las metas propuestas, dentro \u00a0de un enfoque de mejoramiento continuo, y participar en la formulaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Despacho del Auditor \u00a0Auxiliar. Asistir al Auditor General de la Rep\u00fablica en la coordinaci\u00f2n, \u00a0seguimiento, orientaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control del manejo y desarrollo de los \u00a0aspectos t\u00e9cnicos que en ejercicio de sus funciones ejecute la Auditor\u00eda, y \u00a0participar en la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Despacho del Auditor \u00a0Delegado para la vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de las actividades necesarias para el desarrollo de la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, de conformidad con las directrices \u00a0establecidas por el Auditor General de la Rep\u00fablica y participar en la formulaci\u00f3n \u00a0de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Direcci\u00f3n de Control \u00a0Fiscal. Dirigir, coordinar y controlar la formulaci\u00f3n, dise\u00f1o e \u00a0implantaci\u00f3n de modelos uniformes para el ejercicio de la auditor\u00eda integral de \u00a0las entidades vigiladas, y desarrollar las actividades de vigilancia de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal de su competencia, as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Direcci\u00f3n de \u00a0Responsabilidad Fiscal y Jurisdicci\u00f3n Coactiva. Dirigir, desarrollar y controlar \u00a0el conjunto de actuaciones tendientes a establecer la responsabilidad fiscal de \u00a0los funcionarios y exfuncionarios de los \u00f3rganos de control sujetos a la \u00a0vigilancia de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica; adelantar el proceso de \u00a0jurisdicci\u00f3n coactiva y efectuar el cobro que corresponda, de acuerdo con la \u00a0Constituci\u00f3n, las leyes y las directrices impartidas por el Auditor General, \u00a0as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Secretar\u00eda General. \u00a0Dirigir y organizar las actividades requeridas para la administraci\u00f3n del \u00a0talento humano y los recursos f\u00edsicos, financieros y econ\u00f3micos de la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, procurando niveles adecuados en t\u00e9rminos de eficiencia \u00a0y eficacia en la administraci\u00f3n de los recursos, y participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Direcci\u00f3n de Recursos \u00a0Financieros. Dirigir, coordinar, controlar la ejecuci\u00f3n de todas las \u00a0actividades relacionadas con la administraci\u00f3n de los recursos financieros y \u00a0econ\u00f3micos de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, y participar en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Direcci\u00f3n de Talento \u00a0Humano. Dirigir, coordinar, controlar la ejecuci\u00f3n de todas las actividades \u00a0relacionadas con la administraci\u00f3n, desarrollo y bienestar de talento humano de \u00a0la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, y participar en la formulaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Direcci\u00f3n de Recursos \u00a0F\u00edsicos. Dirigir, coordinar, controlar la ejecuci\u00f3n de todas las \u00a0actividades relacionadas con la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos de la \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, y participar en la formulaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Gerencias Seccionales. \u00a0Dirigir y orientar en el nivel seccional la aplicaci\u00f3n de las pol\u00edticas, \u00a0m\u00e9todos y estrategias adoptadas por el Auditor General de la Rep\u00fablica para el \u00a0ejercicio de la gesti\u00f3n fiscal y participar activamente en su formulaci\u00f3n, as\u00ed \u00a0como dirigir y coordinar el trabajo t\u00e9cnico y administrativo de los \u00a0funcionarios o grupos a su cargo, para el eficiente y eficaz desarrollo de las \u00a0funciones de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal encomendada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Del Auditor \u00a0General de la Rep\u00fablica. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo 274 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el Auditor General de la Rep\u00fablica ser\u00e1 elegido para un per\u00edodo de dos a\u00f1os por \u00a0el Consejo de Estado, de terna presentada por la Corte Suprema de Justicia. La \u00a0persona designada deber\u00e1 ser profesional en ciencias econ\u00f3micas, contables, \u00a0jur\u00eddicas, financieras o de administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Faltas absolutas \u00a0y temporales. De conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 35 de la Ley 270 de 1996, corresponde a la Sala Plena del Consejo de Estado proveer \u00a0las faltas temporales o absolutas del Auditor General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. Mientras el Consejo \u00a0de Estado hace la elecci\u00f3n correspondiente, el Auditor Auxiliar asumir\u00e1 las \u00a0funciones del Auditor General. Igualmente, asumir\u00e1 tales funciones cuando se \u00a0trate de faltas accidentales, entendiendo por \u00e9stas las de duraci\u00f3n inferior o \u00a0igual a un mes. As\u00ed mismo, el Auditor Auxiliar asumir\u00e1 las funciones del \u00a0Auditor General en el caso de ausencia forzosa e involuntaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2. En caso de \u00a0comisiones fuera del pa\u00eds, el Auditor General podr\u00e1 delegar en el Auditor \u00a0Auxiliar el ejercicio de funciones indispensables para garantizar la normal \u00a0prestaci\u00f3n del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Faltas \u00a0Temporales. Son faltas temporales del Auditor General de la Rep\u00fablica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Los permisos para separarse \u00a0del cargo por un per\u00edodo superior a un (1) mes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las licencias superiores a un \u00a0(1) mes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. La incapacidad f\u00edsica \u00a0transitoria cuando \u00e9sta supere un (1) mes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. La suspensi\u00f3n provisional en \u00a0el desempe\u00f1o de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. La suspensi\u00f3n provisional de \u00a0la elecci\u00f3n dispuesta por la Jurisdicci\u00f3n Contenciosa Administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La ausencia forzada e \u00a0involuntaria tambi\u00e9n se considerar\u00e1 falta temporal de car\u00e1cter especial, evento \u00a0en el cual no habr\u00e1 soluci\u00f3n de continuidad en los derechos laborales y \u00a0prestacionales del Auditor titular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Funciones del \u00a0Auditor General de la Rep\u00fablica. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Definir las pol\u00edticas, \u00a0estrategias, planes, programas y proyectos para el cabal cumplimiento de la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal a \u00e9l encomendada y para el adecuado \u00a0funcionamiento administrativo de la Auditor\u00eda General dela Rep\u00fablica, con base \u00a0en su autonom\u00eda administrativa, jur\u00eddica, contractual y presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prescribir los m\u00e9todos y la \u00a0forma en que sus vigilados deben rendir cuentas y determinar los criterios de \u00a0evaluaci\u00f3n financiera, operativa y de resultados, entre otros, que deber\u00e1n \u00a0aplicarse para el ejercicio de la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal y para la \u00a0evaluaci\u00f3n del control fiscal interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover las acciones \u00a0pertinentes para resolver los conflictos de competencia que se susciten entre \u00a0las entidades sujetas a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar al Contralor \u00a0General de la Rep\u00fablica y al Gobierno Nacional las reformas legales que \u00a0considere necesarias para el mejoramiento del r\u00e9gimen de control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Solicitar con car\u00e1cter \u00a0obligatorio informaci\u00f3n relevante para el ejercicio de sus funciones a las \u00a0entidades sometidas a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar los informes sobre \u00a0el ejercicio de su gesti\u00f3n a la Corte Suprema de Justicia y al Consejo de \u00a0Estado cada a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Certificar la gesti\u00f3n y \u00a0resultados de las entidades sometidas a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover ante las autoridades \u00a0competentes, aportando las pruebas respectivas, investigaciones penales o \u00a0disciplinarias contra los funcionarios o exfuncionarios de las entidades \u00a0vigiladas que hubieren causado perjuicio a los intereses patrimoniales del \u00a0Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Constituirse por s\u00ed mismo o \u00a0por intermedio de abogado, en representaci\u00f3n de los intereses de la Naci\u00f3n, \u00a0como sujeto procesal dentro de los procesos penales que se adelanten contra \u00a0funcionarios o ex funcionarios de las entidades sometidas a su vigilancia, y \u00a0contra los funcionarios o exfuncionarios de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Llevar la representaci\u00f3n \u00a0legal de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica en todos los asuntos inherentes \u00a0al desarrollo de sus funciones y suscribir los actos y contratos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer la \u00a0responsabilidad que se derive de la gesti\u00f3n fiscal, imponerlas sanciones \u00a0pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicci\u00f3n \u00a0coactiva sobre los alcances deducidos de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer la vigilancia de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal, en forma excepcional, sobre las cuentas de las contralor\u00edas \u00a0municipales y distritales, sin perjuicio del control que les corresponde a las \u00a0contralor\u00edas departamentales, previa solicitud del gobierno departamental, \u00a0distrital o municipal; de cualquier Comisi\u00f3n Permanente del Congreso de la \u00a0Rep\u00fablica; de la mitad m\u00e1s uno de los miembros de las corporaciones p\u00fablicas \u00a0territoriales o de la ciudadan\u00eda, a trav\u00e9s de los mecanismos de participaci\u00f3n \u00a0ciudadana que establece la ley. Este control no ser\u00e1 aplicable a la Contralor\u00eda \u00a0del Distrito Capital de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adoptar las pol\u00edticas, \u00a0planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo \u00a0administrativo y financiero de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, en \u00a0desarrollo de su autonom\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asignar a las distintas \u00a0dependencias de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica las competencias y tareas \u00a0necesarias para el cabal cumplimiento de las funciones constitucionales y \u00a0legales, para lo cual podr\u00e1 conformar equipos de trabajo y dictar los \u00a0reglamentos internos que se requieran, as\u00ed como delegar y desconcentrar las \u00a0funciones a que hubiere lugar, con sujeci\u00f3n a las disposiciones \u00a0constitucionales y legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ordenar el gasto, sin \u00a0perjuicio de las delegaciones que considere convenientes para la buena marcha \u00a0de la Entidad a su cargo, de conformidad con lo dispuesto por el Estatuto \u00a0Org\u00e1nico de Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adoptar la planta de \u00a0personal de la entidad de acuerdo con la viabilidad presupuestal expedida por \u00a0el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, proveer los empleos de libre \u00a0nombramiento y remoci\u00f3n y, mediante concurso p\u00fablico, aquellos que correspondan \u00a0al sistema de carrera administrativa, as\u00ed como distribuir los cargos de la \u00a0planta global, conformar los grupos internos de trabajo, consejos y comit\u00e9s \u00a0asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz de las \u00a0competencias y responsabilidades dela entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Establecer y desarrollar el \u00a0Sistema de Control Interno de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, en \u00a0cumplimiento de las normas constitucionales y legales que lo rigen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Establecer las pol\u00edticas, \u00a0planes, m\u00e9todos y procedimientos para el desarrollo de las actividades de \u00a0capacitaci\u00f3n integral de su talento humano, coordinar programas conjuntos con \u00a0los organismos sujetos a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Requerir reportes peri\u00f3dicos \u00a0al asesor de control interno sobre los resultados de su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Designar el funcionario que \u00a0adelantar\u00e1 las investigaciones disciplinarias internas a que haya lugar, de \u00a0conformidad con lo establecido en la Ley 200de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las dem\u00e1s que no est\u00e9n \u00a0expresamente relacionadas en este decreto y que sean inherentes a la naturaleza \u00a0del cargo, sin perjuicio de las delegaciones a que hubiere lugar, as\u00ed como \u00a0aquellas que le sean asignadas por la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones de la \u00a0Oficina Jur\u00eddica. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de \u00a0las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Auditor General y \u00a0a las dependencias de la Entidad en los aspectos jur\u00eddicos que requieran para \u00a0el desarrollo de las funciones encomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Emitir los conceptos \u00a0jur\u00eddicos sobre temas de control fiscal y administrativos que le sean \u00a0solicitados por el Auditor General o los requeridos por las dem\u00e1s dependencias \u00a0del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, organizar y dirigir \u00a0todas las actividades relacionadas con el eficiente y eficaz desarrollo de las \u00a0funciones asignadas a la oficina, as\u00ed como para la administraci\u00f3n del talento \u00a0humano a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender por delegaci\u00f3n o \u00a0poder otorgado por el Auditor General los procesos judiciales en que sea parte \u00a0la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proyectar y sustanciar los \u00a0recursos que por la v\u00eda gubernativa corresponda resolver al Auditor General, \u00a0siempre que no se refiera al normal desarrollo de las funciones de otras \u00a0dependencias de este organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar las minutas de los \u00a0contratos en que sea parte la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, verificar el \u00a0cumplimiento de los requisitos para su perfeccionamiento y legalizaci\u00f3n, \u00a0informar con la debida anticipaci\u00f3n sobre el vencimiento de t\u00e9rminos de \u00a0ejecuci\u00f3n de las obligaciones contractuales, organizar y conservar el archivo \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el seguimiento de \u00a0los proyectos de ley relacionados con el ejercicio del control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar la compilaci\u00f3n de \u00a0jurisprudencia, doctrina, leyes, decretos y dem\u00e1s disposiciones legales que \u00a0tengan relaci\u00f3n con el \u00e1mbito de competencia de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, y coordinar con las respectivas dependencias internas de este \u00a0organismo la sistematizaci\u00f3n de dicha normatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Funciones de la \u00a0Oficina de Planeaci\u00f3n. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y orientar a la \u00a0Auditor\u00eda General en la formulaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de planes estrat\u00e9gicos y \u00a0b\u00e1sicos de corto, mediano y largo plazos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y coordinar todas las \u00a0actividades relacionadas con la programaci\u00f3n y seguimiento de los proyectos que \u00a0emprenda la entidad, de conformidad con el Plan Estrat\u00e9gico de la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar y formular los \u00a0proyectos de inversi\u00f3n de la entidad, de conformidad con los planes y programas \u00a0de mediano y largo plazos y adelantar los tr\u00e1mites tendientes para la \u00a0programaci\u00f3n del presupuesto de inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar la recopilaci\u00f3n, \u00a0procesamiento y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n producida por la entidad y por las \u00a0entidades vigiladas, con el fin de crear la base necesaria para las \u00a0proyecciones requeridas en el proceso de toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Determinar pautas y \u00a0directrices para la elaboraci\u00f3n del presupuesto anual de la entidad, de \u00a0conformidad con las orientaciones del Auditor General, con sujeci\u00f3n a la ley \u00a0org\u00e1nica correspondiente y preparar el respectivo proyecto de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y coordinar, con base \u00a0en las orientaciones que imparta el Auditor General, las actividades necesarias \u00a0para garantizar una adecuada organizaci\u00f3n y divisi\u00f3n interna del trabajo, de \u00a0tal manera que todos los recursos de la Auditor\u00eda General puedan interactuar \u00a0coherentemente en funci\u00f3n de los objetivos y metas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar y elaborar \u00a0estudios de factibilidad econ\u00f3mica para la puesta en marcha de nuevos \u00a0proyectos, as\u00ed como coordinar y participar en la elaboraci\u00f3n de los t\u00e9rminos de \u00a0referencia de las consultor\u00edas y estudios que sean requeridos por la entidad \u00a0para el cabal cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar e impulsar programas \u00a0de modernizaci\u00f3n institucional y supervisar los relacionados con la \u00a0organizaci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n de los m\u00e9todos y procedimientos \u00a0administrativos de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, ejecutar \u00a0y actualizar el plan de desarrollo inform\u00e1tico de conformidad con el Plan \u00a0Estrat\u00e9gico de la Auditor\u00eda General, con sus necesidades y posibilidades y \u00a0teniendo en cuenta los desarrollos tecnol\u00f3gicos en esta \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Identificar las necesidades \u00a0de sistematizaci\u00f3n de la entidad, y dirigir y coordinar los procesos de \u00a0an\u00e1lisis, dise\u00f1o y desarrollo de los sistemas de informaci\u00f3n que sean \u00a0requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Planear y coordinar con la \u00a0Secretar\u00eda General del organismo todos los aspectos referentes a la \u00a0capacitaci\u00f3n de los usuarios para la adecuada operaci\u00f3n del hardware y del \u00a0software. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar asesor\u00eda y apoyo \u00a0t\u00e9cnico a todas las dependencias de la entidad en materia de procesamiento de \u00a0informaci\u00f3n, requerimientos de software y hardware. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Funciones de la \u00a0Oficina de Control Interno. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar el Sistema de control \u00a0Interno de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, de acuerdo con las normas \u00a0vigentes que lo rigen, aplicando los principios, t\u00e9cnicas y dem\u00e1s mecanismos \u00a0que garanticen el eficaz cumplimiento de las funciones del organismo y de sus \u00a0objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, organizar y dirigir \u00a0todas las actividades relacionadas con el eficiente y eficaz desarrollo de las \u00a0funciones asignadas a la oficina, as\u00ed como para la administraci\u00f3n del talento \u00a0humano a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al Despacho del Auditor \u00a0General en el examen objetivo, sistem\u00e1tico y profesional de las operaciones \u00a0administrativas y de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, con el fin de evaluarlas \u00a0y verificarlas, presentando el informe correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar al Control Interno las \u00a0normas de auditor\u00eda generalmente aceptadas, la selecci\u00f3n de indicadores de \u00a0desempe\u00f1o, los informes de gesti\u00f3n y cualquier otro mecanismo moderno de \u00a0control que implique la mayor tecnolog\u00eda, eficiencia y seguridad para su \u00a0ejercicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear, dirigir y organizar \u00a0el Sistema de Control Interno y las medidas tendientes a institucionalizar el \u00a0autocontrol en las actividades a cargo de las dependencias de este organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el cumplimiento de \u00a0las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y \u00a0metas de la Auditor\u00eda General y recomendarlos ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Servir de apoyo a los \u00a0directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se obtengan los \u00a0resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener permanentemente \u00a0informados al Auditor General y a los directivos acerca del estado del control \u00a0interno dentro de la organizaci\u00f3n, dando cuenta de las debilidades detectadas y \u00a0de las fallas en su cumplimiento. As\u00ed mismo, velar por que se implanten las \u00a0medidas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Funciones del \u00a0despacho del Auditor Auxiliar. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de \u00a0las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las actividades de \u00a0las diferentes dependencias de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, para que \u00a0mantengan unidad de prop\u00f3sito y coherencia en el desarrollo de sus funciones y \u00a0decisiones que adopten, de conformidad con las instrucciones que al efecto \u00a0imparta el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por el oportuno y \u00a0adecuado cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Auditor General de \u00a0la Rep\u00fablica a las distintas dependencias del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en la elaboraci\u00f3n \u00a0de los informes que el Auditor General de la Rep\u00fablica debe presentar al \u00a0Consejo de Estado y a la Corte Suprema de Justicia, relacionados con las \u00a0funciones y actividades ejecutadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar el desarrollo de las funciones a cargo de las Oficinas de Planeaci\u00f3n \u00a0y de Investigaciones Especiales y Apoyo T\u00e9cnico, y determinar, con su \u00a0colaboraci\u00f3n, las pol\u00edticas y programas a seguir en estas \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Estudiar los informes \u00a0peri\u00f3dicos que las distintas dependencias de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica deban rendir al Auditor y presentar las observaciones y \u00a0recomendaciones que de ese estudio se desprendan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Recibir y orientar el tr\u00e1mite \u00a0de las diferentes peticiones y solicitudes que eleven las entidades y \u00a0organismos vigilados en materia de control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Informar al Despacho del \u00a0Auditor General las determinaciones e iniciativas de los consejos, comisiones o \u00a0juntas a las que le corresponda asistir por determinaci\u00f3n de aqu\u00e9l. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Funciones de la \u00a0Auditor\u00eda Delegada para la Vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal. Son las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n y \u00a0adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de las \u00a0funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar pol\u00edticas, planes, \u00a0programas, proyectos y estrategias espec\u00edficas para el ejercicio de la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal y para adelantar los procesos de \u00a0responsabilidad fiscal y de jurisdicci\u00f3n coactiva, de forma arm\u00f3nica con las \u00a0generales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, organizar y dirigir \u00a0todas las actividades requeridas para el ejercicio de la vigilancia de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal de los organismos vigilados y adoptar las estrategias que sean \u00a0necesarias para el logro de los objetivos dela Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar los procesos de \u00a0responsabilidad fiscal y Jurisdicci\u00f3n Coactiva, de conformidad con la \u00a0asignaci\u00f3n de competencias y tareas internas que efect\u00fae el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer la vigilancia de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal a trav\u00e9s de la revisi\u00f3n de cuentas y los dem\u00e1s sistemas de \u00a0control fiscal, incluida la evaluaci\u00f3n del control fiscal interno sobre los \u00a0organismos sometidos a la vigilancia de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, \u00a0de conformidad con la asignaci\u00f3n de competencias y tareas internas que efect\u00fae \u00a0el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar la elaboraci\u00f3n y \u00a0presentaci\u00f3n al Auditor General de las certificaciones que deba expedir sobre \u00a0la gesti\u00f3n fiscal de las entidades vigiladas por la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear y organizar los \u00a0sistemas, m\u00e9todos y procedimientos que permitan impartir la orientaci\u00f3n \u00a0necesaria a la ciudadan\u00eda, de forma tal que se logren canalizar sus \u00a0inquietudes, recomendaciones y reclamos en relaci\u00f3n con el ejercicio de las \u00a0funciones encomendadas a la Auditor\u00eda y a los entes sujetos a su vigilancia, y \u00a0darles de manera oportuna el tr\u00e1mite interno que corresponda, de conformidad \u00a0con lo dispuesto en el art\u00edculo 270 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar los informes sobre \u00a0la gesti\u00f3n adelantada en las diferentes dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Control Fiscal. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de \u00a0las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar e implantar modelos uniformes \u00a0de evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n fiscal de las entidades vigiladas, de acuerdo con \u00a0las directrices impartidas por el Auditor Delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Revisar permanentemente los \u00a0modelos y sistemas de evaluaci\u00f3n y vigilancia y coadyuvar en el dise\u00f1o e \u00a0implantaci\u00f3n de las reformas que se requieran para garantizar una efectiva \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar, dise\u00f1ar e \u00a0implantar los indicadores de gesti\u00f3n para evaluar los resultados de las \u00a0entidades vigiladas, seg\u00fan las directrices que imparta el Auditor Delegado de \u00a0conformidad con las pol\u00edticas, sistemas y m\u00e9todos adoptados por la Auditor\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los contenidos y \u00a0materiales necesarios para los programas de asistencia y capacitaci\u00f3n que \u00a0garanticen la uniformidad de criterios en la aplicaci\u00f3n de los sistemas y m\u00e9todos \u00a0de evaluaci\u00f3n integral de la gesti\u00f3n y coordinar su ejecuci\u00f3n con la Auditor\u00eda \u00a0Delegada y la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proyectar las normas internas \u00a0que sean requeridas para el desarrollo del ejercicio del control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer a la Auditor\u00eda Delegada \u00a0planes, programas y proyectos para ser desarrollados por los grupos de \u00a0vigilancia fiscal y participar activamente en su implementaci\u00f3n y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el seguimiento a las \u00a0auditor\u00edas integrales de gesti\u00f3n y verificar, sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer la revisi\u00f3n de \u00a0cuentas y realizar la auditor\u00eda de gesti\u00f3n integral, incluida la evaluaci\u00f3n del \u00a0control fiscal interno a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s entes \u00a0vigilados, seg\u00fan asignaci\u00f3n de competencias que efect\u00fae el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar, controlar y \u00a0ejecutar las actividades relacionadas con la aplicaci\u00f3n de los sistemas, \u00a0m\u00e9todos y procedimientos establecidos con el fin de canalizar las inquietudes, \u00a0recomendaciones y reclamos de la ciudadan\u00eda, en relaci\u00f3n con la vigilancia de \u00a0la gesti\u00f3n fiscal a cargo de la Auditor\u00eda y darles de manera oportuna el \u00a0tr\u00e1mite interno que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicci\u00f3n Coactiva. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de \u00a0las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer pol\u00edticas sobre \u00a0investigaciones, juicios fiscales y jurisdicci\u00f3n coactiva que debe desarrollar \u00a0la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar las actividades relacionadas con el proceso de responsabilidad fiscal \u00a0y jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Organizar, dise\u00f1ar e \u00a0implementar sistemas y procedimientos que permitan efectuar el seguimiento \u00a0detallado del proceso de responsabilidad fiscal y de jurisdicci\u00f3n coactiva, de \u00a0conformidad con las directrices que imparta el Auditor Delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar los procesos de \u00a0responsabilidad fiscal y jurisdicci\u00f3n coactiva de su competencia, de \u00a0conformidad con las disposiciones que al efecto dicte el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organizar, dise\u00f1ar y mantener \u00a0una base de informaci\u00f3n sobre la legislaci\u00f3n que rige en materia de \u00a0responsabilidad fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de \u00a0las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, organizar y dirigir \u00a0todas las actividades relacionadas con la administraci\u00f3n del talento humano y \u00a0los recursos f\u00edsicos, financieros y econ\u00f3micos de la entidad, de acuerdo con \u00a0las directrices que imparta el Auditor General y con lo dispuesto en este \u00a0decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 Presentar al Auditor General \u00a0recomendaciones que sirvan de base para el establecimiento de programas de \u00a0mediano y largo plazos en materia financiera, econ\u00f3mica y de administraci\u00f3n del \u00a0talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Auditor General \u00a0en la formulaci\u00f3n e implantaci\u00f3n de objetivos, pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos de car\u00e1cter administrativo que requiera la entidad y una vez \u00a0aprobados propender a su aplicaci\u00f3n, tanto a nivel central como seccional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear, dirigir y evaluar la \u00a0ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de administraci\u00f3n, desarrollo y bienestar del \u00a0talento humano, de acuerdo con las disposiciones legales que regulan la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en la elaboraci\u00f3n \u00a0del presupuesto anual de la Auditor\u00eda de acuerdo con las directrices impartidas \u00a0por el Auditor General y los lineamientos generales de la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear, organizar y dirigir \u00a0todas las actividades relacionadas con adquisiciones y suministros de la \u00a0entidad de acuerdo con sus necesidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar, revisar y refrendar \u00a0los actos administrativos que expida el Auditor General de la Rep\u00fablica, en los \u00a0eventos que ello sea obligatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Expedir certificaciones y \u00a0autenticaciones de copias de los documentos que reposan en el Archivo de la \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, cuando sea del caso y notificar los actos \u00a0administrativos que expida el Auditor y los de su dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le asigne la \u00a0Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Recursos Financieros. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n de \u00a0planes, pol\u00edticas y procedimientos de car\u00e1cter financiero que requiera la \u00a0entidad, de conformidad con las normas presupuestales, fiscales y dem\u00e1s \u00a0aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Participar en la elaboraci\u00f3n \u00a0del presupuesto anual de la Auditor\u00eda de acuerdo con la Constituci\u00f3n y las \u00a0leyes, siguiendo las directrices impartidas por el Secretario General y los \u00a0lineamientos generales de la Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar las actividades relacionadas con el proceso contable y presupuestal \u00a0de la entidad, cumpliendo las normas que rigen estas materias y preparar los \u00a0documentos que deban presentarse ante la Direcci\u00f3n General del Presupuesto, el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y dem\u00e1s \u00a0organismos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Manejar y controlar el \u00a0movimiento de las cuentas bancarias que la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0posea y rendir los informes tanto internos como externos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Secretar\u00eda General, el programa anual de caja, conforme a los planes y \u00a0programas adoptados por la Auditor\u00eda, con sujeci\u00f3n a las normas aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer a la secretar\u00eda \u00a0General los cambios que se estimen convenientes para mejorar la gesti\u00f3n \u00a0financiera, presupuestal y administrativa de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener contacto directo con \u00a0el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n, la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y dem\u00e1s entidades relacionadas \u00a0con la gesti\u00f3n presupuestal y financiera de la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Talento Humano. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas, planes y programas relacionados con el manejo del talento humano \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Administrar el talento humano \u00a0y velar por su desarrollo laboral en la entidad, de acuerdo con los \u00a0lineamientos y pol\u00edticas fijadas en el plan estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a la Secretaria \u00a0General en la planeaci\u00f3n y puesta en marcha de las pol\u00edticas de administraci\u00f3n, \u00a0desarrollo, bienestar y seguridad del talento humano de la entidad y velar por \u00a0su estricto cumplimiento, tanto a nivel central como desconcentrado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, dirigir y supervisar \u00a0el desarrollo de los procesos de reclutamiento, selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, \u00a0entrenamiento y capacitaci\u00f3n del talento humano de la entidad, de acuerdo con \u00a0la normatividad que rige la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, controlar y \u00a0desarrollar las actividades de registro de personal, liquidaci\u00f3n de salarios y \u00a0prestaciones sociales de los funcionarios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de las actividades y programas de bienestar de los \u00a0funcionarios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la elaboraci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de los planes de capacitaci\u00f3n y entrenamiento, de manera que se \u00a0ajusten a las necesidades de la entidad y que propendan por el desarrollo de su \u00a0talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir, organizar y \u00a0programar actividades tendientes a promover y, mejorar el clima laboral de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar planes y programas \u00a0de motivaci\u00f3n que coadyuven al aumento de la productividad, sentido de \u00a0pertenencia y compromiso con la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar las \u00a0actividades requeridas para la vinculaci\u00f3n de personal mediante concursos, \u00a0efectuar el control y seguimiento de las actividades de manera que se cumpla \u00a0las normas y procedimientos que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Recursos F\u00edsicos. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el desarrollo de \u00a0las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las de su \u00e1rea de forma arm\u00f3nica con las generales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Programar y tramitar la \u00a0adquisici\u00f3n de los bienes y servicios necesarios para el cabal funcionamiento \u00a0de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica as\u00ed como, las referentes a la \u00a0administraci\u00f3n del servicio de apoyo log\u00edstico y operativo de la entidad y sus \u00a0gerencias seccionales, procurando niveles adecuados en t\u00e9rminos de calidad, \u00a0cantidad, oportunidad y eficiencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en la formulaci\u00f3n \u00a0procedimientos requeridos para el cumplimiento de las funciones propias del \u00a0\u00e1rea y verificar su cabal cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar el Plan de compras \u00a0requerido para el adecuado funcionamiento de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con la secretar\u00eda General, de conformidad con las \u00a0normas que rigen la materia y las directrices impartidas por el Auditor \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las actividades \u00a0necesarias para la organizaci\u00f3n, manejo y custodia del Archivo General de la \u00a0Auditor\u00eda, dando cumplimiento a las normas expedidas por el Archivo General de \u00a0la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Programar y coordinar los procesos \u00a0de licitaciones, contrataciones, almacenamiento y custodia de bienes, de \u00a0conformidad con las instrucciones que imparta el Secretario General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Atender oportunamente los \u00a0requerimientos de bienes y servicios que efect\u00faen los servidores p\u00fablicos de la \u00a0entidad para cumplir adecuadamente sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recomendar pautas para la \u00a0determinaci\u00f3n, implantaci\u00f3n, adaptaci\u00f3n, complementaci\u00f3n y mejoramiento \u00a0permanente del Sistema de Control Interno de la entidad de conformidad con las \u00a0normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Estudiar y revisar la \u00a0evaluaci\u00f3n del cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad dentro de \u00a0las pol\u00edticas y planes y recomendar las acciones necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Auditor General \u00a0en la definici\u00f3n de planes estrat\u00e9gicos y en la evaluaci\u00f3n del estado de \u00a0cumplimiento de las metas y objetivos all\u00ed propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar prioridades para \u00a0la adopci\u00f3n, adaptaci\u00f3n, adecuado funcionamiento y optimizaci\u00f3n de los sistemas \u00a0de informaci\u00f3n gerencial, estad\u00edstico, financiero, de planeaci\u00f3n y de \u00a0evaluaci\u00f3n de procesos, as\u00ed como para la utilizaci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n \u00a0general y por \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estudiar y revisar la \u00a0evaluaci\u00f3n al cumplimiento de los planes, sistemas de control y seguridad \u00a0interna y los resultados obtenidos por las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Revisar el estado de \u00a0ejecuci\u00f3n de los objetivos, pol\u00edticas, planes, metas y funciones que \u00a0corresponden a cada una de las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las \u00a0dependencias de la entidad el mejor cumplimiento de sus funciones y \u00a0actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar a consideraci\u00f3n del \u00a0Auditor General propuestas de modificaci\u00f3n a las normas sobre control interno \u00a0vigente en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Reglamentar el funcionamiento \u00a0de los distintos sub-comit\u00e9s de coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno que \u00a0se organicen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas por la Ley o por el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Comisi\u00f3n de Personal. \u00a0Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Vigilar que los procesos de \u00a0selecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o laboral se realicen conforme a lo \u00a0establecido en las normas y procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Nombrar los peritos que sean \u00a0necesarios para resolver las reclamaciones que le sean presentadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Solicitar al Auditor General \u00a0excluir de la lista de elegibles a las personas que hubieren sido incluidas sin \u00a0reunir los requisitos exigidos en las respectivas convocatorias, o con la \u00a0violaci\u00f3n a las leyes o reglamentos que regulan la carrera administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conocer, en \u00fanica instancia, \u00a0de las reclamaciones presentadas por los participantes en un proceso de \u00a0selecci\u00f3n por inconformidad por los puntajes obtenidos en las pruebas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conocer en primera instancia, \u00a0de oficio o a petici\u00f3n de parte, de las irregularidades que se presenten en la \u00a0realizaci\u00f3n de los procesos de selecci\u00f3n, pudiendo ordenar su suspensi\u00f3n y\/o \u00a0dejarlos sin efecto total o parcialmente, siempre y cuando no se haya producido \u00a0el nombramiento en per\u00edodo de prueba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Conocer, en segunda instancia \u00a0de las decisiones adoptadas por el Secretario General, o quien haga sus veces, \u00a0sobre las reclamaciones que formulen los aspirantes no admitidos a un concurso \u00a0y solicitar al Auditor General la inclusi\u00f3n de aquellos aspirantes que por \u00a0error hayan sido excluidos de la lista de admitidos a un proceso de selecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir concepto no vinculante \u00a0previo a la declaratoria de insubsistencia del nombramiento del empleado de \u00a0carrera que haya obtenido una calificaci\u00f3n de servicios no satisfactoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Conocer, en primera \u00a0instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera que hayan \u00a0optado por el derecho preferencial a ser revinculados cuando se les supriman \u00a0sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conocer, en primera \u00a0instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados de carrera por los \u00a0efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la entidad o \u00a0por des mejoramiento de sus condiciones laborales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar porque los empleos se \u00a0provean en el orden de prioridad establecido en las normas legales y porque las \u00a0listas de elegibles sean utilizadas dentro de los principios de econom\u00eda, \u00a0celeridad y eficacia de la funci\u00f3n administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en la elaboraci\u00f3n \u00a0del plan anual de capacitaci\u00f3n y vigilar por su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas por la Ley y los relgamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Funciones de las \u00a0Gerencias Seccionales. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en la formulaci\u00f3n y \u00a0adopci\u00f3n de planes, pol\u00edticas y programas para el desarrollo de las funciones \u00a0de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e implementar las \u00a0propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar y ejecutar, \u00a0en el \u00e1mbito de su jurisdicci\u00f3n, la revisi\u00f3n de cuentas y las auditor\u00edas \u00a0integrales, incluida la evaluaci\u00f3n del control fiscal interno sobre los \u00a0organismos sometidos a su vigilancia, de conformidad con los principios y \u00a0sistemas fijados por la ley y con los modelos definidos por la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, sin perjuicio de la redistribuci\u00f3n de competencias y \u00a0tareas que efect\u00fae el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Responder ante el Auditor \u00a0Delegado por la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Tramitar los procesos de \u00a0responsabilidad fiscal y jurisdicci\u00f3n coactiva de su competencia, de \u00a0conformidad con las disposiciones que al efecto dicte el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los informes sobre \u00a0la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal efectuada alas entidades sujetas a ella, de \u00a0conformidad con las directrices impartidas por la Auditor\u00eda Delegada.. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender las quejas y reclamos \u00a0que formule la ciudadan\u00eda en su jurisdicci\u00f3n y darle el tr\u00e1mite \u00a0correspondiente, de conformidad con las pol\u00edticas y directrices adoptadas por \u00a0la Auditor\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de las funciones administrativas, de conformidad con las \u00a0instrucciones impartidas por el Secretario General y las delegaciones que para \u00a0el efecto expida el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s funciones que le asigne la Constituci\u00f3n o la Ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Incorporaci\u00f3n a \u00a0la planta. La incorporaci\u00f3n de los funcionarios a la planta adoptada por \u00a0este decreto se efectuar\u00e1 dentro de los sesenta (60)d\u00edas h\u00e1biles contados a \u00a0partir de la fecha de su promulgaci\u00f3n, tiempo durante el cual los servidores \u00a0p\u00fablicos vinculados a la Auditor\u00eda con anterioridad a dicha fecha continuar\u00e1n \u00a0desempe\u00f1ando las funciones asignadas y devengando los salarios correspondientes \u00a0a dicha vinculaci\u00f3n. Dentro de este t\u00e9rmino podr\u00e1n efectuarse incorporaciones \u00a0parciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Art\u00edculo \u00a0transitorio. La Auditor\u00eda asumir\u00e1 las funciones relacionadas con el apoyo \u00a0administrativo presupuestal y log\u00edstico que le presta la Contralor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica para el cumplimiento de las funciones de administraci\u00f3n de \u00a0recursos humanos, financieros y f\u00edsicos, dentro de los noventa d\u00edas (90) \u00a0siguientes a la fecha en que se efect\u00faen, de conformidad con la Ley Org\u00e1nica de \u00a0Presupuesto, los traslados y distribuciones presupuestales necesarios para su \u00a0funcionamiento. Entretanto, el Auditor General de la Rep\u00fablica estar\u00e1 facultado \u00a0para comprometer el presupuesto que al momento de la entrada en vigencia de \u00a0este decreto tiene asignado la Auditor\u00eda Externa con cargo al presupuesto de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, para lo cual se suscribir\u00e1 un convenio \u00a0entre estas entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Vigencias y \u00a0derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean \u00a0contrarias en especial las contenidas en la Ley 42 de 1993 y en la Ley 106 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las menciones que \u00a0hagan las normas que contin\u00faen vigentes a la Auditor\u00eda ante la Contralor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica o a su Auditor\u00eda Externa, se entender\u00e1n referidas a la \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D.C., a 29 de junio de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Camilo \u00a0Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>N\u00e9stor \u00a0Humberto Mart\u00ednez Neira. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga \u00a0Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1142 DE 1999 \u00a0 \u00a0 (junio 29) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se determina la organizaci\u00f3n y funcionamiento de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota: Este Decreto fue declarado \u00a0inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-969 de 1999, \u00a0Providencia confirmada en la Sentencia C-996 de 1999. \u00a0 \u00a0 El [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[43],"tags":[],"class_list":["post-27578","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1999"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27578","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27578"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27578\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27578"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27578"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27578"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}