{"id":27630,"date":"2023-07-18T15:19:57","date_gmt":"2023-07-18T15:19:57","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1265-de-1999\/"},"modified":"2023-07-18T15:19:57","modified_gmt":"2023-07-18T15:19:57","slug":"decreto-1265-de-1999","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1265-de-1999\/","title":{"rendered":"DECRETO 1265 DE 1999"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1265 DE 1999 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio \u00a013) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de \u00a0la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: \u00a0Derogado por el Decreto 4048 de 2008, art\u00edculo 53. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Modificado por el Decreto 2392 de 2006, \u00a0por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0por el Decreto 4756 de 2005, \u00a0por el Decreto 517 de 2001 \u00a0y por el Decreto 2690 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Ver Sentencia del Consejo de Estado del 2 de noviembre de 2000. Exp. 5773. \u00a0Actor: Humberto de Jes\u00fas Longas Londo\u00f1o. Ponente: Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. \u00a0Providencia confirmada en la Sentencia del 6 de agosto de 2004. Exp. 00307. Actor: Carlos \u00a0Nahun P\u00e9rez Ar\u00e9valo. Ponente: Olga In\u00e9s Navarrete Barrero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en ejercicio de las atribuciones \u00a0conferidas en el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01. La Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales tendr\u00e1 la organizaci\u00f3n interna y la distribuci\u00f3n de funciones que se \u00a0establece en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>TITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ORGANIZACION INTERNA \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2. Derogado parcialmente por el Decreto 4756 de 2005, \u00a0art\u00edculo 14. Organizaci\u00f3n interna del nivel \u00a0central. El nivel central de la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales se organiza de acuerdo con la siguiente \u00a0estructura interna: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Direcci\u00f3n General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Director General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.1 Divisi\u00f3n de Investigaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.2 Divisi\u00f3n de Administraci\u00f3n y Soporte T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.3 Divisi\u00f3n de Log\u00edstica Computacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.4 Divisi\u00f3n de Inform\u00e1tica Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.5 Divisi\u00f3n de Inform\u00e1tica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1.6 Divisi\u00f3n de Sistemas Internos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Oficina de Estudios Econ\u00f3micos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.1 Divisi\u00f3n de Estudios Fiscales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.2 Divisi\u00f3n de Estad\u00edstica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2.3 Divisi\u00f3n de Mediciones Fiscales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 Oficina Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.1 Divisi\u00f3n de Normativa y Doctrina Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.2 Divisi\u00f3n de Normativa y Doctrina Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.3 Divisi\u00f3n de Representaci\u00f3n Externa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.4 Divisi\u00f3n de Relator\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.5 Divisi\u00f3n de Unidad Penal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3.6 Divisi\u00f3n Coordinaci\u00f3n Jur\u00eddica Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 Oficina de Investigaciones Disciplinarias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4.1 Divisi\u00f3n de Instrucci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4.2 Divisi\u00f3n de Decisiones Disciplinarias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4.3 Divisi\u00f3n Anticorrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adicionados por el Decreto 2690 de 1999, art\u00edculo 1. 1.5 Oficina de \u00a0Polic\u00eda Fiscal y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5.1 Divisi\u00f3n Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5.2 Divisi\u00f3n de Inteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Secretario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Subsecretar\u00eda de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1.1 Divisi\u00f3n de Representaci\u00f3n Externa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Subsecretar\u00eda de Recursos F\u00edsicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.1 Divisi\u00f3n de Servicios Generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.2 Divisi\u00f3n de Adquisiciones y Contratos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.3 Divisi\u00f3n de Transporte (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2.4 Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Subsecretar\u00eda de Recursos Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.1 Divisi\u00f3n de Contabilidad General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.2 Divisi\u00f3n de Presupuesto \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3.3 Divisi\u00f3n de Tesorer\u00eda \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Subsecretar\u00eda Comercial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.1 Divisi\u00f3n Mercadeo de Bienes y Servicios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4.2 Divisi\u00f3n Disposici\u00f3n de Mercanc\u00edas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Secretario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1 Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.1 Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.2 Divisi\u00f3n de Organizaci\u00f3n y Control de Calidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1.3 Divisi\u00f3n de Asuntos Internacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2 Subsecretar\u00eda de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3 Subsecretar\u00eda de Desarrollo Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.1 Divisi\u00f3n de Carrera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.2 Divisi\u00f3n de Bienestar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3.3 Divisi\u00f3n Escuela de Impuestos y Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Director de Impuestos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Subdirecci\u00f3n de Recaudaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.1 Divisi\u00f3n de Control a Entidades Recaudadoras \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.2 Divisi\u00f3n de Contabilidad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.3 Divisi\u00f3n de Recaudos Especiales (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1.4 Divisi\u00f3n de Cumplimiento Voluntario y \u00a0Determinaci\u00f3n de Obligaciones (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Subdirecci\u00f3n de Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.1 Divisi\u00f3n An\u00e1lisis y Programaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2.2 Divisi\u00f3n Recuperaci\u00f3n de Cartera Casos \u00a0Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.1 Divisi\u00f3n Programas de Fiscalizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.2 Divisi\u00f3n Investigaciones Especiales (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3.3 Divisi\u00f3n Control Reg\u00edmenes e Impuestos \u00a0Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 Subdirecci\u00f3n de Normalizaci\u00f3n de Pymes (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4.1 Divisi\u00f3n Registro y Formalizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4.2 Divisi\u00f3n de Control (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Director de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1.1 Divisi\u00f3n de Valoraci\u00f3n y Origen \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1.2 Divisi\u00f3n de Arancel \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1.3 Divisi\u00f3n de Laboratorio \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Subdirecci\u00f3n de Comercio Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2.1 Divisi\u00f3n Servicio de Comercio Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2.2 Divisi\u00f3n de Registro y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3.1 Divisi\u00f3n de Programas de Fiscalizaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3.2 Divisi\u00f3n de Investigaciones Especiales (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Subdirecci\u00f3n de Control Cambiario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4.1 Divisi\u00f3n de Programas de Fiscalizaci\u00f3n Cambiaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4.2 Divisi\u00f3n de Investigaciones Especiales (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4.3 Divisi\u00f3n Casas de Cambio (Derogado) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Adicionado por el Decreto 517 de 2001, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba. Direcci\u00f3n de Polic\u00eda \u00a0Fiscal y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Director de Polic\u00eda fiscal y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1. Subdirecci\u00f3n Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2. Subdirecci\u00f3n de Inteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Numerales suprimidos por el Decreto 2690 de 1999, art\u00edculo 4\u00ba. Direcci\u00f3n de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Despacho del Director de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Subdirecci\u00f3n Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Subdirecci\u00f3n de Inteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a07. \u00a0Organos asesores y de coordinaci\u00f3n del Director \u00a0General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1 \u00a0Comisi\u00f3n Nacional Mixta de Gesti\u00f3n Tributaria y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2 \u00a0Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3 \u00a0Comit\u00e9 del Servicio Fiscal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4 \u00a0Comit\u00e9 Programa de Promoci\u00f3n e Incentivos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.5 \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.6 Comisi\u00f3n \u00a0Administradora del Sistema Espec\u00edfico de Carrera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.7 \u00a0Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Organo Especial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Defensor \u00a0del Contribuyente y del Usuario Aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03. Organizaci\u00f3n interna de las \u00a0direcciones regionales. Las direcciones regionales de la Unidad \u00a0Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales podr\u00e1n \u00a0contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Director Regional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Servicio Inform\u00e1tico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Desarrollo Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Financiera y Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n de Investigaciones Disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En cada \u00a0una de las Direcciones Regionales operar\u00e1 un Defensor Regional Delegado del Defensor \u00a0del Contribuyente y del Usuario Aduanero, quien ejercer\u00e1 las funciones \u00a0asignadas por la ley a dicho \u00f3rgano especial, en la jurisdicci\u00f3n de la \u00a0respectiva Direcci\u00f3n Regional. Lo anterior no ser\u00e1 aplicable respecto de la \u00a0Direcci\u00f3n Regional con sede en la ciudad de Santa Fe de Bogot\u00e1, cuya \u00a0jurisdicci\u00f3n, al igual que la de las Administraciones Especiales all\u00ed ubicadas, \u00a0pertenecer\u00e1n directamente a la del Defensor del Contribuyente y del Usuario \u00a0Aduanero. En el caso de las Administraciones Especiales de Aduanas de \u00a0Buenaventura y de Cartagena, depender\u00e1n de los Defensores Regionales Delegados \u00a0de las Direcciones Regionales con sede en dichas ciudades, respectivamente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Direcci\u00f3n Regional podr\u00e1 ser ejercida por un funcionario diferente a aquellos \u00a0que se desempe\u00f1en como administradores locales de la jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04. Organizaci\u00f3n interna de las administraciones especiales de impuestos \u00a0nacionales. Las Administraciones Especiales de Impuestos Nacionales podr\u00e1n \u00a0contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador Especial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Servicio Inform\u00e1tico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Devoluciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n \u00a0de Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Divisi\u00f3n de Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Divisi\u00f3n de Desarrollo Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0La Administraci\u00f3n Especial de Grandes Contribuyentes de Santa Fe de Bogot\u00e1, no \u00a0contar\u00e1 con las Divisiones de Cobranzas, Devoluciones y Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Modificado por el Decreto 2392 de 2006, art\u00edculo 5\u00ba. Organizaci\u00f3n interna de las Administraciones \u00a0Especiales de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Especial de Aduanas Nacionales de \u00a0Bogot\u00e1, podr\u00e1 contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio Inform\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Servicios al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Divisi\u00f3n de Control de Cambios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Divisi\u00f3n de Control de Carga y Registro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Divisi\u00f3n de Exportaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Divisi\u00f3n de Viajeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Divisi\u00f3n de Trafico Postal y Env\u00edos Urgentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Divisi\u00f3n de Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Divisi\u00f3n de Desarrollo Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones Especiales de Aduanas Nacionales de \u00a0Buenaventura, Cartagena y C\u00facuta, podr\u00e1n contar con las siguientes \u00a0dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n de Control Cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Divisi\u00f3n de Desarrollo Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cOrganizaci\u00f3n \u00a0interna de las Administraciones Especiales de Aduanas. La Administraci\u00f3n Especial \u00a0de Aduanas Nacionales de Santa Fe de Bogot\u00e1, podr\u00e1 contar con las siguientes \u00a0dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Especial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio Inform\u00e1tico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Divisi\u00f3n de Control de Cambios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Divisi\u00f3n de Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Divisi\u00f3n de Desarrollo Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones Especiales de Aduanas Nacionales de Buenaventura y \u00a0Cartagena podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio al Comercio Exterior \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n de Control Cambiario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Divisi\u00f3n de Estudios Econ\u00f3micos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Divisi\u00f3n de Desarrollo Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto El dorado \u00a0de Santa Fe de Bogot\u00e1 podr\u00e1 contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Especial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Control de Carga y Registro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Exportaciones.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6. Modificado por el Decreto 2392 de 2006, art\u00edculo 6\u00ba. Organizaci\u00f3n Interna de las Administraciones \u00a0de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones Locales de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales de Bucaramanga, Pereira, Santa Marta y Manizales, podr\u00e1n contar con \u00a0las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria y Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n de Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n y Asistencia al Cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones Locales de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales de Pamplona, Riohacha, Yopal, San Andr\u00e9s y Valledupar, podr\u00e1n contar \u00a0con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria y Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las Administraciones de Manizales, Pamplona \u00a0y Valledupar no contar\u00e1n con las Divisiones de Comercializaci\u00f3n, Documentaci\u00f3n \u00a0y Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. La Administraci\u00f3n de Santa Marta no contar\u00e1 \u00a0con las Divisiones de Documentaci\u00f3n y Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Las Administraciones de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales de Bucaramanga, Pereira y Santa Marta, podr\u00e1n contar con la Divisi\u00f3n \u00a0de Gesti\u00f3n y Asistencia al Cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00b0. Las Administraciones de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales de Manizales, Pamplona, Riohacha, Valledupar, Yopal y San Andr\u00e9s no \u00a0contar\u00e1n con la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n y Asistencia al Cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cOrganizaci\u00f3n \u00a0interna de las administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales. Las \u00a0administraciones locales de Impuestos y Aduanas Nacionales de Bucaramanga, \u00a0Pereira, Santa Marta y Manizales podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n de Devoluciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las administraciones Locales de Impuestos y Aduanas Nacionales de \u00a0Riohacha, Yopal y San Andr\u00e9s, podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria y Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. La Administraci\u00f3n de Manizales no contar\u00e1 con las \u00a0Divisiones de Comercializaci\u00f3n, Documentaci\u00f3n y Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2. La Administraci\u00f3n de Santa Marta no contar\u00e1 con las \u00a0Divisiones de Documentaci\u00f3n y Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. Adicionado por el Decreto 4756 de 2005, art\u00edculo 5\u00ba. Las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales de Bucaramanga, \u00a0Pereira y Santa Marta, podr\u00e1n contar con la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n y Asistencia al \u00a0Cliente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00b0. Adicionado por el Decreto 4756 de 2005, art\u00edculo 5\u00ba. Las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales de Manizales, \u00a0Riohacha, Yopal y San Andr\u00e9s no contar\u00e1n con la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n y \u00a0Asistencia al Cliente\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07. Organizaci\u00f3n interna de las Administraciones de Impuestos Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones \u00a0Locales de Impuestos de Personas Naturales de Santa Fe de Bogot\u00e1, Barranquilla, \u00a0Medell\u00edn, Cali y Cartagena, podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n de Devoluciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n Fiscalizaci\u00f3n tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Divisi\u00f3n de Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones \u00a0Locales de Impuestos de Armenia, C\u00facuta, Ibagu\u00e9, Monter\u00eda, Neiva, Sincelejo, \u00a0Palmira, Pasto, Popay\u00e1n, Tunja, Valledupar y Villavicencio, podr\u00e1n contar con \u00a0las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n Fiscalizaci\u00f3n Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n de Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6 \u00a0Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las \u00a0Administraciones Locales de Impuestos de Barrancabermeja, Florencia, Girardot, \u00a0Quibd\u00f3, Sogamoso y Tulu\u00e1 podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n y Cobranzas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Divisi\u00f3n Fiscalizaci\u00f3n Tributaria \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01. La Administraci\u00f3n de Impuestos de Cartagena no contar\u00e1 con Divisi\u00f3n de \u00a0Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a02. La Administraci\u00f3n de Personas Naturales de Santa Fe de Bogot\u00e1, no contar\u00e1 \u00a0con Divisi\u00f3n de Devoluciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a03. Las Administraciones de Impuestos de C\u00facuta e Ibagu\u00e9 contar\u00e1n cada una con \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8. Modificado por el Decreto 2392 de 2006, art\u00edculo 7\u00ba. Organizaci\u00f3n Interna de las Administraciones \u00a0de Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las administraciones Locales de Aduanas de Barranquilla, \u00a0Cali y Medell\u00edn, podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Control Cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones Locales de Aduanas de Arauca, \u00a0Ipiales, Maicao y Urab\u00e1, podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Las Administraciones de Aduanas de \u00a0Barranquilla, Medell\u00edn y Cali, no contar\u00e1n con Divisi\u00f3n de Recursos F\u00edsicos y \u00a0Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. En las Administraciones de Aduanas donde no \u00a0exista Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera, las funciones las asume la Divisi\u00f3n de \u00a0Servicio de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. En las Administraciones de Aduanas donde no \u00a0exista Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n, las funciones las asume la Divisi\u00f3n \u00a0Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4\u00b0. En las Administraciones de Impuestos y en \u00a0las Administraciones de Aduanas, en donde no exista Divisi\u00f3n de Devoluciones \u00a0y\/o Cobranzas, las funciones las asume la Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 5\u00b0. En las Administraciones de Impuestos y en \u00a0las Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n, las \u00a0funciones las asume la Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 6\u00b0. En las Administraciones de Impuestos y en las \u00a0Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria o \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera, seg\u00fan el caso, las funciones las asume el Despacho \u00a0del Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 7\u00b0. Las funciones de personal de las \u00a0Administraciones Especiales, Locales y Delegadas, ser\u00e1n desarrolladas a trav\u00e9s \u00a0de Grupos Ejecutores, adscritos al Despacho del Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 8\u00b0. En las Administraciones donde no exista \u00a0Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n, sus funciones las asume la Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos \u00a0y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 9\u00b0. En las Administraciones donde no exista \u00a0Divisi\u00f3n de Control Cambiario, sus funciones las asume la Divisi\u00f3n \u00a0Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 10. En las Administraciones de Impuestos, de \u00a0Impuestos y Aduanas y de Aduanas, donde no exista la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n y \u00a0Asistencia al Cliente, las funciones ser\u00e1n desarrolladas por el Despacho del \u00a0Administrador respectivo o a trav\u00e9s de un Grupo Interno de trabajo adscrito a \u00a0este, si las necesidades lo exigen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial: \u201cOrganizaci\u00f3n \u00a0interna de las Administraciones de Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las Administraciones Locales de Aduanas de Barranquilla, Cali, C\u00facuta y \u00a0Medell\u00edn podr\u00e1n contar con las siguientes dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Divisi\u00f3n de Liquidaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Divisi\u00f3n de Comercializaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Divisi\u00f3n de Control Cambiario \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Divisi\u00f3n de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Administraci\u00f3n de Aduanas de Arauca, podr\u00e1 contar con las siguientes \u00a0dependencias: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Administrador Local \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Divisi\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1. Las Administraciones de Aduanas de Barranquilla, Medell\u00edn y \u00a0Cali no contar\u00e1n con Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2. La Administraci\u00f3n de Aduanas de C\u00facuta no contar\u00e1 con las \u00a0Divisiones T\u00e9cnica Aduanera y de Documentaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3. En las Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n \u00a0T\u00e9cnica Aduanera, las funciones las asume la Divisi\u00f3n de Servicio de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 4. En las Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n \u00a0de Comercializaci\u00f3n, las funciones las asume la Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y \u00a0Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 5. En las Administraciones de Impuestos y en las \u00a0Administraciones de Aduanas, en donde no exista Divisi\u00f3n de Devoluciones y\/o \u00a0Cobranzas, las funciones las asume la Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 6. En las Administraciones de Impuestos y en las \u00a0Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n de Recaudaci\u00f3n, las \u00a0funciones las asume la Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 7. En las Administraciones de Impuestos y en las \u00a0Administraciones de Aduanas donde no exista Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Tributaria o \u00a0Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera, seg\u00fan el caso, las funciones las asume el Despacho \u00a0del Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 8. Las funciones de personal de las administraciones \u00a0especiales, locales y delegadas, ser\u00e1n desarrolladas a trav\u00e9s de grupos \u00a0ejecutores, adscritos al Despacho del Administrador. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 9. En las Administraciones donde no exista Divisi\u00f3n de \u00a0Documentaci\u00f3n, sus funciones las asume la Divisi\u00f3n Recursos F\u00edsicos y \u00a0Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 10. En las Administraciones donde no exista Divisi\u00f3n de \u00a0Control Cambiario, sus funciones las asume la Divisi\u00f3n Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 11. Adicionado por el Decreto 4756 de 2005, art\u00edculo 7\u00ba. En las Administraciones de Impuestos, de Impuestos y Aduanas y de Aduanas, \u00a0donde no exista la Divisi\u00f3n de Gesti\u00f3n y Asistencia al Cliente, las funciones \u00a0ser\u00e1n desarrolladas por el Despacho del Administrador respectivo o a trav\u00e9s de \u00a0un grupo interno de trabajo adscrito a este, si las necesidades lo exigen.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>TITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>FUNCIONES \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Del nivel central \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09. Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General, son funciones de la \u00a0Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus \u00a0Divisiones de Investigaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica, Administraci\u00f3n y Soporte T\u00e9cnico, \u00a0Log\u00edstica Computacional, Inform\u00e1tica Tributaria, Inform\u00e1tica Aduanera y de \u00a0Sistemas Internos, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Definir, establecer y controlar las pol\u00edticas generales en materia inform\u00e1tica \u00a0en la entidad y administrar los proyectos, inform\u00e1ticos financiados con \u00a0recursos externos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Definir, dirigir, investigar, evaluar, instrumentar y activar integralmente el \u00a0desarrollo inform\u00e1tico y tecnol\u00f3gico de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Planear y coordinar la ejecuci\u00f3n del presupuesto inform\u00e1tico de la entidad \u00a0teniendo como referencia la planeaci\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer las pol\u00edticas de administraci\u00f3n de informaci\u00f3n y desarrollo de \u00a0sistemas de la entidad, evaluar la calidad y oportunidad de la informaci\u00f3n, la \u00a0calidad de los servicios inform\u00e1ticos y la capacidad de los recursos \u00a0computacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Administrar la informaci\u00f3n corporativa de la entidad y disponer los mecanismos \u00a0y metodolog\u00edas para su uso institucional, su difusi\u00f3n por medios magn\u00e9ticos, \u00a0electromagn\u00e9cticos o cualquier otra plataforma tecnol\u00f3gica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Analizar, dise\u00f1ar, desarrollar documentar, aplicar, mantener y controlar los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n corporativos requeridos por la entidad, utilizando \u00a0metodolog\u00eda y est\u00e1ndares que garanticen la construcci\u00f3n de software de alta \u00a0calidad y confiabilidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Definir, coordinar y controlar el desarrollo, interventor\u00eda y aplicaci\u00f3n de \u00a0sistemas contratados para el apoyo de las funciones de las \u00e1reas y \u00a0administraciones de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Definir \u00a0las especificaciones t\u00e9cnicas para la adquisici\u00f3n de hardware, software, \u00a0esquemas de seguridad y telecomunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Difundir por medios magn\u00e9ticos, electromagn\u00e9ticos o cualquier otra plataforma \u00a0tecnol\u00f3gica, los asuntos tributarios, aduaneros y de control de cambios; que \u00a0permitan mejorar el servicio y el cumplimiento de las obligaciones y deberes \u00a0impositivos de los ciudadanos de acuerdo a las reservas y restricciones \u00a0legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Planear, coordinar y controlar las labores de procesamiento autom\u00e1tico de datos \u00a0y la administraci\u00f3n de los recursos computacionales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Garantizar la planeaci\u00f3n de los proyectos inform\u00e1ticos, estudios de \u00a0factibilidad sobre necesidades de informaci\u00f3n y construcci\u00f3n de nuevos sistemas \u00a0o servicios inform\u00e1ticos, evitarlos retrasos y sobrecostos y evaluar las \u00a0diferentes etapas de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Propender porque los sistemas de informaci\u00f3n de la entidad, mantengan la \u00a0integridad de datos y conectividad con el sistema corporativo de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir, \u00a0controlar y ejercer las labores de interventor\u00eda de los proyectos de \u00a0adquisici\u00f3n, arriendo y\/o renovaci\u00f3n de la tecnolog\u00eda necesaria para el \u00a0desarrollo de las funciones de la entidad en cuanto a hardware, software, \u00a0seguridad y comunicaciones, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Administrar el centro de c\u00f3mputo, los equipos, comunicaciones, redes, \u00a0seguridad, medios magn\u00e9ticos y perif\u00e9ricos, dar soporte t\u00e9cnico, garantizar el \u00a0uso legal de software y establecer normas t\u00e9cnicas referentes a la \u00a0administraci\u00f3n de los equipos computacionales y centros de c\u00f3mputo de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Definir, reglamentar y controlar las normas, m\u00e9todos y est\u00e1ndares relacionados \u00a0con la construcci\u00f3n, utilizaci\u00f3n, mantenimiento y administraci\u00f3n de los \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y definir las especificaciones t\u00e9cnicas para la \u00a0recepci\u00f3n de la informaci\u00f3n. Definir e implementarlos manuales y dem\u00e1s \u00a0herramientas que garanticen el desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea \u00a0a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de \u00a0Desarrollo Institucional y la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Mantener un registro de utilizaci\u00f3n y carga de la infraestructura tecnol\u00f3gica \u00a0de la entidad y proponer los cambios o adiciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Definir, reglamentar y controlar los est\u00e1ndares de hardware, software, \u00a0seguridad, redes y comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Apoyar la actualizaci\u00f3n de los perfiles requeridos as\u00ed como los esquemas de \u00a0capacitaci\u00f3n para el \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del sistema de \u00a0control interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Elaborar y ejecutar el plan operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el sistema de \u00a0planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de las funciones de las Divisiones de \u00a0Servicio Inform\u00e1tico, en las Direcciones Regionales y Especiales de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General, acordes a la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a010. Oficina de Estudios Econ\u00f3micos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General, son funciones de la Oficina \u00a0de Estudios Econ\u00f3micos, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus \u00a0Divisiones de Estudios Fiscales, Estad\u00edstica y de Mediciones Fiscales, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la elaboraci\u00f3n de estudios \u00a0econ\u00f3micos en el campo tributario, aduanero y de control de cambios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Realizar estudios globales y dise\u00f1ar indicadores del comportamiento econ\u00f3mico \u00a0general y sectorial en los campos aduanero, tributario y cambiario, que apoyen \u00a0a la entidad en la toma de decisiones y a las \u00e1reas en la orientaci\u00f3n de los \u00a0programas en sus campos de acci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar estudios, investigaciones y simulaciones econ\u00f3mico-fiscales que \u00a0permitan asesorara la entidad en la definici\u00f3n de pol\u00edticas en materia \u00a0tributaria, aduanera y cambiaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Efectuar mediciones del costo e impacto de las medidas y decisiones \u00a0gubernamentales que afectan la tributaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Realizar las proyecciones y simulaciones que se requieran para la estimaci\u00f3n \u00a0del recaudo de los tributos administrados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Realizar estudios para identificar el efecto de los cambios tributarios sobre \u00a0las actividades econ\u00f3micas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Apoyar la elaboraci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de anteproyectos de legislaci\u00f3n tributaria, \u00a0aduanera y cambiaria, en relaci\u00f3n con el impacto sobre la tributaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Evaluar, estimar coordinar y elaborar informes peri\u00f3dicos sobre la evoluci\u00f3n de \u00a0los tributos administrados por la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Crear, administrar y actualizar bases de datos que contengan informaci\u00f3n \u00a0econ\u00f3mica relacionada con la actividad tributaria, aduanera y cambiaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Recopilar, procesar, producir, analizar y difundir las estad\u00edsticas \u00a0relacionadas con la gesti\u00f3n tributaria nacional, la operaci\u00f3n aduanera y el \u00a0control de cambios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Asesorar las diversas \u00e1reas de la entidad en la elaboraci\u00f3n y an\u00e1lisis de las \u00a0estad\u00edsticas que produzcan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Dirigir, coordinar y supervisar la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0programas de acci\u00f3n de las regiones en materia de estudios econ\u00f3micos, de tal \u00a0manera que los mismos se adecuen al plan general del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Realizar estudios sobre la estructura tributaria colombiana y estructura \u00a0tributaria de otros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la informaci\u00f3n \u00a0interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la definici\u00f3n de \u00a0est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la alimentaci\u00f3n de sus \u00a0sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y procedimientos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta aplicaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Coordinar, elaborar y ejecutar el plan operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el \u00a0sistema de planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Abocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles regional y especial, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a011. Oficina Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General, son funciones de la \u00a0Oficina Jur\u00eddica, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de \u00a0Normativa y Doctrina Tributaria, Normativa y Doctrina Aduanera, Representaci\u00f3n \u00a0Externa, Relator\u00eda, Unidad Penal y de Coordinaci\u00f3n Jur\u00eddica Nacional, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Determinar y mantener la unidad doctrinal en la interpretaci\u00f3n de normas \u00a0tributarias, en materia aduanera y de control de cambios, en lo de competencia \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Actuar corno autoridad doctrinaria nacional en materia aduanera, tributaria y \u00a0de control de cambios, en lo de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Compilar las normas, doctrina y jurisprudencia relacionadas con los reg\u00edmenes \u00a0tributarios, aduaneros y de control de cambios, en las publicaciones oficiales \u00a0que para tal efecto tenga la entidad y difundirlas, en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Grupo de Comunicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Administrar la informaci\u00f3n sobre legislaci\u00f3n jurisprudencia y doctrina \u00a0tributaria, aduanera y de control de cambios, y propiciar su intercambio con \u00a0otras entidades; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Asesorar en materia jur\u00eddica tributaria, aduanera y cambiaria al Director \u00a0General y a los Directores de Aduanas, de Impuestos y de Polic\u00eda Fiscal y \u00a0Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Asesorar el establecimiento de las pol\u00edticas determinadas por la Direcci\u00f3n \u00a0General en materia de representaci\u00f3n externa tributaria, aduanera y cambiaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Absolver \u00a0las consultas escritas que se formulen sobre interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las \u00a0normas tributarias nacionales, en materia aduanera o de comercio exterior, en \u00a0lo de competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, y en \u00a0materia de control de cambios por importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y \u00a0servicios, gastos asociados a las mismas, financiaci\u00f3n en moneda extranjera de \u00a0importaciones y exportaciones, y subfacturaci\u00f3n y sobrefacturaci\u00f3n de estas \u00a0operaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Revisar y conceptuar sobre los proyectos de ley, de decretos, resoluciones, \u00a0circulares, \u00f3rdenes administrativas y dem\u00e1s actos en materia tributaria, \u00a0aduanera, comercio exterior y cambiaria en lo de competencia de la DIAN, cuando \u00a0sean propuestos por otras dependencias de la entidad, as\u00ed como sobre los \u00a0proyectos de ley y de decretos que, en dichas materias, sean propuestas por el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, otras dependencias del Estado, o por \u00a0entidades privadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Proponer la adopci\u00f3n de las normas legales y reglamentarias que se requieran \u00a0para la modernizaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n tributaria, aduanera y cambiaria de \u00a0competencia de la entidad, as\u00ed como para su debida ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Realizar el seguimiento de las demandas de inconstitucionalidad o nulidad que \u00a0se promuevan contra las normas tributarias, aduaneras y cambiarias, intervenir \u00a0en dichos procesos y presentar los informes respectivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Orientar, asesorar, controlar y supervisar las labores que en materia jur\u00eddica \u00a0tributaria, aduanera y cambiaria, en lo de competencia de la Entidad, que \u00a0desarrollen las diferentes Administraciones de Impuestos y Aduanas y ejercer en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional la supervisi\u00f3n y \u00a0control de sus actuaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Representar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, directamente o a \u00a0trav\u00e9s de su organizaci\u00f3n interna y de acuerdo con las delegaciones del \u00a0Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en los procesos de nulidad \u00a0y restablecimiento del derecho que se surtan en materia tributaria, aduanera y \u00a0cambiaria, en lo de competencia de la entidad, ante las autoridades \u00a0jurisdiccionales, as\u00ed como efectuar el seguimiento y control de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Resolver los recursos en materia tributaria, aduanera y cambiaria, en lo de \u00a0competencia de la entidad, interpuestos contra actos proferidos por las \u00a0Direcciones y Subdirecciones, cuya competencia no se encuentre expresamente \u00a0asignada a otra dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Intervenir en las acciones de tutela y de cumplimiento que se promuevan por \u00a0asuntos tributarios, aduaneros y cambiarios, en lo de competencia de la entidad \u00a0en las \u00e1reas del nivel central y hacer seguimiento de las que correspondan a \u00a0las promovidas en las mismas materias, por acciones de las administraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Coordinar a nivel nacional las labores requeridas para recolectar, perfeccionar \u00a0y asegurar las pruebas necesarias para la formulaci\u00f3n de denuncias y querellas, \u00a0seg\u00fan el caso, en materia aduanera, cambiaria y tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Administrar la base de datos sobre las actuaciones tributarias, aduaneras y \u00a0cambiarias, con el fin de desarrollar el seguimiento necesario para presentar \u00a0las denuncias o propiciar las querellas que sean del caso, por los il\u00edcitos en \u00a0ellas detectados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Adelantar las gestiones pertinentes ante la Fiscal\u00eda y la Procuradur\u00eda General \u00a0de la Naci\u00f3n para la coordinaci\u00f3n del ejercicio de las facultades especiales de \u00a0Polic\u00eda Judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Coordinar con la Subsecretar\u00eda de Desarrollo Humano de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, la capacitaci\u00f3n de los funcionarios en materia \u00a0de delitos fiscales y facultades de polic\u00eda judicial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Programar y realizar reuniones peri\u00f3dicas con organismos externos nacionales e \u00a0internacionales, comprometidos con programas para combatir la corrupci\u00f3n y los \u00a0delitos fiscales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Establecer bases estad\u00edsticas acerca de las denuncias instauradas y tramitadas, \u00a0y de las sentencias proferidas en materia de delitos fiscales, a nivel \u00a0nacional, con el objeto de observar, vigilar y estudiar la conducta de los \u00a0infractores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Formular las denuncias a que hubiere lugar por la comisi\u00f3n de hechos punibles \u00a0en materia Tributaria, Aduanera y las dem\u00e1s que disponga la Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Coordinar con el Director de Impuestos y el Director de Aduanas la formulaci\u00f3n \u00a0de solicitudes al Ministerio P\u00fablico de presentaci\u00f3n de las querellas a que \u00a0hubiere lugar en materia tributaria y aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. \u00a0Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a \u00a0las denuncias y querellas respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. \u00a0Constituirse en parte civil en los procesos que as\u00ed lo requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. \u00a0Ejercer las funciones de polic\u00eda judicial bajo la directa coordinaci\u00f3n de la \u00a0Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. \u00a0Asesorar, coordinar, vigilar y controlar a las Unidades Penales de las \u00a0Administraciones a nivel Local y Regional, en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. \u00a0Proponer al Director General de la entidad, pol\u00edticas e impartir directrices en \u00a0lo que tiene que ver con la materia sobre delitos fiscales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>29. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>30. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>31. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>32. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>33. \u00a0Elaborar y ejecutar el plan operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>34. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>35. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General, acordes con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. \u00a0Sin perjuicio de lo consagrado en este Decreto, los conceptos emitidos por esta \u00a0oficina sobre la interpretaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de las leyes tributarias o de la \u00a0legislaci\u00f3n aduanera o en materia cambiaria en asuntos de competencia de la \u00a0entidad, que sean publicados, constituyen \u00a0interpretaci\u00f3n oficial para los funcionarios de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales, y su desconocimiento podr\u00e1 acarrear sanci\u00f3n disciplinaria. (Nota: \u00a0Con relaci\u00f3n al aparte resaltado en negrilla ver Sentencia del Consejo de \u00a0Estado del 28 de octubre de 2010.\u00a0 Exp. \u00a01261 y 00029 (Acumulados). Actor: Senen Aguilar P\u00e9rez (1261) y Didier \u00a0Gilberto Gonz\u00e1lez Casta\u00f1eda y Luis Humberto Rojo (00029).) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012. Oficina de Investigaciones Disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General, son funciones de la \u00a0Oficina de Investigaciones Disciplinarias, para ejercerlas directamente o a \u00a0trav\u00e9s de sus Divisiones de Instrucci\u00f3n, de Decisiones Disciplinarias y de \u00a0Anticorrupci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, coordinar y desarrollar las pol\u00edticas tendientes a prevenir la \u00a0comisi\u00f3n de conductas que puedan llegar a constituir faltas disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Planear, coordinar y desarrollar las pol\u00edticas tendientes a adelantar las \u00a0investigaciones disciplinarias a que haya lugar en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Ejercer funciones de Polic\u00eda Judicial para adelantar investigaciones \u00a0disciplinarias cuando sea necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Vigilar la conducta de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros y \u00a0adelantar las investigaciones disciplinarias por enriquecimiento il\u00edcito u \u00a0otras irregularidades administrativas a que haya lugar en la entidad y \u00a0coordinar con las dependencias correspondientes de la Procuradur\u00eda General de \u00a0la Naci\u00f3n y dem\u00e1s organismos competentes, los asuntos relacionados con el \u00a0control de actuaciones de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Recolectar, perfeccionar y asegurar las pruebas que han de servir de soporte a \u00a0las denuncias penales sobre las conductas il\u00edcitas detectadas en los \u00a0procedimientos disciplinarios, y formular dichas denuncias ante la Fiscal\u00eda \u00a0General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Derogado por el Decreto 4756 de 2005, art\u00edculo 14. Recibir y tramitar oportunamente las \u00a0quejas, reclamos y sugerencias de los casos sobre ineficiencia e inmoralidad de \u00a0los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales, conforme a los procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Proferir los actos administrativos que resuelven aspectos relacionados con las \u00a0investigaciones disciplinarias que se adelanten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>. \u00a0Resolver los recursos interpuestos contra los actos administrativos en materia \u00a0disciplinaria, que sean competencia de la Oficina de Investigaciones \u00a0Disciplinarias, de acuerdo con las normas que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Expedir las certificaciones correspondientes a los antecedentes disciplinarios de \u00a0los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Revisar selectivamente los autos de archivo e inhibitorios proferidos por \u00a0funcionarios de la dependencia, as\u00ed como los fallos de procesos breves \u00a0producidos por los jefes de las dependencias de la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del plan de \u00a0supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida, para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de .acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Elaborar y ejecutar el plan operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles regional y especial cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013. Subsecretar\u00eda de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Secretario General, \u00a0son funciones de la Subsecretar\u00eda de Personal, para ejercerlas directamente a \u00a0trav\u00e9s de su Divisi\u00f3n de Representaci\u00f3n Externa, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Llevar y mantener un registro actualizado y sistem\u00e1tico del personal de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus respectivas situaciones \u00a0administrativas y responder por la informaci\u00f3n y expedici\u00f3n de las \u00a0certificaciones y constancias que de ello se deriven. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Atender, \u00a0en lo de su competencia, los tr\u00e1mites relacionados con las situaciones \u00a0administrativas del personal de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales \u00a0y elaborar los respectivos proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Actualizar las afiliaciones de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros \u00a0al sistema de Seguridad Social y asesorarlos en la misma materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Reportar la informaci\u00f3n sobre el personal que requieran otras dependencias de \u00a0la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales para el desarrollo de sus \u00a0actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Reglamentar, asesorar y supervisar el correcto registro de las situaciones \u00a0administrativas de personal, el tr\u00e1mite de dichas situaciones y la prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios por parte de las administraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Conformar, actualizar y administrar las hojas de vida de los servidores \u00a0p\u00fablicos Tributarios y Aduaneros vinculados a la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales y expedir las certificaciones que sean del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Responder por el sistema de informaci\u00f3n de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Supervisar el manejo, custodia y actualizaci\u00f3n de la hoja de vida de los \u00a0servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros en cada administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Garantizar la atenci\u00f3n de las demandas instauradas en relaci\u00f3n con los actos \u00a0administrativos dictados sobre asuntos de personal de la entidad, en los \u00a0t\u00e9rminos de delegaci\u00f3n que profiera el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Tramitar los actos relacionados con la toma de posesi\u00f3n de los servidores \u00a0p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Administrar los sistemas de clasificaci\u00f3n, remuneraci\u00f3n y nomenclatura de \u00a0empleos y conformaci\u00f3n de la planta de personal, de acuerdo con los par\u00e1metros \u00a0se\u00f1alados por el Secretario General y el Director General de conformidad con \u00a0las normas que regulan la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Conformar, actualizar y administrar los manuales de funciones de las \u00a0Dependencias de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y expedir las \u00a0certificaciones que sean del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Atender todos los asuntos administrativos, laborales, penales y civiles que se \u00a0susciten con ocasi\u00f3n del ejercicio de las funciones de los servidores p\u00fablicos \u00a0tributarios y aduaneros de la entidad, ante las autoridades administrativas y \u00a0judiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Ejercer la representaci\u00f3n externa de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales, en materia contractual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con \u00a0las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y la \u00a0Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario General, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a014. Subsecretar\u00eda de Recursos F\u00edsicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Secretario General, \u00a0son funciones de la Subsecretar\u00eda de Recursos F\u00edsicos, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Servicios Generales, Adquisiciones \u00a0y Contratos, Transporte y Documentaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, organizar, ejecutar y controlar la administraci\u00f3n de los recursos \u00a0f\u00edsicos y la prestaci\u00f3n de los servicios generales en la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asesorar y orientar a las diferentes Administraciones en los asuntos de su \u00a0competencia y dise\u00f1ar con las dependencias competentes los procedimientos para \u00a0la prestaci\u00f3n de los servicios generales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Desarrollar los procesos de contrataci\u00f3n y adquisici\u00f3n de bienes y servicios \u00a0requeridos para la ejecuci\u00f3n de los planes y programas de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con las disposiciones legales \u00a0sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Establecer las pol\u00edticas y normas de administraci\u00f3n documental de la Direcci\u00f3n \u00a0de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Definir \u00a0los par\u00e1metros para la administraci\u00f3n y control de los bienes muebles e \u00a0inmuebles de propiedad de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y que \u00a0forman parte de su patrimonio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Nivel Central de la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales de acuerdo con el sistema de inventario que \u00a0determine la Direcci\u00f3n y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las actividades \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir \u00a0los par\u00e1metros para la administraci\u00f3n y control de los bienes muebles e \u00a0inmuebles de propiedad de la entidad, y que forman parte de su patrimonio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Elaborar y ejecutar el plan operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario General, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015. Subsecretar\u00eda de Recursos Financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Secretario General, \u00a0son funciones de la Subsecretar\u00eda de Recursos Financieros, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Contabilidad General, de \u00a0Presupuesto y de Tesorer\u00eda, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, organizar, ejecutar y controlar la administraci\u00f3n y actividades de los \u00a0recursos presupuestales y financieros en la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar, con la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n, el anteproyecto de presupuesto, \u00a0as\u00ed como la distribuci\u00f3n presupuestal de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, \u00a0organizar, dirigir, supervisar y controlar las operaciones financieras, \u00a0contables, de tesorer\u00eda y presupuesto de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Prever y suministrar los recursos necesarios para la ejecuci\u00f3n de los planes y \u00a0programas de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con \u00a0estudios de necesidades y justificaci\u00f3n de las \u00e1rea de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Asesorar y orientar a las diferentes Administraciones en los asuntos de su \u00a0competencia, y dise\u00f1ar con las dependencias competentes los procedimientos para \u00a0la ejecuci\u00f3n y control del presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Rendir la cuenta consolidada de la funci\u00f3n pagadora, de ingresos generados por \u00a0la entidad, de la Contabilidad Comercial y del Fondo de Promoci\u00f3n e Incentivos \u00a0al Desempe\u00f1o de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales ante el Contador \u00a0General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Elaborar el presupuesto de ingresos y egresos, as\u00ed como el programa anual de \u00a0caja de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar con la Direcci\u00f3n del Tesoro Nacional el procedimiento presupuestal de \u00a0los ingresos y egresos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Solicitar ante la Direcci\u00f3n del Tesorero Nacional la situaci\u00f3n de fondos, y \u00a0efectuar los giros correspondientes a las administraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Recibir y tramitar las cuentas de cobro presentadas ante la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, efectuar los pagos por todo concepto que le \u00a0correspondan y expedir las certificaciones respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Llevar los registros de tesorer\u00eda, elaborar los informes correspondientes, y \u00a0rendir las cuentas a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Asesorar y evaluar la gesti\u00f3n financiera de las administraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Propugnar \u00a0por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el sistema de \u00a0planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1rea a su cargo en los \u00a0niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Consolidar la informaci\u00f3n contable y financiera de las operaciones de \u00a0comercializaci\u00f3n para la rendici\u00f3n de la cuenta correspondiente y cumplir con \u00a0las obligaciones tributarias y legales resultantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario General, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016. Subsecretar\u00eda Comercial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La \u00a0Subsecretar\u00eda Comercial, de acuerdo con las pol\u00edticas e instrucciones se\u00f1aladas \u00a0por el Director General y el Secretario General, cumplir\u00e1 las siguientes \u00a0funciones para ejercer las directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de \u00a0Mercadeo de Bienes y Servicios, y de Disposici\u00f3n de Mercanc\u00edas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de custodia, \u00a0comercializaci\u00f3n, mercadeo, destrucci\u00f3n, asignaci\u00f3n y donaci\u00f3n de las \u00a0mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asesorar a las diferentes administraciones en los asuntos relativos al \u00a0mercadeo, valoraci\u00f3n comercial e inventario adecuado de las mercanc\u00edas \u00a0aprehendidas, decomisadas o abandonadas a favor de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Ejercer el control y aplicar las sanciones, cuando fuere del caso, a las entidades \u00a0autorizadas para almacenar, mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas o abandonadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Supervisar las actividades necesarias para la comercializaci\u00f3n de los bienes \u00a0aprehendidos, decomisados o abandonados, realizadas por terceros en quienes se \u00a0haya delegado esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Realizar estudios de mercadeo nacional e internacional y dise\u00f1ar sistemas para \u00a0su implantaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Representar a la entidad en los procesos contencioso administrativos y \u00a0ordinarios, as\u00ed como acciones de tutela, de cumplimiento, de conciliaci\u00f3n \u00a0judicial y prejudicial instaurados contra la Naci\u00f3n-DIAN, en materia de los \u00a0contratos o contra actos, hechos y operaciones relacionadas con la \u00a0administraci\u00f3n, almacenamiento, disposici\u00f3n y control de las mercanc\u00edas \u00a0aprehendidas, decomisadas y abandonadas a favor de la Naci\u00f3n, directamente o \u00a0mediante el otorgamiento de poder a un abogado para que se haga parte y la \u00a0represente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Suministrar la informaci\u00f3n a \u00e1reas de la Direcci\u00f3n de Aduanas, respecto de indicadores \u00a0que permitan enfocar los programas de control y lucha contra el contrabando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Administrar las p\u00f3lizas en reemplazo de aprehensi\u00f3n, as\u00ed como las garant\u00edas \u00a0derivadas de la disposici\u00f3n de mercanc\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Planear, dirigir, coordinar, controlar y evaluar las labores de custodia, \u00a0producci\u00f3n, comercializaci\u00f3n, mercadeo de los bienes de propiedad de la entidad \u00a0y de los servicios que se presten de cualquier naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1rea a su cargo en los \u00a0niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario General, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017. Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Secretario \u00a0Desarrollo Institucional, son funciones de la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n, para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Planeaci\u00f3n y Evaluaci\u00f3n \u00a0y de Organizaci\u00f3n y Control de Calidad y Asuntos Internacionales, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Proveer escenarios para la planeaci\u00f3n y funci\u00f3n presupuestal con base en \u00a0supuestos econ\u00f3micos, fiscales, y evaluar las implicaciones de las diferentes \u00a0tendencias en el logro de los objetivos estrat\u00e9gicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asesorar al Comit\u00e9 de Direcci\u00f3n y a las diferentes \u00e1reas, en la formulaci\u00f3n del \u00a0plan estrat\u00e9gico de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes operativos respectivos, para someterlos a la \u00a0aprobaci\u00f3n del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar, conjuntamente con la Subsecretar\u00eda de Recursos Financieros, el \u00a0anteproyecto de presupuesto de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y \u00a0del Programa de Promoci\u00f3n e Incentivos al Desempe\u00f1o, en concordancia con el \u00a0plan estrat\u00e9gico y los planes operativos delas diferentes \u00e1reas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Evaluar los resultados del plan estrat\u00e9gico y los planes operativos y proponer \u00a0los ajustes necesarios para el logro de los objetivos planteados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Coordinar la participaci\u00f3n de las diferentes \u00e1reas de la Direcci\u00f3n de Impuestos \u00a0y Aduanas Nacionales, en las actividades de ajuste para el logro de los \u00a0objetivos planteados en el plan estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Orientar a las Divisiones de Planeaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de los planes \u00a0regionales, asegurando la coherencia con los planes institucionales de orden \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Supervisar y evaluar con las Divisiones de programaci\u00f3n los objetivos \u00a0regionales y los planes operativos de las Administraciones de Impuestos y\/o \u00a0Aduanas Nacionales, asegurando su coherencia con el plan estrat\u00e9gico y los \u00a0planes del nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar el desarrollo, implantaci\u00f3n y optimizaci\u00f3n del sistema de planeaci\u00f3n, \u00a0la organizaci\u00f3n, los procedimientos y los sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Investigar, desarrollar y adaptar nuevas tecnolog\u00edas en materia de planeaci\u00f3n, \u00a0organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Realizar seguimiento y evaluaci\u00f3n de los planes y metas de producci\u00f3n y \u00a0proyectos de desarrollo de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, \u00a0utilizando como soporte los sistemas de informaci\u00f3n institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Mantener un archivo t\u00e9cnico de los manuales, m\u00e9todos, procedimientos, formas y \u00a0formularios de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales y propender por \u00a0su actualizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n General la pol\u00edtica de calidad incluyendo los objetivos \u00a0y su compromiso en relaci\u00f3n con ella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Administrar y hacer seguimiento a la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de calidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Dise\u00f1ar, implementar y mantener el sistema de calidad de los procesos \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Garantizar el mejoramiento continuo de la calidad de los procesos \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Coordinar la realizaci\u00f3n de auditor\u00edas externas de calidad y acoger sus recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Promover con entidades internacionales o gobiernos extranjeros, el intercambio \u00a0de expertos, estudios, informaciones, cooperaci\u00f3n financiera no reembolsable, \u00a0donaciones, becas, pasant\u00edas, seminarios, cursos y talleres, en materias de competencia \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Participar como punto, de enlace entre los expertos, voluntarios y\/o pasantes y \u00a0el \u00e1rea beneficiaria de la cooperaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Participar en el estudio, an\u00e1lisis, discusi\u00f3n y negociaci\u00f3n de convenios \u00a0internacionales en materia tributaria, aduanera y cambiaria de acuerdo con las \u00a0directrices planteadas por el Presidente, de la Rep\u00fablica y en coordinaci\u00f3n con \u00a0los Ministerios de Relaciones Exteriores y de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y \u00a0propender por su adecuada aplicaci\u00f3n y cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Ejercer funciones de oficial de enlace manteniendo la comunicaci\u00f3n con \u00a0autoridades tributarias, aduaneras y cambiarias de otros pa\u00edses. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional. de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles regional y especial, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario de Desarrollo Institucional, acordes con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018. Subsecretar\u00eda de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Secretario de \u00a0Desarrollo Institucional, son funciones de la Subsecretar\u00eda de Control Interno, \u00a0para ejercerlas directamente, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Evaluar el sistema de Control Interno de la entidad y proponer recomendaciones \u00a0para su optimizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asesorar e informar al Director General y a los Directores de Impuestos, de \u00a0Aduanas y de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera, lo relacionado con el estado y evoluci\u00f3n \u00a0del sistema de Control Interno de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Consolidar y ejecutar el Plan Nacional de Supervisi\u00f3n y Control de cada una de \u00a0las direcciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Intervenir por medio del establecimiento y ejercicio de controles posteriores \u00a0inmediatos, las dependencias o actividades que a juicio del Director General \u00a0sean consideradas de vital importancia o de alto riesgo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Dise\u00f1ar y\/o aprobar las metodolog\u00edas para supervisi\u00f3n y control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Vigilar el adecuado funcionamiento del Sistema de Quejas, Reclamos y \u00a0Sugerencias y presentar informes al Director General de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Fomentar en toda la entidad la formaci\u00f3n de una cultura de control que \u00a0contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Participar en el establecimiento de controles y pistas de auditor\u00eda en el \u00a0desarrollo de los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Propugnar \u00a0por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo, cuando las \u00a0circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General y el Secretario de Desarrollo \u00a0Institucional, acordes con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019. Subsecretar\u00eda de Desarrollo Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Secretario de \u00a0Desarrollo Institucional, son funciones de la Subsecretar\u00eda de Desarrollo \u00a0Humano, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Carrera, \u00a0de Bienestar y de Escuela de Impuestos y Aduanas, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Establecer el plan estrat\u00e9gico de Desarrollo Humano de conformidad con el plan \u00a0institucional definido por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar, \u00a0integrar y ejecutar la pol\u00edtica social integral que sobre desarrollo humano \u00a0establezca la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Formular y proponer las pol\u00edticas sobre el desarrollo de los procesos de \u00a0carrera tributaria y aduanera, gesti\u00f3n del desempe\u00f1o, bienestar social integral \u00a0y organizacional, salud ocupacional y prevenci\u00f3n de riesgos, formaci\u00f3n y \u00a0capacitaci\u00f3n de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros, seg\u00fan las \u00a0normas legales vigentes, as\u00ed como las relacionadas con la formaci\u00f3n de una \u00a0cultura y una \u00e9tica institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar y ejecutar las pol\u00edticas de rotaci\u00f3n de puestos de trabajo y \u00a0movilidad de personal a nivel nacional, conforme a los principios del sistema \u00a0de carrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Adelantar los estudios relacionados con el ajuste de los perfiles de puestos de \u00a0trabajo frente a los perfiles de servidores de la contribuci\u00f3n dentro del \u00a0esquema de carrera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dise\u00f1ar y ejecutar las estrategias para la constituci\u00f3n de una cultura \u00a0ciudadana c\u00edvica de la contribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Promover y coordinar acciones para la transformaci\u00f3n y fortalecimiento de una \u00a0cultura institucional que favorezca el cumplimiento de la misi\u00f3n y la \u00a0responsabilidad social de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Dise\u00f1ar y orientar programas y acciones para el desarrollo y apropiaci\u00f3n de \u00a0principios y valores \u00e9ticos y de servicio por parte, de todos los servidores \u00a0p\u00fablicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Dise\u00f1ar programas y crear espacios que propicien el autodesarrollo de los \u00a0servidores p\u00fablicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dise\u00f1ar \u00a0y administrar el sistema de Carrera Tributaria y Aduanera conforme a las \u00a0instrucciones de la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y previa \u00a0autorizaci\u00f3n del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dise\u00f1ar, implantar y administrar los sistemas de valoraci\u00f3n de desempe\u00f1o y \u00a0supervisar su aplicaci\u00f3n previa autorizaci\u00f3n del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Consolidar y preparar los informes de valoraci\u00f3n del desempe\u00f1o de los \u00a0funcionarios de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Establecer y administrar el banco de pruebas psicot\u00e9cnicas para el proceso de \u00a0selecci\u00f3n y promoci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Administrar y controlar el desarrollo de los concursos de ingreso y promoci\u00f3n \u00a0de los servidores p\u00fablicos tributarios y aduaneros de la Direcci\u00f3n General de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales, en las diferentes Administraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Adelantar estudios y efectuar recomendaciones tendientes al mejoramiento de la \u00a0calidad de vida y de salud ocupacional y prevenci\u00f3n de riesgos de los \u00a0servidores p\u00fablicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Dise\u00f1ar, establecer y administrar el sistema de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n de la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales conforme a las instrucciones \u00a0impartidas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Impartir educaci\u00f3n formal y no formal y otorgar los respectivos certificados y \u00a0t\u00edtulos autorizados por la ley en materia tributaria, aduanera y cambiaria, as\u00ed \u00a0como en disciplinas afines, tanto a servidores p\u00fablicos de la entidad, como a \u00a0personas externas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Coordinar la elaboraci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Plan Nacional de \u00a0Capacitaci\u00f3n y Formaci\u00f3n Acad\u00e9mica, para los servidores p\u00fablicos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Avocar \u00a0el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en los \u00a0niveles regional, especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Secretario de Desarrollo Institucional, acordes con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020. Subdirecci\u00f3n de Recaudaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de \u00a0Impuestos, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Recaudaci\u00f3n, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Control a entidades recaudadoras, \u00a0de contabilidad, de recaudos especiales, y de cumplimiento voluntario y \u00a0determinaci\u00f3n de obligaciones, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir y controlar las actividades relacionadas con el recaudo de los tributos \u00a0nacionales, derechos de aduana y dem\u00e1s impuestos al Comercio Exterior y de las \u00a0sanciones cambiarias, y de los dem\u00e1s grav\u00e1menes o emolumentos de competencia de \u00a0la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, as\u00ed como las relacionadas con \u00a0la devoluci\u00f3n de saldos a favor de los contribuyentes o usuarios que sean de \u00a0competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Controlar el cumplimiento de las obligaciones que tienen las entidades \u00a0recaudadoras y orientarlas en el desarrollo de su actividad e imponer las \u00a0sanciones a que haya lugar cuando incumplan sus obligaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Controlar el efectivo recaudo de los impuestos, derechos, tasas, \u00a0contribuciones, multas, sanciones, intereses, recaudos y dem\u00e1s grav\u00e1menes \u00a0efectuado por las entidades autorizadas para recaudar as\u00ed como la calidad y la \u00a0confiabilidad de la informaci\u00f3n reportada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Dirigir las actividades relacionadas con la declaraci\u00f3n y pago electr\u00f3nico y \u00a0ejercer control al cumplimiento de las funciones del o utsourcing. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Ejercer control inicial al correcto y oportuno cumplimiento de las obligaciones \u00a0de los contribuyentes, responsables y agentes retenedores, promoviendo el \u00a0desarrollo de la cultura tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Efectuar la consolidaci\u00f3n de los estados financieros, generados por las \u00a0operaciones de la funci\u00f3n recaudadora, de los impuestos administrados por la \u00a0Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, de acuerdo con los plazos y normas \u00a0fiscales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Rendir ante la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n o la entidad que haga sus veces \u00a0y la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica, los estados financieros consolidados \u00a0de los ingresos administrados por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Efectuar el an\u00e1lisis de las cuentas mensuales de ingresos rendidos, ante las \u00a0Direcciones Seccionales Territoriales de la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, por las diferentes Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales, \u00a0efectuando las observaciones a que haya lugar y proponer los ajustes y \u00a0correctivos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Efectuar las conciliaciones e interacciones a que haya lugar con la Direcci\u00f3n del \u00a0Tesoro Nacional y el Banco de la Rep\u00fablica en virtud de los mecanismos de \u00a0recaudo y devoluci\u00f3n de los impuestos administrados por la Direcci\u00f3n de \u00a0Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Impartir instrucciones a las diferentes Administraciones en materia de recaudo \u00a0y devoluciones, controlar y evaluar los procesos y actividades inherentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dirigir y controlar las actividades relacionadas con la devoluci\u00f3n y\/o \u00a0compensaci\u00f3n de los saldos a favor o pago de lo no debido, de los \u00a0contribuyentes o usuarios que sean de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Garantizar la calidad de la informaci\u00f3n proveniente de los documentos \u00a0presentados por el contribuyente o de los actos oficiales en firme y exigibles, \u00a0expedidos por la Administraci\u00f3n, incluidos en la Cuenta Corriente de los \u00a0Contribuyentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Establecer y administrar un sistema que permita identificar, ubicar y \u00a0clasificar los contribuyentes, no contribuyentes, responsables, agentes de \u00a0retenci\u00f3n y declarantes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Presentar peri\u00f3dicamente informes sobre la gesti\u00f3n de recaudo y devoluciones, \u00a0de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Administrar y controlar la inscripci\u00f3n de los nuevos contribuyentes en el RUT, \u00a0la actualizaci\u00f3n de los ya existentes y la cancelaci\u00f3n oportuna del registro \u00a0con el cese de actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Administrar la informaci\u00f3n de la cuenta corriente entidades recaudadoras, \u00a0contabilidad tributaria y aduanera, control al cumplimiento de obligaciones \u00a0formales, cuenta corriente contribuyente y registro de los contribuyentes, \u00a0devoluciones y compensaciones, efectuar los ajustes y depuraciones \u00a0correspondientes e impartir las instrucciones al nivel local y especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Desarrollar los procedimientos que garanticen la seguridad de la informaci\u00f3n, \u00a0de acuerdo con los par\u00e1metros que se definan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Autorizar a los agentes retenedores que cumplan con los requisitos establecidos \u00a0por la ley, para la presentaci\u00f3n y pago de la declaraci\u00f3n de retenci\u00f3n en la \u00a0fuente en plazo especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Autorizar a los responsables por la prestaci\u00f3n de servicios financieros que \u00a0cumplan con los requisitos establecidos por la ley, para la presentaci\u00f3n y pago \u00a0de la declaraci\u00f3n del impuesto a las ventas en plazo especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Autorizar o designar a las personas o entidades que deber\u00e1n actuar como \u00a0autorretenedores y suspender la autorizaci\u00f3n cuando a su juicio no se garantice \u00a0el pago de los valores autorretenidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Propugnar \u00a0por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones y asuntos a cargo de las \u00a0dependencias de recaudaci\u00f3n y devoluciones de las diferentes Administraciones, \u00a0cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>28. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021. Subdirecci\u00f3n de Cobranzas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de \u00a0Impuestos, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Cobranzas, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de An\u00e1lisis y Programaci\u00f3n y de \u00a0Recuperaci\u00f3n de Cartera Casos Especiales, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir, controlar y presentar los informes que se requieran de las actividades \u00a0relacionadas con el cobro de los tributos nacionales, intereses y sanciones, y \u00a0de los dem\u00e1s grav\u00e1menes o emolumentos; as\u00ed como de las sanciones cambiarias de \u00a0competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Definir y establecer el plan de cobro, as\u00ed como controlar y evaluar la \u00a0ejecuci\u00f3n del mismo, de acuerdo con las pol\u00edticas establecidas por la Direcci\u00f3n \u00a0General y el Director de Impuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Fijar pol\u00edticas, programas y estrategias para el efectivo cobro de los \u00a0impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, \u00a0recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes; as\u00ed como delas sanciones cambiarias, que seg\u00fan las \u00a0disposiciones pertinentes, le compete recaudar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y \u00a0Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Evaluar la gesti\u00f3n de las \u00e1reas de cobranzas de las administraciones y \u00a0asesorarlas en el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Modificado por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 6\u00ba. Garantizar la gesti\u00f3n efectiva de cobro \u00a0de los impuestos, derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, \u00a0intereses, recargos y dem\u00e1s grav\u00e1menes; as\u00ed como de las sanciones derivadas por \u00a0el incumplimiento de las obligaciones de los Sistemas Especiales de \u00a0Importaci\u00f3n-Exportaci\u00f3n, Zonas Francas, Zonas Econ\u00f3micas Especiales de \u00a0Exportaci\u00f3n y las Sociedades de Comercializaci\u00f3n Internacional, y de las \u00a0sanciones cambiarias, que seg\u00fan las disposiciones pertinentes, le compete \u00a0recaudar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial numeral 5: \u201cGarantizar la gesti\u00f3n efectiva de cobro de los impuestos, \u00a0derechos, tasas, contribuciones, multas, sanciones, intereses, recargos y dem\u00e1s \u00a0grav\u00e1menes; as\u00ed como de las sanciones cambiarias, que seg\u00fan las disposiciones \u00a0pertinentes, le compete recaudar a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Planear, dirigir, supervisar, controlar y evaluar la gesti\u00f3n de las \u00e1reas de \u00a0cobranzas de las administraciones y asesorarlas en el cumplimiento de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dise\u00f1ar \u00a0e implementar t\u00e9cnicas de negociaci\u00f3n que faciliten el cobro, as\u00ed como t\u00e9cnicas \u00a0de investigaci\u00f3n de bienes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del Area, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Determinar y presentar los valores para la apropiaci\u00f3n presupuestal a las \u00a0administraciones para la partida de Defensa Hacienda P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Controlar que las Administraciones se hagan parte en los procesos concursales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Dirimir conflictos de competencias que se susciten entre las divisiones de \u00a0cobranzas de las administraciones, respecto al cobro de las obligaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Definir \u00a0e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el desarrollo \u00a0adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las \u00a0directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y la \u00a0Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las Divisiones de \u00a0Cobranzas, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022. Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de \u00a0Impuestos, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Programas de Fiscalizaci\u00f3n, de \u00a0Investigaciones Especiales y de Control de Reg\u00edmenes e Impuestos Especiales, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Dirigir, planear y controlar las actividades relacionadas con la prevenci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de los \u00a0tributos nacionales, de las sanciones, multas y de los dem\u00e1s emolumentos de \u00a0competencia de la Direcci\u00f3n de Impuestos, y en general las actividades de \u00a0Fiscalizaci\u00f3n para el adecuado control del cumplimiento de las obligaciones \u00a0tributarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Elaborar estudios sobre el comportamiento de las devoluciones y desarrollar \u00a0sistemas t\u00e9cnicos de auditor\u00eda y programas de fiscalizaci\u00f3n por sectores \u00a0econ\u00f3micos, regiones del pa\u00eds y tipo de contribuyentes para el adecuado control \u00a0del cumplimiento de las obligaciones tributarias y la disminuci\u00f3n de la \u00a0evasi\u00f3n. Dirigir y evaluar los programas de fiscalizaci\u00f3n realizados por las \u00a0diferentes Administraciones y recomendar las modificaciones necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Suministrar a las autoridades tributarias de otros pa\u00edses, informaci\u00f3n con \u00a0fines de control fiscal; de acuerdo con los compromisos de reciprocidad \u00a0realizados por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Coordinar con la Oficina de Estudios Econ\u00f3micos la realizaci\u00f3n de \u00a0investigaciones tendientes a medir la evasi\u00f3n tributaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Establecer a petici\u00f3n del interesado el valor de los intangibles a que se \u00a0refiere el art\u00edculo 279del Estatuto Tributario, cuando fueren creaci\u00f3n \u00a0intelectual del contribuyente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las \u00e1reas de las Direcciones de Aduanas y de Polic\u00eda \u00a0Fiscal y Aduanera, respecto de las investigaciones tributarias que den origen a \u00a0su vez, a nuevas investigaciones en dichas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Impuestos; las pol\u00edticas a seguir en materia \u00a0tributaria por las Comisiones Regionales Mixtas, de Gesti\u00f3n Tributaria y \u00a0Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Coordinar las actividades del Comit\u00e9 de Entidades sin Animo de Lucro y \u00a0establecer los programas de control necesarios para esas entidades y para los \u00a0no contribuyentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la ley \u00a0y remitir a las autoridades competentes, cuando sea necesario, los resultados \u00a0de las investigaciones adelantadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Autorizar, \u00a0de conformidad con las normas vigentes, la utilizaci\u00f3n de cualquier otro \u00a0sistema de depreciaci\u00f3n de reconocido valor t\u00e9cnico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Estudiar y proponer los formularios para el r\u00e9gimen tributario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proponer \u00a0indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia \u00a0del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones a cargo de las Dependencias \u00a0de Fiscalizaci\u00f3n y\/o Liquidaci\u00f3n de las diferentes Administraciones, cuando \u00a0existan circunstancias excepcionales que as\u00ed lo ameriten, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a023. Subdirecci\u00f3n de Normalizaci\u00f3n de Pymes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de \u00a0Impuestos, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Normalizaci\u00f3n de Pymes, para \u00a0ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Registro y \u00a0Formalizaci\u00f3n y de Control, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, supervisar y controlar el adecuado manejo de los peque\u00f1os y medianos \u00a0contribuyentes y responsables a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Definir y establecer el plan de fiscalizaci\u00f3n de los peque\u00f1os y medianos \u00a0contribuyentes y responsables, as\u00ed como controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n del \u00a0mismo, y elaborar los programas de control y determinaci\u00f3n de los Impuestos \u00a0para dichos contribuyentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Dirigir, planear y controlar las actividades relacionadas con la incorporaci\u00f3n \u00a0al cumplimiento tributario de los peque\u00f1os y medianos contribuyentes y \u00a0responsables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Administrar el R\u00e9gimen Unificado de Imposici\u00f3n, RUI y el R\u00e9gimen Simplificado \u00a0del Impuesto sobre las Ventas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Elaborar estudios y desarrollar sistemas t\u00e9cnicos necesarios para la \u00a0identificaci\u00f3n, por sectores econ\u00f3micos y regiones del pa\u00eds, de los \u00a0contribuyentes y responsables que pueden someterse al RUI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Coordinar, supervisar y realizar el levantamiento de la informaci\u00f3n necesaria \u00a0para establecerlas bases de estimaci\u00f3n objetivas que se requieran para construir \u00a0las presunciones exigidas por la ley para el RUI y determinadas en forma \u00a0general para cada actividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Propiciar la celebraci\u00f3n de convenios con los entes municipales, con el fin de \u00a0incorporar al RUI, los contribuyentes del impuesto de industria y comercio y \u00a0avisos de sus respectivas jurisdicciones. As\u00ed como coordinar las actividades \u00a0necesarias para el debido cumplimiento de dichos convenios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Adelantar las actividades necesarias para suscripci\u00f3n de convenios entre la \u00a0DIAN y terceros, para la facturaci\u00f3n de los valores a pagar por los \u00a0contribuyentes y responsables del RUI, y realizar la supervisi\u00f3n y seguimiento \u00a0necesaria para garantizar su debido cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Solicitar informaciones para fines de control, con fundamento en el art\u00edculo 684 \u00a0del Estatuto Tributario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Autorizar a las Administraciones de Impuestos, el intercambio de informaci\u00f3n a \u00a0que se refiere el art\u00edculo 585 del Estatuto Tributario, con las autoridades \u00a0departamentales y municipales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Suministrar a las autoridades tributarias de otros pa\u00edses, informaci\u00f3n con \u00a0fines de control fiscal; de acuerdo con. los compromisos de reciprocidad \u00a0realizados por la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Adelantar estudios sobre las diferentes infracciones a los reg\u00edmenes tributarios \u00a0de su competencia y mantener la informaci\u00f3n actualizada de los sancionados con \u00a0ocasi\u00f3n de la infracci\u00f3n a los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Coordinar con la Oficina de Estudios Econ\u00f3micos la realizaci\u00f3n de \u00a0investigaciones tendientes a medir la evasi\u00f3n tributaria en los sectores de los \u00a0peque\u00f1os y medianos contribuyentes y responsables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Dirigir y evaluar los programas de fiscalizaci\u00f3n realizados por las diferentes \u00a0Administraciones frente a los peque\u00f1os y medianos contribuyentes y responsables \u00a0y recomendar las modificaciones necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las \u00e1reas de las Direcciones de Aduanas y de Polic\u00eda \u00a0Fiscal y Aduanera, respecto de las investigaciones tributarias que den origen a \u00a0su vez, a nuevas investigaciones en dichas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Proponer a la Direcci\u00f3n de Impuestos, las pol\u00edticas a seguir en materia \u00a0tributaria por las Comisiones Regionales Mixtas de Gesti\u00f3n Tributaria y \u00a0Aduanera, en relaci\u00f3n con los medianos y peque\u00f1os contribuyentes y \u00a0responsables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la ley \u00a0y remitir a las autoridades competentes, cuando sea necesario, los resultados \u00a0de las investigaciones adelantadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Coordinar con las Administraciones de Impuestos la ejecuci\u00f3n del plan de \u00a0fiscalizaci\u00f3n, brindar asesor\u00eda y orientaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de sus planes \u00a0operativos y supervisar losresultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Estudiar, preparar y proponer los formularios para el RUI. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Propugnar \u00a0por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de Control \u00a0Interno en su Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. \u00a0Establecer los manuales, m\u00e9todos y procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las \u00a0herramientas necesarias para la estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas \u00a0por la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. \u00a0Coordinar, con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el suministro de la \u00a0informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n de sus planes, la \u00a0definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la misma, la \u00a0alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de procesos y \u00a0procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>26. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones de las \u00e1reas a su cargo en \u00a0los niveles especial y local, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>27. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Impuestos, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a024. Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de Aduanas, \u00a0son funciones de la Subdirecci\u00f3n T\u00e9cnica Aduanera, para ejercerlas directamente \u00a0o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Valoraci\u00f3n y Origen, de Arancel y de \u00a0Laboratorio, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, dirigir, supervisar y evaluar las actividades t\u00e9cnicas en materia de \u00a0clasificaci\u00f3n arancelaria, valoraci\u00f3n aduanera, normas de origen y an\u00e1lisis \u00a0f\u00edsico y qu\u00edmico de las mercanc\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Asesorar a la Entidad y dem\u00e1s Instituciones del Estado, en la definici\u00f3n y \u00a0aplicaci\u00f3n de pol\u00edticas en materia de nomenclatura arancelaria, valoraci\u00f3n \u00a0aduanera, normas de origen y an\u00e1lisis f\u00edsico y qu\u00edmico de las mercanc\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Promover el cumplimiento voluntario por parte de los usuarios de sus \u00a0obligaciones aduaneras y prevenir su infracci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Interpretar normas y absolver consultas en materia de nomenclatura arancelaria, \u00a0valoraci\u00f3n aduanera, an\u00e1lisis f\u00edsico y qu\u00edmico de las mercanc\u00edas y normas de \u00a0origen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Elaborar estudios en materia de clasificaci\u00f3n arancelaria, valoraci\u00f3n aduanera, \u00a0normas de origen y an\u00e1lisis f\u00edsico y qu\u00edmico de las mercanc\u00edas, as\u00ed como producir \u00a0los an\u00e1lisis y recomendaciones correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Estudiar y proyectar los actos administrativos relacionados con valoraci\u00f3n \u00a0aduanera, clasificaci\u00f3n arancelaria, normas de origen y an\u00e1lisis f\u00edsico y \u00a0qu\u00edmico de las mercanc\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Mantener actualizado el sistema de informaci\u00f3n aduanera en materia arancelaria, \u00a0de origen, de valoraci\u00f3n aduanera y de an\u00e1lisis f\u00edsico y qu\u00edmico de las \u00a0mercanc\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Dise\u00f1ar programas de control para su ejecuci\u00f3n en las Administraciones, en \u00a0materia de clasificaci\u00f3n arancelaria, valoraci\u00f3n aduanera, normas de origen y \u00a0an\u00e1lisis f\u00edsico y qu\u00edmico de las mercanc\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, la prestaci\u00f3n del apoyo en \u00a0la definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de datos y la \u00a0automatizaci\u00f3n de procesos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Definir e implementar, de acuerdo con las directrices se\u00f1aladas por la \u00a0Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n, los \u00a0manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen la estandarizaci\u00f3n de las \u00a0actividades del \u00e1rea a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas, acordes con la naturaleza de la \u00a0Dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a025. Subdirecci\u00f3n de Comercio Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de Aduanas, \u00a0son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Comercio Exterior, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Servicio de Comercio Exterior y de \u00a0Registro y Control, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, organizar dirigir y evaluar las actividades relacionadas con la \u00a0aplicaci\u00f3n y desarrollo de la operaci\u00f3n aduanera, con los reg\u00edmenes aduaneros y \u00a0con valoraci\u00f3n aduanera, clasificaci\u00f3n arancelaria, origen y laboratorios, \u00a0orientando siempre su acci\u00f3n a la adecuada prestaci\u00f3n del servicio aduanero \u00a0como soporte b\u00e1sico de facilitaci\u00f3n y agilizaci\u00f3n de las operaciones de \u00a0comercio exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Dise\u00f1ar y desarrollar programas de facilitaci\u00f3n del servicio aduanero y de \u00a0control sobre la debida aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes aduaneros para su ejecuci\u00f3n \u00a0en las administraciones aduaneras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Regular el sistema de inscripci\u00f3n, autorizaci\u00f3n y habilitaci\u00f3n, as\u00ed como la \u00a0suspensi\u00f3n y cancelaci\u00f3n de los mismos; y la aplicaci\u00f3n de las sanciones por \u00a0incumplimiento de las funciones a que se obligan los auxiliares de la funci\u00f3n \u00a0aduanera cuando obtienen su registro ante la Direcci\u00f3n de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Llevar el registro nacional de las inscripciones, autorizaciones y \u00a0habilitaciones otorgadas directamente o a trav\u00e9s de las administraciones y \u00a0garantizar el mantenimiento y actualizaci\u00f3n del mismo en el sistema inform\u00e1tico \u00a0aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Modificado por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba: Administrar y controlar las \u00a0solicitudes de autorizaci\u00f3n, habilitaci\u00f3n o renovaci\u00f3n que presenten los \u00a0Dep\u00f3sitos, Sociedades de Intermediaci\u00f3n Aduanera, Transportadores, y dem\u00e1s \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Auxiliares de \u00a0la funci\u00f3n aduanera, as\u00ed como los Usuarios Aduaneros Permanentes, Usuarios de \u00a0los Sistemas Especiales de Importaci\u00f3n-Exportaci\u00f3n, de las Zonas Francas, de \u00a0las Zonas Econ\u00f3micas Especiales de Exportaci\u00f3n y de las Sociedades de \u00a0Comercializaci\u00f3n Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial \u00a0numeral 5: \u201cRevisar, estudiar \u00a0y decidir las solicitudes de inscripci\u00f3n, autorizaci\u00f3n o habilitaci\u00f3n que \u00a0presenten los dep\u00f3sitos, las sociedades de intermediaci\u00f3n aduanera, los \u00a0transportadores, los usuarios aduaneros permanentes, auxiliares de la funci\u00f3n \u00a0aduanera y dem\u00e1s usuarios.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Modificado por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 7\u00ba. Regular, el sistema de autorizaci\u00f3n de \u00a0los programas que permitan desarrollar los Sistemas Especiales de \u00a0Importaci\u00f3n-Exportaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0anterior numeral 6: \u201cImplementar, \u00a0dirigir y supervisar el Registro Unico Aduanero.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Asesorar, orientar y evaluar la gesti\u00f3n de las administraciones de Aduanas o \u00a0Impuestos y Aduanas para garantizar la adecuada aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes \u00a0aduaneros, la prestaci\u00f3n eficiente del servicio aduanero y el control orientado \u00a0al cumplimiento de las normas aduaneras y el recaudo de los tributos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Garantizar la inducci\u00f3n, entrenamiento y capacitaci\u00f3n de los funcionarios y \u00a0usuarios en la aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes aduaneros y el adecuado manejo del \u00a0sistema, uso y administraci\u00f3n del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Estudiar, dise\u00f1ar y proponer la adopci\u00f3n de los formularios, formas, formatos y \u00a0los documentos electr\u00f3nicos para el desarrollo y aplicaci\u00f3n de los diferentes \u00a0reg\u00edmenes aduaneros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Preparar los proyectos de reformas legales y de procedimiento necesarios para \u00a0garantizar la correcta aplicaci\u00f3n de los reg\u00edmenes aduaneros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Administrar el sistema inform\u00e1tico aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Evaluar la eficiencia del sistema de acuerdo a las necesidades de la operaci\u00f3n \u00a0para sugerirlas acciones de dise\u00f1o, formulaci\u00f3n, mejoramiento, implantaci\u00f3n y \u00a0actualizaci\u00f3n del sistema inform\u00e1tico aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Promover la adopci\u00f3n de las facilidades inform\u00e1ticas del servicio aduanero que garanticen \u00a0y agilicen la labor de los usuarios, as\u00ed como la adopci\u00f3n de tecnolog\u00edas de \u00a0punta orientadas a mejorar el servicio aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Asegurar el cumplimiento de los convenios que conlleven facilidades \u00a0inform\u00e1ticas y de intercambio de informaci\u00f3n propias del servicio aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el intercambio de \u00a0informaci\u00f3n con las administraciones y entidades p\u00fablicas y privadas, de \u00a0acuerdo con las instrucciones del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Coordinar con las subdirecciones, administraciones y dem\u00e1s dependencias de la \u00a0entidad, el mantenimiento y actualizaci\u00f3n de las tablas para m\u00e9tricas \u00a0contentivas de los datos b\u00e1sicos que alimentan el sistema de informaci\u00f3n de \u00a0comercio exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Derogado por el Decreto 4756 de 2005, art\u00edculo 14. Implementar, coordinar y asesorar los \u00a0Centros de Atenci\u00f3n al Usuario aduanero para la adecuada aplicaci\u00f3n de los \u00a0reg\u00edmenes aduaneros y manejo del sistema inform\u00e1tico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Ejercer las funciones que en materia de servicio al comercio exterior le sean \u00a0asignadas por normas posteriores a la Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas \u00a0Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del plan de \u00a0supervisi\u00f3n y control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Definir e implementar manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen la \u00a0estandarizaci\u00f3n de los procesos de comercio exterior y la normalizaci\u00f3n de los \u00a0mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Proponer indicadores que permitan medir y evaluar la eficiencia y eficacia de \u00a0la gesti\u00f3n del \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del sistema de \u00a0control interno en su \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Elaborar y ejecutar el plan operativo del \u00e1rea, de acuerdo con el sistema de \u00a0planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de las funciones de las divisiones de \u00a0servicio de comercio exterior, cuando las circunstancias lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a026. Subdirecci\u00f3n de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Modificado por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del \u00a0Director General y del Director de Aduanas, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus \u00a0Divisiones de Programas de Fiscalizaci\u00f3n y de Investigaciones Especiales, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial inciso 1: \u201cConforme a las pol\u00edticas e instrucciones del Director \u00a0General y del Director de Aduanas, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de sus \u00a0Divisiones de Programas de Fiscalizaci\u00f3n y de Investigaciones Especiales, las \u00a0siguientes:\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, coordinar, dirigir, y controlar las acciones de prevenci\u00f3n, \u00a0investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, liquidaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de sanciones por \u00a0infracciones a los reg\u00edmenes aduaneros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Definir y establecer los planes y programas de fiscalizaci\u00f3n a las personas \u00a0naturales o jur\u00eddicas seleccionadas, as\u00ed como controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Modificado por \u00a0el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba: Ejercer el control posterior a los \u00a0Importadores, Exportadores, Dep\u00f3sitos Habilitados, Transportadores, Sociedades \u00a0de Intermediaci\u00f3n Aduanera o Declarantes, Usuarios de los Sistemas Especiales \u00a0de Importaci\u00f3n-Exportaci\u00f3n, Zonas Francas, Zonas Econ\u00f3micas Especiales de \u00a0Exportaci\u00f3n y las Sociedades de Comercializaci\u00f3n Internacional y, en general, a \u00a0los usuarios del servicio aduanero, en casos excepcionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto \u00a0inicial numeral 3: \u201cEjercer el control posterior a los importadores, exportadores, \u00a0dep\u00f3sitos habilitados, transportadores, Sociedades de Intermediaci\u00f3n Aduanera o \u00a0declarantes y, en general, a los usuarios del servicio aduanero, en casos \u00a0excepcionales.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Proponer en lo de su competencia, a la Direcci\u00f3n de Aduanas, pol\u00edticas y \u00a0programas a presentar en la Comisi\u00f3n Nacional Mixta de Gesti\u00f3n Tributaria y \u00a0Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Mantener la informaci\u00f3n actualizada de importadores, productores, distribuidores \u00a0y consumidores de productos qu\u00edmicos controlados, as\u00ed como la informaci\u00f3n de \u00a0los infractores al r\u00e9gimen aduanero. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Estudiar, clasificar, evaluar y comunicar la informaci\u00f3n requerida para la \u00a0prevenci\u00f3n, investigaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n, determinaci\u00f3n y represi\u00f3n de las \u00a0infracciones en materia aduanera en lo de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Adelantar las investigaciones y proferir los pliegos de cargos, emplazamientos, \u00a0autos de inspecci\u00f3n y dem\u00e1s actos preparatorios o de determinaci\u00f3n de las \u00a0obligaciones, as\u00ed como para la aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de sanciones, de \u00a0acuerdo con el procedimiento se\u00f1alado en las normas vigentes y con la \u00a0autorizaci\u00f3n del Director de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Remitir a la Divisi\u00f3n Jur\u00eddica Aduanera y a la Divisi\u00f3n de Cobranzas de la \u00a0Administraci\u00f3n competente, seg\u00fan el caso, los actos de liquidaci\u00f3n oficial y \u00a0aplicaci\u00f3n de sanciones para lo de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el intercambio de \u00a0informaci\u00f3n con las administraciones y entidades p\u00fablicas y privadas, de \u00a0acuerdo con las instrucciones del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones o asuntos de las Divisiones \u00a0de Fiscalizaci\u00f3n Aduanera, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Modificado \u00a0por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Coordinar y supervisar las acciones de \u00a0control, declaratoria de incumplimientos, efectividad de garant\u00edas, \u00a0liquidaciones oficiales, procedimiento y aplicaci\u00f3n de sanciones que realicen \u00a0las administraciones aduaneras, cuando hubiere lugar, a los Declarantes, \u00a0Dep\u00f3sitos, Sociedades de Intermediaci\u00f3n Aduanera, Transportadores, Usuarios \u00a0Aduaneros Permanentes, Auxiliares de la Funci\u00f3n Aduanera, Usuarios de los \u00a0Sistemas Especiales de Importaci\u00f3n-Exportaci\u00f3n, Zonas Francas, Zonas Econ\u00f3micas \u00a0Especiales de Exportaci\u00f3n y las Sociedades de Comercializaci\u00f3n Internacional y \u00a0dem\u00e1s usuarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial numeral 17: \u201cLas dem\u00e1s que le asigne el \u00a0Director de Aduanas, acordes a la naturaleza de la dependencia.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Adicionado por el Decreto 4271 de 2005, \u00a0art\u00edculo 8\u00ba. Las dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas, acordes con la \u00a0naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a027. Subdirecci\u00f3n de Control Cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director de Aduanas, \u00a0son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Control Cambiario, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de sus Divisiones de Programas de Fiscalizaci\u00f3n \u00a0Cambiada, de Investigaciones Especiales y de Casas de Cambio, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, dirigir, controlar y evaluar las actividades relacionadas con la \u00a0investigaci\u00f3n, determinaci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y liquidaci\u00f3n de las sanciones por \u00a0violaci\u00f3n al R\u00e9gimen Cambiario de competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Planear, coordinar, controlar y vigilar el cumplimiento del r\u00e9gimen cambiario \u00a0en materia de importaci\u00f3n y exportaci\u00f3n de bienes y servicios, gastos asociados \u00a0a las mismas, financiaci\u00f3n en moneda extranjera de importaciones y \u00a0exportaciones, y subfacturaci\u00f3n y sobrefacturaci\u00f3n de estas operaciones; y \u00a0dem\u00e1s operaciones derivadas del R\u00e9gimen Cambiario cuya vigilancia y control no \u00a0sea competencia de otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Orientar las acciones con el fin de detectar operaciones de cambios inusuales o \u00a0sospechosas que al amparo de estas operaciones puedan provenir presuntamente \u00a0del lavado de activos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Definir y establecer el Plan de Fiscalizaci\u00f3n en materia de control de cambios, \u00a0as\u00ed como controlar y evaluar la ejecuci\u00f3n del mismo, de acuerdo con las \u00a0pol\u00edticas establecidas por la Direcci\u00f3n General y la Direcci\u00f3n de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar \u00a0estudios sobre las diferentes modalidades de infracciones al R\u00e9gimen Cambiario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Suministrar informaci\u00f3n a las \u00e1reas competentes de las Direcciones de \u00a0Impuestos, de Aduanas y de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera, respecto de las \u00a0investigaciones cambiarias que den origen a su vez, a nuevas investigaciones en \u00a0dichas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Ejercer las funciones y competencias que le correspond\u00edan a la Superintendencia \u00a0Bancaria en relaci\u00f3n con la autorizaci\u00f3n, vigilancia, control y sanci\u00f3n de las \u00a0casas de cambio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Apoyar a la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional en la definici\u00f3n del Plan de \u00a0Supervisi\u00f3n y Control del \u00e1rea, a nivel nacional, y prestar el apoyo que se \u00a0requiera para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, el intercambio de \u00a0informaci\u00f3n con las administraciones y entidades p\u00fablicas y privadas, de \u00a0acuerdo con las instrucciones del Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Definir e implementar los manuales y dem\u00e1s herramientas que garanticen el \u00a0desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea a nivel nacional, de acuerdo \u00a0con las directrices se\u00f1aladas por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional y \u00a0la Subsecretar\u00eda de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Proponer indicadores de gesti\u00f3n que permitan medir y evaluar la eficiencia y \u00a0eficacia del Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Propugnar por la eficiente y correcta definici\u00f3n e implantaci\u00f3n del Sistema de \u00a0Control Interno en su Area. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Elaborar y ejecutar el Plan Operativo del Area, de acuerdo con el Sistema de \u00a0Planeaci\u00f3n de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones o asuntos de las Divisiones \u00a0de control de cambios, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director de Aduanas, acordes con la naturaleza de la \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a028. Suprimido por el Decreto 2690 de 1999, art\u00edculo 4\u00aa. Subdirecci\u00f3n \u00a0Operativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del Director \u00a0de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera, son funciones de la Subdirecci\u00f3n Operativa, para \u00a0realizarlas directamente, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear y evaluar, en coordinaci\u00f3n con las Unidades \u00a0Regionales, los operativos que realicen las Estaciones de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera \u00a0en todo el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear y ejecutar los operativos de control fiscal \u00a0y aduanero que disponga el Director de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera en todo el \u00a0territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Ejercer las facultades de registro, en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos por la ley, cuando ello fuere necesario. En este caso, la \u00a0correspondiente resoluci\u00f3n motivada ser\u00e1 proferida por el Comandante del Area \u00a0Operativa, facultad que es indelegable. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Inventariar, trasladar y entregar las mercanc\u00edas a \u00a0los dep\u00f3sitos con los que la DIAN tenga convenio para su almacenamiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Apoyar las funciones de polic\u00eda judicial de las \u00a0\u00e1reas de fiscalizaci\u00f3n tributaria y aduanera respecto de los delitos fiscales, \u00a0y ejercerlas en los t\u00e9rminos previstos en la ley, de conformidad con las pautas \u00a0generales se\u00f1aladas por la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Planear y coordinar la ejecuci\u00f3n de los convenios \u00a0que la DIAN celebre con la Polic\u00eda Nacional y otras entidades, para la \u00a0prevenci\u00f3n y represi\u00f3n de la evasi\u00f3n fiscal, el contrabando y las infracciones \u00a0cambiarias, en relaci\u00f3n con las funciones propias de la Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear, organizar, supervisar y realizar los \u00a0operativos de apoyo al control cambiario tendientes a la prevenci\u00f3n y represi\u00f3n \u00a0de las infracciones cambiarias en todo el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Apoyar los operativos de control a 1a facturaci\u00f3n, \u00a0para lo cual tendr\u00e1 la facultad de aprehensi\u00f3n o retenci\u00f3n de mercanc\u00edas cuando \u00a0a ello hubiere lugar, con sujeci\u00f3n a los procedimientos establecidos en el \u00a0art\u00edculo 657-1 del Estatuto Tributario y en los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la definici\u00f3n del plan estrat\u00e9gico \u00a0institucional y garantizar su ejecuci\u00f3n en la Direcci\u00f3n, as\u00ed como dirigir y \u00a0coordinar la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes operativos delas \u00a0dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar el proyecto anual de presupuesto de \u00a0inversi\u00f3n de la Direcci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda de Desarrollo \u00a0Institucional y la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar, de acuerdo con la metodolog\u00eda definida \u00a0por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional, los manuales, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las herramientas necesarias para la \u00a0estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea, a nivel \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar con la Oficina de Servicios \u00a0Inform\u00e1ticos, el suministro de la informaci\u00f3n interna y externa requerida para \u00a0la ejecuci\u00f3n de sus planes, la definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el \u00a0manejo de la misma, la alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la \u00a0automatizaci\u00f3n de procesos y procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Administrar la organizaci\u00f3n y actividades de la \u00a0Direcci\u00f3n de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera y garantizar la adecuada aplicaci\u00f3n y \u00a0desarrollo de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, f\u00edsicos y financieros que se le \u00a0asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Expedir \u00f3rdenes de registro en coordinaci\u00f3n con \u00a0las \u00e1reas de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria, Aduanera y Cambiaria en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le asigne el Director de Polic\u00eda \u00a0Fiscal y Aduanera, acordes con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a029. Suprimido por el Decreto 2690 de 1999, art\u00edculo 4\u00ba. Subdirecci\u00f3n de \u00a0Inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme a las pol\u00edticas e instrucciones del Director \u00a0de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera, son funciones de la Subdirecci\u00f3n de Inteligencia, \u00a0para realizarlas directamente, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar estudios de inteligencia para garantizar \u00a0la efectividad de los operativos de control de la evasi\u00f3n, el contrabando y las \u00a0infracciones cambiarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar el ejercicio de las funciones de polic\u00eda \u00a0judicial del \u00e1rea de investigaciones disciplinadas respecto de los delitos \u00a0relacionados con la administraci\u00f3n p\u00fablica y el delito de enriquecimiento \u00a0il\u00edcito, y ejercerlas en los t\u00e9rminos previstos en la ley en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Capturar, sin perjuicio de las competencias de \u00a0otras autoridades, a los presuntos responsables de delitos relacionados con la \u00a0evasi\u00f3n fiscal, el contrabando, las infracciones cambiarias, la administraci\u00f3n \u00a0p\u00fablica y el enriquecimiento il\u00edcito, cuando a ello hubiere lugar, de \u00a0conformidad con lo dispuesto en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, planear, organizar y supervisar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las Direcciones de Impuestos y de Aduanas, las Secretar\u00edas y \u00a0la Oficina de Investigaciones Disciplinarias, las labores de inteligencia en \u00a0materia de operativos de control a la evasi\u00f3n fiscal, al contrabando, a las \u00a0infracciones cambiarias y a la corrupci\u00f3n de la entidad, en todo el territorio \u00a0nacional, informando previamente, sobre la realizaci\u00f3n de las mismas, a la \u00a0Direcci\u00f3n General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Analizar, clasificar y evaluar la informaci\u00f3n que \u00a0obtenga en desarrollo de las labores de inteligencia, e informar en forma \u00a0inmediata sobre los resultados de dichas actividades a la Direcci\u00f3n de Polic\u00eda \u00a0Fiscal y Aduanera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en la definici\u00f3n del plan estrat\u00e9gico \u00a0institucional y garantizar su ejecuci\u00f3n en la Direcci\u00f3n, as\u00ed como dirigir y \u00a0coordinar la elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes operativos delas \u00a0dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar el proyecto anual de presupuesto de \u00a0inversi\u00f3n de la Direcci\u00f3n, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda de Desarrollo \u00a0Institucional y la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar, de acuerdo con la metodolog\u00eda definida \u00a0por la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional, los manuales, m\u00e9todos y \u00a0procedimientos, as\u00ed como dise\u00f1ar las herramientas necesarias para la \u00a0estandarizaci\u00f3n y desarrollo adecuado de las actividades del \u00e1rea, a nivel \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, \u00a0el suministro de la informaci\u00f3n interna y externa requerida para la ejecuci\u00f3n \u00a0de sus planes, la definici\u00f3n de est\u00e1ndares y par\u00e1metros para el manejo de la \u00a0misma, la alimentaci\u00f3n de sus sistemas de informaci\u00f3n y la automatizaci\u00f3n de \u00a0procesos y procedimientos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar la organizaci\u00f3n y actividades de la \u00a0Direcci\u00f3n de Polic\u00eda Fiscal y Aduanera y garantizar la adecuada aplicaci\u00f3n y \u00a0desarrollo de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, f\u00edsicos y financieros que se le \u00a0asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Expedir \u00f3rdenes de registro en coordinaci\u00f3n con \u00a0las \u00e1reas de Fiscalizaci\u00f3n Tributaria, Aduanera y Cambiaria en los t\u00e9rminos \u00a0establecidos por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le asigne el Director de Polic\u00eda Fiscal \u00a0y Aduanera, acordes con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Del nivel regional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a030. Direcciones Regionales de Impuestos y Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas, instrucciones y delegaciones de la Direcci\u00f3n General, son \u00a0funciones de las Direcciones Regionales de Impuestos y Aduanas Nacionales, para \u00a0ejercer las directamente o a trav\u00e9s de las Divisiones creadas en este decreto, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Gerenciar la Regional y garantizar la adecuada aplicaci\u00f3n y desarrollo de su \u00a0potencial humano y de los recursos t\u00e9cnicos, f\u00edsicos y financieros que se le \u00a0asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Dirigir, coordinar y evaluar las Administraciones Locales de su jurisdicci\u00f3n y \u00a0servir de enlace entre el nivel central y las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Elaborar conjuntamente con las administraciones de su jurisdicci\u00f3n el plan \u00a0regional de actividades, de acuerdo con las pol\u00edticas, objetivos y estrategias \u00a0adoptadas por el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Dirigir, supervisar y controlar en su jurisdicci\u00f3n, la ejecuci\u00f3n de las \u00a0acciones relativas a las funciones de recaudaci\u00f3n, fiscalizaci\u00f3n, penalizaci\u00f3n, \u00a0discusi\u00f3n y cobro y las relacionadas con la operaci\u00f3n aduanera, y el \u00a0almacenamiento y enajenaci\u00f3n de mercanc\u00edas y de control de cambios en lo de \u00a0competencia de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Ejercer las funciones de superior t\u00e9cnico y jer\u00e1rquico administrativo de las \u00a0Divisiones de la Direcci\u00f3n Regional y de las Administraciones Locales de su \u00a0jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Dirigir, coordinar y asesorar las actividades t\u00e9cnicas y administrativas de las \u00a0distintas dependencias de las Administraciones que conforman la Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de funciones o asuntos a cargo de las \u00a0Divisiones de la Direcci\u00f3n Regional y de las Administraciones Locales de su jurisdicci\u00f3n, \u00a0cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten y previa autorizaci\u00f3n del \u00a0Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Realizar estudios econ\u00f3micos de la regi\u00f3n, que sirvan de base para los planes \u00a0de fiscalizaci\u00f3n y control, represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n regional y llevar las \u00a0estad\u00edsticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Coordinar las actividades relativas a la represi\u00f3n y penalizaci\u00f3n en materia \u00a0tributaria, aduanera y cambiaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Adelantar las investigaciones disciplinarias a los servidores p\u00fablicos de su \u00a0jurisdicci\u00f3n y aplicar las sanciones correspondientes, sin perjuicio de las \u00a0competencias asignadas al nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Elaborar, de acuerdo con las pol\u00edticas institucionales y con las prioridades \u00a0regionales, el anteproyecto y distribuci\u00f3n del presupuesto de la Regional y de \u00a0sus administraciones locales, y proponerlo a la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Ejecutar el presupuesto asignado a las dependencias de la Direcci\u00f3n Regional y \u00a0asesorar, orientar y supervisar a las diferentes administraciones de su \u00a0jurisdicci\u00f3n en la ejecuci\u00f3n del presupuesto que les corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Consolidar, refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, \u00a0financiera y pagadora, y de la contabilidad comercial de la Regional, cuando \u00a0haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Controlar la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos y financieros de las \u00a0administraciones locales de su jurisdicci\u00f3n, y consolidar sus respectivos \u00a0registros contables y financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Administrar los recursos financieros de la Direcci\u00f3n Regional y llevar sus \u00a0respectivos registros contables y financieros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. En \u00a0coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda de Desarrollo Institucional, programar, \u00a0organizar, ejecutar y controlar las actividades de capacitaci\u00f3n y bienestar \u00a0organizacional, salud ocupacional y prevenci\u00f3n de riesgos, as\u00ed como las \u00a0relacionadas con la carrera administrativa, en la Direcci\u00f3n Regional y en las \u00a0administraciones de su jurisdicci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Supervisar y evaluar los resultados integrales de la gesti\u00f3n de las distintas \u00a0administraciones de su jurisdicci\u00f3n para ser presentados por su conducto al \u00a0Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las Divisiones de \u00a0la Direcci\u00f3n Regional de acuerdo con el sistema de inventario que determine la \u00a0Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades del Despacho y de las Divisiones de la Direcci\u00f3n Regional, \u00a0protegiendo su integridad, autenticidad y fidelidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. \u00a0Establecer canales de comunicaci\u00f3n, de tal forma que se consolide un adecuado \u00a0sistema de intercambio de informaci\u00f3n entre los servidores p\u00fablicos de la \u00a0regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. \u00a0Coordinar y supervisar la prestaci\u00f3n del servicio de procesamiento de informaci\u00f3n \u00a0a nivel regional y desarrollar aplicaciones conforme a los est\u00e1ndares y \u00a0metodolog\u00edas definidas por la Oficina de Servicios Inform\u00e1ticos, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. \u00a0Programar, vigilar y participar en la planeaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de las actividades \u00a0encauzadas a promover la identidad institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, garantizar el funcionamiento \u00a0\u00f3ptimo del sistema de control interno en su jurisdicci\u00f3n, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>25. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De las \u00a0administraciones especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a031. Administraci\u00f3n Especial de Impuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas, instrucciones y delegaciones del Director General, son \u00a0funciones de las Administraciones Especiales de Impuestos, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de las Divisiones creadas por este decreto, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos bajo su \u00a0jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, manuales, normas e instrucciones \u00a0emanadas del nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Presentar y responder ante el Director General, por los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0tributarios, conforme a las normas vigentes y las instrucciones que imparta el \u00a0nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal \u00a0funcionamiento de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del presupuesto \u00a0asignado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0tributaria, en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Fallar los actos administrativos de revocatoria directa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Suscribir los actos administrativos necesarios para acuerdos y dem\u00e1s \u00a0facilidades de pago, y velar por el oportuno cumplimiento de las obligaciones \u00a0derivadas de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva \u00a0administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles \u00a0propiedad de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las Divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n Especial de acuerdo con el sistema de inventario que \u00a0determine la Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y \u00a0distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades del Despacho y de las Divisiones de la Administraci\u00f3n Especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Administrar el recurso humano de la Administraci\u00f3n, conforme a las competencias \u00a0conferidas y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y bienestar organizacional, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las respectivas Oficinas del nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de la \u00a0Administraci\u00f3n de acuerdo con las instrucciones de la Secretar\u00eda de Desarrollo \u00a0Institucional y remitir la informaci\u00f3n respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0Divisiones, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos; conforme a los procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, establecer el sistema de \u00a0control interno en las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. \u00a0Elaborar, refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, pagadora \u00a0y de la contabilidad comercial de la administraci\u00f3n, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General, acordes a la naturaleza de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a032. Administraci\u00f3n Especial de Aduanas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas, instrucciones y delegaciones del Director General, son \u00a0funciones de la Administraci\u00f3n Especial de Aduanas, para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de las Divisiones creadas por este decreto, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, \u00a0organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las funciones \u00a0propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos bajo su jurisdicci\u00f3n, \u00a0conforme a los programas, manuales, normas e instrucciones emanadas del nivel \u00a0central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Presentar y responder ante el Director General, por los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0aduaneros y cambiarios, de acuerdo con las normas vigentes y las instrucciones \u00a0que imparta el nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal \u00a0funcionamiento de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del \u00a0presupuesto asignado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0aduanera y cambiaria en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Supervisar y controlar la guarda y enajenaci\u00f3n de las mercanc\u00edas aprehendidas, \u00a0de comisadas o abandonadas y ejecutar los programas de mercadeo a que haya \u00a0lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva \u00a0administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles \u00a0propiedad de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las Divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n Especial de acuerdo con el sistema de inventario que \u00a0determine la Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y \u00a0distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades del Despacho y de las Divisiones de la Administraci\u00f3n Especial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Administrar el recurso humano de la Administraci\u00f3n, conforme a las competencias \u00a0conferidas y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y bienestar organizacional, \u00a0en coordinaci\u00f3n con las respectivas dependencias del nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de su \u00a0Administraci\u00f3n de acuerdo a las instrucciones de la Secretar\u00eda de Desarrollo \u00a0Institucional y remitir la informaci\u00f3n respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0Divisiones, cuando existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos, conforme a los procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, establecer el sistema de \u00a0control interno en las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Coordinar, efectuar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de \u00a0la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Elaborar, refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, pagadora \u00a0y de la contabilidad comercial de la administraci\u00f3n especial y de la Administraci\u00f3n \u00a0Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto El dorado de Santa Fe de Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director General, acordes a la naturaleza de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a033. Derogado por el Decreto 2392 de 2006, art\u00edculo 8\u00ba. Administraci\u00f3n \u00a0Especial de Servicios Aduaneros Aeropuerto El dorado de Santa Fe de Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme a las pol\u00edticas, instrucciones y delegaciones \u00a0del Director General, son funciones de la Administraci\u00f3n para ejercerlas \u00a0directamente o a trav\u00e9s de las Divisiones creadas por este decreto, en el \u00a0Aeropuerto Internacional El dorado de Santa Fe de Bogot\u00e1, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar \u00a0la ejecuci\u00f3n de las funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos \u00a0tributarios y aduaneros bajo su jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, \u00a0manuales, normas e instrucciones emanadas del nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir, coordinar, supervisar, controlar y \u00a0ejecutar los servicios aduaneros que se ofrecen en el Aeropuerto Internacional \u00a0El dorado de Santa Fe de Bogot\u00e1. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar y responder ante el Director General, por \u00a0los resultados de la gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo \u00a0su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los \u00a0reg\u00edmenes y procedimientos aduaneros y cambiarios, as\u00ed como las instrucciones \u00a0que imparta el nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen \u00a0el normal funcionamiento de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n \u00a0del presupuesto asignado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Recibir, almacenar y controlar los bienes de la \u00a0Administraci\u00f3n de acuerdo con el sistema de inventario que determine la \u00a0Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organizar y conservar el archivo de los documentos \u00a0originados en las actividades de la Administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Supervisar y controlar la guarda y enajenaci\u00f3n de \u00a0las mercanc\u00edas aprehendidas, decomisadas o abandonadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los \u00a0t\u00e9rminos previstos por la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros \u00a0asignados a la respectiva administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado \u00a0de los inmuebles propiedad de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Administrar el recurso humano de la Administraci\u00f3n \u00a0en coordinaci\u00f3n con las respectivas dependencias del nivel central. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los \u00a0servidores p\u00fablicos de su Administraci\u00f3n de acuerdo con las instrucciones de la \u00a0Secretaria de Desarrollo Institucional y remitir la informaci\u00f3n respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Avocar el conocimiento y competencia de las \u00a0funciones o asuntos a cargo de las Divisiones, cuando existan circunstancias \u00a0que as\u00ed lo ameriten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Recibir y tramitar oportunamente las quejas, \u00a0reclamos y sugerencias de los ciudadanos, conforme a los procedimientos \u00a0legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. De acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, \u00a0establecer el sistema de control interno en las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar, efectuar y controlar las labores de \u00a0procesamiento de informaci\u00f3n de la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Las dem\u00e1s que le asigne el Director General \u00a0acordes a la naturaleza de la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO \u00a0IV \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>De las administraciones locales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a034. Administraciones Locales de Impuestos y de Aduanas Nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Conforme \u00a0a las pol\u00edticas e instrucciones del Director General y del Director Regional, \u00a0de acuerdo con la naturaleza de las Administraci\u00f3n definida en este decreto, \u00a0son funciones de las administraciones locales de Impuestos y\/o Aduanas \u00a0Nacionales, para ejercerlas directamente o a trav\u00e9s de las Divisiones creadas \u00a0por este decreto, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. \u00a0Planear, organizar, dirigir, coordinar y supervisar la ejecuci\u00f3n de las \u00a0funciones propias de las dependencias y servidores p\u00fablicos tributarios y \u00a0aduaneros bajo su jurisdicci\u00f3n, conforme a los programas, manuales, normas e \u00a0instrucciones emanadas de los niveles central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. \u00a0Presentar y responder ante el Director Regional por los resultados de la \u00a0gesti\u00f3n t\u00e9cnica y administrativa de las dependencias bajo su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. \u00a0Cumplir y hacer cumplir las normas que regulan los reg\u00edmenes y procedimientos \u00a0tributarios, aduaneros y cambiarios, as\u00ed como las instrucciones que impartan el \u00a0nivel central y el regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Cumplir con el adecuado manejo de los grandes contribuyentes y de los medianos \u00a0y peque\u00f1os contribuyentes de su jurisdicci\u00f3n, de acuerdo con los procedimientos \u00a0establecidos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. \u00a0Desarrollar las pol\u00edticas presupuestales que garanticen el normal funcionamiento \u00a0de la administraci\u00f3n y velar por la correcta ejecuci\u00f3n del presupuesto \u00a0asignado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. \u00a0Prevenir, reprimir, investigar y sancionar las infracciones a la legislaci\u00f3n \u00a0tributaria, aduanera y cambiaria en su jurisdicci\u00f3n, conforme a las normas \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. \u00a0Fallar los actos administrativos de revocatoria directa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. \u00a0Suscribir los actos administrativos necesarios para acuerdos y dem\u00e1s \u00a0facilidades de pago, y velar por el oportuno cumplimiento de las obligaciones \u00a0derivadas de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. \u00a0Supervisar y controlar la guarda y enajenaci\u00f3n de las mercanc\u00edas aprehendidas, \u00a0de comisadas o abandonadas y ejecutar los programas de mercadeo a que haya \u00a0lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. \u00a0Ejercer las funciones de Polic\u00eda Judicial, en los t\u00e9rminos previstos por la \u00a0ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. \u00a0Administrar los recursos f\u00edsicos y financieros asignados a la respectiva \u00a0administraci\u00f3n y garantizar la historia y buen estado de los inmuebles \u00a0propiedad de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. \u00a0Recibir, almacenar y controlar los bienes del Despacho y de las Divisiones de \u00a0la Administraci\u00f3n de acuerdo con el sistema de inventario que determine la \u00a0Secretar\u00eda General y garantizar su conservaci\u00f3n, seguridad y distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. \u00a0Organizar y conservar el archivo de los documentos originados en las \u00a0actividades del Despacho y de las Divisiones de la Administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. \u00a0Administrar el recurso humano de su sede, conforme a las competencias \u00a0conferidas, y ejecutar los programas de capacitaci\u00f3n y bienestar \u00a0organizacional, en coordinaci\u00f3n con las respectivas dependencias de los niveles \u00a0central y regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. \u00a0Coordinar la evaluaci\u00f3n de desempe\u00f1o de los servidores p\u00fablicos de su \u00a0Administraci\u00f3n y remitir al Secretario de Desarrollo Institucional la \u00a0informaci\u00f3n respectiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. \u00a0Avocar el conocimiento y competencia de las funciones o asuntos a cargo de las \u00a0Divisiones y de las Administraciones Delegadas de su jurisdicci\u00f3n cuando \u00a0existan circunstancias que as\u00ed lo ameriten previa autorizaci\u00f3n del Director \u00a0Regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. \u00a0Recibir y tramitar oportunamente las quejas, reclamos y sugerencias de los \u00a0ciudadanos; conforme a los procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. De \u00a0acuerdo con las pol\u00edticas del Director General, establecer el sistema de \u00a0control interno en las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. \u00a0Coordinar y controlar las labores de procesamiento de informaci\u00f3n de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. \u00a0Elaborar, refrendar y rendir las cuentas de las funciones recaudadora, pagadora \u00a0y de la contabilidad comercial de la administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Las \u00a0dem\u00e1s que le asigne el Director Regional, acordes a la naturaleza de la \u00a0administraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a035. Distribuci\u00f3n de funciones en las Divisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0Director General, mediante resoluci\u00f3n interna, distribuir\u00e1 entre las Divisiones \u00a0creadas mediante el presente decreto, las funciones asignadas a las Oficinas, \u00a0Subdirecciones, Subsecretar\u00edas, Direcciones Regionales, Administraciones \u00a0Especiales y Administraciones Locales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a036. Vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El \u00a0presente decreto rige a partir de su fecha de publicaci\u00f3n y deroga el Decreto 1725 de 1997 y las dem\u00e1s disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese \u00a0y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en \u00a0Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 13 de julio de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES \u00a0PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio \u00a0Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1265 DE 1999 \u00a0 \u00a0 (julio \u00a013) \u00a0 \u00a0 por el cual se organiza internamente y se distribuyen las funciones de \u00a0la Unidad Administrativa Especial Direcci\u00f3n de Impuestos y Aduanas Nacionales \u00a0 \u00a0 Nota 1: \u00a0Derogado por el Decreto 4048 de 2008, art\u00edculo 53. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Modificado por el Decreto 2392 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[43],"tags":[],"class_list":["post-27630","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-1999"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27630","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=27630"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/27630\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=27630"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=27630"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=27630"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}