{"id":28397,"date":"2023-07-18T19:26:02","date_gmt":"2023-07-18T19:26:02","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1295-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:26:02","modified_gmt":"2023-07-18T19:26:02","slug":"decreto-1295-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1295-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 1295 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1295 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(julio 11) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 2105 de 2001, \u00a0art\u00edculo 40. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades otorgadas por el numeral 16 del art\u00edculo 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0en concordancia con el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector de Relaciones Exteriores. El Sector de \u00a0Relaciones Exteriores est\u00e1 integrado por el Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0quien tendr\u00e1 a cargo la orientaci\u00f3n del ejercicio de las funciones de las \u00a0siguientes entidades adscritas y vinculadas, sin perjuicio de las potestades de \u00a0decisi\u00f3n que les correspondan, as\u00ed como de su participaci\u00f3n en la formulaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los programas sectoriales y en la ejecuci\u00f3n \u00a0de los mismos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidades adscritas: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Establecimiento P\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n Internacional, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Unidad Administrativa Especial con Personer\u00eda \u00a0Jur\u00eddica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objetivos. El Ministerio de Relaciones Exteriores es el \u00a0organismo rector del sector Relaciones Exteriores y le corresponde, bajo la \u00a0direcci\u00f3n del Presidente de la Rep\u00fablica, proponer, orientar, coordinar y \u00a0ejecutar la pol\u00edtica exterior de Colombia y administrar el servicio exterior de \u00a0la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El Ministerio de Relaciones Exteriores tendr\u00e1, adem\u00e1s \u00a0de las funciones que determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998 las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular y proponer al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica la pol\u00edtica exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar la pol\u00edtica exterior del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener, en concordancia con las necesidades \u00a0e intereses del pa\u00eds, las relaciones de todo orden con los dem\u00e1s Estados y \u00a0organismos internacionales, directamente o por medio de las misiones \u00a0diplom\u00e1ticas y consulares correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds \u00a0y de sus nacionales ante los dem\u00e1s Estados, los organismos y conferencias \u00a0internacionales y la comunidad internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ser interlocutor, coordinador y enlace para \u00a0todas las gestiones oficiales que se adelanten entre las entidades \u00a0gubernamentales y los gobiernos de otros pa\u00edses, as\u00ed como con los organismos \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Orientar, integrar y armonizar las pol\u00edticas y \u00a0programas sectoriales que competen a las diferentes instituciones del Estado, \u00a0con la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Articular las acciones de las diversas \u00a0entidades del Estado en lo que concierne a las relaciones internacionales del \u00a0pa\u00eds, en especial las de \u00edndole pol\u00edtica, econ\u00f3mica, comercial, social y \u00a0ambiental sobre las bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, en materia de relaciones \u00a0exteriores, todas las agencias del Estado y las actividades de la \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica, en todos sus \u00f3rdenes y niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Negociar y orientar los procesos de \u00a0negociaci\u00f3n, con la cooperaci\u00f3n de otros organismos nacionales, si es del caso, \u00a0de tratados y dem\u00e1s instrumentos internacionales, as\u00ed como hacer su \u00a0seguimiento, evaluar sus resultados y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica de comercio exterior y de integraci\u00f3n en todos sus aspectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular y orientar la pol\u00edtica de \u00a0cooperaci\u00f3n internacional en sus diferentes modalidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Promover y fortalecer la capacidad \u00a0negociadora de Colombia en relaci\u00f3n con los dem\u00e1s sujetos de derecho \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Desarrollar actividades de protecci\u00f3n de los \u00a0derechos fundamentales de los colombianos en el exterior y ejercer ante las \u00a0autoridades del pa\u00eds donde se encuentren, las acciones pertinentes, de \u00a0conformidad con los principios y normas del Derecho Internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Conformar y definir, cuando a ello hubiere \u00a0lugar, el nivel de las delegaciones que representen al pa\u00eds en las reuniones \u00a0internacionales de car\u00e1cter bilateral y multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Presidir las delegaciones que representan al \u00a0pa\u00eds en las reuniones de car\u00e1cter bilateral y multilateral o encomendar dicha \u00a0funci\u00f3n cuando a ello hubiere lugar, a otras entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Administrar el servicio exterior de la \u00a0Rep\u00fablica y adoptar las medidas necesarias para que se ajuste a la pol\u00edtica \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Formular y dirigir la pol\u00edtica migratoria de \u00a0Colombia y otorgar las autorizaciones de ingreso de extranjeros al pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Aplicar el r\u00e9gimen de privilegios e \u00a0inmunidades reconocidos por los tratados, por la ley o por instrumentos \u00a0id\u00f3neos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Tramitar la naturalizaci\u00f3n de extranjeros y \u00a0aplicar el r\u00e9gimen legal de nacionalidad en lo pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Expedir los pasaportes y autorizar mediante \u00a0convenios su expedici\u00f3n cuando lo estime necesario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Actuar como Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n \u00a0Asesora de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Organizaci\u00f3n Interna. La estructura del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho \u00a0del Ministro \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Direcci\u00f3n del Protocolo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho \u00a0del Viceministro de Relaciones Exteriores \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1. Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Bilaterales y \u00a0Regionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de Integraci\u00f3n y Desarrollo \u00a0Fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4. Oficina de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Despacho \u00a0del Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos \u00a0Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos y Sociales \u00a0Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.4. Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. \u00a0Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y \u00a0Comunidades Colombianas en el Exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2. Direcci\u00f3n del Talento Humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 Consulados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Delegaciones \u00a0Permanentes ante Organismos Internacionales Multilareales y Regionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Embajadas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organos \u00a0de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Consejo administrativo y Consejo Acad\u00e9mico \u00a0de la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera Diplom\u00e1tica \u00a0y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.4. Comisi\u00f3n de Personal de Carrera \u00a0Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n del Ministerio de Relaciones Exteriores \u00a0estar\u00e1 a cargo del Ministro, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n de \u00a0los Viceministros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores. Son funciones \u00a0del Ministro de Relaciones Exteriores, adem\u00e1s de las establecidas en la \u00a0Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, en las leyes, en la Ley 489 de 1998, en \u00a0las disposiciones legales vigentes, y las dem\u00e1s que le asigne el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Otorgar el concepto previo para la negociaci\u00f3n \u00a0y celebraci\u00f3n de todo tratado, acuerdo o convenio, sin perjuicio de las \u00a0atribuciones constitucionales del Jefe del Estado en la direcci\u00f3n de las \u00a0relaciones internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Representar, junto con el Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica, al Gobierno de Colombia en la ejecuci\u00f3n de todos los actos relativos \u00a0a la celebraci\u00f3n de un tratado. Los dem\u00e1s representantes del Gobierno deber\u00e1n \u00a0acreditar los plenos poderes otorgados por el Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0conformidad con lo dispuesto en la Ley 32 de 1985 \u00a0aprobatoria de la Convenci\u00f3n de Viena. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Delegar si considera conveniente, en los \u00a0Viceministros, el Secretario General, los Directores y asesores, seg\u00fan el caso, \u00a0su asistencia a Consejos y Juntas Directivas de las cuales forme parte por \u00a0derecho propio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Definir, dirigir y coordinar todo lo \u00a0relacionado con la imagen institucional, la divulgaci\u00f3n de las actividades, \u00a0planes y programas del Minsiterio, tanto en el \u00e1mbito nacional como \u00a0internacional, en el interior del pa\u00eds y de las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar la estrategia de \u00a0comunicaci\u00f3n que promueva la generaci\u00f3n de una cultura corporativa en pro del \u00a0desarrollo de la misi\u00f3n institucional y que brinde apoyo y asistencia t\u00e9cnica \u00a0en materia de comunicaciones a todas las dependencias del Ministerio que lo \u00a0requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y coordinar lo relacionado con temas \u00a0espec\u00edficos de la pol\u00edtica exterior, y delegarlos si considera conveniente, en \u00a0instancias del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organizar y reglamentar, a solicitud \u00a0debidamente motivada del respectivo Viceministro o del Secretario General, \u00a0mediante resoluci\u00f3n, grupos internos de trabajo para la adecuada atenci\u00f3n de \u00a0asuntos propios de sus respectivas dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Direcci\u00f3n del Protocolo. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Protocolo las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y supervisar las actividades propias \u00a0del protocolo, en especial las relacionadas con el ceremonial diplom\u00e1tico del \u00a0Estado y el tr\u00e1mite de solicitudes de audiencia a misiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir el ceremonial diplom\u00e1tico del Estado y \u00a0asesorar sobre el particular a las entidades oficiales que lo soliciten. En \u00a0desarrollo de esta funci\u00f3n, en todos los actos o ceremonias a los que concurra \u00a0el Presidente de la Rep\u00fablica, en los que participen miembros del Cuerpo \u00a0Diplom\u00e1tico o funcionarios oficiales extranjeros, organizar\u00e1 el programa \u00a0correspondiente y vigilar\u00e1 el cumplimiento de las normas pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y apoyar las visitas oficiales que \u00a0realicen fuera del pa\u00eds el se\u00f1or Presidente de la Rep\u00fablica, el Vicepresidente \u00a0y el Ministro de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar todos los aspectos de ceremonial y \u00a0protocolo en las visitas que realicen al pa\u00eds los jefes de Estado, jefes de \u00a0Gobierno, funcionarios de Estado y otras personalidades invitadas por el \u00a0Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar de conformidad con las \u00a0disposiciones vigentes en las sesiones de los consejos que otorgan las \u00a0condecoraciones nacionales de las Ordenes de Boyac\u00e1, de San Carlos y Nacional \u00a0al M\u00e9rito y tramitar la autorizaci\u00f3n a funcionarios colombianos para aceptar \u00a0condecoraciones extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Tramitar las solicitudes de audiencias \u00a0protocolarias de los jefes de misiones extranjeras, funcionarios oficiales \u00a0extranjeros y funcionarios de organismos internacionales, con el Presidente de \u00a0la Rep\u00fablica, con el Ministro de Relaciones Exteriores con los Viceministros y \u00a0con Secretario General de Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Se\u00f1alar la precedencia de los agentes \u00a0diplom\u00e1ticos y determinar la de los asistentes a ceremonias o actos oficiales \u00a0que cuenten con la presencia del Ministro de Relaciones Exteriores, de los \u00a0Viceministros, del Secretario General del Ministerio o del Cuerpo Diplom\u00e1tico \u00a0acreditado en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Evaluar y registrar la acreditaci\u00f3n \u00a0correspondiente de los funcionarios diplom\u00e1ticos y consulares acreditados ante \u00a0el Gobierno y de los funcionarios de los organismos internacionales y misiones \u00a0de asistencia t\u00e9cnica, al igual que gestionar ante las autoridades nacionales \u00a0la aplicaci\u00f3n de privilegios, inmunidades y prerrogativas a que \u00e9stos tengan \u00a0derecho. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ordenar la preparaci\u00f3n y revisi\u00f3n de las \u00a0cartas credenciales, letras, patentes, diplomas y de otros documentos de esta \u00a0\u00edndole. Autorizar la expedici\u00f3n de los diferentes documentos de identificaci\u00f3n \u00a0a los representantes diplom\u00e1ticos y consulares extranjeros y a los \u00a0representantes de organismos internacionales y de asistencia t\u00e9cnica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a las dependencias pertinentes en la \u00a0negociaci\u00f3n de tratados, en aquellos aspectos relativos a privilegios e \u00a0inmunidades y emitir los conceptos que le soliciten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina Asesora Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Elaborar, a petici\u00f3n del Ministro, de los \u00a0Viceministros y del Secretario General, estudios y emitir conceptos sobre temas \u00a0de Derecho Internacional P\u00fablico y Privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar para el Ministro estudios y emitir \u00a0conceptos sobre las relaciones entre el ordenamiento jur\u00eddico interno y el \u00a0ordenamiento jur\u00eddico internacional y sobre la aplicaci\u00f3n de la legislaci\u00f3n \u00a0nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Brindar asistencia jur\u00eddica a los Despachos de \u00a0los Viceministros en la negociaci\u00f3n, perfeccionamiento y terminaci\u00f3n de \u00a0cualquier tratado y\/o instrumentos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Sin perjuicio del concepto de: los \u00a0Viceministros, brindar asistencia jur\u00eddica a los Organismos del Estado en la \u00a0negociaci\u00f3n, perfeccionamiento y terminaci\u00f3n de cualquier tratado y\/o \u00a0instrumentos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar los tr\u00e1mites relacionados con el \u00a0perfeccionamiento de los tratados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes, los tr\u00e1mites para la promulgaci\u00f3n de los tratados \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Estudiar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0General de Protocolo, todo acuerdo, convenio o tratado que conduzca a la \u00a0concesi\u00f3n de privilegios e inmunidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Estudiar los proyectos de ley de decreto o de \u00a0resoluci\u00f3n relacionados con el Ministerio, cuando as\u00ed lo amerite. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Tramitar los plenos poderes que deben \u00a0acreditar los representantes del Gobierno para la celebraci\u00f3n y \u00a0perfeccionamiento de tratados y\/o instrumentos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Preparar las exposiciones de motivos de \u00a0proyectos de ley originados en el Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Revisar los proyectos de contratos que deba \u00a0suscribir el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Estudiar, conceptuar y tramitar las \u00a0solicitudes de nacionalizaci\u00f3n y definici\u00f3n de la nacionalidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adelantar los tr\u00e1mites que en materia de \u00a0extradici\u00f3n le correspondan al Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Estudiar, cuando lo solicite el Ministro o \u00a0los Viceministros, las reclamaciones diplom\u00e1ticas que se presenten al Gobierno \u00a0de Colombia o que \u00e9ste deba presentar a otros gobiernos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Proyectar y sustanciar, cuando as\u00ed se \u00a0requiera, los recursos que por la v\u00eda gubernativa correspondan resolver al \u00a0Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Atender, por delegaci\u00f3n o poder otorgado por \u00a0el Ministro, todos los procesos que se relacionen con el Ministerio, \u00a0especialmente los que se ventilen ante la jurisdicci\u00f3n Contencioso \u00a0Administrativa, con excepci\u00f3n de los que versen sobre reclamaciones de car\u00e1cter \u00a0laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Responder las acciones de tutela y los \u00a0derechos de petici\u00f3n que se relacionen con asuntos atinentes a las funciones \u00a0asignadas a esa oficina. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Absolver las consultas que le formulen las \u00a0dependencias del Ministerio y que tengan relaci\u00f3n con temas jur\u00eddicos, a \u00a0excepci\u00f3n de los de car\u00e1cter laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Tramitar reclamaciones de tipo laboral que \u00a0presenten los ciudadanos colombianos que trabajen en las Misiones Diplom\u00e1ticas \u00a0y Consulares acreditadas en nuestro pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora \u00a0de Planeaci\u00f3n las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar, en calidad de asesora del Ministro \u00a0y los Viceministros, la implementaci\u00f3n de las pol\u00edticas, metas y estrategias de \u00a0la Canciller\u00eda en las diferentes dependencias y niveles de la organizaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar a las diferentes dependencias del \u00a0Ministerio en la elaboraci\u00f3n de los Planes Operativos Anuales, traducidos en \u00a0objetivos, metas, estrategias e indicadores, y en la formulaci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n de los sistemas de evaluaci\u00f3n y seguimiento al Plan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a las diferentes dependencias en la \u00a0formulaci\u00f3n e implementaci\u00f3n de programas de Reingenier\u00eda y mejoramiento \u00a0continuo y en la aplicaci\u00f3n de los sistemas e indicadores para el control y \u00a0evaluaci\u00f3n de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Hacer seguimiento, en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Oficina de Control Interno, de la ejecuci\u00f3n de los planes, programas y \u00a0proyectos, y asesorar a las dependencias en la formulaci\u00f3n de acciones \u00a0correctivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar el proyecto de presupuesto de \u00a0inversi\u00f3n, gerenciar el Banco de Proyectos y manejar las relaciones de la \u00a0Canciller\u00eda con el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Apoyar a las dependencias del Ministerio en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes sectoriales pertinentes para el desarrollo de la \u00a0pol\u00edtica exterior, de los compromisos bilaterales o multilaterales adquiridos \u00a0por el pa\u00eds con otras naciones u organismos internacionales y de los convenios \u00a0de cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con las \u00e1reas competentes del \u00a0Ministerio la compilaci\u00f3n de los informes que deba elaborar la Canciller\u00eda \u00a0sobre el seguimiento y cumplimiento de los tratados internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con los organismos p\u00fablicos y \u00a0privados, la compilaci\u00f3n de informaci\u00f3n y la difusi\u00f3n de estudios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y preparar la memoria anual del \u00a0Ministro de Relaciones Exteriores al Congreso Nacional, as\u00ed como el de otras \u00a0publicaciones de car\u00e1cter pol\u00edtico o hist\u00f3rico que le sean encomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Desarrollar actividades de modernizaci\u00f3n, \u00a0mejoramiento de m\u00e9todos y procedimientos de trabajo y dem\u00e1s asuntos que \u00a0propendan por el mejoramiento de la eficiencia y eficacia en la gesti\u00f3n del \u00a0Ministerio, elaborando para el efecto los manuales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizada la gu\u00eda diplom\u00e1tica y \u00a0consular de la Rep\u00fablica y coordinar su publicaci\u00f3n y distribuci\u00f3n con las \u00a0dependencias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Adoptar y ejecutar programa, sistem\u00e1ticos de \u00a0recopilaci\u00f3n, recepci\u00f3n, distribuci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y conservaci\u00f3n de \u00a0documentos y publicaciones, estad\u00edsticas, informes y estudios, con el fin de \u00a0asegurar la creaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n de completos archivos y bibliotecas \u00a0especializados en los distintos temas de inter\u00e9s del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n Academia Diplom\u00e1tica. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0Academia Diplom\u00e1tica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar en sus diversas etapas el proceso de \u00a0selecci\u00f3n de aspirantes para ingreso a la Academia Diplom\u00e1tica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar los concursos de ingreso y ascenso a \u00a0la carrera diplom\u00e1tica y consular y realizar las pruebas y evaluaciones \u00a0correspondientes, de conformidad con lo establecido en las disposiciones que \u00a0regulan el Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar y actualizar peri\u00f3dicamente los \u00a0cursos de capacitaci\u00f3n, actualizaci\u00f3n, talleres, seminarios, actividades y \u00a0dem\u00e1s programas de estudio de la Academia, de conformidad con lo previsto en el \u00a0estatuto org\u00e1nico del Servicio Exterior y de la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover y desarrollar la investigaci\u00f3n sobre \u00a0temas de pol\u00edtica exterior y asuntos relacionados con la Misi\u00f3n y actividades \u00a0del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar los procesos de selecci\u00f3n destinados \u00a0a otorgar las becas de estudio en el pa\u00eds o fuera de \u00e9l, para funcionarios del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y ejecutar programas de intercambio y \u00a0cooperaci\u00f3n acad\u00e9mica con instituciones similares o con universidades del pa\u00eds \u00a0y del exterior, en las \u00e1reas relacionadas con las funciones del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Promover y ejecutar programas de intercambio y \u00a0cooperaci\u00f3n acad\u00e9mica con aquellas instituciones del exterior con las cuales \u00a0existan acuerdos suscritos de cooperaci\u00f3n acad\u00e9mica y con universidades del \u00a0pa\u00eds y del exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover publicaciones sobre temas de inter\u00e9s \u00a0en materia de pol\u00edtica exterior y coordinar su divulgaci\u00f3n con las dependencias \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Promover la investigaci\u00f3n y la publicaci\u00f3n de \u00a0escritos sobre temas de inter\u00e9s en materia de pol\u00edtica exterior que lleven a \u00a0cabo los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Contribuir al continuo desarrollo profesional \u00a0de los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores de manera que \u00a0puedan atender y servir eficazmente a los requerimientos y objetivos de la \u00a0pol\u00edtica internacional del pa\u00eds y fortalecer su capacidad negociadora. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Organizar, custodiar y prestar los servicios \u00a0de biblioteca y hemeroteca para el Ministerio y p\u00fablico en general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Presentar a las dependencias competentes, los \u00a0informes sobre el rendimiento acad\u00e9mico de los alumnos de la academia, con \u00a0miras al ingreso en per\u00edodo de prueba, as\u00ed como la informaci\u00f3n sobre el \u00a0rendimiento acad\u00e9mico de los cursos de capacitaci\u00f3n y actualizaci\u00f3n para \u00a0ascenso y para permanencia en el rango de los funcionarios de la carrera \u00a0diplom\u00e1tica y consular, de conformidad con lo que sobre la materia establece el \u00a0estatuto org\u00e1nico del Servicio Exterior y la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Despacho de Viceministro de Relaciones Exteriores. Son funciones \u00a0del Viceministro de Relaciones Exteriores adem\u00e1s de las contenidas en el \u00a0art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Suplir las faltas temporales del Ministro, \u00a0cuando as\u00ed lo disponga el Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la coordinaci\u00f3n general del \u00a0Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Mantener adecuadamente informadas a todas las \u00a0dependencias y a las misiones en el exterior sobre el desarrollo de los temas \u00a0de su competencia para lograr una mejor coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al Ministro en la formulaci\u00f3n, \u00a0direcci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y seguimiento de la pol\u00edtica exterior de Colombia y \u00a0coordinar con el Viceministro de Asuntos Multilaterales la ejecuci\u00f3n de dicha \u00a0pol\u00edtica, en relaci\u00f3n con los diferentes pa\u00edses en el contexto de las \u00a0organizaciones multilaterales y regionales, as\u00ed como de los organismos regionales \u00a0de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n, a los cuales pertenece Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asistir al Ministro en las relaciones con \u00a0otras entidades del Estado y con las misiones diplom\u00e1ticas y consulares y los \u00a0organismos internacionales acreditados en Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer directrices de pol\u00edtica exterior en \u00a0su dimensi\u00f3n pol\u00edtica, econ\u00f3mica, ambiental, social y cultural en los asuntos \u00a0de su competencia; instruir sobre el particular a las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares y divulgarla ante otros pa\u00edses cuando esta pol\u00edtica est\u00e9 aprobada \u00a0por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Preparar en materia de relaciones bilaterales, \u00a0de integraci\u00f3n y de concertaci\u00f3n regionales los informes o estudios de car\u00e1cter \u00a0pol\u00edtico, econ\u00f3mico, ambiental, social y cultural y otros asuntos que le \u00a0encomiende el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presidir las delegaciones de car\u00e1cter \u00a0internacional que determine el Ministro de Relaciones Exteriores, y\/o delegar \u00a0en quien considere adecuado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Definir con las dependencias pertinentes, las \u00a0delegaciones y agendas las reuniones internacionales sobre los temas de \u00a0pol\u00edtica exterior, prestar todo el apoyo que se requiera para su realizaci\u00f3n y \u00a0hacer un seguimiento a los compromisos que de all\u00ed resulten. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Promover, coordinar y participar en la \u00a0realizaci\u00f3n de comisiones mixtas, comisiones de vecindad, comisiones \u00a0binacionales y mecanismos de consulta, as\u00ed como dirigir la preparaci\u00f3n del \u00a0temario de los asuntos a tratar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Velar porque se tome en cuenta la pol\u00edtica \u00a0nacional relacionada con los asuntos estrat\u00e9gicos del pa\u00eds en la formulaci\u00f3n de \u00a0la pol\u00edtica internacional y propender por su consistencia y complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Velar porque los elementos de la pol\u00edtica \u00a0exterior y los compromisos internacionales asumidos por Colombia sean tenidos \u00a0en cuenta en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas nacionales o sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dar a conocer entre las entidades estatales y \u00a0privadas la pol\u00edtica exterior de Colombia y las decisiones que bilateral o \u00a0multilateralmente interesen al pa\u00eds y divulgarla ante los otros pa\u00edses, \u00a0organismos y foros internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Revisar y aprobar la documentaci\u00f3n de apoyo \u00a0para las visitas del Presidente de la Rep\u00fablica y del Ministro a pa\u00edses, \u00a0conferencias y organismos internacionales, as\u00ed como de representantes de \u00a0Gobiernos Extranjeros a Colombia, en visitas de Estado, oficiales y de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Articular las relaciones del Ministerio con \u00a0las dem\u00e1s entidades p\u00fablicas o privadas pertinentes, para lograr una \u00a0participaci\u00f3n eficaz de Colombia en las negociaciones bilaterales y de \u00a0concertaci\u00f3n regional, convocando para tal efecto a reuniones o solicitando \u00a0informes a las entidades respectivas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar con el Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales, los asuntos relativos a los refugiados y asilados pol\u00edticos de \u00a0los pa\u00edses extranjeros y nacionales y estudiar la aplicaci\u00f3n de los convenios \u00a0internacionales sobre la materia en cada caso concreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Orientar, dirigir, coordinar y supervisar las \u00a0actividades de las Direcciones y grupos de trabajo a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial. Son funciones de la \u00a0Direcci\u00f3n de Soberan\u00eda Territorial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Someter a consideraci\u00f3n del Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores los asuntos relacionados con la caracterizaci\u00f3n de las \u00a0fronteras mar\u00edtima y terrestre y todo lo concerniente a la soberan\u00eda mar\u00edtima, \u00a0terrestre, a\u00e9rea, las cuencas hidrogr\u00e1ficas internacionales y los r\u00edos \u00a0fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar a las autoridades competentes en todo \u00a0lo relativo a garantizar la soberan\u00eda en las zonas de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en la preparaci\u00f3n de las \u00a0negociaciones de los tratados sobre l\u00edmites del territorio nacional y vigilar \u00a0el cumplimiento de los tratados vigentes sobre esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar las tareas relacionadas con la \u00a0definici\u00f3n y revisi\u00f3n de la legislaci\u00f3n sobre inmuebles en zonas fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Inspeccionar las zonas fronterizas y tramitar \u00a0las denuncias sobre incidentes de acuerdo con las instrucciones que le impartan \u00a0el Ministro y\/o el Viceministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n \u00a0General Mar\u00edtima, el Ministerio de Defensa Nacional y dem\u00e1s entidades \u00a0competentes, todo lo relacionado con la explotaci\u00f3n, conservaci\u00f3n y \u00a0contaminaci\u00f3n de los recursos del mar, de las zonas costeras y las eventuales \u00a0infracciones de buques de bandera extranjera en las \u00e1reas de dominio mar\u00edtimo \u00a0de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Atender todo lo relacionado con las Comisiones \u00a0Binacionales para la caracterizaci\u00f3n de los l\u00edmites fronterizos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar los informes de car\u00e1cter interno y \u00a0reservado, para uso exclusivo del Ministerio, para la conducci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Mantener debidamente informadas a las \u00a0diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares y a las entidades nacionales, sobre el desarrollo de los temas atinentes \u00a0en el \u00e1mbito de la Soberan\u00eda Territorial, con el objeto de facilitar la \u00a0formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Articular y coordinar con las entidades \u00a0p\u00fablicas y privadas una eficaz participaci\u00f3n de Colombia en las negociaciones \u00a0bilaterales y regionales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Revisar para la aprobaci\u00f3n del Viceministro \u00a0de Relaciones Exteriores en coordinaci\u00f3n con las autoridades competentes, los \u00a0mapas y publicaciones oficiales que contemplen y comprometan las fronteras \u00a0nacionales y las \u00e1reas de jurisdicci\u00f3n de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en la definici\u00f3n, negociaci\u00f3n y \u00a0ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica amaz\u00f3nica del pa\u00eds en el marco de los tratados \u00a0vigentes y futuros, coordinando conjuntamente con las dependencias del \u00a0Ministerio y entidades nacionales correspondientes las acciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar y tramitar, con las entidades \u00a0competentes, las solicitudes especiales sobre la presencia de naves y sobre \u00a0vuelo y aterrizaje de aeronaves de estados, en aguas, espacio a\u00e9reo nacional, as\u00ed \u00a0como de las naves y aeronaves colombianas en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con las entidades de car\u00e1cter \u00a0nacional y regional relacionadas con el tema, la labor de prevenci\u00f3n y\/o \u00a0detecci\u00f3n de las actividades no autorizadas de exploraci\u00f3n, explotaci\u00f3n, extracci\u00f3n \u00a0y comercializaci\u00f3n de los recursos naturales renovables y no renovables no \u00a0autorizados, que causen perjuicios en territorio colombiano y que impacten las \u00a0zonas lim\u00edtrofes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Evaluar y coordinar conjuntamente con la \u00a0Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos Multilaterales y con las dependencias y \u00a0entidades correspondientes del nivel nacional, los asuntos sobre pol\u00edtica \u00a0mar\u00edtima, ant\u00e1rtica y de desarrollo de los territorios insulares y costeros \u00a0fronterizos y participar en la negociaci\u00f3n de los instrumentos internacionales \u00a0sobre asuntos mar\u00edtimos y fluviales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n de Asuntos Bilaterales y Regionales. Son funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n de Asuntos Bilaterales y Regionales las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer directrices de la pol\u00edtica exterior y \u00a0asesorar al Viceministro de Relaciones Exteriores en la direcci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de relaciones bilaterales, de \u00a0integraci\u00f3n y de concertaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejecutar las directrices de pol\u00edtica exterior \u00a0en los temas de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Preparar, en coordinaci\u00f3n con las dependencias \u00a0del Ministerio que correspondan, la documentaci\u00f3n sobre asuntos de su \u00a0competencia, que sea necesaria para las visitas del Presidente de la Rep\u00fablica, \u00a0del Ministro y de los Viceministros a otros pa\u00edses, conferencias y organismos \u00a0internacionales, as\u00ed como para la participaci\u00f3n del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores en el Consejo Superior de Comerci\u00f3 Exterior y dem\u00e1s \u00f3rganos de \u00a0coordinaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en conjunto con las entidades y \u00a0dependencias relacionadas con cada tema, en los procesos de decisi\u00f3n sobre la \u00a0celebraci\u00f3n de instrumentos internacionales, comerciales, econ\u00f3micos, \u00a0financieros, de ciencia y tecnolog\u00eda, pol\u00edticos, culturales y sociales o en la \u00a0adhesi\u00f3n a los ya existentes; hacer su seguimiento, evaluar sus resultados y \u00a0velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Intervenir en los procesos intra e \u00a0interinstitucionales de elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n colombiana \u00a0en las negociaciones pol\u00edticas, econ\u00f3micas, sociales, ambientales y culturales \u00a0y realizar los an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y \u00a0entidades relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener debidamente informadas en el exterior \u00a0a las diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares y a las entidades nacionales, sobre el desarrollo de los temas \u00a0econ\u00f3micos, pol\u00edticos, sociales, culturales y ambientales en el \u00e1mbito \u00a0bilateral y de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n regionales, con el objeto de \u00a0facilitar la formulaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar al Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores sobre las gestiones adelantadas en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presidir las delegaciones de car\u00e1cter \u00a0internacional que determine el Ministro o el Viceministro sobre asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar con las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio y las correspondientes del orden nacional, las agendas de las \u00a0comisiones de vecindad, bajo la orientaci\u00f3n y supervisi\u00f3n del Viceministro de \u00a0Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Atender por delegaci\u00f3n del Ministro o del \u00a0Viceministro de Relaciones Exteriores las reuniones de consejos, juntas o \u00a0comit\u00e9s que estimen conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Direcci\u00f3n de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizos. Son funciones \u00a0de la Direcci\u00f3n de Integraci\u00f3n y Desarrollo Fronterizos: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Proponer al Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores los planes y programas de desarrollo para las zonas de frontera y \u00a0coordinar su ejecuci\u00f3n con las entidades competentes del orden nacional y \u00a0regional en materia de asuntos fronterizos y hacer el seguimiento \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Recopilar, promover, divulgar normas, programas \u00a0e investigaciones relativas al r\u00e9gimen fronterizo, en cuanto a aspectos \u00a0administrativos, fiscales, ambientales, \u00e9tnicos y de comercio exterior que \u00a0involucren comunidades fronterizas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar informes al Ministro y al \u00a0Viceministro sobre la situaci\u00f3n de las zonas de frontera y del cumplimiento de \u00a0los objetivos consagrados en la Ley 191 de 1995 y la Ley 47 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. De conformidad con las directrices impartidas \u00a0por el Viceministro de Relaciones Exteriores, promover y coordinar con las \u00a0entidades de car\u00e1cter nacional y regional programas y estrategias para el \u00a0desarrollo de los departamentos de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Viceministro del ramo, \u00a0conjuntamente con la Direcci\u00f3n de Asuntos Bilaterales y Regionales, en materia \u00a0de desarrollo fronterizo, para efectos de la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior \u00a0en relaci\u00f3n con sus pa\u00edses lim\u00edtrofes y en el contexto de los organismos \u00a0regionales de integraci\u00f3n, a los cuales pertenezca Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Brindar el apoyo t\u00e9cnico que requieran las \u00a0Secretar\u00edas Ejecutivas en la coordinaci\u00f3n Interinstitucional de las comisiones \u00a0Binacionales de vecindad e integraci\u00f3n fronteriza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Propiciar la participaci\u00f3n de las comunidades, \u00a0organizaciones sociales, comunidades Negras y Autoridades Ind\u00edgenas Fronterizas \u00a0en las comisiones Binacionales de vecindad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Garantizar la participaci\u00f3n de las comunidades \u00a0ind\u00edgenas y negras definidas por la Ley 170 de 1993 en la \u00a0proyecci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica de fronteras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Recibir y analizar las iniciativas y acciones \u00a0relacionadas con las zonas de frontera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Elaborar planes especiales de desarrollo \u00a0econ\u00f3mico y social para las zonas de frontera y las Unidades Especiales de \u00a0Desarrollo Fronterizo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Oficina de Control Interno. Son funciones de la Oficina de \u00a0Control Interno, adem\u00e1s de las establecidas en la Ley 87 del 1993 y sus \u00a0decretos reglamentarios, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores y por su intermedio al Ministro en la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del \u00a0sistema de control interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Viceministro de Relaciones \u00a0Exteriores y por su intermedio al Ministro en la Administraci\u00f3n del sistema de \u00a0control interno, evalu\u00e1ndolo peri\u00f3dicamente y proponer sus ajustes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar los planes, m\u00e9todos, procedimientos y \u00a0mecanismos de verificaci\u00f3n y del Sistema de Control Interno del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Evaluar el control interno aplicado en las \u00a0dependencias y programas del Ministerio para medir la eficiencia, eficacia y \u00a0econom\u00eda de los controles establecidos, asegurar la continuidad del proceso \u00a0administrativo y formular las recomendaciones y correctivos necesarios para el \u00a0cumplimiento de la misi\u00f3n, los objetivos y metas previstos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar programas de auditor\u00eda de \u00a0conformidad con la naturaleza objeto de evaluaci\u00f3n, formulando las \u00a0observaciones y recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Asesorar y apoyar a los Directivos del \u00a0Ministerio en el dise\u00f1o y actualizaci\u00f3n de los procesos y procedimientos, \u00a0requisitos, funciones y formas que requiere el funcionamiento de la entidad, \u00a0dentro de los criterios de eficacia, eficiencia, econom\u00eda, celeridad, igualdad, \u00a0publicidad y oportunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el cumplimiento de las leyes, \u00a0normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas del \u00a0Ministerio y recomendar los ajustes del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Fomentar en el Ministerio la formaci\u00f3n de una \u00a0cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento \u00a0de la misi\u00f3n institucional y velar por la formulaci\u00f3n y aplicaci\u00f3n del control \u00a0de gesti\u00f3n y su sistema de evaluaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Vigilar que la atenci\u00f3n de quejas y reclamos \u00a0se preste pronta y adecuadamente y rendir los informes sobre el particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Verificar que se implanten las medidas \u00a0recomendadas y mantener permanentemente informados a los Directivos acerca del \u00a0estado de control interno de las dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Realizar la evaluaci\u00f3n y seguimiento de las \u00a0acciones del Ministerio y promover ante las autoridades competentes las \u00a0investigaciones a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Despacho del Viceministro de Asuntos Multilaterales. Son \u00a0funciones del Viceministro de Asuntos Multilaterales, adem\u00e1s de las conferidas \u00a0en el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en coordinaci\u00f3n con el \u00a0Viceministro de Relaciones Exteriores en la pol\u00edtica exterior del Estado en \u00a0materia de relaciones multilaterales, velando porque los diferentes aspectos de \u00a0car\u00e1cter, pol\u00edtico, econ\u00f3mico, social, ambiental y cultural se armonicen con \u00a0los fines generales de aquella. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Mantener adecuadamente informadas a todas las \u00a0dependencias y a las Misiones en el exterior sobre el desarrollo de los temas \u00a0de su competencia para lograr una mejor coordinaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presidir las delegaciones de car\u00e1cter \u00a0internacional que determine el Ministro de Relaciones Exteriores y el \u00a0Viceministro de Relaciones Exteriores y\/o delegar en quien considere adecuado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asistir al Ministro en el desarrollo y ejecuci\u00f3n \u00a0de instrumentos multilaterales vigentes, conceptuar sobre su eventual \u00a0terminaci\u00f3n o denuncia, y supervisar y participar en la negociaci\u00f3n y \u00a0suscripci\u00f3n de nuevos tratados y convenios multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Asesorar al Ministro y coordinar con el Viceministro \u00a0de Relaciones Exteriores la direcci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior de \u00a0Colombia en relaci\u00f3n con los diferentes pa\u00edses, en el contexto de las \u00a0organizaciones multilaterales y regionales as\u00ed como de los organismos \u00a0regionales de integraci\u00f3n y concertaci\u00f3n a los cuales pertenece Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar, bajo la orientaci\u00f3n del Ministro \u00a0en forma conjunta con las otras dependencias pertinentes del Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores, en los procesos de consulta, di\u00e1logo y decisi\u00f3n que \u00a0adelanten autoridades nacionales con gobiernos extranjeros y nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Articular las relaciones del Ministerio con \u00a0las dem\u00e1s entidades p\u00fablicas o privadas, para asegurar la coherencia y eficacia \u00a0en la ejecuci\u00f3n de la pol\u00edtica multilateral y para lograr una adecuada participaci\u00f3n \u00a0del pa\u00eds en las reuniones y conferencias multilaterales, convocando para tal \u00a0efecto a reuniones de informaci\u00f3n y coordinaci\u00f3n y solicitando informes a las \u00a0entidades pertinentes sobre sus \u00e1reas de competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Organizar, conjuntamente con el Viceministro \u00a0de Relaciones Exteriores, reuniones preparatorias, comisiones mixtas y de \u00a0seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Impartir las directrices de pol\u00edtica \u00a0multilateral aprobadas por el Ministro de Relaciones Exteriores e instruir \u00a0sobre el particular a las misiones diplom\u00e1ticas y consulares, en todas las \u00a0materias, incluida la cooperaci\u00f3n internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y coordinar lo relacionado con la \u00a0cooperaci\u00f3n internacional, incluidas las negociaciones, el seguimiento y la \u00a0evaluaci\u00f3n del cumplimiento de la pol\u00edtica exterior en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en las negociaciones \u00a0multilaterales de cooperaci\u00f3n internacional, en coordinaci\u00f3n con las entidades \u00a0nacionales p\u00fablicas y privadas pertinentes, con miras a lograr y mantener una \u00a0posici\u00f3n concertada y consolidada del pa\u00eds en las mismas y delegar en las \u00a0dependencias del Viceministerio y\/o la ACCI, cuando as\u00ed lo considere \u00a0pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Representar al Ministro en las reuniones del \u00a0Comit\u00e9 sectorial de negociaciones y de los dem\u00e1s comit\u00e9s sectoriales y asesores \u00a0del Ministerio de Comercio Exterior o designar su delegado, cuando as\u00ed resulte \u00a0pertinente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Dirigir lo relacionado con la promoci\u00f3n de la \u00a0diversidad cultural de Colombia en el exterior, y definir un plan de promoci\u00f3n \u00a0de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Participar en las juntas y comit\u00e9s de \u00a0entidades oficiales de car\u00e1cter cultural de acuerdo con las disposiciones \u00a0legales vigentes y\/o delegar dicha participaci\u00f3n si as\u00ed lo considera \u00a0conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Presidir la Comisi\u00f3n Asesora para la \u00a0determinaci\u00f3n de la condici\u00f3n de refugiado y la Comisi\u00f3n Nacional de \u00a0Migraciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Dirigir y coordinar lo relacionado con el \u00a0control interno disciplinario del Ministerio, de conformidad con el C\u00f3digo \u00a0Unico Disciplinario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Orientar, dirigir, coordinar y supervisar las \u00a0actividades de las Direcciones y grupos de trabajo a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos Multilaterales. Son funciones de \u00a0la Direcci\u00f3n de Asuntos Pol\u00edticos Multilaterales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia en el \u00e1mbito de los asuntos a su cargo \u00a0incluyendo lo relacionado con los organismos multilaterales a los cuales \u00a0pertenece Colombia u otros de su competencia y preparar en cada materia los \u00a0estudios y documentos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar, en el \u00e1mbito de su competencia, al \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales en el desarrollo y ejecuci\u00f3n de acciones \u00a0interinstitucionales con organismos y entidades estatales y privadas requeridas \u00a0para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales en tareas relativas a la formulaci\u00f3n de propuestas, definici\u00f3n \u00a0de posiciones, elaboraci\u00f3n de estudios e instrucciones en relaci\u00f3n con los \u00a0temas a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, por delegaci\u00f3n del Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales, con las \u00e1reas pertinentes del Ministerio, incluidas las \u00a0Misiones Diplom\u00e1ticas de Colombia en el exterior, la ejecuci\u00f3n de las \u00a0directrices de pol\u00edtica exterior de Colombia en el \u00e1mbito de su competencia, \u00a0incluidas las relacionadas con los organismos y conferencias pol\u00edticos \u00a0multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar las acciones requeridas para que la \u00a0pol\u00edtica nacional relacionada con los asuntos de su competencia sea considerada \u00a0en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior, asegurando su consistencia y \u00a0complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en los procesos de negociaci\u00f3n \u00a0sobre la celebraci\u00f3n de tratados o convenios multilaterales bajo su competencia \u00a0y coordinar los estudios necesarios para la ratificaci\u00f3n de o la adhesi\u00f3n a los \u00a0ya existentes y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar los procesos interinstitucionales de \u00a0elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia en las negociaciones \u00a0multilaterales sobre asuntos pol\u00edticos. Elaborar los an\u00e1lisis correspondientes \u00a0en coordinaci\u00f3n con las dependencias y entidades relacionadas con cada asunto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener adecuadamente informadas a las \u00a0diferentes dependencias de la Canciller\u00eda, a las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares y a las entidades nacionales, sobre el desarrollo de los temas \u00a0pol\u00edticos en el \u00e1mbito multilateral, con el objeto de facilitar la formulaci\u00f3n \u00a0y coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar la recopilaci\u00f3n, consolidaci\u00f3n y \u00a0suministro de informaci\u00f3n que el gobierno de Colombia debe remitir a los \u00a0organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Solicitar a las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares los documentos y an\u00e1lisis sobre los temas multilaterales que \u00a0interesen al pa\u00eds y transmitirlos, cuando sea del caso, a las dependencias \u00a0pertinentes del Ministerio y a las entidades nacionales que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Tramitar todos los asuntos relacionados con \u00a0las candidaturas de los organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Gestionar los tr\u00e1mites requeridos para el \u00a0pago de las cuotas a los organismos internacionales que correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Transmitir a las representaciones de Colombia \u00a0ante los organismos, conferencias y otras instancias multilaterales, as\u00ed como a \u00a0los organismos y entidades estatales, la posici\u00f3n del Gobierno Nacional sobre \u00a0los temas de su competencia e impartir las orientaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Coordinar con los organismos y entidades del \u00a0Estado y las entidades privadas que competan, los asuntos relacionados con la \u00a0ejecuci\u00f3n y desarrollo de pol\u00edtica exterior en el \u00e1mbito pol\u00edtico multilateral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Realizar, sobre los asuntos de su competencia \u00a0y en coordinaci\u00f3n con otras \u00e1reas involucradas seg\u00fan el tema, el seguimiento a \u00a0los asuntos estrat\u00e9gicos puestos a consideraci\u00f3n de las diferentes entidades, \u00a0informando al Ministro y Viceministro de Asuntos Multilaterales sobre las \u00a0discusiones y conclusiones respecto de aquellas iniciativas o proyectos que \u00a0sean de inter\u00e9s para el tratamiento de las relaciones exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Mantener actualizada y sistematizada la \u00a0documentaci\u00f3n relativa a los temas de su competencia e informar oportunamente a \u00a0las diferentes dependencias del Ministerio sobre su contenido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Atender por delegaci\u00f3n del Ministro o del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales, reuniones de los comit\u00e9s, juntas y \u00a0consejos sectoriales que se estime conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presidir las delegaciones de car\u00e1cter \u00a0internacional que determine el Ministro y el Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales sobre asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos y Sociales Multilaterales. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Econ\u00f3micos y Sociales Multilaterales las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia, en el \u00e1mbito de los asuntos econ\u00f3micos, \u00a0comerciales, sociales y ambientales multilaterales, incluyendo lo relacionado \u00a0con los organismos multilaterales a los cuales pertenece Colombia u otros de su \u00a0competencia, y preparar en cada materia los estudios y documentos necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adelantar, bajo la orientaci\u00f3n del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales, las acciones estrat\u00e9gicas relacionadas \u00a0con asuntos y temas econ\u00f3micos, comerciales, sociales y ambientales, y aquellos \u00a0que a juicio del Ministro requieran un tratamiento especial por ser \u00a0prioritarios para la pol\u00edtica exterior, incluidas las relaciones con los \u00a0organismos y conferencias que tratan estos temas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar, en el \u00e1mbito de su competencia al \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales en el desarrollo y ejecuci\u00f3n de acciones \u00a0interinstitucionales con organismos y entidades estatales y privadas requeridas \u00a0para la aplicaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds, as\u00ed como en tareas \u00a0relativas a la formulaci\u00f3n de propuestas, definici\u00f3n de posiciones, elaboraci\u00f3n \u00a0de estudios e instrucciones en relaci\u00f3n con los temas a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar las acciones requeridas para que la \u00a0pol\u00edtica nacional relacionada con los asuntos de su competencia sea considerada \u00a0en la formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior, asegurando su consistencia y \u00a0complementariedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar, en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n de \u00a0Asuntos Pol\u00edticos Multilaterales, y otras \u00e1reas involucradas seg\u00fan el tema, los \u00a0procesos de an\u00e1lisis y cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los \u00a0organismos y entidades internacionales en los diferentes asuntos de su \u00a0competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar, por delegaci\u00f3n del Viceministro de \u00a0Asuntos Multilaterales y en coordinaci\u00f3n con otras \u00e1reas involucradas seg\u00fan el \u00a0tema, incluidas las misiones diplom\u00e1ticas de Colombia en el exterior, la \u00a0ejecuci\u00f3n de las directrices de pol\u00edtica exterior, as\u00ed como los procesos de \u00a0an\u00e1lisis y cumplimiento de las recomendaciones formuladas por los organismos y \u00a0entidades internacionales en los asuntos econ\u00f3micos, comerciales, sociales y \u00a0ambientales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar los procesos interinstitucionales de \u00a0elaboraci\u00f3n y determinaci\u00f3n de la posici\u00f3n de Colombia en las negociaciones \u00a0multilaterales sobre asuntos econ\u00f3micos, comerciales, sociales y ambientales. \u00a0Elaborar los an\u00e1lisis correspondientes en coordinaci\u00f3n con las dependencias y \u00a0entidades relacionadas con cada asunto. As\u00ed mismo, coordinar la recopilaci\u00f3n, \u00a0consolidaci\u00f3n y suministro de informaci\u00f3n que el gobierno de Colombia debe \u00a0remitir a los organismos internacionales que le correspondan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar en los procesos de negociaci\u00f3n \u00a0sobre la celebraci\u00f3n de tratados o convenios multilaterales bajo su competencia \u00a0y coordinar los estudios necesarios para la ratificaci\u00f3n de o la adhesi\u00f3n a los \u00a0ya existentes y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Mantener adecuadamente informadas a las diferentes \u00a0dependencias de la Canciller\u00eda, a las misiones diplom\u00e1ticas y consulares y a \u00a0las entidades nacionales, sobre el desarrollo de los temas de su competencia en \u00a0el \u00e1mbito multilateral, con el objeto de facilitar la formulaci\u00f3n y \u00a0coordinaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Solicitar a las misiones diplom\u00e1ticas y \u00a0consulares los documentos y an\u00e1lisis sobre los temas multilaterales que \u00a0interesen al pa\u00eds y transmitirlos, cuando sea del caso, a las dependencias \u00a0pertinentes del Ministerio y a las entidades nacionales que corresponda, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Transmitir a las representaciones de Colombia \u00a0ante los organismos, conferencias y otras instancias multilaterales, as\u00ed como a \u00a0los organismos y entidades estatales la posici\u00f3n del Gobierno Nacional sobre \u00a0los temas de su competencia e impartir las orientaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener actualizada y sistematizada la \u00a0documentaci\u00f3n relativa a los temas de su competencia e informar oportunamente a \u00a0las diferentes dependencias del Ministerio sobre su contenido. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Realizar estudios e investigaciones sobre la \u00a0econom\u00eda, el comercio y las finanzas internacionales relevantes para la \u00a0formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica exterior del pa\u00eds. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Articular los resultados de los estudios \u00a0econ\u00f3micos nacionales e internacionales con los compromisos bilaterales o \u00a0multilaterales de Colombia, los acuerdos de cooperaci\u00f3n internacional y la \u00a0agenda exterior del pa\u00eds en la formulaci\u00f3n de los planes sectoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Atender por delegaci\u00f3n del Ministro o del \u00a0Viceministro de Asuntos Multilaterales, las reuniones de los comit\u00e9s, juntas y \u00a0consejos sectoriales que se estime conveniente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15 Presidir las delegaciones de car\u00e1cter \u00a0internacional que determine el Ministro y el Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales sobre asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario. \u00a0Son funciones de la Direcci\u00f3n de Derechos Humanos y Derecho Internacional \u00a0Humanitario las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales y por su intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de la pol\u00edtica exterior de Colombia en materia de Derechos Humanos y Derecho \u00a0Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con los organismos y entidades del Estado \u00a0competentes, la elaboraci\u00f3n y sustentaci\u00f3n de los informes peri\u00f3dicos que debe \u00a0presentar Colombia, en virtud de la ratificaci\u00f3n de instrumentos \u00a0internacionales de derechos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la atenci\u00f3n de las solicitudes de \u00a0acci\u00f3n urgente que le formulan al Estado colombiano los organismos \u00a0internacionales de protecci\u00f3n de los derechos humanos ante amenazas o \u00a0situaciones de especial riesgo, hacer un seguimiento de las medidas adoptadas \u00a0en virtud de tales amenazas o situaciones y presentar los informes peri\u00f3dicos a \u00a0que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el manejo de los casos individuales, \u00a0que por posibles violaciones de derechos humanos, sean denunciados \u00a0internacionalmente y transmitidos al Gobierno de Colombia por los organismos \u00a0internacionales de protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Participar, bajo la orientaci\u00f3n del Ministro y \u00a0del Viceministro de Asuntos Multilaterales en forma conjunta con las otras \u00a0dependencias pertinentes del Ministerio de Relaciones Exteriores, en los \u00a0procesos de consulta, di\u00e1logo y decisi\u00f3n que adelantan autoridades nacionales \u00a0con gobiernos extranjeros y organismos internacionales en materia de derechos \u00a0humanos y derecho internacional humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Cumplir las labores de Secretar\u00eda T\u00e9cnica del \u00a0Comit\u00e9 de Ministros creado por la Ley 288 de 1996. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la atenci\u00f3n de las quejas \u00a0transmitidas por la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los \u00a0Derechos Humanos en Colombia, relativas a posibles violaciones de derechos \u00a0humanos o a posibles infracciones al Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Participar por delegaci\u00f3n en las misiones y, \u00a0cuando sea del caso, llevar la representaci\u00f3n del Gobierno de Colombia en las \u00a0audiencias y sesiones de los organismos internacionales de derechos humanos, \u00a0bajo la orientaci\u00f3n del Ministro y\/o del Viceministro de Asuntos Multilaterales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Apoyar la elaboraci\u00f3n de quejas por posibles \u00a0infracciones al Derecho Internacional Humanitario. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Direcci\u00f3n de Asuntos Culturales. Son funciones de la Direcci\u00f3n \u00a0de Asuntos Culturales las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Adelantar bajo la orientaci\u00f3n del Viceministro \u00a0de Asuntos Multilaterales las acciones pertinentes relacionadas con asuntos y \u00a0temas de la difusi\u00f3n de la cultura Colombiana en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar con otras dependencias del \u00a0Ministerio, con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de la Rep\u00fablica y con \u00a0las entidades oficiales y privadas pertinentes la difusi\u00f3n y promoci\u00f3n de la \u00a0imagen de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Programar y coordinar con otras dependencias \u00a0del Ministerio, con las Misiones Diplom\u00e1ticas, y Consulares de Colombia en el \u00a0exterior, con las acreditadas en Colombia y con las entidades nacionales e \u00a0internacionales competentes, la participaci\u00f3n de Colombia en proyectos \u00a0culturales, de educaci\u00f3n y afines. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar los proyectos culturales y afines \u00a0requeridos para promocionar la diversidad y riqueza cultural de Colombia en el \u00a0exterior y presentarlos al Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar el plan de promoci\u00f3n de Colombia en \u00a0el exterior, en coordinaci\u00f3n con las dependencias pertinentes del Ministerio y \u00a0con las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares de la Rep\u00fablica y controlar y \u00a0evaluar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Suministrar al Viceministro de Asuntos \u00a0Multilaterales la informaci\u00f3n requerida, para el seguimiento a la ejecuci\u00f3n del \u00a0plan de promoci\u00f3n cultural de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir conceptos sobre la celebraci\u00f3n de \u00a0convenios culturales, participar en su negociaci\u00f3n (y verificar su \u00a0cumplimiento). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Velar por el cumplimiento de los acuerdos \u00a0internacionales culturales y afines suscritos por el Ministerio y por las \u00a0entidades nacionales pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la realizaci\u00f3n de comisiones de \u00a0car\u00e1cter cultural, as\u00ed como preparar los programas de intercambio cultural con \u00a0los diversos estados y organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Participar y contribuir en la ejecuci\u00f3n de \u00a0programas de informaci\u00f3n con destino a las Misiones Diplom\u00e1ticas y Consulares \u00a0de Colombia en el exterior, y a los medios de comunicaci\u00f3n extranjeros, en \u00a0coordinaci\u00f3n con otras dependencias del Ministerio y con entidades oficiales \u00a0competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en las deliberaciones de juntas y \u00a0comit\u00e9s de entidades oficiales de car\u00e1cter cultural de acuerdo con las \u00a0disposiciones legales vigentes y cuando as\u00ed lo determinen las autoridades del \u00a0Ministerio y\/o el Viceministro de Asuntos Multilaterales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Participar en el dise\u00f1o del plan de gesti\u00f3n \u00a0del Viceministerio, y una vez aprobado, implementar y efectuar seguimiento y \u00a0evaluaci\u00f3n al plan de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Enriquecer las bibliotecas y hemerotecas de \u00a0las Embajadas de Colombia, con el fin de fomentar un mejor conocimiento del \u00a0pa\u00eds en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Presentar a los organismos competentes del \u00a0Ministerio la informaci\u00f3n pertinente sobre sus necesidades presupuestales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por \u00a0naturaleza sean afines con las descritas anteriormente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Despacho de la Secretar\u00eda General. Son funciones de la \u00a0Secretar\u00eda General las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro en la, formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas, normas y procedimientos para la administraci\u00f3n de recursos humanos, \u00a0f\u00edsicos, econ\u00f3micos y financieros del Ministerio y del Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Velar por la debida aplicaci\u00f3n del sistema de \u00a0desarrollo administrativo, relacionado con las pol\u00edticas, estrategias, \u00a0metodolog\u00edas, t\u00e9cnicas y mecanismos de car\u00e1cter administrativo y organizacional \u00a0para la gesti\u00f3n y el manejo de los recursos humanos, t\u00e9cnicos, materiales, \u00a0f\u00edsicos y financieros del Ministerio, orientado a fortalecer la capacidad \u00a0administrativa y el desempe\u00f1o institucional, de conformidad con las normas \u00a0legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir las actividades de seguridad \u00a0industrial, la de administraci\u00f3n de personal, las relaciones laborales y la \u00a0planta de personal del Ministerio, de acuerdo con las pol\u00edticas del Ministerio \u00a0y las normas legales vigentes establecidas sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4 Dirigir, coordinar y controlar los procesos de \u00a0la administraci\u00f3n de recursos f\u00edsicos y financieros garantizando el apoyo al \u00a0correcto funcionamiento del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Programar y adelantar los procesos de \u00a0licitaci\u00f3n, contrataci\u00f3n, adquisici\u00f3n almacenamiento, custodia y adquisici\u00f3n de \u00a0bienes y materiales, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar el Fondo Rotatorio del Ministerio \u00a0de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer y ejecutar las pol\u00edticas, planes, \u00a0programas y dem\u00e1s acciones relacionadas con la gesti\u00f3n financiera y \u00a0presupuestal del Ministerio y su Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar con la Oficina de Planeaci\u00f3n la \u00a0elaboraci\u00f3n del Proyecto de Presupuesto de Inversi\u00f3n del Ministerio, y con \u00a0todas las dependencias el proyecto de presupuesto del Ministerio, as\u00ed como el \u00a0de funcionamiento e inversi\u00f3n del Fondo Rotatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y controlar la adecuada prestaci\u00f3n \u00a0de los servicios generales para el correcto funcionamiento del Ministerio \u00a0incluido su archivo general. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y controlar el procesamiento \u00a0electr\u00f3nico de datos, as\u00ed como la sistematizaci\u00f3n integral de la informaci\u00f3n y \u00a0controlar el mantenimiento y actualizaci\u00f3n de aplicaciones y programas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar el Comit\u00e9 Sectorial de Desarrollo \u00a0Administrativo de conformidad con el art\u00edculo 19 de la Ley 489 de 1998, \u00a0efectuar el seguimiento de los planes de desarrollo administrativo de las \u00a0entidades adscritas y vinculadas y presentar el plan de acci\u00f3n respectivo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y Comunidades Colombianas en el \u00a0Exterior. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Asuntos Consulares y \u00a0Comunidades Colombianas en el Exterior: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Ministro, a los Viceministros y al \u00a0Secretario General en materia de pol\u00edtica sobre las comunidades colombianas en \u00a0el exterior, en asuntos consulares, en la expedici\u00f3n de pasaportes, visas y en \u00a0Pol\u00edtica Migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar y supervisar las actividades de los \u00a0consulados de la Rep\u00fablica, teniendo en cuenta los intereses del pa\u00eds y la \u00a0necesaria protecci\u00f3n de los derechos fundamentales de los colombianos en el \u00a0exterior y coordinar lo pertinente con las pol\u00edticas adoptadas por el \u00a0Ministerio en esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Evaluar los informes de asistencia a \u00a0connacionales y a colombianos detenidos, elaborados por los C\u00f3nsules y los \u00a0informe de asistencia jur\u00eddica y social que presenten los asesores \u00a0correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Promover los v\u00ednculos de todo orden de las \u00a0comunidades colombianas en el exterior con el pa\u00eds, como medio de exaltar la \u00a0identidad y los valores nacionales y promocionar la imagen de Colombia en el \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Llevar el censo de los colombianos en el \u00a0exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y supervisar los tr\u00e1mites de \u00a0reconocimiento de c\u00f3nsules colombianos en el exterior, as\u00ed como de extranjeros \u00a0en Colombia en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General del Protocolo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Servir de enlace entre los consulados \u00a0extranjeros acreditados en Colombia y las entidades oficiales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir y supervisar a los consulados de la \u00a0Rep\u00fablica, en el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes y funciones notariales \u00a0asignadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Estudiar, tramitar y resolver las solicitudes \u00a0de visas y dirigir dicha labor en los Consulados de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Instruir y supervisar a las gobernaciones en \u00a0el proceso de expedici\u00f3n de pasaportes, de conformidad con los convenios que se \u00a0suscriban sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la expedici\u00f3n de pasaportes a nivel \u00a0nacional y en los Consulados de Colombia en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Expedir los pasaportes diplom\u00e1ticos y \u00a0oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Vigilar la correcta aplicaci\u00f3n de las normas \u00a0sobre recaudos consulares y elaborar la estad\u00edstica de actuaciones y recaudos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Mantener contacto permanente y coordinar \u00a0acciones con las autoridades nacionales en los asuntos de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Tramitar exhortos, cartas rogatorias y \u00a0diligencias judiciales que deban cumplirse en el exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar las actividades de los consulados \u00a0para adelantar las gestiones notariales, electorales, de registro civil, de \u00a0cedulaci\u00f3n y tarjetas de identidad, de reclutamiento de certificaciones de \u00a0antecedentes judiciales, de supervivencias y dem\u00e1s tr\u00e1mites documentarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la legalizaci\u00f3n de documentos \u00a0provenientes o con destino al exterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar la traducci\u00f3n de documentos \u00a0oficiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Direcci\u00f3n del Talento Humano. Son funciones de la Direcci\u00f3n del \u00a0Talento Humanos las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Secretario General y por su \u00a0intermedio al Ministro, en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y procedimientos \u00a0para la administraci\u00f3n de los recursos humanos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ser el \u00f3rgano para la administraci\u00f3n y \u00a0vigilancia de la Carrera Diplom\u00e1tica y Consular y por ello orientar y coordinar \u00a0las pol\u00edticas de ingreso, permanencia, concurso, alternaci\u00f3n y todos los \u00a0asuntos de car\u00e1cter administrativo relacionados con ella, de acuerdo con el Decreto ley 274 de \u00a02000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Administrar la planta de personal del servicio \u00a0exterior y sus archivos, bajo la direcci\u00f3n de la Secretar\u00eda General y recomendarle \u00a0programas de distribuci\u00f3n o redistribuci\u00f3n de los cargos y de ubicaci\u00f3n del \u00a0personal, de acuerdo con las necesidades del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Cumplir las funciones especiales relacionadas \u00a0con la administraci\u00f3n y desarrollo del personal del Ministerio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar y programar las actividades de \u00a0administraci\u00f3n del personal, incluidas las relativas a Bienestar Social, salud \u00a0ocupacional y dem\u00e1s situaciones del personal de planta, y elaborar los \u00a0correspondientes actos administrativos sobre novedades de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener actualizado el manual espec\u00edfico de \u00a0funciones y requisitos del Ministerio, de acuerdo con las pol\u00edticas del \u00a0Ministerio y las normas legales vigentes establecidas sobre estas materias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Velar por el estricto cumplimiento de las \u00a0disposiciones legales que rigen las carreras diplom\u00e1tica y consular y \u00a0administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Atender, por delegaci\u00f3n o poder otorgado por \u00a0el Ministro, todos los procesos que se relacionen con el Ministerio en materia \u00a0laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Responder las acciones de tutela y los \u00a0derechos de petici\u00f3n que se relacionen con asuntos atinentes a las funciones \u00a0asignadas a esta Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Absolver las consultas que le formulen las \u00a0dependencias de la Canciller\u00eda y que tengan relaci\u00f3n con temas jur\u00eddicos de \u00a0car\u00e1cter laboral. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Custodiar y mantener actualizadas las hojas \u00a0de vida de todos los funcionarios del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer la funci\u00f3n de Secretar\u00eda de la \u00a0Comisi\u00f3n de Personal de la Carrera Administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Delegaciones Permanentes ante Organismos Internacionales Multilaterales \u00a0y Regionales. Las Delegaciones Permanentes ante Organismos \u00a0Internacionales est\u00e1n conformadas por Agentes Diplom\u00e1ticos, representantes del \u00a0Gobierno Nacional ante organismos de concertaci\u00f3n, en los que participe y tenga \u00a0inter\u00e9s el pa\u00eds, en desarrollo y ejecuci\u00f3n de su pol\u00edtica exterior. Los \u00a0mecanismos de concertaci\u00f3n regionales tendr\u00e1n coordinadores nacionales y \u00a0adjuntos designados por el Ministro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones de las Delegaciones Permanentes \u00a0ante Organismos Internacionales Multilaterales y Regionales las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Representar al Gobierno Nacional en la \u00a0definici\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los asuntos multilaterales que se \u00a0tramiten en los respectivos organismos internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Integrar y armonizar las tem\u00e1ticas a ser \u00a0tratadas en los diferentes organismos internacionales y articular las acciones \u00a0pertinentes para su ejecuci\u00f3n, en especial las relacionadas con asuntos de \u00a0\u00edndole pol\u00edtica, econ\u00f3mica, social, ambiental, cultural, de integraci\u00f3n y \u00a0cooperaci\u00f3n, en concordancia con los principios de reciprocidad y conveniencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar a las dependencias pertinentes del \u00a0Ministerio de Relaciones Exteriores los an\u00e1lisis y recomendaciones \u00a0correspondientes sobre los temas de discusi\u00f3n en las diferentes reuniones \u00a0multilaterales de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Servir de interlocutor y enlace para todas las \u00a0gestiones entre el Gobierno Nacional, a trav\u00e9s del Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores, y los organismos internacionales ante los cuales se encuentran \u00a0destacadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover y salvaguardar los intereses del pa\u00eds \u00a0ante los organismos internacionales, de acuerdo con la pol\u00edtica exterior que \u00a0determine el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Promover y fortalecer la capacidad negociadora \u00a0del pa\u00eds ante los organismos internacionales correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Presentar al Ministerio informes espec\u00edficos y \u00a0regulares sobre su gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas y que por su \u00a0naturaleza le sean afines a las ya descritas, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Embajadas. Las Embajadas son unidades diplom\u00e1ticas, \u00a0representantes del Gobierno Nacional ante otros pa\u00edses, encargadas de ejecutar \u00a0la pol\u00edtica bilateral, con capacidad delegada de negociar, acordar y convenir \u00a0t\u00e9rminos de concertaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n en asuntos de inter\u00e9s mutuo, \u00a0especialmente en los campos pol\u00edtico, social, econ\u00f3mico, comercial, ambiental, \u00a0cient\u00edfico-tecnol\u00f3gico y cultural. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organos de \u00a0asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Organos de asesor\u00eda y coordinaci\u00f3n. El Ministerio de Relaciones \u00a0Exteriores har\u00e1 parte de los Consejos, Juntas, Comisiones u \u00f3rganos de Asesor\u00eda \u00a0y Coordinaci\u00f3n que le se\u00f1alen la ley y las disposiciones vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Consejo Administrativo y Consejo Acad\u00e9mico de la Academia Diplom\u00e1tica. Las \u00a0funciones del Consejo Administrativo y del Consejo Acad\u00e9mico de la Academia \u00a0Diplom\u00e1tica ser\u00e1n establecidas por resoluci\u00f3n ministerial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. Es su \u00a0funci\u00f3n procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, as\u00ed como \u00a0la administraci\u00f3n de la informaci\u00f3n y los recursos, se realicen de acuerdo a \u00a0las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las pol\u00edticas trazadas \u00a0por la direcci\u00f3n y en atenci\u00f3n a las metas u objetivos previstos, de acuerdo \u00a0con la Ley 87 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Comisi\u00f3n de personal de carrera diplom\u00e1tica y consular. Las \u00a0funciones de esta comisi\u00f3n est\u00e1n reglamentadas en el Decreto que regula el \u00a0servicio exterior y la carrera diplom\u00e1tica y consular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Comisi\u00f3n de personal de carrera administrativa. Son funciones de \u00a0esta comisi\u00f3n las reglamentadas en el art\u00edculo 61 de la Ley 443 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0laborales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Adopci\u00f3n de la nueva Planta de Personal. De conformidad con la \u00a0reestructuraci\u00f3n ordenada por el presente decreto, el Gobierno Nacional \u00a0proceder\u00e1 a adoptar la nueva Planta de Personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Atribuciones de los funcionarios de la planta actual. Los \u00a0funcionarios de la Planta de personal actual del Ministerio, continuar\u00e1n \u00a0ejerciendo las atribuciones a ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la \u00a0nueva planta de personal de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo \u00a0anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Supresi\u00f3n de empleos. El Gobierno Nacional suprimir\u00e1 los empleos \u00a0o cargos desempe\u00f1ados por los empleados p\u00fablicos, que no fueren necesarios, de \u00a0conformidad con la reestructuraci\u00f3n dispuesta en el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Indemnizaciones. A los empleados p\u00fablicos de carrera a quienes \u00a0se les suprima el cargo, como consecuencia de la reestructuraci\u00f3n del Ministerio, \u00a0tendr\u00e1n derecho a la indemnizaci\u00f3n consagrada en la Ley 443 de 1998, los \u00a0Decretos Reglamentarios 1572 y 1568 de 1998 y \u00a0las normas que los modifiquen, adicionen o sustituyan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, y deroga los Decretos 2126 de 1992 y 1676 de 1997 y \u00a0las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 11 de julio de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Relaciones Exteriores, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Guillermo \u00a0Fern\u00e1ndez de Soto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan \u00a0Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio \u00a0Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1295 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (julio 11) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 2105 de 2001, \u00a0art\u00edculo 40. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de Colombia, en \u00a0ejercicio de las facultades otorgadas por el numeral 16 del art\u00edculo [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-28397","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28397","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28397"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28397\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28397"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28397"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28397"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}