{"id":28581,"date":"2023-07-18T19:26:21","date_gmt":"2023-07-18T19:26:21","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1656-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:26:21","modified_gmt":"2023-07-18T19:26:21","slug":"decreto-1656-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1656-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 1656 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1656 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(agosto 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por \u00a0el cual se liquida la Ley 612 \u00a0del 29 de agosto de 2000 que decreta unas modificaciones en el Presupuesto \u00a0de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>vigencia fiscal de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la \u00a0Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades Constitucionales y \u00a0Legales, en especial las se\u00f1aladas en el art\u00edculo 67 del Estatuto Org\u00e1nico del \u00a0Presupuesto y las que le confiere la Ley 612 de 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 67 del \u00a0Estatuto Org\u00e1nico del Presupuesto faculta al Gobierno para dictar el decreto de \u00a0liquidaci\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que en la Ley 612 de 2000 se \u00a0establecen unas modificaciones al Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y \u00a0en la Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal de 2000 por un valor de \u00a0$4.027.234.331.614; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que la citada ley decret\u00f3 \u00a0unos traslados en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n por un valor de \u00a0$560.833.884.351; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el art\u00edculo 9\u00ba. de la \u00a0citada ley autoriz\u00f3 al Gobierno Nacional para que en el decreto de liquidaci\u00f3n excluyera \u00a0los traslados cuyos contracr\u00e9ditos estuvieren comprometidos en el momento de su \u00a0sanci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Presupuesto de rentas y recursos de capital. \u00a0Efect\u00faese la siguiente adici\u00f3n en el Presupuesto General de la Naci\u00f3n para la \u00a0vigencia fiscal de 2000, en la suma de cuatro billones veintisiete mil \u00a0doscientos treinta y cuatro millones trescientos treinta y un mil seiscientos \u00a0catorce pesos moneda legal ($4.027.234.331.614), seg\u00fan el siguiente detalle: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. En \u00a0desarrollo de lo dispuesto en el art\u00edculo 119 del Estatuto Org\u00e1nico del \u00a0Presupuesto, el Instituto de Planificaci\u00f3n y Promoci\u00f3n de Soluciones \u00a0Energ\u00e9ticas-IPSE-podr\u00e1 adelantar las sustituciones de activos que sean \u00a0pertinentes. Lo anterior en cumplimiento de lo previsto en el art\u00edculo 18 del Decreto 1140 de 1999, \u00a0que establece que una vez concluido el periodo transitorio, el IPSE no podr\u00e1 \u00a0tener dentro de sus activos, estructuras energ\u00e9ticas de generaci\u00f3n, transmisi\u00f3n \u00a0y\/o distribuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. El Gobierno \u00a0Nacional podr\u00e1 realizar sin operaci\u00f3n presupuestal alguna, sustituciones en su \u00a0portafolio de inversiones con sus entidades descentralizadas. De igual forma podr\u00e1 \u00a0recibir de \u00e9stas, como pago de los excedentes financieros que autorice el \u00a0Conpes, un equivalente representado en acciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Los gastos \u00a0que sean necesarios para la administraci\u00f3n, consecuci\u00f3n y servicio de las \u00a0operaciones de cr\u00e9dito p\u00fablico, las asimiladas a ellas, las propias del manejo \u00a0de la deuda, las operaciones conexas y las dem\u00e1s relacionadas con los Recursos \u00a0del Cr\u00e9dito ser\u00e1n atendidos con cargo a las apropiaciones del Servicio de la \u00a0Deuda P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. La Naci\u00f3n \u00a0podr\u00e1 dar cr\u00e9ditos con cargo a las asignaciones de la actual vigencia fiscal \u00a0para financiar las plantas de personal de docentes departamentales en los casos \u00a0en que el Situado Fiscal asignado a un departamento para financiar el servicio \u00a0educativo no cubra los costos de las obligaciones adquiridas, o cuando los \u00a0recursos propios de los departamentos sean insuficientes para cumplir las \u00a0obligaciones con los docentes de las plantas departamentales. Los cr\u00e9ditos \u00a0podr\u00e1n ser condonados por el Gobierno Nacional, incluidos los de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los cr\u00e9ditos a que se \u00a0refiere el presente art\u00edculo no se tendr\u00e1n en cuenta para determinar la \u00a0capacidad de pago de las entidades territoriales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En el caso de los \u00a0educadores departamentales, y del Situado Fiscal, se suscribir\u00e1 un convenio de \u00a0desempe\u00f1o o un otros\u00ed cuando ya haya convenio de desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. EL art\u00edculo \u00a035\u00b0 de la Ley 547 de 1999, \u00a0quedar\u00e1 as\u00ed: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cuando exista apropiaci\u00f3n \u00a0presupuestal en el servicio de la deuda p\u00fablica podr\u00e1n efectuarse anticipos en \u00a0el pago de los contratos de empr\u00e9stito. Igualmente podr\u00e1 atenderse con cargo a \u00a0la vigencia en curso las del servicio de la deuda p\u00fablica correspondiente al \u00a0mes de enero del a\u00f1o 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Sustit\u00fayase \u00a0en el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital de la Naci\u00f3n la suma de un \u00a0bill\u00f3n trescientos setenta y dos mil setecientos ochenta y cinco millones \u00a0doscientos mil pesos moneda legal ($1.372.785.200.000) de ingresos corrientes \u00a0de la Naci\u00f3n por recursos del cr\u00e9dito interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministerio de Hacienda \u00a0y Cr\u00e9dito P\u00fablico-Direcci\u00f3n General del Presupuesto Nacional-en uso de la \u00a0facultad otorgada por el Decreto 568 de 1996 \u00a0har\u00e1 las correcciones a los recursos y a sus correspondientes c\u00f3digos, los \u00a0cuales son de car\u00e1cter informativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Los recursos \u00a0que corresponden al departamento y los municipios de la Guajira, provenientes \u00a0de la venta de Carbocol, se incorporar\u00e1n al presupuesto del a\u00f1o 2001 con \u00a0destino a lo establecido en las Leyes 547 y 549 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. La partida \u00a0de $130 mil millones para los subsidios de vivienda de inter\u00e9s social, y los otros \u00a0rubros que tengan el mismo prop\u00f3sito deber\u00e1n ser distribuidos con los criterios \u00a0regionales que dise\u00f1\u00f3 el Ministerio de Desarrollo Econ\u00f3mico en virtud de la Ley 546 de 1999 y sus \u00a0decretos reglamentarios. Se deber\u00e1n respetar las aspiraciones de los diferentes \u00a0departamentos y municipios colombianos, y se deber\u00e1n compensar a las regiones \u00a0el menor valor trasladado en el a\u00f1o 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. En la \u00a0Secci\u00f3n 1700 Programa 410, Subprograma 1100 &#8220;Intersectorial \u00a0Agropecuario&#8221; (106) por valor de $11.450.000.000 (once mil cuatrocientos \u00a0cincuenta millones de pesos) se incluya o contemple, sin aumentar el rubro, la \u00a0suma de $2.000.000.000 (dos mil millones de pesos) para cumplir con el mandato \u00a0legal de la Ley 395\/97, que establece la erradicaci\u00f3n de la &#8220;Fiebre \u00a0aftosa&#8221;, programa de inter\u00e9s social nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. El presente decreto \u00a0se acompa\u00f1a de un anexo que contiene el detalle del gasto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. El presente decreto \u00a0rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, comun\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D.C., a \u00a029 de agosto de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y \u00a0Cr\u00e9dito Publico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Manuel Santos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1656 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (agosto 29) \u00a0 \u00a0 por \u00a0el cual se liquida la Ley 612 \u00a0del 29 de agosto de 2000 que decreta unas modificaciones en el Presupuesto \u00a0de Rentas y Recursos de Capital y en la Ley de Apropiaciones para la \u00a0 \u00a0 vigencia fiscal de 2000. \u00a0 \u00a0 El Presidente [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-28581","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28581","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28581"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28581\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28581"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28581"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28581"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}