{"id":28596,"date":"2023-07-18T19:26:22","date_gmt":"2023-07-18T19:26:22","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1677-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:26:22","modified_gmt":"2023-07-18T19:26:22","slug":"decreto-1677-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-1677-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 1677 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 1677 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(septiembre 1\u00b0) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se \u00a0reestructura el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota: Derogado por el Decreto 188 de 2004, \u00a0art\u00edculo 18. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en \u00a0especial de las conferidas por el art\u00edculo 189 numeral 16 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica y el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sector Funci\u00f3n P\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n del \u00a0Sector Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. El Sector Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica est\u00e1 integrado por el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica y la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Escuela Superior de \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica, en su car\u00e1cter de establecimiento p\u00fablico de car\u00e1cter \u00a0universitario, estar\u00e1 adscrita al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n \u00a0P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objeto. \u00a0Corresponde al Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, de acuerdo \u00a0con las orientaciones del Presidente de la Rep\u00fablica, formular las pol\u00edticas \u00a0generales de administraci\u00f3n p\u00fablica, haciendo particular \u00e9nfasis en materias \u00a0relacionadas con las formas de organizaci\u00f3n y funcionamiento de las entidades y \u00a0organismos del Estado en sus diferentes niveles administrativos, as\u00ed como en el \u00a0desarrollo, adopci\u00f3n y aplicaci\u00f3n de tecnolog\u00edas administrativas para la \u00a0gesti\u00f3n y direcci\u00f3n de sus recursos, en armon\u00eda con las pol\u00edticas de desarrollo \u00a0econ\u00f3mico y social que adopte el gobierno. Igualmente, le corresponde la \u00a0formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes generales, programas y \u00a0proyectos del Sector Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica tendr\u00e1, adem\u00e1s de las \u00a0funciones que determina el art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular las pol\u00edticas de \u00a0desarrollo administrativo para ser adoptadas por el Gobierno Nacional y \u00a0articuladas con los organismos y entidades de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, de \u00a0conformidad con lo dispuesto en la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Fijar, de acuerdo con el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, las pol\u00edticas de Administraci\u00f3n P\u00fablica, en materia \u00a0de organizaci\u00f3n administrativa del Estado y, particularmente propender la \u00a0funcionalidad y modernizaci\u00f3n de las estructuras administrativas y los \u00a0estatutos org\u00e1nicos de las entidades p\u00fablicas del orden nacional de la Rama \u00a0Ejecutiva del Poder P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Fijar, de acuerdo con el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, las pol\u00edticas de Administraci\u00f3n P\u00fablica, en materia \u00a0de gesti\u00f3n administrativa, sin perjuicio de las funciones que en esta materia \u00a0tiene asignado el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Fijar, de acuerdo con el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, las pol\u00edticas de gesti\u00f3n del talento humano al \u00a0servicio del Estado dentro del marco de la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y orientar el desarrollo \u00a0institucional de los organismos de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico y velar \u00a0por la armonizaci\u00f3n de las reformas administrativas a las necesidades de la \u00a0planeaci\u00f3n econ\u00f3mica y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Establecer las pol\u00edticas \u00a0generales de adiestramiento, formaci\u00f3n y perfeccionamiento del talento humano \u00a0al servicio del Estado en la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Analizar y conceptuar para la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica sobre la idoneidad y conveniencia t\u00e9cnica de los \u00a0nombramientos, rotaci\u00f3n y remoci\u00f3n de los jefes de Control Interno de las \u00a0entidades y organismos de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico del orden \u00a0nacional, de acuerdo con la Reglamentaci\u00f3n establecida por el Gobierno Nacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover o realizar \u00a0directamente estudios e investigaciones atinentes a la modernizaci\u00f3n y \u00a0tecnificaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica en todos los niveles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dise\u00f1ar los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n requeridos para el seguimiento y an\u00e1lisis de la organizaci\u00f3n \u00a0administrativa del Estado, del desempe\u00f1o del sector p\u00fablico, as\u00ed como el \u00a0sistema de informaci\u00f3n relativo a la situaci\u00f3n y gesti\u00f3n del talento humano al \u00a0servicio de la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Orientar e instruir a los \u00a0diferentes organismos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de la Rama Ejecutiva del \u00a0Poder P\u00fablico en sus distintos niveles, sobre las directrices que deban \u00a0observar en la gesti\u00f3n p\u00fablica y en la organizaci\u00f3n administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar las gestiones \u00a0necesarias para canalizar asistencia t\u00e9cnica y cooperaci\u00f3n internacional en \u00a0materia de administraci\u00f3n p\u00fablica, observando las disposiciones legales sobre \u00a0las relaciones exteriores, a trav\u00e9s de la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional y en cooperaci\u00f3n con el Ministerio de Relaciones Exteriores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Apoyar t\u00e9cnicamente a la \u00a0Comisi\u00f3n Nacional del Servicio Civil en los t\u00e9rminos en que lo disponga la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar a las entidades de la \u00a0Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en todos los \u00f3rdenes y, en especial, a los \u00a0municipios de menos de 100.000 habitantes, en la gesti\u00f3n del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Formular el Plan Nacional de \u00a0Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la Escuela Superior de \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica, ESAP. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Velar por la ejecuci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas de administraci\u00f3n p\u00fablica y desarrollo administrativo y evaluar \u00a0anualmente su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar con la ESAP el \u00a0desarrollo del Programa Escuela de Alto Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Organizar el Banco de Exitos \u00a0de la Administraci\u00f3n P\u00fablica de conformidad con lo dispuesto en la Ley 489 de 1998, \u00a0recomendar al Gobierno Nacional los criterios para el otorgamiento del Premio \u00a0Nacional de Alta Gerencia, as\u00ed como para establecer el sistema de est\u00edmulos \u00a0para los servidores p\u00fablicos que se distingan por su eficiencia, creatividad y \u00a0m\u00e9rito en el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Fijar las pol\u00edticas generales \u00a0en materia de control interno y recomendarlas al Gobierno Nacional para su \u00a0adopci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Orientar la pol\u00edtica de \u00a0simplificaci\u00f3n de tr\u00e1mites, con el apoyo de los comit\u00e9s sectoriales para el \u00a0desarrollo administrativo y con la cooperaci\u00f3n del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Dise\u00f1ar, dirigir e implementar \u00a0el Sistema General de Informaci\u00f3n Administrativa en coordinaci\u00f3n con los \u00a0organismos competentes en materia de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Enviar a las instituciones de \u00a0Educaci\u00f3n Superior informaci\u00f3n sobre los cargos a proveer en la Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica y los requisitos exigidos para desempe\u00f1arlos de acuerdo con lo \u00a0establecido por el art\u00edculo 8\u00b0 de la Ley 581 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>22. Presentar al Congreso, al \u00a0Procurador General de la Naci\u00f3n, antes del 31 de diciembre de cada a\u00f1o, un informe \u00a0sobre la provisi\u00f3n de cargos, el porcentaje de participaci\u00f3n de las mujeres en \u00a0cada rama y \u00f3rgano de la Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>23. Vigilar el cumplimiento de la \u00a0Legislaci\u00f3n que establece igualdad de condiciones, laborales, con especial \u00a0cuidado a que se haga efectivo el principio de igual remuneraci\u00f3n para trabajo \u00a0igual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>24. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas legalmente y, en especial, las contenidas en la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Estructura. La \u00a0estructura del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica ser\u00e1 la \u00a0siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Subdirecci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. 1. Oficina de Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de \u00a0Desarrollo Administrativo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n de Desarrollo \u00a0Organizacional \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de Control \u00a0Interno Estatal y Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organos de Asesor\u00eda, \u00a0Coordinaci\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.1. Comit\u00e9 T\u00e9cnico y de \u00a0Coordinaci\u00f3n de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.2. Comit\u00e9 de Licitaciones y \u00a0Adquisiciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7.3. Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica estar\u00e1 a cargo del \u00a0Director del Departamento Administrativo, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata \u00a0colaboraci\u00f3n del Subdirector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones del Director del \u00a0Departamento, adem\u00e1s de las que le se\u00f1alan la Constituci\u00f3n y las leyes, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Presidente de la \u00a0Rep\u00fablica en la adopci\u00f3n de pol\u00edticas p\u00fablicas que garanticen el cumplimiento \u00a0de las funciones y la prestaci\u00f3n de los servicios a cargo del Gobierno \u00a0Nacional, en los asuntos que \u00e9ste le solicite y coordinar las labores que le \u00a0encomienden. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Preparar los proyectos de ley, \u00a0de decreto y resoluciones ejecutivas que deban dictarse en ejercicio de las \u00a0atribuciones que corresponden al Presidente de la Rep\u00fablica como suprema autoridad \u00a0administrativa, y dar desarrollo a \u00f3rdenes del Presidente que se relacionen con \u00a0tales atribuciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Presentar al Congreso, dentro \u00a0de los primeros quince d\u00edas de cada legislatura, informe sobre el estado de los \u00a0negocios adscritos al departamento y sobre las reformas que considere \u00a0convenientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejercer el control \u00a0administrativo que de acuerdo con la ley le corresponde, orientado a constatar \u00a0y asegurar que las actividades y funciones de los organismos y entidades que \u00a0integran el sector se cumplan en armon\u00eda con las pol\u00edticas gubernamentales \u00a0dentro de los principios de la actuaci\u00f3n administrativa, de conformidad con los \u00a0planes y programas adoptados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Refrendar con su firma los \u00a0actos del Presidente de la Rep\u00fablica que por disposiciones constitucionales o \u00a0legales sean de su competencia en calidad de Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Representar al pa\u00eds en los \u00a0foros y organismos internacionales en materia de funci\u00f3n p\u00fablica y adelantar \u00a0las negociaciones correspondientes, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Se\u00f1alar las pol\u00edticas generales \u00a0del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, velar por su adecuado y \u00a0oportuno cumplimiento y coordinar las actividades de sus dependencias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Cumplir las funciones y atender \u00a0los servicios que le est\u00e1n asignados al departamento y dictar en desarrollo \u00a0de la ley y los decretos correspondientes, las norma s necesarias para tal \u00a0efecto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Suscribir, de acuerdo con la \u00a0ley y los actos de delegaci\u00f3n, los contratos y convenios relativos a asuntos \u00a0propios del departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejercer la administraci\u00f3n del \u00a0personal del Departamento, conforme a las normas sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar, orientar y asegurar \u00a0la organizaci\u00f3n necesaria de la entidad para desarrollar las funciones de la administraci\u00f3n \u00a0de acuerdo con las orientaciones del Gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Expedir los actos \u00a0administrativos que le correspondan de acuerdo con la ley y decidir sobre los \u00a0recursos legales que se interpongan contra los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Ordenar los gastos del \u00a0departamento o delegar esta funci\u00f3n en el funcionario de la entidad de \u00a0conformidad con lo establecido en el art\u00edculo 110 del Estatuto Org\u00e1nico del \u00a0Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asignar y distribuir \u00a0competencias entre las distintas dependencias cuando ello resulte necesario, \u00a0para el mejor desempe\u00f1o, del servicio p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Delegar en los funcionarios el \u00a0ejercicio de funciones de su competencia, con observancia de las disposiciones \u00a0legales vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Coordinar las acciones de \u00a0divulgaci\u00f3n y promoci\u00f3n de las actividades que adelante el Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Propender por la participaci\u00f3n \u00a0de sectores no gubernamentales en materias que incidan directamente en el marco \u00a0de las relaciones entre los sectores p\u00fablico y privado, de conformidad con lo \u00a0se\u00f1alado en la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Presidir el Consejo Asesor del \u00a0Gobierno Nacional en materia de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas legalmente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Oficina Asesora \u00a0Jur\u00eddica. Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir jur\u00eddicamente al \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y a las dem\u00e1s entidades que \u00a0conformen el Sector Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Representar judicial y \u00a0extrajudicialmente a la Entidad en los procesos y actuaciones que se instauren \u00a0en su contra o que \u00e9sta deba promover mediante poder que le otorgue el Director \u00a0del Departamento o por delegaci\u00f3n de \u00e9ste; supervisar el tr\u00e1mite de los mismos \u00a0y mantener informado al Director sobre el estado de cada uno de los procesos y \u00a0actuaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Absolver las consultas que, en \u00a0materia jur\u00eddica, le formulen al Departamento Administrativo \u00a0de la Funci\u00f3n P\u00fablica las entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico en \u00a0todos sus niveles por conducto de sus Jefes, de sus Oficinas Jur\u00eddicas o de las \u00a0organizaciones sindicales a trav\u00e9s de sus presidentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Realizar estudios e \u00a0investigaciones, tendientes a mantener las normas relacionadas con asuntos de \u00a0competencia del departamento y preparar los proyectos de ley o de decretos y \u00a0dem\u00e1s actos administrativos que se requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Revisar y conceptuar sobre los \u00a0proyectos de ley, decretos y dem\u00e1s actos administrativos que sean sometidos a \u00a0su consideraci\u00f3n por el Director del Departamento o por las dependencias del \u00a0mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Brindar el soporte legal \u00a0interno que requieran las dependencias del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Suministrar a las entidades que \u00a0por mandato legal se disponga, la informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n necesarias para \u00a0los intereses del Estado y de los actos del Gobierno, en los juicios y \u00a0actuaciones en que sea parte la naci\u00f3n, en asuntos de competencia del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar instructivos \u00a0generales, cartillas y documentos t\u00e9cnicos generales con destino a las \u00a0entidades de la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico sobre los temas jur\u00eddicos de \u00a0competencia del Departamento que faciliten su asimilaci\u00f3n e implementaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Recopilar y clasificar las \u00a0normas legales, los conceptos, la doctrina y la jurisprudencia relativa a los \u00a0asuntos de competencia del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Presentar los informes que le \u00a0sean solicitados sobre el desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y estrategias encaminadas a lograr \u00a0los objetivos institucionales en consonancia con el Plan Nacional de \u00a0Desarrollo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Definir los lineamientos y \u00a0criterios b\u00e1sicos para la formulaci\u00f3n evaluaci\u00f3n, control y ejecuci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos del Sector Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s dependencias del Departamento, el Plan de Desarrollo del \u00a0Departamento, la programaci\u00f3n y consolidaci\u00f3n del Plan de Inversiones y \u00a0realizar su evaluaci\u00f3n y seguimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar con los organismos y \u00a0entidades competentes, la coordinaci\u00f3n interinstitucional requerida para la \u00a0consolidaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos del Departamento y del \u00a0sector Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dependencias competentes del Departamento, el anteproyecto de presupuesto \u00a0de inversi\u00f3n y adelantar las acciones requeridas para su incorporaci\u00f3n en el \u00a0presupuesto general de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar, en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Subdirecci\u00f3n del Departamento, en la elaboraci\u00f3n del anteproyecto del \u00a0programa anual de caja y las solicitudes de adiciones y traslados del \u00a0Departamento y enviarlos a las entidades o dependencias competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Asesorar a las dependencias del \u00a0Departamento y a las entidades del sector Funci\u00f3n P\u00fablica en la identificaci\u00f3n, \u00a0formulaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de proyectos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar a las dependencias del \u00a0Departamento en la elaboraci\u00f3n de sus planes de acci\u00f3n, efectuar el \u00a0seguimiento, control y evaluaci\u00f3n de sus resultados y proponer las \u00a0modificaciones que se requieran para su efectiva ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Verificar la ejecuci\u00f3n de metas \u00a0f\u00edsicas y presupuestales establecidas en los planes, programas y proyectos del \u00a0Departamento y proponer los ajustes que sean del caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Adelantar las acciones \u00a0necesarias para la preparaci\u00f3n, presentaci\u00f3n e inscripci\u00f3n de proyectos ante \u00a0los organismos de asistencia t\u00e9cnica y cooperaci\u00f3n nacional e internacional en \u00a0materia de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Elaborar los informes \u00a0estad\u00edsticos que permitan la toma de decisiones y la formulaci\u00f3n e implantaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas y estrategias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dirigir, controlar y evaluar \u00a0la organizaci\u00f3n y operaci\u00f3n del Banco de Proyectos del Departamento, as\u00ed como \u00a0la promoci\u00f3n e inscripci\u00f3n de los proyectos del sector Funci\u00f3n P\u00fablica en el \u00a0Banco de Programas y Proyectos de Inversi\u00f3n Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Consolidar y preparar los \u00a0informes que el Departamento deba suministrar en forma peri\u00f3dica a otras \u00a0entidades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s funciones que le \u00a0sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Oficina de Control \u00a0Interno. Son funciones de la Oficina de Control Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento en el Desarrollo e implementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, dirigir y organizar la \u00a0verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que el sistema de \u00a0Control Interno est\u00e9 formalmente establecido dentro de la organizaci\u00f3n y que su \u00a0ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, \u00a0en particular, de aquellos que tengan responsabilidad de mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles \u00a0definidos para los procesos y actividades de la organizaci\u00f3n, se cumplan por \u00a0los responsables de su ejecuci\u00f3n y en especial que las \u00e1reas o empleados \u00a0encargados de la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen disciplinario ejerzan adecuadamente \u00a0esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Velar por el cumplimento de las \u00a0leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas \u00a0de la organizaci\u00f3n y recomendar los ajustes necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Servir de apoyo a los \u00a0directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los \u00a0resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejercer el control de gesti\u00f3n e \u00a0interpretar sus resultados con el objetivo de presentar recomendaciones a la \u00a0Direcci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Verificar los procesos \u00a0relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Fomentar en toda la \u00a0organizaci\u00f3n la formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya al \u00a0mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Evaluar y verificar la \u00a0aplicaci\u00f3n de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana, que en desarrollo del \u00a0mandato Constitucional y legal, dise\u00f1e la entidad correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Mantener permanentemente \u00a0informado al Director del Departamento acerca del estado del Sistema de Control \u00a0Interno del Departamento, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las \u00a0fallas en su cumplimiento, presentar al respecto recomendaciones prioritarias, \u00a0viables y espec\u00edficas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer la Secretar\u00eda del \u00a0Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Prestar apoyo al desarrollo y \u00a0actividades del Comit\u00e9 Interinstitucional, de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Verificar la implantaci\u00f3n de \u00a0las medidas recomendadas y su efectividad, a trav\u00e9s del seguimiento continuo a \u00a0\u00e9stas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Subdirecci\u00f3n. \u00a0La Subdirecci\u00f3n del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica ser\u00e1 \u00a0ejercida por el Subdirector. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Son funciones del Subdirector del \u00a0Departamento, adem\u00e1s de las que le se\u00f1alan la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y las \u00a0leyes, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir, coordinar y controlar \u00a0la planeaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los programas y actividades relacionadas con los \u00a0asuntos administrativos, financieros y t\u00e9cnicos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proponer a la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento, de conformidad con la funci\u00f3n anterior, la reasignaci\u00f3n o \u00a0redistribuci\u00f3n de competencias y funcionarios, cuando ello resulte necesario \u00a0para el mejor desempe\u00f1o del servicio p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar bajo la orientaci\u00f3n \u00a0del Director del Departamento, las funciones de las direcciones misionales y \u00a0del \u00e1rea de apoyo de la organizaci\u00f3n, con objeto de mantener en el desarrollo \u00a0de su gesti\u00f3n, unidad de prop\u00f3sito y coherencia en las decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir bajo la orientaci\u00f3n del \u00a0Director del Departamento la elaboraci\u00f3n de los informes que sobre el \u00a0desarrollo de planes, programas y proyectos del ramo deban presentarse ante el Congreso \u00a0de la Rep\u00fablica, la Presidencia de la Rep\u00fablica, el Departamento Nacional de \u00a0Planeaci\u00f3n y dem\u00e1s instancias gubernamentales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Representar al Director del \u00a0Departamento en aquellos asuntos que \u00e9ste expresamente lo determine. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Fijar las pol\u00edticas y \u00a0procedimientos para la atenci\u00f3n de quejas, y reclamos, sugerencias y recepci\u00f3n \u00a0de informaci\u00f3n que los ciudadanos formulen con relaci\u00f3n a la misi\u00f3n y el \u00a0desempe\u00f1o del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Expedir los actos \u00a0administrativos que le corresponda de acuerdo con la ley y las delegaciones \u00a0correspondientes y decidir sobre los recursos legales que se interpongan contra \u00a0los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Coordinar, bajo la orientaci\u00f3n \u00a0del Director, las actuaciones que en materia de control disciplinario deban \u00a0surtirse en el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Garantizar el ejercicio del \u00a0control interno y supervisar su efectividad y la observancia de sus \u00a0recomendaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar el dise\u00f1o, \u00a0elaboraci\u00f3n e impresi\u00f3n de las publicaciones que produzca el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Coordinar la adecuada \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento del centro de documentaci\u00f3n especializado en \u00a0temas de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar, implementar y \u00a0adelantar todos los planes, programas, proyectos y actividades que se requieran \u00a0para el desarrollo de la gesti\u00f3n administrativa, de recursos humanos y \u00a0financieros del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Coordinar la adecuada \u00a0organizaci\u00f3n y funcionamiento del Centro de Documentaci\u00f3n especializado en \u00a0temas de Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Efectuar las actividades \u00a0asociadas con el proceso de administraci\u00f3n de personal y la \u00f3ptima utilizaci\u00f3n \u00a0del talento humano al servicio del Departamento y adelantar los programas de \u00a0formaci\u00f3n, adiestramiento, capacitaci\u00f3n y perfeccionamiento del talento humano \u00a0al servicio del Departamento as\u00ed como los programas de salud ocupacional y \u00a0bienestar social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Elaborar en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s dependencias del Departamento, el anteproyecto de presupuesto de \u00a0funcionamiento, de inversi\u00f3n, el programa anual de caja y las solicitudes de \u00a0adiciones y traslados presupuestales del Departamento, de conformidad con las \u00a0disposiciones vigentes sobre la materia y enviarlos a las entidades o \u00a0dependencias competentes, adelantar todas las acciones relacionadas con la \u00a0programaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n presupuestal e implementar el sistema contable del \u00a0Departamento, as\u00ed como los estados financieros para su presentaci\u00f3n ante las \u00a0autoridades competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Establecer, en coordinaci\u00f3n \u00a0con las entidades o dependencias competentes, los procedimientos y \u00a0mecanismos que permitan atender eficientemente la cancelaci\u00f3n de las \u00a0obligaciones financieras contra\u00eddas por el Departamento y adelantar todas las \u00a0actividades relacionadas con esta funci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Coordinar la elaboraci\u00f3n del \u00a0plan anual de compras y mantenimiento, los procesos correspondientes a la \u00a0adquisici\u00f3n de bienes y servicios, los procedimientos que sean requeridos para \u00a0el oportuno y correcto almacenamiento, registro e inventario de equipos, \u00a0materiales y elementos del Departamento, coordinar la prestaci\u00f3n de los \u00a0servicios de aseo, cafeter\u00eda, vigilancia, transporte y mantenimiento preventivo \u00a0y correctivo de los bienes muebles e inmuebles, equipo de oficina y equipo \u00a0automotor del Departamento y organizar y administrar el sistema de archivo \u00a0documental del Departamento y la prestaci\u00f3n de los servicios de correspondencia \u00a0y mensajer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Coordinar y supervisar la \u00a0administraci\u00f3n y la adecuada prestaci\u00f3n de los servicios de los centros \u00a0vacacionales del Departamento, la ejecuci\u00f3n de los presupuestos asignados para \u00a0su mantenimiento, garantizando la promoci\u00f3n de los servicios que \u00e9stos ofrecen \u00a0a los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Direcci\u00f3n de \u00a0Pol\u00edticas de Administraci\u00f3n P\u00fablica. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Pol\u00edticas de Administraci\u00f3n P\u00fablica, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar e impulsar pol\u00edticas de \u00a0administraci\u00f3n p\u00fablica, orientadas a consolidar el mejoramiento sostenido de la \u00a0gesti\u00f3n y el fortalecimiento institucional del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar estudios e investigaciones \u00a0en coordinaci\u00f3n con la Direcci\u00f3n General de Desarrollo Organizacional para \u00a0introducir reformas a la macroestructura e identificar proyectos de \u00a0modernizaci\u00f3n y tecnificaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica que incrementen su \u00a0competitividad y productividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar gestiones ante \u00a0organizaciones nacionales, gobiernos extranjeros y organismos multilaterales \u00a0tendientes a conseguir cooperaci\u00f3n internacional para el mejoramiento \u00a0permanente de la administraci\u00f3n p\u00fablica y el desarrollo institucional del \u00a0Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar pol\u00edticas que regulen \u00a0el desempe\u00f1o de las funciones p\u00fablicas por los particulares y la implementaci\u00f3n \u00a0de los sistemas administrativos de los que trata el art\u00edculo 43 de la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar la pol\u00edtica de \u00a0desarrollo del talento humano estatal y orientar estrategias para su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Formular el Plan Nacional de \u00a0Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n en coordinaci\u00f3n con la Escuela Superior de \u00a0Administraci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Definir lineamientos de \u00a0pol\u00edtica para impulsar en las entidades p\u00fablicas el dise\u00f1o de programas de \u00a0est\u00edmulos e incentivos y de bienestar social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Impulsar la adaptaci\u00f3n de \u00a0tecnolog\u00eda administrativa de nuevos modelos de direcci\u00f3n para desarrollar la \u00a0cultura y el clima organizacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Asesorar y apoyar a las \u00a0entidades p\u00fablicas en la formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas de desarrollo del talento \u00a0humano y de sus respectivos planes de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Impulsar la red \u00a0interinstitucional de formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n y dise\u00f1ar y ejecutar estrategias \u00a0de acci\u00f3n para garantizar la ejecuci\u00f3n del plan nacional de formaci\u00f3n y \u00a0capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Formular la pol\u00edtica y \u00a0desarrollar tecnolog\u00eda administrativa para la democratizaci\u00f3n y el control \u00a0social de la administraci\u00f3n p\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Dise\u00f1ar estrategias orientadas \u00a0a fortalecer la participaci\u00f3n ciudadana en general y la de la poblaci\u00f3n usuaria \u00a0en el proceso de toma de decisiones, y en la b\u00fasqueda de colaboraci\u00f3n entre e l \u00a0servidor p\u00fablico y la sociedad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar estudios e \u00a0investigaciones tendientes a fortalecer el control social y estatal en el \u00a0ejercicio de funciones administrativas por particulares. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Dise\u00f1ar y promover en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica el Plan Nacional de Formaci\u00f3n \u00a0de Veedores. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Coordinar con la Escuela \u00a0Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, ESAP, los contenidos curriculares y las \u00a0actividades objeto del Programa Escuela de Alto Gobierno, as\u00ed como la difusi\u00f3n \u00a0de las pol\u00edticas relacionadas con este instrumento de mejoramiento de la \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Definir coordinadamente con la \u00a0Escuela Superior de Administraci\u00f3n P\u00fablica, ESAP, las l\u00edneas de capacitaci\u00f3n y \u00a0actualizaci\u00f3n que esa entidad debe ejecutar para poner en marcha el Plan \u00a0Nacional de Formaci\u00f3n y Capacitaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Preparar los proyectos de ley \u00a0y reglamentarios propios del \u00e1mbito de su competencia y someterlos a \u00a0consideraci\u00f3n del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Direcci\u00f3n de \u00a0Pol\u00edticas de Desarrollo Administrativo. Son funciones de la Direcci\u00f3n de \u00a0Pol\u00edticas de Desarrollo Administrativo, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formular en coordinaci\u00f3n con \u00a0las dem\u00e1s \u00e1reas misionales del departamento las pol\u00edticas de Desarrollo \u00a0Administrativo a implementar dentro de los planes de Desarrollo Administrativo \u00a0para los diferentes \u00f3rdenes de la administraci\u00f3n p\u00fablica, en concordancia con \u00a0lo establecido por la Ley 489 de 1998. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar a los sectores \u00a0administrativos en los diferentes \u00f3rdenes de la administraci\u00f3n p\u00fablica \u00a0colombiana en el proceso de formulaci\u00f3n y seguimiento de los Planes Sectoriales \u00a0de Desarrollo Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recepcionar dentro de los \u00a0primeros 60 d\u00edas de cada a\u00f1o los planes de desarrollo administrativo formulados \u00a0por los Comit\u00e9s Sectoriales de Desarrollo Administrativo y los Comit\u00e9s del \u00a0Sistema de Desarrollo Administrativo Territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Revisar y evaluar la ejecuci\u00f3n \u00a0de los planes y elaborar el informe anual de ejecuci\u00f3n, de acuerdo con el \u00a0mandato de ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir el Banco de Exitos de \u00a0la Administraci\u00f3n P\u00fablica y establecer los criterios y mecanismos para el \u00a0otorgamiento del Premio Nacional de Alta Gerencia y coordinar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir lineamientos de \u00a0pol\u00edtica para impulsar en las entidades p\u00fablicas el dise\u00f1o, de programas de \u00a0est\u00edmulos e incentivos y de bienestar social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Hacer seguimiento y evaluaci\u00f3n \u00a0a los sistemas de informaci\u00f3n desarrollados dentro de los planes de Desarrollo \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Preparar los proyectos de ley y \u00a0reglamentarios propios del \u00e1mbito de su competencia y someterlos a \u00a0consideraci\u00f3n del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que se le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Direcci\u00f3n de \u00a0Desarrollo Organizacional. Son funciones de la Direcci\u00f3n de Desarrollo \u00a0Organizacional, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Contribuir a la formulaci\u00f3n de \u00a0pol\u00edticas en materia de organizaci\u00f3n y gesti\u00f3n administrativa de los sectores y \u00a0las entidades y organismos que conforman la Rama Ejecutiva del Poder P\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Orientar el desarrollo de \u00a0modelos organizacionales e instrumentos administrativos tendientes a mejorar la \u00a0funcionalidad y modernizaci\u00f3n de las entidades y organismos p\u00fablicos, y velar \u00a0por la armonizaci\u00f3n de las reformas administrativas con las necesidades de la \u00a0planeaci\u00f3n econ\u00f3mica y social. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Emitir concepto t\u00e9cnico sobre \u00a0los proyectos de estatutos, estructuras administrativas y plantas de personal \u00a0de las entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Enviar a las instituciones de \u00a0Educaci\u00f3n Superior informaci\u00f3n sobre los cargos a proveer en la Administraci\u00f3n \u00a0P\u00fablica y los requisitos exigidos para desempe\u00f1arlos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar estudios y \u00a0diagn\u00f3sticos organizacionales y recomendar los ajustes a la organizaci\u00f3n \u00a0interna de las entidades, relacionadas con la distribuci\u00f3n de competencias de \u00a0las dependencias o con la supresi\u00f3n, fusi\u00f3n o creaci\u00f3n de unidades \u00a0administrativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Preparar el Manual de la \u00a0Estructura del Estado para su adopci\u00f3n por parte del Departamento \u00a0Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica y mantenerlo actualizado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Identificar las actividades \u00a0obsoletas y las funciones que est\u00e9n en colisi\u00f3n con otros organismos y \u00a0entidades, que hubieren sido asignadas al nivel territorial o que no \u00a0correspondan al objeto legalmente establecido de las entidades y proponer los \u00a0correctivos a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Brindar asistencia t\u00e9cnica a \u00a0las entidades de la Rama Ejecutiva del poder p\u00fablico en los \u00f3rdenes nacional y \u00a0territorial, en la adopci\u00f3n de estatutos, estructuras organizacionales, plantas \u00a0de personal, manuales de funciones y de requisitos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Preparar los proyectos de ley y \u00a0reglamentos propios del \u00e1mbito de su competencia y someterlos a consideraci\u00f3n \u00a0del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Vigilar el cumplimiento de la \u00a0legislaci\u00f3n que establece igualdad de condiciones laborales, con especial \u00a0cuidado a que se haga efectivo el principio de igual remuneraci\u00f3n para trabajo \u00a0igual. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Adelantar en coordinaci\u00f3n con \u00a0la Direcci\u00f3n General de Pol\u00edticas de Administraci\u00f3n P\u00fablica estudios sobre los \u00a0reg\u00edmenes salariales y prestacionales del sector p\u00fablico y sus implicaciones en \u00a0t\u00e9rminos del gasto agregado y comparabilidad de los reg\u00edmenes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Elaborar estudios y \u00a0diagn\u00f3sticos institucionales y sectoriales y recomendar los ajustes a la \u00a0organizaci\u00f3n interna de las entidades, relacionados con la distribuci\u00f3n de sus \u00a0competencias, o con la supresi\u00f3n, creaci\u00f3n o fusi\u00f3n de unidades \u00a0administrativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Realizar en coordinaci\u00f3n con \u00a0las \u00e1reas correspondientes el an\u00e1lisis y seguimiento de las implicaciones, de \u00a0los acuerdos y disposiciones de la Organizaci\u00f3n Internacional del Trabajo y dem\u00e1s \u00a0organismos superiores que incidan en las disposiciones en materia salarial y \u00a0prestacional que involucren a empleados p\u00fablicos, y su adopci\u00f3n dentro de la \u00a0normatividad nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Direcci\u00f3n de \u00a0Pol\u00edticas de Control Interno Estatal y Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites. Son \u00a0funciones de la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas de Control Interno Estatal y \u00a0Racionalizaci\u00f3n de Tr\u00e1mites, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas generales \u00a0de Control Interno, en busca de la eficiencia, la eficacia, y transparencia de \u00a0la Gesti\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Ejercer la Secretar\u00eda T\u00e9cnica \u00a0del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Prestar apoyo a las actividades \u00a0del Consejo Asesor del Gobierno Nacional en materia de Control Interno, en las \u00a0decisiones que determine el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y proponer metodolog\u00edas \u00a0e instrumentos que fortalezcan y faciliten el desarrollo y evaluaci\u00f3n de los \u00a0Sistemas de Control Interno de las entidades del Estado del orden nacional y \u00a0territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Establecer los m\u00e9todos, medios \u00a0y formas de divulgaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n en materia de Control Interno, en \u00a0coordinaci\u00f3n con las entidades y organismos competentes para tal caso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Realizar en forma selectiva el \u00a0monitoreo de los Sistemas de Control Interno de las entidades del Estado y \u00a0formular las recomendaciones pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Analizar y conceptuar para la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica sobre la idoneidad y conveniencia t\u00e9cnica de los \u00a0nombramientos, rotaci\u00f3n y remoci\u00f3n de los jefes de Control Interno de la Rama \u00a0Ejecutiva del poder p\u00fablico, de acuerdo con la reglamentaci\u00f3n establecida por \u00a0el Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Orientar y regular el accionar \u00a0de las Oficinas de Control Interno o de quienes hagan sus veces en las \u00a0entidades del orden nacional y territorial. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Participar en la orientaci\u00f3n de \u00a0los programas y acciones gubernamentales orientados a fomentar la transparencia \u00a0y moralidad de gesti\u00f3n p\u00fablica, a incorporar en el quehacer administrativo los \u00a0principios de \u00e9tica, la racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites y la lucha contra la \u00a0corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Asesorar a las entidades \u00a0p\u00fablicas del orden nacional y territorial en el dise\u00f1o e implantaci\u00f3n del \u00a0Sistema de Control Interno Institucional, as\u00ed como implementaci\u00f3n de acciones \u00a0de moralizaci\u00f3n y racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Asesorar y apoyar al \u00a0desarrollo de las actividades del Comit\u00e9 Interinstitucional de Control Interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Formular y orientar pol\u00edticas \u00a0sobre racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites, m\u00e9todos y procedimientos de trabajo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Asesorar y apoyar a las \u00a0entidades de la administraci\u00f3n p\u00fablica en la implementaci\u00f3n de la pol\u00edtica de \u00a0racionalizaci\u00f3n para que se elaboren los diagn\u00f3sticos que permitan la \u00a0simplificaci\u00f3n, reforma o supresi\u00f3n de los tr\u00e1mites y procedimientos considerados \u00a0innecesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Orientar acciones que permitan \u00a0la elaboraci\u00f3n y actualizaci\u00f3n permanente de las Gu\u00edas General de Informaci\u00f3n \u00a0Ciudadana sobre tr\u00e1mites y la correspondiente a cada sector en particular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Fomentar la ejecuci\u00f3n de \u00a0acciones permanentes dentro de las entidades, dirigidas a evitar la creaci\u00f3n de \u00a0tr\u00e1mites o exigencias administrativas injustificadas o innecesarias gravosas \u00a0que creen obst\u00e1culos o dificultades para el ejercicio de los derechos o \u00a0actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Concretar acciones tendientes \u00a0al logro de la racionalizaci\u00f3n de tr\u00e1mites, m\u00e9todos y procedimientos de trabajo \u00a0con la cooperaci\u00f3n del sector privado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Asesorar a las entidades \u00a0p\u00fablicas en el dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de metodolog\u00edas para la formulaci\u00f3n de \u00a0indicadores de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Preparar los proyectos y \u00a0reglamentos propios del \u00e1mbito de su competencia y someterlos a consideraci\u00f3n \u00a0del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Oficina de \u00a0Sistemas de Informaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina de Sistemas de \u00a0Informaci\u00f3n, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coordinar, con la participaci\u00f3n \u00a0de las dem\u00e1s dependencias competentes del Departamento, el dise\u00f1o, direcci\u00f3n e \u00a0implementaci\u00f3n del Sistema General de Informaci\u00f3n Administrativa del Sector \u00a0P\u00fablico integrado, entre otros, por los subsistemas de organizaci\u00f3n \u00a0institucional, de gesti\u00f3n de recursos humanos, materiales y f\u00edsicos y el de \u00a0desarrollo administrativo, en coordinaci\u00f3n con los dem\u00e1s organismos competentes \u00a0en sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar el dise\u00f1o y \u00a0administraci\u00f3n de los sistemas inform\u00e1ticos del Departamento y brindar la \u00a0asesor\u00eda que las \u00e1reas del mismo requieran para el cumplimiento de sus \u00a0objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Definir y mantener actualizado \u00a0de com\u00fan acuerdo con las \u00e1reas misionales y de apoyo, los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n gerencial y de soporte y dar asesor\u00eda a la Direcci\u00f3n de Pol\u00edticas \u00a0de Desarrollo Administrativo en el Plan de Sistemas de Informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar de com\u00fan acuerdo con \u00a0los usuarios los procesos y procedimientos que soportan los sistemas de \u00a0informaci\u00f3n y estandarizar todos los requerimientos de informaci\u00f3n que el \u00a0Departamento solicite en cumplimiento de su misi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dise\u00f1ar, de com\u00fan acuerdo con \u00a0los usuarios, los m\u00f3dulos del Sistema de Informaci\u00f3n y desarrollarlos teniendo \u00a0en cuenta el plan de sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Definir de com\u00fan acuerdo con \u00a0los usuarios, los t\u00e9rminos de referencia de los equipos f\u00edsicos y l\u00f3gicos, as\u00ed \u00a0como de los m\u00f3dulos del Sistema que se decidan contratar y soportar la labor de \u00a0supervisi\u00f3n del mismo que realice el \u00e1rea involucrada, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar mecanismos de protecci\u00f3n para la informaci\u00f3n que manejen todas las \u00a0\u00e1reas del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en la formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n \u00a0de proyectos especiales que el Departamento requiera desarrollar en \u00a0cumplimiento de su misi\u00f3n, en cuanto al componente tecnol\u00f3gico de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Administrar el centro de \u00a0c\u00f3mputo del Departamento y el sistema inform\u00e1tico del mismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de conformidad con su naturaleza. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Organos de \u00a0Asesor\u00eda, Coordinaci\u00f3n y Control. El Comit\u00e9 T\u00e9cnico y de Coordinaci\u00f3n de \u00a0Control Interno, el Comit\u00e9 de Licitaciones y Adquisiciones, as\u00ed como la \u00a0Comisi\u00f3n de Personal, se integrar\u00e1n y atender\u00e1n sus funciones conforme a la ley \u00a0y los reglamentos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Comit\u00e9 T\u00e9cnico y \u00a0de Coordinaci\u00f3n de Control Interno. Le corresponde al Comit\u00e9 T\u00e9cnico y de \u00a0Coordinaci\u00f3n de Control interno dise\u00f1ar y proponer las pol\u00edticas y estrategias \u00a0generales del Departamento, as\u00ed como ser el cuerpo t\u00e9cnico y consultivo de alta \u00a0calificaci\u00f3n que coadyuve en la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica de la Direcci\u00f3n. Su \u00a0conformaci\u00f3n y funcionamiento ser\u00e1n determinados por el Director del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Grupos Internos de \u00a0Trabajo. El Director del Departamento Administrativo podr\u00e1, con el fin de \u00a0atender adecuadamente los servicios t\u00e9cnicos y administrativos, constituir y \u00a0organizar grupos internos de trabajo, teniendo en cuenta los objetivos, \u00a0pol\u00edticas, planes y programas de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Adopci\u00f3n de la \u00a0nueva planta de personal. De conformidad con la reestructuraci\u00f3n ordenada \u00a0por el presente decreto, el Gobierno Nacional proceder\u00e1 a adoptar la nueva \u00a0planta de personal que sea necesaria para atender el objetivo y funciones \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Atribuciones de \u00a0los funcionarios de la planta actual. Los funcionarios de la planta de \u00a0personal actual del Departamento continuar\u00e1n ejerciendo las atribuciones a \u00a0ellos asignadas, hasta tanto sea adoptada la nueva planta de personal del \u00a0Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, de conformidad con lo \u00a0dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones varias \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Disposiciones \u00a0laborales. El Gobierno Nacional en el proceso de reestructuraci\u00f3n, obrar\u00e1 \u00a0con estricta sujeci\u00f3n a lo dispuesto en la Ley 443 de 1998 y sus \u00a0decretos reglamentarios, garantizando los derechos de los servidores p\u00fablicos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su publicaci\u00f3n y deroga todas las \u00a0disposiciones que le sean contrarias, en especial el Decreto 1444 de 1999. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a 1\u00b0 de septiembre de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Manuel Santos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 1677 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (septiembre 1\u00b0) \u00a0 \u00a0 por el cual se \u00a0reestructura el Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota: Derogado por el Decreto 188 de 2004, \u00a0art\u00edculo 18. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y en \u00a0especial de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-28596","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28596","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28596"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28596\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28596"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28596"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28596"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}