{"id":28856,"date":"2023-07-18T19:17:44","date_gmt":"2023-07-18T19:17:44","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-218-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:17:44","modified_gmt":"2023-07-18T19:17:44","slug":"decreto-218-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-218-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 218 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 218 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 15) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual \u00a0se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 1: Derogado por el Decreto 643 de 2004, \u00a0art\u00edculo 59. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 2: Reglamentado por el Decreto 3738 de 2003. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 3: Adicionado por el Decreto 1409 de 2002 \u00a0y por el Decreto 1272 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales y en \u00a0especial de las conferidas por el art\u00edculo 189 numeral 16 de la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, y el art\u00edculo 54 de la Ley 489 de 1998, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Sector \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Integraci\u00f3n del Sector Administrativo de \u00a0Inteligencia y Seguridad de Estado. El Sector Administrativo de \u00a0Inteligencia y Seguridad de Estado est\u00e1 integrado por el Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad, quien tendr\u00e1 a cargo la orientaci\u00f3n del ejercicio \u00a0de las funciones de la siguiente entidad adscrita, sin perjuicio de las \u00a0potestades de decisi\u00f3n que le correspondan, as\u00ed como de su participaci\u00f3n en la \u00a0formulaci\u00f3n de la pol\u00edtica, en la elaboraci\u00f3n de los programas sectoriales y en \u00a0la ejecuci\u00f3n de los mismos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Entidad \u00a0adscrita: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Establecimiento \u00a0P\u00fablico: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Fondo Rotatorio del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Objeto. El Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad, DAS, tiene como objeto primordial la formulaci\u00f3n y \u00a0adopci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes generales, programas y proyectos del Sector \u00a0Administrativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>En desarrollo de sus objetivos el \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad producir\u00e1 la Inteligencia que requiere \u00a0el Estado, como instrumento de Gobierno para la toma de decisiones y la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas relacionadas con la seguridad interior y exterior del Estado, de \u00a0conformidad con lo preceptuado en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica de Colombia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. El Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad tendr\u00e1, adem\u00e1s de las funciones que determina el \u00a0art\u00edculo 59 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Producir la Inteligencia de \u00a0Estado que requiere el Gobierno Nacional para garantizar la seguridad nacional \u00a0interna y externa del Estado colombiano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Obtener y procesar informaci\u00f3n \u00a0en los \u00e1mbitos nacional e internacional, sobre asuntos relacionados con la \u00a0seguridad nacional, con el fin de producir inteligencia de Estado, para apoyar \u00a0al Presidente de la Rep\u00fablica en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y la toma de \u00a0decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Elaborar el plan de desarrollo \u00a0institucional y los planes de acci\u00f3n anuales, enmarcados dentro de las \u00a0directrices y pol\u00edticas del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en la elaboraci\u00f3n de \u00a0la agenda de requerimientos de Inteligencia de Estado propuesta por el \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento Administrativo de Seguridad, de conformidad con \u00a0las directrices se\u00f1aladas en la agenda de requerimientos de Inteligencia de \u00a0Estado de la Presidencia de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir la actividad de \u00a0inteligencia estrat\u00e9gica de Estado en el \u00e1mbito nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar el intercambio de \u00a0informaci\u00f3n con otros organismos de inteligencia y seguridad, nacionales e \u00a0internacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar acciones de \u00a0contrainteligencia tendientes a proteger los intereses del Estado, frente a \u00a0actividades hostiles de origen interno o externo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar los estudios de \u00a0seguridad y confiabilidad de los altos funcionarios del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores y dem\u00e1s instituciones del Estado la fijaci\u00f3n de la \u00a0Pol\u00edtica Migratoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejercer el control migratorio \u00a0de nacionales y extranjeros y llevar el registro de identificaci\u00f3n de \u00a0extranjeros. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Ejercer funciones de Polic\u00eda \u00a0Judicial, en coordinaci\u00f3n con la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, para \u00a0investigaciones de car\u00e1cter criminal, relacionadas con la naturaleza y \u00a0finalidad institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Llevar los registros \u00a0delictivos y de identificaci\u00f3n nacionales, y expedir los certificados \u00a0judiciales, con base en el canje interno y en los informes o avisos que deben \u00a0rendir oportunamente las autoridades judiciales de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Actuar como Oficina Central \u00a0Nacional, OCN, de Interpol en el intercambio de informaci\u00f3n, asistencia \u00a0rec\u00edproca, con arreglo a las prescripciones y estatutos de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Brindar seguridad al \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica y su familia, Ministros y ex Presidentes de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Formar y especializar a los \u00a0funcionarios del Departamento en su Academia, extensiva al Alto Gobierno, \u00a0estableciendo un v\u00ednculo directo en desarrollo de una cultura integral de \u00a0inteligencia de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Para los efectos de la \u00a0seguridad que deba darse a personas y dignatarios, distintas de las enumeradas \u00a0en el numeral 15 de este art\u00edculo, que requieran la protecci\u00f3n del Estado, \u00a0deber\u00e1 concertarse la asunci\u00f3n de dicha funci\u00f3n por parte de otros organismos \u00a0estatales que desarrollen funciones de protecci\u00f3n. El DAS continuar\u00e1 prestando \u00a0tales servicios en los t\u00e9rminos que se\u00f1ala el art\u00edculo 6\u00b0 numeral 3 del Decreto 2110 de 1992, \u00a0hasta que dichos servicios sean asumidos por otras entidades u organismos \u00a0estatales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Estructura. La estructura del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad ser\u00e1 la siguiente: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del Director \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1 Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2 Oficina Asesora Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3 Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4 Oficina Asesora de Divulgaci\u00f3n \u00a0y Prensa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.5 Oficina de Protecci\u00f3n Especial \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del Subdirector \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.1 Oficina de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2 Oficina de Inform\u00e1tica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3 Direcciones Seccionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.4 Academia Superior de \u00a0Inteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Secretar\u00eda General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Adicionado \u00a0por el Decreto 1272 de 2000, \u00a0art\u00edculo 1\u00ba, con los siguientes numerales: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Subdirecci\u00f3n Administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Subdirecci\u00f3n Financiera \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.3. Subdirecci\u00f3n del Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Direcci\u00f3n General de \u00a0Inteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1 Subdirecci\u00f3n de An\u00e1lisis \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.2 Subdirecci\u00f3n de Operaciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.3 Subdirecci\u00f3n de Fuentes Humanas \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.4 Subdirecci\u00f3n de \u00a0Contrainteligencia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Direcci\u00f3n General Operativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1 Subdirecci\u00f3n de \u00a0Investigaciones Especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2 Subdirecci\u00f3n de INTERPOL, OCN \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.3 Subdirecci\u00f3n de Asuntos \u00a0Migratorios \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.4 Adicionada por el Decreto 1409 de 2002, \u00a0art\u00edculo 1. Subdirecci\u00f3n Antisecuestro. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organos de Asesor\u00eda, \u00a0Coordinaci\u00f3n y Control \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.1 Consejo Superior de Inteligencia \u00a0y Manejo de Crisis \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.2 Consejo de Academia \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.3 Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.4 Comit\u00e9 de Archivo \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6.5 Comisi\u00f3n de Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Direcci\u00f3n. La Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad estar\u00e1 a cargo del Director del \u00a0Departamento Administrativo, quien la ejercer\u00e1 con la inmediata colaboraci\u00f3n \u00a0del Subdirector del departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Funciones del Director del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad. Son funciones del Director del \u00a0Departamento, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas por la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, las leyes y \u00a0el art\u00edculo 61 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar la Agenda de \u00a0Requerimientos del Presidente de la Rep\u00fablica sobre asuntos relativos a la \u00a0Seguridad Nacional e Inteligencia de Estado y los cursos de acci\u00f3n \u00a0estrat\u00e9gicos, necesarios para desarrollar su plan de gobierno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar y ejecutar por conducto \u00a0de las distintas dependencias el Plan Anual de Inteligencia del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad, de conformidad con las directrices se\u00f1aladas en la \u00a0Agenda de Requerimientos de la Presidencia de la Rep\u00fablica, y dem\u00e1s programas \u00a0que \u00e9sta disponga. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Vigilar el cumplimiento de las \u00a0normas administrativas, org\u00e1nicas y reglamentarias de las actividades del \u00a0Departamento y verificar su eficiente desempe\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con entidades \u00a0P\u00fablicas y Privadas el desarrollo de programas relacionados con la Seguridad \u00a0Nacional y presentar al Alto Gobierno sus apreciaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con el Ministerio de \u00a0Relaciones Exteriores lo requerido para el desarrollo de las actividades de \u00a0inteligencia externa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Difundir al Gobierno Nacional y \u00a0las autoridades que lo requieran, seg\u00fan la naturaleza de sus funciones, los \u00a0resultados de la labor de inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Autorizar las publicaciones de \u00a0las actividades del Departamento y los informes o boletines correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Representar al Departamento en \u00a0asuntos de car\u00e1cter t\u00e9cnico, jur\u00eddico, operativo y administrativo, en los \u00a0Consejos, Juntas, Comit\u00e9s y organismos en que \u00e9ste tenga parte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Las decisiones \u00a0inmediatas y urgentes relativas al servicio de Inteligencia y de seguridad de \u00a0Estado, ser\u00e1n impartidas en su orden por el Director del Departamento, el \u00a0Subdirector del Departamento, el Director General de Inteligencia y el Director \u00a0General Operativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Planeaci\u00f3n. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeaci\u00f3n las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento en el dise\u00f1o y formulaci\u00f3n de las pol\u00edticas, planes, programas y \u00a0proyectos institucionales para el eficiente manejo institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar y elaborar el Plan \u00a0Indicativo Institucional con la participaci\u00f3n de las diferentes dependencias \u00a0del Departamento, realizar su seguimiento y evaluaci\u00f3n, para el cumplimiento de \u00a0las metas y objetivos propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y elaborar el \u00a0anteproyecto de presupuesto del Departamento, para ser presentado ante el \u00a0Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico-Direcci\u00f3n General del Presupuesto \u00a0P\u00fablico Nacional y el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Programas y evaluar la \u00a0ejecuci\u00f3n presupuestal del Departamento y proponer las recomendaciones \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. En coordinaci\u00f3n con todas las dependencias \u00a0del Departamento, dise\u00f1ar las estrategias relacionadas con aspectos \u00a0organizacionales, que fortalezcan y agilicen la toma de decisiones y el \u00a0cumplimiento de los objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Analizar y presentar al \u00a0Director del Departamento, las propuestas de las diferentes dependencias, \u00a0tendientes a la expedici\u00f3n de resoluciones, directivas, circulares y \u00a0comunicaciones relacionadas con asuntos de competencia de la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir y coordinar los \u00a0procesos de recopilaci\u00f3n, procesamiento, difusi\u00f3n e intercambio de la \u00a0informaci\u00f3n estad\u00edstica del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivos de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 8\u00b0. Funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica. \u00a0Son funciones de la Oficina Asesora Jur\u00eddica las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asistir y asesorar al Director \u00a0del Departamento y dem\u00e1s dependencias, en los asuntos jur\u00eddicos relacionados \u00a0con el cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar, estudiar y conceptuar \u00a0sobre los proyectos de decretos, resoluciones, contratos, convenios y dem\u00e1s \u00a0actos administrativos que deba proponer o expedir el Departamento, o que sean \u00a0sometidos a su consideraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar la prestaci\u00f3n de \u00a0asistencia legal al personal de la Instituci\u00f3n, que por hechos ejecutados en el \u00a0ejercicio de sus funciones o con ocasi\u00f3n de las mismas, sea sindicado como \u00a0infractor de la ley penal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar estudios y emitir \u00a0conceptos sobre los asuntos jur\u00eddicos que la Direcci\u00f3n y la Subdirecci\u00f3n del \u00a0Departamento dispongan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los proyectos sobre \u00a0las providencias que resuelvan recursos de reposici\u00f3n, apelaci\u00f3n o la \u00a0revocatoria directa de los actos administrativos, diferentes de aquellos que \u00a0impongan sanciones disciplinarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender y asistir la defensa de \u00a0los intereses del Departamento en asuntos judiciales y extrajudiciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Compilar y difundir las normas \u00a0legales del Departamento e instruir a todo el personal sobre su adecuada \u00a0observancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar, estudiar y conceptuar \u00a0sobre los procesos contractuales que requiera el Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s inherentes a su \u00a0naturaleza que le correspondan de conformidad con la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 9\u00b0. Funciones de la Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno. Son funciones de la Oficina de Control \u00a0Disciplinario Interno, las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Conocer de las investigaciones \u00a0disciplinarias de oficio, por queja verbal, escrita o por cualquier medio, que \u00a0se adelanten contra los funcionarios del Departamento Administrativo de \u00a0Seguridad, conforme al procedimiento y competencia establecidas en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Proyectar las decisiones que \u00a0debe suscribir la Direcci\u00f3n del Departamento en materia disciplinaria y \u00a0sustanciar los recursos que ante \u00e9l se interpongan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Proponer los correctivos \u00a0necesarios en orden a garantizar la pulcritud, eficiencia y rendimiento del \u00a0servicio p\u00fablico que debe prestar el personal del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar, supervisar y \u00a0asesorar la actividad de Control Disciplinario Interno en los niveles central y \u00a0seccional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10. Funciones de la Oficina Asesora de \u00a0Divulgaci\u00f3n y Prensa. Son funciones de la Oficina Asesora de Divulgaci\u00f3n \u00a0y Prensa las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director del \u00a0Departamento en la definici\u00f3n de los mecanismos de comunicaci\u00f3n y divulgaci\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Director del \u00a0Departamento en la definici\u00f3n de la pol\u00edtica de divulgaci\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0de inter\u00e9s p\u00fablico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Redactar en coordinaci\u00f3n con la \u00a0Direcci\u00f3n y Subdirecci\u00f3n del Departamento, los Directores Generales de \u00a0Inteligencia y Operativo, los boletines informativos y elaborar el material \u00a0visual sobre los resultados de operaciones de competencia de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con las Direcciones \u00a0Seccionales, la informaci\u00f3n que debe ser elaborada con base en resultados de \u00a0trascendencia, para difundirla a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Contribuir, con la proyecci\u00f3n y \u00a0divulgaci\u00f3n de la imagen corporativa de la instituci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejecutar el Plan anual de inteligencia \u00a0del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Director y Subdirector del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. Funciones de la Oficina de Protecci\u00f3n \u00a0Especial. Son funciones de la Oficina Asesora de Protecci\u00f3n Especial, \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y coordinar los \u00a0servicios del Departamento encaminados a proteger al Presidente de la Rep\u00fablica \u00a0y su familia, Ministros y ex Presidentes de la Rep\u00fablica, contra riesgos, \u00a0peligros o amenazas a su vida e integridad personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y coordinar los \u00a0servicios del Departamento encaminados a proteger al Director del Departamento, \u00a0Subdirector y dem\u00e1s funcionarios que as\u00ed lo requieran contra riesgos, peligros \u00a0o amenazas a su vida e integridad personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Adoptar los planes de seguridad \u00a0para las instalaciones del Departamento y asumir su defensa cuando cualquier \u00a0hecho las afecte. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejecutar los planes de la \u00a0Oficina relacionados con avanzadas, seguridad f\u00edsica y rutas, entrenamiento y \u00a0reentrenamiento de los funcionarios vinculados a los servicios de protecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir el cuerpo de guardianes \u00a0del Departamento y velar por su disciplina y cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir los servicios de protecci\u00f3n \u00a0para garantizar la seguridad en las residencias, oficinas y lugares en los que \u00a0permanezcan o transiten las personas protegidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Director y Subdirector del Departamento, de acuerdo con la naturaleza de \u00a0la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 12. Funciones del Subdirector del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad. Son funciones del Subdirector del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad, adem\u00e1s de las se\u00f1aladas en la Constituci\u00f3n \u00a0Pol\u00edtica, las leyes y el art\u00edculo 62 de la Ley 489 de 1998, las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Coadyuvar en la ejecuci\u00f3n del \u00a0Plan Anual de inteligencia del Departamento de conformidad con las directrices \u00a0se\u00f1aladas en la Agenda de requerimientos de la Presidencia de la Rep\u00fablica, \u00a0velando por su cabal cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Evaluar la capacidad de los \u00a0servicios de las Seccionales e impartir las \u00f3rdenes e instrucciones tendientes \u00a0a obtener mayor eficacia y operatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar el dise\u00f1o de los \u00a0sistemas y programas de informaci\u00f3n que convengan a cada una de las \u00e1reas de \u00a0trabajo del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el dise\u00f1o y \u00a0aplicaci\u00f3n de m\u00e9todos y procedimientos de control interno, de conformidad con \u00a0lo dispuesto en la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Oficiar como superior inmediato \u00a0de las Direcciones Seccionales, garantizando su buena marcha y sujeci\u00f3n a la naturaleza \u00a0y objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, coordinar y ejecutar \u00a0las pol\u00edticas y programas relacionados con la selecci\u00f3n, formaci\u00f3n y \u00a0capacitaci\u00f3n que se lleven a cabo en la Academia Superior de Inteligencia, de \u00a0conformidad con las decisiones adoptadas por el Consejo de Academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0por el Director del Departamento y que correspondan a la naturaleza del cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 13. Funciones de la Oficina de Control Interno. \u00a0Corresponde a la Oficina de Control Interno, el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Planear, dirigir y organizar la \u00a0verificaci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del sistema de control interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Verificar que el sistema de \u00a0control interno est\u00e9 formalmente establecido en el Departamento y que su \u00a0ejercicio sea intr\u00ednseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y \u00a0en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Verificar que los controles \u00a0definidos para los procesos y actividades del Departamento, se cumplan por los \u00a0responsables de su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar que los controles \u00a0asociados con todas y cada una de las actividades del Departamento, est\u00e9n \u00a0adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de \u00a0acuerdo con la evoluci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Servir de apoyo a los directivos \u00a0en el proceso de toma de decisiones, a fin de obtener los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Verificar los procesos \u00a0relacionados con el manejo de los recursos y bienes, recomendando los \u00a0correctivos que sean necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Fomentar en el Departamento la \u00a0formaci\u00f3n de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en \u00a0el cumplimiento de la misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener permanentemente \u00a0informados a los directivos del Departamento, acerca del estado del control \u00a0interno, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su \u00a0cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Verificar el cumplimiento de \u00a0las medidas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14. Funciones de la Oficina de Inform\u00e1tica. \u00a0Corresponde a la Oficina de Inform\u00e1tica el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a todas las \u00a0dependencias del Departamento en el desarrollo, dise\u00f1o, implementaci\u00f3n y \u00a0mejoramiento de sistemas de procesamiento de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar el plan de \u00a0sistematizaci\u00f3n de la informaci\u00f3n acorde con el desarrollo general del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar y controlar el centro \u00a0de c\u00f3mputo y procesamiento electr\u00f3nico de datos y suministrar los reportes \u00a0generados por los sistemas de informaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar el mantenimiento y \u00a0actualizaci\u00f3n de las aplicaciones instaladas, de los equipos de c\u00f3mputo y \u00a0transmisi\u00f3n de datos a nivel nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que sean asignadas de \u00a0acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 15. Funciones de las Direcciones Seccionales. \u00a0Los Directores Seccionales dirigen y coordinan la acci\u00f3n del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad en la respectiva jurisdicci\u00f3n y en tal virtud \u00a0representan al Director del Departamento en ella. Para tal efecto ejecutan las \u00a0\u00f3rdenes e instrucciones que impartan el Director del Departamento, el \u00a0Subdirector del Departamento, los Directores Generales de Inteligencia y \u00a0Operativo y el Secretario General. As\u00ed mismo, coordinan con los dem\u00e1s Jefes de \u00a0Oficina los asuntos relacionados con sus respectivas \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Las actividades de Inteligencia y \u00a0Operativas estar\u00e1n bajo la inmediata direcci\u00f3n y coordinaci\u00f3n de los Directores \u00a0Generales de Inteligencia y Operativo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corresponde a las Direcciones \u00a0Seccionales del Departamento Administrativo de Seguridad el ejercicio de las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento y velar por su cabal cumplimiento, as\u00ed como las \u00a0misiones operativas y de inteligencia, ordenadas por el nivel central, \u00a0informando oportunamente sobre sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Cumplir y hacer cumplir las \u00a0\u00f3rdenes, instrucciones o indicaciones que el Director del Departamento, el \u00a0Subdirector del Departamento, los Directores Generales de Inteligencia y \u00a0Operativo, y la Secretar\u00eda General impartan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Coordinar con las autoridades \u00a0de su jurisdicci\u00f3n, el desarrollo de las actividades correspondientes con la \u00a0naturaleza y objetivos institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Expedir los certificados \u00a0judiciales y documentos de extranjer\u00eda, de conformidad con las disposiciones \u00a0legales y reglamentarias vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Administrar el personal, \u00a0supervisar y controlar sus actividades y mantener la disciplina e imponer las \u00a0sanciones correspondientes, seg\u00fan lo dispuesto por las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener y actualizar los \u00a0archivos requeridos de conformidad con las funciones propias del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Cuidar y administrar los bienes \u00a0del Departamento que le sean confiados a cualquier t\u00edtulo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar y ejecutar los planes \u00a0y proyectos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 16. Funciones de la Academia Superior de \u00a0Inteligencia. Corresponde a la Academia Superior de Inteligencia el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Formar \u00e9tica, cient\u00edfica, tecnol\u00f3gica \u00a0y profesionalmente a los aspirantes al cargo de Oficial de Inteligencia y \u00a0Detective, as\u00ed como capacitar a los funcionarios en las \u00e1reas misionales del \u00a0Departamento y dictar el curso de inducci\u00f3n a sus nuevos empleados durante el \u00a0primer mes de ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Organizar y desarrollar los \u00a0planes y programas que se requieran para la incorporaci\u00f3n, el ingreso o \u00a0iniciaci\u00f3n en el servicio de los aspirantes, de conformidad con lo dispuesto \u00a0por el Consejo de Academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar y organizar los cursos \u00a0para ascenso y actualizaci\u00f3n de los funcionarios del Departamento, de \u00a0conformidad con las directrices se\u00f1aladas por el Consejo de Academia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar programas para el \u00a0fomento del bienestar estudiantil, el mejoramiento del nivel cultural y t\u00e9cnico \u00a0del personal docente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Promover y desarrollar \u00a0investigaciones y m\u00e9todos para el mejoramiento de los procesos aplicables en el \u00a0campo de la Seguridad Nacional y la Inteligencia de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Evaluar los resultados y \u00a0alcances de la instrucci\u00f3n impartida y proponer y ejecutar los mecanismos \u00a0tendientes a su mejoramiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer al Consejo de Academia \u00a0el desarrollo de convenios interinstitucionales, nacionales o extranjeros para \u00a0la capacitaci\u00f3n y el adiestramiento en el campo de la Inteligencia de Estado y \u00a0Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Expedir los t\u00edtulos de \u00a0conformidad con las modalidades educativas autorizadas por la autoridad \u00a0competente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 17. Funciones de la Secretar\u00eda General. \u00a0Corresponde a la Secretar\u00eda General del Departamento Administrativo de \u00a0Seguridad el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento Administrativo de Seguridad, de conformidad con \u00a0las directrices se\u00f1aladas en la Agenda de requerimientos de la Presidencia de \u00a0la Rep\u00fablica, y velar por su cabal cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al Director y al \u00a0Subdirector del Departamento en la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, normas y \u00a0procedimientos para la administraci\u00f3n del talento humano, los recursos f\u00edsicos, \u00a0econ\u00f3micos y financieros de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, programar y ejecutar \u00a0las pol\u00edticas administrativas relacionadas con los recursos humanos, \u00a0financieros, f\u00edsicos y t\u00e9cnicos que garanticen el desarrollo de la misi\u00f3n \u00a0institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Coordinar con la Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n de los Anteproyectos de presupuesto para \u00a0cada vigencia fiscal ante el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico y el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir los programas de \u00a0selecci\u00f3n, inducci\u00f3n, capacitaci\u00f3n y bienestar social de los funcionarios del \u00a0Departamento, de acuerdo con las normas legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Mantener actualizado el manual \u00a0espec\u00edfico de funciones y requisitos a nivel de cargo y responder por su \u00a0correcta aplicaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con la Subdirecci\u00f3n \u00a0del Departamento la ejecuci\u00f3n de las diligencias de remate de bienes de la \u00a0Instituci\u00f3n o bienes decomisados y definir, con arreglo a la ley, el destino de \u00a0sobrantes o la destrucci\u00f3n de inservibles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Controlar el inventario de los \u00a0bienes muebles e inmuebles del Departamento y del Fondo Rotatorio y mantener \u00a0actualizada su valoraci\u00f3n y titulaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Coordinar y controlar la \u00a0adecuada prestaci\u00f3n de los servicios generales para el mejor funcionamiento de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Orientar el dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de normas y procedimientos para el sistema de administraci\u00f3n \u00a0documentaria y memoria institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Disponer oportunamente las \u00a0publicaciones, comunicaciones y notificaciones que deben producirse en el curso \u00a0de las actuaciones administrativas, as\u00ed como de los actos administrativos que \u00a0deban ser objetos de tales medidas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s inherentes a su \u00a0naturaleza, de conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 18. Funciones de la Direcci\u00f3n General de \u00a0Inteligencia. Corresponde a la Direcci\u00f3n General de Inteligencia el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento en todos los asuntos relacionados con el desarrollo de la \u00a0Seguridad Nacional e Inteligencia Estrat\u00e9gica de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Oficiar como ejecutor del Plan \u00a0Anual de Inteligencia del Departamento Administrativo de Seguridad, de \u00a0conformidad con las directrices se\u00f1aladas en la agenda de requerimientos de la \u00a0Presidencia de la Rep\u00fablica, velando por su cabal cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, coordinar y supervisar \u00a0el proceso de b\u00fasqueda, recolecci\u00f3n, clasificaci\u00f3n, an\u00e1lisis y difusi\u00f3n de la \u00a0informaci\u00f3n de Inteligencia Estrat\u00e9gica de Estado en todos los asuntos \u00a0relacionados con la seguridad y los intereses nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dirigir, supervisar y coordinar \u00a0las medidas de contrainteligencia tendientes a neutralizar los agentes internos \u00a0y externos que puedan atentar contra la seguridad del Estado o el cumplimiento \u00a0de los objetivos del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar e intercambiar \u00a0informaciones con organismos nacionales e internacionales de acuerdo con las \u00a0prioridades de cooperaci\u00f3n del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Coordinar con la Direcci\u00f3n \u00a0General Operativa la ejecuci\u00f3n de actividades operativas que para el ejercicio \u00a0de sus funciones requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 19. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de An\u00e1lisis. \u00a0Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de An\u00e1lisis el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n General \u00a0de Inteligencia en los asuntos relacionados con la Inteligencia de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Elaborar an\u00e1lisis y \u00a0apreciaciones de inteligencia estrat\u00e9gica relacionados con la Seguridad \u00a0Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar estudios \u00a0prospectivos sobre los diversos frentes atendidos por el Departamento de \u00a0conformidad con el Plan Anual de Inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Difundir por intermedio de la \u00a0Direcci\u00f3n General de Inteligencia la informaci\u00f3n procesada de acuerdo con su \u00a0pertinencia, de conformidad con lo establecido en el Plan Anual de \u00a0Inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivos de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 20. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Operaciones. \u00a0Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Operaciones el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir las actividades \u00a0requeridas para la recopilaci\u00f3n, clasificaci\u00f3n y verificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n \u00a0que brinden el soporte necesario para el desarrollo de las actividades de \u00a0Inteligencia, de conformidad con lo establecido en el Plan Anual de \u00a0Inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Apoyar la actividad de \u00a0Inteligencia del Departamento en el desarrollo de operaciones a cubierta \u00a0dirigidas a detectar fen\u00f3menos que atenten contra la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Desarrollar los m\u00e9todos \u00a0necesarios para el cumplimiento de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivos de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 21. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Fuentes \u00a0Humanas. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Fuentes Humanas el ejercicio \u00a0de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas de \u00a0reclutamiento y administraci\u00f3n de fuentes humanas en el \u00e1mbito nacional e \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Presentar al Director General \u00a0de Inteligencia evaluaciones peri\u00f3dicas sobre la idoneidad de las fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Clasificar y difundir los \u00a0informes a los destinatarios pertinentes, a trav\u00e9s de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0An\u00e1lisis, ilustrando la trayectoria y acceso de las fuentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Verificar el cumplimiento de las \u00a0medidas de seguridad que deben ser observadas por las fuentes y sus \u00a0controladores a nivel nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la actividad dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 22. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de \u00a0Contrainteligencia. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Contrainteligencia \u00a0el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas de \u00a0contrainteligencia con el fin de preservar la Seguridad Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Neutralizar las situaciones de \u00a0crisis originadas por personas o servicios de inteligencia hostiles. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Brindar la seguridad para \u00a0garantizar el \u00e9xito de las misiones de inteligencia adelantadas por el \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Dise\u00f1ar y ejecutar las \u00a0pol\u00edticas de contrainteligencia orientadas a la salvaguarda de los intereses \u00a0institucionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Realizar los estudios de \u00a0seguridad y confiabilidad de los altos funcionarios del Gobierno Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivos de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 23. Funciones de la Direcci\u00f3n General Operativa. \u00a0Corresponde a la Direcci\u00f3n General Operativa el ejercicio de las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar a la Direcci\u00f3n del \u00a0Departamento en todos los asuntos operativos relacionados con el desarrollo de \u00a0la Seguridad Nacional e Inteligencia de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Oficiar como ejecutor del Plan \u00a0Anual de Inteligencia del Departamento Administrativo de Seguridad, de \u00a0conformidad con las directrices se\u00f1aladas en la Agenda de requerimientos del \u00a0Presidente de la Rep\u00fablica, velando por su cabal cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y coordinar el \u00a0desarrollo de la actividad operativa que adelanta el Departamento a trav\u00e9s de \u00a0las Subdirecciones de Investigaciones Especiales de Interpol, OCN, y Asuntos \u00a0Migratorios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Desarrollar las investigaciones \u00a0en materia criminal, en coordinaci\u00f3n con la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n, de \u00a0conformidad con las facultades de Polic\u00eda Judicial que por la naturaleza y \u00a0funciones propias del Departamento requiere para el cabal cumplimiento de su \u00a0misi\u00f3n institucional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Dirigir y coordinar con la \u00a0Direcci\u00f3n General de Inteligencia la programaci\u00f3n, b\u00fasqueda y recolecci\u00f3n de \u00a0informaci\u00f3n, que para el ejercicio de sus funciones requiera. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 24. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Investigaciones \u00a0Especiales. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Investigaciones Especiales \u00a0el ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Desarrollar las facultades de \u00a0Polic\u00eda Judicial de conformidad con la naturaleza y funciones propias del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prestar a la Fiscal\u00eda General \u00a0de la Naci\u00f3n y a las autoridades judiciales la cooperaci\u00f3n prevista en la ley, \u00a0de conformidad con la naturaleza y funciones propias del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Organizar, actualizar y conservar \u00a0los registros delictivos y de identificaci\u00f3n nacionales, con base en el canje \u00a0interno y en los informes o avisos que deben rendir oportunamente las \u00a0autoridades judiciales de la Rep\u00fablica, sobre iniciaci\u00f3n, tramitaci\u00f3n y \u00a0terminaci\u00f3n de procesos penales, \u00f3rdenes de captura, medidas de aseguramiento, \u00a0autos de detenci\u00f3n, enjuiciamiento, sobreseimiento y revocatorias proferidas y \u00a0sobre las dem\u00e1s determinaciones previstas en el C\u00f3digo de Procedimiento Penal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Expedir los certificados \u00a0judiciales y de polic\u00eda, de conformidad con las normas vigentes sobre la \u00a0materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Desarrollar las actividades de \u00a0criminal\u00edstica en apoyo a la actividad de investigaci\u00f3n criminal y de \u00a0inteligencia, y cumplir las misiones que la Direcci\u00f3n General Operativa \u00a0disponga. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Prestar a las autoridades \u00a0administrativas, judiciales y de polic\u00eda los auxilios t\u00e9cnicos criminal\u00edsticos \u00a0de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Organizar, dirigir y vigilar el \u00a0funcionamiento de la sala transitoria de capturados y atender lo relacionado \u00a0con el servicio a los deportados y almac\u00e9n de recuperaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Adelantar las labores de \u00a0investigaci\u00f3n en materia de seguridad rural de conformidad con las competencias \u00a0del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que le sean \u00a0asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 25. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Interpol, \u00a0OCN. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Interpol, OCN, el ejercicio de las \u00a0siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Informar a la Secretar\u00eda \u00a0General Interpol, los resultados obtenidos por las autoridades nacionales en la \u00a0lucha contra las diferentes modalidades del delito, con el fin de ser \u00a0difundidas a las oficinas centrales nacionales de Interpol, a trav\u00e9s de sus \u00a0diferentes publicaciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Desarrollar, en coordinaci\u00f3n \u00a0con la Subdirecci\u00f3n de Investigaciones Especiales, las acciones que en materia \u00a0de Polic\u00eda Judicial se requieran para el cumplimiento de los fines y prop\u00f3sitos \u00a0de la Organizaci\u00f3n Internacional de Polic\u00eda Criminal, OIPC. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Emitir recomendaciones sobre \u00a0procesos y estad\u00edsticas que permitan prevenir los diferentes fen\u00f3menos \u00a0generadores de criminalidad en el \u00e1mbito nacional e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las diligencias e \u00a0investigaciones pertinentes para la localizaci\u00f3n de personas colombianas o \u00a0extranjeras que sean solicitadas por autoridades nacionales o extranjeras. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar con las oficinas de \u00a0Interpol de los diferentes pa\u00edses las actividades operativas que surjan de las \u00a0investigaciones desarrolladas por la oficina o por cualquier autoridad nacional \u00a0e internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Solicitar a las autoridades \u00a0competentes de los diferentes pa\u00edses la situaci\u00f3n jur\u00eddica actual y las \u00a0sentencias condenatorias que hayan proferido contra ciudadanos colombianos, que \u00a0han cometido delitos en el exterior, as\u00ed como adelantar las gestiones \u00a0necesarias para establecer su plena identidad, con el fin de mantener \u00a0actualizado el archivo y los registros estad\u00edsticos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Difundir a las oficinas \u00a0centrales nacionales y a la Secretar\u00eda General de la Organizaci\u00f3n Internacional \u00a0de Polic\u00eda Criminal, Interpol, la situaci\u00f3n jur\u00eddica de los extranjeros que \u00a0hayan delinquido en el territorio nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Procurar un fluido intercambio \u00a0de informaci\u00f3n con los pa\u00edses miembros de la Organizaci\u00f3n, en materia de \u00a0delincuencia internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Proyectar y responder \u00a0requerimientos tanto a nivel nacional como internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Ser fiel observador de las \u00a0distintas disposiciones y normas que regulan las relaciones policiales \u00a0internacionales teniendo en cuenta el estatuto y reglamento general de Interpol \u00a0y las leyes que para cada caso espec\u00edfico resulten aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 26. Funciones de la Subdirecci\u00f3n de Asuntos \u00a0Migratorios. Corresponde a la Subdirecci\u00f3n de Asuntos Migratorios el \u00a0ejercicio de las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Actuar como Autoridad \u00a0Migratoria Nacional de conformidad con las competencias que por ley se le \u00a0asignen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asistir a la Direcci\u00f3n General \u00a0Operativa en la coordinaci\u00f3n relativa a la Pol\u00edtica Migratoria de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir y controlar los \u00a0servicios de migraci\u00f3n de nacionales y extranjeros en los puertos establecidos \u00a0por la ley y velar por el cumplimiento de las disposiciones migratorias \u00a0vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Prestar los servicios de \u00a0identificaci\u00f3n, registro y expedici\u00f3n de documentos de identidad, certificados \u00a0judiciales, salvoconductos y dem\u00e1s documentos que requieran los extranjeros \u00a0para permanecer o salir del pa\u00eds, as\u00ed como la pr\u00f3rroga de su permiso e ingreso. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las verificaciones \u00a0migratorias pertinentes sobre la situaci\u00f3n y las actividades de los extranjeros \u00a0en territorio colombiano, expidiendo los actos administrativos que por \u00a0infracci\u00f3n de las disposiciones vigentes sobre extranjer\u00eda se deriven de la \u00a0misma, y velar por su cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Administrar la base de datos \u00a0del sistema de viajeros internacionales y los archivos relacionados con los \u00a0asuntos de extranjer\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Examinar las solicitudes de \u00a0extranjeros sobre cancelaci\u00f3n de antecedentes penales y tomar las decisiones \u00a0pertinentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Ejecutar el Plan Anual de \u00a0Inteligencia del Departamento, de acuerdo con la naturaleza y objetivo de sus \u00a0funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s que le sean asignadas \u00a0de acuerdo con la naturaleza de la dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 27. Organos de Asesor\u00eda, Coordinaci\u00f3n y Control. \u00a0El Consejo Superior de Inteligencia y Manejo de Crisis, el Consejo de Academia, \u00a0el Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n de Control Interno, el Comit\u00e9 de Archivo, as\u00ed como la \u00a0Comisi\u00f3n de Personal, se integrar\u00e1n y atender\u00e1n sus funciones conforme a la ley \u00a0y los reglamentos. Su conformaci\u00f3n y funcionamiento ser\u00e1n reglamentados \u00a0mediante resoluci\u00f3n del Director del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 28. Consejo Superior de Inteligencia y Manejo de \u00a0Crisis. Le corresponde al Consejo Superior de Inteligencia y Manejo de \u00a0Crisis, cumplir las siguientes funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar al Director del \u00a0Departamento en el dise\u00f1o y ejecuci\u00f3n del Plan Anual de Inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Oficiar como el cuerpo t\u00e9cnico y \u00a0consultivo de alta calificaci\u00f3n que coadyuve en la gesti\u00f3n estrat\u00e9gica y \u00a0proponga cursos de acci\u00f3n para el manejo en situaciones de crisis. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dise\u00f1ar las pol\u00edticas y \u00a0estrategias para la recolecci\u00f3n, an\u00e1lisis, evaluaci\u00f3n y difusi\u00f3n de las \u00a0informaciones de inteligencia y el desarrollo de las operaciones, a partir del \u00a0an\u00e1lisis conjunto de la situaci\u00f3n de seguridad nacional interna y externa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Establecer los mecanismos de \u00a0integraci\u00f3n, as\u00ed como los apoyos log\u00edsticos, de las actividades operativas que \u00a0requiera el desarrollo de la Inteligencia de Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Preparar los estudios o \u00a0documentos de trascendencia operacional solicitados por el Director del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organismos \u00a0adscritos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 29. Fondo Rotatorio del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad. El Fondo Rotatorio del DAS tiene la \u00a0definici\u00f3n, naturaleza y funciones establecidas en la Ley 4\u00aa de 1981 y las \u00a0disposiciones vigentes que la complementan o desarrollan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 30. Organo de Asesor\u00eda, Coordinaci\u00f3n y Control. \u00a0El Fondo Rotatorio del DAS contar\u00e1 con el Consejo Directivo para la direcci\u00f3n y \u00a0administraci\u00f3n del Fondo Rotatorio, tiene la composici\u00f3n, funciones y atribuciones \u00a0establecidas en la Ley 4\u00aa de 1981 y las \u00a0disposiciones que la reglamenten y complementen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CAPITULO III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones \u00a0especiales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 31. Seguridad nacional. Es el grado \u00a0relativo de garant\u00eda que ofrece el Estado a sus asociados, para la consecuci\u00f3n \u00a0y mantenimiento de los objetivos nacionales, a partir de la identificaci\u00f3n y \u00a0caracterizaci\u00f3n de factores de alteraci\u00f3n que se manifiestan en sus \u00e1mbitos de \u00a0seguridad interna y externa. Esta, es en esencia, una funci\u00f3n pol\u00edtica que \u00a0involucra acciones sociales, econ\u00f3micas y pol\u00edticas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 32. Seguridad interna. Es un aspecto de \u00a0la seguridad nacional que se define como la garant\u00eda que ofrece el Estado a sus \u00a0asociados, para la consecuci\u00f3n y mantenimiento de los objetivos nacionales a \u00a0partir de acciones pol\u00edticas, econ\u00f3micas y sociales, que permitan conjurar y \u00a0superar los factores internos de alteraci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 33. Seguridad externa. Es un aspecto de \u00a0la seguridad nacional que se define como la garant\u00eda que ofrece el Estado a sus \u00a0asociados, para la consecuci\u00f3n y mantenimiento de sus objetivos nacionales a \u00a0partir de acciones pol\u00edticas, econ\u00f3micas y sociales, que permitan conjurar y superar \u00a0factores externos de alteraci\u00f3n en el marco de sus relaciones con la comunidad \u00a0internacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 34. Seguridad p\u00fablica. Es la garant\u00eda que \u00a0el Estado le proporciona a sus asociados, con el prop\u00f3sito de asegurar el Orden \u00a0P\u00fablico, contra todo tipo de violaciones que atenten contra la seguridad \u00a0individual y comunitaria, esto es, el \u00e1mbito de la seguridad ciudadana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35. Inteligencia. Es la funci\u00f3n de \u00a0integraci\u00f3n propia de la facultad racional, que permite a partir de procesos \u00a0l\u00f3gico-anal\u00edticos, la interpretaci\u00f3n de eventos actuales y el pron\u00f3stico de \u00a0acciones futuras o tendencias. Su m\u00e9todo ofrece las herramientas necesarias \u00a0para desarrollar la s\u00edntesis y la interpretaci\u00f3n que identifica nexos entre las \u00a0cosas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 36. Inteligencia de Estado. Es el \u00a0conjunto de acciones estrat\u00e9gicas que ofrecen al Presidente de la Rep\u00fablica los \u00a0instrumentos de gobierno necesarios para la toma de decisiones y la formulaci\u00f3n \u00a0de pol\u00edticas relativas a la seguridad nacional, como garant\u00eda fundamental del \u00a0Estado, para el logro y mantenimiento de los objetivos nacionales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 37. Funciones de Polic\u00eda Judicial. Para \u00a0el cumplimiento de las atribuciones propias del Departamento Administrativo de \u00a0Seguridad, conforme a lo previsto en este decreto, ejercen de manera especial \u00a0funciones de Polic\u00eda Judicial: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Los funcionarios operativos que \u00a0dependan de la Direcci\u00f3n General Operativa del Departamento, los Directores \u00a0Seccionales y los funcionarios operativos que dependan de las coordinaciones \u00a0operativas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Los funcionarios t\u00e9cnicos y \u00a0cient\u00edficos de las \u00e1reas de criminal\u00edstica e identificaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. Los funcionarios \u00a0mencionados en este art\u00edculo, tienen las atribuciones a que se refieren las \u00a0normas del C\u00f3digo de Procedimiento Penal para el desarrollo de funciones de \u00a0polic\u00eda judicial, exclusivamente, en aquellos delitos que atenten contra la \u00a0seguridad nacional, la existencia y seguridad del Estado, el r\u00e9gimen \u00a0Constitucional, la administraci\u00f3n p\u00fablica, la administraci\u00f3n de justicia, la \u00a0seguridad p\u00fablica, el patrimonio hist\u00f3rico y cultural, y los delitos que \u00a0atenten contra la ecolog\u00eda y el medio ambiente, para lo cual, coordinar\u00e1n su \u00a0actividad con la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 38. Agentes de Inteligencia. Todos los \u00a0empleados del Departamento Administrativo de Seguridad tienen el car\u00e1cter y \u00a0cumplen funciones de agentes de inteligencia. En tal virtud, pueden ser \u00a0requeridos por el Director del Departamento, el Subdirector del Departamento, \u00a0el Secretario General, los Directores Generales y los Directores Seccionales, \u00a0para buscar la informaci\u00f3n y, en todo caso, est\u00e1n en la obligaci\u00f3n de \u00a0suministrar oficiosamente, por escrito o verbalmente, los datos, noticias, o \u00a0informes que puedan ser \u00fatiles en las labores de inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El incumplimiento injustificado de \u00a0este deber es causal de mala conducta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Direcci\u00f3n General de \u00a0Inteligencia impartir\u00e1 instrucciones a todo el personal del Departamento sobre \u00a0la forma, oportunidad y pertinencia en la recolecci\u00f3n de tales informaciones, \u00a0de conformidad con lo establecido en el Plan Anual de Inteligencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 39. Informaciones. Para el cabal \u00a0cumplimiento de su finalidad y funciones previstas en este decreto, el \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, adem\u00e1s de contar con los \u00a0instrumentos requeridos conforme al ordenamiento jur\u00eddico, tendr\u00e1 acceso a \u00a0todos los documentos y bases de datos de la administraci\u00f3n p\u00fablica, cualquiera \u00a0que sea el orden al que pertenezca, relativas a hechos, circunstancias, \u00a0actuaciones, personas y organizaciones que puedan menoscabar la seguridad nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Departamento Administrativo de \u00a0Seguridad, DAS, mantendr\u00e1 y garantizar\u00e1 la reserva de los documentos p\u00fablicos e \u00a0informaciones a los que acceda, que de acuerdo con la ley tengan ese car\u00e1cter. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 40. Reserva. Por la naturaleza de las \u00a0funciones que cumple el Departamento Administrativo de Seguridad, DAS, en la \u00a0salvaguarda de la seguridad nacional, los documentos, mensajes, grabaciones, \u00a0fotograf\u00edas y material clasificado del Departamento, tienen car\u00e1cter secreto o \u00a0reservado. En consecuencia, no se podr\u00e1n compulsar copias ni duplicados, ni \u00a0suministrar datos relacionados con ellos. El servidor p\u00fablico que indebidamente \u00a0los d\u00e9 a conocer incurrir\u00e1 en causal de mala conducta, sin perjuicio de las \u00a0sanciones penales a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los ex funcionarios del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad que revelen informaci\u00f3n sujeta a \u00a0reserva, ser\u00e1n acreedores de las sanciones civiles y penales a que haya lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 41. Direcciones Seccionales del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad. Cuando las necesidades del servicio lo \u00a0requieran, en cada uno de los departamentos habr\u00e1 una Direcci\u00f3n Seccional que \u00a0cumplir\u00e1 con las funciones descritas en este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 42. Jurisdicci\u00f3n y Sedes. La jurisdicci\u00f3n \u00a0de las Direcciones Seccionales del Departamento Administrativo de Seguridad \u00a0podr\u00e1 abarcar el territorio de uno o varios Departamentos de la divisi\u00f3n \u00a0pol\u00edtico-administrativa del pa\u00eds y su sede permanente puede ubicarse en la \u00a0ciudad capital o en otra que garantice su normal funcionamiento. El Director \u00a0del Departamento adoptar\u00e1 por Resoluci\u00f3n las decisiones correspondientes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 43. Organizaci\u00f3n de las dependencias. El \u00a0Director del Departamento Administrativo de Seguridad podr\u00e1, con el fin de \u00a0atender adecuadamente los servicios t\u00e9cnicos, operativos y administrativos, \u00a0constituir y organizar grupos internos de trabajo, y puestos operativos, con el \u00a0fin de desarrollar con eficiencia y eficacia los objetivos, pol\u00edticas, planes y \u00a0programas del Departamento. Su creaci\u00f3n estar\u00e1 sujeta a las autorizaciones \u00a0presupuestales del Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 44. Academia Superior de Inteligencia. La \u00a0Academia Superior de Inteligencia tendr\u00e1 el car\u00e1cter de un centro docente de \u00a0educaci\u00f3n formal, en los campos de la Seguridad Nacional y la Inteligencia de \u00a0Estado, sujeta a la aprobaci\u00f3n oficial, dependiente de la Subdirecci\u00f3n del \u00a0Departamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 45. Disponibilidad. Corresponde al \u00a0personal del Departamento Administrativo de Seguridad estar disponible cuando sea \u00a0requerido por el Director, Subdirector, Secretario General, Directores \u00a0Generales y Jefes de Oficina del Departamento. No hacerlo sin excusa v\u00e1lida es \u00a0causal de mala conducta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Secretario General del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad adoptar\u00e1 las medidas que resulten \u00a0indispensables para compensar en tiempo de descanso el servicio prestado en \u00a0estas condiciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 46. Deber de colaboraci\u00f3n. Para el \u00a0cumplimiento de las funciones contempladas en este Decreto las autoridades \u00a0p\u00fablicas y los ciudadanos en cumplimiento de los deberes Constitucionales y \u00a0legales que les asisten, prestar\u00e1n a los funcionarios del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad los auxilios y colaboraci\u00f3n oportuna que requieran. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 47. Gastos reservados. Corresponde al Director \u00a0del Departamento Administrativo de Seguridad hacer gastos de car\u00e1cter reservado \u00a0cuando las necesidades del Departamento lo aconsejen, con cargo al presupuesto \u00a0del DAS o su Fondo Rotatorio y su ejecuci\u00f3n, se har\u00e1 de conformidad con las \u00a0normas y disposiciones legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 48. Recompensas. Corresponde al Director \u00a0del Departamento Administrativo de Seguridad determinar los casos en los cuales \u00a0se reconozcan recompensas, su cuant\u00eda y oportunidad de su pago, a quien \u00a0suministre informes que permitan hacer efectivo el cumplimiento de \u00f3rdenes de \u00a0captura dictadas con ocasi\u00f3n de la comisi\u00f3n de delitos en el territorio \u00a0nacional o fuera de \u00e9l, a la persona que proporcione informaciones y pruebas \u00a0eficaces que fundamenten la responsabilidad penal o permitan hacerla extensiva \u00a0a otras personas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento \u00a0Administrativo de Seguridad puede disponer que las ofertas sean hechas p\u00fablicas \u00a0y, cuando lo considere conveniente, autorizar\u00e1 la determinaci\u00f3n anticipada del \u00a0monto de las mismas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Los actos y providencias que \u00a0expida el Director del Departamento para el pago de recompensas estar\u00e1n \u00a0amparados por la reserva legal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 49. Delegaci\u00f3n de la Ordenaci\u00f3n del Gasto. \u00a0El Director del Departamento Administrativo de Seguridad puede delegar la ordenaci\u00f3n \u00a0del gasto seg\u00fan las disposiciones org\u00e1nicas del Presupuesto Nacional y las \u00a0normas legales vigentes sobre la materia. Puede, igualmente, delegar en el \u00a0Subdirector del Departamento, Secretario General y los Directores Generales, el \u00a0Director de la Academia y en los Directores Seccionales, la facultad de ordenar \u00a0gastos en sus respectivas unidades, con arreglo a las disposiciones generales y \u00a0a los cap\u00edtulos previstos en el Presupuesto Nacional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 50. Identificaci\u00f3n y porte de armas. Los \u00a0funcionarios del Departamento Administrativo de Seguridad se identifican con un \u00a0carn\u00e9; aquellos que desarrollen funciones de polic\u00eda judicial se identifican \u00a0con placa. Para efectos del amparo de porte de armas de dotaci\u00f3n oficial, \u00a0asignadas para el cumplimiento de sus misiones, deber\u00e1 presentarse el \u00a0respectivo salvoconducto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 51. Bienestar Social. De conformidad con \u00a0lo establecido en la Ley 4\u00aa de 1981 el \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad continuar\u00e1 con el desarrollo de los \u00a0programas de bienestar social, requeridos por la planta de personal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 52. Adopci\u00f3n de la nueva planta de personal. \u00a0De conformidad con lo establecido en el presente decreto, el Gobierno Nacional \u00a0proceder\u00e1 a adoptar la nueva planta de personal, dentro del mes siguiente a la \u00a0fecha de su vigencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 53. Atribuciones de los funcionarios de la \u00a0planta actual. Los funcionarios de la Planta de Personal actual del \u00a0Departamento Administrativo de Seguridad continuar\u00e1n ejerciendo las \u00a0atribuciones a ellos asignadas hasta tanto sea adoptada la nueva planta de \u00a0personal de conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo anterior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 54. Vigencia y derogaciones. El presente \u00a0decreto rige a partir de su publicaci\u00f3n, deroga el Decreto 2110 de 1992 \u00a0y todas las disposiciones que le sean contrarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese y c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., a 15 de febrero de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan \u00a0Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de Seguridad, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Teniente Coronel Germ\u00e1n Gustavo Jaramillo Piedrah\u00edta. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director del Departamento Administrativo de la Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 218 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (febrero 15) \u00a0 \u00a0 por el cual \u00a0se modifica la estructura del Departamento Administrativo de Seguridad. \u00a0 \u00a0 Nota 1: Derogado por el Decreto 643 de 2004, \u00a0art\u00edculo 59. \u00a0 \u00a0 Nota 2: Reglamentado por el Decreto 3738 de 2003. \u00a0 \u00a0 Nota 3: Adicionado por el Decreto 1409 [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-28856","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28856","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=28856"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/28856\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=28856"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=28856"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=28856"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}