{"id":29137,"date":"2023-07-18T19:22:00","date_gmt":"2023-07-18T19:22:00","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-272-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:22:00","modified_gmt":"2023-07-18T19:22:00","slug":"decreto-272-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-272-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 272 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 272 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(febrero 22) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Por el cual se determina la organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a01: Modificado por el Decreto 403 de 2020. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a02: Ver Resoluci\u00f3n 4 de 2019, AGR. D.O. 50.923, pag. 15. Ver Resoluci\u00f3n 12 de \u00a02018, AGR. D.O. 50.814, pag. 71. Ver Resoluci\u00f3n 06 de 2018, D.O. 50.624, pag. \u00a038. Ver Resoluci\u00f3n 5 de 2018, D.O. 50.581, pag. 14. Ver Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica 2 \u00a0de 2012, D.O. 48.325. Ver Resoluci\u00f3n 5 de 2010 de la Auditoria General de la \u00a0Naci\u00f3n, D.O. 47.742. Ver Decreto 273 de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota \u00a03: Este Decreto fue declarado exequible por la Corte Constitucional en la \u00a0Sentencia C-1339 de 2000, en \u00a0relaci\u00f3n con los cargos analizados en la misma, Providencia confirmada en la \u00a0Sentencia C-408 de 2001. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota 4: Citado en la Revista de la \u00a0Universidad Pontificia Bolivariana. Revista Facultad de Derecho y Ciencias \u00a0Pol\u00edticas. Vol. 44. No. 120. El \u00a0control fiscal y su ajuste dentro del Estado Social de Derecho. Marlon Iv\u00e1n \u00a0Maldonado Narv\u00e1ez. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Rep\u00fablica de \u00a0Colombia, en ejercicio de las facultades extraordinarias conferidas en el \u00a0numeral 2 del art\u00edculo 1 de la Ley 573 de 2000, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>D E C R E T A: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo I \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Denominaci\u00f3n y \u00a0naturaleza, \u00e1mbito de competencia, objetivo y funciones \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a01.-Denominaci\u00f3n y naturaleza. La Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica es un \u00a0organismo de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, dotado de autonom\u00eda jur\u00eddica, \u00a0administrativa, contractual y presupuestal, el cual est\u00e1 a cargo del Auditor de \u00a0que trata el art\u00edculo 274 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. (Nota: Este art\u00edculo fue \u00a0declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1339 de 2000.) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2.-Modificado \u00a0por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 156. \u00c1mbito de competencia. Corresponde \u00a0a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica ejercer la vigilancia y el control de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y de las contralor\u00edas \u00a0departamentales, distritales, municipales, sin excepci\u00f3n alguna, y de los \u00a0fondos de bienestar social de todas las contralor\u00edas, en los t\u00e9rminos que \u00a0establecen la Constituci\u00f3n y la ley\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0art\u00edculo 2\u00ba: \u201c\u00c1mbito de competencia: Corresponde a la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica ejercer la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y de las contralor\u00edas departamentales, en \u00a0los t\u00e9rminos que este Decreto establece.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 2\u00ba: Ver Resoluci\u00f3n 4 de 2018, D.O. 50.570, pag. 53. Ver \u00a0Resoluci\u00f3n 11 de 2017, AGR. D.O. 50.574, pag. 7. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a03.-Misi\u00f3n. La Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica coadyuva a la transformaci\u00f3n, \u00a0depuraci\u00f3n y modernizaci\u00f3n de los \u00f3rganos instituidos para el control de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal, mediante la promoci\u00f3n de los principios, finalidades y \u00a0cometidos de la funci\u00f3n administrativa consagrados en la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el fomento de la cultura del autocontrol y el est\u00edmulo de la participaci\u00f3n \u00a0ciudadana en la lucha para erradicar la corrupci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a04.-Objetivo. Ejercer la funci\u00f3n de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, en la \u00a0modalidad m\u00e1s aconsejable, mediante los sistemas de control financiero, de \u00a0gesti\u00f3n y de resultados, en desarrollo de los principios de eficiencia, \u00a0econom\u00eda y equidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a05.-Funci\u00f3n. Ejercer la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de los organismos de \u00a0control se\u00f1alados en el art\u00edculo segundo, conforme a los procedimientos, \u00a0sistemas y principios establecidos en la Constituci\u00f3n, para lo cual el Auditor \u00a0General fijar\u00e1 las pol\u00edticas, prescribir\u00e1 los m\u00e9todos y la forma de rendir \u00a0cuentas y determinar\u00e1 los criterios que deber\u00e1n aplicarse para la evaluaci\u00f3n \u00a0financiera, de gesti\u00f3n y de resultados, entre otros, de conformidad con lo que \u00a0para el efecto dispone este Decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 5\u00ba: Ver \u00a0Resoluci\u00f3n 12 de 2017, AGR. D.O. 50.574, pag. 8. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a06.-Autonom\u00eda administrativa, jur\u00eddica, contractual y presupuestal. En ejercicio \u00a0de la autonom\u00eda administrativa le corresponde a la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus \u00a0funciones, de conformidad con los principios consagrados en la Constituci\u00f3n, \u00a0ley y el presente decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Corresponde al \u00a0Auditor General suscribir en nombre y representaci\u00f3n de la entidad los actos y \u00a0contratos requeridos para el cabal cumplimiento de sus funciones, sin perjuicio \u00a0de la delegaci\u00f3n que para el efecto realice, de acuerdo con lo dispuesto por el \u00a0Estatuto de Contrataci\u00f3n de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, por este decreto y las \u00a0dem\u00e1s normas vigentes sobre la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Auditor \u00a0representar\u00e1 a la entidad, judicial y extrajudicialmente, por s\u00ed mismo o a \u00a0trav\u00e9s de apoderado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>La Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica goza de autonom\u00eda presupuestal de conformidad con lo \u00a0dispuesto sobre la materia en el Estatuto Org\u00e1nico de Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo.-La Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica podr\u00e1 contratar con empresas privadas colombianas la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, previo concepto del Consejo de Estado sobre su \u00a0conveniencia, las cuales ser\u00e1n seleccionadas por concurso p\u00fablico de m\u00e9ritos, \u00a0en los mismos casos determinados por la ley para la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. (Nota: \u00a0Ver Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica No. 8 de 2011, Auditoria General de la Rep\u00fablica. D.O. \u00a048.152, pag. 18). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a07.-Recursos y bienes. El manejo de los recursos y bienes que presupuestal y \u00a0contablemente le correspondan a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica estar\u00e1 a \u00a0cargo del Auditor General, sin perjuicio de las delegaciones a que haya lugar \u00a0sobre esta materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo Transitorio.-La Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0transferir\u00e1 a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica el dominio y posesi\u00f3n sobre \u00a0los bienes muebles e inmuebles, incluidos once (11) parqueaderos, que \u00a0actualmente utiliza esta \u00faltima entidad para su funcionamiento, para lo cual se \u00a0suscribir\u00e1n los documentos a que haya lugar y se realizar\u00e1n los ajustes \u00a0contables que correspondan, dentro de los sesenta (60) d\u00edas h\u00e1biles siguientes \u00a0a la fecha de publicaci\u00f3n de este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a08.-Presupuesto. Por virtud de su autonom\u00eda jur\u00eddica, administrativa, \u00a0contractual y presupuestal, la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica corresponder\u00e1 \u00a0a una secci\u00f3n del Presupuesto General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo.-Los recursos \u00a0provenientes de sanciones pecuniarias impuestas por la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica a sus sujetos vigilados ingresar\u00e1n al Presupuesto General de la \u00a0Naci\u00f3n, de conformidad con lo establecido por la Ley Org\u00e1nica del Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo II \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Organizaci\u00f3n administrativa \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a09.-\u00d3rganos superiores de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. Los \u00f3rganos superiores de \u00a0direcci\u00f3n y administraci\u00f3n son los siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nivel central \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del \u00a0Auditor General de la Rep\u00fablica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.1. Oficina \u00a0Jur\u00eddica \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.2. Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.3. Oficina de \u00a0Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1.4. Oficina de \u00a0Estudios Especiales y Apoyo T\u00e9cnico \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Despacho del \u00a0Auditor Auxiliar \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 Auditor\u00eda Delegada para la Vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.1. Direcci\u00f3n de \u00a0Control Fiscal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3.2. Direcci\u00f3n de \u00a0Responsabilidad Fiscal y Jurisdicci\u00f3n Coactiva \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Secretar\u00eda \u00a0General \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4.1. Direcci\u00f3n de \u00a0Recursos Financieros \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.2. Direcci\u00f3n de \u00a0Talento Humano \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2.3. Direcci\u00f3n de \u00a0Recursos F\u00edsicos \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Organos de \u00a0Asesor\u00eda y Coordinaci\u00f3n \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.1. Comit\u00e9 de \u00a0Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5.2. Comisi\u00f3n de \u00a0Personal \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nivel \u00a0desconcentrado \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Gerencias \u00a0Seccionales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 10.-Sede \u00a0y niveles de organizaci\u00f3n. La Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica desarrollar\u00e1 \u00a0sus funciones a trav\u00e9s de un nivel central y un nivel desconcentrado. El \u00a0primero tendr\u00e1 su sede en la ciudad de Santa Fe de Bogot\u00e1, D. C., y el segundo \u00a0estar\u00e1 conformado por las gerencias seccionales que se relacionan a \u00a0continuaci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7 Gerencia \u00a0Seccional I, para los departamentos de Antioquia, Choc\u00f3, Risaralda, Caldas y \u00a0Quind\u00edo, con sede en Medell\u00edn. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7 Gerencia \u00a0Seccional II, para los departamentos de Cundinamarca, Boyac\u00e1, Meta y San \u00a0Andr\u00e9s, con sede en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7 Gerencia \u00a0Seccional III, para los departamentos de Valle, Cauca, Nari\u00f1o y Tolima, con \u00a0sede en Cali. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7 Gerencia \u00a0Seccional IV, para los departamentos de Santander, Norte de Santander, Arauca, \u00a0Casanare, Vichada, Guain\u00eda y Cesar, con sede en Bucaramanga. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7 Gerencia \u00a0Seccional V, para los departamentos de Guajira, Bol\u00edvar, Magdalena, Atl\u00e1ntico, \u00a0Sucre y C\u00f3rdoba, con sede en Barranquilla. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00b7 Gerencia \u00a0Seccional VI, para los departamentos de Huila, Putumayo, Caquet\u00e1, Amazonas, \u00a0Guaviare y Vaup\u00e9s, con sede en Neiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo.-Tanto el nivel \u00a0central como el desconcentrado participan en el dise\u00f1o de los planes, la \u00a0definici\u00f3n de las pol\u00edticas, el establecimiento de los programas generales de \u00a0la administraci\u00f3n de la Auditor\u00eda, la vigilancia fiscal y la ejecuci\u00f3n de los \u00a0planes, pol\u00edticas, programas y proyectos administrativos, de vigilancia de la \u00a0gesti\u00f3n fiscal y del adelanto del proceso de responsabilidad fiscal. Cada nivel \u00a0ejerce en el \u00e1mbito de las funciones y responsabilidades establecidas en el \u00a0presente decreto, en forma concurrente y arm\u00f3nica, las competencias y funciones \u00a0inherentes a la Auditor\u00eda. Es funci\u00f3n especial del nivel central coordinar y \u00a0controlar todas las actividades de esta entidad en el \u00e1mbito nacional, \u00a0incluyendo las que desarrolla el nivel desconcentrado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 11. \u00a0Reorganizaci\u00f3n de las gerencias seccionales. Con el prop\u00f3sito de desarrollar \u00a0cabalmente la funci\u00f3n de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal asignada, el Auditor \u00a0General de la Rep\u00fablica, previo estudio y justificaci\u00f3n, podr\u00e1 fusionar, crear, \u00a0suprimir, modificar la conformaci\u00f3n de las gerencias seccionales y variar sus \u00a0sedes, de acuerdo con las necesidades del servicio, costo de la gesti\u00f3n, \u00a0importancia de los organismos vigilados, disponibilidad presupuestal, de \u00a0instalaciones f\u00edsicas, de personal y de equipo con que se cuente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 11: Ver Resoluci\u00f3n 11 de 2017, AGR. D.O. 50.574, pag. 7. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a012.-Delegaci\u00f3n y desconcentraci\u00f3n de funciones. El Auditor General de la \u00a0Rep\u00fablica, de conformidad con la Ley 489 de 1998, podr\u00e1 \u00a0delegar sus funciones en servidores p\u00fablicos de los niveles directivo y asesor, \u00a0quienes le reportar\u00e1n la forma y resultados de su actividad, sin perjuicio de \u00a0lo establecido para estos efectos en la Ley Org\u00e1nica del Presupuesto y en la Ley 80 de 1993. As\u00ed \u00a0mismo, podr\u00e1 desconcentrar y delegar en las gerencias seccionales el ejercicio \u00a0de la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, con sujeci\u00f3n a lo previsto en normas \u00a0especiales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a013.-Objetivos de los \u00f3rganos superiores de direcci\u00f3n y administraci\u00f3n. Son \u00a0objetivos de los \u00d3rganos Superiores de Direcci\u00f3n y Administraci\u00f3n: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Despacho del \u00a0Auditor General de la Rep\u00fablica. Dirigir el funcionamiento de la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica y formular las pol\u00edticas, planes y estrategias \u00a0necesarias para el eficiente y efectivo ejercicio de las funciones que le \u00a0otorga la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Oficina \u00a0Jur\u00eddica. Prestar la asesor\u00eda jur\u00eddica requerida por el Auditor General de la \u00a0Rep\u00fablica y dem\u00e1s dependencias del organismo, velando por que se act\u00fae de \u00a0acuerdo con el ordenamiento jur\u00eddico vigente y coadyuvando en la consolidaci\u00f3n \u00a0de la unidad de criterio que debe acompa\u00f1ar la labor de las dependencias de la \u00a0Auditor\u00eda, as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de los planes, \u00a0programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Oficina de \u00a0Planeaci\u00f3n. Asesorar al Auditor General de la Rep\u00fablica en la elaboraci\u00f3n de \u00a0planes y programas y la formulaci\u00f3n de proyectos, encaminados al logro de la \u00a0misi\u00f3n institucional y proyectar el desarrollo organizacional acorde con dichos \u00a0planes, as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de los planes, \u00a0programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Oficina de \u00a0Control Interno. Coadyuvar en la implementaci\u00f3n del Sistema de Control Interno \u00a0del organismo y asesorar al Auditor General de la Rep\u00fablica en la evaluaci\u00f3n \u00a0permanente de la gesti\u00f3n de la entidad, con el objeto de alcanzar las metas \u00a0propuestas, dentro de un enfoque de mejoramiento continuo, y participar en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Oficina de \u00a0Estudios Especiales y Apoyo T\u00e9cnico. Asesorar al Auditor General de la \u00a0Rep\u00fablica en la ejecuci\u00f3n de estudios t\u00e9cnicos sobre temas y asuntos \u00a0especializados que requiera la entidad para el cumplimiento de su misi\u00f3n, as\u00ed \u00a0como participar en la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de este \u00a0organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Despacho del \u00a0Auditor Auxiliar. Asistir al Auditor General de la Rep\u00fablica en la coordinaci\u00f2n, \u00a0seguimiento, orientaci\u00f3n, evaluaci\u00f3n y control del manejo y desarrollo de los \u00a0aspectos t\u00e9cnicos que en ejercicio de sus funciones ejecute la Auditor\u00eda, y \u00a0participar en la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Despacho del \u00a0Auditor Delegado para la vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar la ejecuci\u00f3n de las actividades necesarias para el desarrollo de la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, de conformidad con las directrices \u00a0establecidas por el Auditor General de la Rep\u00fablica y participar en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 403 de 2020, art\u00edculo 157. Direcci\u00f3n de \u00a0Control Fiscal. Dirigir, coordinar y controlar la formulaci\u00f3n, dise\u00f1o e \u00a0implementaci\u00f3n de modelos uniformes para el ejercicio de auditor\u00eda de las \u00a0entidades vigiladas, y desarrollar las actividades de vigilancia de la gesti\u00f3n \u00a0fiscal de su competencia, as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n de los planes, \u00a0programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral \u00a08: \u201cDirecci\u00f3n de Control Fiscal. Dirigir, coordinar y \u00a0controlar la formulaci\u00f3n, dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de modelos uniformes para el \u00a0ejercicio de la auditor\u00eda integral de las entidades vigiladas, y desarrollar \u00a0las actividades de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de su competencia, as\u00ed como \u00a0participar en la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la \u00a0entidad.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Direcci\u00f3n de \u00a0Responsabilidad Fiscal y Jurisdicci\u00f3n Coactiva. Dirigir, desarrollar y \u00a0controlar el conjunto de actuaciones tendientes a establecer la responsabilidad \u00a0fiscal de los funcionarios y ex funcionarios de los \u00f3rganos de control sujetos \u00a0a la vigilancia de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica; adelantar el proceso \u00a0de jurisdicci\u00f3n coactiva y efectuar el cobro que corresponda, de acuerdo con la \u00a0Constituci\u00f3n, las leyes y las directrices impartidas por el Auditor General, \u00a0as\u00ed como participar en la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de \u00a0la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Secretar\u00eda \u00a0General. Dirigir y organizar las actividades requeridas para la administraci\u00f3n \u00a0del talento humano y los recursos f\u00edsicos, financieros y econ\u00f3micos de la \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, procurando niveles adecuados en t\u00e9rminos de \u00a0eficiencia y eficacia en la administraci\u00f3n de los recursos, y participar en la \u00a0formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Direcci\u00f3n de \u00a0Recursos Financieros. Dirigir, coordinar, controlar la ejecuci\u00f3n de todas las \u00a0actividades relacionadas con la administraci\u00f3n de los recursos financieros y \u00a0econ\u00f3micos de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, y participar en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Direcci\u00f3n de \u00a0Talento Humano. Dirigir, coordinar, controlar la ejecuci\u00f3n de todas las \u00a0actividades relacionadas con la administraci\u00f3n, desarrollo y bienestar de \u00a0talento humano de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, y participar en la \u00a0formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Direcci\u00f3n de \u00a0Recursos F\u00edsicos. Dirigir, coordinar, controlar la ejecuci\u00f3n de todas las \u00a0actividades relacionadas con la administraci\u00f3n de los recursos f\u00edsicos de la \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, y participar en la formulaci\u00f3n de los \u00a0planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Gerencias \u00a0Seccionales. Dirigir y orientar en el nivel seccional la aplicaci\u00f3n de las \u00a0pol\u00edticas, m\u00e9todos y estrategias adoptadas por el Auditor General de la \u00a0Rep\u00fablica para el ejercicio de la gesti\u00f3n fiscal y participar activamente en su \u00a0formulaci\u00f3n, as\u00ed como dirigir y coordinar el trabajo t\u00e9cnico y administrativo \u00a0de los funcionarios o grupos a su cargo, para el eficiente y eficaz desarrollo \u00a0de las funciones de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal encomendada y participar en \u00a0la formulaci\u00f3n de los planes, programas y proyectos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 14.-Del \u00a0Auditor General de la Rep\u00fablica. De conformidad con lo dispuesto en el art\u00edculo \u00a0274 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica, \u00a0el Auditor General de la Rep\u00fablica ser\u00e1 elegido para un periodo de dos a\u00f1os por \u00a0el Consejo de Estado, de terna presentada por la Corte Suprema de Justicia. La \u00a0persona designada deber\u00e1 ser profesional en \u00a0ciencias econ\u00f3micas, contables, jur\u00eddicas, financieras o de administraci\u00f3n. (Nota: Las expresiones \u00a0se\u00f1aladas con negrilla en este art\u00edculo fueron declaradas exequibles por la \u00a0Corte Constitucional en la Sentencia C-408 de 2001.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a015.-Faltas absolutas y temporales. De conformidad con lo establecido en el \u00a0art\u00edculo 35 de la Ley 270 de 1996, \u00a0corresponde a la Sala Plena del Consejo de Estado proveer las faltas temporales \u00a0o absolutas del Auditor General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo \u00a01.-Mientras el Consejo de Estado hace la elecci\u00f3n correspondiente, el Auditor \u00a0Auxiliar asumir\u00e1 las funciones del Auditor General. Igualmente, asumir\u00e1 tales \u00a0funciones cuando se trate de faltas accidentales, entendiendo por \u00e9stas las de \u00a0duraci\u00f3n inferior o igual a un mes. As\u00ed mismo, el Auditor Auxiliar asumir\u00e1 las \u00a0funciones del Auditor General en el caso de ausencia forzosa e involuntaria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2.-En \u00a0caso de comisiones fuera del pa\u00eds, el Auditor General podr\u00e1 delegar en el \u00a0Auditor Auxiliar el ejercicio de funciones indispensables para garantizar la \u00a0normal prestaci\u00f3n del servicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a016.-Faltas Temporales. Son faltas temporales del Auditor General de la \u00a0Rep\u00fablica: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Los permisos \u00a0para separarse del cargo por un periodo superior a un (1) mes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Las licencias \u00a0superiores a un (1) mes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. La incapacidad \u00a0f\u00edsica transitoria cuando \u00e9sta supere un (1) mes; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. La suspensi\u00f3n \u00a0provisional en el desempe\u00f1o de sus funciones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. La suspensi\u00f3n \u00a0provisional de la elecci\u00f3n dispuesta por la Jurisdicci\u00f3n Contenciosa \u00a0Administrativa; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo. La \u00a0ausencia forzada e involuntaria tambi\u00e9n se considerar\u00e1 falta temporal de \u00a0car\u00e1cter especial, evento en el cual no habr\u00e1 soluci\u00f3n de continuidad en los \u00a0derechos laborales y prestacionales del Auditor titular. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a017.-Funciones del Auditor General de la Rep\u00fablica. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Determinar las \u00a0pol\u00edticas, estrategias, planes, programas y proyectos para el cabal \u00a0cumplimiento de la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal a \u00e9l encomendada y para el \u00a0adecuado funcionamiento administrativo de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, \u00a0con base en su autonom\u00eda administrativa, jur\u00eddica, contractual y presupuestal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Prescribir los \u00a0m\u00e9todos y la forma en que sus vigilados deben rendir cuentas y determinar los \u00a0criterios de evaluaci\u00f3n financiera, operativa y de resultados, entre otros, que \u00a0deber\u00e1n aplicarse para el ejercicio de la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal y \u00a0para la evaluaci\u00f3n del control fiscal interno. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Promover las \u00a0acciones pertinentes para resolver los conflictos de competencia que se \u00a0susciten entre las entidades sujetas a su vigilancia. (Nota: Este numeral fue \u00a0declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-094 de 2000.) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar al \u00a0Contralor General de la Rep\u00fablica y al Gobierno Nacional las reformas legales \u00a0que considere necesarias para el mejoramiento del r\u00e9gimen de control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Solicitar con \u00a0car\u00e1cter obligatorio informaci\u00f3n relevante para el ejercicio de sus funciones a \u00a0las entidades sometidas a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Presentar los \u00a0informes sobre el ejercicio de su gesti\u00f3n a la Corte Suprema de Justicia y al \u00a0Consejo de Estado cada a\u00f1o. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Certificar la \u00a0gesti\u00f3n y resultados de las entidades sometidas a su vigilancia. (Nota 1: Ver Resoluci\u00f3n \u00a04 de 2011, Auditoria General de la Republica, D.O. 48.094. Nota 2: Este numeral \u00a0fue declarado exequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-094 de 2000.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Promover ante \u00a0las autoridades competentes, aportando las pruebas respectivas, investigaciones \u00a0penales o disciplinarias contra los funcionarios o ex funcionarios de las \u00a0entidades vigiladas que hubieren causado perjuicio a los intereses \u00a0patrimoniales del Estado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Constituirse \u00a0por s\u00ed mismo o por intermedio de abogado, en representaci\u00f3n de los intereses de \u00a0la Naci\u00f3n, como sujeto procesal dentro de los procesos penales que se adelanten \u00a0contra funcionarios o ex funcionarios de las entidades sometidas a su vigilancia, \u00a0y contra los funcionarios o ex funcionarios de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Llevar la \u00a0representaci\u00f3n legal de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica en todos los \u00a0asuntos inherentes al desarrollo de sus funciones y suscribir los actos y \u00a0contratos de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Establecer la \u00a0responsabilidad que se derive de la gesti\u00f3n fiscal, imponer las sanciones \u00a0pecuniarias que sean del caso, recaudar su monto y ejercer la jurisdicci\u00f3n \u00a0coactiva sobre los alcances deducidos de la misma. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Numeral \u00a0modificado por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 158. Ejercer la vigilancia y \u00a0control de la gesti\u00f3n fiscal de la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y de las \u00a0contralor\u00edas departamentales, distritales, municipales, sin excepci\u00f3n alguna y \u00a0de los fondos de bienestar social de todas las contralor\u00edas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0numeral 12: \u201cEjercer la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, en forma \u00a0excepcional, sobre las cuentas de las contralor\u00edas municipales y \u00a0distritales, sin perjuicio del control que les corresponde a las contralor\u00edas \u00a0departamentales, previa solicitud del gobierno departamental, distrital o \u00a0municipal; de cualquier Comisi\u00f3n Permanente del Congreso de la Rep\u00fablica; de la \u00a0mitad m\u00e1s uno de los miembros de las corporaciones p\u00fablicas territoriales o de \u00a0la ciudadan\u00eda, a trav\u00e9s de los mecanismos de participaci\u00f3n ciudadana que \u00a0establece la ley. Este control no ser\u00e1 aplicable a la Contralor\u00eda del \u00a0Distrito Capital de Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1. (Nota: Las expresiones \u00a0resaltadas en este numeral, fueron declaradas inexequibles por la Corte \u00a0Constitucional en la Sentencia C-1339 \u00a0del 4 de octubre de 2000, la cual declar\u00f3 exequible el resto del mismo.). \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Adoptar las \u00a0pol\u00edticas, planes, programas y estrategias necesarias para el adecuado manejo \u00a0administrativo y financiero de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, en \u00a0desarrollo de su autonom\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>14. Asignar a las \u00a0distintas dependencias y funcionarios de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0las competencias y tareas necesarias para el cabal cumplimiento de las \u00a0funciones constitucionales y legales, para lo cual podr\u00e1 conformar equipos de \u00a0trabajo y dictar los reglamentos internos que se requieran, as\u00ed como delegar y \u00a0desconcentrar las funciones a que hubiere lugar, con sujeci\u00f3n a las \u00a0disposiciones constitucionales y legales vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>15. Ordenar el \u00a0gasto, sin perjuicio de las delegaciones que considere convenientes para la \u00a0buena marcha de la Entidad a su cargo, de conformidad con lo dispuesto por el \u00a0Estatuto Org\u00e1nico de Presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>16. Adoptar la \u00a0planta de personal de la entidad de acuerdo con la viabilidad presupuestal \u00a0expedida por el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, proveer los empleos \u00a0cumpliendo las normas sobre carrera administrativa, as\u00ed como distribuir los \u00a0cargos de la planta global, conformar los grupos internos de trabajo, consejos \u00a0y comit\u00e9s asesores que sean necesarios para el cumplimiento eficiente y eficaz \u00a0de las competencias y responsabilidades de la entidad, asign\u00e1ndoles las tareas \u00a0a ejecutar. (Nota: \u00a0Este numeral fue declarado exequible por la Corte Constitucional en la \u00a0Sentencia C-094 de 2000.) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>17. Establecer y \u00a0desarrollar el Sistema de Control Interno de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, en cumplimiento de las normas constitucionales y legales que lo \u00a0rigen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>18. Establecer \u00a0las pol\u00edticas, planes, m\u00e9todos y procedimientos para el desarrollo de las \u00a0actividades de capacitaci\u00f3n integral de su talento humano, coordinar programas \u00a0conjuntos con los organismos sujetos a su vigilancia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>19. Requerir \u00a0reportes peri\u00f3dicos al asesor de control interno sobre los resultados de su \u00a0gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>20. Designar el \u00a0funcionario que adelantar\u00e1 las investigaciones disciplinarias internas a que \u00a0haya lugar, de conformidad con lo establecido en la Ley 200 de 1995. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>21. Declarado \u00a0inexequible por la Corte Constitucional en la Sentencia C-1339 \u00a0del 4 de octubre de 2000. Las dem\u00e1s que no est\u00e9n expresamente relacionadas en este \u00a0decreto y que sean inherentes a la naturaleza del cargo, sin perjuicio de las \u00a0delegaciones a que hubiere lugar, as\u00ed como, aquellas que le sean asignadas por \u00a0la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 17: Ver \u00a0Circular 8 de 2019, AGR. D.O. 51.053, pag. 18. Ver Resoluci\u00f3n 6 de 2019, D.O. \u00a050.934, pag. 37. Ver Resoluci\u00f3n 2 de 2019, D.O. 50.853, pag. 84. Ver Resoluci\u00f3n \u00a010 de 2018, AGR. D.O. 50.803, pag. 10. Ver Resoluci\u00f3n 11 de 2018, AGR. D.O. \u00a050.629, pag. 10. Ver Resoluci\u00f3n 10 de 2018, AGE. D.O. 50.616, pag. 33. Ver \u00a0Resoluci\u00f3n 12 de 2017, AGR. D.O. 50.574, pag. 8. Ver Resoluci\u00f3n 11 de \u00a02017, AGR. D.O. 50.574, pag. 7. Ver \u00a0Resoluci\u00f3n 10 de 2017, AGN. D.O. 50.432, pag. 38. Ver Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica 6 de \u00a02015, AGR. D.O. 49.665, pag. 27. Ver Resoluci\u00f3n Reglamentaria 01 de 2012, D.O. \u00a048.325. Ver Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica 006 de 2010, D.O. 47.793 y Resoluci\u00f3n Org\u00e1nica \u00a0004 de 2010. D.O. 47.662. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a018.-Funciones de la Oficina Jur\u00eddica. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como \u00a0dise\u00f1ar e implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al \u00a0Auditor General y a las dependencias de la Entidad en los aspectos jur\u00eddicos \u00a0que requieran para el desarrollo de las funciones encomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Emitir los \u00a0conceptos jur\u00eddicos sobre temas de control fiscal y administrativos que le sean \u00a0solicitados por el Auditor General o los requeridos por las dem\u00e1s dependencias \u00a0del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, \u00a0organizar y dirigir todas las actividades relacionadas con el eficiente y \u00a0eficaz desarrollo de las funciones asignadas a la oficina, as\u00ed como para la \u00a0administraci\u00f3n del talento humano a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Atender por \u00a0delegaci\u00f3n o poder otorgado por el Auditor General los procesos judiciales en \u00a0que sea parte la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proyectar y \u00a0sustanciar los recursos que por la v\u00eda gubernativa corresponda resolver al \u00a0Auditor General, siempre que no se refiera al normal desarrollo de las \u00a0funciones de otras dependencias de este organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Elaborar o \u00a0revisar las minutas de los contratos en que sea parte la Auditor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica, verificar el cumplimiento de los requisitos para su \u00a0perfeccionamiento y legalizaci\u00f3n, remitir la informaci\u00f3n a los funcionarios \u00a0encargados de ejercer la vigilancia de las obligaciones contractuales, informar \u00a0sobre el vencimiento final de los contratos, organizar y conservar el archivo \u00a0correspondiente, de conformidad con la distribuci\u00f3n interna de funciones y los \u00a0procedimientos que al respecto adopte la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Efectuar el \u00a0seguimiento de los proyectos de ley relacionados con el ejercicio del control \u00a0fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Realizar la \u00a0compilaci\u00f3n de jurisprudencia, doctrina, leyes, decretos y dem\u00e1s disposiciones \u00a0legales que tengan relaci\u00f3n con el \u00e1mbito de competencia de la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, y coordinar con las respectivas dependencias internas \u00a0de este organismo la sistematizaci\u00f3n de dicha normatividad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que \u00a0le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a019.-Funciones de la Oficina de Planeaci\u00f3n. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Asesorar y \u00a0orientar a la Auditor\u00eda General en la formulaci\u00f3n y elaboraci\u00f3n de planes \u00a0estrat\u00e9gicos y b\u00e1sicos de corto, mediano y largo plazo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dirigir y \u00a0coordinar todas las actividades relacionadas con la programaci\u00f3n y seguimiento \u00a0de los proyectos que emprenda la entidad, de conformidad con el Plan \u00a0Estrat\u00e9gico de la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Identificar y \u00a0formular los proyectos de inversi\u00f3n de la entidad, de conformidad con los \u00a0planes y programas de mediano y largo plazo, y adelantar los tr\u00e1mites \u00a0tendientes para la programaci\u00f3n del presupuesto de inversi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar la \u00a0recopilaci\u00f3n, procesamiento y an\u00e1lisis de la informaci\u00f3n producida por la \u00a0entidad y por las entidades vigiladas, con el fin de crear la base necesaria \u00a0para las proyecciones requeridas en el proceso de toma de decisiones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Determinar \u00a0pautas y directrices para la elaboraci\u00f3n del presupuesto anual de la entidad, \u00a0de conformidad con las orientaciones del Auditor General, con sujeci\u00f3n a la ley \u00a0org\u00e1nica correspondiente y preparar el respectivo anteproyecto de presupuesto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir y \u00a0coordinar, con base en las orientaciones que imparta el Auditor General, las \u00a0actividades necesarias para garantizar una adecuada organizaci\u00f3n y divisi\u00f3n \u00a0interna del trabajo, de tal manera que todos los recursos de la Auditor\u00eda \u00a0General puedan interactuar coherentemente en funci\u00f3n de los objetivos y metas \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, \u00a0coordinar y elaborar estudios de factibilidad econ\u00f3mica para la puesta en \u00a0marcha de nuevos proyectos, as\u00ed como coordinar y participar en la elaboraci\u00f3n \u00a0de los t\u00e9rminos de referencia de las consultor\u00edas y estudios que sean \u00a0requeridos por la entidad para el cabal cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Elaborar e \u00a0impulsar programas de modernizaci\u00f3n institucional y supervisar los relacionados \u00a0con la organizaci\u00f3n, racionalizaci\u00f3n y sistematizaci\u00f3n de los m\u00e9todos y \u00a0procedimientos administrativos de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Dirigir, coordinar, \u00a0ejecutar y actualizar el plan de desarrollo inform\u00e1tico de conformidad con el \u00a0Plan Estrat\u00e9gico de la Auditor\u00eda General, con sus necesidades y posibilidades y \u00a0teniendo en cuenta los desarrollos tecnol\u00f3gicos en esta \u00e1rea. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Identificar \u00a0las necesidades de sistematizaci\u00f3n de la entidad, y dirigir y coordinar los \u00a0procesos de an\u00e1lisis, dise\u00f1o y desarrollo de los sistemas de informaci\u00f3n que \u00a0sean requeridos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Planear y \u00a0coordinar con la Secretar\u00eda General del organismo todos los aspectos referentes \u00a0a la capacitaci\u00f3n de los usuarios para la adecuada operaci\u00f3n del hardware y del \u00a0software. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Prestar \u00a0asesor\u00eda y apoyo t\u00e9cnico a todas las dependencias de la entidad en materia de \u00a0procesamiento de informaci\u00f3n, requerimientos de software y hardware. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>13. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a020.-Funciones de la Oficina de Control Interno. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dise\u00f1ar el \u00a0Sistema de control Interno de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, de acuerdo \u00a0con las normas vigentes que lo rigen, aplicando los principios, t\u00e9cnicas y \u00a0dem\u00e1s mecanismos que garanticen el eficaz cumplimiento de las funciones del \u00a0organismo y de sus objetivos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, \u00a0organizar y dirigir todas las actividades relacionadas con el eficiente y \u00a0eficaz desarrollo de las funciones asignadas a la oficina, as\u00ed como para la \u00a0administraci\u00f3n del talento humano a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asistir al \u00a0Despacho del Auditor General en el examen objetivo, sistem\u00e1tico y profesional \u00a0de las operaciones administrativas y de vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal, con el \u00a0fin de evaluarlas y verificarlas, presentando el informe correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Aplicar al \u00a0Control Interno las normas de auditor\u00eda generalmente aceptadas, la selecci\u00f3n de \u00a0indicadores de desempe\u00f1o, los informes de gesti\u00f3n y cualquier otro mecanismo \u00a0moderno de control que implique la mayor tecnolog\u00eda, eficiencia y seguridad \u00a0para su ejercicio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear, \u00a0dirigir y organizar el Sistema de Control Interno y las medidas tendientes a \u00a0institucionalizar el autocontrol en las actividades a cargo de las dependencias \u00a0de este organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Velar por el \u00a0cumplimiento de las leyes, normas, pol\u00edticas, procedimientos, planes, \u00a0programas, proyectos y metas de la Auditor\u00eda General y recomendar los ajustes \u00a0necesarios. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Servir de \u00a0apoyo a los directivos en el proceso de toma de decisiones, a fin de que se \u00a0obtengan los resultados esperados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Mantener \u00a0permanentemente informados al Auditor General y a los directivos acerca del \u00a0estado del control interno dentro de la organizaci\u00f3n, dando cuenta de las \u00a0debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento. As\u00ed mismo, velar \u00a0porque se implanten las medidas recomendadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a021.-Funciones de la Oficina de Estudios Especiales y Apoyo T\u00e9cnico. Son las \u00a0siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Dirigir y \u00a0coordinar los estudios especializados en \u00e1reas socioecon\u00f3micas, fiscales y \u00a0financieras que solicite el Auditor General de la Rep\u00fablica para llevar a cabo \u00a0proyectos especiales y actuaciones espec\u00edficas para el cumplimiento de la \u00a0misi\u00f3n de la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Asesorar al \u00a0Auditor General en el dise\u00f1o de estrategias y mecanismos para adelantar \u00a0estudios especiales en materia de vigilancia y control fiscal con el concurso \u00a0de entidades p\u00fablicas, privadas y otras organizaciones de la sociedad civil que \u00a0por su naturaleza se constituyen en instancias de apoyo t\u00e9cnico a la labor de \u00a0la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Numeral modificado por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 159. Asesorar al Auditor General en la realizaci\u00f3n de estudios y \u00a0an\u00e1lisis necesarios para coadyuvar al dise\u00f1o e implementaci\u00f3n de \u00a0los indicadores de gesti\u00f3n que permitan evaluar los resultados de las entidades \u00a0vigiladas y realizar la certificaci\u00f3n anual de las contralor\u00edas, conforme lo \u00a0dispone la Constituci\u00f3n y la ley. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral \u00a03: \u201cAsesorar al Auditor General en la realizaci\u00f3n de \u00a0estudios y an\u00e1lisis necesarios para coadyuvar al dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de los \u00a0indicadores de gesti\u00f3n que permitan evaluar los resultados de las entidades \u00a0vigiladas.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar \u00a0las fuentes de informaci\u00f3n, realizar los an\u00e1lisis correspondientes y preparar \u00a0las estad\u00edsticas y dem\u00e1s informes que requieran las dependencias encargadas de \u00a0ejercer la vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal en la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica para el cumplimiento de sus funciones y aquellos otros estudios que \u00a0solicite el Auditor General, para el desarrollo de los planes y programas de la \u00a0Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Identificar y \u00a0dise\u00f1ar acciones y estrategias en materia de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica nacional e \u00a0internacional y establecer los mecanismos necesarios para coordinar la \u00a0formulaci\u00f3n, sustentaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n, seguimiento de los programas y proyectos \u00a0de cooperaci\u00f3n t\u00e9cnica y asistencia que se celebren con entidades p\u00fablicas y \u00a0privadas que ofrezcan acciones de cooperaci\u00f3n en el \u00e1mbito nacional e \u00a0internacional, de acuerdo con los lineamientos que al respecto emita el \u00a0Gobierno Nacional y en particular la Agencia Colombiana de Cooperaci\u00f3n \u00a0Internacional-ACCI\u2013. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en \u00a0el estudio de reformas legales o regulaciones en materia de vigilancia y \u00a0control fiscal en las cuales tenga inter\u00e9s la entidad, de conformidad con las \u00a0directrices que al respecto imparta el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas y adopci\u00f3n de planes, programas y proyectos de la \u00a0Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s que \u00a0le asignen la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a022.-Funciones del despacho del Auditor Auxiliar. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como \u00a0dise\u00f1ar e implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Coordinar las \u00a0actividades de las diferentes dependencias de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, para que mantengan unidad de prop\u00f3sito y coherencia en el desarrollo \u00a0de sus funciones y decisiones que adopten, de conformidad con las instrucciones \u00a0que al efecto imparta el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Velar por el \u00a0oportuno y adecuado cumplimiento de las instrucciones impartidas por el Auditor \u00a0General de la Rep\u00fablica a las distintas dependencias del organismo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Participar en \u00a0la elaboraci\u00f3n de los informes que el Auditor General de la Rep\u00fablica debe \u00a0presentar al Consejo de Estado y a la Corte Suprema de Justicia, relacionados \u00a0con las funciones y actividades ejecutadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estudiar los \u00a0informes peri\u00f3dicos que las distintas dependencias de la Auditor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica deban rendir al Auditor y presentar las observaciones y \u00a0recomendaciones que de ese estudio se desprendan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Recibir y \u00a0orientar el tr\u00e1mite de las diferentes peticiones y solicitudes que eleven las \u00a0entidades y organismos vigilados en materia de control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Informar al \u00a0Despacho del Auditor General las determinaciones e iniciativas de los consejos, \u00a0comisiones o juntas a las que le corresponda asistir por determinaci\u00f3n de \u00a0aqu\u00e9l. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a023.-Funciones de la Auditor\u00eda Delegada para la Vigilancia de la Gesti\u00f3n Fiscal. \u00a0Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Adoptar \u00a0pol\u00edticas, planes, programas, proyectos y estrategias espec\u00edficas para el \u00a0ejercicio de la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal y para adelantar los procesos \u00a0de responsabilidad fiscal y de jurisdicci\u00f3n coactiva, de forma arm\u00f3nica con las \u00a0generales de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Planear, \u00a0organizar y dirigir todas las actividades requeridas para el ejercicio de la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de los organismos vigilados y adoptar las \u00a0estrategias que sean necesarias para el logro de los objetivos de la Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Adelantar las \u00a0actuaciones administrativas sancionatorias, los procesos de responsabilidad \u00a0fiscal y Jurisdicci\u00f3n Coactiva, de conformidad con la asignaci\u00f3n de \u00a0competencias y tareas internas que efect\u00fae el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Ejercer la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal a trav\u00e9s de la revisi\u00f3n de cuentas y los dem\u00e1s \u00a0sistemas de control fiscal, incluida la evaluaci\u00f3n del control fiscal interno \u00a0sobre los organismos sometidos a la vigilancia de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica, de conformidad con la asignaci\u00f3n de competencias y tareas internas \u00a0que efect\u00fae el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Numeral modificado \u00a0por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 160. Coordinar la \u00a0elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n al Auditor General de la certificaci\u00f3n anual de las \u00a0contralor\u00edas territoriales a partir de indicadores de gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0numeral 6: \u201cCoordinar la elaboraci\u00f3n y presentaci\u00f3n al Auditor \u00a0General de las certificaciones que deba expedir sobre la gesti\u00f3n fiscal de las \u00a0entidades vigiladas por la Auditor\u00eda.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear y \u00a0organizar los sistemas, m\u00e9todos y procedimientos que permitan impartir la \u00a0orientaci\u00f3n necesaria a la ciudadan\u00eda, de forma tal que se logren canalizar sus \u00a0inquietudes, recomendaciones y reclamos en relaci\u00f3n con el ejercicio de las \u00a0funciones encomendadas a la Auditor\u00eda y a los entes sujetos a su vigilancia, y \u00a0darles de manera oportuna el tr\u00e1mite interno que corresponda, de conformidad \u00a0con lo dispuesto en el art\u00edculo 270 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar los \u00a0informes sobre la gesti\u00f3n adelantada en las diferentes dependencias a su cargo. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 23: Ver Resoluci\u00f3n 5 de 2017, AGR. D.O. 50329, pag. 28. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a024.-Funciones de la Direcci\u00f3n de Control Fiscal. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como \u00a0dise\u00f1ar e implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Dise\u00f1ar e \u00a0implantar modelos uniformes de evaluaci\u00f3n de la gesti\u00f3n fiscal de las entidades \u00a0vigiladas, de acuerdo con las directrices impartidas por el Auditor Delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Revisar \u00a0permanentemente los modelos y sistemas de evaluaci\u00f3n y vigilancia y coadyuvar \u00a0en el dise\u00f1o e implantaci\u00f3n de las reformas que se requieran para garantizar \u00a0una efectiva gesti\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Identificar, \u00a0dise\u00f1ar e implantar los indicadores de gesti\u00f3n para evaluar los resultados de \u00a0las entidades vigiladas, seg\u00fan las directrices que imparta el Auditor Delegado \u00a0de conformidad con las pol\u00edticas, sistemas y m\u00e9todos adoptados por la Auditor\u00eda \u00a0General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los \u00a0contenidos y materiales necesarios para los programas de asistencia y \u00a0capacitaci\u00f3n que garanticen la uniformidad de criterios en la aplicaci\u00f3n de los \u00a0sistemas y m\u00e9todos de evaluaci\u00f3n integral de la gesti\u00f3n y coordinar su \u00a0ejecuci\u00f3n con la Auditor\u00eda Delegada y la Secretar\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proyectar las \u00a0normas internas que sean requeridas para el desarrollo del ejercicio del \u00a0control fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Proponer a la \u00a0Auditor\u00eda Delegada planes, programas y proyectos para ser desarrollados por los \u00a0grupos de vigilancia fiscal y participar activamente en su implementaci\u00f3n y \u00a0control. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Numeral modificado \u00a0por el Decreto 403 de 2020, art\u00edculo 161. Efectuar \u00a0el seguimiento a las auditor\u00edas de gesti\u00f3n y verificar sus resultados. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del numeral \u00a08: \u201cEfectuar el seguimiento a las auditor\u00edas integrales \u00a0de gesti\u00f3n y verificar sus resultados.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Numeral modificado por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 161. Ejercer la \u00a0revisi\u00f3n de cuentas y realizar auditor\u00eda, incluida la evaluaci\u00f3n del control fiscal interno a la Contralor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica y dem\u00e1s entes vigilados seg\u00fan asignaci\u00f3n de competencias que efect\u00fae \u00a0el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0numeral 9: \u201cEjercer la revisi\u00f3n de cuentas y realizar la \u00a0auditor\u00eda de gesti\u00f3n integral, incluida la evaluaci\u00f3n del control fiscal interno \u00a0a la Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y dem\u00e1s entes vigilados seg\u00fan \u00a0asignaci\u00f3n de competencias que efect\u00fae el Auditor General.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Coordinar, \u00a0controlar y ejecutar las actividades relacionadas con la aplicaci\u00f3n de los \u00a0sistemas, m\u00e9todos y procedimientos establecidos con el fin de canalizar las \u00a0inquietudes, recomendaciones y reclamos de la ciudadan\u00eda, en relaci\u00f3n con la \u00a0vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal a cargo de la Auditor\u00eda y darles de manera \u00a0oportuna el tr\u00e1mite interno que corresponda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s que \u00a0le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 24: Ver Resoluci\u00f3n 5 de 2017, AGR. D.O. 50329, pag. 28. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a025.-Funciones de la Direcci\u00f3n de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicci\u00f3n \u00a0Coactiva. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como \u00a0dise\u00f1ar e implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Numeral modificado por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 162. Proponer \u00a0pol\u00edticas sobre procesos de responsabilidad fiscal, administrativos sancionatorios y de jurisdicci\u00f3n coactiva que debe desarrollar \u00a0la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0numeral 2: \u201cProponer pol\u00edticas sobre investigaciones, juicios \u00a0fiscales y jurisdicci\u00f3n coactiva que debe desarrollar la Auditor\u00eda General de \u00a0la Rep\u00fablica.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, \u00a0coordinar y controlar las actividades relacionadas con el proceso de \u00a0responsabilidad fiscal y jurisdicci\u00f3n coactiva. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Organizar, \u00a0dise\u00f1ar e implementar sistemas y procedimientos que permitan efectuar el \u00a0seguimiento detallado del proceso de responsabilidad fiscal y de jurisdicci\u00f3n \u00a0coactiva, de conformidad con las directrices que imparta el Auditor Delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las \u00a0actuaciones administrativas sancionatorias, los procesos de responsabilidad \u00a0fiscal y jurisdicci\u00f3n coactiva de su competencia, de conformidad con las \u00a0disposiciones que al efecto dicte el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Organizar, \u00a0dise\u00f1ar y mantener una base de informaci\u00f3n sobre la legislaci\u00f3n que rige en \u00a0materia de responsabilidad fiscal. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Las dem\u00e1s que \u00a0le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a026.-Funciones de la Secretar\u00eda General. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como \u00a0dise\u00f1ar e implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales \u00a0de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Planear, \u00a0organizar y dirigir todas las actividades relacionadas con la administraci\u00f3n \u00a0del talento humano y los recursos f\u00edsicos, financieros y econ\u00f3micos de la \u00a0entidad, de acuerdo con las directrices que imparta el Auditor General y con lo \u00a0dispuesto en este decreto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3 Presentar al Auditor General recomendaciones que sirvan de \u00a0base para el establecimiento de programas de mediano y largo plazo en materia \u00a0financiera, econ\u00f3mica y de administraci\u00f3n del talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Asesorar al \u00a0Auditor General en la formulaci\u00f3n e implantaci\u00f3n de objetivos, pol\u00edticas, \u00a0normas y procedimientos de car\u00e1cter administrativo que requiera la entidad y \u00a0una vez aprobados propender a su aplicaci\u00f3n, tanto a nivel central como \u00a0seccional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Planear, \u00a0dirigir y evaluar la ejecuci\u00f3n de las pol\u00edticas de administraci\u00f3n, desarrollo y \u00a0bienestar del talento humano, de acuerdo con las disposiciones legales que regulan \u00a0la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Participar en \u00a0la elaboraci\u00f3n del presupuesto anual de la Auditor\u00eda de acuerdo con las \u00a0directrices impartidas por el Auditor General y los lineamientos generales de \u00a0la Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Planear, \u00a0organizar y dirigir todas las actividades relacionadas con adquisiciones y \u00a0suministros de la entidad de acuerdo con sus necesidades y de conformidad con \u00a0los procedimientos internos que al respecto adopte la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Asesorar, \u00a0revisar y refrendar los actos administrativos que expida el Auditor General de \u00a0la Rep\u00fablica, en los eventos que ello sea obligatorio. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Expedir \u00a0certificaciones y autenticaciones de copias de los documentos que reposan en el \u00a0Archivo de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, cuando sea del caso y \u00a0notificar los actos administrativos que expida el Auditor y los de su \u00a0dependencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que \u00a0le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a027.-Funciones de la Direcci\u00f3n de Recursos Financieros. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n de planes, pol\u00edticas y procedimientos de car\u00e1cter financiero que \u00a0requiera la entidad, de conformidad con las normas presupuestales, fiscales y \u00a0dem\u00e1s aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Participar en \u00a0la elaboraci\u00f3n del presupuesto anual de la Auditor\u00eda de acuerdo con la \u00a0Constituci\u00f3n y las leyes, siguiendo las directrices impartidas por el \u00a0Secretario General y los lineamientos generales de la Oficina de Planeaci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Dirigir, \u00a0coordinar y controlar las actividades relacionadas con el proceso contable y \u00a0presupuestal de la entidad, cumpliendo las normas que rigen estas materias y \u00a0preparar los documentos que deban presentarse ante la Direcci\u00f3n General del \u00a0Presupuesto, el Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la Contadur\u00eda General de la \u00a0Naci\u00f3n y dem\u00e1s organismos competentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Manejar y \u00a0controlar el movimiento de las cuentas bancarias que la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica posea y rendir los informes tanto internos como externos a que haya \u00a0lugar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar, en \u00a0coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, el programa anual de caja, conforme a \u00a0los planes y programas adoptados por la Auditor\u00eda, con sujeci\u00f3n a las normas \u00a0aplicables. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Proponer a la \u00a0Secretar\u00eda General los cambios que se estimen convenientes para mejorar la \u00a0gesti\u00f3n financiera, presupuestal y administrativa de la Auditor\u00eda General de la \u00a0Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Mantener \u00a0contacto directo con el Ministerio de Hacienda y Cr\u00e9dito P\u00fablico, el \u00a0Departamento Nacional de Planeaci\u00f3n, la Contadur\u00eda General de la Naci\u00f3n y dem\u00e1s \u00a0entidades relacionadas con la gesti\u00f3n presupuestal y financiera de la \u00a0Auditor\u00eda. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a028.-Funciones de la Direcci\u00f3n de Talento Humano. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n de pol\u00edticas, planes y programas relacionados con el manejo del \u00a0talento humano de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Administrar el \u00a0talento humano y velar por su desarrollo laboral en la entidad, de acuerdo con \u00a0los lineamientos y pol\u00edticas fijadas en el plan estrat\u00e9gico. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar a la \u00a0Secretar\u00eda General en la planeaci\u00f3n y puesta en marcha de las pol\u00edticas de \u00a0administraci\u00f3n, desarrollo, bienestar y seguridad del talento humano de la \u00a0entidad y velar por su estricto cumplimiento, tanto a nivel central como \u00a0desconcentrado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Planear, \u00a0dirigir y supervisar el desarrollo de los procesos de reclutamiento, selecci\u00f3n, \u00a0inducci\u00f3n, entrenamiento y capacitaci\u00f3n del talento humano de la entidad, de \u00a0acuerdo con la normatividad que rige la materia, as\u00ed como, adelantar las \u00a0actividades relacionadas con la contrataci\u00f3n de servicios de acuerdo con la \u00a0distribuci\u00f3n o delegaci\u00f3n interna de funciones y los procedimientos que al \u00a0respecto adopte la Entidad, verificar el cumplimiento de los requisitos para su \u00a0perfeccionamiento y legalizaci\u00f3n, remitir la informaci\u00f3n a los funcionarios \u00a0encargados de ejercer la vigilancia de las obligaciones contractuales, informar \u00a0sobre el vencimiento final de los contratos a cargo de su dependencia, \u00a0organizar y conservar el archivo correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Coordinar, \u00a0controlar y desarrollar las actividades de registro de personal, liquidaci\u00f3n de \u00a0salarios y prestaciones sociales de los funcionarios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Dirigir, \u00a0coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de las actividades y programas de bienestar \u00a0de los funcionarios de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar la \u00a0elaboraci\u00f3n y ejecuci\u00f3n de los planes de capacitaci\u00f3n y entrenamiento, de \u00a0manera que se ajusten a las necesidades de la entidad y que propendan por el \u00a0desarrollo de su talento humano. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Dirigir, \u00a0organizar y programar actividades tendientes a promover y mejorar el clima \u00a0laboral de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Desarrollar \u00a0planes y programas de motivaci\u00f3n que coadyuven al aumento de la productividad, \u00a0sentido de pertenencia y compromiso con la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Dirigir y \u00a0coordinar las actividades requeridas para la vinculaci\u00f3n de personal mediante \u00a0concursos, efectuar el control y seguimiento de las actividades de manera que \u00a0se cumpla las normas y procedimientos que rigen la materia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a029.-Funciones de la Direcci\u00f3n de Recursos F\u00edsicos. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de pol\u00edticas, planes, programas y proyectos para el \u00a0desarrollo de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como \u00a0dise\u00f1ar e implementar las de su \u00e1rea de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Programar y \u00a0tramitar la adquisici\u00f3n de los bienes y servicios necesarios para el cabal \u00a0funcionamiento de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica \u00a0as\u00ed como, las referentes a la administraci\u00f3n del servicio de apoyo log\u00edstico y \u00a0operativo de la entidad y sus gerencias seccionales, procurando niveles \u00a0adecuados en t\u00e9rminos de calidad, cantidad, oportunidad y eficiencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n de los procedimientos requeridos para el cumplimiento de las \u00a0funciones propias del \u00e1rea y verificar su cabal cumplimiento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Elaborar el \u00a0Plan de compras requerido para el adecuado funcionamiento de la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, en coordinaci\u00f3n con la Secretar\u00eda General, de \u00a0conformidad con las normas que rigen la materia y las directrices impartidas \u00a0por el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Adelantar las \u00a0actividades necesarias para la organizaci\u00f3n, manejo y custodia del Archivo \u00a0General de la Auditor\u00eda, dando cumplimiento a las normas expedidas por el \u00a0Archivo General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Programar, \u00a0dirigir y coordinar los procesos de licitaci\u00f3n y contrataci\u00f3n de bienes y \u00a0servicios de acuerdo con la distribuci\u00f3n o delegaci\u00f3n interna de funciones y \u00a0los procedimientos que al respecto adopte la Entidad, verificar el cumplimiento \u00a0de los requisitos para su perfeccionamiento y legalizaci\u00f3n, remitir la \u00a0informaci\u00f3n a los funcionarios encargados de ejercer la vigilancia de las \u00a0obligaciones contractuales, informar sobre el vencimiento final de los \u00a0contratos a cargo de su dependencia, organizar y conservar el archivo \u00a0correspondiente. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Programar, \u00a0dirigir y coordinar el almacenamiento y custodia de bienes, de conformidad con \u00a0las instrucciones que imparta el Secretario General y seg\u00fan los procedimientos \u00a0internos que al respecto adopte la Entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Atender \u00a0oportunamente los requerimientos de bienes y servicios que efect\u00faen los \u00a0servidores p\u00fablicos de la entidad para cumplir adecuadamente sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a030.-Funciones del Comit\u00e9 de Coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno. Son \u00a0las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Recomendar \u00a0pautas para la determinaci\u00f3n, implantaci\u00f3n, adaptaci\u00f3n, complementaci\u00f3n y \u00a0mejoramiento permanente del Sistema de Control Interno de la entidad de \u00a0conformidad con las normas vigentes. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Estudiar y \u00a0revisar la evaluaci\u00f3n del cumplimiento de las metas y objetivos de la entidad \u00a0dentro de las pol\u00edticas y planes, as\u00ed como recomendar las acciones necesarias. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Asesorar al \u00a0Auditor General en la definici\u00f3n de planes estrat\u00e9gicos y en la evaluaci\u00f3n del \u00a0estado de cumplimiento de las metas y objetivos all\u00ed propuestos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recomendar \u00a0prioridades para la adopci\u00f3n, adaptaci\u00f3n, adecuado funcionamiento y \u00a0optimizaci\u00f3n de los sistemas de informaci\u00f3n gerencial, estad\u00edstico, financiero, \u00a0de planeaci\u00f3n y de evaluaci\u00f3n de procesos, as\u00ed como para la utilizaci\u00f3n de \u00a0indicadores de gesti\u00f3n general y por \u00e1reas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Estudiar y \u00a0revisar la evaluaci\u00f3n al cumplimiento de los planes, sistemas de control y \u00a0seguridad interna y los resultados obtenidos por las dependencias de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Revisar el \u00a0estado de ejecuci\u00f3n de los objetivos, pol\u00edticas, planes, metas y funciones que \u00a0corresponden a cada una de las dependencias de la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Coordinar con \u00a0las dependencias de la entidad el mejor cumplimiento de sus funciones y \u00a0actividades. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Presentar a \u00a0consideraci\u00f3n del Auditor General propuestas de modificaci\u00f3n a las normas sobre \u00a0control interno vigente en la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Reglamentar el \u00a0funcionamiento de los distintos sub-comit\u00e9s de \u00a0coordinaci\u00f3n del Sistema de Control Interno que se organicen. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas por la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a031.-Funciones de la Comisi\u00f3n de Personal. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Vigilar que \u00a0los procesos de selecci\u00f3n y evaluaci\u00f3n del desempe\u00f1o laboral se realicen \u00a0conforme a lo establecido en las normas y procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Nombrar los \u00a0peritos que sean necesarios para resolver las reclamaciones que le sean presentadas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Solicitar al \u00a0Auditor General excluir de la lista de elegibles a las personas que hubieren \u00a0sido incluidas sin reunir los requisitos exigidos en las respectivas \u00a0convocatorias, o con la violaci\u00f3n a las leyes o reglamentos que regulan la \u00a0carrera administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Conocer, en \u00a0\u00fanica instancia, de las reclamaciones presentadas por los participantes en un \u00a0proceso de selecci\u00f3n por inconformidad con los puntajes obtenidos en las \u00a0pruebas. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Conocer en \u00a0primera instancia, de oficio o a petici\u00f3n de parte, de las irregularidades que \u00a0se presenten en la realizaci\u00f3n de los procesos de selecci\u00f3n, pudiendo ordenar \u00a0su suspensi\u00f3n y\/o dejarlos sin efecto total o parcialmente, siempre y cuando no \u00a0se haya producido el nombramiento en per\u00edodo de prueba. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Conocer, en \u00a0segunda instancia de las decisiones adoptadas por el Secretario General, o \u00a0quien haga sus veces, sobre las reclamaciones que formulen los aspirantes no \u00a0admitidos a un concurso y solicitar al Auditor General la inclusi\u00f3n de aquellos \u00a0aspirantes que por error hayan sido excluidos de la lista de admitidos a un \u00a0proceso de selecci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Emitir \u00a0concepto no vinculante previo a la declaratoria de insubsistencia del \u00a0nombramiento del empleado de carrera que haya obtenido una calificaci\u00f3n de \u00a0servicios no satisfactoria. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Conocer, en \u00a0primera instancia, de las reclamaciones que formulen los empleados de carrera \u00a0que hayan optado por el derecho preferencial a ser revinculados cuando se les \u00a0supriman sus empleos, por considerar que han sido vulnerados sus derechos. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>9. Conocer, en \u00a0primera instancia, de las reclamaciones que presenten los empleados de carrera \u00a0por los efectos de las incorporaciones a las nuevas plantas de personal de la \u00a0entidad o por desmejoramiento de sus condiciones laborales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>10. Velar porque \u00a0los empleos se provean en el orden de prioridad establecido en las normas \u00a0legales y porque las listas de elegibles sean utilizadas dentro de los \u00a0principios de econom\u00eda, celeridad y eficacia de la funci\u00f3n administrativa. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>11. Participar en \u00a0la elaboraci\u00f3n del plan anual de capacitaci\u00f3n y vigilar su ejecuci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>12. Las dem\u00e1s que \u00a0le sean asignadas por la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a032.-Funciones de las Gerencias Seccionales. Son las siguientes: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Participar en \u00a0la formulaci\u00f3n y adopci\u00f3n de planes, pol\u00edticas y programas para el desarrollo \u00a0de las funciones de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, as\u00ed como dise\u00f1ar e \u00a0implementar las propias del \u00e1rea, de forma arm\u00f3nica con las generales de la \u00a0entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Numeral modificado por el Decreto 403 de 2020, \u00a0art\u00edculo 163. Dirigir, \u00a0coordinar y ejecutar, en el \u00e1mbito de su jurisdicci\u00f3n, la revisi\u00f3n de cuentas y las auditor\u00edas, incluida la evaluaci\u00f3n del control \u00a0fiscal interno sobre los organismos sometidos a su vigilancia, de conformidad \u00a0con los principios y sistemas fijados por la ley y con los modelos definidos \u00a0por la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, sin perjuicio de la redistribuci\u00f3n de \u00a0competencias y tareas que efect\u00fae el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Texto inicial del \u00a0numeral 2: \u201cDirigir, coordinar y ejecutar, en el \u00e1mbito de su \u00a0jurisdicci\u00f3n, la revisi\u00f3n de cuentas y las auditor\u00edas integrales, incluida la \u00a0evaluaci\u00f3n del control fiscal interno sobre los organismos sometidos a su \u00a0vigilancia, de conformidad con los principios y sistemas fijados por la ley y \u00a0con los modelos definidos por la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica, sin \u00a0perjuicio de la redistribuci\u00f3n de competencias y tareas que efect\u00fae el Auditor \u00a0General.\u201d. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Responder ante \u00a0el Auditor Delegado por la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal de su competencia. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Tramitar las \u00a0actuaciones administrativas sancionatorias, los procesos de responsabilidad \u00a0fiscal y jurisdicci\u00f3n coactiva de su competencia, de conformidad con las \u00a0disposiciones que al efecto dicte el Auditor General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Elaborar los \u00a0informes sobre la vigilancia de la gesti\u00f3n fiscal efectuada a las entidades \u00a0sujetas a ella, de conformidad con las directrices impartidas por la Auditor\u00eda \u00a0Delegada. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>6. Atender las \u00a0quejas y reclamos que formule la ciudadan\u00eda en su jurisdicci\u00f3n y darle el \u00a0tr\u00e1mite correspondiente, de conformidad con las pol\u00edticas y directrices \u00a0adoptadas por la Auditor\u00eda General. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>7. Dirigir, \u00a0coordinar y controlar la ejecuci\u00f3n de las funciones administrativas, de \u00a0conformidad con las instrucciones impartidas por el Secretario General, las \u00a0delegaciones que para el efecto expida el Auditor General y de acuerdo con los \u00a0procedimientos internos que adopte la entidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>8. Las dem\u00e1s \u00a0funciones que le asigne la Constituci\u00f3n, la ley o el reglamento. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Nota, art\u00edculo 32: Ver Resoluci\u00f3n 5 de 2017, AGR. D.O. 50329, pag. 28. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Cap\u00edtulo III \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Disposiciones Generales \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a033.-Incorporaci\u00f3n a la planta. La incorporaci\u00f3n de los funcionarios a la planta \u00a0adoptada con base en las facultades contenidas en este decreto se efectuar\u00e1 \u00a0dentro de los treinta (30) d\u00edas h\u00e1biles siguientes a la fecha de su \u00a0publicaci\u00f3n, tiempo durante el cual los servidores p\u00fablicos vinculados a la \u00a0Auditor\u00eda con anterioridad a dicha fecha continuar\u00e1n desempe\u00f1ando las funciones \u00a0asignadas y devengando los salarios correspondientes a dicha vinculaci\u00f3n. \u00a0Dentro de este t\u00e9rmino podr\u00e1n efectuarse incorporaciones parciales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a034.-Art\u00edculo transitorio. La Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica y la Auditor\u00eda \u00a0General de la Rep\u00fablica, suscribir\u00e1n, dentro de los treinta (30) d\u00edas \u00a0siguientes a la fecha de promulgaci\u00f3n de este decreto, un convenio en el cual \u00a0se determinar\u00e1n los procedimientos de entrega de informaci\u00f3n, documentos y \u00a0dem\u00e1s actividades relacionadas con los diferentes procesos administrativos \u00a0asumidos por la Auditor\u00eda General, de forma tal que no se cause traumatismo \u00a0alguno en el desarrollo de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 35.-Las \u00a0menciones que hagan las normas que contin\u00faen vigentes a la Auditor\u00eda ante la \u00a0Contralor\u00eda General de la Rep\u00fablica o a su Auditor\u00eda Externa, se entender\u00e1n \u00a0referidas a la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. (Nota: Este art\u00edculo fue declarado exequible por la Corte Constitucional en \u00a0la Sentencia C-094 de 2000.) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo \u00a036.-Vigencias y derogatorias. El presente decreto rige a partir de la fecha de \u00a0su publicaci\u00f3n en el Diario Oficial y deroga las disposiciones que le sean \u00a0contrarias en especial las contenidas en las leyes 42 y 106 de 1993. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>PUBL\u00cdQUESE Y C\u00daMPLASE \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Santaf\u00e9 de Bogot\u00e1, D.C., a \u00a022 de febrero de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro \u00a0del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>N\u00e9stor Humberto Mart\u00ednez Neira. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro de Hacienda y Cr\u00e9dito \u00a0P\u00fablico, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Juan Camilo Restrepo Salazar. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Director Administrativo de la \u00a0Funci\u00f3n P\u00fablica, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Mauricio Zuluaga Ruiz. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 272 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (febrero 22) \u00a0 \u00a0 Por el cual se determina la organizaci\u00f3n y \u00a0funcionamiento de la Auditor\u00eda General de la Rep\u00fablica. \u00a0 \u00a0 Nota \u00a01: Modificado por el Decreto 403 de 2020. \u00a0 \u00a0 Nota \u00a02: Ver Resoluci\u00f3n 4 de 2019, AGR. D.O. 50.923, pag. 15. Ver Resoluci\u00f3n 12 de [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-29137","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29137","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29137"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29137\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29137"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29137"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29137"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}