{"id":29213,"date":"2023-07-18T19:27:25","date_gmt":"2023-07-18T19:27:25","guid":{"rendered":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2811-de-2000\/"},"modified":"2023-07-18T19:27:25","modified_gmt":"2023-07-18T19:27:25","slug":"decreto-2811-de-2000","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/2023\/07\/18\/decreto-2811-de-2000\/","title":{"rendered":"DECRETO 2811 DE 2000"},"content":{"rendered":"\n<p>DECRETO 2811 DE 2000 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>(diciembre 29) \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>por el cual se crea la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguimiento a las Investigaciones\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 que se adelantan por violaci\u00f3n de los Derechos Humanos\u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 en el Departamento de Arauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Presidente de la Republica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en \u00a0especial las conferidas por los art\u00edculos 188 y 189 de la Constituci\u00f3n Pol\u00edtica y \u00a045 de la Ley 489 de 1998, y \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>CONSIDERANDO: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que mediante Decreto \u00a01427 del 26 de julio de 2000, se cre\u00f3 por un t\u00e9rmino de 90 d\u00edas la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguimiento a las Investigaciones que se adelantan por \u00a0violaci\u00f3n a los Derechos Humanos en el Departamento de Arauca; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que el 26 de octubre de \u00a02000 venci\u00f3 el t\u00e9rmino previsto para el funcionamiento de la mencionada Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial, sin que hubiera podido reunirse para cumplir el objeto que le \u00a0fue encomendado, por la dif\u00edcil situaci\u00f3n de orden p\u00fablico en que se encuentra \u00a0el Departamento de Arauca; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que teniendo en cuenta \u00a0que el Vicepresidente de la Rep\u00fablica ejerce las funciones de Alto Consejero \u00a0para los Derechos Humanos, y es quien ha liderado la Comisi\u00f3n desde sus \u00a0inicios, se hace necesario que \u00e9l o su delegado, haga parte de la misma y la \u00a0presida; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Que por lo anteriormente \u00a0expuesto, se hace necesario integrar nuevamente la referida Comisi\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>DECRETA: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 1\u00b0. Creaci\u00f3n. \u00a0Cr\u00e9ase con car\u00e1cter transitorio y por el t\u00e9rmino de noventa (90) d\u00edas, la \u00a0Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento a las Investigaciones que se adelantan \u00a0por violaci\u00f3n de los Derechos Humanos en el Departamento de Arauca, con el \u00a0objeto de coadyuvar a la transparencia y eficacia de las investigaciones \u00a0tendientes al esclarecimiento de los hechos de violencia en ese departamento \u00a0que afectan la paz y la seguridad regional. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 2\u00b0. Conformaci\u00f3n. \u00a0La Comisi\u00f3n Intersectorial de Seguimiento a las Investigaciones que se \u00a0adelantan por Violaci\u00f3n de los Derechos Humanos en el Departamento de Arauca, \u00a0estar\u00e1 conformada de la siguiente manera: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Vicepresidente de la \u00a0Rep\u00fablica o su delegado, quien la presidir\u00e1; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Ministro del Interior \u00a0o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Ministro de \u00a0Relaciones Exteriores o su delegado; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>-El Director General para \u00a0los Derechos Humanos del Ministerio del Interior. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 1\u00b0. Para los \u00a0fines de la Comisi\u00f3n ser\u00e1n invitados especiales con car\u00e1cter permanente y con \u00a0derecho a voz los siguientes funcionarios: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Procurador Delegado \u00a0para los Derechos Humanos de la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Director de la \u00a0Unidad Nacional de Derechos Humanos de la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u2022 El Defensor del Pueblo \u00a0o su delegado. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 2\u00b0. Con el fin \u00a0de otorgar representaci\u00f3n a los sectores de la sociedad civil, cuya \u00a0participaci\u00f3n es fundamental para el cumplimiento de las funciones de la \u00a0Comisi\u00f3n, ser\u00e1n invitados permanentes a las sesiones, dos representantes de las \u00a0Organizaciones Sociales y cuatro representantes de las Organizaciones no \u00a0Gubernamentales, quienes tendr\u00e1n derecho a voz y voto. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>As\u00ed mismo, asistir\u00e1n en \u00a0tal calidad dos representantes de la Comisi\u00f3n de Paz de la Asamblea \u00a0Departamental de Arauca. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Par\u00e1grafo 3\u00b0. La Comisi\u00f3n \u00a0podr\u00e1 invitar a las entidades o personas que considere necesarias, con el \u00a0objeto de que participen en la discusi\u00f3n de puntos espec\u00edficos relacionados con \u00a0sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 3\u00b0. Funciones. \u00a0La Comisi\u00f3n a que se refiere el presente decreto ejercer\u00e1 las siguientes \u00a0funciones: \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>1. Hacer seguimiento a \u00a0las investigaciones que se adelanten por violaciones a los Derechos Humanos y \u00a0al Derecho Internacional Humanitario en el Departamento de Arauca, por parte de \u00a0la Fiscal\u00eda General de la Naci\u00f3n y la Procuradur\u00eda General de la Naci\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>2. Promover la denuncia \u00a0ciudadana por violaci\u00f3n de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional \u00a0Humanitario y, en ese sentido, presentar las denuncias sobre los hechos de que \u00a0tenga conocimiento ante los organismos de investigaci\u00f3n y control del Estado, y \u00a0colaborar con las autoridades en el curso de las investigaciones judiciales, \u00a0disciplinarias y administrativas que hayan de adelantarse para evitar la \u00a0impunidad. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>3. Recomendar medidas \u00a0concretas de impulso y seguimiento de las investigaciones por violaciones de \u00a0derechos humanos, de acuerdo con la competencia de cada instituci\u00f3n que la \u00a0integra. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>4. Recaudar la \u00a0informaci\u00f3n requerida para dar cumplimiento a las obligaciones del Estado colombiano \u00a0en materia de derechos humanos, respetando la confidencialidad de los \u00a0procedimientos legales. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>5. Solicitar a cualquier \u00a0entidad estatal apoyo para el ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 4\u00b0. Colaboraci\u00f3n \u00a0de las entidades p\u00fablicas. Las entidades p\u00fablicas prestar\u00e1n la colaboraci\u00f3n \u00a0necesaria a la Comisi\u00f3n para el cabal ejercicio de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 5\u00b0. Reuniones. \u00a0La Comisi\u00f3n se reunir\u00e1 ordinariamente, cada cuarenta y cinco (45) d\u00edas en la \u00a0sede del Ministerio del Interior o en la Gobernaci\u00f3n de Arauca, y \u00a0extraordinariamente cuando las necesidades lo exijan. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 6\u00b0. Secretar\u00eda \u00a0T\u00e9cnica. La Secretar\u00eda T\u00e9cnica de la Comisi\u00f3n ser\u00e1 ejercida por la Direcci\u00f3n \u00a0General para los Derechos Humanos del Ministerio del Interior, en cumplimiento \u00a0de la cual desarrollar\u00e1 las siguientes funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>a) Convocar a las \u00a0reuniones ordinarias y extraordinarias; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>b) Elaborar el orden del \u00a0d\u00eda de las reuniones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>c) Enviar a sus \u00a0integrantes antes de cada reuni\u00f3n un listado que contenga el orden del d\u00eda de \u00a0la pr\u00f3xima reuni\u00f3n; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>d) Llevar las actas de \u00a0las reuniones; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>e) Transmitir a los \u00a0miembros de la Comisi\u00f3n una s\u00edntesis de los adelantos obtenidos con base en la \u00a0informaci\u00f3n recibida de parte de cada entidad, de organizaciones sociales y de \u00a0organizaciones no gubernamentales; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>f) Al finalizar el \u00a0t\u00e9rmino de duraci\u00f3n de la Comisi\u00f3n, la Secretar\u00eda T\u00e9cnica entregar\u00e1 un informe \u00a0final de la gesti\u00f3n de la Comisi\u00f3n al se\u00f1or Vicepresidente de la Rep\u00fablica; \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>g) Las dem\u00e1s que sean \u00a0necesarias para el efectivo cumplimiento de sus funciones. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Art\u00edculo 7\u00b0. Vigencia. El \u00a0presente decreto rige a partir de la fecha de su expedici\u00f3n. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Publ\u00edquese, Comun\u00edquese y \u00a0c\u00famplase. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Dado en Bogot\u00e1, D. C., a \u00a029 de diciembre de 2000. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>ANDRES PASTRANA ARANGO \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>El Ministro del Interior, \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>Humberto de la Calle Lombana. \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p>\u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0 \u00a0<\/p>\n<p><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DECRETO 2811 DE 2000 \u00a0 \u00a0 (diciembre 29) \u00a0 \u00a0 por el cual se crea la Comisi\u00f3n \u00a0Intersectorial de Seguimiento a las Investigaciones\u00a0 \u00a0 que se adelantan por violaci\u00f3n de los Derechos Humanos\u00a0 \u00a0 en el Departamento de Arauca. \u00a0 \u00a0 El Presidente de la Republica \u00a0de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[44],"tags":[],"class_list":["post-29213","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-decretos-2000"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29213","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=29213"}],"version-history":[{"count":0,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/29213\/revisions"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=29213"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=29213"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/www.dmsjuridica.com\/buscador_20179478954\/legislacion\/decretos\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=29213"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}